SINDICATO MEDICO PROFESIONAL DE ASTURIAS (S.I.M.P.A.)

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SINDICATO MEDICO PROFESIONAL DE ASTURIAS (S.I.M.P.A.)
             MIEMBRO DE LA CONFEDERACIÓN ESTATAL DE SINDICATOS MEDICOS (C.E.S.M.)
        Ingeniero Marquina, 3-1º izq., 33004. OVIEDO. Telf. 985 25 33 62. 985 24 26 38. Fax: 985 25 35 88.
                                     E.mail: info@simpa.es. www.simpa.es

              INFORME ESPECIAL: TUTORIAL DE INSCRIPCIÓN EN BOLSA 2020

                          PARA FACULTATIVOS INTERNOS RESIDENTES

       Buenos días a tod@s.

       Tras la difícil pero exitosa batalla que desarrolló la CESM para evitar la prórroga de la
residencia, finalmente la Orden Ministerial SND/346/2020 establece que se llevarán a cabo
las evaluaciones anuales y finales, y establece como fecha final el 28 de Mayo. Reeditamos
el tutorial sobre inscripción provisional antes de finalizar la residencia en bolsas de
demandantes del SESPA. Cualquier información adicional que necesitéis, poneos en
contacto con nosotros, bien por teléfono en horario de oficina 985 253 362 o por correo a
info@simpa.es.

      ¿Cuándo se pueden inscribir los residentes? Pueden solicitar su inclusión en bolsa
desde un mes antes de finalizar su residencia. En la situación actual, desde el 28 de abril.

        ¿Dónde tienen que presentar la documentación? En situación habitual, deberían
presentarla por registro ante la Gerencia de su Área (en realidad, vale cualquier Área). De forma
extraordinaria, y debido a las limitaciones actuales por el cierre de los registros auxiliares en las
Áreas, la Dirección de Profesionales del SESPA ha habilitado un correo para recepcionar las
solicitudes: personal.estatutario@sespa.es. Si como es de esperar a lo largo de Mayo volviesen a
estar operativos los registros, el SESPA podría requerirte para que presentaes la documentación
original a través de ellos.

       ¿Qué documentación deben presentar? Hay dos tipos de documentos que debes
presentar:
       1) Los que te permiten entrar en un listado provisional, antes de disponer de la
           acreditación oficial de finalización de residencia. Son los habituales para inscripción en
           bolsa (DNI, Titulación, Solicitud de demanda de empleo, certificación de inexistencia de
           delitos sexuales, documentación del Apartado I) a la Gerencia de su Área (en realidad,
           vale cualquier Área) junto con un escrito que simplemente informe de su condición
           de Residente y que desea ser incluido en el Listado de demandantes de forma
           inmediata a la finalización de su residencia.(se adjunta modelo)
       2) Cuando te den el resguardo de finalización del MIR (suele ser el mismo día o al
           siguiente), remitir copia al correo anterior (o, en su caso, por registro a la Gerencia en
           que entregaste el resto de documentación), y ya está.
       Más       información     del      procedimiento      en https://www.astursalud.es/en/noticias/-
       /noticias/inscripcion-en-bolsa-de-contratacion-temporal

       ¿Cuando se me incluye en el registro provisional, y para qué sirve? Desde que
presentes tu solicitud hasta tu inscripción definitiva en bolsa (que tiene lugar el 16 del mes
siguiente) estarás en un listado provisional en el que si hay que dar contratos cortos de forma
inmediata por bolsa vacía se te ofrecerán por calificación del Apartado I, no por edad como era
hasta ahora.

        ¿Cuando se me incluye en la bolsa definitivamente? Las solicitudes de inclusión
recibidas a lo largo de un mes cursan efecto a partir del 16 del mes siguiente. Lo lógico es que os
incluyan para el 16 de junio, pero dada la fecha fijada por el Ministerio, los que finalizáis el 28 de
Mayo, va a ser difícil que el certificado de finalización lo presentéis el 29. Puestos en contacto con
el SESPA informan que acelerarán todos los trámites, y en todo caso, garantizan que no se
actualizará bolsa hasta que no podáis ser incluidos de pleno derecho.
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        ¿Cómo actualizo méritos en la bolsa definitiva? Los méritos, una vez inscrito, lo haces a
través de la aplicación ambepe, https://ambepe.sespa.es/. Los introduces a medida que dispones
de ellos, y luego envías (puedes agrupar el envío, así es más fácil) los certificados por registro. Los
méritos del Capítulo I se actualiza mes a mes, los de los demás apartados cuando tiene lugar la
actualización. Este año, dada la situación extraordinaria vivida, se espera una actualización
extraordinaria en el último trimestre.

       Información adicional:¿Se conoce algo sobre el tipo de nombramiento a ofertar en
2020? Se sabe que dada la especial situación que se vive, y la necesidad de contar con todo el
personal facultativo posible, como mínimo todos los contratos ofrecidos serán de eventual hasta 31
de Diciembre, en Atención Primaria como Médico de Área y en Especializada como Eventual
estándar, eliminado al figura de eventual para guardias médicas (los actuales nombramiento para
guardias mejorarán empleo según Pacto). Existe en curso un proyecto para ofrecer contratos
plurianuales, pero no parece que pueda concretarse este año.

        ANEXOS: Documentación necesaria junto con DNI y titulación de grado/licenciatura para
incluirse en la bolsa
        Se adjunta:
        1) Modelo de escrito para informar de tu condición de residente y que desea sea tomada
            en cuenta tu solicitud de inclusión en el Listado de demandantes de forma inmediata a la
            finalización de su residencia, para lo que aportarás acreditación en el momento que se
            produzca.
        2) Solicitud de demanda de empleo (“Anexo I”, también se puede bajar de Astursalud
            aquí),
                a. Puedes señalar una o más Áreas, o todas. Si no marcas alguna, no se te
                    llamará apra nombramiento en ese Área, excepto fuerza mayor.
                b. El Registro de Alta Disponibilidad (RAD) aún no está operativo, se suspendió su
                    inicio con el estado de alarma. Si te incluyes, pueden llamarte para contratos
                    urgentes de cualquier Área, y puntúas por estar en el registro, Dado que si
                    rechazas oferta, sólo pierdes la puntuación que te correspondía por ello, nuestro
                    consejo es apuntarse, .
        3) Certificación de inexistencia de delitos sexuales (igualmente en Astursalud aquí)
        4) Los ítems del Capítulo I del baremo para facultativos los podéis consultar en el Pacto de
            contrataciones: os adjuntamos un pdf con los de FEAs (Anexo I del Pacto), Médico de
            Familia (Anexo II), Pediatra de Atención primaria (Anexo III), Medico de Urgencia
            Hospitalaria y SAMU (Anexo IV), Odontólogo (Anexo V) y Farmacéutico de Atención
            Primaria (Anexo VI).
A LA GERENCIA DEL ÁREA SANITARIA _____ (HOSPITAL____) SESPA

D./Dña._____________________________________, Médico Interno Residente de último
año de ______________, con DNI___________ y domicilio para notificaciones
___________________________________, teléfono________ email____________

      De acuerdo al artículo 17E-3 del vigente Pacto de Contratación de Personal Temporal
del SESPA, modificado por la Resolución de 26 de noviembre de 2018, del Director Gerente
del Servicio de Salud del Principado de ASturias.(BOE del 3 de Diciembre),

SOLICITO QUE:

       Encontrándome en el mes previo a la finalización de mi formación médica
especializada, desearía mi inclusión como demandante de empleo ante el SESPA en la
categoría de _____________*. La inclusión deseo sea tenida en cuenta de forma inmediata a
la finalización de la residencia, de forma que sea incluido en ese momento con carácter
provisional en los listados que se generen y sean baremados mis méritos, a efectos de mi
llamamiento en el caso de agotamiento de los listados de demandantes ya inscritos, entre tal
fecha de finalización de la formación y la inclusión efectiva en bolsa el día 16 del mes
siguiente en los plazos estipulados en el Pacto.

       Para ello aporto la documentación requerida:

       -Anexo I (demanda de empleo)

       -Titulación en Medicina (licenciatura o Grado)

       -Certificado de inexistencia o autorización para comprobar inexistencia de delito sexual

       -Fotocopia del DNI

      -Documentos acreditativos de méritos correspondientes a Formación (capítulo I del
Pacto)

       Es previsión que mi periodo de residencia finalice el día _____ y remitiré a la mayor
brevedad tras ese momento acreditación suficiente, con el fin de que mi demanda surta efecto
en los plazos normativamente previstos.

En _________ a ___ de_____ de 2.020

Fdo:

*Si son varias, conviene hacer un modelo de solicitud y una demanda para cada una, el resto
de méritos (Capítulo I, certificado de inexistencia delictiva) no es necesario duplicarlos.
ANEXOI
                                         DEMANDA DE EMPLEO
                de Personal Estatutario ante el Servicio de Salud del Principado de Asturias

CATEGORÍA

DATOS PERSONALES

APELLIDOS                                                                                  NOMBRE                                                N. I. F.

D O M I C I L I O: (c a l l e , p l a z a)                               N º.       PISO        LETRA             LOCALIDAD - PROVINCIA             CÓD. POSTAL

DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO

    FECHA DE NACIMIENTO                       NACIONALIDAD                       TELÉFONO 1º.                        TELÉFONO 2º.              TELÉFONO 3º.

     DOY MI CONSENTIMIENTO para el tratamiento de los datos personales que me conciernen a efectos de la bolsa de empleo del Servicio de Salud del
Principado de Asturias y en relación con los procesos que se derivan de la inscripción en la misma, referidos a la suscripción de nombramientos temporales y
abono de las retribuciones correspondientes.

Este cosentimiento es obligatorio para proceder a la inscripción en la bolsa de empleo

SOLICITA
                                                                                                                        Preferencia   Área      Localidad
                                                                                                                            1ª
             ALTA como demandante de empleo de personal estatutario ante el SESPA
                                                                                                                            2ª
             ALTA en el registro de “alta disponibilidad”
                                                                                                                            3ª
             ALTA en Promoción Interna Temporal                                                                             4ª
             CAMBIO de Área/s                                                                                               5ª
             Área Sanitaria PRINCIPAL donde figura asignado/a actualmente........                                           6ª
             ASIGNACIÓN DE ÁREAS por el siguiente orden de preferencia........................................              7ª
                                                                                                                            8ª
CONDICIONES

                           ¿Acepta nombramientos a tiempo parcial?....................     SÍ................   NO

DOCUMENTACIÓN QUE ADJUNTA
   1
   2
   3
   4
   5

    DOY MI CONSENTIMIENTO para la consulta y verificación de mis datos de identidad (DNI/NIE/TIE/Certificado Comunitario–UE) y, adicionalmente, de
aquellos otros datos que ya obren en poder de la Administración Pública, cuando su verificación sea necesaria para la correcta resolución de este
procedimiento (consulta de datos de titulaciones universitarias al Ministerio competente en materia de Educación).

         El / la firmante DECLARA que son ciertos los datos consignados en esta demanda de empleo y que no padece
enfermedad ni está afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las
correspondientes funciones, y que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las
Administraciones Públicas ni se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas, no ostenta plaza en propiedad,
ni se encuentra en excedencia voluntaria en el Sistema Nacional de Salud en la misma categoría en la que demanda empleo.

                                               En                  ,a              de                     de 20
                                                                                (firma)

SR. DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.- Oviedo
                                                                                                                                             VER DORSO

[V.04072019]
Artº. 6 del PACTO SOBRE CONTRATACION DE PERSONAL TEMPORAL DEL SESPA.
     REQUISITOS
                             Portal https://www.astursalud.es/ profesionales / recursos humanos / contratación temporal.
                                DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR JUNTO A LA DEMANDA DE EMPLEO

TODAS LAS CATEGORÍAS
      DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD.
      TITULO EXIGIDO o RESGUARDO DE SOLICITUD.
      Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o consentimiento para consultar la inexistencia de antecedentes penales por motivos sexuales

PERSONAL FACULTATIVO DE ATENCIÓN PRIMARIA
      MÉDICOS DE FAMILIA - (POST-95)
          TITULO de LICENCIADO/A – GRADO EN MEDICINA Y CIRUGIA.
          TITULO de MEDICO/A ESPECIALISTA EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA.
      MÉDICOS DE FAMILIA - (PRE-95)
          TITULO de LICENCIADO/A EN MEDICINA Y CIRUGIA.
          TITULO, CERTIFICADO o DIPLOMA ACREDITATIVO de estar HABILITADO/A para desempeñar las funciones de MEDICO/A DE MEDICINA GENERAL EN EL SISTEMA
            NACIONAL DE SALUD ESPAÑOL, (Real Decreto 853/1993 de 4 de junio y Directiva 93/16/CEE de 5 de abril).
      FACULTATIVOS DE EMERGENCIAS – SAMU – MÉDICOS DE URGENCIA HOSPITALARIA - (POST-95)
          TITULO de LICENCIADO/A – GRADO EN MEDICINA Y CIRUGIA.
          TITULO de MEDICO/A ESPECIALISTA en: MEDICINA INTENSIVA - ANESTESIOLOGIA y REANIMACION - MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA - MEDICINA INTERNA.
      FACULTATIVOS EMERGENCIAS (SAMU) – MÉDICOS DE URGENCIA HOSPITALARIA
          TITULO de LICENCIADO/A EN MEDICINA Y CIRUGIA.
          TITULO, CERTIFICADO o DIPLOMA ACREDITATIVO de estar HABILITADO/A para desempeñar las funciones de MEDICO/A DE MEDICINA GENERAL EN EL SISTEMA
            NACIONAL DE SALUD ESPAÑOL, (Real Decreto 853/1993 de 4 de junio y Directiva 93/16/CEE de 5 de abril).
          TITULO de MEDICO/A ESPECIALISTA en: MEDICINA INTENSIVA - ANESTESIOLOGIA y REANIMACION - MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA - MEDICINA INTERNA
      FACULTATIVOS ESPECIALISTAS DE ÁREA (FEA)
          TITULO de LICENCIADO/A – GRADO EN MEDICINA Y CIRUGIA.
          TITULO de MEDICO/A ESPECIALISTA en la especialidad en la que se inscribe.
      FARMACÉUTICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA
          TITULO de LICENCIADO/A – GRADO EN FARMACIA.
      ODONTOLOGOS-ESTOMATOLOGOS
          TITULO de LICENCIADO/A – GRADO en ODONTOLOGIA o MEDICO/A ESPECIALISTA EN ESTOMATOLOGIA.
      PEDIATRAS
          Título de MEDICO/A ESPECIALISTA EN PEDIATRIA y SUS AREAS ESPECIFICAS.
       ASIMISMO PODRAN PRESENTAR LOS MÉRITOS CONTEMPLADOS EN EL APARTADO 1º DE LOS RESPECTIVOS BAREMOS
             •   CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL
                      * Notas * Máster * Cursos de Doctorado * Grado de Doctor
             •   OTROS TITULOS DE MEDICO ESPECIALISTA (MIR).
             •   TITULO DE MEDICO ESPECIALISTA EN CIRUGIA MAXILOFACIAL (MIR). ODONTOLOGOS-ESTOMATOLOGOS.
             •   CERTIFICADO: MEDICINA URGENCIAS Y EMERGENCIAS otorgado por el SEMES. FACULTATIVOS EMERGENCIAS (SAMU).

PERSONAL SANITARIO NO FACULTATIVO
      SÓLO ENFERMERO/A- EMERGENCIAS-SAMU: de haber realizado alguno de los postgrados o cursos específicos siguientes:
       *Curso de RCP avanzado del adulto *Curso de RCP pediátrico *Curso de SVTA (soporte vital avanzado en trauma) *Curso de instructor en SVA
       *Curso de instructor en SVAT * Postgrado en Medicina de Urgencias de más de 500 horas.
      ENFERMERO/A-– ENFERMERO/A- EMERGENCIAS (SAMU) – FISIOTERAPEUTAS - MATRONAS - TERAPEUTAS – LOGOPEDAS
       ASIMISMO PODRAN PRESENTAR LOS MÉRITOS CONTEMPLADOS EN EL APARTADO 1º DE LOS RESPECTIVOS BAREMOS
        • CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL
                   * notas * premio fin de carrera * título o diploma de Especialidad en Enfermería en las especialidades previstas en el R.D. 639/2014. * Máster * Cursos de
          Doctorado * Grado de Doctor
        • CERTIFICADO: ENFERMERIA URGENCIAS Y EMERGENCIAS otorgado por el SEMES. ENFERMERO/A-ATS/DUE DE EMERGENCIAS (SAMU)
  TÉCNICOS ESPECIALISTAS y TÉCNICOS EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA
        • CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL
            * Notas

PERSONAL NO SANITARIO
      ASIMISMO PODRAN PRESENTAR LOS MERITOS CONTEMPLADOS EN EL APARTADO 1º DE LOS RESPECTIVOS BAREMOS
           GRUPOS – A y B
             • CERTIFICACION ACADEMICA PERSONAL:
                 * Notas * Máster * Cursos de Doctorado * Grado de Doctor
           GRUPOS – C, D y E
             • CERTIFICACION ACADEMICA PERSONAL:
                 * Notas (sólo se valorarán si se requiere titulación específica para la inscripción como demandante de empleo ante el SESPA)
             • Titulación específica de la categoría.

                                                                                       ---------------

                                                                              AREAS SANITARIAS DE ASTURIAS
       AREA I - JARRIO                       AREA II - CANGAS DEL NARCEA                                  AREA III - AVILES                         AREA IV - OVIEDO
       AREA V - GIJON                        AREA VI - ARRIONDAS                                          AREA VII - MIERES                         AREA VIII - LANGREO

                                                                                                            INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA
                                                                            Capítulo I

                                                                                 del

                                                                               ANEXO I
                      BAREMO DE
                              E MERITOS PA
                                         ARA PESONAL
                                                   L FACULTATIVO
                                                               O SANITARIO DE ATENCION
                                                                                     N HOSPITALAR
                                                                                                RIA

1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignatura calificada con matrícula dee honor                                                                    4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                        3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                               1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,             0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

1-A
  A-3- CURSOS DE
              D DOCTORAD
                       DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto:                                                                          0,75 puntos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                                 1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A.5.- OTRAS TIT
                TULACIONES
            Licenciatura/Diplomaturra/Grado en el ám
                                                   mbito de Ciencias de la Salud, no calificados
                                                                                     c           en los apartados previoos                  0,75 punttos

  A.6.‐ OTROS TITULLOS
1‐A

            Master Universitario Títuulo propio en el ámbito
                                                        á      de Cienciaas de la Salud                                                     0,50 punttos
            Especiaalista Universitariio en el ámbito dee Ciencias de la Salud
                                                                         S                                                                  0,30 punttos
            Expertoo Universitario enn el ámbito de Cieencias de la Saludd                                                                  0,20 punttos

            La puntuación máxima dee este apartado 1‐A‐6 será de 1 punto por año, para lo que se tendrá en consid
                                                                                                                deración la fechaa de obtención del
                                                                                                                                                d título
acreeditativo y un mááximo absoluto de 4 puntos.

          La puntuaación máxima absoluta del aparttado 1‐A) será de
                                                                  e 10 puntos.

 (Moodificado por Resolución de la Dirección Gerencia de
                                                       el SESPA de 28-1
                                                                      10-2016)
(Moodificado por Reso
                    olución de la Direccción Gerencia de
                                                       el SESPA de 20-12
                                                                       2-2016)
(Moodificado por Reso
                    olución de la Direccción Gerencia de
                                                       el SESPA de 02-10-2017)
(Moodificado por Reso
                    olución de la Direccción Gerencia de
                                                       el SESPA de 26-11-2018)

1-B
  B.- FORMACION
              N ESPECIALIZA
                          ADA
     1)    Aspiranttes que, para la a obtención del Título de Méd dico Especialistta hayan cumpllido el período completo de fo    ormación como Médico
           Residente del Programa   a MIR en la esp
                                                  pecialidad de qu ue se trate, FIR
                                                                                  R, BIR, QIR, PIR R y RFIR o bienn un período eq quivalente de fo
                                                                                                                                                 ormación
           teórica y practica a tiem
                                   mpo completo enn centro hospitaalario y universiitario, o en esta
                                                                                                   ablecimiento san
                                                                                                                  nitario autorizad
                                                                                                                                  do por las autoriidades y
           organismmos competente   es y bajo su control,
                                                 c        participa
                                                                  ando en la tota alidad de las acctividades y ressponsabilidades  s médicas del Servicio
           donde se imparta la forrmación, incluiddas las guardiass, y habiendo obtenido
                                                                                  o           a cambio la remuneraación apropiada a (de conformiddad todo
           ello, con
                   n la Directiva 2005/36 CE para la formación de e especialistas):
                                                                                                                                             10,00 puntos
     2)    Aspiranttes que para la a obtención del Título de Méd   dico Especialistaa hayan cumplido el período completo de fo  ormación como Médico
           Residente del Programa MIR en otrass especialidadess, o bien un perríodo equivalen    nte de formaciónn teórica y prac
                                                                                                                                ctica a tiempo completo
                                                                                                                                               c
           en centrro hospitalario y universitario, o en establecim
                                                                  miento sanitario autorizado por las autoridadess y organismos competentes y bajo su
           control, participando enn la totalidad de las actividadess y responsabilid
                                                                                    dades médicas del Servicio do
                                                                                                                onde se imparta a la formación, incluidas
           las guarrdias, y habienddo obtenido a cambio
                                                   c        la remunneración apropiiada (de conformidad todo ello
                                                                                                                o, con la Directiiva 2005/36 CEE para la
           formacióón de especialisstas). Por cada especialidad y hasta un máx     ximo de 4 puntoos:
                                                                                                                                             2,00 puntos
     3)    Aspiranttes que para la obtención del Título
                                                  T     de Médico o Especialista hayan
                                                                                 h     cumplido el período com
                                                                                                             mpleto de formación del Progra
                                                                                                                                          ama MIR
           en Escuelas Profesiona ales de otras Esspecialidades y hasta un máxim mo de 1,50 punntos:
                                                                                                                             0,75 puntos
                                                                                                                                       s por especialid
                                                                                                                                                      dad
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 18-06-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 06-10-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)

                                                                                                                                                            24
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA

                                                                          Capítulo I

                                                                                del
                                                                           ANEXO II
                                BAR
                                  REMO DE MERRITOS PARA PEERSONAL FACCULTATIVO DE
                                                                                E ATENCION PRRIMARIA
                               (MED
                                  DICO DE FAMIL
                                              LIA, SERVICIO
                                                          O DE URGENCIA         N PRIMARIA, Y E.S.A.D.)
                                                                      AS ATENCION
1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignattura calificada con matrícula de
                                                                 e honor                                                             4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                 3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                        1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,      0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

1-A
  A-3.- CURSOS DE
               D DOCTORAD
                        DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto:                                                                   0,75 punttos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                          1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A.5.- OTRAS TIT
                TULACIONES
            Licenciiatura/Diplomatu
                                  ura/Grado en ell ámbito de Cien
                                                                ncias de la Salu
                                                                               ud, no calificado
                                                                                               os en los apartad
                                                                                                               dos previos           0,75 punttos

  A.6.‐ OTROS TITULLOS
1‐A

            Masterr Universitario Título
                                  T      propio en el
                                                   e ámbito de Cieencias de la Salud                                                 0,50 punttos
            Especialista Universitaario en el ámbito
                                                   o de Ciencias de la Salud                                                         0,30 punttos
            Experto
                  o Universitario en
                                   e el ámbito de Ciencias de la Salud                                                               0,20 punttos

            La puntuación máxima dee este apartado 1‐A‐6 será de 1 punto por año, para lo que se tendrá en consid
                                                                                                                deración la fechaa de obtención del
                                                                                                                                                d título
acreeditativo y un mááximo absoluto de 4 puntos.

          La puntuaación máxima absoluta del aparttado 1‐A) será de
                                                                  e 10 puntos.

(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 02-10-2017)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 26-11-2018)

1-B
  B.- FORMACION
              N DE ESPECIA
                         ALISTAS EN CIENCIAS DE LA
                                                 A SALUD
     1)    A los de
                  emandante de empleo que, parap    la obtenció
                                                              ón del Título de Médico Espeecialista en Meedicina Familiarr y Comunitariaa, hayan
           cumplido
                  o el período de formación como Médico Intern
                                                             no Residente deel Programa MIR
                                                                                          R en la citada e              e les valorará el periodo
                                                                                                         especialidad, se
           de formación especialiizada como eq quivalente a un
                                                             n ejercicio profe
                                                                             esional como Médico
                                                                                          M         de Fam
                                                                                                         milia de 8 año os, lo que supo one una
           puntuación de:
                                                                                                                                      11,68 puntos
     2)    A los asspirantes que hu ubieran cumplid do el periodo coompleto de form
                                                                                  mación como Médico
                                                                                                M      Residente del programa
                                                                                                                            a MIR, obtenien
                                                                                                                                          ndo otra
           especialidad distinta a la citada en el párrafo
                                                   p       anterior. Por cada espeecialidad y has
                                                                                                sta un máximo de 4 puntos:
                                                                                                                                      2,00 puntos
     3)    Aspiranttes que para la obtención del Título
                                                  T     de Médicoo Especialista hayan
                                                                                h     cumplido
                                                                                             o el periodo com
                                                                                                            mpleto de formación del Progra
                                                                                                                                         ama MIR
           en Escuelas Profesiona ales de otras especialidades, y hasta un máximmo de 1’50 punttos.
                                                                                                                      0,75 punttos por especia
                                                                                                                                             alidad

(Mo
  odificado por Acue
                   erdo de la Comisió ón de Bolsas de 21-02-2008)
                                                      2
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 02-03
                                                                      3-2011)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 23-12
                                                                      2-2011)
(Mo
  odificado por Reso                                  el SESPA de 18-06-2014)
                   olución de la Direccción Gerencia de
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 06-10-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 26-11-2018)

                                                                                                                                                     28
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA

                                                                          Capítulo I

                                                                                del
                                                                           ANEXO III
             BARE
                EMO DE MERIT
                           TOS PARA PER         ULTATIVO ESPECIALISTA EN
                                      RSONAL FACU                      N PEDIATRIA D
                                                                                   DE ATENCION PRIMARIA
                                                                                               P

1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignattura calificada con matrícula de
                                                                 e honor                                                                 4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                     3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                            1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,         0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

1-A
  A-3.- CURSOS DE
               D DOCTORAD
                        DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto                                                                        0,75 punttos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                              1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A-5.- OTROS TITULACIONES
            Licenciiatura/Diplomatu
                                  ura/Grado en ell ámbito de Cien
                                                                ncias de la Salu
                                                                               ud, no calificado
                                                                                               os en los apartad
                                                                                                               dos previos               0,75 punttos

  A.6.‐ OTROS TITULLOS
1‐A

            Masterr Universitario Título
                                  T      propio en el
                                                   e ámbito de Cieencias de la Salud                                                     0,50 punttos
            Especialista Universitaario en el ámbito
                                                   o de Ciencias de la Salud                                                             0,30 punttos
            Experto
                  o Universitario en
                                   e el ámbito de Ciencias de la Salud                                                                   0.20 punttos

            La puntuación máxima dee este apartado 1‐A‐6 será de 1 punto por año, para lo que se tendrá en consid
                                                                                                                deración la fechaa de obtención del
                                                                                                                                                d título
acreeditativo y un mááximo absoluto de 4 puntos.

          La puntuaación máxima absoluta del aparttado 1‐A) será de
                                                                  e 10 puntos.

(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 02-10-2017)
(Mo
  odificado por Reso                                  el SESPA de 26-11-2018)
                   olución de la Direccción Gerencia de

1-B
  B.- FORMACION
              N DE ESPECIA
                         ALISTAS EN CIENCIAS DE LA
                                                 A SALUD
     1)    Aspiranttes que, para la a obtención del Título de Méd    dico Especialistta hayan cumpllido el período completo de fo   ormación como Médico
           Residente del Programa MIR, o bien un    u período equivalente -en Es    spaña o en paíss extranjero- dee formación teórrica y practica a tiempo
           completo o en centro hosspitalario y unive
                                                    ersitario, o en establecimiento sanitario
                                                                                      s       autorizzado por las auttoridades y orga
                                                                                                                                    anismos compe  etentes y
           bajo su control, particip
                                   pando en la tota alidad de las acctividades y respponsabilidades médicas del Se  ervicio donde se imparta la forrmación,
           incluidass las guardias, y habiendo obte enido a cambio la remuneració   ón apropiada (dde conformidad todo ello, con la a Directiva 2005/36 CE
           para la formación
                   f          de esspecialistas):
            a)    Sii el título de esppecialista obteniido lo es en Peddiatría                                                          10,00 puntos
            b)    Sii el título de esppecialista obteniido lo es en Meddicina Familiar y Comunitaria                                     3,00 punttos
            c)    Sii el título lo es en
                                      e otras especia  alidades, por cada especialidadd y hasta un máximo de 4 puntoos                   2,00 punttos
            d)    Esstar en posesió   ón del “certificad
                                                       do de médico especialista
                                                                      e            diplomado” contem mplado en el arttículo 9.1 del
                                                                                                                                         3,00 punttos
                  Reeal Decreto 127   7/1984 y su preá ámbulo.
     2)    Aspiranttes que para la obtención del Título
                                                  T     de Médico o Especialista hayan
                                                                                 h     cumplido el período com
                                                                                                             mpleto de formación del Progra
                                                                                                                                          ama MIR
           en Escuelas Profesiona ales de otras Esspecialidades y hasta un máxim mo de 1,50 punntos:
                                                                                                                        0,75 puntos
                                                                                                                                  s por especialid
                                                                                                                                                 dad
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 18-06-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 06-10-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)
(Mo
  odificado por Reso                                  el SESPA de 26-11-2018)
                   olución de la Direccción Gerencia de

                                                                                                                                                         33
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA

                                                                          Capítulo I

                                                                                 del
                                                                           ANEXO IV
                     BAREMO DE
                             E MERITOS PAR
                                         RA PERSONAL L FACULTATIV
                                                                VO: MEDICO DE URGENCIA HHOSPITALARIA
                                                                                                   AY
                               DE ATENCION
                                         N A LAS URGE
                                                    ENCIAS Y EMER
                                                                RGENCIAS SAANITARIAS (SA
                                                                                       AMU)

1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignattura calificada con matrícula de
                                                                 e honor                                                                      4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                          3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                                 1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,               0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

          Si el Títu
                   ulo de Máster Universitario
                                 U             Oficcial es en. Urge
                                                                  encias, Emerge
                                                                               encias y/o Catá
                                                                                             ástrofes, se añadirán 0,02 pu
                                                                                                                         untos más por cada 10
horras crédito o frracción.

1-A
  A-3.- CURSOS DE
               D DOCTORAD
                        DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto:                                                                            0,75 punttos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                                   1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A.5.- OTRAS TIT
                TULACIONES
            Licenciiatura/Diplomatu
                                  ura/Grado en ell ámbito de Cien
                                                                ncias de la Salu
                                                                               ud, no calificado
                                                                                               os en los apartad
                                                                                                               dos previos                    0,75 punttos

  A.6.‐ OTROS TITULLOS
1‐A

            Masterr Universitario T
                                  Título propio en e
                                                   el ámbito de Cie
                                                                  encias de la Salud                                                          0,50 punttos
            Especialista Universitaario en el ámbito
                                                   o de Ciencias de la Salud                                                                  0,30 punttos
            Experto
                  o Universitario een el ámbito de Ciencias de la Salud                                                                       0,20 punttos

            La puntuación máxima dee este apartado 1‐A‐6 será de 1 punto por año,, para lo cual se tendrá en consideración la fecha de obtención del      d título
acreeditativo, sin perjjuicio de la puntu
                                        uación adicional o              mputo horario en las titulaciones eespecificadas y con un máximo ab
                                                         obtenida por cóm                                                                 bsoluto de 4 punttos.

          La puntuaación máxima absoluta del aparttado 1‐A) será de
                                                                  e 10 puntos.

                  áster Universita
   el Título de: Má
Si e                             ario Titulo Pro
                                               opio, Especialissta o Experto Universitario lo es en: Urgen
                                                                                                         ncias, Emergencias y/o Catá
                                                                                                                                   ástrofes,
se añadirán 0,02 puntos más po  or cada 10 hora                acción.
                                                as crédito o fra

 (Moodificado por Resolución de la Dirección Gerencia de
                                                       el SESPA de 28-1
                                                                      10-2016)
(Moodificado por Reso
                    olución de la Direccción Gerencia de               2-2016)
                                                       el SESPA de 20-12
(Moodificado por Reso                                  el SESPA de 02-10-2017)
                    olución de la Direccción Gerencia de
(Moodificado por Reso                                  el SESPA de 26-11-2018)
                    olución de la Direccción Gerencia de

1-B
  B.- FORMACION
              N ESPECIALIZA
                          ADA
     1)    Aspiranttes que, para la a obtención del Título de Méd    dico Especialistta hayan cumpllido el período completo de fo  ormación como Médico
           Residente del Programa MIR, o bien un    u período equivalente -en Es    spaña o en paíss extranjero- de
                                                                                                                  e formación teórrica y practica a tiempo
           completo  o en centro hos                ersitario, o en establecimiento sanitario
                                   spitalario y unive                                 s       autoriz
                                                                                                    zado por las auttoridades y orga
                                                                                                                                   anismos compe  etentes y
           bajo su control, particip
                                   pando en la tota alidad de las acctividades y respponsabilidades médicas del Se ervicio donde se imparta la forrmación,
           incluidass las guardias, y habiendo obte enido a cambio la remuneració   ón apropiada (dde conformidad todo ello, con laa Directiva 2005/36 CE
           para la fformación de esspecialistas):
            a)    Sii el título de esp                               edicina de Familia, Cuidados In
                                     pecialista obteniido lo es en, Me                             ntensivos, Anestesiología o
                                                                                                                                                      os
                                                                                                                                            10,00 punto
                  Medicina Interna
            b)    Poor títulos en esppecialidades disstintas de las an
                                                                     nteriores. Por ca
                                                                                     ada especialida
                                                                                                   ad y hasta un m
                                                                                                                 máximo de 4
                                                                                                                                             2,00 punto
                                                                                                                                                      os
                  pu
                   untos
     2)    Aspiranttes que para la obtención del Título
                                                  T     de Médico o Especialista hayan
                                                                                 h     cumplido el período com
                                                                                                             mpleto de formación del Progra
                                                                                                                                          ama MIR
           en Escuelas Profesiona ales de otras Esspecialidades y hasta un máxim mo de 1,50 punntos:
                                                                                                                                     s por especialid
                                                                                                                           0,75 puntos              dad
     3)    Por esta
                  ar en posesión d
                                 del CME otorgad            ES:
                                               do por la SEME

                                                                                                                                  1,50 punttos

                                                                                                                                                              38
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA
                                                                                 Capítulo I

                                                                                  del
                                                            ANEXO V
                               O DE MERITOS PARA ODONTÓLOGOS-ESTOMATÓLOGOS DE ATENCIÓN PRIMARIA
                          BAREMO

1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignattura calificada con matrícula de
                                                                 e honor                                                                4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                    3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                           1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,        0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

1-A
  A-3.- CURSOS DE
               D DOCTORAD
                        DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto:                                                                      0,75 punttos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                             1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A.5.- OTRAS TIT
                TULACIONES
            Licenciiatura/Diplomatu
                                  ura/Grado en ell ámbito de Cien
                                                                ncias de la Salu
                                                                               ud, no calificado
                                                                                               os en los apartad
                                                                                                               dos previos              0,75 punttos

1-A
  A.6.-OTROS TIT
               TULOS
            Masterr Universitario Título
                                  T      propio en el
                                                   e ámbito de Cieencias de la Salud                                                    0,50 punttos
            Especialista Universitaario en el ámbito
                                                   o de Ciencias de la Salud                                                            0,30 punttos
            Experto
                  o Universitario en
                                   e el ámbito de Ciencias de la Salud                                                                  0,20 punttos

      La puntuació
                 ón máxima de este
                              e    apartado 1-A-6
                                            1     será de 1 punto por año
                                                                        o, para lo que se
                                                                                       s tendrá en co
                                                                                                    onsideración la fecha de obten
                                                                                                                                 nción del
      título acreditativo y un máximo absoluto de
                                                e 4 puntos.
      La puntuación
                  n máxima absolu
                                uta del apartado
                                               o 1‐A) será de 10 puntos.

(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 02-10-2017)
(Mo
  odificado por Reso                                  el SESPA de 26-11-2018.)
                   olución de la Direccción Gerencia de

1-B
  B.- FORMACION
              N ESPECIALIZA
                          ADA
     1)    Aspiranttes que, para la
                                  l obtención deel Título de Médico Especialista en Estoma
                                                                                         atología, hayan
                                                                                                       n cursado sus estudios de fo
                                                                                                                                  ormación
           especializada de postgrrado conforme al
                                                a Real Decreto 127/1984 de 11 de enero:
                                                                                                                                        3,50 puntos
     2)    Aspiranttes que, para la a obtención del Título de Méd dico Especialistta en Cirugía Maxilofacial,
                                                                                                   M            hayyan cumplido ele período completo de
           formacióón como Médico Residente de   el Programa MIIR, o bien un período
                                                                                  p          equivale
                                                                                                    ente -en Españña o en país ex xtranjero- de fo
                                                                                                                                                 ormación
           teórica y practica a tiem
                                   mpo completo enn centro hospitaalario y universiitario, o en esta
                                                                                                   ablecimiento san
                                                                                                                  nitario autorizad
                                                                                                                                  do por las autoriidades y
           organismmos competente   es y bajo su control,
                                                 c        participa
                                                                  ando en la tota alidad de las acctividades y ressponsabilidades  s médicas del Servicio
           donde se imparta la forrmación, incluid
                                                 das las guardiass, y habiendo obtenido
                                                                                  o           a cambio la remuneraación apropiada a (de conformiddad todo
                   n la Directiva 2005/36 CE para la formación de
           ello, con                                              e especialistas):
                                                                                                                                        3,00 puntos
     3)    A los asspirantes que hu ubieran cumplid do el periodo co ompleto de form
                                                                                   mación como Médico
                                                                                               M      Residente del programa
                                                                                                                           a MIR, obtenien
                                                                                                                                         ndo otra
           especialidad distinta a la citada en el párrafo
                                                   p       anterior:
                                                                                                                                        2,00 puntos
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 18-06-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 06-10-2014)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 28-10-2016))
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)

                                                                                                                                                        43
Pacto sobre contratación de personal temporal del SESPA
                                                                           Capítulo I

                                                                                 del

                                                                           ANEXO VII
                                     BAREMO DE MERITOS
                                               M         RA FARMACEUTICOS DE ATE
                                                       PAR                     ENCION PRIMA
                                                                                          ARIA
(Resolución de la Dirrección Gerencia del
                                      d SESPA de 28--10-2016)
(Resolución de la Dirrección Gerencia del
                                      d SESPA de 20--12-2016)
1.- FORMACION
1-A
  A.- FORMACION
              N UNIVERSITA
                         ARIA
1-A
  A-1.- ESTUDIOS
               S DE LICENCIA
                           ATURA/GRADO
                                     O-MASTER
            a)    Po
                   or cada asignattura calificada con matrícula de
                                                                 e honor                                                                 4,00 punttos
            b)    Po
                   or cada asignattura calificada con sobresalientte                                                                     3,00 punttos
            c)    Po
                   or cada asignattura calificada con notable                                                                            1,50 punttos
          No se va
                 alorarán las asig
                                 gnaturas de Idio
                                                omas, Religión, Formación Políítica y Educació
                                                                                             ón Física.
         La suma a de las puntuacciones se dividirrá por el número
                                                                 o total de asignaturas evaluada
                                                                                               as en el Plan de
                                                                                                              e Estudios, excluidas las menccionadas
anteriormente, exp
                 presando el cociente respectivoo con los dos prrimeros decimalles obtenidos.

1-A
  A-2.- MASTER
            Por la obtención
                   o          del Título
                                  T      de Másterr Universitario Oficial
                                                                  O       en materiias relacionadass directamente con Ciencias
            de la Salud,
                  S      inscritos en
                                   e el RUCT de acuerdo con lo    o previsto en el Real Decreto 13 393/2007, de 299 de octubre,          0,75 puntos
            por el que
                   q se establecce la ordenación n de las enseñanzas universitarrias oficiales

1-A
  A-3.- CURSOS DE
               D DOCTORAD
                        DO
            Por la realización
                   r           del programa
                                   p        de do
                                                octorado comple
                                                              eto:                                                                       0,75 punttos

1-A
  A-4.- GRADO DE DOCTOR
            Grado de Doctor                                                                                                              1,75 punttos
          Si el Gra
                  ado de Doctor se ha obtenido con
                                               c la calificació
                                                              ón de Sobresalie
                                                                             ente o “Cum Laude”, se añadirá
                                                                                                          án 0,75 puntos
                                                                                                                       s más.

1-A
  A.5.- OTRAS TIT
                TULACIONES
            Licenciiatura/Diplomatu
                                  ura/Grado en ell ámbito de Cien
                                                                ncias de la Salu
                                                                               ud, no calificado
                                                                                               os en los apartad
                                                                                                               dos previos               0,75 punttos

1-A
  A.6.- OTROS TIT
                TULOS
            Masterr Universitario Título
                                  T      propio en el
                                                   e ámbito de Cieencias de la Salud                                                     0,50 punttos
            Especialista Universitaario en el ámbito
                                                   o de Ciencias de la Salud                                                             0,30 punttos
            Experto
                  o Universitario en
                                   e el ámbito de e Ciencias de la
                                                                 a Salud                                                                 0,20 punttos

            La puntuación máxima dee este apartado 1‐A‐6 será de 1 punto por año, para lo que se tendrá en consid
                                                                                                                deración la fechaa de obtención del
                                                                                                                                                d título
acreeditativo y un mááximo absoluto de 4 puntos.

          La puntuaación máxima absoluta del aparttado 1‐A) será de
                                                                  e 10 puntos.

 (Moodificado por Resolución de la Dirección Gerencia de
                                                       el SESPA de 20-1
                                                                      12-2016)
(Moodificado por Reso
                    olución de la Direccción Gerencia de
                                                       el SESPA de 02-10-2017)
(Moodificado por Reso                                  el SESPA de 26-11-2018)
                    olución de la Direccción Gerencia de

1-B
  B.- FORMACION
              N ESPECIALIZA
                          ADA
           1)    Asppirantes que, pa ara la obtenciónn del Título de Farmacéutico
                                                                      F             Especialista,
                                                                                    E             hayyan cumplido ell período complleto de formació ón como
                 Farrmacéutico Ressidente del Prog    grama FIR, o bien
                                                                     b    un período o equivalente dee formación teó órica y practica a tiempo completo en
                 cenntro hospitalario
                                    o y universitario,, o en establecim
                                                                      miento sanitario
                                                                                     o autorizado porr las autoridades y organismos s competentes y bajo su
                 conntrol, participand
                                     do en la totaliddad de las activvidades y respo onsabilidades médicas
                                                                                                    m          del Se
                                                                                                                    ervicio donde se e imparta la forrmación,
                 inclluidas las guard
                                    dias, y habiendo o obtenido a cam mbio la remuneeración apropiad                                c la Directiva 2005/36
                                                                                                    da (de conformidad todo ello, con
                 CE para la formación de especialiistas):
                                                                                                                                          5,84 puntos

           2)    Si el
                    e título de espe
                                   ecialista obtenido lo es en otra especialidad:
                                                                    e
                                                                                                                                          1,75 puntos
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 20-12
                                                                      2-2016)
(Mo
  odificado por Reso
                   olución de la Direccción Gerencia de
                                                      el SESPA de 02-10-2017)

                                                                                                                                                          47
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