PROYECTO INTERRELACIÓN CATASTRO REGISTRO
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PROYECTO INTERRELACIÓN CATASTRO REGISTRO ANTECEDENTES Desde el año 1939, con la expedición de la Ley 65, se ordenó al Gobierno Nacional dictar normas que establecieran la debida conexión entre las oficinas de Registro y organizaciones catastrales. A partir de ese momento, la regulación tanto catastral como registral se preocupa porque los entes encargados de tales labores tengan dentro de la información predial o inmobiliaria los datos básicos del catastro y del registro o jurídicos. Con la expedición del Estatuto del Registro de Instrumentos Públicos en 1970, se estableció que cada predio debía tener un único folio y que cada folio debía corresponder a un único inmueble; también se determinó que en los folios de matrícula se debía señalar el departamento y el municipio de ubicación del inmueble, nomenclatura o nombre, linderos, cabida, cédula catastral e incluso, en caso de que existiese, el plano y la descripción catastral del mismo. A partir de entonces, se generó e impulsó el proceso de sistematización de la información contenida en el folio real de matrícula inmobiliaria. En ese mismo año, el Estatuto Notarial ordenó a los notarios identificar los inmuebles en las escrituras públicas por su cédula o registro catastral, por su nomenclatura, paraje o localidad donde estuvieren ubicados y por sus linderos. En 1992 se emprendió la sistematización de las oficinas de Registro a través de la implementación del folio magnético con el fin de agilizar el proceso1 y en 1984, a través del Decreto 1711, se estableció el intercambio obligatorio de la información básica entre el registro y el catastro dentro de los diez primeros días de cada mes, se fijaron los procedimientos y mecanismos para agilizar y tecnificar la función registral con el fin de adecuarlos a la operación de las funciones catastrales y se ordenó tanto a Catastro como a Registro adoptar un número único de identificación predial2. Con el propósito de garantizar la descripción física de los predios, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2157 de 1995, abriendo paso a la posibilidad de identificar los inmuebles por sus linderos, a través del plano definitivo expedido por la autoridad catastral, el cual se protocoliza con la escritura pública respectiva, de forma tal que a partir de ello no se requiriera la descripción literal del predio. 1 El proceso que se llevaba a cabo antes de 1992 era manual y se realizaba sobre una cartulina. (http://www.supernotariado.gov.co/supernotariado/index.php?option=com_content&view=article&id=91&I temid=76&lang=es) 2 Mientras se adoptaba dicho número, y para efectos de la interrelación, las oficinas de registro y catastro debían anotar en la matrícula inmobiliaria y en la ficha predial, respectivamente, el número de la cédula catastral y de la matrícula inmobiliaria. (Decreto 1711 de 1984, artículo 6)
SITUACIÓN REAL Es importante considerar que mientras uno de los objetivos del Catastro es la determinación físico-jurídica de los límites de la propiedad inmueble, la finalidad del Registro se concibe como medio de tradición del dominio y como mecanismo de publicidad del derecho de propiedad, es decir, una función con efectos netamente jurídicos. A pesar de la claridad en la intención normativa de interrelacionar las bases, son muchos los vacíos reglamentarios para su aplicación práctica. La existencia de un derecho sobre un inmueble a través de un título inscrito en el registro público inmobiliario y su representación literaria no son suficientes. Estos “títulos o documentos descriptivos” deben estar reflejados en el catastro y tener como soporte su descripción física en forma gráfica y georreferenciada; a su vez, cada predio catastral debe tener su correspondiente folio de matrícula, de lo contrario habrá certeza de estar frente a un terreno baldío o a un ejido, y los datos comunes de cada inmueble deben ser los mismos para ambas entidades. Necesidad de lograr un intercambio efectivo y ágil de datos. El conocimiento adecuado de la información inmobiliaria es fundamental para la nación en la toma de decisiones, ya que el territorio se constituye como fundamento de su economía. El Gobierno Nacional se ha percatado de la necesidad de contar con información unificada y consistente en las entidades encargadas de la gestión inmobiliaria y ha decidido tomar medidas que tiendan a una verdadera regularización de dicha información. Por esta razón, se formuló y ejecutó el Programa de Titulación y Modernización del Catastro y del Registro, financiado con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo – BID y Contrapartida Nacional3, siendo uno de sus principales componentes la Interrelación Catastro-Registro. El objetivo fundamental del Programa fue regularizar la tenencia de predios y modernizar el sistema catastral y registral, permitiendo la descripción clara del derecho de propiedad y la transferencia y consulta de información entre el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y la Superintendencia de Notariado y Registro de manera ágil y efectiva. En este sentido, el Proyecto de Interrelación Catastro-Registro nace por iniciativa del Gobierno Nacional como parte del proceso de construcción de un catastro coherente con los procesos de registro público inmobiliario e identificación legal de la propiedad. Con la modernización, se busca dar mayor transparencia y agilidad al sistema de Catastro y Registro, de tal forma que las entidades relacionadas con el proceso de titulación y la ciudadanía en general, tengan acceso de forma eficiente y segura a la información sobre propietarios, predios y transferencias de propiedad existente en las bases de datos catastrales y de registro. Partiendo de que la normatividad existente procura el intercambio de información básica entre Catastro y Registro, es necesario el fortalecimiento de este proceso apoyado en nuevas herramientas tecnológicas, lo que permitiría, en primera instancia, el cruce de datos para mejorar la información existente hasta el momento y, posteriormente, el intercambio de información en línea entre Catastro y Registro en tiempo real. Esta segunda etapa comprende también el acceso por parte de Registro a la base catastral digital predio a predio y por municipios. 3 Crédito BID 1027 OC/CO. (http://www.geoinstitutos.com/colombia/bancointernac.asp)
DESARROLLO DEL PROYECTO DE INTERRELACIÓN CATASTRO-REGISTRO Este Proyecto se ha desarrollado en tres fases secuenciales: dos desarrolladas en el marco del Programa de Titulación y Modernización del Catastro Registro, y la tercera gracias al mutuo acuerdo, y recursos propios, de los entes catastral y registral. • En la primera fase se realizó el diagnóstico legal e institucional y se definió conceptualmente la solución, soportada básicamente en la obligatoriedad del Certificado Plano Predial Catastral – CPPC –, para cualquier tipo de transacción inmobiliaria que implique cambio de dominio. • La segunda fase se centró en el diseño detallado y desarrollo tecnológico de la solución propuesta en la Fase I, enmarcado en procedimientos administrativos y normativos, validado y aplicado en cinco municipios: Cartagena, Sincelejo, la Mesa, Manizales y Neiva. A nivel legal también se desarrolló el Proyecto de Decreto del asunto que hace obligatorio el uso del CPPC como se planteó en la Fase anterior. • La tercera fase, iniciada a finales del año 2007, consiste en la implementación del proyecto a nivel nacional y perdura hasta la fecha. Entes involucrados. Al Proyecto de Interrelación de Catastro-Registro, convergen el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), con sus 22 Direcciones territoriales y 48 delegadas, y la Superintendencia de Notariado y Registro con 191 oficinas de registro de instrumentos públicos, quienes tienen bajo su responsabilidad la producción y administración de la información predial de la nación. No obstante, para la implementación del Proyecto a nivel nacional y garantizar su sostenibilidad, se requería además la participación de los entes catastrales de Bogotá, Cali, Medellín y del departamento de Antioquia, razón por la cual, en septiembre del año 2008 se firmó el Convenio Interadministrativo de Cooperación Técnica y Administrativa entre la Superintendencia de Notariado y Registro, el IGAC, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá, la Secretaría de Hacienda del Municipio de Medellín (por la Subsecretaría de Catastro de Medellín), la Alcaldía de Santiago de Cali (por la Subdirección de Catastro de Cali) y el Departamento Administrativo de Planeación de la Gobernación de Antioquia (por la Dirección de Sistemas de Información y Catastro de Antioquia), quedando de esta forma vinculados con el Proyecto todos los entes catastrales y el ente registral, comprometidos a un trabajo conjunto y coordinado. CONPES de interrelación Catastro-Registro. En el desarrollo de esta tercera fase, el Gobierno Nacional con el fin de garantizar la continuidad del Proyecto, considerado de gran impacto para el desarrollo económico y social del país, decidió expedir el documento CONPES 3641 del 2010, de “Política Nacional para Consolidar la Interrelación del Catastro y el Registro”, que define las acciones encaminadas al desarrollo de la política misma, los responsables y los tiempos de ejecución.
Su contenido evidencia la situación actual, se fijan las soluciones concretas que implican cambios importantes en los procedimientos catastrales y los retos en temas concretos dirigidos a la calidad, mejoramiento y agilidad en la prestación de los servicios catastral y registral para así lograr el intercambio de datos y comunicación interinstitucional (Catastro-Registro), en línea y tiempo real, soportados en la utilización del Certificado Plano Predial Catastral en todas las transacciones públicas y privadas que requieran descripción de inmuebles. CONTENIDO DEL PROYECTO DE INTERRELACIÓN CATASTRO-REGISTRO Concepto general de Interrelación. La interrelación es un sistema institucional, legal y técnico por medio del cual se establece el enlace de los datos prediales o inmobiliarios comunes a Registro y Catastro, permitiendo el intercambio de información interinstitucional de manera óptima, efectiva, segura y automática, facilitando la consulta de la información de manera ágil y eficaz en términos de tiempo y calidad de datos entre las entidades enunciadas, así como el mantenimiento actualizado de los datos catastrales y registrales de acuerdo con los cambios que experimente un predio. Metas. Las metas básicas de este proyecto consisten en: • Garantizar el intercambio y conectividad de la información de Catastro y Registro de forma ágil y segura. Es necesario mantener el vínculo tecnológico e interinstitucional permanente entre el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, los catastros de Bogotá, Antioquia, Medellín, Cali y la Superintendencia de Notariado y Registro, para producir y mantener información confiable de acuerdo con los requerimientos de los usuarios y el tráfico inmobiliario. • Facilitar el acceso a los usuarios de la información de Catastro y Registro. Se busca lograr el acceso ágil a la información y de manera eficaz en términos de tiempo y calidad de datos. • Mejorar los procedimientos para el correcto mantenimiento de la información de Registro y Catastro. La evolución tecnológica impone la modernización de los procesos catastrales y registrales para lograr una descripción física clara y única de la propiedad inmueble; proteger los derechos inmobiliarios; fortalecer el catastro y su multifuncionalidad así como el componente fiscal. • Unificar la información de Catastro y Registro. Es necesario evitar la duplicidad en la información predial y registral y a través de la colaboración mutua incluso, en los trabajos de consecución de datos físicos y jurídicos de los inmuebles. Componentes del proyecto. El Proyecto se definió bajo tres (3) componentes básicos en perfecta simbiosis, velando por el cumplimiento de los requerimientos y condiciones de cada una de las entidades involucradas en el proceso, garantizando su adecuada implementación. Estos son:
• Componente Legal: Encargado de la regulación legal de la interrelación Catastro Registro. • Componente Tecnológico: Encargado del desarrollo de los aplicativos y sistemas sobre los que se implementa la interrelación. • Componente Institucional: Encargado del ajuste y mejoramiento de los procedimientos institucionales. COMPONENTE LEGAL. El proyecto generó una guía para Catastro que muestra de forma sencilla el proceso interno de registro de instrumentos públicos, así como la forma de uso de los códigos de naturaleza jurídica que allí se manejan y que se reflejan finalmente en los folios de matrícula, con el fin de corregir posibles falencias en la lectura e interpretación de los folios y documentos jurídicos. Esta guía se puede utilizar en los procesos de formación catastral, actualización de la formación catastral y conservación. En conjunto con la Superintendencia de Notariado y Registro, se logró la emisión de la instrucción conjunta No. 001 IGAC y No. 11 de la Superintendencia, denominada “Actualización y/o Aclaración para Corrección de Áreas y/o Linderos de Inmuebles”, en la que se evidencia la voluntad de articular y coordinar acciones para mejorar la prestación de servicios en beneficio del país. Esta instrucción, que además contó con la participación de las demás autoridades catastrales del país, constituyó el primer paso para mejorar la calidad del dato de áreas de terreno de los inmuebles. Beneficios del Proyecto para las Entidades Catastrales y Registral. Es importante resaltar las ventajas que trae la interrelación de la información de los entes Catastral y Registral: • Unificación de los datos inmobiliarios comunes del Catastro y del Registro. • Unificación del lenguaje y el tratamiento físico-jurídico sobre los inmuebles. • Reducción de esfuerzos en las entidades para la consecución de datos. • Consolidar un verdadero sistema de información de tierras. • Posibilitar la adopción del número único de identificación predial catastro-registro. • Permitir responder con mayor eficacia a las exigencias que imponen los procesos de globalización. Beneficios para el usuario. El Estado entra a garantizar con mayor efectividad, la seguridad jurídica de los inmuebles en las transacciones inmobiliarias al garantizar su existencia física, localización, descripción (área, linderos) y estado jurídico, factores elementales requeridos dentro de cualquier negociación o acto de disposición. La descripción de los inmuebles a través de certificados planos prediales catastrales facilita las transacciones inmobiliarias, la consecución de créditos hipotecarios, la protección al derecho de la propiedad y el desarrollo económico de las familias y de las empresas
Beneficios para el país. Considerando la importancia del catastro y del registro de la propiedad inmobiliaria como herramientas para la planificación territorial regional y la planeación y ejecución de la política económica nacional, así como de las políticas medioambientales, agrícolas, para el restablecimiento de derechos violados por la situación de violencia y de saneamiento de la propiedad inmobiliaria, la interrelación entre el Catastro y el Registro de Instrumentos Públicos permitirá que el país avance en la consolidación de un verdadero mercado de tierras y de información básica para la ordenación y planificación del territorio nacional. COMPONENTE TECNOLÓGICO. Para lograr la interrelación se han desarrollado dos aplicativos: 1. Aplicativo ICARE - Interrelación Catastro Registro. Es la herramienta tecnológica con la cual, a partir de diversas reglas automáticas y manuales de interrelación, aplicando reglas de normalización y criterios de comparación de la información, se cruzan las bases catastrales y registrales de un municipio determinado, en busca del vínculo entre un número predial y una matrícula inmobiliaria para lograr parejas predio-folio. Con ello, se produce un depósito de registros (parejas predio-folio) interrelacionados y no interrelacionados, contando, además, con numerosas funcionalidades que permiten comprobar, mejorar y apoyar la interrelación entre las entidades. Con esta herramienta se lleva a cabo la interrelación inicial. ILUSTRACIÓN 1. ARQUITECTURA ICARE Fuente: Unión Temporal Colombo Canadiense. Informe final año 2007. Reportes ICARE. Como resultado de la interrelación inicial se generan una serie de informes y reportes que sirven de insumo para la depuración de los datos del Catastro y del Registro de Instrumentos Públicos. El aplicativo ICARE está enriquecido con el cuadro de reporte de resultados que refleja la información numérica detallada de cada uno de los municipios procesados: número de predios según la base catastral, número de folios según la base registral, número de interrelaciones logradas, número de predios y de folios que no encontraron su pareja en la otra entidad, entre otros datos de interés que se entregan a los entes involucrados.
ILUSTRACIÓN 2. REPORTE ESTADÍSTICO CONSOLIDADO Fuente: Proyecto Interrelación Catastro Registro 2010. Resultados Interrelación inicial ICARE. A través del desarrollo tecnológico “ICARE”, se han procesado en la interrelación inicial 762 municipios, incluidas 29 ciudades capitales, 29 departamentos y 108 círculos registrales, involucrando 11.632.987 predios y mejoras en Catastro (10.808.515 predios y 824.472 mejoras), y 11.221.632 folios incluidos los de falsa tradición en registro (10.895.205 folios de propiedad y 326.427 folios de mejoras). Cabe aclarar que dentro de los 762 municipios se incluye Medellín, Cali, Bogotá y 46 de Antioquia. Hasta el momento, se han hallado 6.941.436 parejas predio-folio que se denominan “interrelacionadas”, equivalente, en promedio nacional, al 64% para Catastro sobre la cantidad de predios trabajados existentes en sus bases de datos y al 64% para Registro, según los folios de matrícula trabajados existentes en sus bases de datos. El siguiente mapa muestra el avance del proceso de interrelación a nivel municipal logrado
2. Aplicativo IPER - Interrelación Permanente. Es la herramienta tecnológica con la cual se genera el intercambio de información inmobiliaria oficial y la actualización de las bases de datos de catastro y de registro en tiempo real, transmitiendo en línea la información entre las entidades durante sus operaciones normales. Con esta aplicativo se lleva a cabo la interrelación permanente, la cual permite depurar la información capturada en la fase inicial dando lugar a la generación de nuevas interrelaciones. Un insumo básico del funcionamiento pleno y óptimo del IPER es el certificado plano predial catastral a emitir por las autoridades catastrales y que describirá en forma gráfica el inmueble debidamente georreferenciado, señalando claramente datos básicos catastrales y registrales como números predial y de folio de matrícula inmobiliaria, dirección, área, entre otros. COMPONENTE INSTITUCIONAL. El proceso ICARE ha generado, tanto para Catastro como para Registro, una radiografía sobre la forma como se han incorporado la información en las bases de datos. Además de sistematizar la información, se establece cómo se encuentran incorporados los datos, su organización dentro del sistema, correcta o incorrecta digitación y la facilidad para consulta e intercambio de datos puntuales con otras entidades gubernamentales, se detectan las
falenciass en los sistemas a este nivel, nivel lo que permite adoptar acciones correctivas eficaces para fortalecer su contenido y organización. organización • Catast y Registro. En Incorporación de datos producto de la interrelación en las bases de Catastro la medida en que se ha ejecutado el ICARE, se han devuelto al Catastro y al Registro los resultados municipio por municipio, para corregir sus bases de datos con información producto de la interrelación; interrelación proceso al que se ha llamado “difusión”.. De esta forma se puede corregir la estructura de los números prediales y los números de los folios de matrícula inmobiliaria, conforme a los parámetros establecidos por el ente de origen o incorporarlos si hacían falta en los folios o en las fichas prediales. Hasta diciembre de 2010 se han difundido 626 municipios, con los siguientes resultados: • Actualizaciones catastrales. Bajo la supervisión de la Subdirección de Catastro, se llevaron a cabo contactos directos con las Direcciones Territoriales para entrar a participar en los procesos de actualización y conservación catastral, a través de visitas tendientes a presentar el Proyecto y a capacitar a los grupos de trabajo en el manejo de los productos. A la vez se propende por el fortalecimiento del diálogo con los Registradores de Instrumentos Públicos y el acceso a las Oficinas de Registro para la correcta captura y estructuración de la información informaci inmobiliaria. Estos encuentros han permitido crear espacios de diálogo entre las dos Entidades en el nivel territorial. Se han venido entregandondo a las Direcciones Territoriales visitadas, los listados de los predios y folios que no encontraron su correspondiente pareja,, con la indicación de situaciones especiales de cada uno que ameritan obtener mayor información. Para el manejo de estos listados el proyecto les generó guías de manejo; también ha mostrado la opción de elaborar los mapas donde queden en señalados los predios que lograron obtener su folio de matrícula y los que no, como ayuda visual al personal de catastro. catastro. Adicionalmente se ha propuesto la utilización de unaa marca de alerta adosada a las fichas prediales, que sirva para el seguimiento y control de los predios en catastro que no encontraron su folio. Con on esta marca se busca llamar la especial atención de quienes manejan la información catastral en la recopilación de la información jurídica. • Montaje y realización en varios municipios del del territorio nacional de un plan para conciliar el Registro Se desarrolló un dato de áreas de terreno existente en las bases de Catastro y de Registro.
Plan Piloto para diagnosticar el tema de la disparidad en la información de las áreas de terreno de los predios, con el propósito de ajustar y adoptar una metodología a aplicarse en el país para la consolidación de las áreas catastrales y registrales. Esta propuesta surge cuando se comenzó a advertir la disparidad de información de áreas en las bases de datos de catastro y registro y es cuando comienza la labor de captura, por municipios de estas áreas y proceder a su comparación, arrojando informes estadísticos atinentes al número de predios frente a los que se puede lograr esta comparación y porcentaje de variabilidad del dato. • Para las entidades públicas participantes, para los propietarios y actores del mercado inmobiliario nacional, esta problemática resulta compleja y se encuentra generando dificultades para su manejo por parte de actores como jueces, curadores, oficinas de planeación, entre otros, por lo que al abordar el tema se busca obtener resultados que ameriten replicar las acciones previstas a nivel nacional en beneficio de la confiabilidad de información y seguridad en las transacciones inmobiliarias. • El Proyecto de Interrelación Catastro Registro como herramienta de ayuda a otras entidades y actividades de interés nacional. El Ministerio del Interior y de Justicia priorizó municipios con problemas de población desplazada, para realizar un estudio de carácter territorial con las Gobernaciones. El Proyecto entra como herramienta de ayuda en la solución de esta problemática inmobiliaria a través del ICARE, siempre que las bases de datos registrales se encuentren sistematizadas a nivel tecnológico, posibilitando el procesamiento de datos. Esta actividad permitirá a las autoridades llamadas a proteger los bienes inmuebles de estas personas, encontrar más fácilmente (respecto de predios y/o folios cuya interrelación haya sido exitosa), la ficha predial y el correspondiente folio de matrícula inmobiliaria y con ellos, la descripción física y la historia jurídica, evitando el desgaste de tiempo valioso en una búsqueda manual y permitiendo invertirlo, en el análisis de la problemática y en la búsqueda e implementación de soluciones. • El proceso de interrelación permanente IPER permitirá a las entidades adoptar el número único de identificación predial automáticamente a cada pareja predio – folio de matrícula, atando los servicios de catastro y registro en función del reconocimiento físico jurídico del inmueble, para todas las transacciones que versen sobre él. La adopción del número único de identificación predial que asignará el sistema IPER automáticamente a cada pareja predio – folio de matrícula una vez entre en operación la interrelación permanente IPER, atará los servi- cios de catastro y registro en función del reconocimiento físico jurídico del inmueble, para todos los actos o contratos que versen sobre él. La utilización del certificado plano predial catastral en todas las actuaciones públicas y privadas que se realicen sobre inmuebles, dará certeza a los usuarios y al registro inmobiliario de la existencia real, física, del inmueble al presentarlo debidamente goerreferenciado, así como de su forma y dimensiones. Al mismo tiempo este documento presentará sus datos básicos frente al catastro y el registro como son el número predial, el número de matrícula inmobiliaria, el área de terreno, su dirección.
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