AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA
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AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA ANUNCIO Expte: 364/2021/PER Mediante el presente se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador del proceso selectivo para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera del Z00676d742030217b0407e62d20208378 Ayuntamiento de Talavera de la Reina, de una plaza de Técnico en Gestión del Deporte, por turno libre y oposición, de la Oferta de Empleo Público del año 2020, que obra en el expediente administrativo núm. 364/2021/PER del Servicio de Personal de la Secretaría General, y cuyas bases fueron aprobadas por Resolución de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 14 de julio de 2021 (publicadas en el B.O.P. Toledo núm. 138, de 22 de julio de 2021), y corrección de errores posteriores, en las sesiones celebradas los días 27 de enero de 2022 y 1 de febrero de 2022: Primero. Escrito presentado por Dª. Beatriz Rico Martín (DNI ***2900**) de fecha 18 de enero de 2022 (nº. entrada registro 1757): - Impugna la pregunta nº. 17. Se estima la alegación dado que ninguna de las respuestas facilitadas por el tribunal era correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 17 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 1. - Impugna la pregunta nº. 48. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. - Impugna la pregunta nº. 56. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. Segundo. Escrito presentado por D. Jaime Martínez Fernández (DNI ***3400**) de fecha 20 de enero de 2022 (nº. entrada registro 2071): COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de - Impugna la pregunta nº. 17. Se estima la alegación dado que ninguna de las respuestas Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 facilitadas por el tribunal era correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 17 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 1. - Impugna la pregunta nº. 30. Se estima la alegación dado que tanto la respuesta A como la respuesta B son correctas. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 30 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 2. - Impugna la pregunta nº. 48. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. - Impugna la pregunta nº. 56. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. Tercero. Escrito presentado por D. Rodrigo Pinero Alonso (DNI ***0550**) de fecha 20 de enero de 2022 (nº. entrada registro 1986): - Impugna la pregunta nº. 17. Se estima la alegación dado que ninguna de las respuestas facilitadas por el tribunal era correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 17 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 1. - Impugna la pregunta nº. 20. Se desestima la alegación dado que el aspirante no aporta ningún autor concreto, documento o fuente para invalidar la respuesta que el tribunal ha determinado como correcta y cuya fuente se encuentra en “Teoría de una educación física Página 1 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA intercultural y realidad educativa en España”. Onofre R. Contreras J., Pedro Gil Madrona, José A. Cecchini E., Luis M. García L., confirmando la respuesta correcta A (la lengua como elemento determinante para la integración). - Impugna la pregunta nº. 33. Se estima parcialmente la alegación, dado que tanto la respuesta A como la respuesta B son correctas. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 33 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 3. Z00676d742030217b0407e62d20208378 - Impugna la pregunta nº. 48. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. - Impugna la pregunta nº. 50. Se desestima la alegación dado que la pregunta incluye en su formulación “la gestión integral de todas las actividades de las piscinas municipales de verano” (actividades de socorrismo, limpieza, mantenimiento, vigilancia, cursos …), que se llevan a cabo tanto de forma directa por personal propio del Ayuntamiento como de forma indirecta mediante la contratación externa de los servicios u otras formas de gestión indirecta, confirmando la respuesta correcta C (gestión mixta). - Impugna la pregunta nº. 56. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. Cuarto. Escrito presentado por D. Ignacio Samaniego Pérez (DNI ***0900**) de fecha 20 de enero de 2022 (nº. entrada registro 2592): - Impugna la pregunta nº. 4. Se desestima la alegación dado que la pregunta está formulada en negativo e incluye la expresión “en todo caso”, por lo que la única respuesta posible es la B (Manuel Martínez Pérez), pues la obligación como persona física sólo vendría impuesta si se encontrase en alguna de las circunstancias recogidas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y no así si actúa como persona física sin más, confirmando la respuesta correcta B (Manuel Martínez Pérez). - Impugna la pregunta nº. 13. Se desestima la alegación dado que tanto el art. 169.6 del Real COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como el art. 21.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, establecen literalmente que si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente [...], confirmando la respuesta correcta A (Se considerará automáticamente prorrogado el anterior). - Impugna la pregunta nº. 17. Se estima la alegación dado que ninguna de las respuestas facilitadas por el tribunal era correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 17 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 1. - Impugna la pregunta nº. 21. Se estima la alegación dado que la respuesta que el tribunal ha validado no especifica que la actividad física ha de ser “aeróbica”, no siendo ninguna de las respuestas correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 21 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 4. - Impugna la pregunta nº. 23. Se desestima la alegación. El Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha [2014/9028] establece que en cuanto a la adopción de hábitos saludables, es importante tener en cuenta que hasta un 80% de niños y niñas en edad escolar únicamente participan en actividades físicas en la escuela, tal y como recoge el informe Eurydice, de la Página 2 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA Comisión Europea (2013); por ello, la Educación Física en estas edades debe tener una presencia importante en el horario del alumnado […] y el Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha [2015/7558] señala que se estima que hasta un 80 por ciento de niños y niñas en edad escolar únicamente participan en actividades físicas en el entorno escolar, tal y como recoge el informe Eurydice de 2013 de la Comisión Europea; por Z00676d742030217b0407e62d20208378 ello, la Educación Física en las edades de escolarización debe tener una presencia importante si se quiere ayudar a paliar el sedentarismo […]. La respuesta del tribunal no incluye intencionadamente la referencia al horario en que la práctica deportiva ha de tener presencia (referencia que se omite en el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato), pues la pregunta versa sobre la promoción de estilos de vida activa y saludable en general. En consecuencia, se confirma la única respuesta correcta A (Hasta un 80% de niños y niñas en edad escolar, únicamente participan en actividades físicas en la escuela, por ello la educación física debe tener una presencia importante en edades de escolarización). - Impugna la pregunta nº. 25. Se estima la alegación dado que la respuesta validada no guarda una relación completa con la pregunta formulada. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 25 y se toma en consideración la pregunta de reserva nº. 7. - Impugna la pregunta nº. 29. Se estima la alegación dado que ninguna de las respuestas facilitadas por el tribunal es correcta. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 29 y se toma en consideración la pregunta de reserva nº. 5. - Impugna la pregunta nº. 30. Se estima la alegación dado que tanto la respuesta A como la respuesta B son correctas. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 30 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 2. - Impugna la pregunta nº. 32. Se desestima la alegación dado que la pregunta no alude a que se proporcionen y ordenen por importancia todos los criterios que establece la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, sino que de los facilitados cuál es su orden. En consecuencia, se confirma la única respuesta correcta C COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 (Beneficios que puedan reportar a la salud. Beneficios para el bienestar de personas mayores, con discapacidad, mujeres e infancia. Posibilidad de ser practicada en igualdad de condiciones por personas de distinto género y edad). - Impugna la pregunta nº. 33. Se estima parcialmente la alegación dado que tanto la respuesta A como la respuesta B son correctas. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 33 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 3. - Impugna la pregunta nº. 36. Se estima la alegación dado la pregunta da como equivalente al gestor y al director deportivo, siendo profesiones diferentes. En consecuencia, se procede a anular la pregunta nº. 36 y a tomar en consideración la pregunta de reserva nº. 6. - Impugna la pregunta nº. 48. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. - Impugna la pregunta nº. 56. Se estima la alegación dado que por error en la plantilla provisional se validó la respuesta B, siendo correcta la respuesta A. - Impugna la pregunta de reserva nº. 9. Se estima la alegación dado que si bien es cierto que el art. 9.1 del Decreto 36/2013, de 04/07/2013, por el que se regula la planificación de emergencias en Castilla-La Mancha y se aprueba la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha establece que los planes de autoprotección no son planes de protección civil, el art. 14.2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil señala que los Planes de Protección Civil son el Plan Estatal General, los Planes Territoriales, Página 3 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA de ámbito autonómico o local, los Planes Especiales y los Planes de Autoprotección. En consecuencia, se procede a anular la pregunta de reserva nº. 9. Quinto. Elevar a definitiva la plantilla de corrección del primer ejercicio del proceso selectivo celebrado el día 13 de enero de 2022, introduciendo los cambios acordados (Anexo I); y no habiéndose producido alegaciones al respecto, elevar a definitiva la plantilla de corrección Z00676d742030217b0407e62d20208378 del primer ejercicio del proceso selectivo celebrado en convocatoria extraordinaria el día 20 de enero de 2022 (Anexo II). Sexto. Publicar el listado provisional de aspirantes que han superado el primer ejercicio del proceso selectivo: APELLIDOS NOMBRE D.N.I. Nota MARTÍNEZ FERNÁNDEZ JAIME ***3400** 7,42 RICO MARTÍN BEATRIZ ***2900** 5,96 PINERO ALONSO RODRIGO ***0550** 5,67 FURRIOL GUZMÁN JOAQUÍN ***5554** 5,33 HERNÁNDEZ PÉREZ CARLOS ***2913** 5,00 SAMANIEGO PÉREZ IGNACIO ***0900** 5,00 Séptimo. Conceder a los aspirantes un plazo de tres días hábiles para formular alegaciones o dirigir reclamaciones al Tribunal sobre la relación provisional de aprobados, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 El Secretario del Tribunal Fdo.- Miguel Rodríguez Ramos (A fecha de firma electrónica) Página 4 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA ANEXO I. PLANTILLA DEFINITIVA DE RESPUESTAS CONVOCATORIA ORDINARIA PRIMER EJERCICIO. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. 1 A 21 ANUL. 41 C 61 B RESERVA Z00676d742030217b0407e62d20208378 2 C 22 C 42 A 62 A 1 A 3 B 23 A 43 B 63 B 2 A 4 B 24 C 44 C 64 B 3 B 5 B 25 ANUL. 45 C 65 B 4 B 6 A 26 C 46 A 66 B 5 B 7 B 27 A 47 A 67 A 6 B 8 B 28 A 48 A 68 B 7 C 9 C 29 ANUL. 49 C 69 A 8 A 10 B 30 ANUL. 50 C 70 B 9 ANUL. 11 A 31 A 51 A 71 B 10 B 12 B 32 C 52 B 72 B 13 A 33 ANUL. 53 C 73 B 14 C 34 C 54 B 74 B 15 A 35 A 55 C 75 A 16 C 36 ANUL. 56 A 76 C 17 ANUL. 37 C 57 A 77 A 18 C 38 A 58 B 78 C COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de 19 C 39 A 59 A 79 B Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 20 A 40 B 60 A 80 A Página 5 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA ANEXO II. PLANTILLA DEFINITIVA DE RESPUESTAS CONVOCATORIA EXTRAORDINA- RIA PRIMER EJERCICIO. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. Preg. Res. 1 A 21 C 41 A 61 B RESERVA Z00676d742030217b0407e62d20208378 2 B 22 C 42 A 62 B 1 B 3 B 23 A 43 A 63 B 2 C 4 B 24 C 44 A 64 A 3 C 5 A 25 B 45 C 65 B 4 C 6 C 26 B 46 C 66 C 5 A 7 B 27 A 47 A 67 A 6 A 8 B 28 C 48 A 68 A 7 C 9 A 29 A 49 C 69 B 8 A 10 B 30 B 50 B 70 B 9 C 11 A 31 C 51 A 71 A 10 A 12 A 32 C 52 C 72 B 13 A 33 B 53 A 73 C 14 A 34 C 54 A 74 B 15 A 35 A 55 A 75 B 16 C 36 C 56 A 76 C 17 A 37 A 57 C 77 B 18 B 38 A 58 A 78 A COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 19 B 39 C 59 C 79 A 20 B 40 B 60 B 80 B Página 6 de 6 Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora: MIGUEL RODRIGUEZ RAMOS OFICIAL MAYOR 02/02/2022 08:56
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