ESCUELA ALEMANIA PUERTO-MONTT 2020 - Ministerio de Educación
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MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR. ESCUELA ALEMANIA PUERTO-MONTT 2020 DECRETO N° 67/2018 ESCUELA ALEMANIA PUERTO MONTT
PRESENTACIÓN El presente Reglamento de Evaluación y de Promoción Escolar es un documento normativo que establece los principios y los procedimientos de la evaluación escolar que se aplican en el establecimiento y los modos de calificación de los logros de aprendizajes del estudiantado. Por lo mismo, establece el marco de conductas de todos los involucrados para que la evaluación escolar sea un proceso general que favorezca la buena calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje y las buenas relaciones humanas que ello implica. Las características técnicas y la estructura de este informe han sido construidas por los directivos, UTP y docentes del establecimiento, tomando en cuenta las conclusiones de los talleres internos realizados con este fin y los comentarios, opiniones y necesidades manifestadas en dichos encuentros. Se asume, entonces, que es un marco normativo de construcción social y respetado por la comunidad educativa. Es responsabilidad de la Directora y Unidad Técnica la elaboración final y supervisión de la correcta aplicación de este marco normativo; asimismo, resolver las situaciones especiales, informar a la Comunidad Educativa sobre su contenido y evaluar periódicamente su aplicación para mejorarlo y adecuarlo a los cambios en el sistema y nuevos enfoques educativos, como también las normas de convivencia escolar. 2
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar Escuela Alemania, Puerto Montt. La Escuela Alemania, ubicada en la comuna de Puerto Montt, es un establecimiento de dependencia municipal. Reconocida oficialmente por resolución exenta N° 3363/30 del 27 de julio de 2004. La escuela imparte educación pre básica primer y segundo nivel de transición y básica de 1° a 8° año. MARCO NORMATIVO: ARTÍCULO 1: El presente reglamento de evaluación, se estructura bajo los siguientes decretos: • Decreto Exento Nº 67/2018 que regulan la evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de Educación General Básica. • Decreto 481/2017, que establece las Bases Curriculares de la Educación Parvularia. • Decreto nº 439/2012 sobre bases curriculares de 1ª a 6º básico. • Decreto nº 169/2014 sobre bases curriculares de 7º a 2º Medio Decreto de ASIGNATURAS Decreto Planes de Evaluación Estudio Lenguaje y Comunicación Decreto 2960/2012 Matemática Historia, Geografía y Cs. Sociales Decreto 67/2018 Ciencias Naturales Artes Visuales Decreto 2960/2012 Música Educación Física y Salud Tecnología 3
ASIGNATURA Decreto Planes y Programas Decreto de de estudio Evaluación Lengua y Literatura Decreto N° 628/2016 Matemática Idioma Extranjero: Decreto 67/2018 inglés Historia, Geografía y Cs Sociales Cs. Naturales Artes Visuales, Decreto N° 628/2016 Música, Ed. Tecnológica, Ed Física y Salud ARTÍCULO 2: Para efecto del presente reglamento, se entenderá por: a) Reglamento: Instumento mediante el cual, los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por este decreto b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza. c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto. Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes se expresen en una calificación; los docentes deben utilizar una escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal. Para la aprobación de la evaluación, se considerará como nota mínima 4,0 (cuatro, cero) utilizando una P.R.E.M.A. (Porcentaje Requerido mínimo de aprobación) 60% 4
TABLA DE CALIFICACIONES CONCEPTUALES PARA PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO: Cada año durante las dos primeras semanas del mes de marzo, se realizarán pruebas de diagnóstico en las cuatro asignaturas fundamentales y serán registradas en los libros de clases utilizando el formato siguiente: CONCEPTO SÍMBOLO RANGO DE CALIFICACIÓN Logrado L 76% a 100% Medianamente ML 60% a 75% logrado No logrado NL 0% a 59% Al finalizar cada semestre se entregará un informe de personalidad, el cual da cuenta de los objetivos transversales, objetivos contemplados en el proyecto educativo institucional y las orientaciones dadas por Convivencia escolar, su calificación se expresará en base a un concepto de acuerdo a la siguiente tabla: CONCEPTO SÍMBOLO DESCRIPCIÓN Desarrollo DL Concepto o criterio está presente siempre y el/la Logrado estudiante lo demuestra en sus accionar Puede superarse PS Concepto o criterio se presenta casi siempre. No logrado NL El criterio está presente en forma aislada o rara vez. d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común , del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de Educación. e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación media. ARTÍCULO 3: Los alumnos tienen derecho a ser informados de los criterios de evaluación; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento 5
ARTÍCULO 4. a. Los estudiantes de la Escuela Alemania deberán ser evaluados y calificados en todas las asignaturas y actividades del Plan de Estudio, podrá usarse formativa o sumativamente. ARTÍCULO 5. a. Los estudiantes de la Escuela Alemania NO serán eximidos en ninguna asignatura del plan de estudio. b. El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o sumativamente. Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos se obtiene, interpreta y usa por profesionales de la educación y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el procesos de enseñanza aprendizaje. La evaluación sumativa, tiene por objetivo certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos. DE LAS CALIFICACIONES. ARTÍCULO 6. La Escuela Alemania, certificarán las calificaciones anuales de cada alumno y, cuando proceda, el término de los estudios de educación básica. ARTÍCULO 7. Las calificaciones obtenidas por los alumnos y alumnas en la asignatura de Religión (católica y evangélica), Orientación y taller deportivo se expresarán en conceptos (muy bueno MB, Bueno B, Suficiente S, Insuficiente I) según la tabla y no incidirán en la promoción. Concepto Símbolo Rango de calificación numérica Muy Bueno MB 6,0 - 7,0 Bueno B 5,0 – 5,9 Suficiente S 4,0- 4,9 Insuficiente I 2,0- 3,9 ARTÍCULO 8. La calificación final anual de cada asignatura o módulo deberá expresarse en una escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0. 6
ARTÍCULO 9: La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la calificación final del período escolar adoptado y de final de año de una asignatura o módulo de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura o módulo realice el profesional de la educación. Esta definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos y se acordarán con el jefe técnico-pedagógico debiendo ser informados con anticipación a los alumnos, sin perjuicio de lo establecido en el literal h) del artículo 18 de este reglamento. CANTIDAD CANTIDAD DE CANTIDAD DE CANTIDAD DE HORAS PRUEBAS CALIFICACIONES NOTAS SEMANALES DE PARCIALES DE SEMESTRALES LAS SUMATIVAS. EVALUACIONES ASIGNATURAS FORMATIVAS 8 4 3 7 6 4 2 6 4 2 2 4 3 2 1 3 2 2 1 3 1 1 1 2 DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO 10: A). Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que: a) Serán promovidos los alumnos (as) que hubieren aprobado todas las asignaturas de del plan de estudio. b) Serán promovidos los y las estudiantes de los cursos de 1° a 8° y de 8° a 1° de Enseñanza Media que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado. c) Serán promovidos los y las estudiantes de los cursos de 1° a 8° y de 8° a 1° de Enseñanza Media que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 ó superior, incluido los no aprobados. B). En relación a la asistencia a clases: En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos 7
en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes. La directora del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida. ARTÍCULO 11: A) La directora, UTP y docentes, analizarán en los meses de mayo,julio,y octubre la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado. a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año; b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral. El contenido del informe será consignado en la hoja de vida del alumno. B) En el caso de observarse que un estudiante mantenga un rendimiento deficiente o reiterada inasistencia, el profesor jefe de cada curso deberá citar al apoderado y exponer la situación académica de su hijo (a), en esta primera reunión se entregaran las acciones que como padres deben realizar para poder revertir la situación académica de su hijo (a), o si es necesario otro tipo de apoyo con profesionales especialistas en psicopedagogía, sicología o equipo PIE de la escuela. Se calendarizarán las entrevistas de seguimiento y de cumplimiento de acuerdos pedagógicos. En estas entrevistas se firmarán los acuerdos. Se realizarán entrevistas con los apoderados de los estudiantes con bajo rendimiento o baja asistencia y su situación será derivada a convivencia escolar para determinar si es necesario aplicar algún protocolo, principalmente de aquellos relacionados con vulneración de derechos. Las evidencias que se tendrán en consideración para el seguimiento académico de los estudiantes con riesgo de repitencia son las siguientes: 1. Registro en hoja de vida del estudiante del bajo rendimiento y de las citaciones de apoderado periódicamente por UTP y profesor jefe y/o asignatura hasta que el estudiante logre los aprendizajes necesarios para el siguiente nivel de aprendizaje. 2. Derivaciones internas o externas a especialistas. Las citaciones a los apoderados son de carácter obligatorio. 3. Informes de especialistas tratantes. 4. Apoyos pedagógicos realizados por los distintos docentes entre los que se considerarán los siguientes: a. Flexibilidad en los plazos de entrega de los trabajos solicitados, se considerará que la no presentación de un trabajo es una ausencia a evaluación . b. Actividades de reforzamiento. 8
C) La jefe técnico-pedagógico elaborará un informe , en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe será individual para cada estudiante y contendrá: criterios pedagógicos y socioemocionales: D) La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Se entregará un certificado anual de estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y situación final correspondiente. E) Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa. ARTÍCULO 12: A) La escuela Alemania, durante el año escolar siguiente entregará apoyo pedagógico a los estudiantes repitentes o aprobados con informes. Se entenderá por acompañamiento pedagógico a estudiantes todas las acciones pedagógicas que como institución educativa se definan, diseñen e implementen con el propósito de que los estudiantes que se encuentran con una brecha en sus aprendizajes en relación con sus pares, aprendan los contenidos necesarios para el nivel que se encuentran cursando. El apoyo consiste: 1.Reforzamiento en las asignaturas fracasadas durante la jornada escolar,durante la jornada de clases. 2. Acompañamiento por parte de las educadoras de educación diferencial en el aula común. 3.El o la profesora jefe debe tener un seguimiento mensual respecto del desempeño de su estudiante en relación a sus calificaciones y asistencia. Los/as estudiantes que han repetido un curso se mantendrán monitoreados y recibirán acompañamiento pedagógico durante el siguiente año, el cual se definirá según las necesidades educativas y/o los objetivos no logrados el año anterior. Adicionalmente los/as apoderados deberán mantener informado a profesor jefe del avance con los especialistas externos en los casos de que fuera derivado el/la estudiante. B) Las acciones de acompañamiento que realice la Escuela Alemania a los estudiantes repitentes o aprobados con informes, deberán ser informadas durante el mes de marzo de cada año al Padre, Madre o Apoderado y este debe firmar y autorizar la medida pedagógica. ARTÍCULO 13: A) La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos y alumnas un certificado anual de estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. 9
El certificado anual de estudios no será retenido por motivo alguno. El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N* 19.880. B) Los certificados Anuales de estudio serán elaborados con la plataforma educativa LIRMI, que cumple con las exigencias del MINEDUC. ARTÍCULO 14: En la Escuela Alemania, el rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso a lo menos en una oportunidad en la educación básica, y esta no será causal de cancelación o no renovada su matrícula. DISPOCISIONES COMUNES: ARTÍCULO 16: A) El proceso de elaboración y modificación del Reglamento será liderado por el equipo directivo y técnico-pedagógico, todos los años en el mes de marzo con la participación del Consejo de Profesores y los demás miembros del consejo escolar. Las modificaciones al reglamento se harán efectivas al inicio del año escolar siguiente. B) Toda la información sobre el reglamento de evaluación y promoción será canalizada a través del consejo Escolar. C) El equipo directivo junto con el equipo técnico-pedagógico del establecimiento en el mes de octubre presentarán una propuesta de Reglamento al Consejo de Profesores sobre la base de las disposiciones del presente decreto, y de acuerdo con lo dispuesto en el Proyecto Educativo Institucional y en el Reglamento Interno del establecimiento educacional. ARTÍCULO 17: A) El proceso de modificación del presente reglamento será liderado por el equipo directivo y técnico pedagógico, considerando mecanismos que garanticen la participación del Consejo de Profesores y los demás miembros de la comunidad educativa B) El presente reglamento forma parte del reglamento de convivencia escolar, su versión actualizada se encuentra disponible para toda la comunidad en el Sistema de Información General de Estudiantes, SIGE, adicionalmente se entregará a los apoderados al momento de la matrícula 10
ARTÍCULO 18: A) La modalidad de estudio de la Escuela Alemania de Puerto Montt es de un régimen semestral. B) Los estudiantes serán informados de los criterios de evaluación al momento de asignar la fecha de evaluación a través de pautas, rúbricas, escalas de apreciación, lista de cotejo o tablas de especificaciones con las que se confeccionaran los instrumentos de evaluación o serán evaluados y calificados, esta información se registrará de manera escrita, en su cuaderno de asignatura o libreta de comunicación, que será de uso obligatorio. El no cumplimiento de lo anterior o inasistencia del estudiante al momento de entregar las pautas quedará registrado en la hoja de registro de actividades de los libros de clases de cada curso. Al inicio del proceso de evaluación se considera la socialización de los instrumentos de evaluación (pruebas, pautas, rubricas, otras), de tal forma que los estudiantes conozcan lo que se desea medir, ¿el cómo se medirá?; ¿el para qué se medirá? y ¿qué se medirá?. Los estudiantes tienen derecho a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al presente reglamento. C) Los Apoderados serán informados de los criterios de evaluación a través de pautas, rúbricas, escalas de apreciación, lista de cotejo o tablas de especificaciones con las que se confeccionaran los instrumentos de evaluación o serán evaluados y calificados, esta información la encontrarán en los cuadernos de asignatura o libreta de comunicación, que será de uso obligatorio. D) Respecto de las actividades evaluadas que se realizan durante la jornada de clases, o aquellas que se realizan fuera de la jornada escolar, como son: trabajos de investigación, maquetas, guías de ejercicios, copias, caligrafías, actividades en los cuadernos de asignatura etc, estas deben ser retroalimentadas y la retroalimentación debe ser una práctica pedagógica constante y oportuna para asegurar el aprendizaje de los/as estudiantes. Se recomienda que para la retroalimentación se tenga como pauta la tabla siguiente: PRIORIZAR EVITAR Describir lo que se ha logrado y como se Abordar varias metas simultáneamente. puede mejorar Entregar solo correcciones, comentarios o premios. Focalizarse en el trabajo o actividad Focalizarse en la persona. (eres bueno, tienes talento,… eres flojo) Promover que los estudiantes corrijan los Solucionar el problema o corregir el error errores de manera autónoma del estudiante Entregar la retroalimentación en forma Entregar la retroalimentación cuando ya no oportuna es posible utilizarla. Usar varias formas de retroalimentación: Usar solo una forma de retroalimentación escrita, oral, individual o grupal 11
De los momentos pedagógicos para la aplicación de una evaluación 1) Las evaluaciones programadas deberán ser confirmadas en UTP a lo menos 5 días hábiles de anticipación mediante la entrega del instrumento de evaluación (pruebas, trabajo, u otros) y de las herramientas que permitan su revisión objetiva (tabla de especificaciones, u otros). Dichas herramientas son parte de los instrumentos de evaluación. 2) UTP revisa, corrige y realiza observaciones para mejorar el instrumento, en un plazo no superior a 3 días, los que serán informados al docente para su corrección en base a una rúbrica conocida. 3) El docente informa, en un plazo no menor a una semana a los/as estudiantes de la aplicación de la evaluación sumativa o formativas para transparenta a el instrumento de acuerdo a lo establecido en este artículo LETRA B del presente reglamento de evaluación. Estas pautas serán entregadas por la o el docente, quedando consignadas en el cuaderno de la asignatura o bien, en la libreta de comunicaciones de cada estudiante según corresponda. 4) En cada libro de clases existirá un calendario de evaluaciones en el cual se registraran todas las evaluaciones (pruebas, trabajos, informes, revisión de cuadernos, interrogación u otras). Es deber del profesor de la asignatura en la cual se realizará la evaluación, registrar o verificar su registro de la fecha, asignatura y tipo de evaluación a realizar. 5) UTP autoriza para fotocopiar instrumento de evaluación. 6) Docente aplica instrumento de evaluación. 7) El docente debe realiza retroalimentación de la evaluación acorde a las horas del plan de estudio de la asignatura correspondiente. 8) En un plazo no superior de 2 semana docente entrega calificación a los estudiantes, registra en libro de clases e ingresa calificación en Plataforma LIRMI. 9) No se permite realizar dos evaluaciones sumativas de contenidos o de unidad el mismo día en las asignaturas de Lenguaje, Historia, Ciencias y Matemática. Sin embargo se puede realizar una actividad práctica y plan lector. E) Todos los días lunes en jornada de la tarde se reunirán los docentes de aula y equipo PIE para la construcción en conjunto de los instrumentos de evaluación cualitativa y cuantitativa según sea el caso, es responsabilidad de cada docente y debe ser socializada en UTP . F) Toda evaluación formativa podría conducir a una calificación, siempre y cuando ésta dé cuenta de un proceso de aprendizaje en un tiempo determinado u objetivo de aprendizaje logrado. Por lo anterior, deberá contar con una pauta, rubrica u otra similar, que busque medir el aprendizaje a evaluar y/o calificar. PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS RECOMENDADOS A UTILIZAR EN EVALUACION FORMATIVA Encuestas / entrevistas Retroalimentación de pruebas Observación directa Autoevaluación Co evaluación. 12
Revisión de cuadernos Interrogaciones Elaboración de proyectos Participación en actos cívicos Participación en talleres. Uso de Tics. Para las evaluaciones sumativas, los docentes podrán seleccionar cualquiera de los siguientes instrumentos evaluativos de acuerdo a los momentos pedagógicos y objetivos de aprendizaje que se desean medir. PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS RECOMENDADOS A UTILIZAR EN EVALUACION SUMATIVA: Pruebas escritas mixtas (ítems variados). Producción de respuestas breves. Disertaciones. Dramatizaciones. Escritos, diagramas y maquetas. Informes. Trabajos Prácticos. Elaboración de Proyectos. Plan Lector. Uso de Tics. Debates. Revisión de cuadernillos de escritura,plan lector de Historia Geografía y Ciencias sociales, cuadernillos de comprensión lectora. G) La evaluación diferenciada es un recurso temporal o permanente del cual dispone la Escuela para evaluar a los estudiantes que presentan dificultades para cursar de forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje. A los y las estudiantes que tengan impedimentos, debidamente comprobados, para cursar en forma regular una asignatura, deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada, acordes a su condición, tales como: • Hacer un diagnóstico de los y las estudiantes, al inicio del año escolar, para determinar :Cuánto saben.Cuáles son sus Habilidades y Capacidades.Cuáles son las ayudas que necesita.Cómo aprenden. • De acuerdo al resultado del diagnóstico, fijar metas razonables de rendimiento de y las estudiantes, considerando las diferencias individuales (NEEP), o estudiantes con alguna dificultad motora. • Hacer un análisis de los programas de estudio y seleccionar los objetivos de aprendizaje factibles de ser logrados por los alumnos y alumnas, usando el criterio de “lo que el niño o niña no podría dejar de saber “en ese curso o nivel (PACI para estudiantes con NEEP). • Aplicar diferente número de evaluaciones por cada alumno o alumna, según sea su personal ritmo de aprendizaje. Algunos podrán tener las mínimas exigidas por la norma; otros, en cambio, podrán tener mayor número. 13
• Aplicar diferentes procedimientos evaluativos, de acuerdo a las características de aprendizaje y a la reacción de él o ella ante las preguntas. Dar oportunidad para que cada alumno o alumna demuestre, como pueda, lo que aprendió. • La intención permanente del o la docente será ir motivando en forma individual la superación del déficit de conductas de aprendizaje, hasta llegar a un nivel adecuado. (objetivo principal de la evaluación diferenciada). • Asignar mayor tiempo para responder a los alumnos y alumnas más lentos. • En cada prueba que se aplique, tener claro cuáles son aquellas preguntas que apuntan a evaluar objetivos mínimos relevantes y las preguntas de profundización o complemento. Se podría considerar para calificar a alumnos o alumnas con dificultades de aprendizaje, sólo las preguntas que evalúen los objetivos mínimos relevantes. Las adecuaciones significativas (objetivos de aprendizaje, se realizarán en conjunto entre la profesora jefe, profesora de asignatura y profesora de Educación diferencial en horas de articulación y se informará en forma personal a los apoderados. H) Respecto de los lineamientos de la forma en que se resguardará que la calificación final anual sea coherente con la planificación de la asignatura, esta se obtendrá considerando: Calificación Parcial: Corresponderán a las calificaciones obtenidas por el/la estudiante, en cada una de las evaluaciones sumativas realizadas para medir los aprendizajes obtenidos durante una unidad didáctica. Promedio Semestral: Corresponde a la calificación que representa el promedio aritmético de las calificaciones parciales de cada asignatura, en cada semestre, aproximando al decimal superior si la centésima es igual o superior a 5. Ejemplo: 3,96 = 4,0 3,68 =3,7 Promedio anual: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones semestrales obtenidas por el/a estudiante en cada asignatura, es aproximando al decimal superior, si la centésima es igual o superior a 5. Ejemplo: 3,96 = 4,0 3,68 =3,7 (Promedio 1er semestre + promedio 2do semestre)/2 = promedio anual Si el estudiante obtiene el promedio anual por asignatura igual a 3.9 este será aproximado a 4,0. Promedio General: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones anuales obtenidas por el estudiante, en cada asignatura y que reflejará su situación de promovido o de repitencia. La calificación Final del promedio general de asignaturas NO SE APROXIMA. I) La asistencia a las evaluaciones sumativas son de carácter obligatoria, por lo que la inasistencia a éstas implicará que el estudiante justifique por medio de certificado médico presentado por el apoderado quien debe justificar personalmente la inasistencia de su hijo/a. El apoderado informara a través de comunicación escrita al profesor de asignatura que justifico la inasistencia en inspectoría. El/la estudiante que se ausenta a una evaluación debe rendirla en la fecha y hora que le señale el profesor de la asignatura correspondiente. Esta evaluación recuperativa debe contener los mismos objetivos de aprendizajes que la evaluación original y el mismo nivel de exigencia, pudiendo modificarse el tipo de evaluación. 14
Si el/la estudiante se ausenta y no presenta justificación médica o del apoderado, el docente tiene la facultad de aplicar inmediatamente la evaluación pendiente, siempre y cuando estas mantengan las mismas características y objetivos de aprendizaje que la evaluación original. En caso de ausencias prolongadas de parte del el/la estudiante el profesor de asignatura deberá, en conjunto con UTP del establecimiento, calendarizar las evaluaciones pendientes. En el caso de existir una inasistencia superior al 50% de la matrícula del curso donde se ha programado una evaluación sumativa, no se podrá realizar dicha evaluación fijada, como tampoco se avanzará en contenidos trascendentales. Sí se podrá realizar reforzamiento de los contenidos ya vistos y/ o una evaluación formativa de los contenidos tratados en clases. J) Respecto del registro de las calificaciones estas deben estar en los libros de clases de cada curso, en cada asignatura del plan de estudio escritas con un decimal y también deben estar registradas en la Plataforma de gestión LIRMI. k) En relación con la asistencia a clases ( articulo 10 letra B), serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, la Directora del establecimiento y el profesor (a) jefe podrán autorizar la promoción con porcentajes menores de asistencia, de 1° a 2° y de 3° a 4° con el decreto 107 artículo único y de 2° a 3° y 4° a 1ro medio con el artículo 11 n°2. L) De las evaluaciones y calificaciones en caso de situaciones especiales: Se deberán implementar las diversificaciones pertinentes para actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas en caso de los/as estudiantes que así lo requieran. a) Las estudiantes en situación de embarazo mantendrán su condición de alumna regular y se le darán las facilidades y condiciones necesarias con el propósito de asegurarles la conclusión de su año escolar. Las estudiantes en estado de embarazo deberán asistir a las clases de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial en los casos en que por razones de salud así procediera. Las estudiantes que hayan sido madres serán evaluadas diferenciadamente de la asignatura de Educación Física hasta el término del puerperio. Las estudiantes en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los procedimientos de evaluación establecidos en el Reglamento de la Escuela, sin perjuicio de la obligación de los docentes directivos del establecimiento de otorgarles las facilidades académicas, incluido un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de estas alumnas y 15
de brindarles apoyos pedagógicos especiales mediante un sistema de tutorías realizado por los docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases. La Escuela Alemania no exigirán a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad el 85% de asistencia a clases durante el año escolar cuando las inasistencias tengan como causa directa enfermedades producidas por el embarazo, el parto, el post parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencia a control de embarazo, del post parto, control de niño sano, pediátrico u otras similares que determine el médico tratante. En el caso que la asistencia a clases durante su año escolar alcance menos de un 50%, el Director del establecimiento educacional resolverá de conformidad con las normas establecidas en los Decretos Exentos de Educación Nºs. 511 de 1997, 112 y 158, ambos de 1999 y 83, de 2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo. b) A los/as estudiantes que tengan impedimentos como son, dificultades para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje y presenten los antecedentes correspondientes requeridos por el establecimiento se les aplicarán procedimientos de Evaluación Diferenciada. La implementación de la evaluación diferenciada se ajustará de acuerdo a las orientaciones pedagógicas que defina UTP en acuerdo con profesores de asignatura y equipo PIE, si es necesario. c) La Directora del establecimiento educacional con el (o los) profesores respectivos deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1° a 4° de Enseñanza Básica y con los profesores de las diferentes asignaturas, cuando se trate de alumnos de 5° a 8°; entre otros, resolverán casos de alumnos y alumnas quienes por motivos justificados: - Ingresen tardíamente a clases. - Se trasladen de una escuela con régimen trimestral. - Se ausenten por períodos determinados. - Finalicen su año escolar anticipadamente. - Deban permanecer sólo por un período breve en el establecimiento (gitanos) – Otros. M) Se informará a Padres, Madres y Apoderados los procesos, progresos y logros de aprendizajes de sus hijo (as) en su desarrollo de objetivos transversales, con un informe de desarrollo Personal y social el que se entrega al término de cada semestre. . Se entregará un informe de notas parciales, dos meses después de iniciados de cada semestre (mayo y octubre) y al finalizar cada semestre en reunión de padres y apoderados. N) Durante los meses de mayo, julio, octubre y Diciembre, se realizarán jornadas de reflexión y toma de decisiones, respecto del logro de los aprendizajes de todo el estudiantado, en dichas ocasiones participan los integrantes de la comunidad educativa Directivos, UTP, Docentes, asistentes, Equipo PIE , Dupla Psicosocial. Las jornadas de julio y diciembre se realizan de acuerdo al calendario Regional con suspensión de actividades para el estudiantado. 16
O) Un criterio de seguimiento y acompañamiento del proceso de aprendizaje de todos los estudiantes, que se refleja en las evaluaciones aplicadas y en los resultados obtenidos en éstas, a partir de la interpretación de acuerdo a la escala de evaluación utilizada. En este sentido la escala de evaluación a utilizar es de un 60% de exigencia para la aprobación de los objetivos medidos. Un criterio de autonomía y responsabilidad, es que los estudiantes logren visualizar sus logros en forma concreta y obtener mayor claridad con respecto a su propio trabajo,conociendo con anticipación lo que se les evaluará. En este proceso de seguimiento y acompañamiento participan de forma activa la directora, UTP , las y los docentes,los profesionales de apoyo , las y los estudiantes y madres, padres, apoderados, definiendo para cada uno de ellos los siguientes roles: Rol del UTP: Es responsable de asesorar a la dirección en la elaboración del Plan de Actividades del Establecimiento. Coordinación, programación, organización, supervisión, retroalimentación y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares programadas. Rol del Profesor(a): El profesor tiene la responsabilidad del diseño, aplicación y retroalimentación del proceso de evaluación, como una forma más, de favorecer el proceso de aprendizaje, realizando una planificación y ejecución de sus prácticas pedagógicas en armonía entre los programas de estudio y los objetivos fundamentales transversales, promoviendo una cultura de convivencia escolar, desarrollando habilidades, actitudes y competencias, considerando siempre la individualidad y ritmos de aprendizaje de los estudiantes. Rol de encargado de convivencia: Elaborar informes del estado de disciplina de los estudiantes, tomando en cuenta aspectos como la motivación, liderazgo positivo y negativo, identidad y compromiso con la institución. Informar periódicamente a los profesores jefes de los avances o dificultades evidenciados, en la convivencia escolar y prevención de la violencia, con los estudiantes derivados. Rol de dupla psicosocial: Realizar diagnósticos, derivaciones, atenciones e intervenciones de caso, priorizando a estudiantes en situaciones de riesgo (deserción escolar, negligencia parental, bajo rendimiento escolar, indisciplina, cambios emocionales o conductuales repentinos e interacciones conflictivas con la escuela y familia). Mantener constante comunicación y retroalimentación con el equipo directivo, docentes, apoderados y estudiantes del Establecimiento. Trabajar articuladamente con el Programa de Integración Escolar del establecimiento. Rol Equipo PIE: Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y/o transitorias. Dar cuenta de los avances de los estudiantes a través de un informe semestral. 17
Hacer ingreso a aula común junto con el curso y el profesor de educación regular desde inicio del período de clases, trabajar de manera articulada y realizar co-enseñanza en el caso de las profesoras de Educación Diferencial. Rol del estudiante: Ser protagonista de su proceso de aprendizaje y evaluación, no sólo de los contenidos curriculares, sino que también de valores y actitudes como la participación, la responsabilidad, la autonomía, la disciplina y el respeto, con el fin de desarrollar y crear conocimientos, aptitudes y habilidades. Rol de madres, padres y apoderados: Acompañar y guiar a sus hijos(as) en los procesos de hábitos de estudio, responsabilidad en la asistencia regular a clases y autonomía, para el logro de aprendizajes, cuyos resultados se verán reflejados en los distintos tipos y momentos de la evaluación. Los apoderados tienen la obligación de seguir las recomendaciones y sugerencias que profesores y/o UTP les señalen para que sus hijos logren los aprendizajes esperados. Asimismo es responsabilidad de los apoderados informar de las necesidades educativas especiales que posean sus hijos. P) El/la estudiante siempre en toda evaluación debe mantener una conducta y actitud acorde a lo esperado por las normas de convivencia y señaladas en el Reglamento Interno de la Escuela Alemania. Se considerará copia al acto de usar cuadernos o apuntes varios durante una evaluación escrita, sin autorización del profesor; así como también el conversar, utilizar señas u otras estrategias con el fin de traspasar respuestas entre compañeros/as. Del mismo modo utilizar celular, mensajes de texto, transferencia de datos a través de bluetooth, internet o redes sociales y la copia o plagio de un trabajo a un compañero será sancionado acorde a lo estipulado en el Reglamento Interno. El plagio en informes de investigaciones escrito es considerado como la copia en lo sustancial de obras ajenas dándolas como propia. El docente podrá utilizar diversas herramientas disponibles en la web para detectarlo por ejemplo http://plagiarisma.net/es/ en el caso de archivos de tipo texto. La copia, durante una evaluación o prueba escrita o la sospecha de esta, implicará que el instrumento de evaluación sea retirado inmediatamente y se registre la anotación negativa en la hoja de vida del estudiante y se cita al apoderado, puesto que, la copia es considerada una falta grave y se aplicaran las medidas contempladas en el Reglamento Interno para este tipo de faltas. El profesor de asignatura deberá aplicar la clase siguiente o en horario después de la jornada el mismo instrumento, con un 70 % de exigencia de aprobación. ARTÍCULO 19: Todas las disposiciones del Reglamento, así como también los mecanismos de resolución de las situaciones especiales mencionadas y las decisiones de cualquier otra especie tomadas en función de éstas, no podrán suponer ningún tipo de discriminación arbitraria a los integrantes de la comunidad educativa, conforme a la normativa vigente. 18
NORMAS FINALES: ARTÍCULO 20: La Escuela realiza todos los años al término del año escolar ,un acta de situación final de cada curso de primero a octavo año básico, dicha planilla contiene la nómina completa de los estudiantes con nombres y apellidos, número de cédula de identidad o número del identificador provisorio escolar, las calificaciones finales de cada asignatura del plan de estudio y el promedio final general, detalla el porcentaje de asistencia, artículo de promoción si corresponde y situación final del estudiante(Promovido, reprobado o Retirado). ARTÍCULO 21: La Escuela cuenta con un modelo de acta que se genera de la plataforma de gestión LIRMI, la cual se imprime y cada profesor jefe coteja con el libro de clases realizado las correcciones si existiesen y posteriormente coteja con UTP en una segunda revisión, asegurando que estén todos los indicadores del artículo 20. ARTÍCULO 22: La Escuela cuenta con unsistema de respado de las evaluaciones y calificaciones en los libros de clases,Libros de registro de Educación Pre básica y Educación Básica, un registro nacional a través de la plataforma SIGE del MINEDUC y una plataforma de Gestión pedagógica comunal LIRMI. ARTÍCULO 23: La situación final de promoción de los/as estudiantes deberá quedar resuelta en forma conjunta con el consejo escolar, equipo directivo-técnico y consejo de profesores al término de cada año escolar. Se entregará un certificado anual de estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y situación final correspondiente de acuerdo al calendario regional. ARTÍCULO 24: El presente reglamento de Evaluación y promoción escolar, cuenta con los lineamientos y recomendaciones emanadas en el decreto n° 67 de 2018. ROSA CAROLINA DÍAZ CRISOSTO. DICIEMBRE DE 2019. 19
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