TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS DE AERÓDROMOS Y HELIPUERTOS - Agencia Estatal de Seguridad Aérea

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            de Seguridad Aérea

  TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE
PROYECTOS DE AERÓDROMOS Y
               HELIPUERTOS

                    DOCUMENTACIÓN PÚBLICA
TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS AERÓDROMOS, Y
                                                                                               HELIPUERTOS

ADUR-17-PES-140-A01 1.0
© AESA
AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA
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TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS DE AERÓDROMOS Y
                                                                                                                        HELIPUERTOS

                                                                                                       Índice
                          1.   OBJETO Y ALCANCE ....................................................................................................... 2

                          2.   PROCESO DE TRAMITACIÓN AMBIENTAL ....................................................................... 3
                               2.1       MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN SIMPLIFICADA .................... 3
                               2.2       DEFINICIÓN, CARACTERÍSTICAS Y UBICACIÓN DEL PROYECTO............................................................... 3
                               2.3       PLANTEAMIENTO Y ANÁLISIS DE LAS PRINCIPALES ALTERNATIVAS ESTUDIADAS ................................. 6
                               2.4       UN ANÁLISIS DE IMPACTOS POTENCIALES EN EL MEDIO AMBIENTE ..................................................... 7
                               2.5  MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS PROPUESTAS PARA MINIMIZAR LA AFECCIÓN
                               AMBIENTAL A LA ZONA ...................................................................................................................................... 8
                               2.6   FORMA DE REALIZAR EL SEGUIMIENTO QUE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DE LAS
                               INDICACIONES Y MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS CONTENIDAS EN EL DOCUMENTO
                               AMBIENTAL ....................................................................................................................................................... 8

                          3.   DOCUMENTOS DE REFERENCIA ............................................................................................ 9
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TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS DE AERÓDROMOS Y
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                          1. OBJETO Y ALCANCE
                          La Fase 2 del proceso de autorización de Aeródromos y Helipuertos.
                          Esta Fase se inicia con la presentación por el promotor de un Documento Ambiental en AESA que,
                          tras su análisis, es remitido al Ministerio de Medio Ambiente para que éste determine el trámite a
                          seguir.
                          El objeto de la presente Guía es ofrecer unas directrices que faciliten a los promotores de
                          instalaciones a autorizar por AESA la elaboración del Documento Ambiental de proyectos en cuyo
                          proceso de autorización resulta de aplicación la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
                          ambiental.
                          Por tanto, el alcance de esta Guía viene determinado por los proyectos de aeródromos y
                          helipuertos, de uso público competencia de AESA y los de uso restringido en los que las
                          Comunidades Autónomas no hayan hecho efectivas sus competencias y, consecuentemente, lo
                          hace AESA de forma subsidiaria.
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                          2. PROCESO DE TRAMITACIÓN AMBIENTAL
                          De acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de La Ley 21/2013, de evaluación ambiental,
                          dentro del procedimiento de autorización de los proyectos comprendidos en el Anexo II (como es
                          el caso de los aeródromos y helipuertos 1), el promotor presentará una solicitud 2 de inicio de la
                          evaluación de impacto ambiental simplificada, acompañada del Documento Ambiental.
                          Adicionalmente, conforme al artículo 18.1 de la Ley 37/2003 del Ruido, se incluye en las
                          actuaciones de evaluación ambiental previstas y en esta guía, las obligaciones derivadas del
                          cumplimiento de dicha Ley del Ruido y sus reglamentos de desarrollo.
                          Junto con la solicitud de inicio debe presentarse un Documento Ambiental con el contenido
                          siguiente:

                          2.1       MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN SIMPLIFICADA
                          Se justificará que el proyecto en cuestión se puede asignar a Anexo II por ser un aeródromo o
                          helipuerto no contemplado en los proyectos del Anexo I, al no tratarse de un aeropuerto con pista
                          mayor de 2.100 m, y sí al grupo 7 del Anexo II.

                          2.2       DEFINICIÓN, CARACTERÍSTICAS Y UBICACIÓN DEL PROYECTO

                          A)    DESCRIPCIÓN DE LOS DIVERSOS ELEMENTOS DE QUE CONSTA EL PROYECTO Y SUS
                          ACCIONES
                          Debe explicarse con claridad en qué consiste el proyecto y la nueva actividad, incluyendo una
                          descripción clara de obras y/o nuevas acciones:
                                •   Las nuevas obras e infraestructuras necesarias para su construcción, como son el
                                    movimiento de tierras (especificando los volúmenes de desmonte y terraplén, las
                                    características geotécnicas y geométricas de los mismos, la necesidad de préstamos; o bien
                                    el destino de tierras sobrantes) y los materiales necesarios para la construcción de la
                                    instalación, cuyo volumen se justificará en función de las dimensiones de la misma. En el
                                    caso de que sea necesario soterrar los cauces, se definirá la tipología ·y las dimensiones de
                                    la estructura necesaria para el cruce, así como las obras necesarias para su instalación.
                                •   Las infraestructuras de servicios o complementarias que, en su caso, puedan ser necesarias
                                    para el correcto funcionamiento del aeródromo, tales como: hangares, depósito de
                                    combustibles, depósitos de agua, zonas de mantenimiento de las aeronaves, sistema de
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                            A los efectos de la normativa aplicable en Evaluación de Impacto Ambiental, no se establece diferencia entre
                          aeródromos, helipuertos y campos de ultraligeros, denominándose todos ellos de forma genérica como aeródromos.
                          2
                           El modelo de solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental simplificada de una infraestructura aeronáutica
                          de uso restringido se encuentra en las Guías para la autorización de dichas infraestructuras disponible en la web de
                          AESA.

                                                                                        DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                           3/10
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                                 abastecimiento de electricidad, red de abastecimiento de agua, red de saneamiento (con
                                 especial mención al tratamiento de las aguas lixiviadas de las zonas de mantenimiento,
                                 abastecimiento y estacionamiento de las aeronaves), los elementos necesarios para la
                                 gestión de residuos (tanto en obra como originados por la actividad), los accesos al
                                 aeródromo, la señalización, vallado perimetral y los elementos de seguridad para
                                 responder a posibles accidentes.
                             •   En caso de ampliación o modificación (cuando se haya determinado la necesidad de
                                 presentar documento ambiental del proyecto al considerar que los efectos sobre el medio
                                 ambiente son significativos), se describirán de forma detallada todas las obras e
                                 infraestructuras necesaria para el buen funcionamiento del aeródromo ampliado, así como
                                 los detalles de la fase de explotación de la infraestructura, para lo que habrá que
                                 especificar las infraestructuras actualmente existentes en el aeródromo que seguirán en
                                 servicio una vez realizada la ampliación y cuál será su utilidad y las instalaciones que
                                 deberán ser desmanteladas y, en su caso, cómo se realizará este desmantelamiento.
                             •   Se describirá con detalle la fase de explotación del aeródromo aportando: tipos de
                                 aeronaves que operarán, frecuencia estimada de operaciones diaria, anual y horarios de
                                 actividad aérea, y las trayectorias de aterrizaje y despegue previstas que deben estar
                                 claramente definidas.
                             •   Se presentará una descripción de la fase de abandono, en la que se especifiquen las
                                 acciones de desmantelamiento de las instalaciones, gestión de residuos, regeneración del
                                 suelo y. restauración .de la zona cuando la instalación quede en desuso.

                          Deberá presentarse con un plano topográfico detallado (Escala=1/1.000 o bien 1/2000) donde se
                          pueda verificar exactamente en qué consiste la instalación. Debe incluir también la superficie
                          ocupada de forma permanente por las instalaciones futuras. Las características principales
                          deberían describir, al menos, los siguientes aspectos, recogidos en la tabla siguiente:

                                         CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
                                             Superficie
                                                  Superficie Total del aeródromo/Superficie de la
                                                                                                  m2
                                                  ampliación
                                         Características de la pista de aterrizaje
                                                  Longitud del tramo de pista a construir            m
                                                  Longitud y Anchura total de la pista               m
                                                  Orientación de la pista
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                                         ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL PROYECTO
                                         Pistas de rodadura o accesos nuevos: SI/NO

                                                                      Longitud/anchura/orientación

                                                                                     DOCUMENTACIÓN PÚBLICA          4/10
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                                          Infraestructuras para servicio de salvamento y extinción de incendios: SI/NO

                                                           Superficie de ampliación/superficie total instalaciones
                                          Zona industrial y Almacenamiento de combustible:                SI/NO

                                                                 Superficie de ampliación/superficie total
                                          Urbanización (accesos/aparcamientos/otros): SI/NO

                                          Superficie de ampliación/superficie total
                                          Otros:
                                          INFRAESTRUCTURAS ASOCIADAS

                          B)     SENCILLO INVENTARIO AMBIENTAL DE LA ZONA AFECTADA POR EL PROYECTO
                          Se debe aportar información sobre los elementos del medio más significativos de la zona afectada
                          por el proyecto. Se reflejarán en planos claros y detallados, la ubicación del proyecto, su afección
                          acústica, los usos de suelo y la zonificación acústica de las parcelas afectadas por las nuevas
                          actuaciones.

                          C)   EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EN RELACIÓN CON ESPACIOS NATURALES
                          PROTEGIDOS Y A LA RED NATURA 2000
                          Los planos de ubicación de los espacios protegidos se presentarán de forma clara. Deben reflejar
                          de forma clara la geografía de la zona, la ubicación de los espacios protegidos, y la ubicación del
                          proyecto respecto a los mismos. La escala puede ser pequeña (E=1/50.000), pero debe haber
                          claridad en la representación. Si el espacio se pudiera ver afectado, será necesario reflejarlo con
                          más detalle.
                          Se incluirá, anexa a esta información, cartografía descriptiva de todos los elementos que faciliten
                          su comprensión, en formato compatible con ArcGIS. Además del mapa adjunto en el documento
                          ambiental sobre Red Natura, deberá incluirse otro de información sobre la presencia de hábitats
                          de interés comunitario, espacios naturales protegidos, áreas de importancia para la fauna, etc.

                          D)   PRESENCIA DE BIENES CULTURALES, ARQUITECTÓNICOS O ARQUEOLÓGICOS. VÍAS
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                          PECUARIAS

                          E)     COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA Y ZONIFICACIÓN ACÚSTICA
                          Cuando la autorización de la infraestructura requiera tramitación ambiental, se adelanta a esta
                          FASE 2 del proceso de autorización, la “acreditación de la compatibilidad urbanística de la
                          infraestructura”.

                                                                                  DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                  5/10
TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS DE AERÓDROMOS Y
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                          Se debe aportar Certificado emitido por el Ayuntamiento que debe hacer mención específica a la
                          compatibilidad del emplazamiento propuesto con los planes urbanísticos del municipio.
                          El Certificado del Ayuntamiento deberá hacer referencia clara a:
                                •   El área afectada en planta y altura por la futura operación del aeródromo.
                                •   Las posibles orientaciones de las trayectorias de aproximación y despegue.
                                •   Las superficies limitadoras de obstáculos asociados.
                          Además, para esta FASE 2 deberá hacer referencia a las afecciones acústicas previstas.
                          Esto es, el Certificado debe demostrar un conocimiento claro de la afección del aeródromo, así
                          como, si se conoce, explicitar la zonificación acústica del emplazamiento propuesto y su área de
                          afección o, si no se conoce, el uso/clasificación municipal del territorio susceptible de ser afectado
                          conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre que
                          desarrolla la ley del ruido.
                          El certificado puede firmarlo, como fedatario público, el alcalde o el secretario, y también puede
                          firmarlo el arquitecto municipal.
                          Finalmente se debe cumplimentar, al menos, el contenido de la siguiente tabla con el fin de ubicar
                          inequívocamente el proyecto.

                                               LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO
                                               Comunidad Autónoma                     Comunidad Autónoma
                                               Provincia (s)                          Provincia 1
                                                                                      Provincia n
                                               Comarca(s)                             Comarca 1
                                                                                      Comarca n
                                               Término(s)        municipal      (es) Término municipal 1
                                               afectado(s)
                                                                                      Término municipal n
                                               Coordenadas del proyecto (WGS-84)      (Lat ; Long)

                          2.3       PLANTEAMIENTO Y ANÁLISIS DE LAS PRINCIPALES ALTERNATIVAS ESTUDIADAS
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                          Se deberá aportar un análisis de las alternativas de ubicación y diseño del aeródromo en el que se
                          expongan detalladamente las características de las alternativas existentes. A continuación, se hará
                          un análisis comparativo de las alternativas propuestas en el que se estudie la incidencia ambiental
                          de cada una.
                          Finalmente, se expondrá una justificación de las principales razones de la solución adoptada,
                          teniendo en cuenta los efectos ambientales.

                                                                                 DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                     6/10
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                          2.4    UN ANÁLISIS DE IMPACTOS POTENCIALES EN EL MEDIO AMBIENTE
                          Se realizará un análisis de los impactos producidos sobre cada uno de los elementos del medio
                          potencialmente afectados, incluyendo una valoración cualitativa de los mismos y considerando las
                          tres fases principales del proyecto: Fase de obra, fase de funcionamiento y fase de abandono.
                          Al menos deberán considerarse:

                          A)     IMPACTOS SOBRE EL MEDIO BIÓTICO
                          Se prestará especial atención a la información aportada sobre la fauna que debe hacer referencia
                          a las Directivas Hábitats (92/43/CEE) y Aves (2009/147/CE) y al Catálogo Regional de Especies
                          Amenazadas de la Comunidad Autónoma. En caso de existir especies que se encuentren recogidas
                          en dicha normativa deberán ser consideradas en el análisis de impacto y proponer medidas
                          ambientales que sean revisadas a través del Plan de vigilancia, para su conservación y protección.

                          B)     IMPACTOS POTENCIALES SOBRE EL MEDIO HÍDRICO

                          C)     INCIDENCIA POTENCIAL SOBRE LA RED NATURA 2000
                          En el caso en que el proyecto pudiera afectar directa o indirectamente a espacios de la Red Natura
                          2000, lo cual se comprobará a la vista de la cercanía con dichos espacios, de los hábitats y la fauna
                          presentes, y del tipo de operaciones a realizar, será necesario incluir un apartado específico sobre
                          incidencias y repercusiones en el lugar, a la vista de los objetivos de conservación de dicho
                          espacio.

                          D)     AFECCIÓN ACÚSTICA
                          Se incluirá una estimación del impacto acústico inicial y máximo previsto. Para ello se tendrá en
                          cuenta lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre del ruido, así como el Real Decreto
                          1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla dicha Ley en lo referente a zonificación
                          acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
                          En concreto, cuando existan poblaciones o espacios naturales próximos, se justificará la previsión
                          de cumplimiento de objetivos de calidad acústica y valores límites conforme a lo dispuesto para
                          nuevas infraestructuras en los artículos 16, 17, 23, 24 y 25 del citado Real Decreto, cuando sea
                          posible, teniendo en cuenta la zonificación acústica de los municipios afectados, así como las
                          reservas de sonidos de origen natural declaradas por la Comunidad Autónoma.
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                          E)    AFECCIÓN SOBRE         LOS    BIENES   CULTURALES     (ARQUEOLÓGICOS,      ARQUITECTÓNICOS,
                          INFRAESTRUCTURAS, ETC.)
                          Se estudiará la existencia en la zona de elementos pertenecientes al patrimonio cultural,
                          arqueológico, o etnográfico y se analizarán los impactos del proyecto sobre estos elementos.

                                                                               DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                      7/10
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                          2.5  MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS PROPUESTAS PARA MINIMIZAR LA AFECCIÓN
                          AMBIENTAL A LA ZONA
                          Propuesta de medidas preventivas y correctoras en consonancia con los resultados que se
                          obtengan tras completar el análisis de los impactos. Estas medidas se incluirán en el proyecto
                          constructivo y estarán debidamente presupuestadas.

                          2.6   FORMA DE REALIZAR EL SEGUIMIENTO QUE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DE LAS
                          INDICACIONES Y MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS CONTENIDAS EN EL DOCUMENTO
                          AMBIENTAL
                          La realización del seguimiento debe reflejarse en un Plan de Vigilancia Ambiental, estructurado
                          como un plan de seguimiento de las medidas correctoras propuestas. Debe incluir un plan de
                          gestión de residuos producidos tanto en fase de construcción como en la de explotación de la
                          nueva infraestructura.
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                                                                            DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                   8/10
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                          3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

                          REFERENCIAS GENERALES

                               CÓDIGO              TIPO                                         TÍTULO                                Edición
                                                DOCUMENTO

                                 N/A                 Ley          LEY 21/2003, DE 7 DE JULIO, DE SEGURIDAD AEREA.                      N/A

                                                                  REAL DECRETO 1070/2015, DE 27 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE
                                                                  APRUEBAN LAS NORMAS TECNICAS DE SEGURIDAD OPERACIONAL DE
                                                                  AERODROMOS DE USO RESTRINGIDO Y SE MODIFICAN EL REAL DECRETO
                                                                  1189/2011, DE 19 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO
                                 N/A             Real Decreto                                                                          N/A
                                                                  DE EMISION DE LOS INFORMES PREVIOS AL PLANEAMIENTO DE
                                                                  INFRAESTRUCTURAS AERONAUTICAS, ESTABLECIMIENTO, MODIFICACION Y
                                                                  APERTURA AL TRAFICO DE AERODROMOS AUTONOMICOS, Y LA ORDEN DE
                                                                  24 DE ABRIL DE 1986, POR LA QUE SE REGULA EL VUELO EN ULTRALIGERO

                                                                  LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
                                 N/A                 Ley                                                                               N/A
                                                                  COMUN DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS.

                                 N/A                 Ley          LEY 21/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE EVALUACIÓN AMBIENTAL              N/A

                                 N/A                 Ley          LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE DEL RUIDO                            N/A

                                                                  REAL DECRETO 1367/2007 DE 19 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA
                                 N/A             Real Decreto     LA LEY 37/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL RUIDO, EN LO REFERENTE A     N/A
                                                                  ZONIFICACIÓN ACÚSTICA, OBJETIVOS DE CALIDAD Y EMISIONES ACÚSTICAS

                                                                  DIRECTIVA 92/43/CEE DEL CONSEJO DE 21 DE MAYO DE 1992 RELATIVA A
                                 N/A               Directiva      LA CONSERVACIÓN DE LOS HÁBITATS NATURALES Y DE LA FAUNA Y FLORA      N/A
                                                                  SILVESTRES

                                                                  DIRECTIVA 2009/147/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE
                                 N/A               Directiva      30 DE NOVIEMBRE DE 2009, RELATIVA A LA CONSERVACIÓN DE LAS AVES      N/A
                                                                  SILVESTRES

                            * Se aplica la Última Edición en vigor.

                                                                       REFERENCIAS ESPECÍFICAS

                               CÓDIGO               TIPO                                        TÍTULO                                Edición
ADUR-17-PES-140-A01 1.0

                                                 DOCUMENTO
                                                                  TRAMITACIÓN AMBIENTAL DE AERÓDROMOS Y HELIPUERTOS DE USO
                            ADUR-17-PES-140      Procedimiento                                                                          *
                                                                  RESTRINGIDO
                            * Se aplica la Última Edición en vigor.

                                                                                           DOCUMENTACIÓN PÚBLICA                             9/10
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