ELECCIONES LOCALES Y AUTONÓMICAS (24 DE MAYO DE 2015)

Página creada Arturo Martínez
 
SEGUIR LEYENDO
MINISTERIO
                 DE ASUNTOS EXTERIORES                                                    EMBAJADA DE ESPAÑA
                 Y DE COOPERACIÓN                                                         EN OTTAWA (CANADÁ)

                                   ELECCIONES LOCALES Y AUTONÓMICAS
                                          (24 DE MAYO DE 2015)

        El Boletín Oficial del Estado ha publicado (BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015) el Real Decreto
        233/2015, de 30 de marzo, por el que se convocan elecciones a las Asambleas Legislativas de las
        Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha,
        Castilla-León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y Valencia, así como a las Asam-
        bleas de Ceuta y Melilla, y elecciones locales en todo el Estado español.
        Dichas elecciones tendrán lugar el próximo 24 de mayo.

        En estas elecciones pueden votar desde el exterior:

            a. Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el Censo de Electores
               Residentes Ausentes (CERA) en estas elecciones e inscritos por algún municipio de las
               Comunidades Autónomas arriba mencionadas, así como de las Ciudades Autónomas de
               Ceuta y Melilla.
            b. Los electores españoles residentes en España e inscritos en el Censo Electoral de
               Residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero.
            c. Electores extranjeros residentes en España temporalmente en el extranjero.

            a. ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO INSCRITOS EN EL CERA PARA
              ESTAS ELECCIONES (inscritos por algún municipio de las Comunidades Autónomas arriba
                      mencionadas, así como de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.)

        CONSULTA DEL CENSO ELECTORAL

        LA CONSULTA PERSONAL, TELEFÓNICA O TELEMÁTICA DE LAS LISTAS
        ELECTORALES ES MUY IMPORTANTE PARA LOS ELECTORES, YA QUE ES LA ÚNICA
        POSIBILIDAD QUE LES PERMITE CONOCER LA CORRECTA INCLUSIÓN EN EL CENSO Y
        PODER HACER USO DEL DERECHO A SUFRAGIO.

        El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de enero de 2015 (recoge
        movimientos realizados hasta el 30 de diciembre de 2014 inclusive). Este censo incluye las
        inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación y no tiene en cuenta los
        cambios de circunscripción electoral producidos en los doce meses anteriores a la fecha de la
        convocatoria. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.

        Las listas electorales se expondrán al público del 6 al 13 de abril, ambos inclusive. La consulta se
        podrá hacer también por medios informáticos por aquellas personas que dispongan de un certificado
        electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, por ejemplo un DNI electrónico, a través de
        este enlace

        Dentro del plazo señalado, toda persona censada en las listas, o que deba estarlo, puede presentar la
        oportuna RECLAMACIÓN administrativa contra su exclusión o inclusión indebida en este censo, así

                                                      1
CORREO ELECTRÓNICO: emb.ottawa@mae.es                                                       Cancillería: 74 Stanley Avenue
                                                                                            Ottawa (Ontario), K1M 1P4
                                                                                            TEL: 1 613 747-2252/7293
                                                                                            FAX: 1 613 744-1224
como actualizar sus datos de inscripción, acreditándolo documentalmente, en caso de que hayan
        cambiado o no sean correctos los que figuren en las listas. Las posibles reclamaciones deberán
        presentarse en esta Sección Consular en el impreso oficial (se obtiene en esta Sección Consular) y en
        el plazo indicado.

        El horario de exposición de listas electorales en esta Sección Consular es el siguiente:

              Día:                                                  Horario:
              Lunes 6 de abril (Lunes de Pascua)                    10.00 a 13.00 horas
              Del martes 7 al viernes 10 de abril                   9.00 a 16.00 horas
              Sábado y domingo (11 y 12 de abril)                   10.00 a 13.00 horas
              Lunes 13 de abril                                     9.00 a 16.00 horas

        A partir del 6 de abril también se podrán consultar los datos por teléfono.

        EL VOTO DE LOS ELECTORES INSCRITOS EN EL CERA

        Para poder votar, todos los electores, incluidos los que hayan presentado reclamación, deberán
        solicitar la documentación de voto a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del
        Censo Electoral mediante impreso oficial, no más tarde del sábado 25 de abril de las siguientes
        maneras:

            1. Por Internet con certificado electrónico. Deberá acceder al trámite "Solicitud voto CERA" en
               la dirección https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/?lang=es_ES mediante un certificado
               electrónico reconocido asociado a su Documento Nacional de Identidad (DNI).
            2. Por Internet con la clave de tramitación telemática CTT remitida de oficio por correo postal
               al domicilio de su inscripción. Deberá acceder al trámite "Solicitud voto CERA" en la dirección
               https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/?lang=es_ES mediante la CTT, seguir las instrucciones
               que se le presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de los siguientes documentos:
                    a. Documento Nacional de Identidad español (DNI).
                    b. Pasaporte expedido por las autoridades españolas.
                    c. Certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (de expedición
                        gratuita en la Embajada de España en Ottawa)
            3. Por correo postal o por fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la
               provincia en cuyo censo se encuentre inscrito en España, sin tener en cuenta los cambios de
               municipio de inscripción producidos en el año anterior a la fecha de la convocatoria. Deberá
               cumplimentar la solicitud de voto y la fecha, firmarla y adjuntar UNO de los siguientes
               documentos:
                    a. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad español (DNI).
                    b. Fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas.
                    c. Certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular (de expedición
                        gratuita en la Embajada de España en Ottawa).

                El citado impreso de solicitud de voto será remitido a los españoles inscritos en el CERA por
                la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. También lo
                puede obtener personalmente en esta Sección Consular.

                                                         2
CORREO ELECTRÓNICO: emb.ottawa@mae.es                                                          Cancillería: 74 Stanley Avenue
                                                                                               Ottawa (Ontario), K1M 1P4
                                                                                               TEL: 1 613 747-2252/7293
                                                                                               FAX: 1 613 744-1224
Recibida la solicitud por la correspondiente la Delegación Provincial de la Oficina del Censo
        Electoral, ésta remitirá a la dirección del elector las papeletas y el sobre de votación, con la
        documentación necesaria y un folleto informativo y detallado para realizar la emisión de voto.

        El estado de tramitación de las solicitudes de voto por correo se puede consultar a través del
        siguiente enlace:
        https://sede.ine.gob.es/ce-votoxcorreo/pages/presentacion/frmPresentacion.jsf

        Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el Censo de Electores Residentes
        Ausentes (CERA) no podrán votar en las elecciones locales.

        En caso de dudas, puede dirigirse telefónicamente a esta Oficina Consular (613 747-2252, EXT.1)

        MODALIDADES PARA EMITIR EL VOTO POR LOS ELECTORES CERA

        Recibida la documentación para votar, el lector podrá ejercer su derecho de sufragio, eligiendo una
        de las siguientes opciones:

                a. Depositar PERSONALMENTE el voto en la urna de la Sección Consular entre los
                   días 20, 21 y 22 de mayo (miércoles, jueves y viernes anteriores a la fecha de las
                   elecciones)

                     Para depositar su voto en la urna, el elector acreditará previamente su identidad ante el
                     funcionario consular mediante el pasaporte o el DNI y le hará entrega del segundo
                     certificado de inscripción en el censo.

                     Cuando el funcionario haya estampado en dicho sobre el sello de la Sección Consular y
                     la fecha de depósito, el elector lo introducirá en la urna.

                     HORARIO PARA LA ENTREGA PERSONAL DEL SOBRE DE VOTACIÓN:

                       Día:                                Horario:
                       Miércoles 20 de mayo                de 9.00 a 20.00 horas
                       Jueves 21 de mayo                   de 9.00 a 20.00 horas
                       Viernes 22 de mayo                  de 9.00 a 20.00 horas

                b. Enviar el voto POR CORREO CERTIFICADO A LA SECCIÓN CONSULAR no
                   más tarde del martes 19 de mayo.

                     En este caso, el elector deberá utilizar dos sobres:

                          1. El dirigido a la Junta Electoral Provincial (JEP) correspondiente, en el que se
                             incluirá la siguiente documentación:
                                 a. Sobre de votación (conteniendo la papeleta elegida)
                                 b. El segundo certificados de inscripción en el CERA
                                 c. Fotocopia del pasaporte español o del DNI.
                          2. El sobre dirigido a la Embajada de España, en el que se introducirá:
                                 a. El sobre dirigido a la JEP cerrado

                                                          3
CORREO ELECTRÓNICO: emb.ottawa@mae.es                                                        Cancillería: 74 Stanley Avenue
                                                                                             Ottawa (Ontario), K1M 1P4
                                                                                             TEL: 1 613 747-2252/7293
                                                                                             FAX: 1 613 744-1224
b. El segundo certificado de inscripción en el censo
                                  c. En su caso, la solicitud de reintegrote los gastos de franqueo firmado

                              Una vez cerrado el sobre, escribirá de forma legible su nombre, apellidos y
                              dirección en el remite y se enviará por correo certificado franqueado no más
                              tarde del martes 19 de mayo.

                      En caso de dudas, puede dirigirse telefónicamente a esta Oficina Consular.

        ELECTORES DEL CERA TEMPORALMENTE EN ESPAÑA

        Si algún elector del CERA se encuentra temporalmente en España durante este proceso electoral,
        podrá solicitar (al igual que los residentes en territorio nacional) el voto por correo a partir de la
        fecha de la convocatoria hasta el día 14 de mayo (inclusive), sin que ello suponga su baja en el
        CERA. Para ello deberá personarse documentado en cualquier oficina de Correos de España.
        Estos electores no podrán votar personalmente en la Mesa Electoral.

             b. LOS ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN ESPAÑA E INSCRITOS EN EL
                     CENSO ELECTORAL DE RESIDENTES EN ESPAÑA (CER) QUE
                         TEMPORALMENTE SE HALLEN EN EL EXTRANJERO

        Una vez efectuada la convocatoria electoral, los electores del CER que se encuentren temporalmente
        en esta demarcación consular y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación,
        podrán votar desde el exterior en las elecciones locales y en las elecciones autonómicas.

        Han de cumplir los siguientes requisitos:

            1. Deberán inscribirse como no residentes, si aun no lo estuvieran, en el Registro de Matrícula
               Consular de la Embajada.
            2. Estos electores deberán solicitar la documentación para votar desde el exterior a la
               correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del
               día 25 de abril dentro del horario de apertura de esta Sección Consular mediante el impreso
               de solicitud disponible en la Sección Consular de la Embajada.

        El elector deberá entregar personalmente la solicitud cumplimentada en esta Sección Consular
        identificándose con su DNI o pasaporte español. El funcionario verificará su inscripción en el
        Registro de Matrícula Consular como No-Residente y la coincidencia de su firma.

        Los electores que hayan solicitado el voto por correo pueden consultar el estado del envío de la
        documentación a través del siguiente enlace

        FORMA DE EMITIR EL VOTO PARA LOS DESPLAZADOS TEMPORALES

        Estos electores sólo pueden emitir su voto enviándolo por CORREO CERTIFICADO a la
        Delegación Provincial de la Oficina del Censo correspondiente no más tarde del 20 de mayo.

                                                        4
CORREO ELECTRÓNICO: emb.ottawa@mae.es                                                         Cancillería: 74 Stanley Avenue
                                                                                              Ottawa (Ontario), K1M 1P4
                                                                                              TEL: 1 613 747-2252/7293
                                                                                              FAX: 1 613 744-1224
SERÁ INDISPENSABLE PARA LA VALIDEZ DE ESTOS VOTOS QUE CONSTE
        CLARAMENTE EN EL SOBRE UN MATASELLOS U OTRA INSCRIPCIÓN OFICIAL DE
        LA OFICINA DE CORREOS CON LA FECHA, A EFECTOS DE VERIFICAR EL
        CUMPLIMIENTO DEL PLAZO INDICADO.

          c. EXTRANJEROS RESIDENTES EN ESPAÑA QUE TEMPORALMENTE SE HALLEN EN
                                      EL EXTRANJERO

        Para las elecciones locales, el censo se amplía con las inscripciones de los extranjeros residentes en
        España con derecho a voto.

        El procedimiento para votar es el mismo que el detallado en el apartado anterior (apartado b), con las
        siguientes particularidades:

            1. El extranjero se inscribirá en el Registro Consular de Extranjeros
            2. Se identificarán con la tarjeta de residencia (documento español), si bien pueden admitirse
               otros documentos oficiales con foto y firma del elector.

        Para cualquier consulta complementaria sobre su derecho al ejercicio del sufragio en estas
        elecciones, no dude en ponerse en contacto con esta Sección Consular.

        Ottawa, 02 de abril de 2015

                                                       5
CORREO ELECTRÓNICO: emb.ottawa@mae.es                                                        Cancillería: 74 Stanley Avenue
                                                                                             Ottawa (Ontario), K1M 1P4
                                                                                             TEL: 1 613 747-2252/7293
                                                                                             FAX: 1 613 744-1224
También puede leer