Reglamento F-Gas - LENNOX EMEA
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Reglamento F-Gas "PHASE-DOWN" NUEVA INSTALACIÓN Reducción de los Prohibición de GWP ≥ 2500 hidrofluorocarbonos (HFC) para 2020 (según aplicaciones) (un 79% para 2030) F-Gas UE n° 517/2014 PROCEDIMIENTOS INSTALACIÓN Y Formación y certificación MANTENIMIENTO Registros - Etiquetado Medidas de contención: control de la estanqueidad, fugas www.lennoxemea.com
Reglamento F-Gas - UE n° 517/2014 Contexto Los refrigerantes fluorados (CFC) y los hidroclorofluorocarbonos (HCFC) utilizados en los sistemas de producción de frío se consideran hoy en día como potentes gases de efecto invernadero. Para luchar contra el cambio climático y el calentamiento global, la Comisión Europea ha adoptado una hoja de ruta para reducir las emisiones globales para 2050. Esta Directiva, que se relaciona con el reglamento UE n° 517/2014 denominado F-Gas: • Establece normas sobre contención, uso, recuperación y destrucción de gases fluorados de efecto invernadero, así como sobre las medidas de acompañamiento conexas. • Define las condiciones a la comercialización de productos y aparatos específicos que contengan gases fluorados de efecto invernadero. • Impone condiciones a usos específicos de los gases fluorados de efecto invernadero. • Fija límites cuantitativos (cuotas) para la comercialización de hidrofluorocarbonos. Este decreto afecta a todas las empresas que instalan, mantienen y venden equipos que contienen refrigerantes, así como aquellos que los manejan o distribuyen. Prevención y restricciones Prevención de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero Todos los equipos deben estar diseñados para evitar la liberación accidental de gases de efecto invernadero. Las medidas técnicas se toman corriente arriba para minimizar estas filtraciones. Los equipos dotados de un sistema de protección contra fugas deben permitir alertar al operador o a una empresa que ofrezca mantenimiento en caso de fugas (consulte el Reglamento (UE) nº 517/2014, que establece las normas detalladas para las pruebas de estanqueidad) La recomendación de F-Gas para fluidos fluorados requiere: • Controles frecuentes • Cualificaciones de las empresas, de las partes interesadas. Calendario de comercialización (expresado en CO2 equivalente) 100% Las cuotas «Phase Down» para una reducción gradual 100% 93% Este calendario programa una reducción gradual de los fluidos 80% disponibles en el mercado desde 2015 a 2030. Las cantidades de HFC se reducirán al 21% para 2030. 63% 60% Esta restricción requerirá medidas tales como la comprobación 45% regular de fugas, la certificación y la capacitación de los operadores. 40% 31% 24% 21% 20% 0% 2015 2016 2018 2021 2024 2027 2030 2017 2020 2023 2026 2029 Restricciones en el uso de nuevo equipo El nuevo equipo está sujeto a restricciones de aplicación y los fluidos HFC a las cuotas de disponibilidad. Todos los fluidos HFC en el mercado se clasifican de acuerdo con un Potencial de Calentamiento Global (PCG) o Global Warming Potential (GWP). Los productos de refrigeración y aire acondicionado que comercializamos se ven afectados por las siguientes fechas: (Propano) R404A R450A R449A R407A R448A 1234ze R407C R454C R507A R455A R452A R407F 1234yf R410A R513A Fluidos R134a (NH3) R152a (CO2) R290 R744 R717 R32 2 500 1 500 150 GWP 3985 3922 2141 2107 2088 1825 1774 1430 1397 1273 675 631 600 148 145 124 6 4 3 1 0 Autorización antes de antes/después de 2022 antes/después de 2022 antes/después de 2020 para su uso 2020 (fecha de revisión del reglamento F-Gas) (fecha de revisión del reglamento F-Gas) Deslizamiento de temperatura (K) a 40°C 0 0.3 3 4.5 0.1 4.5 5.1 0 4.5 4.8 0 0 0.6 6 11.4 0 0 0 0 0 0 (condiciones Eurovent) Utilizado habitualmente X X X X X X X X X X X X X X X X X en refrigeración positiva Utilizado habitualmente X X X X X X X X X X X X en refrigeración negativa
Reglamento F-Gas - UE n° 517/2014 INSTALACIÓN NUEVA INSTALACIÓN EXISTENTE APLICACIÓN COMERCIAL APLICACIÓN NO COMERCIAL «Almacenamiento, presentación o distribución «Almacenamiento de productos de productos para comercio minorista y restauración, no destinados a la venta a usuarios finales para venta a usuarios finales» y procesadores» Ejemplos: restaurantes y supermercados Ejemplos: centro de datos, almacenamiento agrícola 4 1 2 6 < 40Teq CO2 * ≥ 40Teq CO2 * INDEPENDIENTE SISTEMA CENTRALIZADO SISTEMA Ejemplos * 40Teq CO2 = 10kg R404A * 40Teq CO2 = 10kg R404A Herméticamente MULTIPACK MONO-COMPRESOR de productos sellado y cargado (2 o más compresores) afectados: Ejemplos de productos MONO y Ejemplos Ejemplos de productos afectados: afectados: MULTIHAVANE de productos DUO CU - MULTIHAVANE - MOPSH MINI - MAXI 3C-A afectados: MR - TA - 3C-A VANGUARD GTA - NK EUROMON R404A Remodelación MR - TA - 3C-A regenerado Nueva Reconversión o reciclado instalación 6 3 5 ≥ 40 kW* < 40 kW* * LT -35°C/32°C MT -10°C / 32°C 7 Circuito primario de la cascada. Etiquetado de refrigerante específico Refrigerante Refrigerante primario secundario GWP GWP GWP GWP GWP GWP GWP GWP GWP GWP < 2500 < 150 < 2500 < 2500 < 150 < 1500 < 150 < 2500 < 2500 < 2500 2020 2022 2020 2020 2022 2022 2022 2020 2020 Sin 2020 Nueva 2020 restricción instalación 2 3 de acuerdo a : Directiva F GAS (UE) N°517/2014 - Anexo 1 1 Frigoríficos y congeladores para uso comercial (aparatos sellados herméticamente) 1 2 Aparatos fijos de refrigeración que contengan HFC, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un PCA igual o superior a 2 500, excepto los aparatos diseñados para aplicaciones destinadas a refrigerar productos a temperaturas inferiores a – 50 °C 3 Centrales frigoríficas multicompresor compactas, para uso comercial, con una capacidad valorada igual o superior a 40 kW, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un PCA igual o superior a 150, excepto en los circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada, en que pueden emplearse gases fluorados de efecto invernadero con un PCA inferior a 1 500 4 de acuerdo a : Directiva F GAS (UE) N°517/2014, Articulo 13 §31 5 6 7 de acuerdo a : C (2017) 5230 Final 4.08.2017 + Anexos 1 y 2 5 En caso de que dos circuitos de refrigeración completamente independientes aporten MT y LT por separado uno de otro en sistemas de expansión directa, la prohibición solo será aplicable a cualquiera de los circuitos independientes si por sí solo sobrepasa el umbral de capacidad. Si uno de los circuitos de refrigeración puede aportar capacidad de tanto MT como LT a la vez, la suma de las capacidades es pertinente para calcular la capacidad del sistema. En caso contrario, se utiliza la mayor de las dos capacidades para determinar si se supera el umbral de 40 kW. Respecto a los dispositivos multifuncionales, solo se tienen en cuenta las capacidades de refrigeración y no las capacidades de acondicionamiento de aire o de calefacción. 6 Se entiende por central o sistema centralizado el sistema de refrigeración en que la capacidad de refrigeración para el conjunto de la tienda se produce de forma centralizada en una sola ubicación, a menudo en una sala de máquinas aparte. La mayoría de los sistemas de refrigeración que están actualmente instalados en los grandes supermercados e hipermercados son de las denominadas «centrales frigoríficas multicompresor compactas». Actualmente se utilizan también con frecuencia otras formas, más descentralizadas, de proporcionar refrigeración, sobre todo en los supermercados más pequeños y tiendas de barrio. Entre ellas cabe destacar el uso de varias unidades independientes y/o unidades de condensación distribuidas, y ninguno de estos dos tipos se verá afectado por el requisito para 2022. Las unidades de condensación pueden verse afectadas si se incluyen en la definición de centrales frigoríficas multicompresor compactas de conformidad con el artículo 2, punto 37, del Reglamento (UE) n.º 517/2014, por ejemplo en caso de que tengan dos o más compresores que funcionen en paralelo, y si proporcionan más de 40 kW de potencia de refrigeración. 7 La definición exige que el circuito de MT esté dividido en un circuito primario y uno secundario. Por otra parte, no queda incluida en la definición una cascada simple con R134a en el circuito primario que atienda también a los requisitos de refrigeración a MT en expansión directa (sistema DX) y que absorba el calor de un circuito de CO2 a LT.. Es importante señalar que el requisito para 2022 no permite una cascada simple con, por ejemplo, HFC R134a (potencial de calentamiento atmosférico 1 430 veces superior al del CO2) en el circuito primario que atienda también al conjunto de requisitos de refrigeración de temperatura media absorbiendo a la vez el calor procedente de un circuito de CO2 para la temperatura baja. El requisito exige, en cambio, que el propio circuito de temperatura media se divida en dos circuitos, de los que solo el circuito primario podría usar HFC < 1 500, tales como el R134a.
Reglamento F-Gas - UE n° 517/2014 Grupo de seguridad: Relación entre la inflamabilidad/toxicidad de los fluidos y el GWP El reglamento F-Gas destaca la reducción de fluidos de alto potencial de calentamiento global, y nos sirve de guía sobre los fluidos inflamables o a alta presión (CO2). En el futuro será necesario prepararse para usar fluidos inflamables o tóxicos con un bajo GWP. Distinguimos cuatro grupos de inflamabilidad de los fluidos y dos grupos de toxicidad: Moderadamente Muy A prueba de fuego Inflamables inflamables inflamables Baja toxicidad A1 A2L* A2 A3 Toxicidad elevada B1 B2L B2 B3 (Propano) R404A R450A R449A R407A R448A 1234ze R407C R454C R507A R455A R452A Fluidos R407F 1234yf R410A R513A R134a (NH3) R152a (CO2) R290 R744 R717 R32 GWP 3985 3922 2141 2107 2088 1825 1774 1430 1397 1273 675 631 600 148 145 124 6 4 3 1 0 Tipo de seguridad A1 A1 A1 A1 A1 A1 A1 A1 A1 A1 A2L* A1 A1 A2L* A2L A2 A2L* A2L* A3 A1 B2 * Los sindicatos de la profesión trabajan con los diferentes ministerios para que la última actualización de la norma (EN 378-2016) que se ocupa de la seguridad de los sistemas de refrigeración y de la integración de los fluidos A2L sea tenida en cuenta en la normativa que rige los establecimientos que reciben público. Nuestro compromiso Anticipamos los cambios tecnológicos que serán necesarios para que nuestros productos cumplan con la normativa F-Gas: ¡R744 (CO2), una alternativa natural al HFC! • El fluido natural R744 tiene un impacto mínimo en el calentamiento del planeta (GWP = 1), • El fluido natural R744 es ininflamable, • El fluido natural R744 es no tóxico (aunque presenta un riesgo de anoxia). A pesar el elevado nivel técnico que requiere este fluido natural, sus ventajas hacen que sea cada vez más utilizado. Nuestros evaporadores Disponibilidad de los fluidos a día Tipo de instalación Nombre del producto Potencias R404A Potencias R744 (CO2) de hoy MR 0,6 > 2,6 kW 0,6 > 2,6 kW HFC y mezclas HFO* Techo MH 1,5 > 7,7 kW 0,2 > 7,3 kW HFC y mezclas HFO* TA 2 > 22 kW 2,1 > 13,3 kW HFC y mezclas HFO* Doble vía GTI/GTA 12,5 > 125 kW 20 > 98,4 kW HFC y mezclas HFO* 3C-A 1 > 35 kW 1,3 > 30,5 kW HFC y mezclas HFO* Cúbico NK 7 > 130 kW 8,6 > 155,2 kW HFC y mezclas HFO* * R507A - R407A - R410A - R407F - R407C - R449A - R448A - R450A - R717 - R744 - R134a - Disponibles durante 2017: R452A - R513A - R450A Refrigerant Tool Para entender el impacto del deslizamiento de temperatura en la selección del evaporador. LENNOX EMEA se reserva el derecho de aportar cualquier modificación sin aviso previo - Foto no contractuales F-GAS-1711 (ES)
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