ESCUELA ALEMANIA PUERTO-MONTT 2020 - Ministerio de Educación

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MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
      DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR.

ESCUELA ALEMANIA
PUERTO-MONTT 2020

              DECRETO N° 67/2018
              ESCUELA ALEMANIA
                PUERTO MONTT
PRESENTACIÓN

 El presente Reglamento de Evaluación y de Promoción Escolar es un documento
normativo que establece los principios y los procedimientos de la evaluación escolar que se
aplican en el establecimiento y los modos de calificación de los logros de aprendizajes del
estudiantado. Por lo mismo, establece el marco de conductas de todos los involucrados para
que la evaluación escolar sea un proceso general que favorezca la buena calidad del proceso
de enseñanza-aprendizaje y las buenas relaciones humanas que ello implica. Las
características técnicas y la estructura de este informe han sido construidas por los
directivos, UTP y docentes del establecimiento, tomando en cuenta las conclusiones de los
talleres internos realizados con este fin y los comentarios, opiniones y necesidades
manifestadas en dichos encuentros. Se asume, entonces, que es un marco normativo de
construcción social y respetado por la comunidad educativa. Es responsabilidad de la
Directora y Unidad Técnica la elaboración final y supervisión de la correcta aplicación de
este marco normativo; asimismo, resolver las situaciones especiales, informar a la
Comunidad Educativa sobre su contenido y evaluar periódicamente su aplicación para
mejorarlo y adecuarlo a los cambios en el sistema y nuevos enfoques educativos, como
también las normas de convivencia escolar.

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Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar
                           Escuela Alemania, Puerto Montt.

La Escuela Alemania, ubicada en la comuna de Puerto Montt, es un establecimiento de
dependencia municipal. Reconocida oficialmente por resolución exenta N° 3363/30 del 27
de julio de 2004. La escuela imparte educación pre básica primer y segundo nivel de
transición y básica de 1° a 8° año.

MARCO NORMATIVO:
ARTÍCULO 1:
El presente reglamento de evaluación, se estructura bajo los siguientes decretos:
   • Decreto Exento Nº 67/2018 que regulan la evaluación y promoción de los alumnos
     y alumnas de Educación General Básica.

   • Decreto 481/2017, que establece las Bases Curriculares de la Educación Parvularia.
   • Decreto nº 439/2012 sobre bases curriculares de 1ª a 6º básico.
   • Decreto nº 169/2014 sobre bases curriculares de 7º a 2º Medio

                                                          Decreto de
ASIGNATURAS                          Decreto Planes de    Evaluación
                                     Estudio
Lenguaje y Comunicación              Decreto 2960/2012
Matemática
Historia, Geografía y Cs. Sociales
                                                           Decreto 67/2018
Ciencias Naturales

Artes Visuales                       Decreto 2960/2012
Música
Educación Física y Salud
Tecnología

                                                                                          3
ASIGNATURA                Decreto Planes y Programas     Decreto de
                          de estudio                     Evaluación
Lengua y Literatura       Decreto N° 628/2016
Matemática
Idioma Extranjero:                                          Decreto 67/2018
inglés
Historia, Geografía y
Cs Sociales
Cs. Naturales
Artes Visuales,           Decreto N° 628/2016
Música, Ed.
Tecnológica, Ed
Física y Salud

ARTÍCULO 2: Para efecto del presente reglamento, se entenderá por:
a)     Reglamento: Instumento mediante el cual, los establecimientos educacionales
       reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y
       transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos,
       basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción
       reguladas por este decreto

b)      Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación
       para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información
       sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el
       progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.
c)     Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de
       evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho
       aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

        Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes se expresen en una calificación;
     los docentes deben utilizar una escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal. Para
     la aprobación de la evaluación, se considerará como nota mínima 4,0 (cuatro, cero)
     utilizando una P.R.E.M.A. (Porcentaje Requerido mínimo de aprobación) 60%

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TABLA DE CALIFICACIONES CONCEPTUALES                                 PARA PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO: Cada año durante las dos primeras semanas del mes de marzo, se
realizarán pruebas de diagnóstico en las cuatro asignaturas fundamentales y serán
registradas en los libros de clases utilizando el formato siguiente:
CONCEPTO               SÍMBOLO            RANGO DE CALIFICACIÓN
Logrado                L                  76% a 100%
Medianamente         ML                60% a 75%
logrado
No logrado           NL                0% a 59%

Al finalizar cada semestre se entregará un informe de personalidad, el cual da cuenta de los
objetivos transversales, objetivos contemplados en el proyecto educativo institucional y las
orientaciones dadas por Convivencia escolar, su calificación se expresará en base a un
concepto de acuerdo a la siguiente tabla:
CONCEPTO              SÍMBOLO           DESCRIPCIÓN
Desarrollo            DL                Concepto o criterio está presente siempre y el/la
Logrado
                                        estudiante lo demuestra en sus accionar
Puede superarse      PS                Concepto o criterio se presenta casi siempre.

No logrado           NL                El criterio está presente en forma aislada o rara
                                       vez.

d)   Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común
     , del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un
     año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por
     el Ministerio de Educación.
e)   Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso,
     transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación
     media.

ARTÍCULO 3: Los alumnos tienen derecho a ser informados de los criterios de
evaluación; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente,
de acuerdo al reglamento de cada establecimiento

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ARTÍCULO 4.
a. Los estudiantes de la Escuela Alemania deberán ser evaluados y calificados en todas
   las asignaturas y actividades del Plan de Estudio, podrá usarse formativa o
   sumativamente.

ARTÍCULO 5.
  a. Los estudiantes de la Escuela Alemania NO serán eximidos en ninguna asignatura
     del plan de estudio.
  b. El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse
     formativa o sumativamente. Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la
     enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir,
     cuando la evidencia del desempeño de éstos se obtiene, interpreta y usa por
     profesionales de la educación y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los
     siguientes pasos en el procesos de enseñanza aprendizaje. La evaluación sumativa,
     tiene por objetivo certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes
     logrados por los alumnos.

DE LAS CALIFICACIONES.

ARTÍCULO 6.
La Escuela Alemania, certificarán las calificaciones anuales de cada alumno y, cuando
proceda, el término de los estudios de educación básica.

ARTÍCULO 7.
Las calificaciones obtenidas por los alumnos y alumnas en la asignatura de Religión
(católica y evangélica), Orientación y taller deportivo se expresarán en conceptos (muy
bueno MB, Bueno B, Suficiente S, Insuficiente I) según la tabla y no incidirán en la
promoción.
Concepto                       Símbolo          Rango de calificación numérica
Muy Bueno                      MB               6,0 - 7,0
Bueno                          B                5,0 – 5,9
Suficiente                     S                4,0- 4,9
Insuficiente                   I                2,0- 3,9

ARTÍCULO 8.
La calificación final anual de cada asignatura o módulo deberá expresarse en una escala
numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación
un 4.0.

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ARTÍCULO 9:
La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la
calificación final del período escolar adoptado y de final de año de una asignatura o módulo
de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura o módulo
realice el profesional de la educación.
Esta definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos
pedagógicos y se acordarán con el jefe técnico-pedagógico debiendo ser informados con
anticipación a los alumnos, sin perjuicio de lo establecido en el literal h) del artículo 18 de
este reglamento.
CANTIDAD                CANTIDAD DE              CANTIDAD DE    CANTIDAD DE
HORAS                   PRUEBAS                  CALIFICACIONES NOTAS
SEMANALES DE            PARCIALES                DE             SEMESTRALES
LAS                     SUMATIVAS.               EVALUACIONES
ASIGNATURAS                                      FORMATIVAS
8                       4                        3                        7
6                       4                        2                        6
4                       2                        2                        4
3                       2                        1                        3
2                       2                        1                        3
1                       1                        1                        2

DE LA PROMOCIÓN

ARTÍCULO 10:
A). Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

        a)   Serán promovidos los alumnos (as) que hubieren aprobado todas las
             asignaturas de del plan de estudio.
        b) Serán promovidos los y las estudiantes de los cursos de 1° a 8° y de 8° a 1° de
             Enseñanza Media que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su
             nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no
             aprobado.
        c) Serán promovidos los y las estudiantes de los cursos de 1° a 8° y de 8° a 1° de
             Enseñanza Media que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su
             nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 ó superior, incluido los
             no aprobados.
    B). En relación a la asistencia a clases:

En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan un
porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.
Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos

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en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e
internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes.
La directora del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico consultando al
Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a
la asistencia requerida.

ARTÍCULO 11:
A) La directora, UTP y docentes, analizarán en los meses de mayo,julio,y octubre la
   situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes
   mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo
   la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, Dicho análisis deberá ser de
   carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida
   de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o
   apoderado.
   a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
   b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros
      de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de
      sus aprendizajes en el curso superior.
   c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación de
      alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su
      bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe será consignado en la hoja de vida del alumno.
B) En el caso de observarse que un estudiante mantenga un rendimiento deficiente o
   reiterada inasistencia, el profesor jefe de cada curso deberá citar al apoderado y exponer
   la situación académica de su hijo (a), en esta primera reunión se entregaran las acciones
   que como padres deben realizar para poder revertir la situación académica de su hijo (a),
   o si es necesario otro tipo de apoyo con profesionales especialistas en psicopedagogía,
   sicología o equipo PIE de la escuela. Se calendarizarán las entrevistas de seguimiento y
   de cumplimiento de acuerdos pedagógicos. En estas entrevistas se firmarán los acuerdos.

  Se realizarán entrevistas con los apoderados de los estudiantes con bajo rendimiento o
  baja asistencia y su situación será derivada a convivencia escolar para determinar si es
  necesario aplicar algún protocolo, principalmente de aquellos relacionados con
  vulneración de derechos. Las evidencias que se tendrán en consideración para el
  seguimiento académico de los estudiantes con riesgo de repitencia son las siguientes:
  1. Registro en hoja de vida del estudiante del bajo rendimiento y de las citaciones de
     apoderado periódicamente por UTP y profesor jefe y/o asignatura hasta que el
     estudiante logre los aprendizajes necesarios para el siguiente nivel de aprendizaje.
  2. Derivaciones internas o externas a especialistas. Las citaciones a los apoderados son
     de carácter obligatorio.
  3. Informes de especialistas tratantes.
  4. Apoyos pedagógicos realizados por los distintos docentes entre los que se
     considerarán los siguientes: a. Flexibilidad en los plazos de entrega de los trabajos
     solicitados, se considerará que la no presentación de un trabajo es una ausencia a
     evaluación . b. Actividades de reforzamiento.

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C) La jefe técnico-pedagógico elaborará un informe , en colaboración con el profesor jefe,
   otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan
   participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe será individual para cada
   estudiante y contendrá: criterios pedagógicos y socioemocionales:
D) La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de
   cada año escolar. Se entregará un certificado anual de estudios que indique las
   asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y situación final
   correspondiente.

E) Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando éstos
   se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

ARTÍCULO 12:
A) La escuela Alemania, durante el año escolar siguiente entregará apoyo pedagógico a los
   estudiantes repitentes o aprobados con informes.
Se entenderá por acompañamiento pedagógico a estudiantes todas las acciones pedagógicas
que como institución educativa se definan, diseñen e implementen con el propósito de que
los estudiantes que se encuentran con una brecha en sus aprendizajes en relación con sus
pares, aprendan los contenidos necesarios para el nivel que se encuentran cursando. El
apoyo consiste:
1.Reforzamiento en las asignaturas fracasadas durante la jornada escolar,durante la jornada
de clases.
2. Acompañamiento por parte de las educadoras de educación diferencial en el aula común.
3.El o la profesora jefe debe tener un seguimiento mensual respecto del desempeño de su
estudiante en relación a sus calificaciones y asistencia.

Los/as estudiantes que han repetido un curso se mantendrán monitoreados y recibirán
acompañamiento pedagógico durante el siguiente año, el cual se definirá según las
necesidades educativas y/o los objetivos no logrados el año anterior. Adicionalmente los/as
apoderados deberán mantener informado a profesor jefe del avance con los especialistas
externos en los casos de que fuera derivado el/la estudiante.

B) Las acciones de acompañamiento que realice la Escuela Alemania a los estudiantes
   repitentes o aprobados con informes, deberán ser informadas durante el mes de marzo de
   cada año al Padre, Madre o Apoderado y este debe firmar y autorizar la medida
   pedagógica.

ARTÍCULO 13:
A) La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá quedar resuelta al
término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional
entregará a todos los alumnos y alumnas un certificado anual de estudios que indique las
asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

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El certificado anual de estudios no será retenido por motivo alguno.
El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá
expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones de notas,
cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el establecimiento educacional donde haya
estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según
lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N* 19.880.
B) Los certificados Anuales de estudio serán elaborados con la plataforma educativa
LIRMI, que cumple con las exigencias del MINEDUC.

ARTÍCULO 14:
En la Escuela Alemania, el rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la
renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso a lo menos en una oportunidad
en la educación básica, y esta no será causal de cancelación o no renovada su matrícula.

DISPOCISIONES COMUNES:

ARTÍCULO 16:
A) El proceso de elaboración y modificación del Reglamento será liderado por el equipo
   directivo y técnico-pedagógico, todos los años en el mes de marzo con la participación
   del Consejo de Profesores y los demás miembros del consejo escolar.
   Las modificaciones al reglamento se harán efectivas al inicio del año escolar siguiente.
B) Toda la información sobre el reglamento de evaluación y promoción será canalizada a
   través del consejo Escolar.
C) El equipo directivo junto con el equipo técnico-pedagógico del establecimiento en el
   mes de octubre presentarán una propuesta de Reglamento al Consejo de Profesores
   sobre la base de las disposiciones del presente decreto, y de acuerdo con lo dispuesto en
   el Proyecto Educativo Institucional y en el Reglamento Interno del establecimiento
   educacional.

ARTÍCULO 17:
A) El proceso de modificación del presente reglamento será liderado por el equipo directivo
   y técnico pedagógico, considerando mecanismos que garanticen la participación del
   Consejo de Profesores y los demás miembros de la comunidad educativa
B) El presente reglamento forma parte del reglamento de convivencia escolar, su versión
   actualizada se encuentra disponible para toda la comunidad en el Sistema de
   Información General de Estudiantes, SIGE, adicionalmente se entregará a los
   apoderados al momento de la matrícula

                                                                                           10
ARTÍCULO 18:
A) La modalidad de estudio de la Escuela Alemania de Puerto Montt es de un régimen
   semestral.
B) Los estudiantes serán informados de los criterios de evaluación al momento de asignar
   la fecha de evaluación a través de pautas, rúbricas, escalas de apreciación, lista de cotejo
   o tablas de especificaciones con las que se confeccionaran los instrumentos de
   evaluación o serán evaluados y calificados, esta información se registrará de manera
   escrita, en su cuaderno de asignatura o libreta de comunicación, que será de uso
   obligatorio. El no cumplimiento de lo anterior o inasistencia del estudiante al
   momento de entregar las pautas quedará registrado en la hoja de registro de
   actividades de los libros de clases de cada curso.
   Al inicio del proceso de evaluación se considera la socialización de los instrumentos de
   evaluación (pruebas, pautas, rubricas, otras), de tal forma que los estudiantes conozcan
   lo que se desea medir, ¿el cómo se medirá?; ¿el para qué se medirá? y ¿qué se medirá?.
   Los estudiantes tienen derecho a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema
   objetivo y transparente, de acuerdo al presente reglamento.
C) Los Apoderados serán informados de los criterios de evaluación a través de pautas,
   rúbricas, escalas de apreciación, lista de cotejo o tablas de especificaciones con las que
   se confeccionaran los instrumentos de evaluación o serán evaluados y calificados, esta
   información la encontrarán en los cuadernos de asignatura o libreta de comunicación,
   que será de uso obligatorio.

D) Respecto de las actividades evaluadas que se realizan durante la jornada de clases, o
aquellas que se realizan fuera de la jornada escolar, como son: trabajos de investigación,
maquetas, guías de ejercicios, copias, caligrafías, actividades en los cuadernos de
asignatura etc, estas deben ser retroalimentadas y la retroalimentación debe ser una
práctica pedagógica constante y oportuna para asegurar el aprendizaje de los/as estudiantes.
 Se recomienda que para la retroalimentación se tenga como pauta la tabla siguiente:

PRIORIZAR                                 EVITAR
Describir lo que se ha logrado y como se Abordar varias metas simultáneamente.
puede mejorar                             Entregar solo correcciones, comentarios o
                                          premios.
Focalizarse en el trabajo o actividad     Focalizarse en la persona. (eres bueno,
                                          tienes talento,… eres flojo)
Promover que los estudiantes corrijan los Solucionar el problema o corregir el error
errores de manera autónoma                del estudiante
Entregar la retroalimentación en forma Entregar la retroalimentación cuando ya no
oportuna                                  es posible utilizarla.
Usar varias formas de retroalimentación: Usar solo una forma de retroalimentación
escrita, oral, individual o grupal

                                                                                             11
De los momentos pedagógicos para la aplicación de una evaluación
1) Las evaluaciones programadas deberán ser confirmadas en UTP a lo menos 5 días
hábiles de anticipación mediante la entrega del instrumento de evaluación (pruebas,
trabajo, u otros) y de las herramientas que permitan su revisión objetiva (tabla de
especificaciones, u otros). Dichas herramientas son parte de los instrumentos de
evaluación.
2) UTP revisa, corrige y realiza observaciones para mejorar el instrumento, en un plazo
no superior a 3 días, los que serán informados al docente para su corrección en base a una
rúbrica conocida.
3)      El docente informa, en un plazo no menor a una semana a los/as estudiantes de la
aplicación de la evaluación sumativa o formativas para transparenta a el instrumento de
acuerdo a lo establecido en este artículo LETRA B del presente reglamento de evaluación.
Estas pautas serán entregadas por la o el docente, quedando consignadas en el cuaderno de
la asignatura o bien, en la libreta de comunicaciones de cada estudiante según corresponda.
4)      En cada libro de clases existirá un calendario de evaluaciones en el cual se
registraran todas las evaluaciones (pruebas, trabajos, informes, revisión de cuadernos,
interrogación u otras). Es deber del profesor de la asignatura en la cual se realizará la
evaluación, registrar o verificar su registro de la fecha, asignatura y tipo de evaluación a
realizar.
5)       UTP autoriza para fotocopiar instrumento de evaluación.
6)     Docente aplica instrumento de evaluación.
7)      El docente debe realiza retroalimentación de la evaluación acorde a las horas del
plan de estudio de la asignatura correspondiente.
8)      En un plazo no superior de 2 semana docente entrega calificación a los estudiantes,
registra en libro de clases e ingresa calificación en Plataforma LIRMI.
9)      No se permite realizar dos evaluaciones sumativas de contenidos o de unidad el
mismo día en las asignaturas de Lenguaje, Historia, Ciencias y Matemática. Sin embargo
se puede realizar una actividad práctica y plan lector.

E) Todos los días lunes en jornada de la tarde se reunirán los docentes de aula y equipo
   PIE para la construcción en conjunto de los instrumentos de evaluación cualitativa y
   cuantitativa según sea el caso, es responsabilidad de cada docente y debe ser socializada
   en UTP .
F) Toda evaluación formativa podría conducir a una calificación, siempre y cuando ésta dé
cuenta de un proceso de aprendizaje en un tiempo determinado u objetivo de aprendizaje
logrado. Por lo anterior, deberá contar con una pauta, rubrica u otra similar, que
busque medir el aprendizaje a evaluar y/o calificar.

PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS RECOMENDADOS A UTILIZAR EN
EVALUACION FORMATIVA
Encuestas / entrevistas
Retroalimentación de pruebas
Observación directa
Autoevaluación
Co evaluación.

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Revisión de cuadernos
Interrogaciones
Elaboración de proyectos
Participación en actos cívicos
Participación en talleres.
Uso de Tics.

Para las evaluaciones sumativas, los docentes podrán seleccionar cualquiera de los
siguientes instrumentos evaluativos de acuerdo a los momentos pedagógicos y objetivos de
aprendizaje que se desean medir.

PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS RECOMENDADOS A UTILIZAR EN
EVALUACION SUMATIVA:
Pruebas escritas mixtas (ítems variados).
Producción de respuestas breves.
Disertaciones.
Dramatizaciones.
Escritos, diagramas y maquetas.
Informes.
Trabajos Prácticos.
Elaboración de Proyectos.
Plan Lector.
Uso de Tics.
Debates.
Revisión de cuadernillos de escritura,plan lector de Historia Geografía y Ciencias sociales,
cuadernillos de comprensión lectora.

G) La evaluación diferenciada es un recurso temporal o permanente del cual dispone la
Escuela para evaluar a los estudiantes que presentan dificultades para cursar de forma
regular una asignatura o actividad de aprendizaje. A los y las estudiantes que tengan
impedimentos, debidamente comprobados, para cursar en forma regular una asignatura,
deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada, acordes a su condición,
tales como:
•       Hacer un diagnóstico de los y las estudiantes, al inicio del año escolar, para
determinar :Cuánto saben.Cuáles son sus Habilidades y Capacidades.Cuáles son las ayudas
que necesita.Cómo aprenden.
•       De acuerdo al resultado del diagnóstico, fijar metas razonables de rendimiento de y
las estudiantes, considerando las diferencias individuales (NEEP), o estudiantes con alguna
dificultad motora.
•       Hacer un análisis de los programas de estudio y seleccionar los objetivos de
aprendizaje factibles de ser logrados por los alumnos y alumnas, usando el criterio de “lo
que el niño o niña no podría dejar de saber “en ese curso o nivel (PACI para estudiantes con
NEEP).
•       Aplicar diferente número de evaluaciones por cada alumno o alumna, según sea su
personal ritmo de aprendizaje. Algunos podrán tener las mínimas exigidas por la norma;
otros, en cambio, podrán tener mayor número.

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•       Aplicar diferentes procedimientos evaluativos, de acuerdo a las características de
aprendizaje y a la reacción de él o ella ante las preguntas. Dar oportunidad para que cada
alumno o alumna demuestre, como pueda, lo que aprendió.
•       La intención permanente del o la docente será ir motivando en forma individual la
superación del déficit de conductas de aprendizaje, hasta llegar a un nivel adecuado.
(objetivo principal de la evaluación diferenciada).
•       Asignar mayor tiempo para responder a los alumnos y alumnas más lentos.
•       En cada prueba que se aplique, tener claro cuáles son aquellas preguntas que
apuntan a evaluar objetivos mínimos relevantes y las preguntas de profundización o
complemento. Se podría considerar para calificar a alumnos o alumnas con dificultades de
aprendizaje, sólo las preguntas que evalúen los objetivos mínimos relevantes.

Las adecuaciones significativas (objetivos de aprendizaje, se realizarán en conjunto entre la
profesora jefe, profesora de asignatura y profesora de Educación diferencial en horas de
articulación y se informará en forma personal a los apoderados.

H) Respecto de los lineamientos de la forma en que se resguardará que la calificación final
anual sea coherente con la planificación de la asignatura, esta se obtendrá considerando:
Calificación Parcial: Corresponderán a las calificaciones obtenidas por el/la estudiante, en
cada una de las evaluaciones sumativas realizadas para medir los aprendizajes obtenidos
durante una unidad didáctica.
Promedio Semestral: Corresponde a la calificación que representa el promedio aritmético
de las calificaciones parciales de cada asignatura, en cada semestre, aproximando al
decimal superior si la centésima es igual o superior a 5. Ejemplo: 3,96 = 4,0      3,68 =3,7
Promedio anual: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones semestrales
obtenidas por el/a estudiante en cada asignatura, es aproximando al decimal superior, si la
centésima es igual o superior a 5. Ejemplo: 3,96 = 4,0       3,68 =3,7
 (Promedio 1er semestre + promedio 2do semestre)/2 = promedio anual
Si el estudiante obtiene el promedio anual por asignatura igual a 3.9 este será
aproximado a 4,0.
Promedio General: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones anuales
obtenidas por el estudiante, en cada asignatura y que reflejará su situación de promovido o
de repitencia. La calificación Final del promedio general de asignaturas NO SE
APROXIMA.
I) La asistencia a las evaluaciones sumativas son de carácter obligatoria, por lo que la
inasistencia a éstas implicará que el estudiante justifique por medio de certificado médico
presentado por el apoderado quien debe justificar personalmente la inasistencia de su hijo/a.
El apoderado informara a través de comunicación escrita al profesor de asignatura que
justifico la inasistencia en inspectoría.

El/la estudiante que se ausenta a una evaluación debe rendirla en la fecha y hora que le
señale el profesor de la asignatura correspondiente. Esta evaluación recuperativa debe
contener los mismos objetivos de aprendizajes que la evaluación original y el mismo nivel
de exigencia, pudiendo modificarse el tipo de evaluación.

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Si el/la estudiante se ausenta y no presenta justificación médica o del apoderado, el docente
tiene la facultad de aplicar inmediatamente la evaluación pendiente, siempre y cuando estas
mantengan las mismas características y objetivos de aprendizaje que la evaluación original.
En caso de ausencias prolongadas de parte del el/la estudiante el profesor de asignatura
deberá, en conjunto con UTP del establecimiento, calendarizar las evaluaciones pendientes.

En el caso de existir una inasistencia superior al 50% de la matrícula del curso donde se ha
programado una evaluación sumativa, no se podrá realizar dicha evaluación fijada, como
tampoco se avanzará en contenidos trascendentales. Sí se podrá realizar reforzamiento de
los contenidos ya vistos y/ o una evaluación formativa de los contenidos tratados en clases.

J) Respecto del registro de las calificaciones estas deben estar en los libros de clases de
cada curso, en cada asignatura del plan de estudio escritas con un decimal y también deben
estar registradas en la Plataforma de gestión LIRMI.

k) En relación con la asistencia a clases ( articulo 10 letra B), serán promovidos los
alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el
calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la
participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento,
sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias
y las artes.
 No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, la Directora del
establecimiento y el profesor (a) jefe podrán autorizar la promoción con porcentajes
menores de asistencia, de 1° a 2° y de 3° a 4° con el decreto 107 artículo único y de 2° a 3°
y 4° a 1ro medio con el artículo 11 n°2.

L) De las evaluaciones y calificaciones en caso de situaciones especiales:
 Se deberán implementar las diversificaciones pertinentes para actividades de aprendizaje y
los procesos de evaluación de las asignaturas en caso de los/as estudiantes que así lo
requieran.
a) Las estudiantes en situación de embarazo mantendrán su condición de alumna regular y
se le darán las facilidades y condiciones necesarias con el propósito de asegurarles la
conclusión de su año escolar.

 Las estudiantes en estado de embarazo deberán asistir a las clases de Educación Física en
forma regular, siguiendo las orientaciones del médico tratante, sin perjuicio de ser
evaluadas en forma diferencial en los casos en que por razones de salud así procediera. Las
estudiantes que hayan sido madres serán evaluadas diferenciadamente de la asignatura de
Educación Física hasta el término del puerperio.

 Las estudiantes en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los procedimientos
de evaluación establecidos en el Reglamento de la Escuela, sin perjuicio de la obligación de
los docentes directivos del establecimiento de otorgarles las facilidades académicas,
incluido un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de estas alumnas y

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de brindarles apoyos pedagógicos especiales mediante un sistema de tutorías realizado por
los docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases.

 La Escuela Alemania no exigirán a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad el
85% de asistencia a clases durante el año escolar cuando las inasistencias tengan como
causa directa enfermedades producidas por el embarazo, el parto, el post parto,
enfermedades del hijo menor de un año, asistencia a control de embarazo, del post parto,
control de niño sano, pediátrico u otras similares que determine el médico tratante. En el
caso que la asistencia a clases durante su año escolar alcance menos de un 50%, el Director
del establecimiento educacional resolverá de conformidad con las normas establecidas en
los Decretos Exentos de Educación Nºs. 511 de 1997, 112 y 158, ambos de 1999 y 83, de
2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin perjuicio del derecho de apelación de la
alumna ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo.

b) A los/as estudiantes que tengan impedimentos como son, dificultades para cursar en
forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje y presenten los antecedentes
correspondientes requeridos por el establecimiento se les aplicarán procedimientos de
Evaluación Diferenciada. La implementación de la evaluación diferenciada se ajustará de
acuerdo a las orientaciones pedagógicas que defina UTP en acuerdo con profesores de
asignatura y equipo PIE, si es necesario.

c) La Directora del establecimiento educacional con el (o los) profesores respectivos
deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1°
a 4° de Enseñanza Básica y con los profesores de las diferentes asignaturas, cuando se trate
de alumnos de 5° a 8°; entre otros, resolverán casos de alumnos y alumnas quienes por
motivos justificados:
 - Ingresen tardíamente a clases.
- Se trasladen de una escuela con régimen trimestral.
- Se ausenten por períodos determinados.
- Finalicen su año escolar anticipadamente.
- Deban permanecer sólo por un período breve en el establecimiento (gitanos) –
Otros.

M) Se informará a Padres, Madres y Apoderados los procesos, progresos y logros de
aprendizajes de sus hijo (as) en su desarrollo de objetivos transversales, con un informe de
desarrollo Personal y social el que se entrega al término de cada semestre. .
Se entregará un informe de notas parciales, dos meses después de iniciados de cada
semestre (mayo y octubre) y al finalizar cada semestre en reunión de padres y apoderados.

N) Durante los meses de mayo, julio, octubre y Diciembre, se realizarán jornadas de
reflexión y toma de decisiones, respecto del logro de los aprendizajes de todo el
estudiantado, en dichas ocasiones participan los integrantes de la comunidad educativa
Directivos, UTP, Docentes, asistentes, Equipo PIE , Dupla Psicosocial. Las jornadas de
julio y diciembre se realizan de acuerdo al calendario Regional con suspensión de
actividades para el estudiantado.

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O) Un criterio de seguimiento y acompañamiento del proceso de aprendizaje de todos los
estudiantes, que se refleja en las evaluaciones aplicadas y en los resultados obtenidos en
éstas, a partir de la interpretación de acuerdo a la escala de evaluación utilizada. En este
sentido la escala de evaluación a utilizar es de un 60% de exigencia para la aprobación de
los objetivos medidos.
Un criterio de autonomía y responsabilidad, es que los estudiantes logren visualizar sus
logros en forma concreta y obtener mayor claridad con respecto a su propio
trabajo,conociendo con anticipación lo que se les evaluará.
En este proceso de seguimiento y acompañamiento participan de forma activa la directora,
UTP , las y los docentes,los profesionales de apoyo , las y los estudiantes y madres, padres,
apoderados, definiendo para cada uno de ellos los siguientes roles:
Rol del UTP: Es responsable de asesorar a la dirección en la elaboración del Plan de
Actividades del Establecimiento. Coordinación, programación, organización, supervisión,
retroalimentación y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares programadas.
Rol del Profesor(a): El profesor tiene la responsabilidad del diseño, aplicación y
retroalimentación del proceso de evaluación, como una forma más, de favorecer el proceso
de aprendizaje, realizando una planificación y ejecución de sus prácticas pedagógicas en
armonía entre los programas de estudio y los objetivos fundamentales transversales,
promoviendo una cultura de convivencia escolar, desarrollando habilidades, actitudes y
competencias, considerando siempre la individualidad y ritmos de aprendizaje de los
estudiantes.
Rol de encargado de convivencia: Elaborar informes del estado de disciplina de los
estudiantes, tomando en cuenta aspectos como la motivación, liderazgo positivo y negativo,
identidad y compromiso con la institución.
Informar periódicamente a los profesores jefes de los avances o dificultades evidenciados,
en la convivencia escolar y prevención de la violencia, con los estudiantes derivados.
Rol de dupla psicosocial: Realizar diagnósticos, derivaciones, atenciones e intervenciones
de caso, priorizando a estudiantes en situaciones de riesgo (deserción escolar, negligencia
parental, bajo rendimiento escolar, indisciplina, cambios emocionales o conductuales
repentinos e interacciones conflictivas con la escuela y familia).
Mantener constante comunicación y retroalimentación con el equipo directivo, docentes,
apoderados y estudiantes del Establecimiento.
Trabajar articuladamente con el Programa de Integración Escolar del establecimiento.

Rol Equipo PIE:
Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE
permanentes y/o transitorias.
Dar cuenta de los avances de los estudiantes a través de un informe semestral.

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Hacer ingreso a aula común junto con el curso y el profesor de educación regular desde
inicio del período de clases, trabajar de manera articulada y realizar co-enseñanza en el
caso de las profesoras de Educación Diferencial.

Rol del estudiante: Ser protagonista de su proceso de aprendizaje y evaluación, no sólo de
los contenidos curriculares, sino que también de valores y actitudes como la participación,
la responsabilidad, la autonomía, la disciplina y el respeto, con el fin de desarrollar y crear
conocimientos, aptitudes y habilidades.
Rol de madres, padres y apoderados: Acompañar y guiar a sus hijos(as) en los procesos
de hábitos de estudio, responsabilidad en la asistencia regular a clases y autonomía, para el
logro de aprendizajes, cuyos resultados se verán reflejados en los distintos tipos y
momentos de la evaluación. Los apoderados tienen la obligación de seguir las
recomendaciones y sugerencias que profesores y/o UTP les señalen para que sus hijos
logren los aprendizajes esperados. Asimismo es responsabilidad de los apoderados
informar de las necesidades educativas especiales que posean sus hijos.

 P) El/la estudiante siempre en toda evaluación debe mantener una conducta y actitud
acorde a lo esperado por las normas de convivencia y señaladas en el Reglamento Interno
de la Escuela Alemania.

Se considerará copia al acto de usar cuadernos o apuntes varios durante una evaluación
escrita, sin autorización del profesor; así como también el conversar, utilizar señas u otras
estrategias con el fin de traspasar respuestas entre compañeros/as. Del mismo modo utilizar
celular, mensajes de texto, transferencia de datos a través de bluetooth, internet o redes
sociales y la copia o plagio de un trabajo a un compañero será sancionado acorde a lo
estipulado en el Reglamento Interno.

El plagio en informes de investigaciones escrito es considerado como la copia en lo
sustancial de obras ajenas dándolas como propia. El docente podrá utilizar diversas
herramientas disponibles en la web para detectarlo por ejemplo http://plagiarisma.net/es/ en
el caso de archivos de tipo texto.

La copia, durante una evaluación o prueba escrita o la sospecha de esta, implicará que el
instrumento de evaluación sea retirado inmediatamente y se registre la anotación negativa
en la hoja de vida del estudiante y se cita al apoderado, puesto que, la copia es considerada
una falta grave y se aplicaran las medidas contempladas en el Reglamento Interno para este
tipo de faltas.
 El profesor de asignatura deberá aplicar la clase siguiente o en horario después de la
jornada el mismo instrumento, con un 70 % de exigencia de aprobación.

ARTÍCULO 19: Todas las disposiciones del Reglamento, así como también los
mecanismos de resolución de las situaciones especiales mencionadas y las decisiones de
cualquier otra especie tomadas en función de éstas, no podrán suponer ningún tipo de
discriminación arbitraria a los integrantes de la comunidad educativa, conforme a la
normativa vigente.

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NORMAS FINALES:

ARTÍCULO 20:
La Escuela realiza todos los años al término del año escolar ,un acta de situación final de
cada curso de primero a octavo año básico, dicha planilla contiene la nómina completa de
los estudiantes con nombres y apellidos, número de cédula de identidad o número del
identificador provisorio escolar, las calificaciones finales de cada asignatura del plan de
estudio y el promedio final general, detalla el porcentaje de asistencia, artículo de
promoción si corresponde y situación final del estudiante(Promovido, reprobado o
Retirado).

ARTÍCULO 21:
La Escuela cuenta con un modelo de acta que se genera de la plataforma de gestión
LIRMI, la cual se imprime y cada profesor jefe coteja con el libro de clases realizado las
correcciones si existiesen y posteriormente coteja con UTP en una segunda revisión,
asegurando que estén todos los indicadores del artículo 20.

ARTÍCULO 22:
La Escuela cuenta con unsistema de respado de las evaluaciones y calificaciones en los
libros de clases,Libros de registro de Educación Pre básica y Educación Básica, un registro
nacional a través de la plataforma SIGE del MINEDUC y una plataforma de Gestión
pedagógica comunal LIRMI.

ARTÍCULO 23:

La situación final de promoción de los/as estudiantes deberá quedar resuelta en forma
conjunta con el consejo escolar, equipo directivo-técnico y consejo de profesores al término
de cada año escolar. Se entregará un certificado anual de estudios que indique las
asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y situación final
correspondiente de acuerdo al calendario regional.

ARTÍCULO 24:
El presente reglamento de Evaluación y promoción escolar, cuenta con los lineamientos y
recomendaciones emanadas en el decreto n° 67 de 2018.

                         ROSA CAROLINA DÍAZ CRISOSTO.
                              DICIEMBRE DE 2019.

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