Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
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Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID, CELEBRADA EL DÍA 1 DE JULIO DE 2011. ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. José Ignacio Fernández Rubio. Sres. Concejales: D. Ángel Francisco Alonso Bernal D. Fco. Javier Espadas López-Terradas D.ª Mercedes Piera Rojo Dª Mª Jesús Villamediana Díez D. Juan Blasco Martínez D. José Luis Álvarez de Francisco D.ª M.ª Cristina Sopeña de la Torre D.ª Paula Gómez-Angulo Amoros D.ª Blanca María Laso Sanz D. Antonio Garde Fernández-Fontecha D. Ricardo Riquelme Sánchez de la Viña D.ª Natalia Rey Riveiro D. Pablo Vives Peñaranda D.ª Ana Dávila-Ponce de León Municio D.ª Mª Luisa del Olmo Rico D. Miguel Angel Ferrero Andrés D.ª M.ª Lucía Inmaculada Casares Díaz D. Enrique Echegoyen Vera D. Ángel Álvarez Recio D. Cristiano Brown Sansevero D. Tomás Aparicio Ordoñez D. Antonio Bretón Grundel D. Jaime Rodrígues Marcos D.ª Cristina González Perez Sr. Secretario General: D. José Manuel Barroso Rodríguez. Sr. Interventor General: D. Fernando Álvarez Rodríguez En el Salón de Actos de la Casa Consistorial de la Villa de Las Rozas de Madrid, siendo las 10,05 horas, del día 1 de julio de 2011, se reúnen, los Sres. relacionados anteriormente, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente y, asistidos por el Secretario General y por el Sr. Interventor, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria para la que habían sido oportunamente convocados. Asiste la totalidad de los miembros corporativos que integran este Ayuntamiento, y por lo tanto, se comprueba que se da el quórum exigido en el art. 90 del RD 2.568/86. El Sr. Presidente declara abierta la sesión, y comienza el desarrollo de los asuntos comprendidos en el ORDEN DEL DÍA Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -1-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid 1º.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DIA 11 DE JUNIO DE 2011. La Alcaldía solicita se incorpore algo que por error se omitió, y es que en el momento de finalizar la sesión, por parte del Interventor General, con la firma del Tesorero y del anterior Alcalde, se hizo entrega del acta de arqueo y del Inventario de Bienes. La Corporación Plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó aprobar el acta de la sesión celebrada el día 11 de junio de 2011, con la anterior rectificación. 2º.- PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DEL PLENO. El Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal, presenta este punto diciendo que la propuesta del equipo de gobierno es celebrar los plenos ordinarios los últimos miércoles de cada mes, a las 10 h, a excepción del mes de agosto. En este ámbito decir que el equipo de gobierno ha asumido dos compromisos con el resto de grupos de la oposición y que hoy también queremos asumir con los ciudadanos de Las Rozas, pues responden a nuestro firme compromiso, por la cercanía y la transparencia que son dos pilares fundamentales de nuestro programa de gobierno: El primer compromiso es presentar en el menor tiempo posible y con el mayor de los consensos un reglamento de organización y funcionamiento de los órganos municipales. El segundo compromiso es desarrollar las herramientas tecnológicas necesarias para que los plenos puedan ser retransmitidos en directo por Internet. En ambas actuaciones nos pondremos a trabajar desde hoy con la mayor celeridad posible para que estén operativos en cuanto sea posible. El Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, interviene para decir que ya en el pleno de constitución este grupo puso en evidencia la propuesta de la participación ciudadana a través de los medios digitales, y por supuesto nos congratulamos que el equipo de gobierno lo acepte, porque creemos que es algo necesario para que todos los ciudadanos puedan ver y escuchar sus propuestas, y se pueda tener una mayor presencia y transparencia de este Ayuntamiento. También nos gustaría que los plenos, tal y como ya expresamos en su momento, se celebraran por la tarde, al objeto de permitir la mayor presencia de los vecinos y que fuera compatible con su jornada laboral. Por último, entendemos que para incrementar la participación ciudadana los vecinos podrían participar en el pleno municipal de alguna manera. Recientemente el parlamento andaluz se ha adelantado, permitiendo que los propios ciudadanos defiendan sus posiciones desde el mismo escaño. La legislación local ya era bastante Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -2-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid adelantada y esto lo tuvo en cuenta en su momento, y por ello planteamos la propuesta El Portavoz del Grupo de UPyD, Sr. Brown Sansevero, agradece en primer lugar la cordialidad de todos los grupos políticos y del Sr. Alcalde durante estos días, donde hemos tenido diversas conversaciones. Respecto a la periodicidad de los plenos, al igual que otros grupos políticos, consideramos que hay que fomentar la participación ciudadana y proponemos, igualmente, que se puedan celebrar por las tardes. No obstante, consideramos que dado el tipo de vida que se lleva en Las Rozas y la sociedad en la que estamos, es mucho más importante la retransmisión y grabación de los plenos y parece ser que hay buena voluntad de hacerlo, y eso nos alegra. En este tema de fomentar la participación ciudadana, le hemos transmitido al Sr. Alcalde una propuesta para poder permitir la consulta ciudadana en los plenos, previa presentación de la consulta por registro de entrada. Entendemos que en otras ocasiones se haya podido utilizar este tipo de consulta como arma de la oposición contra el equipo de gobierno, y esta no es nuestra intención, y por ello, proponemos que la consulta se presente por registro de entrada y posteriormente se analice para ser incluida en el orden del día, pues no tendría sentido que los ciudadanos viniesen a defender algo que la oposición ya hubiese defendido en el pleno. Debemos fomentar la participación ciudadana en la política y para UPyD este tipo de actuaciones es muy favorable. Por tanto, si el equipo de gobierno se compromete a la retransmisión de los plenos como ya ha dicho y a estudiar este mecanismo de participación ciudadana para la elaboración de este reglamento orgánico, votaremos a favor. El Portavoz de IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues Marcos, anuncia que no puede votar a favor de la periodicidad de los plenos porque no facilita la participación de los vecinos de Las Rozas. Sí estamos de acuerdo con la periodicidad mensual y el día de celebración de los plenos, el último miércoles de cada mes por aquello de la costumbre y que la costumbre es una de las fuentes del Derecho, pero no estamos a favor de la hora de celebración, ya que no favorece, ni permite la participación ciudadana, que es algo que es muy importante y valorado por los vecinos, y éstos a su vez demandan una información no mediada por los grupos políticos que estamos aquí presentes, sino que quieren información de primera mano. También nos gustaría que en los plenos ordinarios se abriera la posibilidad de que la ciudadanía tuviera la oportunidad, una vez finalizado el pleno, de presentar un capítulo de Ruegos y preguntas. Es una demanda que llevan mucho tiempo esperando los vecinos y creemos que es una mera cuestión de calidad democrática, de transparencia y de coherencia con nuestro programa político. Cierra el turno de intervenciones la Alcaldía-Presidencia fijando lo que va a ser objeto de votación, y entiende que por parte del Grupo Socialista se pide que se celebren los plenos por la tarde y que pueda haber Ruegos y preguntas por parte del público, al igual que Izquierda Unida. La propuesta es que esto se pueda trasladar, al Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -3-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid igual que la propuesta de UPyD, a la negociación del reglamento orgánico, eso es lo que hemos trasladado en las reuniones previas y así lo mantenemos. Sin embargo, en cuanto a la celebración del pleno en horario de tarde, el acuerdo al que entiendo hemos alcanzado con todos los grupos es que se van a grabar y emitir en directo, y esto sustituye el hecho de que no se celebren por la tarde. Se somete a votación la propuesta presentada con los compromisos citados por el Portavoz del Grupo Popular. Dada cuenta de la propuesta formulada por la Alcaldía-Presidencia, relativa a la periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias, y en cumplimiento del art. 38.a) del ROFRJEL, el Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó: 1º.- Celebrar los plenos ordinarios con carácter mensual, los últimos miércoles de cada mes, a las 10 horas, con excepción del mes de agosto. En el supuesto de que dicho día sea inhábil, se celebrará el día siguiente hábil. 2º.- Asumir los siguientes compromisos: a) presentar en el menor tiempo posible y con el mayor de los consensos un Reglamento de Organización y Funcionamiento de los órganos municipales; y b) desarrollar las herramientas tecnológicas necesarias para que los plenos puedan ser retransmitidos en directo por Internet. 3º.- CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES. El Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal, presenta este asunto, y a continuación toma la palabra el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, para anunciar su conformidad con la propuesta. Solamente dejar constancia lo que manifestamos en relación con las comisiones paritarias. Entendemos que debe estudiarse o buscar la fórmula para que haya una participación efectiva por parte de los grupos de la oposición en estas comisiones, que sabemos es complicada, y por ello, hemos pensado que podríamos asistir con voz pero sin voto. Estas comisiones son de capital importancia porque en ellas se estudian las relaciones de los trabajadores con el Ayuntamiento, algo que desde los grupos de la oposición somos sensibles, y en especial en materia de Seguridad e Higiene y Formación. Solicitamos, igualmente, que en el reglamento orgánico busquemos la fórmula más acertada para que pueda participar la oposición en estas comisiones. El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, interviene a continuación para manifestar su acuerdo con la proporcionalidad, y lo único que habíamos propuesto era la creación de una comisión especial, la de Sugerencias y Reclamaciones, que según se dice en el Manual del Concejal, “La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones es creada por el pleno para la defensa de los derechos de los vecinos ante la administración municipal. Podrá ejercer las siguientes funciones según el art. 132.3 de la Ley 7/1985, “La citada Comisión podrá supervisar la actividad de la Administración municipal, y deberá dar cuenta al Pleno, mediante un informe anual, de las quejas presentadas y de las deficiencias observadas en el funcionamiento de Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -4-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid los servicios municipales, con especificación de las sugerencias o recomendaciones no admitidas por la Administración municipal. No obstante, también podrá realizar informes extraordinarios cuando la gravedad o la urgencia de los hechos lo aconsejen.” Esta Comisión no ha sido aceptada, pues nos han dicho que existen otros cauces para obtener dicha información. Reiteramos la importancia que supone para nosotros el conocer las quejas y sugerencias de los ciudadanos, y preguntamos al Sr. Alcalde a qué cauces se refieren y quién va a elaborar el informe anual de las quejas y deficiencias encontradas por los ciudadanos, y por qué procedimiento o comisión darán cuenta los concejales de distrito de los que luego hablaremos. Esperamos que la tengan en cuenta en otro momento, no obstante, insistiremos en ello. Seguidamente interviene el Portavoz del Grupo IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues Marcos, para decir que por lo que respecta a las Comisiones y su composición estamos de acuerdo y no hay mucho más que añadir, solo que la Comisión de Vigilancia de la Contratación se pudiera convocar a petición de cualquiera de los grupos municipales, para evitar la discrecionalidad de la voluntad de la presidencia en su convocatoria. En cuanto a la participación ciudadana, sí consideramos oportuno estudiar la posibilidad de crear una Comisión de Participación Ciudadana que estaría compuesta por las Concejalías de Distrito y los grupos municipales de la oposición. Esta comisión facilitaría la transparencia y generaría un canal de participación ciudadana con el fin de dar cauce a las demandas de los vecinos. La Alcaldía-Presidencia concreta que, como ya se ha dicho, el equipo de gobierno no se niega a debatir las propuestas presentadas, pero las traslada a la negociación del reglamento orgánico. En cuanto al tema de las comisiones paritarias, entendemos que la petición se analizará, pero en este momento no es posible lo que se nos solicita, sin perjuicio de que no vamos a cerrar ningún canal de comunicación con la oposición para informarles de todo aquello que sea relevante en los temas de recursos humanos del Ayuntamiento. Respecto a la pregunta que plantea UPyD, la participación de los ciudadanos se hace diariamente y permanentemente dado que los Concejales tienen como obligación atender a los vecinos que así lo soliciten, y desde luego a esta Alcaldía le llegan a diario todas las quejas. Si lo que quieren es tener un mecanismo de control de esto, en el reglamento orgánico podremos hacerlo. La comisión que solicita es obligatoria para grandes ciudades, y este municipio es una gran ciudad, pero no está acogida al estatuto de Gran ciudad, y por lo tanto, no es obligatoria su existencia. Sobre la intervención de IU, la comisión que solicita se estudiará en el debate de reglamento orgánico. En cuanto a que la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación pueda ser convocada, aparte de cuando la Presidencia lo estime oportuno, a petición de cualquier otro miembro de la misma, no tenemos inconveniente en aceptar la propuesta. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -5-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid En este momento lo que sometemos a votación es la propuesta que ha señalado el Portavoz del Grupo Popular y que figura en la documentación del pleno. Concluido el turno de intervenciones, la Alcaldía-Presidencia somete a votación la propuesta: Dada cuenta de la propuesta formulada por la Alcaldía-Presidencia relativa a la creación y composición de las Comisiones Informativas Permanentes, en cumplimiento de lo establecido en el art. 38.b) y 125 del ROFRJEL, el Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó 1º.- Crear las siguientes Comisiones Informativas Permanentes: • Hacienda, RR.HH. y Especial de Cuentas. • Servicios a la Ciudad que englobará las materias de Urbanismo, Medio Ambiente, Vivienda, Infraestructuras, Transporte y Mantenimiento de la Ciudad. • Servicios al Ciudadano que englobará las materias de Educación, Cultura, Deportes, Juventud y Fiestas • Seguridad Ciudadana y Bienestar Social que englobará las materias de Seguridad, Sanidad, Servicios Sociales, Familia y Empleo 2º.- Las Comisiones Informativas tendrán la siguiente composición: o 7 miembros del Grupo Popular o 3 miembros del Grupo PSOE o 2 miembros del Grupo UPyD o 1 miembro del Grupo IU-Los Verdes Las Comisiones Informativas tendrán periodicidad mensual y se reunirán la semana anterior a la celebración del Pleno Ordinario. 3º.- Se mantienen las siguientes comisiones especiales: o Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación: Compuesta por un miembro de cada grupo político con voto ponderado. Se convocará cuando la Presidencia de la Comisión considere que hay asuntos que tratar, o a petición de cualquier otro miembro de la Comisión, dado que no tiene una periodicidad establecida. La Presidencia recaerá, por delegación de la Alcaldía, en un representante de los Grupos Políticos PSOE, UPyD e IU-Los Verdes, alternándose conforme a la siguiente distribución: • Julio 2011 – Mayo 2012: IU-Los Verdes • Junio 2012 – Octubre 2013: UPyD • Noviembre 2013 – Julio 2015: PSOE Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -6-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid o Comisión Paritaria: Integrada por 5 representantes del Equipo de Gobierno y 5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá por delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos. o Comisión de Formación: Integrada por 5 representantes del Equipo de Gobierno y 5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá por delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos. o Comité de Seguridad e Higiene: Integrada por 5 representantes del Equipo de Gobierno y 5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá por delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos. 4º.- Se constituirá la Mesa de Contratación con la siguiente composición. o 7 concejales del Grupo Municipal Popular o 3 Concejales del Grupo PSOE o 2 Concejales del Grupo UPyD o 1 Concejal del Grupo IU-Los Verdes o 4 funcionarios (Secretario General, Interventor General, Tesorero, Jefe del Departamento de Contratación). Más adelante se designan los miembros que formarán parte en las distintas Comisiones informativas, o bien se presentan por escrito en la Secretaría General. 4º.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS QUE SEAN DE LA COMPETENCIA DEL PLENO. Inicia el turno de intervenciones el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, diciendo que consideran necesaria la presencia de los grupos de la oposición en estos órganos, aunque sea con voz pero sin voto. Al menos creemos que es absolutamente necesario que cada vez que se reúnan estos órganos exista un informe detallado al Pleno siguiente expresando todo lo que haya acontecido. El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, señala que poco hay que añadir a lo manifestado por el Portavoz del Grupo Socialista. Entendemos que aunque el Ayuntamiento ha tenido presencia en estos órganos no ha sabido responder a las necesidades en algunos casos, y estaría bien que la oposición estuviera presente para recoger esas propuestas. El Portavoz del Grupo de IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues Marcos, abunda en los mismos términos de las anteriores intervenciones, es decir, que se reporte la información tan rápido como sea posible para facilitar la transparencia. La Alcaldía-Presidencia responde que no hay ningún inconveniente en que por parte de los representantes del Ayuntamiento en estos órganos colegiados cuando haya reunión informen en la siguiente Comisión informativa que se celebre, sin perjuicio de que los grupos municipales puedan elevar al pleno la petición que consideren oportuna. Entendemos que es más operativo. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -7-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid A continuación se somete a votación, En cumplimiento de lo establecido en el art. 38.c) del ROFRJEL, las Corporaciones Locales, dentro del plazo de los 30 días siguientes a la fecha de Constitución de los Ayuntamientos, deberán adoptar acuerdo relativo a nombramiento de representantes de la Corporación en órganos colegiados que sean de la competencia del Pleno. Vista la propuesta de la Alcaldía-Presidencia, el Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida con 16 votos a favor de los Sres. Concejales del Grupo Popular y 9 abstenciones correspondientes: 4 a los Sres. Concejales del Grupo Socialista, 3 a los Sres. Concejales de UPyD y 2 a los Sres. Concejales de IU-Los Verdes, acordó: 1º.- Nombrar como representantes del Ayuntamiento en las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación a: Titular: Dª María Jesús Villamediana Díez Suplente: D. Juan Blasco Martínez 2º.- Nombrar representante del Ayuntamiento en las Juntas de Compensación a: Titular: D. Juan Blasco Martínez Suplente: Dª María Jesús Villamediana Díez 3º.- Nombrar representante del Ayuntamiento en el Consorcio Noroeste de Televisión Digital a D. Angel Francisco Alonso Bernal. Tras la asistencia de los Sres. Concejales a cualquiera de las reuniones convocadas por estos órganos informarán en la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que celebre del contenido de dichas reuniones. 5º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DEL ALCALDE EN MATERIA DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, ASÍ COMO DE LAS DELEGACIONES DE LA ALCALDÍA. Presenta este asunto el Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal. Inicia el turno de intervenciones el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, diciendo que este punto es de competencia exclusiva del Sr. Alcalde, y por lo tanto, solo dar nuestra opinión, sobre todo en el nombramiento de 8 tenientes de alcalde para conformar la Junta de Gobierno, que entendemos que no es necesario que sean todos tenientes de alcalde, porque representaría un ahorro considerable para el Ayuntamiento. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -8-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, considera igualmente que el nombramiento de ocho tenientes de alcalde es excesivo y se tratará en el siguiente punto. Resaltar únicamente la novedad de los concejales de distrito que, en principio, no la vemos mal, pero nos gustará ver cómo funciona, cómo lo podemos fiscalizar para beneficio de todos. El Portavoz del Grupo de IU-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos, señala que también les parece excesivo el número de tenientes de alcalde, en la anterior legislatura eran siete, y sobre todo porque no favorece la austeridad de las arcas municipales. En principio estamos de acuerdo con la creación de los Concejales de distrito por aquello de la cercanía a la ciudadanía, aunque no tenemos muy claro su encaje teniendo en cuenta que no existe una parcelación del territorio de nuestro municipio en ese número de distrito, y hay que ver cómo lo articula el equipo de gobierno. Respecto a la delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local es la casi totalidad de las competencias que les proporciona la Ley, y esto supone vaciar de contenido los plenos municipales ya que les quitan los debates y propuestas que puedan hacer los grupos de la oposición. El motivo de delegar estas competencias, entendemos que no puede ser la operatividad del trabajo municipal, ya que desde IU- Los Verdes apostamos no solo por la participación ciudadana y que los ciudadanos tomen decisiones y se responsabilicen sobre cuestiones importantes y esenciales de Las Rozas, sino que también apostamos por la transparencia y con la aprobación de este punto esa transparencia se va a ver seriamente perjudicada. La Alcaldía-Presidencia señala que la intervención del Portavoz de Izquierda Unida se refiere más bien al punto 7º del Orden del Día, porque lejos de ir en contra de la transparencia, la delegación de las competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno, lo que favorece es la transparencia, dado que todos los miembros de la Corporación podrán tener acceso a las actas y, por tanto, a los acuerdos que se adopten en el seno de la Junta de Gobierno Local, puesto que todas las competencias que corresponden a la Alcaldía han sido delegadas a través del Decreto a que hace referencia en la Junta de Gobierno, y es mi deseo que el Alcalde no tenga que tomar decisiones individualmente, sino colegiadamente a través de la Junta de Gobierno, de la que forman parte ocho tenientes de alcalde, cuya competencia es responsabilidad de la Alcaldía, y tiene su justificación en que las materias que han sido objeto de Tenencia de Alcaldía, especialmente el Deporte y la Educación que podrían haber sido concejalías delegadas, para nosotros tienen especial relevancia y se la hemos dado con esas Tenencias de Alcaldía. En cumplimiento del art. 38.d) del ROFRJEL, se da cuenta de las Resoluciones adoptadas por la Alcaldía, con fecha diecisiete de junio de dos mil once, en materia de nombramientos de Tenientes de Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de las delegaciones de la Alcaldía, y que son del tenor literal siguiente: Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -9-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid “DECRETO RESULTANDO que, con fecha 11 de junio de 2011, se constituyó la Corporación Municipal, disponiendo esta Alcaldía de 30 días para la convocatoria de Pleno de la Corporación, en la que se dé cuenta de las Resoluciones que en materia de nombramiento de Tenientes de Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local y Presidentes de las Comisiones Informativas Permanentes y Especiales, así como de las delegaciones conferidas por esta Alcaldía. CONSIDERANDO lo preceptuado en los arts. 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y arts. 38 y 11 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. HE RESUELTO: 1º.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los concejales siguientes: • Primer teniente de Alcalde: Angel Francisco Alonso Bernal • 2º Tte. Alcalde: Francisco Javier Espadas López-Terradas • 3º Tte. Alcalde: Juan Blasco Martínez • 4º Tte. Alcalde: Mª Jesús Villamediana Díez • 5º Tte. Alcalde: Cristina Sopeña de la Torre • 6º Tte. Alcalde: José Luis Álvarez de Francisco • 7º Tte. Alcalde: Mercedes Piera Rojo • 8º Tte. Alcalde: Antonio Garde Fernández-Fontecha 2º.- Crear la Junta de Gobierno Local, y nombrar miembros de la misma a los 8 tenientes de alcalde que aparecen relacionados en el apartado primero. 3º.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria con periodicidad semanal los viernes a las 10 horas. 4º.- Se delega en la Junta de Gobierno Local las competencias atribuidas al Alcalde en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, salvo las que sean indelegables o bien hayan sido delegadas en los Concejales según Decreto de Delegaciones de 17 de junio de 2011. No obstante, el Alcalde podrá hacer uso en cualquier momento de las competencias delegadas mediante resolución o decreto.” “DECRETO De conformidad con el art. 21.3 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el art. 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, sobre delegación de atribuciones del Alcalde, Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -10-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid HE RESUELTO Efectuar las delegaciones genéricas que se indican en los Concejales que a continuación se relacionan, delegaciones que incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal y de las facultades de coordinación que mediante este Decreto se asignan, de acuerdo todo ello con lo dispuesto en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Primero.- A D. Ángel Francisco Alonso Bernal se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Coordinación General del Gobierno y Administración Pública, y en concreto las siguientes Facultades: − Dirección y gestión en general de los asuntos correspondientes a Coordinación General de las Áreas del Gobierno, Relaciones Institucionales y Políticas, Relaciones Públicas y Protocolo, Funcionamiento de los Órganos Políticos, Calidad General de los Servicios Municipales, Comunicación Política, Relaciones con la Secretaría general y la Asesoría Jurídica. − Apoyo general a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. − El dictado de instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran el Área de Gobierno y Administración Pública. − Coordinación e impulso de la política general del Equipo de Gobierno tanto en el ámbito interno del Ayuntamiento como en las relaciones de éste con otras Administraciones. − Coordinación de la actuación de las Áreas de Gobierno, a cuyo efecto determinará los criterios básicos y dictará las instrucciones necesarias para la gestión de los asuntos de competencia municipal. − La coordinación de la actuación municipal en las sociedades mercantiles, organismos autónomos y demás entidades, públicas o privadas, en las que participe el Ayuntamiento. − Seguimiento continúo de los objetivos fijados a cada Área de Gobierno, que deberán facilitarle la información necesaria para el desarrollo de esta función. − Seguimiento continúo de la ejecución del Programa de Gobierno. − Mantener las relaciones del equipo de gobierno con el Pleno y asistir a su Presidente en la fijación del orden del día de las sesiones. − Determinación de criterios para la armonización del Procedimiento Administrativo, los Reglamentos y las Ordenanzas Municipales. − Coordinación y supervisión de la elaboración de las normas municipales. − Coordinación y supervisión de la resolución de alegaciones que se pudiesen presentar a normas, decretos, ordenanzas y demás acuerdos elevados a Pleno por el Equipo de Gobierno. − Supervisión, visado y seguimiento de los expedientes que vayan a resolverse por la Junta de Gobierno, Pleno, comisión o cualquier otro Órgano Colegiado. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -11-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid − Supervisión y vigilancia del cumplimiento de los acuerdos municipales. − Supervisión de los Convenios de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento y otras entidades públicas o privadas, con independencia de su tramitación y gestión por el órgano competente. − Supervisión de las subvenciones a solicitar a otras administraciones o entidades públicas o privadas, así como de las subvenciones a conceder por parte del Ayuntamiento de Las Rozas. − Relaciones y coordinación con la Secretaría General en cuanto a las funciones a ella legalmente atribuidas. − Autorización de las circulares e instrucciones de servicio que afecten a toda la organización municipal. − Visado de las certificaciones expedidas en materia de actas y resoluciones. − Inscripción en el Registro de Asociaciones. − Autorización para acceso a los archivos a toda persona ajena a los Servicios Municipales. − Las resoluciones administrativas en relación con las materias de estadística y Padrón de habitantes. − Aprobar la asignación y cambio de denominación de centros y edificios municipales − Dirección e inspección de las concesiones administrativas de servicios. − Coordinar y proponer las políticas municipales de comunicación, publicidad e identidad corporativa, y en particular, las publicaciones, la emisora de radio municipal y la televisión digital terrestre. − Coordinar y supervisar la información que facilita el Ayuntamiento a través de los distintos medios de comunicación. − Coordinar y supervisar las campañas informativas y de publicidad que se proyecten por los servicios municipales, incluidos folletos, carteles y boletines, para conseguir unidad de imagen corporativa. − Coordinar y supervisar las relaciones internacionales del Ayuntamiento, en especial la política de hermanamientos y el desarrollo de las relaciones con las localidades hermanadas. − La coordinación de la actividad institucional del Gobierno y de sus relaciones con otras Administraciones Públicas e instituciones, nacionales e internacionales. − Las relaciones generales con vecinos y asociaciones vecinales, así como el seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y sugerencias de los vecinos, coordinando a los distritos y áreas involucradas. − Diseño y planificación de las líneas estratégicas de materia de promoción de la ciudad. Segundo.- A D. Javier Espadas López-Terradas se le delega el ámbito de los asuntos referentes a la Seguridad Ciudadana, SAMER, Protección Civil, Tráfico, Ferias y Fiestas y en concreto las siguientes Facultades: − Dirección y gestión en general de los servicios correspondientes a Policía Local, Protección Civil, SAMER, Circulación de vehículos y señalización del Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -12-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid tráfico, Grúa municipal, Fiestas de la localidad y Ferias de carácter no permanente. − Señalar las directrices generales de la Policía Local y el programa de actuación de la misma. − Coordinar la vigilancia del cumplimiento de bandos y ordenanzas y propuestas de sanciones por su incumplimiento. − Proponer las ordenanzas de tráfico. − Proponer la ordenación del tráfico urbano. − Ejecución del Plan de Emergencia Municipal de Las Rozas de Madrid. − Mantener las relaciones con entidades o particulares que dentro de la esfera local puedan afectar a las competencias de Policía Local. − Formar parte y convocar la Junta Local de Seguridad. − Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el municipio, formulando planes o propuestas que tengan como objeto la coordinación de los distintos Cuerpos de Seguridad y la prevención de delitos. − Coordinar y regular las actuaciones de SAMER Protección Civil. − Coordinar la seguridad de los edificios municipales y sus instalaciones. − Coordinar y regular las relaciones con los cuerpos de Bomberos, Guardia Civil y Protección Civil de la CAM. − Proponer sanciones disciplinarias a los miembros de la Policía Local y SAMER, exceptuando la separación del servicio. − Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos a su Área, incluidas las infracciones en materia de tráfico, circulación y seguridad viaria, excluyéndose las demás referidas a materia tributaria y en materia de contratos cuya competencia material no se le haya delegado por razón del gasto. − Organizar las fiestas patronales y cualquier otra celebración de interés histórico y tradicional en la localidad. − Organizar las ferias monográficas de interés tanto general como social y económico. Tercero.- A Doña Mercedes Piera Rojo se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Educación y Cultura y en concreto las siguientes Facultades: − La Dirección y gestión en general de los Servicios y actividades relativos a Educación y Cultura. − Promover la creación de instituciones culturales que el Ayuntamiento pueda sostener. − Desarrollar y dirigir todo tipo de actividades que dichas instituciones puedan llevar a cabo, bien dentro de su propia esfera o bien en colaboración con otras instituciones públicas o privadas y, específicamente, inspeccionar, fiscalizar y vigilar la actividad de Bibliotecas y Centros Municipales. Tal facultad entraña la atribución de poder resolver las incidencias con la materia tratada y, singularmente, la de proponer contrataciones de prestación de servicios personales con carácter puntual, derivado y temporal, como así también la de proponer alquileres de infraestructuras. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -13-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid − La Dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general. − Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de educación. − Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación educativa. − Proponer la celebración de convenios en materia educativa. − Asumir las relaciones con las distintas Administraciones educativas para la creación, conservación, mantenimiento y vigilancia de centros docentes públicos y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. − Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito municipal. − Tramitar y gestionar los expedientes relativos para la concesión de becas de comedor, libros y escuelas de verano. − Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia. Cuarto. - A Doña María Jesús Villamediana Díez se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Servicios a la Ciudad y en concreto las siguientes Facultades: − La dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas a los Servicios a la Ciudad. − Dirección ordinaria de los siguientes servicios: • Gestión de los residuos y puntos limpios. • Limpieza urbana • Mantenimiento de parques y jardines • Fuentes, depuradoras, saneamiento y colectores • Alumbrado público y ahorro energético • Mantenimiento de vías públicas • Señalización general de vías urbanas, previo requerimiento de Policía Local. • Y en general, todos aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de la Alcaldía sobre el mantenimiento de la ciudad − Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo. − Proponer la homologación e instalación en la vía pública de cualquier clase de elementos que sea necesario para la limpieza urbana. − Diseño, conservación y características del mobiliario urbano. − Proponer la concesión de autorizaciones para la ocupación temporal de la vía pública para la realización de diversas actuaciones, en las que existan carriles restringidos al tránsito o reservados al transporte público, así como las relativas a actuaciones que se realicen en calles en que por sus características se prevea cortar la circulación. − Mantener relaciones con las empresas suministradoras de agua, electricidad, gas y teléfonos, así como el control de dichos servicios y suministros. − Señalar las directrices de la actividad municipal en la gestión de los servicios de suministro de luz, agua y saneamiento. Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -14-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid − Proponer y ejecutar las obras de infraestructura viaria y saneamiento, así como la conservación de la pavimentación, aceras, alumbrado y señalización vertical y horizontal de las vías públicas. − Competencias en todo lo relativo a los servicios funerarios municipales. − Gestión, mantenimiento y conservación de los aparcamientos públicos subterráneos y en superficie municipales. − Gestionar los servicios generales municipales, y en concreto: • Dar apoyo logístico y técnico al resto de Concejalías en el desarrollo de sus actividades. • Mantenimiento y mejora de la infraestructura municipal, abarcando la totalidad de las dependencias en las que el municipio desarrolla sus actividades. − Servicios y actividades municipales relativos al Transporte Público rodado y las relaciones con el Consorcio Regional de Transportes − La Dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas tecnologías e impulso de la sociedad de la información y de la Administración Electrónica. − Vicepresidencia de la Mesa de Contratación, por ausencia del Presidente. − Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en materias de su competencia. Quinto.- A D. Juan Blasco Martínez se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda y en concreto las siguientes Facultades: − La Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales relativos a Urbanismo, Obras e Infraestructuras Públicas. − Elaboración de instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de contratación o aprobación de gastos. − Dirección, impulso e inspección de las obras municipales en general. − Dirigir y fiscalizar la actividad urbanística de las Empresas Municipales y Organismos Autónomos. − Proponer las resoluciones que exija la ejecución y desarrollo de las materias que a continuación se indican, en la esfera de sus competencias y siguiendo las directrices marcadas por los órganos municipales correspondientes: • Información Urbanística, Normalización Técnica y programación Económica de éste área de la Administración Municipal. • Planeamiento y gestión Urbanística en todas sus fases. • Proyectos de Urbanización y Edificación. • Conservación de los edificios y monumentos municipales. − Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la realización de obras mayores y menores, licencias de actividades y funcionamiento, licencias de primera ocupación, y la propuesta de concesión o denegación de cualquier otro tipo de licencia de carácter urbanístico. − La Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -15-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid relativos a Vivienda y las relaciones con la Empresa Municipal de la vivienda y otras entidades en dicha materia dentro o fuera del municipio. − Estudio, propuesta y coordinación en materia de vivienda pública. − Ejecución de los aparcamientos subterráneos y en superficie municipales. − Aprobación de los proyectos de obra incluidos dentro de los importes para los contratos menores que fije la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas − Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la realización de obras en la vía pública de calas, instalación de hidrantes y canalizaciones y asimismo, de declaración de caducidad cuando proceda, en relación con estas licencias. − Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la realización de obras mayores y menores, licencias de actividades y funcionamiento, licencias de primera ocupación. − Proponer la concesión de autorizaciones para la ocupación temporal de la vía pública en los siguientes supuestos: • Ocupación temporal de vías públicas para la realización reactuaciones que exijan el empleo de medios auxiliares, tales como grúas, equipos de bombeo de hormigón u otros elementos análogos. • Ocupación temporal de vías públicas para la instalación de kioscos de helados, prensa, etc. − Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las materias y asuntos siguientes: • Concesión de todo tipo de licencias urbanísticas y en general las que fueran tramitadas por los Servicios que dirige, incluida la concesión de licencias o autorizaciones para la ejecución de obras o instalaciones en la vía pública, salvo que su concesión correspondiese al Pleno. • Concesión de licencias de apertura, funcionamiento e instalación de actividades, incluyendo las calificadas. • Aprobación de las transmisiones de licencias y cambios de titularidad de las licencias de su competencia. • Aprobación de consultas urbanísticas en general. • Aprobación de las declaraciones de ruina. • Devolución de fianzas por ocupación de la vía pública. − Dictar medidas para la restauración del orden urbanístico y ambiental alterado así como lo relativo a la apertura de establecimientos sin la correspondiente licencia municipal − Dictar las medidas establecidas en la legislación urbanística vigente con motivo de infracciones urbanísticas así como la exigencia de la responsabilidad sancionadora. Sexto.- A D. José Luis Álvarez de Francisco se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Hacienda y Régimen Interior y en concreto las siguientes Facultades: − Señalar las directrices generales en materia de Hacienda Pública Municipal, y en concreto la elaboración de los Presupuestos municipales y de la Cuenta Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -16-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid General, así como la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales. − Organización de los Servicios Económicos Municipales, de la Recaudación y Gestión Tributaria y de la Tesorería Municipal. − Relaciones y coordinación con la Intervención general y la Tesorería del Ayuntamiento en cuanto a las funciones a ellas legalmente atribuidas. − Presidencia de la Mesa de Contratación. − Coordinación y planificación económica de las inversiones municipales. − Dirección y gestión en general de los Servicios y actividades relativas al Régimen Interior, Contratación, Servicios, Patrimonio, Registro General, Información y Archivo. − Coordinar y ejecutar las políticas de compras y mantenimiento de bienes y suministros del conjunto del ayuntamiento, particularmente lo relativo a equipos y programas informático, mobiliario, material y equipo de oficina; papelería; vestuario, limpieza y mantenimiento de edificios. − Gestión del Parque Móvil municipal, siguiendo las directrices emanadas de la Primera Tenencia de Alcaldía. − Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes materias: • Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de otras deudas de terceros para con el Ayuntamiento. • Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones. • Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno. • Devolución de ingresos indebidos. • Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias de hasta 18.000 Euros. • Aprobación de facturas, certificaciones de obra, intereses de demora y, en general, el reconocimiento de obligaciones dentro de los límites establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto. • Aprobación de cuentas justificativas de pagos de anticipos de "caja fija". • Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda. • Aprobación de actas de liquidación. • Imposición de sanciones tributarias. • Aprobación de expedientes de compensación de deudas. • La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias. − Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del Pleno. Séptimo.- A Dña. María Cristina Sopeña de la Torre se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Recursos Humanos y en concreto las siguientes Facultades: − La Dirección y supervisión de la política de Recursos Humanos y la supervisión del personal de la Corporación, salvo el ejercicio de la Jefatura de la Policía Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -17-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid Municipal. − Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público, de conformidad con las bases aprobadas por el Alcalde de la corporación, proponer los vocales titulares y suplentes de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas que se convoquen, así como el informe y propuesta en relación con los recursos de alzada que se interpongan contra las resoluciones de dichos tribunales. − Elevar propuesta de aprobación de la plantilla municipal − Elevar propuesta de la Relación de Puestos de Trabajo o catálogo de puestos de trabajo municipal − Proponer las modificaciones de las RPT´s o catálogo de puestos, así como las modificaciones de plantilla. − Proponer la OPE de acuerdo con el presupuesto y plantilla aprobadas. − Proponer las convocatorias de provisión de puestos de trabajo y hacer las propuestas de resolución de las mismas y los cambios de destino de personal de la Corporación. − Proponer la contratación, despido y extinción de los contratos del personal laboral de la Corporación, la asignación del mismo a los distintos puestos previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación, de acuerdo con la legislación laboral, así como adoptar las decisiones que correspondan en materia de Seguridad Social. Igualmente, proponer el nombramiento y cese del personal funcionario (de carrera e interino) y eventual en los términos previstos en la Legislación vigente. − Supervisar la gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones, conforme a las normas estatales reguladoras de las retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales. − Proponer el reconocimiento, abono y retenciones de cantidades de toda índole derivadas de la gestión de los servicios de personal. − Mantener relaciones con las organizaciones sindicales y desarrollar la política municipal en esta materia. − Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. − La Dirección y supervisión del Plan de Formación para el personal municipal. (Autorización de asistencia a cursos) − Comunicaciones con la Seguridad Social respecto a las altas y bajas de los empleados municipales. − Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las materias y asuntos siguientes: • Aprobación de la nómina. • Formalización de los contratos laborales y de las actas de toma de posesión de los Funcionarios. • Aprobación de las situaciones administrativas del personal funcionario y circunstancias semejantes para el personal laboral, incluyendo reingresos al servicio activo, concesión de excedencias y las jubilaciones. • Reconocimiento de servicios previos a los empleados públicos en los términos previstos en la legislación vigente y aprobación del Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -18-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid Complemento de antigüedad del Personal Laboral. • Concesión de permisos, licencias y vacaciones del personal. • Concesión de ayudas sociales a los empleados municipales. • Aprobación de las dietas e indemnizaciones del personal. • Incoación de expedientes disciplinarios e imposición de sanciones al personal funcionario y al de carácter laboral, a excepción del Cuerpo de Policía Municipal y de los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se regirán por su régimen específico, y de las sanciones que impliquen despido o separación del servicio. Octavo.- A Dña. Paula Gómez-Angulo Amorós se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Servicios Sociales y Juventud y en concreto las siguientes Facultades: − Dirección y gestión de los Servicios Sociales y de Juventud − Todas las facultades delegables del Alcalde en cuanto a la Gestión de los Convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid sobre los Servicios Sociales, incluida la de emitir actos que afecten a terceros. − Coordinar todas las actuaciones que en materia de Servicios Sociales se gestionen en el municipio. − Garantizar la prestación de Servicios Sociales generales dentro del marco de la legislación vigente en la materia. − Garantizar la atención específica a aquellos sectores de población en situaciones de desprotección social, marginación o indigencia, a través de medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo. − Promover actuaciones de bienestar social para los sectores de población destinatarios de los servicios. − Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para contribuir a propiciar el desarrollo de una mayor participación y colaboración de la sociedad ante los problemas de marginación y desprotección social. − Promover fórmulas de colaboración para el logro de un mayor grado de coordinación de los recursos sociales existentes y creación de otros de interés común. − Proponer acciones para la atención de personas físicas o núcleos familiares en situación de necesidad social. − Conseguir la igualdad de oportunidades entre las personas, sean mujeres, inmigrantes o personas con discapacidad, eliminando obstáculos y resistencias. − Dirigir y coordinar la política municipal en materia de juventud y tiempo libre que hayan de desarrollarse en el municipio. Noveno.- A Dña. Blanca María Laso Sanz se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Economía, Empleo y Consumo y en concreto las siguientes Facultades: − Señalar las directrices generales en materia de economía, empleo y consumo Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -19-
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