MANUAL DE CONVIVENCIA - Unitécnica Manizales S.A.S

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MANUAL DE CONVIVENCIA - Unitécnica Manizales S.A.S
Código: FC-OD-06
                             UNI-TÉCNICA MANIZALES S.A.S
                                                                        Fecha Vigencia: 01/09/2014
                                                                        Versión: 02
                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
                                                                        Página: 1 de 49

                      MANUAL DE CONVIVENCIA
                      Unitécnica Manizales S.A.S
                 Manual de Convivencia Aprobado en Acta No 004 de 2009

                               ORIGEN DE INGECOMPUTO
                               AHORA SOMOS UNITECNICA

IngeComputo Instituto de Programas Técnicos, Educación para el Trabajo y el Desarrollo
Humano (Ley 1064 de 2006), que nace en la ciudad de Manizales en el año de 1.987 como
una idea de un grupo de estudiantes de último semestre de Ingeniería de Sistemas.

Como toda empresa naciente, IngeComputo se encontró con muchos obstáculos y
dificultades que fue superando gracias al decidido batallar de sus gestores y con su actitud
visionaria fueron proyectando lo que hoy es una realidad, una excelente alternativa de
educación.

En el año de 1994 nace IngeComputo Pereira el cual inicia sus labores con Capacitación
Empresarial en el ámbito de la educación denominada Educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano. Su impacto ha fortalecido el desarrollo educativo de los risaraldenses y
ha unificado el eje cafetero.

Coherentes con nuestra Filosofía, Misión, Objetivos y Propósitos, IngeComputo se ha
consolidado en la región ofreciendo Programas Técnico Laborales para el Trabajo y el
desarrollo Humano.

Es así como hasta la fecha ha entregado al mercado laboral de la región miles de
graduandos que están destacando por sus competencias en el campo laboral. Indispensable
hablar del talento humano, que de una u otra forma interviene en el proceso formativo de
quienes hacen parte de IngeComputo - personal administrativo, personal docente y asesores
externos – quienes poseen cuatro valores fundamentales: Emprendimiento, Idoneidad,
competencia y gran calidad humana.

En el año 2008 IngeComputo cambia su nombre empresarial y decide llamarse Unitécnica
IngeComputo Ltda. y en este mismo año se inicia la construcción de su propia sede con el
espacio acorde a las necesidades que para la institución se requiere, con el fin de garantizar
y dar respuesta a las competencias del medio, generando un cambio en la metodología
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                              UNI-TÉCNICA MANIZALES S.A.S
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                                                                           Versión: 02
                        MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
                                                                           Página: 2 de 49

utilizada para los procesos de formación; en este mismo año se crean los Panel Multimedia,
que le van a permitir al instructor manejar de manera más práctica cada una de las aulas que
a esta pertenecen.

Quienes Somos….

Unitécnica es una Institución Para el Trabajo y el Desarrollo Humano con más de 25 años de
experiencia con la más alta calidad en educación, los mejores docentes y un excelente
ambiente de estudio.

10 Programas Técnicos y una gran variedad de Diplomados, todos con enfoque
práctico profundizando en competencias laborales fortaleciendo así la educación para el
trabajo.

Nuestra seriedad, competencia, calidad educativa y pertinencia está reconocidas y avaladas
por la secretaría de Educación de Manizales y el SENA mediante las siguientes resoluciones:

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: Nº 1423 del 02 de octubre de 2008, modificada
mediante las resoluciones Nº 1181 del 17 de julio de 2009 y 340 del 16 de marzo de 2012.

                                         RESOLUCIÓN
         PROGRAMA DE               SECRETARÍA EDUCACIÓN                 RESOLUCIÓN SENA
         FORMACIÓN                      DE MANIZALES

Técnico laboral por competencias en Nº 1804 del 03 de Dic. de 2008   Nº 00115 del 14 de marzo de
Contabilidad                                                         2013.

                                    Renovación      de      Registro
Técnico laboral por competencias en según Resolución Sec. Educación Nº 00116 del 14 de marzo de
Gestión Administrativa              de Manizales Nº 431 del 07 de 2013
                                    Abril de 2014

Técnico laboral por competencias en Nº 1820 del 03 de Dic. de 2008   Nº 00111 del 14 de marzo de
Mantenimiento Electrónico                                            2013

Técnico laboral por competencias en Nº 1711 del 24 de Nov. de 2008 Nº 00110 del 14 de marzo de
Asistente de Preescolar                                            2013

Técnico laboral por competencias en Nº 767 del 20 de Mayo.de 2010    Nº 00113 del 14 de marzo de
Diseño Gráfico Digital                                               2013
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                                                                           Versión: 02
                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
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Técnico laboral por competencias en Nº 031 del 16 de enero de 2009   Nº 00112 del 14 de marzo de
Animación 3D y Video Digital                                         2013

Técnico laboral por competencias en Nº 030 del 16 de enero de 2009   Nº 00114 del 14 de marzo de
Sistemas                                                             2013

Técnico laboral por competencias en Nº 734 del 25 de mayo de 2012    Nº 000688 del 09                   de
Auxiliar Administrativo en Salud                                     septiembre de 2014

Técnico laboral por competencias en Nº 487 del 12 de marzo de 2013 Nº 000690 del 09                     de
Video y Fotografía Digital                                         septiembre de 2014

Técnico laboral por competencias en Nº 1521 del 20 de Nov. de 2012    Nº 000689 del           09        de
Servicios Hoteleros y Turísticos                                     septiembre de 2014

                              CERTIFICACIONES DE CALIDAD

Garantizando la calidad educativa como principio fundamental que rige y aplica para cada
uno de los procesos institucionales, Unitécnica cuenta con certificación de calidad para cada
uno de sus programas técnicos laborales. Actualmente el organismo de certificación es
"International Certification and training S.A" (IC&T) y las normas de calidad se encuentran
definidas a continuación:

           PROGRAMA DE FORMACIÓN                                NORMA DE CALIDAD

Técnico laboral por competencias en Contabilidad                     NTC 5581:2011

Técnico laboral por competencias en Gestión                          NTC 5581:2011
Administrativa

Técnico laboral por competencias en Mantenimiento                    NTC 5581:2011
Electrónico

Técnico laboral por competencias en Asistente de                     NTC 5581:2011
Preescolar

Técnico laboral por competencias en Diseño Gráfico                   NTC 5581:2011
Digital
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                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
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 Técnico laboral por competencias en Animación 3D                  NTC 5581:2011
y Video Digital

Técnico laboral por competencias en Sistemas                       NTC 5666:2011

Técnico laboral por competencias en Auxiliar                       NTC 5663:2011
Administrativo en Salud

Técnico laboral por competencias en Video y                        NTC 5664:2011
Fotografía Digital

Técnico laboral por competencias en Servicios                      NTC 5665:2011
Hoteleros y Turísticos

                                 Capítulo 1: INSTITUCIONAL

Artículo 1. Caracterización Institucional

Justificación

El Manual de Convivencia es un medio que propicia la participación de la comunidad
educativa, como derecho consagrado en la Constitución Nacional de 1991, la ley General de
Educación, 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios. El Manual de Convivencia de la
Institución Educativa Unitécnica Manizales S.A.S. Permitirá mejorar la convivencia de la
comunidad educativa para alcanzar los fines propuestos. Su conocimiento y puesta en
práctica, debe reflejar los resultados de la participación y concertación que llevó a su
elaboración y se manifestará en un continuo mejoramiento del Proceso Pedagógico de las
personas que integran la Institución. El tener claras las funciones, los derechos y deberes,
llevará a garantizar la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz desde la Institución para
ser proyectado a la Sociedad.

El presente Manual, cumple con la función de servir de guía, correctivo y estímulo para la
labor educativa y para la obtención del logro de los objetivos propuestos en Unitécnica
Manizales. Y su propósito de formar personas con un alto desarrollo en competencias
Laborales.

Este Manual es Aprobado en Acta No 004 de 2009, por medio de la cual se ajusta y aprueba,
como el proceso de regulación de la Convivencia en la Institución.
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                                                                          Versión: 02
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                                                                          Página: 5 de 49

Marco Legal

De acuerdo al Decreto 4904 del 16 de Diciembre de 2009 en todos sus Artículos y en
especial el Artículo Nro. 3, “Certificado de Aptitud Ocupacional que se otorga a quienes
hayan cursado y culminado satisfactoriamente un programa de formación laboral
debidamente registrado, con una duración mínima de 600 horas, en una institución
autorizada para ofrecer Educación Para el Trabajo y el Desarrollo Humano (Ley 1064 de
2006)

El plan de estudios propuesto por Unitécnica y actualizado a la fecha de la edición de este
documento, demuestra el cumplimiento de más de 600 horas para los programas técnicos y
además permite que el estudiante pueda lograr su participación en eventos Institucionales
en donde se promueve su desempeño, tales como: UniExpo, Taller a presión, premios
Génesis y salidas académicas y en el último semestre, opta por el desarrollo de la Pasantía o
práctica empresarial, Proyecto de Grado y/o el desarrollo de uno de los Diplomados que
ofrece la Institución (para los programas donde la experiencia empresarial se constituye
como requisito obligatorio para completar el plan de estudios) presenciando y participando en
clases teórico-prácticas dictadas en las Salas de sistemas, talleres y Aulas con Panel
Multimedia acondicionadas para tal fin.

Misión

Brindar formación técnica laboral con calidad y criterio profesional, para el fortalecimiento de
las competencias del ser, del saber y el saber hacer, basados en el desarrollo integral de
quienes conforman la comunidad educativa, así como el mejoramiento continuo de los
recursos tecnológicos e institucionales, para brindar a los clientes plena satisfacción sobre el
servicio recibido.

Visión

UNITECNICA MANIZALES S.A.S se proyecta para el año 2015 como una Institución para el
Trabajo y Desarrollo Humano, líder en procesos de competencias laborales, formación
integral, competencias laborales y desarrollo tecnológico para responder eficientemente al
sector productivo y comunidad en general.

Filosofía

Unitécnica cimienta su filosofía en tres pilares fundamentales:

Humanista: Aportando a los estudiantes en la formación de valores y principios morales
acordes con las leyes generales de nuestra nación.
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Servicio a la Comunidad: Aportando al crecimiento de las Gentes y al desarrollo de las
Ciudades y Regiones donde la Institución genera impacto social inmediato.

Principios Fundamentales

El reconocimiento a nuestros estudiantes como la razón de ser de la Institución.

La contribución activa y responsable al desarrollo de la persona, la comunidad, la región y
por consiguiente de nuestra Patria.

El más ferviente respeto por el medio ambiente y la utilización racional de los recursos
naturales.

La adopción por parte de todos los integrantes del grupo humano administrativo
de Unitécnica; de una actitud y disposición permanente de pensar siempre en grande, de
encontrar soluciones a los problemas que se presenten, de hacer todo con excelencia, de no
postergar nada y de actuar con metas firmes de éxito.

MODELO PEDAGÓGICO
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                                                                        Versión: 02
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                                                                        Página: 7 de 49

Objetivos Institucionales

      Formar personas en las áreas técnicas y académicas que el momento situacional así
       lo requiera. Buscando siempre en el estudiante, la reafirmación constante de los
       valores humanos; así como de los conocimientos técnicos por él recibidos.

      Ejecutar y desarrollar ampliamente, los programas propuestos por la Institución,
       actualizar y ampliar los conocimientos cuando el estudiante y el momento así lo
       requieran, garantizándole siempre la capacidad de participar en la vida comunitaria,
       económica, política y sociocultural del país.

      Brindar a toda la comunidad Colombiana, la oportunidad de tener acceso a una
       Instituto de Educación para el Trabajo que eduque con Integridad e instruya y forme
       con criterio profesional, objetividad y calidad académica.

      Permanecer a la vanguardia de los cambios en Educación y todo lo que esto trae
       consigo en cuanto a renovación mental y técnica, garantizando siempre una
       Educación actualizada y futurista.

Artículo 2. Instancias Académicas

Funciones Comité Académico:

      El comité académico estará integrado por el Director de investigación y desarrollo, la
       dirección académica, la coordinación académica, Líder de Registro Académico y
       docente (este último, cuando la naturaleza de un caso considerado
       de carácter especial así lo amerite)

      Contribuir a la resolución de situaciones que pueden presentarse en la institución
       educativa, acogiéndose a la filosofía y políticas institucionales y una vez haya sido
       agotados los recursos y procedimientos previstos en el manual de convivencia y en
       las normas generales de las instituciones de Formación para el trabajo y el Desarrollo
       Humano.

      Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
       modificaciones y ajustes.

      Participar en la Evaluación institucional semestral.

      Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

      Promover actividades tendientes a desarrollar en los docentes actitudes, habilidades y
       conocimientos necesarios para que participe activamente y con responsabilidad en
       sus compromisos académicos.
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Capítulo 2: Protocolo para Admisión De Estudiantes

Artículo 3

El carácter de estudiante de la Institución sólo lo otorga el acto de matrícula y por un período
comprendido entre la fecha de la firma de esta y el día en el que por resolución se señale
como fecha de terminación de la matrícula ordinaria para el siguiente período académico.

Artículo 4

Es estudiante de Unitécnica la persona que posea matrícula vigente en cualquiera de los
programas de formación laboral y/o diplomados ofrecidos y cumpla con todos los requisitos
exigidos por el presente Manual de Convivencia.

Artículo 5

Existen en Unitécnica dos clases de Estudiantes:

- Estudiante de Formación Técnica Laboral

- Estudiante de Formación Complementaria

Formación Técnica Laboral: Es el estudiante que realiza un programa técnico Laboral y
recibe su certificado de Aptitud Ocupacional que lo acredita como Técnico Laboral por
Competencias en.

Formación Complementaria: Es el estudiante que cursa un ciclo complementario (ejemplo:
Diplomado, Cursos Personalizado, Curso de Actualización, una o dos asignaturas
exclusivamente).

El proceso de admisión y matricula en la institución se lleva a cabo de la siguiente manera:

1. El estudiante nuevo que aspira ingresar por primera vez a alguno de los programas de
formación laboral o formación complementaria deberá en primera instancia diligenciar el
formulario de admisión que se le entrega en la oficina de información.

2. Una vez el estudiante realice su proceso de inscripción, se aplican las pruebas que dan
respuesta al requerimiento del perfil de ingreso. Para el caso en que el aspirante a ser
admitido no responda a las competencias de ingreso definidas por la institución, se plantea el
plan de acción de nivelación y apoyo a través del coordinador del programa. Las evidencias
del proceso quedarán archivadas en la hoja de vida o historial del estudiante.
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3. Posteriormente el estudiante es remitido a la dependencia de Registro Académico con el
fin de ingresar su formulario de admisión en el sistema EDUCA.

4. Los formularios de admisión se ingresan a la base de datos.

5. Son admitidos aquellos estudiantes que no presenten ningún tipo de impedimento a nivel
psicosocial, cultural o legal

6. Teniendo en cuenta que la institución a través de su instructivo de matrícula determina las
fechas de inscripción y selección de estudiantes, únicamente cubrirá los cupos disponibles
dentro de este término de tiempo. Si llegado el caso un estudiante pretende llevar a cabo
proceso de matrícula en estas fechas, únicamente podrá hacerlo en los horarios, grupos y
programas disponibles. (Aclaración que se realiza en el instructivo de cada semestre). La
institución se reserva el derecho de admisión y admite el número de estudiantes acorde al
orden de matrícula de los mismos.

Artículo 6

La calidad de estudiante de la Institución se pierde:

   1. Al completar el programa de formación laboral previsto

   2. Cuando no se renueva la matrícula

   3. Por bajo rendimiento académico según las condiciones establecidas o por retirarse de
      la Institución sin cancelar reglamentariamente la matrícula.

   4. Cuando sea aceptada la cancelación de la matrícula.

   5. Por resolución, cuando a juicio del Consejo de Dirección, previo concepto profesional,
      el estudiante no reúna los requisitos mentales, físicos, morales o de salud para
      continuar perteneciendo a la Institución.

   6. Por resolución, cuando a juicio del Consejo de Dirección, el Aprendiz cometa una falta
      grave.

Parágrafo 1. Una vez cese la condición de estudiante, la persona conserva el derecho de
obtener oportuna atención, en cuanto las aclaraciones sobre calificaciones, expedición de
constancia y certificaciones, sobre su comportamiento y rendimiento académico, siempre y
cuando las solicitudes la hagan de acuerdo a las normas establecidas por la institución.
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                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
                                                                        Página: 10 de 49

Capítulo 3: Inscripción de Estudiantes

Artículo 7

La inscripción en Unitécnica es un proceso libre y espontáneo mediante el cual la persona
solicita su ingreso en uno o más Programas Técnicos laborales, con el ánimo de solicitar su
cupo en la institución debe dar “previo cumplimiento de la normatividad institucional”.

Parágrafo 1. Toda persona que ingrese a la institución debe acogerse a las normas
institucionales que se encuentran sustentadas en el Manual de Convivencia.

Parágrafo 2. El Manual de Convivencia de la institución es acatado por los estudiantes en el
momento de realizar su proceso de matrícula.

Parágrafo 3. Toda persona en calidad de estudiante activo de la institución, debe estar
afiliado a una EPS, en caso de que sufriere alguna enfermedad o accidente dentro de las
instalaciones de la institución educativa ó en su práctica empresarial (para lo cual el
estudiante tiene conocimiento previo y firma un convenio o contrato de aprendizaje en el cual
es consciente de lo anterior), el estudiante no podrá por si o por terceras personas reclamar
personal o jurídicamente cualquier tipo de compensación monetaria en razón de lo anterior.
Unitécnica no se hace responsable por situaciones de este tipo en concordancia a lo
estipulado en el presente manual.

Parágrafo 4. Toda persona que desee matricularse en la institución para cualquiera de
nuestros programas técnicos laborales, diplomados o módulos de formación individuales,
debe hacerlo con mínimo el 50% del valor total del semestre, por ningún motivo se aceptará
un valor inferior.

Artículo 8

La admisión es el proceso mediante el cual la institución determina de manera Cualitativa,
Cuantitativa y Valorativa, quienes de los inscritos reúnen las condiciones para ser admitidos.

Parágrafo 1. Toda persona que deseé iniciar estudios en cualquiera de los Programas
Técnicos Laborales que ofrezca Unitécnica, debe cumplir con los siguientes requisitos
de admisión

   1. Acreditar, Haber Aprobado, o estar cursando el último año de la educación
      básica (Grado Noveno).

   2. Tener mínimo 16 años de edad.

   3. Matricularse en la forma como se determine para cada periodo lectivo y durante el
      tiempo fijado por el calendario académico.
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                                                                           Versión: 02
                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
                                                                           Página: 11 de 49

   4. Presentar todos los documentos exigidos por la Institución (copias de: documento de
      identidad, acta de bachiller o certificación de aprobación o estudio vigente de la
      educación básica).

   5. Ser admitido por la Institución.

Parágrafo 2. El cupo mínimo de estudiantes por grupo será de doce (12) personas para
cualquier semestre. Para los grupos de segundo semestre en adelante, que por insuficiencia
de estudiantes (mínimo 12) se deba cerrar, los estudiantes podrán optar por:

   1. Pasarse a un grupo del mismo semestre que cursa en horario diferente al que estaba,
      siempre y cuando exista el cupo disponible.

   2. Esperar un semestre, máximo dos, contando con la continuidad de otros grupos, y en
      tal caso de no darse esta situación la institución deberá abrir el grupo respectivo en el
      horario al cual se matriculó inicialmente.

   3. Si su situación así se lo requiere, puede solicitar un traslado a una de las sedes de
      Unitécnica en las ciudades (Manizales o Pereira), o a una institución con las cuales se
      posea acuerdo para tal fin.

   4. En tal caso de no poder hacer uso de uno de los literales A, B o C el estudiante podrá
      solicitar la restitución del dinero pagado, previa presentación de la solicitud por escrito
      y el recibo de pago.

Parágrafo 3. Para ser READMITIDO en la Institución después de 3 años de haber cursado el
último semestre y no haber aprobado, debe repetir dicho semestre.

Parágrafo 4. A quien incurra en fraude en la documentación requerida para la admisión, se
le sancionará con la suspensión del Derecho de Admisión o con la Cancelación de Matrícula
si estuviere vigente, sin derecho a reintegro de valores pagados.

Parágrafo 5. La Dirección Académica considerará las solicitudes de transferencia o traslado
de otras entidades de Educación Para el Trabajo y el Desarrollo Humano y Educación
Formal, los siguientes aspectos:

   1. Que la solicitud se realice personalmente y por escrito.

   2. Que haya cupos disponibles.

   3. Que el programa de procedencia esté aprobado legalmente o posea licencia de
      funcionamiento vigente y en el caso de programas suspendidos o cerrados, que él
      solicitante presente solicitud de la institución procedente.
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                       MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
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   4. El derecho a transferencia se podrá restringir si consultada la respectiva hoja de vida
      en la institución de procedencia, el solicitante registra faltas como las indicadas por el
      Régimen Disciplinario de la institución que hace la solicitud.

       Parágrafo 6. Para traslado interno:

   1. El traslado interno no requiere nuevo trámite de admisión, pero se debe presentar
      solicitud personal escrita a la Dirección Académica.

   2. Los traslados entre programas se podrán otorgar si hay disponibilidad de cupos y no
      máximo de 20 días después de iniciadas las clases de acuerdo calendario académico.

   3. Al estudiante autorizado para trasladarse de un programa a otro, se le homologarán
      los módulos de formación aprobados en el programa de procedencia, siempre y
      cuando no difieran significativamente en contenido, objetivos, intensidad horaria, de
      las que ofrece el programa al cual se traslada.

   4. Si existe diferencia significativa se podrá autorizar un examen de validación por
      suficiencia de conocimientos, previa solicitud debe realizarse por escrito

Parágrafo 7. Quién decida Homologar un módulo de formación ya cursado en otra institución
y que cumpla con los requisitos anteriormente enunciados, debe respaldarla con el
respectivo certificado original y anexando el contenido de dicho módulo de formación, en
caso contrario debe demostrar su Competencia Académica mediante una Validación.

Parágrafo 8. Quienes hayan sido admitidos como estudiantes de la Institución, deberán
efectuar la matrícula en las fechas fijadas por la Institución.

Capítulo 3: Proceso de Matrícula de Estudiantes

Artículo 9

La Matrícula es el acto personal que cumple ante Registro Académico todo aspirante
admitido, por medio del cual será considerado como estudiante de la Institución; es una
acción consciente, libre y voluntaria por parte del estudiante, por medio de la cual contrae la
obligación de hacerse responsable de cada uno de sus actos dentro de la Institución.

Parágrafo 1. La Institución se reserva el derecho de autorizar matrícula, independientemente
del semestre cursado si ha infringido en FALTAS.

Parágrafo 2. El procedimiento administrativo de la matrícula deberá efectuarse para cada
período académico de acuerdo con el Cronograma Académico elaborado por la Institución.
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Parágrafo 3. Quién no cumpla en el tiempo oportuno (antes de primeros parciales)
establecido por la Institución con el procedimiento administrativo de la matrícula, no será
considerado estudiante de Unitécnica, aunque haya estado matriculado en el período
académico anterior.

Parágrafo 4. Si después de la fecha de matrículas aún quedan cupos disponibles, la
Institución matriculará el estudiante (quien responderá totalmente por su nivelación con el
proceso académico logrado hasta la fecha) extra temporalmente.

Parágrafo 5. El valor total del programa será cancelado por períodos de semestres
académicos, esto sin perjuicio del aumento anual que autorice el Consejo de Dirección y la
Secretaría de Educación de Manizales.

Parágrafo 6. La forma de pago de cada período académico será acordada por la Institución
según el caso y será respaldada por un Pagare Firmado por el estudiante y el Codeudor.
Dicho pagare respaldara el costo de la matricula de cada semestre en que el estudiante se
encuentre matriculado, en caso que el estudiante deba cambiar el codeudor debe de
realizarlo por escrito y reportarlo con el Depto. de Cartera de la Institución.

Parágrafo 7. Los admitidos que ingresen por primera vez a la Institución deberán presentar
para matricularse los siguientes documentos:

      Fotocopia del documento de identificación (cédula, tarjeta de identidad o Cédula de
       extranjería)

      Fotocopia del diploma o acta de grado de bachiller o certificación de aprobación de la
       educación básica o certificado de estudio actual de la misma.

      Datos del codeudor, si es a crédito (fotocopia del documento y firma de pagarés)

Parágrafo 8. Si el estudiante desea adicionar un módulo de formación deberá hacerlo por
escrito presentándose en la oficina de Registro Académico y diligenciando el formato
estipulado para este proceso hasta máximo 20 días después de iniciado el calendario
académico asumiendo el costo por concepto del mismo.

Parágrafo 9. El estudiante que desee cancelar un módulo de formación sin perjuicio a su
promedio académico, se encuentra facultado para hacerlo hasta 15 días (calendario) antes
de finalizar el semestre. Este proceso se realiza mediante el formato estipulado en Registro
Académico. Por este concepto, no se hace devolución y/o aplazamiento de dinero. Para el
semestre en que el estudiante desee tomarlo nuevamente, debe cancelar el valor
correspondiente al mismo y cursarlo en su totalidad según el contenido temático, e
independiente de las notas que hubiese obtenido hasta el momento en que decide
cancelarlo.
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Parágrafo 10. Si el estudiante de formación laboral desea inscribir un módulo de formación
adicional debe cancelar el 25% del valor acorde correspondiente al semestre y a la forma de
pago que elija. Aplica para los módulos de formación reprobados que el estudiante decida
volver a cursar.

Parágrafo 11. Si el estudiante de formación complementaria desea inscribir un módulo de
formación debe cancelar el 50% del valor acorde correspondiente al semestre con la opción
de asistir a un módulo de formación adicional.

Parágrafo 12. Los estudiantes antiguos deberán estar a paz y salvo con las diferentes
dependencias de la Institución en el momento de la matrícula.

Parágrafo 13. El estudiante que se encuentre matriculado en su último semestre debe
acogerse a los horarios programados independiente del tipo de experiencia empresarial a
realizar.

Parágrafo 14. El estudiante que no cancele los módulos de formación que no desea por
algún motivo ver en el semestre se verá afectado en el promedio académico, para la
realización de la práctica empresarial.

Parágrafo 15. El estudiante que renueve matricula para continuar sus semestres
académicos, será responsable de informarse por los módulos de formación pendientes de
semestres anteriores.

Artículo 10

Ningún estudiante puede asistir a clases o a otras actividades académicas mientras no exista
legalización de todos los pasos de la matrícula y figure en las listas oficiales de Registro de
Control Académico, si lo hace desconociendo estas condiciones aunque obtenga
calificaciones en estas circunstancias estas no serán válidas y no podrá defender derechos
adquiridos.

Artículo 11

En cada período académico los estudiantes renovarán su matrícula e Inscribirán los módulos
de formación siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por los planes de estudio
y teniendo en cuenta las siguientes disposiciones:

      Ningún estudiante podrá matricular módulos de formación sin haber aprobado los
       requisitos exigidos por el plan de estudios. La Institución cancelará por escrito los
       módulos de formación que no estén acordes con ésta disposición.

      En cualquier programa el número máximo de módulos de formación que un estudiante
       puede matricular por el valor cancelado son los del semestre. Si es un módulo de
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       formación de otro semestre o desea repetir uno que se encuentre reprobado
       reprobado, debe cancelar el 25% más sobre el valor total del semestre.

      Ningún estudiante puede matricular módulos de formación con horarios cruzados

      Ningún estudiante debe asistir a clase sin inscribir los módulos adicionales que deba
       cursar o que este repitiendo, si este proceso no es realizado, Dirección Académica no
       se hace responsable de la valoración académica.

      Cuando un estudiante reprueba un módulo de formación, debe repetirlo en el
       semestre inmediatamente posterior con el fin de evitar que el pensum académico se
       cumpla a cabalidad y en el orden debido.

Artículo 12

Perderá el derecho a ser admitido en la Institución, por bajo rendimiento académico (Calidad
de EXCLUIDO), el estudiante que se encuentre en una de las siguientes condiciones.

      Haber perdido tres (3) veces un mismo módulo de formación, incluido Habilitaciones.

      Si ha perdido el 80% o más de la suma de los módulos de formación cursados en el
       semestre.(sin previo compromiso de repetir nuevamente el semestre)

Parágrafo 1. Previa solicitud de apelación del estudiante excluido, el Consejo de Dirección
podrá considerar la posibilidad y condiciones de readmisión.

Parágrafo 2. El estudiante que se matricula más de dos veces al mismo programa de
formación y no asiste a ninguno de los módulos programados en su semestre académico, no
será admitido nuevamente en la institución.

Artículo 13

El estudiante que por decisión propia cancele la matricula en un periodo académico,
desistiendo voluntariamente del cupo que Unitécnica le ha otorgado, no tendrá derecho a la
devolución de los valores cancelados al matricularse, debiendo cumplir con las obligaciones
que haya contraído por este concepto con Unitécnica.

Parágrafo 1. El estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos para cancelar la
matricula:

      Enviar carta al Comité Académico, detallando el motivo por el cual desea retirarse.

      El plazo máximo para cancelar la matrícula académica no puede superar el
       cronograma de los primeros parciales.
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      Estar a paz y salvo con la institución

      Contar por parte de la institución con la respuesta por escrito de la solicitud realizada
       en un plazo no mayor a 15 días.

Parágrafo 2. Al estudiante que se retire de la Institución sin cancelar reglamentariamente la
matrícula, se le seguirán contabilizando Valoraciones Académicas y Faltas de Asistencia.

Artículo 14. Costos Educativos

La Institución para efecto de cobrar las matrículas adopta el valor fijo definido por el Consejo
de Dirección y aprobado por la Secretaría de Educación de Manizales.

Parágrafo 1: Los siguientes, constituyen otros costos educativos:

   -   Certificado de estudio
   -   Prueba de Habilitación
   -   Prueba de validación por suficiencia de conocimientos
   -   Homologación de una institución externa
   -   Supletorio
   -   Duplicado del Carné institucional
   -   Uniforme

Artículo 15

Retiro de matrícula. Recuerde antes…

“La educación es una bendición, que nos hace crecer y permite que nuestro futuro sea más
claro y no confuso como aquellos que desean seguir siendo mediocres”

El estudiante que por cualquier motivo desee retirarse de la institución debe de tener en
cuenta la siguiente información a la hora de hacerlo:

1. Presentar una carta debidamente firmada solicitando la cancelación de los módulos de
formación matriculados en el periodo correspondiente. De no hacerlo su promedio académico
puede verse afectado en un próximo ingreso a la misma.

2. Si el estudiante avisa por escrito antes de la iniciación de clases la institución retendrá el
10% sobre el valor total de la matrícula y se reintegrara la diferencia.

3. Después del inicio de clases no se reintegra ningún valor en dinero independientemente
del motivo de retiro y en cualquier caso la persona matriculada deberá cancelar el valor total
del pagare firmado.
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Parágrafo 1. En caso del no Pago del valor de un periodo académico o de adeudar al
Departamento Académico cualquier documento solicitado para la matricula, se le suspenderá
al estudiante los servicios de prácticas, presentación de exámenes, trabajos y entrega de
notas de estos, hasta no estar a paz y salvo por todo concepto.

Parágrafo 2.

La respuesta enviada por concepto de retiro tendrá respuesta no mayor a 15 días hábiles, de
acuerdo a lo establecido a este manual.

Capítulo 4: Derechos y Deberes Del Estudiante

Artículo 16

El estudiante de Unitécnica debe actuar en la institución con libertad, responsabilidad y
respeto con la dignidad humana, siempre aportando a la formación integral, estipulada en la
Constitución Política de Colombia, las leyes de la república y las leyes de la institución.

Artículo 17. Derechos Del Estudiante

Son Derechos de los estudiantes:

   1. Recibir formación integral, competente, coherente y actualizada, mediante los
      programas académicos por competencias laborales que posee la institución.

   2. Participar de todas las actividades educativas, culturales y deportivas que ofrezca la
      institución.

   3. Utilizar todos los recursos (instalaciones, salas, espacios para el conocimiento,
      Internet, laboratorios) de forma adecuada para su formación.

   4. Recibir trato respetuoso por parte de las Directivas, docentes, Empleados,
      Compañeros y demás miembros de la Comunidad Educativa.

   5. Expresar, Discutir y Examinar con toda libertad las ideas o conocimientos dentro del
      respeto a la opinión ajena.

   6. Ser asistido, asesorado y oído por quienes tienen la responsabilidad Directivas y
      docentes.

   7. Presentar por escrito y recibir respuesta antes de 15 días hábiles a sus solicitudes,
      reclamos de orden académico, disciplinario siguiendo siempre el conducto regular.
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   8. Revisar conjuntamente con sus docentes sus pruebas académicas escritas una vez
      calificadas mediante cita previa solicitada en la Dirección Académica.

   9. Elegir y ser elegido para los órganos de gobierno de la Institución, así como para los
      demás órganos asesores de la institución.

   10. Recibir oportunamente, el presente manual y las demás normas de la Institución.

   11. Ser informado de las valoraciones académicas de cada módulo y procesos
       institucionales donde se requiera dar claridad, que afecten o promuevan la calidad del
       servicio.

   12. Conocer la estructura del módulo de formación que cursa con toda la estructura que
       así haya definido la institución.

   13. El estudiante podrá solicitar certificados de matrícula, para salud y demás entidades
       que se lo soliciten. Tendrá un costo que deberá asumir el estudiante.

Artículo 18. Deberes del Estudiante

Son deberes de los estudiantes:

   1. Los estudiantes matriculados en programas técnicos laborales deben portar siempre el
      carné que los acredita como tal dentro de la institución.

   2. Asumir el compromiso de formarse y visualizar un mundo mejor, gracias a su
      formación, pues el reto de crecer intelectualmente requiere de compromiso,
      dedicación y en especial de motivación.

   3. Asistir constantemente a la formación impartida como compromiso ineludible para su
      formación.

   4. Establecer un horario adicional del campo académico para desarrollar tareas que
      complementen su formación en el tiempo libre, al igual de realizar cursos virtuales que
      así se requieran para complemento de su formación.

   5. Presentar los trabajos y exámenes parciales requeridos para el proceso de formación
      programados en Horas y Fechas establecidas.

   6. Presentar ante Coordinación académica las excusas por inasistencia a clase
      debidamente justificadas y firmadas.
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7. Conocer y cumplir, además de lo contemplado en la constitución y las leyes, los
   Estatutos, Reglamentos y demás normas de la Institución.

8. Dar trato respetuoso a las Directivas, docentes, Compañeros, Empleados y demás
   miembros de la Comunidad Educativa.

9. Respetar las opiniones y puntos de vista de los demás permitiendo su libre expresión.

10. Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza, equipos,
    muebles y edificaciones de la Institución y responsabilizarse de los daños
    ocasionados.

11. Destacarse como una dama o caballero en cada uno de los espacios y actividades
    institucionales.

12. Participar de las actividades académicas programadas, para la formación integral.

13. Respetar siempre el conducto regular para presentar sus quejas y reclamos según se
    describe a continuación: Docente – Coordinación Académica - Director Académico -
    Comité académico - Consejo de Dirección - Autoridades competentes (todas las
    anteriores deben ser por escrito).

14. No presentarse a la institución en estado de embriaguez, o bajo el influjo de drogas
    narcóticas, estimulantes, alucinógenos

15. No expender, ni ingerir o distribuir al interior, o en los bienes, o sitios, donde se
    represente la institución, drogas narcóticas, estimulantes, alucinógenos o bebidas
    embriagantes.

16. El estudiante deberá acogerse a la reglamentación y normatividad vigente que aplica
    para el uso y porte del uniforme en los programas de formación laboral y aquellos de
    formación complementaria para los que aplique. El uniforme es requisito obligatorio de
    la institución y el estudiante deberá asumir el costo adicional del mismo.

17. Conocer y respetar los símbolos patrios e institucionales.

18. Matricularse en las fechas establecidas por la institución.

19. Fortalecer de forma respetuosa la comunicación al interior de la institución para un
    adecuado ambiente educativo.

20. Ser partícipe de las actividades (salidas, jornadas culturales, talleres, investigaciones,
    prácticas, pasantías, experiencia empresarial, proyección social), programadas para el
    desarrollo de la formación por la institución.
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   21. Cumplir de forma oportuna las responsabilidades de orden económico.

   22. Una vez finalice el semestre o durante el transcurso del mismo, el estudiante tiene la
       responsabilidad de Informarse en la oficina de Registro académico sobre su promedio
       o notas en cada una de las materias que ha cursado. la institución no se hace
       responsable por módulos de formación reprobados de semestres anteriores cuando
       no se tiene evidencia física que demuestre lo contrario.

   23. Activar y darle buen uso y utilización permanente al correo electrónico institucional
       como único medio de comunicación veraz entre la comunidad educativa. El correo
       electrónico se constituye como el medio oficial a través del cual se notifican diferentes
       situaciones tales como, aplazamiento de clases, programación de seminarios de
       Emprendimiento Empresarial, calendarios académicos y otros de importancia para
       estudiantes, administrativos y profesores. La institución no está obligada a llamar el
       estudiante en tal caso de que una clase no pueda ser orientada. para este proceso la
       información se envía al correo electrónico institucional por lo cual el estudiante tiene la
       responsabilidad de revisarlo diariamente salvo que la clase sea cancelada sin un
       tiempo justo de anticipación; este será el único caso en que la institución se
       comunique vía telefónica con el estudiante.

   24. Asistir de manera puntual a los Seminarios de Emprendimiento Empresarial
       programados para el semestre. su asistencia es obligatoria y se consideran como un
       módulo más de formación. El número de seminarios a dictarse por semestre
       corresponde a tres (3) y cada uno tiene un una valoración de 33.33 puntos.

   25. El estudiante debe de estar a paz y salvo con el Departamento de Cartera para la
       solicitud de certificados de matrícula, certificado de aptitud ocupacional como técnico
       laboral por competencias, supletorios, validaciones y habilitaciones.

   26. No vender ningún tipo de alimento dentro de la institución, ni consumirlos en los
       ambientes de clase.

Capítulo 5: Contravenciones a Los Deberes y Derechos

Artículo 19

Son contravenciones susceptibles de sanción los siguientes:

   1. Atentar de cualquier manera contra el prestigio y buen nombre de la institución.

   2. Irrespetar los símbolos institucionales y Patrios.

   3. Faltar de respeto de palabra o de hecho a los Directivos, Instructores, Personal
      Administrativo, Empleados, estudiantes y demás personas de la comunidad educativa.
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4. La falsificación de documentos, exámenes, calificaciones, el uso de documentos
   supuestos o fingidos y la mutación de la verdad por cualquier otro medio para fines
   académicos o económicos.

5. Obstaculizar o impedir la aplicación de los reglamentos y normas vigentes en la
   Institución.

6. Impedir la libertad de cátedra mediante la coacción física o moral, al igual que la
   interrupción o sabotaje de los procesos Académicos en el sitio de clase, laboratorios,
   pruebas de valoración académica y demás servicios o actividades a que tienen
   derecho los miembros de la Institución.

7. Usar indebidamente con fines diferentes a los que han sido destinados, las
   instalaciones, documentos, materiales y bienes muebles e inmuebles de la Institución.

8. Todo daño material causado a la planta física, bienes o implementos de la Institución.
   Así mismo todo daño causado a los bienes ajenos que se encuentren en los predios
   de la Institución, al igual que su retención.

9. El comercio, el suministro y consumo de drogas enervantes y estupefacientes en las
   instalaciones de la Institución.

10. La tenencia o almacenamiento de explosivos, armas de todo género, o de cualquier
    elemento que fundamentalmente permita presumir su uso contra la vida o integridad
    física de las personas, o que se pueda emplear para destruir o dañar los bienes de la
    Institución.

11. Presentarse a la Institución o actividades programas en estado de embriaguez o bajo
    los efectos de drogas alucinógenas.

12. La retención e intimidación y el chantaje a profesores y demás autoridades de la
    Institución. Así mismo el impedir el libre tránsito de los miembros de la Institución.

13. La incitación al desorden y todo acto que configure alguna interrupción de los
    procesos académicos de la Institución.

14. Fumar en las instalaciones salas de sistemas, Padboard, talleres, pasillos y otros.

15. Consumir comestibles en salas de sistemas, Padboard, talleres y espacios donde se
    desarrollen actividades académicas.

16. Manifestaciones afectivas excesivas que demuestren exhibicionismo en la institución.

17. Las agresiones físicas, verbales o psicológicas
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     18. Todo acto que atenté contra la Constitución y las buenas costumbres.

     19. Sustraer o intentar sustraer elementos de propiedad ajena.

     20. Interrumpir sin previa autorización clases, talleres de laboratorio o demás servicios
         que se estén prestando para la institución.

     21. Asistir a actividades programadas por la institución sin estar debidamente matriculado.

     22. Porte de armas o elementos corto punzantes que no sean para el uso exclusivo del
         proceso académico.

     23. Atender llamadas telefónicas durante las clases y demás actividades académicas.

     24. Facilitar el carné estudiantil para uso de otras personas.

     25. Suministrar información falsa en la documentación exigida para el ingreso o para
         justificar ausencias a clases y pruebas académicas.

     26. Incumplimiento del contrato de práctica empresarial, pasantía o plan de trabajo en el
         proyecto productivo.

     27. Encontrarse bajo efectos de sustancias psicoactivas en el aula de clase o
         consumiendo alguna sustancia psicoactiva dentro de la institución y sea identificado
         por el docente y/o administrativo, este realizara ante Dirección Académica descargos
         por escrito que serán analizados por el Consejo de Dirección, ya que esta es
         considerada una falta ante la institución.

Capítulo 6: Sanciones o Procesos Disciplinarios

Artículo 20

Los estudiantes que incurran en una de las conductas contempladas en el
capítulo anterior, serán sujetos de acuerdo con su gravedad, de las siguientes sanciones o
Procesos Disciplinarios:

1.     Amonestación privada.

2.     Amonestación escrita

3.     Matrícula condicional

4.     Suspensión temporal
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5.       Cancelación definitiva de matrícula

Parágrafo 1. Amonestación Privada: Será impuesta por el docente del módulo de formación
o por la persona responsable del proceso en cual se incurre la falta.

Parágrafo 2. Amonestación Escrita: Será impuesta por el Director Académico, la cual se
registrará en la hoja de vida del estudiante.

Parágrafo 3. Matrícula Condicional: Es el acto mediante el cual se subordina la permanencia
del estudiante en la institución a su buen comportamiento y será impuesta por el consejo de
dirección.

Parágrafo 4. Suspensión Temporal: acto mediante el cual el estudiante se inhabilita para
asistir a los procesos académicos por un periodo no máximo 5 días, en los cuales pierde el
derecho de presentar: pruebas académicas, talleres, evaluaciones y demás del proceso de
valoración.

Parágrafo 5. Cancelación de la Matricula: es la máxima sanción que se ejerce en la
institución y consiste en terminar todo vínculo de esta con el estudiante sancionado, será
impuesta por el consejo de dirección, con notificación escrita al estudiante y copia en su hoja
de vida.

Artículo 21

Los tipos de faltas están clasificados así:

·        Leves

·        Graves

Parágrafo 1. El Consejo de Dirección de la institución será quien de la última palabra frente a
la valoración de las faltas cometidas por el estudiante, quedando registrada por escrito en el
acta de registro de la reunión realizada para la discusión del o de los casos especiales de
los estudiantes.

Artículo 22

A la hora de iniciar el proceso e imponer cualquier sanción, previamente deberá cumplirse el
siguiente procedimiento:

         Conocidos lo hechos que constituyen la falta se informará a la Dirección Académica o
          Coordinación Académica, a quien corresponda.

         La dirección que asuma el proceso en los dos días hábiles siguientes denotará la
          clasificación de la falta y el responsable de la misma.
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      La dirección encargada notificará por escrito al estudiante a los dos días siguientes
       para descargos. Si el estudiante no se presenta a descargos se notificará a través de
       su correo electrónico institucional el proceso que se ha tenido hasta el momento.

      La sanción correspondiente será aplicada por el Director encargado del proceso y
       basado en las directrices de este manual y bajo previo conocimiento del Consejo de
       Dirección.

      Una vez establecida la sanción se notificará por escrito al estudiante implicado.

Artículo 23

Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:

      Reincidir en la comisión de faltas

      Realizar el hecho en complicidad con otro

      Cometer falta aprovechando la confianza depositada por la Institución

      Cometer la falta para ocultar otra

      Evadir la responsabilidad o atribuírsela a otro u otros

      Infringir varias obligaciones con la misma acción u omisión

      Preparar ponderadamente la infracción y las modalidades empleadas en la comisión
       de la misma.

Artículo 24

Serán circunstancias atenuantes o eximentes:

      La buena conducta anterior

      Haber sido inducido por un superior a cometer la falta

      El confesar la falta oportunamente

      Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o comunicar el perjuicio causado, antes
       de iniciarse el proceso ordinario.
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