Autores y Universidades vs. editoriales? Panorama actual / nuevas iniciativas - Liliana Luchi IAE Business School Argentina Miriam Pirela IESA
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
¿Autores y Universidades vs. editoriales? Panorama actual / nuevas iniciativas Liliana Luchi Miriam Pirela IAE Business School IESA Argentina Venezuela
Propiedad Intelectual “Propiedad que le corresponde a los creadores u otras entidades (autores, productores, radiodifusores, empresas, etc.)… sobre inventos, obras literarias, artísticas y científicas, símbolos, nombres, imágenes y diseños utilizados en el comercio” “los derechos de la PI, recogidos en el artículo 27 de la Declaración universal de los derechos humanos, son el conjunto de derechos cuyo objetivo es proteger los intereses morales y materiales de los creadores sobre su propia obra o creación.” “Existen principalmente dos categorías de Propiedad intelectual” Propiedad industrial, que incluye inventos (patentes) y marcas registradas Derecho de autor o copyright que abarca la obras literarias, artísticas y científicas Alternativas para la autogestión de los derechos de autor en el mundo digital / Víctor Torres-Padrosa y Jaime Delgado-Mercé
CLADEA 2013 Copyright : derecho de propiedad puede Venderse Asignarse Otorgase como licencias Regalarse Legarse tradición del droit d’auteur Derecho humano, énfasis en los derechos del creador Limitando los derechos que pueden transferirse.
CLADEA 2013 Sólo las personas físicas o naturales pueden serlo Propiedad del copyright en manos del individuo Empleador derecho exclusivo a explotar la obra Puede serlo también cualquier grupo de individuos, como empresas, asociaciones o instituciones académicas El autor decide si desea retener la propiedad o si cede el copyright
CLADEA 2013 1886 Convenio de Berna 1952 Convención Universal sobre el derecho de autor 1971 revisión de los textos de los dos anteriores 2001: Unión Europea: Directiva sobre la Armonización de Ciertos Aspectos del Derecho de Autor y Derechos Afines en la Sociedad de Información (InfoSoc Directive). (Su eficacia fue puesta en duda Application report de 2007) Febrero 2012 CRIDS (Centre de Recherche Information, Droit et Société) y el IViR (Institute for Information Law) pasado, presente y futuro de la Directiva del Parlamento Europeo = discutieron distintos aspectos de esta “aquis” (legislación europea) obsoleta e insuficiente. http://www.wipo.int/treaties/es/ip/wct/trtdocs_wo033.html http://www.wipo.int/treaties/es/ip/wppt/trtdocs_wo034.html
CLADEA 2013 registro detallado de los derechos de autor en países de todo el mundo protege la industria editorial, música, cine y software varios países de América Latina figuran en sus listas de vigilancia Violaciones que vigilan: • piratería comercial en grande volúmenes • impresión de ejemplares adicionales de ediciones autorizadas • fotocopiado a gran escala • venta de obras locales con el nombre de autores occidentales famosos • uso no autorizado de marcas http://www.iipa.com/aboutiipa.html
CLADEA 2013 Un poco de historia…. ¿Cuándo se establecieron las leyes de América Latina? Argentina 1993, con cambios en 1998 Brasil 1998, ajustes 2003 Chile antecedentes en 1970, enmiendas en 1992 Colombia 1982, con cambios en 1993 Ecuador 1998 México 1996 Perú 1996 Uruguay (la más longeva) 1937 reformada en 2003 Venezuela antecedentes 1962, ley en 1993, con reformas en 1997
Creative Commons Atribución (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia será necesario reconocer la autoría (obligatoria en todos los casos). No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales. Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la posibilidad de crear una obra derivada. Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
El movimiento de libre acceso (OA Open Access) Budapest Open Access Initiative (2001) ECHO (European Cultural Heritage Online) 2002 Declaración de Bethesda sobre Publicación de Acceso Abierto (2003) Declaración de Berlín de OA (2003) HINARI AGORA Carta Adelphi (2005) UNESCO
DOAJ (Directory of Open Access Journals) Repositorio Digital CLACSO http://biblioteca.clacso.edu.ar/colecciones/revistas/
http://www.scielo.org/php/index.php?lang=es http://redalyc.uaemex.mx/
Dimensiones de OA Journals que permiten a los autores que hagan públicos sus artículos inmediatamente después de su publicación, generalmente cobrándoles una tarifa (autor pays’ fee). Algunos journals son OA puros y otros son un híbrido: operan por medio de suscripciones pero permiten que los investigadores paguen una tarifa para que su artículo individual esté abierto. El autor puede archivar in repositorios institucionales o temáticos. Luego de un embargo que especifica el editor original, estos repositorios ofrecerán el material en forma gratuita. Este período de embargo varía según la disciplina, pero suelen ser entre 6-12 meses. En algunos casos los investigadores también depositan una versión preliminar, en general el original antes del peer review. Estas versiones no suelen tener embargo. http://www.youtube.com/watch?v=0U8tAfVAH6Q&feature=player_embedded#!
¿Quién debe controlar los derechos? Primer titular de los derechos autor = decide si los retiene o no autor conserva titularidad de los derechos concede a editor (o a varios en distintos mercados) licencias exclusivas para publicar el material de una forma determinada en un territorio específico Editor cesión total de derechos y propiedad plena de la obra. Autor anticipo y regalías. Editoriales que publican revistas académica
Los autores, la Universidades y las editoriales Cuando un autor publica un libro o artículo muchos editores le piden que transfiera a él todos sus derechos Subir el trabajo a su sitio web, el repositorio institucional, o cualquier repositorio temático Copiar el trabajo para distribuirlo a los alumnos Utilizar el trabajo como base para sus artículos u otros trabajos futuros Dar permiso para que se lo utilice en un curso de su institución Otorgar permiso para que profesores y alumnos de otras universidades lo utilicen
Soluciones SPARC: Advocating change in scholarly communications for the benefit of researchers and society http://www.arl.org/sparc/author/
The SURF/JISC Copyright Toolbox http://copyrighttoolbox.surf.nl/copyrighttoolbox/authors/
Copyright Agreement Amendment de MIT
Scholar's Copyright Addendum engine
Comparación entre los anexos + Permitido Peter Hirtle. An Examination of 5 alternatives. - No permitido o Permitido en algunos casos ? No es claro RIGHTS SC1 SPARC MIT SC2 SC3 AUTHOR CAN: REPRODUCE, DISTRIBUTE, PERFORM, AND DISPLAY the work In Teaching & Professionally + o + + + Non-commercial + + o o o Unrestricted - - o o o MAKE DERIVATES In Teaching & Professionally + + + + + Non-commercial + + o + + Unrestricted
Necesidades básicas para el autor Libre elección del journals donde publicar Compartir con sus pares por mail Auto publicación (en su web site o el de su departamento) Incluirlo en un repositorio institucional o nacional Volver a publicarlo Cualquier actividad de enseñanza ya sea en la clase o en conferencias Course packs Educación a distancia Entornos de E-learning Utilizarlo en investigaciones propias Compartirlo con colegas en redes de investigación no comerciales
Necesidades básicas para el autor Promoción Presentaciones en conferencias Reutilización en el futuro Reutilizar en futuras publicaciones u otros proyectos Expandirlo hasta el formato libro Adaptarlo Acceso a largo plazo Depositarlo en un archivo con búsqueda Protección de los derechos de propiedad intelectual y derechos morales Derecho a ser nombrado como autor del trabajo Mantener la integridad del trabajo Protección contra el plagio Protección contra la copia ilegal Protección contra cualquier violación de sus derechos
Necesidades básicas para el editor Derecho legal a publicar Establecer un proceso editorial de selección Control de calidad a través del peer review Disponibilidad continua Incluirlo en bbdd de referencia e indexación Investigar sobre nuevas tecnologías, formatos de software, canales de distribución Marketing y ventas Realizar trabajos que deriven del original Suplementos Traducciones Antologías Formatos para usuarios con necesidades especiales Cambiar la apariencia del artículo Sublicenciar a otros para volver a publicar el todo o una parte Servicio de reimpresiones y permisos
Necesidades básicas para el editor Almacenamiento en base de datos Almacenamiento digital Colaboración con terceros para acceso perpetuo x ejemplo LOCKSS Mantener la integridad del trabajo Protección contra el plagio Protección contra la copia ilegal Protección contra cualquier violación de sus derechos Recupero de gastos/inversión (ROI) Riesgos de pasivos y de indemnización Administración de derechos Convenios con organismos nacionales de derechos de reproducción para el recupero de tasas de copyright
Derechos de autor en journals: percepción y realidad permiten a los autores utilizar la versión publicada para enviar copias a colegas Algunos editores incorporar los artículos en trabajos siguientes utilizarlos en coursepacks el 80% permite el almacenamiento en sitios personales o departamentales. (con la versión Almacenamiento original enviada o la aceptada. ) El almacenamiento de la versión publicada está mucho más restringido.
SHERPA RoMEO
Acceso al contenido académico: brechas y barreras Diciembre 2011 (Researchinfomration network – Publishing Research Consortium – JISC (The UK’s expert on information and digital technologies for education and research) Joint Information Systems Committee Desconocimiento de los recursos que tienen disponibles Falta de acceso a hardware y software apropiado Información no disponible en formato digital o en formato no conveniente Info disponible en versiones preliminares más que la versión registrada Contenido en formato que no se adecua a sus necesidades Falta de acceso a una biblioteca con suscripciones o licencias Solicitud de pago para acceso a un contenido deseado, desproporcionado para el beneficio anticipado Proceso de compra engorroso 71.5% investigadores : acceso a artículos de journals mejoró en los últimos 5 años. Mayor barrera es tener que pagar para acceder Barreras en la información conlleva actividad no productiva y/o pérdida de oportunidades. Investigadores adoptan cantidad de estrategias de copiado para lidiar con los artículos que no pueden obtener. Mayoría considera el precio actual por cada artículo individual de un journal es muy alto Mucha confusión sobre licencias y derechos, especialmente para recursos electrónicos, que debe aclararse.
PEER Project (reporte final del 29 de mayo de 2012) (Publishing and the Ecology of European Research) Para investigar en el futuro: Financiamiento de OA: ¿Quiénes son los mayores financistas? ¿Qué actividades financian? ¿A quiénes financian? ¿Cuánto financian? Project SOAP (Study of Open Access Publishing 2009 – 2011) http://project-soap.eu/report-from-the-soap-symposium/
Acceso abierto y los investigadores argentinos: http://a-abierto.blogspot.com.ar/ (P. Bongiovani, N.D. Gómez, S. Miguel. Revista Española de Documentación Científica, 35, 3, 2012) Prestigio Relevancia comunidad Factor de impacto Gratuidad Probabilidad de aceptación Experiencia positiva Velocidad de publicación Recomendado por colegas OA Política institucional
Objetivo Presentación del estudio a los académicos y rectores en CLADEA 2013 ¡Muchas gracias!
También puede leer