NOTAM afectan todos los FIR (09) - DGAC

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NOTAM afectan todos los FIR (09)
A0349/21 NOTAMR A0125/21
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2101251457 C)2102110300
E)ENGLISH VERSION                                        VERSION ESPANOL
COVID-19                                                 COVID-19
DUE TO GOVERNMENTAL MANDATE AND D.S. NR 26/2021,         POR DISPOSICION DEL SUPREMO GOBIERNO Y EL D.S. NR 26/2021,
THE ARTURO MERINO BENITEZ AIRPORT (SCEL) IS              SE ESTABLECE COMO LUGAR HABILITADO PARA EL INGRESO DE
ESTABLISHED AS AN ENTRY OF FOREIGNERS TO THE             EXTRANJEROS HACIA EL TERRITORIO NACIONAL EL AEROPUERTO
NATIONAL TERRITORY, FOLLOWING THE PROTOCOLS              ARTURO MERINO BENITEZ (SCEL), SIGUIENDO LOS PROTOCOLOS
ESTABLISHED IN THE OPENING PLAN.                         ESTABLECIDOS EN EL PLAN DE APERTURA DE FRONTERAS.
 HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO                HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO
(DOCUMENTOS Y PROTOCOLOS- PLAN DE APERTURA DE            (DOCUMENTOS Y PROTOCOLOS- PLAN DE APERTURA DE
FRONTERAS).                                              FRONTERAS).
HOWEVER, DISPOSE AN ENTRY PROHIBITION TO ALL             NO OBSTANTE, DISPONGASE LA PROHIBICIÓN DE ENTRADA A TODOS
REGULARLY NON-RESIDENT FOREIGNERS WHO HAVE BEEN IN       LOS EXTRANJEROS NO RESIDENTES DE MANERA REGULAR QUE
THE UNITED KINGDOM IN THE LAST 14 DAYS.                  HAYAN ESTADO EN EL REINO UNIDO EN LOS ÚLTIMOS 14 DÍAS.

PERMITTED, SUBJECTING TO THE PERTINENT SANITARY          SE PERMITE, SOMETIENDOSE A LOS PROCEDIMIENTOS SANITARIOS
PROCEDURES, THE ENTRY OF:                                PERTINENTES, EL INGRESO DE:
EXCEPT FOR CHILEAN CITIZENS AND LEGAL RESIDENT           NACIONALES CHILENOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES REGULARES
FOREIGNERS, ENTERING BY ANY AIRPORT IN THE NATIONAL      INGRESANDO POR CUALQUIER AEROPUERTO EN EL TERRITORIO
TERRITORY.                                               NACIONAL
PASSENGERS IN TRANSIT MUST TAKE THE CONNNECTION          PASAJEROS EN TRANSITO DEBERAN REALIZAR LAS CONEXIONES
COMPLY WITH THE PROCEDURES ISSUED BY THE                 SIGUIENDO EXTRICTAMENTE EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR LAS
AERONAUTICALS, SANITARY AND HEALTH AUTHORITY.            AUTORIDADES AERONAUTICAS Y SANITARIA.
THOSE WHO HOLD DIPLOMATIC AND OFFICIAL VISAS ISSUED      QUIENES PORTEN VISAS DIPLOMATICAS Y OFICIALES EMITIDAS POR EL
BY THE MINISTRY OF FOREIGN AFFAIRS OF CHILE.             MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CHILE
THOSE WHO ARE HOLDERS OF DIPLOMATIC PASSPORTS OR         QUIENES SEAN PORTADORES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS U
OFFICIALS OR ARE INTERNATIONAL OFFICIALS, WHO HAVE THE   OFICIALES O SEN FUNCIONARIOS INTERNACIONALES, QUE CUENTEN CON
AUTHORIZATION OF THE PROTOCOL                            AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE PROTOCOLO DEL MINISTERIO DE
DIRECTORATE OF THE MINISTRY OF FOREIGN AFFAIRS           RELACIONES EXTERIORES.
EXCEPTIONS ARE MADE IN THE FOLLOWING CASES:              .SE EXCEPTUAN LOS SIGUIENTES CASOS:
1.-CARGO AIRPLANES AND ITS STRICTLY NECESSARY            1.- VUELOS DE CARGA Y SU PERSONAL EXTRICTAMENTE NECESARIO PARA
PERSONNEL INCLUDING THE FLIGHT CREW THAT COMPLY          ESTA FINALIDAD, INCLUYENDO TRIPULACION, QUIENES CUMPLIRAN CON
WITH THE HEALTH AND SANITARY REQUIREMENTS ISSUED BY      LAS MEDIDAS DE CONTROL SANITARIO DISPUESTAS POR LA AUTORIDAD.
THE AUTHORITY.                                           2.- TRIPULANTES EXTRANJEROS DE AERONAVES QUE INGRESEN
2.- ALL FOREING CREW FROM INTERNATIONAL FLIGHTS WHO      A TERRITORIO NACIONAL, LOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS
MUST COMPLY WITH THE HEALTH AND SANITARY                 REQUERIMIENTOS Y MEDIDAS QUE DISPONGA LA AUTORIDAD
REQUIREMENTS ISSUED BY THE HEALTH AUTHORITY.             SANITARIA.
3.- HUMANITARY, MEDEVAC AND STATE FLIGHTS WILL BE        3.- AERONAVES EN VUELO DE AYUDA HUMANITARIA, EVACUACIONES
APROVED PRIOR COORDINATION AND MUST COMPLY WITH          AEROMEDICAS Y DE ESTADO, PREVIA COORDINACION DEBIDAMENTE
THE HEALTH AND SANITARY REQUERIMENTS ISSUED BY THE       AUTORIZADOS, QUIENES CUMPLIRAN LAS MEDIDAS DE CONTROL
HEALTH AUTHORITY.                                        SANITARIO PERTINENTES.
4.-AIRCRAFTS IN OVERFLIGTHS OF THE CHILEAN               4.- AERONAVES EN SOBREVUELO DEL ESPACIO AEREO DE
RESPONSABILITY AIR SPACE.                                RESPONSABILIDAD DE CHILE.
5.- EMERGENCY AND SAR FLIGHTS.                           5.- VUELOS EN EMERGENCIAS, EN MISION SAR.
FOR MORE INFORMATION ENTER SITE                          PARA MAYOR INFORMACION INGRESAR SITIO WEB
HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO                  HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO
(DOCUMENTOS Y PROTOCOLOS- PLAN DE APERTURA DE            (DOCUMENTOS Y PROTOCOLOS- PLAN DE APERTURA                 DE
FRONTERAS)                                               FRONTERAS)

C6019/20 NOTAMR C4194/20
Q)SCXX/QFAXX/IV/M/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2012111815 C)2103122359
E) COMO MEDIDA DE PREVENCION PARA EVITAR QUE EL PERSONAL TSV SE EXPONGA A UN CONTAGIO O SEA TRANS DEL COVID-
19, A CONTAR DE ESTA FECHA LA ATTN DE USUARIOS TANTO INTERNOS COMO EXTERNOS (TRIPULACIONES, DESPACHADORES DE
FLT) EN LAS OFICINAS ARO/AFIS EN TODOS LOS AP/AD DEL PAIS, SERA SOLO VIA REMOTA, TELEFONOS, CORREO ELECTRONICO.

A4892/20 NOTAMR 3711/20
Q)SCXX/QFAXX/IV/M/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2012111817 C)2103122359
E). AS A PREVENTIVE MEASURE TO AVOID TSV PERSONNEL FROM BEING EXPOSED TO A CONTAGION OR BE A TRANS OF COVID-19,
FROM THIS DATE THE ATTN OF BOTH INTERNAL AND EXTERNAL USERS (CREWS, FLT DISPATCHERS) IN ARO/AFIS OFFICES IN ALL
AP/AD OF THECOUNTRY, ATTENTION ONLY BE REMOTE, PHONES, EMAIL. WITHOUT FACE-TO-FACE ATTENTION
A4893/20 NOTAMR A3712/20
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2012111847 C)2103122359
E)ENGLISH VERSION                                      VERSION ESPANOL
COVID-19, DUE TO CONSTITUTIONAL EXCEPTIONAL STATE OF   COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIONAL
CATASTROPHE IN ALL THE NATIONAL TERRITORY              CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO
PASSENGERS TRANSPORTED IN REGULARS AND NON             NACIONAL, LOS PASAJEROS QUE SE TRANSPORTAN EN VUELOS
REGULARS ACFT (S) WITHIN THE NATIONAL TERRITORY,       REGULARES Y NO REGULARES DENTRO DEL TERRITORIO
MUST COMPLY WITH THE REQUIREMENTS PROVIDED BY THE      NACIONAL, DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS QUE HA
HEALTH AUTHORITY AND PROVE RESIDENCY IN THE DESTINY    DISPUESTO LA AUTORIDAD SANITARIA Y COMPROBAR RESIDENCIA
REGION AND/OR HAVE THEIR SANITARY PASSPORT             EN LA REGIÓN DEL DESTINO Y / O TENER SU PASAPORTE SANITARIO
VALIDATED.                                             VALIDADO.
FOR MORE INFORMATION ENTER THE WEB SITE                PARA MÁS INFORMACIÓN ENTRAR AL SITIO WEB
HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PLANDEACCION            HTTPS://WWW.GOB.CL/ CORONAVIRUS/PLANDEACCION

C6020/20 NOTAMR C4195/20
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2012111848 C)2103122359
E) COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIONAL CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL,
LOS PASAJEROS QUE SE TRANSPORTAN EN VUELOS REGULARES Y NO REGULARES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DEBEN
CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS QUE HA DISPUESTO LA AUTORIDAD SANITARIA Y COMPROBAR RESIDENCIA EN LA REGIÓN
DEL DESTINO Y / O TENER SU PASAPORTE SANITARIO VALIDADO.
PARA MÁS INFORMACIÓN ENTRAR AL SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PLANDEACCION

(C0255/21 NOTAMR C5966/20
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2101151858 C)2103122359
E) COVID-19, CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
TRIPULACIONES Y PASAJEROS QUE SE TRANSPORTEN EN CUALQUIER TIPO ACFT DE AVIACIÓN GENERAL, PARTICULAR Y VUELOS
COMERCIALES DE AERONAVES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DEBERÁN CUMPLIR CON LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO
Y PROTOCOLOS REQUERIDOS POR LA AUTORIDAD SANITARIA AFECTAS A CUARENTENAS TERRITORIALES, YA SEA QUE SE
ENCUENTREN EN PASO 1 CUARENTENA O PASO 2 TRANSICION O PASO 3 PREPARACION O PASO 4 APERTURA INICIAL Y/O MEDIDA
DE CORDON SANITARIO.
NO ESTÁ PERMITIDO TRASLADARSE O TRASLADAR PASAJEROS HACIA OTROS LUGARES DE RESIDENCIA DISTINTOS A SU DOMICILIO
PARTICULAR HABITUAL (SEGUNDA VIVIENDA) EN COMUNAS QUE SE ENCUENTRAN EN CUARENTENA.
ESTA MEDIDA TENDRÁ EL CARÁCTER DE INDEFINIDA, HASTA QUE LAS CONDICIONES EPIDEMIOLÓGICAS PERMITAN SU SUSPENSIÓN
PARA MAYOR INFORMACION INGRESAR A SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO#DOCUMENTOS

(C0256/21 NOTAMR C5967/20
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/5018S09732W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2101151859 C)2103122359
E) COVID-19, DERIVADO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LAS AUTORIDADES DE GOBIERNO SE EXIGIRA LA PRESENTACION
OBLIGATORIA DEL PLAN DE VUELO VIA IFIS O VIA TELEFONO, EN DONDE EL PILOTO AL MANDO DEBERA ENVIAR LOS PERMISOS DE
DESPLAZAMIENTO DISPUESTOS POR LA AUTORIDAD SANITARIA VIA CORREO ELECTRONICO A ARO.COVID@DGAC.GOB.CL, CUANDO
CORRESPONDA, COLOCANDO EN EL ASUNTO DEL MENSAJE LA MATRICULA DE LA ACFT.
NO SE CURSARÁ NINGUN FPL HASTA RECIBIR DICHA DOCUMENTACION.
SE EXCEPTUA DE LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO DISPUESTO POR LA AUTORIDAD SANITARIA A LAS ACFT DE ESTADO,
AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES AEROMEDICAS Y VUELOS CON FINES SANITARIOS.
SE EXIME DE LA PRESENTACION DEL FPL A LOS VUELOS LOCALES, ACFT DE EXTINCION DE INCENDIOS Y TRABAJOS AEREOS QUE
REALIZAN ACTIVIDADES FUNDAMENTALES, LOS CUALES DEBERAN PORTAR LA DOCUMENTACION SANITARIA CORRESPONDIENTE.
PARA MAYOR INFORMACION INGRESAR A SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO
A5166/20 NOTAMN
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/4900S09200W999
A)SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2012301952 C)2103130300
E)ENGLISH VERSION                                       VERSION ESPANOL
FOLLOWING INFO HAS BEEN PUBLISHED ONLY IN DIGITAL       SIGUIENTE INFO HA SIDO PUBLICADA SOLAMENTE EN FORMATO
FORMAT AND SPANISH LANGUAGE                             DIGITAL E IDIOMA ESPANOL

AIC AIP NR 262020 - DECLARA AP/AD COORDINADOS Y         AIC AIP NR 26/2020 - DECLARA AP/AD COORDINADOS Y
PROCEDIMIENTO DE OPERACIÓN EN LOS AP/AD PRODUCTO DE     PROCEDIMIENTO DE OPERACIÓN EN LOS AP/AD PRODUCTO DE
REGULACIONES SANITARIAS POR PANDEMIA DE COVID-19        REGULACIONES SANITARIAS POR PANDEMIA DE COVID-19
AVBL AT:                                                AVBL AT:
HTPP://WWW.AIPCHILE.GOB.CL/AIP/VOL1/SECCION/AIC         HTPP://WWW.AIPCHILE.GOB.CL/AIP/VOL1/SECCION/AIC
HTPP://WWW.AIPCHILE.GOB.CL/AIP/VOL2/SECCION/AIC         HTPP://WWW.AIPCHILE.GOB.CL/AIP/VOL2/SECCION/AIC

C0257/21 NOTAMR C5968/20
Q)SCEZ/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/4308S07338W005
A) SCFZ SCEZ SCIZ SCTZ SCCZ B)2101151852 C)2103122359
E)COVID-19, CON MOTIVO DEL INICIO DEL PASO 2 TRANSICIÓN DECRETADA POR EL GOBIERNO, AUTORÍCESE LOS VUELOS, EN
AQUELLOS AERÓDROMOS QUE SE ENCUENTREN ENTRE LAS COMUNAS INCLUIDAS EN EL PLAN DE TRANSICIÓN.
DURANTE LOS DÍAS DE LIBRE DESPLAZAMIENTO DE LUNES A VIERNES EXCEPTO FESTIVOS DE ESTA FASE DEBERÁN CUMPLIR CON
LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
1.-CON LA EMISIÓN DEL FPL DEBERÁN ENVIAR EL PASAPORTE SANITARIO AL CORREO ARO.COVID@DGAC.GOB.CLELLO CON EL
PROPÓSITO DE PRECAVER LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA CORRESPONDIENTE EN CASO DE ATERRIZAJE DE EMERGENCIA EN UN
LUGAR EN CUARENTENA.
2.-NO PODRÁN ATERRIZAR EN AERÓDROMOS DE COMUNAS QUE SE ENCUENTREN EN CUARENTENA O CON CORDÓN SANITARIO
ACTIVO.
3.-LOS PILOTOS, TRIPULACIONES Y PASAJEROS CUYA RESIDENCIA HABITUAL NO SE ENCUENTRE EN LAS COMUNAS INCLUIDAS EN
LA FASE DE TRANSICIÓN, DEBERÁN PRESENTAR CON EL FPL LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO INDIVIDUALES
CORRESPONDIENTES.
4.-NO ESTÁ PERMITIDO TRASLADARSE O TRASLADAR PASAJEROS HACIA OTROS LUGARES DE RESIDENCIA DISTINTOS A SU
DOMICILIO PARTICULAR HABITUAL (SEGUNDA VIVIENDA) EN COMUNAS EN CUARENTENA.
DURANTE LOS DÍAS DE RESTRICCIÓN DE DESPLAZAMIENTO (FINES DE SEMANA Y FESTIVOS) LAS SOLICITUDES DE VUELO DEBERÁN
CONTINUAR CUMPLIENDO CON LOS PROCEDIMIENTOS Y DISPOSICIONES ESTABLECIDOS POR LAS AUTORIDADES COMO MEDIDA
DE CUARENTENA O AISLAMIENTO DE ACUERDO A LOS NOTAM PUBLICADOS.
SE EXCEPTUA DE LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO DISPUESTO POR LA AUTORIDAD SANITARIA A LAS ACFT DE ESTADO,
AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES AEROMEDICAS Y VUELOS CON FINES SANITARIOS.
SE EXIME DE LA PRESENTACION DEL FPL A LOS VUELOS LOCALES, ACFT DE EXTINCION DE INCENDIOS Y TRABAJOS AEREOS QUE
REALIZAN ACTIVIDADES FUNDAMENTALES, LOS CUALES DEBERAN PORTAR LA DOCUMENTACION SANITARIA CORRESPONDIENTE.
PARA MAYOR INFORMACION INGRESAR A SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO

NOTAM afectan solo un FIR (06)
                                                                      NOTAM afectan FIR Norte SCFZ (1)
C6053/20 NOTAMN
Q)SCFZ/QFALT/IV/NBO/E/000/999/2716S07047W080
A)SCFZ B)2012141151 C)2103132359
E) COVID-19, CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL POR
COVID-19 Y DE ACUERDO A RESOL. EXENTA CP N° 20637/20 DE FECHA 30.OCT.2020, SE HA DISPUESTO POR PARTE DE LA
AUTORIDAD SANITARIA REGION DE ATACAMA:
 I.-IMPLEMENTESE UNA ADUANA SANITARIA EN EL AERODROMO DESIERTO DE ATACAMA, RECINTO QUE CONSTITUIRA UN
CONTROL PREVIO A LA SALIDA DE LA REGION, CON EL OBJETIVO DE CONTROLAR EL PASAPORTE SANITARIO, EL ESTADO DE SALUD
DEL PASAJERO Y EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DISPUESTAS EN LAS RESOLUCIONES EMANADAS DESDE EL MINISTERIO DE
SALUD, EN PARTICULAR AQUELLAS QUE DICEN RELACION CON LAS CUARENTENAS O AISLAMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR
DETERMINADAS PERSONAS.
II.-DISPONGASE ASI TAMBIEN, QUE EN LOS AERODROMOS DONDE NO SE ENCUENTRE MONTADA UNA ADUANA SANITARIA POR
PARTE DE ESTA SEREMI DE SALUD, EL PERSONAL Y PRESTADORES DE SERVICIO QUE LABOREN EN EMPRESAS O INSTITUCIONES DE
TRANSPORTE AEREO, DEBERAN SOLICITAR LA EXHIBICION DEL PASAPORTE SANITARIO, NO PERMITIENDOSE ABORDAR A QUIEN SE
NIEGUE O NO CUENTE CON EL PASAPORTE SANITARIO.LO ANTERIOR, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LA RESOLUCION
EXENTA NR 675/2020 DEL MINISTERIO DE SALUD.
VUELOS NO REGULARES CON SALIDA DESDE AD DESIERTO DE ATACAMA DEBERAN COORDINAR ATENCION CON LA AUTORIDAD
SANITARIA REGIONAL 24 HRS PREVIAS A LA ESTIMADA DE SU SALIDA
NOTAM afectan FIR Centro SCEZ (2)
C0415/21 NOTAMR C0374/21
Q)SCEZ/QFAXX/IV/NBO/E/000/999/3335S08010W621
A)SCEZ B)2101282347 C)2103262359
E) COVID-19
CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL SE DISPONE QUE:
DEBIDO A DISPOSICIONES SANITARIAS EMANADAS POR SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGION DE
COQUIMBO SE ESTABLECE QUE: TODAS LAS TRIPULACIONES Y PASAJEROS QUE SALEN DEL AD LA FLORIDA SE LE REALIZARA
CONTROL SANITARIO ANTES DE SU EMBARQUE, EN ADUANA INSTALADA EN EL AD. PARA LOS PASAJEROS DE VUELOS QUE SALEN
DESDE OTROS AERODROMOS UBICADOS EN OTRAS COMUNAS DE LA REGION DE COQUIMBO: SE LES REALIZARA SOLO CONTROL
DOCUMENTAL, POR LO CUAL DEBERAN ENVIAR A LA AUTORIDAD SANITARIA EL MANIFIESTO DE VUELO, PASAPORTE SANITARIO DE
TRIPULACION Y PASAJEROS
(WWW.C19.CL) Y PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO (COMISARIA VIRTUAL). A LO MENOS CON 2 HORAS DE ANTICIPACION DE LA
SALIDA DEL VUELO, VIA CORREO ELECTRONICO A LAS SIGUIENTES DIRECCIONES: CLAUDIA.ADONES@REDSALUD.GOV.CL,
JUARAN.A14@GMAIL.COM,                 ANDREALUENGOGARCIA@GMAIL.COM,                 RODRIGO.PAZB23@GMAIL.COM,
MIRTHA.OLAVARRIA@REDSALUD.GOV.CL, YOAO.TOLEDO.VARGAS@GMAIL.COM
SE EXIME DE ESTA DISPOSICION A TRIPULACIONES DE VUELOS ITINERANTES VUELOS CHARTER DE PELAMBRES Y AMBULANCIAS
AEREAS.

C6028/20 NOTAMN
Q)SCEZ/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/3335S08010W621
A)SCEZ B)2012121100 C)2103112359
E)COVID-19, CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL
JEFE DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REGION DE O'HIGGINS HA DISPUESTO : RESTRINGIR LOS ATERRIZAJES PARA TODAS LAS
AERONAVES CUYO ORIGEN PROVENGA DE COMUNAS QUE SE ENCUENTREN EN FASE 1 Y/O 2 DEL PLAN PASO A PASO. SEA
CUALQUIERA DE LOS AD Y HELIPUERTOS, SEA LUGAR PARTICULAR DE LA MISMA REGION EN CASO DE HELICOPTEROS, DEBERAN
CUMPLIR LA DOCUMENTACION QUE SERA CONTROLADA POR LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CORRESPONDIENTE. SE EXCLUYEN
ACFT DE EMERG, SAR, HUM, MEDEVAC, ESTADO Y EXTINCION DE INCENDIO.

                                                                          NOTAM afectan FIR Sur SCTZ (2)
C6292/20 NOTAMR C6036/20
Q)SCTZ/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/4126S07254W005
A)SCTZ B)2012231525 C)2103132359
E) COVID-19, CON MOTIVO DE ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL Y
DISPOSICIONES DEL JEFE DE LA FUERZA DE LA REGION DE LOS LAGOS, SE ESTABLECE QUE TODA AERONAVE DE AVIACION GENERAL
DEPORTIVA O COMERCIAL NO REGULAR QUE INGRESE A LA REGION DE LOS LAGOS, DEBERAN ATERRIZAR INICIALMENTE EN SCTE,
SCPF O SCPQ PARA REALIZAR CONTROL SANITARIO Y POSTERIORMENTE CONTINUAR SU VUELO. EN SCPF SOLO PODRA OPERAR
AVIACION MENOR A 6600 KG EN VUELOS NACIONALES. EXCEPTUASE ACFT DE ESTADO, AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES
AEROMEDICAS, VUELOS CON FINES SANITARIOS Y ACFT DE EXTINCION DE INCENDIOS Y SAR. TRABAJOS AEREOS QUE REALIZAN
ACTIVIDADES FUNDAMENTALES Y LOS VUELOS HACIA EL AD CARLOS HOTT S. SCJO, EN TANTO CUMPLAN HABER REALIZADO
CONTROL SANITARIO EN EL AERODROMO DE SALIDA ACREDITANDO ESTA CONDICION EN EL CASILLERO 18 DEL FPL

A5193/20 NOTAMR A3834/20
Q)SCTZ/QFAXX/IV/NBO/A/000/999/4126S07306W005
A)SCTZ B)2012311349 C)2103302359
E)ENGLISH VERSION                                      VERSION ESPANOL
COVID-19, DUE THE REASON OF THE STATE OF               CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE
CONSTITUTIONAL EXCEPTION OF CATASTROPHE IN THE         CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, COMO MEDIDA
WHOLE NATIONAL TERRITORY, AS A PREVENTIVE              PREVENTIVA PARA CONTENER LA EXPANSION DEL VIRUS COVID-19,
MEASURE TO CONTAIN THE VIRUS EXPANSION COVID-19,       EL JEFE DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REGION DE LOS LAGOS HA
THE HEAD OF THE NATIONAL DEFENSE OF THE LAKES          DISPUESTO QUE TODA OPERACIÓN HOSP/HUM/EVACAM QUE
REGION HAS ARRANGED THAT EVERY FLIGHT STATUS           INGRESEN Y SALGAN A LA REGION DE LOS LAGOS O CUYO DESPEGUE
HOSP/HUM/EVACAM WITH ARR/DEST FROM THE LAKES           Y ARRIBO SEA DENTRO DE ESTA MISMA REGION DEBERA CONSIGNAR
REGION OR A FLIGHT WITHIN THE SAME REGION, MUST        EN CASILLERO 18 DEL FPL SI CORRESPONDE A TRASLADO DE
ADD IN FPL/OTHER INFORMATION, IF PATIENT IS COVID-19   PACIENTE COVID-19 POSITIVO O NO POSITIVO.
POSITIVE OR NOT POSITIVE.
NOTAM afectan FIR Sur SCTZ y FIR Austral SCCZ(1)
C6364/20 NOTAMN
Q)SCXX/QXXXX/IV/NBO/E/000/999/6415S07054W999
A)SCTZ SCCZ B)2012281850 C)2103272100
D) DLY BTN 1200-2100
E) COVID-19
CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL Y DISPOSICIONES DEL
JEFE DE LA FUERZA DE LA REGION DE AYSEN, SE ESTABLECE LA PROHIBICION QUE ACFT COMERCIALES NO REGULARES Y DE AVIACION
GENERAL PROVENIENTES DE FUERA DE LA REGION DESEMBARQUEN PASAJEROS EN CUALQUIER AD DE LA REGION, CON EXCEPCION DE
BALMACEDA (SCBA), TENIENTE VIDAL (SCCY) Y PUYUHUAPI (SCPH), QUE CUENTAN CON EL CORDON SANITARIO DISPUESTO POR LA
AUTORIDAD DE SALUD. COORDINAR CON 24HR DE ANTELACION PRESENTANDO EL PLAN DE VUELO Y MANIFIESTO DE PASAJEROS CON
NOMBRE Y RUT. EXCEPTUANSE LAS ACFT DE ESTADO, AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES AEROMEDICAS, VUELOS CON FINES
SANITARIOS Y ACFT DE EXTINCION DE INCENDIOS.

                                                   ///                                  Actualizado al 28 enero 2021
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