PRESENTACION 02 - Primera infancia

Página creada Uson Xabada
 
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PRESENTACION 02

                                                                                    Políticas públicas para la
                                                                                    primera infancia en
                                                                                    América Latina.

                                                                                    Reflexiones a
                                                                                    25 años de la ratificación
                                                                                    de la Convención
                                                                                    Internacional sobre los
                                                                                    Derechos del Niño

                                                                                    Néstor López
                                                                                    Vanesa D’Alessandre

                                                                                    Junio 2015

Organización
de Estados
Iberoamericanos
                                     Organización    Instituto Internacional de
                          de las Naciones Unidas     Planeamiento de la Educación
Para la Educación,             para la Educación,
la Ciencia y la Cultura    la Ciencia y la Cultura   Sede Regional Buenos Aires
02 PRESENTACIONES

  POLITICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA EN AMERICA LATINA.
  REFLEXIONES A 25 AÑOS DE LA RATIFICACION DE LA CONVENCION
  INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO1

  Introducción	
  
  El SIPI está estructurado en torno a la idea de que para dar cuenta de la situación de
  la primera infancia desde la perspectiva de la Convención es necesario analizar los
  esfuerzos que están haciendo los estados para consolidarse en su condición de
  garantes de los derechos de los niños y niñas. En virtud de ello, el propósito de esta
  presentación es destacar algunos de los principales avances realizados por los
  Estados latinoamericanos en la implementación de los principios de la CIDN y
  fundamentalmente algunas alertas que surgen del análisis articulado del marco
  normativo y de las políticas orientadas a la primera infancia en América Latina. Esto
  es, desde la perspectiva de la actividad estatal efectiva registrada a través de la
  información compilada en el SIPI, nos preguntamos ¿cuál es el nivel de apropiación
  de los principios fundamentales que sostienen a la CIDN?
  Entendemos que la CIDN es en primer un lugar un esfuerzo por refundar el pacto
  social en torno a la infancia y la adolescencia. ¿Qué implica eso? Desde el SIPI
  creemos que la Convención propone un nuevo modo de relacionamiento entre Estado
  e infancia basado en la protección de sus derechos y esto supone instalar a la infancia
  en el centro de los debates sobre ciudadanía. Eso supone promover que el Estado
  participe en todos los ámbitos alrededor de los cuales gira la vida de los niños
  pequeños. Esta es la idea central que entendemos propone la CIDN al referirse al
  niño como sujeto de derechos. En los hechos supone transformar al sujeto niño en
  sujeto de políticas, por lo que los niños son en el presente, no sólo por lo que pueden
  llegar a ser en el futuro. Y esto supone en primer lugar, desmontar el
  adultocentrismo. El adultocentrismo, tal como trabajamos el concepto desde el SIPI,
  es uno de los soportes fundamentales de un orden social que jerarquiza los vínculos
  entre mujeres y varones y entre generaciones. Por eso consideramos que la agenda de
  la infancia está atada indisolublamente a la agenda de las mujeres y de las
  juventudes.

  La	
  formalización	
  del	
  nuevo	
  pacto	
  Estado	
  -­‐	
  Infancia	
  
  Ahora bien ¿cuál es el nivel de formalización de este pacto? Desde esta perspectiva, se
  observan avances muy importantes. Al firmar y ratificar la CIDN, todos los Estados
  latinoamericanos asumieron el compromiso de adecuar sus intervenciones a sus
  principios fundamentales, posicionando a los niños como titulares de esos derechos.

  1 Esta presentación tuvo lugar en el marco de la Reunión de Inducción de nuevos oficiales y especialistas de educación de

  UNICEF en América Latina y el Caribe, realizada por la Oficina Regional de UNICEF en la Ciudad de Panamá.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   2
02 PRESENTACIONES

  Al día de hoy, como todos sabemos, todos los Estados latinoamericanos, adhirieron y
  ratificaron a la CIDN. Dando un paso más al interior de los países, vemos –además-
  que todos con excepción de Chile y Panamá, sancionaron leyes marco para la
  protección integral de los derechos de la infancia. E incluso en estos dos países, hay
  proyectos ya presentados al parlamento para avanzar en la sanción de la Ley.
  Tabla 1: Rango jurídico otorgado a la CIDN, año de sanción de las leyes y Códigos de
  infancia, y Ley o Código de infancia
  América latina, 19 países

                                     Rango jurídico
  País                                                       Leyes y Códigos de Infancia y su fecha de sanción
                                     dado a CIDN
                                                             Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y
  Argentina                          Constitucional
                                                             Adolescentes. Ley N° 26.061 (2005)
  Bolivia (EP)                       Supralegal              Código Niño, Niña y Adolescente. Ley N° 2.026 (1999)

  Brasil                             Supralegal              Estatuto del Niño y del Adolescente. Ley N° 8.069 (1990)

  Chile                              Legal                   Proyecto de ley
  Colombia                           Supralegal              Código de la Infancia y Adolescencia. Ley N° 1.098 (2006)

  Costa Rica                         Supralegal              Código de Niñez y Adolescencia. Ley N° 7.739 (1998)

  Cuba (a)                           Legal                   Código de la Niñez y la Juventud. Ley N° 16 (1978)

  Ecuador                            Supralegal              Código de la Niñez y Adolescencia. Ley N° 2002-100 (2002)
                                                             Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA).
  El Salvador                        Supralegal
                                                             Decreto Legislativo N° 839 (2009)
  Guatemala                          Supracostitucional      Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (PINA)
                                                             Decreto N° 27 (2003)
  Honduras                           Supralegal              Código de la Niñez y Adolescencia. Decreto N° 73 (1996)
                                                             Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
  México                             Legal
                                                             Adolescentes (2000)
  Nicaragua                          Legal                   Código de la Niñez y Adolescencia. Ley N° 287 (1998)

  Panamá(a)                          Legal                   Proyecto de ley

  Paraguay                           Supralegal              Código de la Niñez y Adolescencia. Ley N° 1.680 (2001)

  Perú                               Legal                   Código de los Niños y Adolescentes. Ley N° 27.337 (2000)
                                                             Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y
  República Dominicana               Constitucional
                                                             Adolescentes. Ley N° 136 (2003)
  Uruguay                            Legal                   Código de la Niñez y Adolescencia. Ley N° 17.823 (2004)

                                                             Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
  Venezuela (RB)                     Constitucional
                                                             (LOPNNA) - G.O. N° 5.859 (2007)
  (a) Luego de implementar su reforma constitucional de 1994, Panamá dicta la Ley N°3 de “Código de Familia”, que reúne bajo
  una estructura legal única las instituciones principales del derecho civil de familia y las normas de protección integral del
  “menor” y la familia. No obstante, la familia y no los niños son los titulares de derecho de esta ley y no deja atrás la doctrina
  de la situación irregular y la tutelaridad. Por este motivo, para la elaboración de este documento, no se la considera como
  una Ley o Código de Infancia en armonía con los principios de la CIDN. En contraste, en Cuba la Ley N° 16 de “Código de la
  Niñez y la Juventud” ha sido sancionada 12 años antes de firmada la Convención, su texto refleja los principios fundamentales
  de la CIDN. Fuente: Sistema de Información sobre Primera Infancia (SIPI) disponible en http://www.sipi.siteal.org

  Sumado a esto, actualmente diez de los diecinueve países latinoamericanos
  avanzaron en la conformación de Sistemas Integrales para la Protección de Derechos
  de la Infancia. Nueve países han desarrollados Planes Nacionales para la Protección

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO      3
02 PRESENTACIONES

  de los Derechos de la Infancia, y ocho países desarrollaron planes específicos para la
  protección de los derechos de la Primera Infancia.

  Tabla 2a: Sistema de protección de derechos de la infancia en la normativa
   País                  Normativa de referencia

                         Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley N° 26.061/2005).
   ARGENTINA             La ley crea un "sistema de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes". Véase:
                         Título III (art 32); Título IV (art. 42 y 48).

                         Chile Crece Contigo (Ley N° 20.379 /2009).
   CHILE (a)             La ley tiene como objeto institucionalizar el Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece
                         Contigo"2.

                         Código de Infancia y Adolescencia (Ley n°1098/2006).
   COLOMBIA
                         La ley crea el “Sistema nacional de bienestar familiar y políticas públicas”. Véase el libro III.

                         Código de Niñez y Adolescencia (Ley N° 7.739/1998).
   COSTA RICA            Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia. Véase Art 7;
                         Título IV, Capítulo 1.

                         Código de la Niñez y Adolescencia (2002).
   ECUADOR               La ley crea un "Sistema Nacional descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia".
                         Véase el libro tercero.

                         Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA) (Decreto Legislativo N° 839/2009).
   EL SALVADOR
                         La ley crea un Sistema de protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Véase: Art 1 y Libro II.

                         Código de la Niñez y Adolescencia (Ley N° 1.680/2001).
   PARAGUAY              El código establece el “Sistema Nacional de Protección y Promoción Integral a la Niñez y Adolescencia”.
                         Véase el Art. 37.

                         Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27.337/2000).
   PERÚ                  El código define el “Sistema nacional de atención integral al niño y al adolescente” Véase libro II, capítulo
                         1.

                         Código para la Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes (Ley N° 136/2003).
   REPÚBLICA
   DOMINICANA            El artículo 51 define al Sistema Nacional de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
                         Véase Libro I, título III.

                         Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) (Ley N° 5.859, 2007).
   VENEZUELA
   (RB)                  La ley define la conformación de un Sistema Rector Nacional para la Protección integral de Niñas, niños y
                         Adolescente. Véase Título III, capítulo 1.
  Fuente: Leyes y Códigos de Infancia disponibles en el Sistema de Información sobre la Primera Infancia en América latina
  (SIPI) http://www.sipi.siteal.org (a) En el caso de Chile, ya que no cuenta con una ley o un código de infancia, se analiza la
  ley sancionada en 2009 que tiene como objetivo institucionalizar el sistema de protección Chile crece contigo conformado en
  2006.

  2 En el caso de Chile, la ley que crea el subsistema de Protección Integral no corresponde a una ley de protección integral como

  en los demás casos. El sistema de protección integral que construye Chile emana de una política pública (Chile Crece Contigo,
  2006) que más adelante se convirtió en una ley específica.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO          4
02 PRESENTACIONES

  Tabla 2b: Órganos rectores del Sistema de Protección Integral

                       Órgano de planificación         Órgano deliberativo         Niveles de descentralización

                                                                                   Federal: Consejo Federal de Niñez,
                       Secretaría de Niñez,            Consejo Nacional de         Adolescencia y Familia
  ARGENTINA            Adolescencia y Familia          Coordinación de Políticas
                                                                                   Provincial (de acorde a las instituciones de
                       (SENNAF)                        Sociales
                                                                                   cada provincia)

                       Ministerio de planificación; Servicio Nacional de
  CHILE                                                                            Oficinas de Protección de Derechos (OPD)
                       Menores

                                                                                   Sedes regionales del ICBF
  COLOMBIA             Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
                                                                                   Defensorías de Familia; Comisarías de Familia
                                                                                   Regional: direcciones regionales dependientes
                       El Patronato Nacional de la     Consejo Nacional de la      del Patronato
  COSTA RICA
                       Infancia (PANI)                 Niñez y la Adolescencia     Local: Juntas de Protección a la Niñez y la
                                                                                   Adolescencia

                                                                                   Cantonal: Consejos Cantonales de la Niñez y
  ECUADOR              Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia                 Adolescencia; Juntas Cantonales de
                                                                                   Protección de Derechos

                                                                                   Comités Locales de Derechos de la Niñez y de
                       Instituto Salvadoreño para el   Consejo Nacional de la
                                                                                   la Adolescencia;
  EL SALVADOR          Desarrollo Integral de la       Niñez y de la
                                                                                   Juntas de Protección de la Niñez y de la
                       Niñez y la Adolescencia         Adolescencia
                                                                                   Adolescencia

                                                                                   Departamental: Consejos Departamentales de
                       Secretaría Nacional de la       Consejo Nacional de la      la Niñez y la Adolescencia,
  PARAGUAY
                       Niñez y la Adolescencia         Niñez y Adolescencia        Local: Consejos Municipales de la Niñez y
                                                                                   Adolescencia
                       Ministerio de la
  PERÚ                                                                             Local: Defensorías del Niño y del Adolescente
                       Mujer y de Desarrollo Social (MIMDES)3
                                                                                   Local: Consejos Municipales para la Niñez y
  REPÚBLICA            Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia
                                                                                   Adolescencia; Juntas locales de protección y
  DOMINICANA           (CONANI)
                                                                                   restitución de derechos

                       Instituto autónomo Consejo Nacional de Derechos de          Local: Consejos Municipales de Derechos de
  VENEZUELA
                       Niños, Niñas y Adolescentes (adscrito al Ministerio del     Niños, Niñas y Adolescentes; Consejos de
  (RB)
                       poder popular)                                              Protección del Niño y del Adolescente

  Fuente: Sistema de Información sobre la Primera Infancia en América latina (SIPI) http://www.sipi.siteal.org

  3 La ley indica que el Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano (PROMUDEH), el cual fue reemplazado por

  el Ministerio de la Mujer y de Desarrollo Social (MIMDES).

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO       5
02 PRESENTACIONES

  Tabla 3a: Estrategias nacionales para la Protección de los derechos de la
  infancia
                          Plan Nacional de Acción por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (2008-2015)
  Argentina               http://www.sipi.siteal.org/politicas/507/plan-nacional-de-accion-por-los-derechos-de-los-ninos-ninas-
                          y-adolescentes
                          Plan de Acción del Programa País (2013-2017) Recién aprobado
  Bolivia (EP)
                          http://www.sipi.siteal.org/politicas/666/plan-de-accion-del-programa-pais-2013-2017
                          Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia (2011-2021)
  Costa Rica
                          http://www.sipi.siteal.org/politicas/266/politica-nacional-para-la-ninez-y-la-adolescencia
                          Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (2004-2014)
  Ecuador                 http://www.sipi.siteal.org/politicas/561/plan-nacional-decenal-de-proteccion-integral-la-ninez-y-
                          adolescencia
                          Política Nacional para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia (PNDINA) (2001-indefinido)
  El Salvador             http://www.sipi.siteal.org/politicas/677/politica-nacional-de-proteccion-integral-de-la-ninez-y-de-la-
                          adolescencia-de-el
                          Plan de Acción Nacional para la Niñez y Adolescencia (2004-2014)
  Guatemala
                          http://www.sipi.siteal.org/politicas/665/plan-de-accion-nacional-para-la-ninez-y-adolescencia
                          Política Nacional de la Niñez y Adolescencia (POLNA) (2003-2013)
  Paraguay
                          http://www.sipi.siteal.org/politicas/523/politica-nacional-de-la-ninez-y-adolescencia-polna
                          Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (PNAIA) (2001- 2021)
  Perú                    http://www.sipi.siteal.org/politicas/562/plan-nacional-de-accion-por-la-infancia-y-la-adolescencia-
                          pnaia-2021
                          Programa Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente (PNANNA) (s.f.)
  Venezuela (RB)          http://www.sipi.siteal.org/politicas/359/programa-nacional-de-atencion-integral-del-nino-nina-y-
                          adolescente-pnanna

  Tabla 3b: Estrategias nacionales para la protección de los derechos de la
  Primera Infancia
                            Plan Nacional para la Primera Infancia (PNPI) (2011-2022)
  BRASIL
                            http://www.sipi.siteal.org/politicas/248/plan-nacional-para-la-primera-infancia-pnpi
                            Sistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo" (2006-indefinido)
  CHILE                     http://www.sipi.siteal.org/politicas/225/sistema-de-proteccion-integral-la-infancia-chile-crece-
                            contigo
                            Atención Integral a la Primera Infancia "De Cero a Siempre" (2012-indefinido)
  COLOMBIA
                            http://www.sipi.siteal.org/politicas/583/estrategia-nacional-de-cero-siempre
                            Política Nacional de Primera Infancia "Amor por los más chiquitos y las más chiquitas" (2011-
                            indefinido)
  NICARAGUA
                            http://www.sipi.siteal.org/politicas/336/politica-nacional-de-primera-infancia-amor-por-los-mas-
                            chiquitos-y-las-mas-chiquitas
                            Plan de Atención Integral a la Primera Infancia (PAIPI) (2011-indefinido)
  PANAMÁ
                            http://www.sipi.siteal.org/politicas/322/plan-de-atencion-integral-la-primera-infancia-paipi
                            Plan Nacional de Desarrollo Integral de la Primera Infancia (2011-2020)
  PARAGUAY                  http://www.sipi.siteal.org/politicas/521/plan-nacional-de-desarrollo-integral-de-la-primera-
                            infancia
                            Plan Quisqueya Empieza Contigo (QEC) (2013-Indefinido)
  R. DOMINICANA             http://sipi.siteal.org/politicas/730/plan-quisqueya-empieza-contigo-qec
                            http://www.sipi.siteal.org/politicas/556/programa-de-atencion-integral-la-primera-infancia
  URUGUAY                   Sistema de Protección Integral a la Infancia “Uruguay crece contigo” (2012-indefinido)

  Fuente: Sistema de Información sobre la Primera Infancia en América latina (SIPI) http://www.sipi.siteal.org

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   6
02 PRESENTACIONES

  En síntesis, a 25 años de la firma de la Convención podemos decir que sin lugar a
  dudas se ha avanzado sustantivamente en la formalización del nuevo pacto entre
  Estado e Infancia y en la instauración de los principios de la convención como marco
  de referencia y regulación de los vínculos entre ambos.

  Políticas	
   públicas	
   para	
   la	
   primera	
   infancia.	
   El	
   potencial	
   transformador	
   de	
   la	
  
  Convención.	
  	
  
  El SIPI parte de la convicción de que el potencial transformador de la CIDN solo se
  hace visible en el terreno de las políticas. ¿Por qué? Porque a los titulares de derecho
  –a los niños y sus familias- la CIDN se les aparece en la forma de recursos, bienes y
  servicios que inciden en sus vidas concretas; incluso los mecanismos de exigibilidad
  de derechos son formas de garantizar el acceso a estos recursos cuando por algún
  motivo estos fueron negados.
  Y acá nos adentramos entonces en una nueva complejidad. Cuando la CIDN irrumpe
  en el debate sobre infancia, el terreno ya estaba marcado. El Estado actuaba,
  regulaba. Había niños, adultos, existía el Estado. Por eso, cuando analizamos al
  Estado desde el punto de vista de sus estrategias efectivas para intervenir en el
  terreno de la infancia nos encontramos con un panorama mucho más complejo, lleno
  de tensiones, contradicciones, pliegues y algunos vacíos desoladores. En virtud de
  ellos desde el SIPI sostenemos que la potencia de la CIDN radica en primer lugar en
  su capacidad para reencauzar el flujo de acción ya existente.
  Dicho esto ¿qué vemos entonces cuando hacemos foco en las políticas para la primera
  infancia?
  La	
  primera	
  infancia	
  entró	
  en	
  el	
  debate	
  público.	
  El	
  enfoque	
  de	
  derechos	
  frente	
  a	
  la	
  
  actualización	
  de	
  discursos	
  adultocéntricos.	
  
  Vemos que la primera infancia entró en el debate público, en las agendas de gobierno.
  Y todo indica que llegó para quedarse. Se habla de la primera infancia, hay discursos
  que circulan. La CIDN jugó un papel central en este proceso, pero también las
  neurociencias, el enfoque de capital humano, incluso el descubrimiento por parte del
  mercado del target “primera infancia”.
  La primera infancia importa. Los niños pequeños dejaron de estar ocultos en el
  ámbito de lo privado, de las familias. Y esto es muy bueno, porque es un paso
  importantísimo en la construcción de los niños como sujetos de derecho. Hoy por hoy
  la primera infancia es parte del debate. Lo cual no quiere decir necesariamente que el
  modo en que esta apareciendo y las respuestas que está teniendo desde el mundo
  adulto sean respetuosas de los principios que establece la CIDN.
  Por el contrario, los discursos que posicionan a la primera infancia en la escena
  pública abren nuevos desafíos. Hoy, el obstáculo a la CIDN no es solo el paradigma

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO         7
02 PRESENTACIONES

  tutelar, sino también una actualización de la perspectiva adulto céntrica que
  descubrió el rendimiento económico futuro de los niños. Los vínculos que proponen
  estos paradigmas están muchas veces basados en la sobre exigencia para el desarrollo
  de la productividad futura de los sujetos. Esto definitivamente no es de lo que
  hablamos cuando hablamos de cuidar esta etapa del ciclo vital. Y estos enfoques
  penetraron fuerte, por ejemplo, en el terreno de las políticas educativas.
  Tanto es así, que en rigor, desde el SIPI tenemos la sospecha de que estos discursos
  están teniendo actualmente mayor capacidad para incidir sobre la orientación de las
  políticas que la propia CIDN.
  Y aquí quiero detenerme un momento. Del seguimiento y análisis que desde el SIPI
  hacemos de la producción de conocimiento relacionada con la primera infancia y de
  los textos con los cuales se presentan las políticas, se desprende que la CIDN está
  siendo apropiada en un sentido limitado que no abarca todo su potencial.
  La convención es una referencia obligada en todos los documentos en los que se hable
  sobre la infancia, sin embargo en muchos casos es solo una referencia normativa. El
  texto de la CIDN es tomado como una ley, como un marco que formalmente instaura
  al estado como garante y a los niños como titulares, pero solo eso. Al momento de
  presentar las problemáticas, diseñar e implementar políticas, la CIDN no es el
  enfoque prevalente desde el cual pensar la actividad estatal. Desde el SIPI vemos con
  preocupación este punto y estamos convencidos de que es necesario avanzar en
  precisar el alcance y significado de pensar políticas desde el enfoque de derechos.

  Estrategias	
  integrales	
  para	
  la	
  primera	
  infancia.	
  La	
  familia	
  sobrecargada,	
  la	
  familia	
  
  desplazada	
  
  ¿Qué panorama emerge del análisis de las estrategias nacionales orientadas a la
  primera infancia en clave de integralidad?
  Vemos en primer lugar la impronta del origen en que se dio la relación Estado /
  Infancia. La dimensión biofísica del desarrollo. El primer derecho que los estados
  buscaron garantizar, aún antes de hablar de derechos, fue la supervivencia de los
  chicos. El parto, la higiene, la nutrición, la detección temprana de enfermedades
  sigue siendo el aspecto sobresaliente de las políticas orientadas a la primera infancia.
  Insuficientes indudablemente dado las tasas de mortalidad infantil actuales y el
  porcentaje de defunciones por causas evitables, pero la preocupación por garantizar
  la supervivencia, están siempre presente en estas estrategias.
  Sin embargo, aún con esta marca inicial, algunos expertos señalan que los Estados
  están teniendo poca capacidad para enfrentar los nuevos desafíos que se plantean
  alrededor de la salud de los chichos más chicos. Por ejemplo las nuevas
  problemáticas que surgen alrededor del embate que está haciendo la industria de los

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   8
02 PRESENTACIONES

  alimentos. Un ejemplo: las dificultades que tienen los estados para garantizar el
  cumplimiento del Código Internacional para la comercialización de sucedáneos de la
  leche materna. La industria de las leches artificiales financian los congresos de
  pediatría, esponsorean folletos de cuidados prenatales que se difunden en los
  hospitales públicos. En este sentido creemos que el rol del sector privado frente a los
  derechos de los niños, que fue abordado por el Comité en la Observación General Nº
  16, es un punto que merece atención urgente.
  ¿Qué vemos si nos posicionamos desde el derecho a la educación? En relación con
  este punto observamos un doble movimiento. En primer lugar vemos que en forma
  gradual se va incorporando la dimensión educativa a los servicios de atención a la
  primera infancia que tradicionalmente estuvieron enfocados hacia el cuidado y
  promoción de la salud. Y, por el otro lado vemos que desde los sistemas educativos
  regulares se está avanzando en extender el servicio educativo hacia edades cada vez
  más tempranas. Y aquí nuevamente surgen nuevos desafíos, vinculados por ejemplo
  al tipo de servicio educativo y a la propuesta pedagógica que se está ofreciendo.
  Varios expertos en la materia señalan, por ejemplo, el riesgo de primarización del
  nivel inicial, de perder la centralidad del juego, de excluir a las familias de la
  propuesta pedagógica y del servicio educativo.
  Y dicho esto, quiero detenerme en un punto que nos preocupa especialmente. La
  alianza Estado – Familia. Creemos que este es uno de los aspectos más ambiguos,
  difusos de las políticas. Es uno de los puntos en donde creemos que más hay que
  profundizar, precisar. Desde el SIPI vemos con cierta preocupación la reproducción
  incesante de perspectivas familiaristas y maternalistas en las políticas orientadas a
  primera infancia. Persiste la creencia de que la familia es la responsable exclusiva de
  atender las necesidades de cuidado y protección y que sólo cuando por carencias
  materiales o de otro tipo no puede hacerlo es oportuno y necesario que intervenga el
  Estado.
  Esto tiene una lectura positiva, y es que en los hechos se está gradualmente haciendo
  el pasaje desde una respuesta penal hacia otra basada en el estado social. Hasta cierto
  punto, con límites, pero igualmente es un aspecto que merece ser destacado. Ahora la
  CIDN pretende alterar algunos supuestos que en los hechos parecieran ser
  inalterables. La universalización del sujeto de política “niño, niña”. La mirada pública
  hacia la primera infancia no es solo a la infancia pobre. La presencia estatal, no es
  solo para la infancia pobre. La voluntad de construir una sociedad garante de
  derechos, en donde el estado lidere ese proceso, se basa justamente en construir a la
  primera infancia como sujeto de política. Todos los niños, no sólo los niños y las
  niñas pobres.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   9
02 PRESENTACIONES

  Al analizar las políticas creemos que no hemos desmontado ni el familiarismo ni el
  maternalismo. La CIDN a la vez que entiende que la familia es el entorno privilegiado
  para la realización de los derechos de los niños reconoce que la crianza debe ser
  acompañada con políticas que alivien la carga de cuidado que enfrentan las familias
  con niños pequeños. Y en este punto se observan vacíos muy importantes. El déficit
  generalizado de servicios públicos, gratuitos y de calidad para apoyar el cuidado y la
  educación durante los primeros años de vida es expresión clara de esta ausencia.
  Esta ausencia, además, afecta muy fuertemente a las familias más pobres, reproduce
  las brechas de desigualdad y de género. Las respuestas que dan las familias ante la
  ausencia de Estado vulneran con más fuerza a los derechos de los niños, los
  adolescentes y las mujeres. Tal como mencionamos al comienzo de esta presentación,
  es imprescindible que la agenda de infancia dialogue más intensamente con la agenda
  de las juventudes y la agenda de las mujeres.
  Esto no siempre está sucediendo y por momentos limita el potencial de ciertas
  macropolílitcas. Por ejemplo, los programas de transferencias condicionadas están
  permitiendo aliviar en parte (según el país) este déficit, pero siguen sin poder
  resolver (e incluso por momentos refuerzan) los mecanismos que restringen la
  autonomía de las mujeres y su participación en la sociedad.
  El análisis articulado de las políticas orientadas a la primera infancia revela que por
  lo general estas siguen suponiendo una mujer dedicada a tiempo completo a la
  crianza, que a lo sumo tiene un trabajo secundario. En este sentido las políticas para
  la primera infancia están demostrando ser poco sensibles a las nuevas formas en que
  las familias se organizan para criar y a las innumerables dificultades que atraviesan
  para hacerlo.
  Entonces, vamos cerrando ¿cuáles son los aspectos para destacar de las estrategias
  nacionales orientadas a garantizar los derechos de los niños durante la primera
  infancia?
  En síntesis, desde la perspectiva del abordaje integral que el Estado hace de los
  derechos de la primera infancia, se observa una fragmentación de este tramo del ciclo
  vital. La relación que el Estado establece con los niños y sus familias durante el tramo
  que va desde el nacimiento hasta antes del inicio del ciclo obligatorio de educación es
  muy diferente al lugar que ocupa el Estado una vez que los chicos entran en la
  escuela.
  En este primer tramo, el espacio institucional asignado a la primera infancia continua
  siendo la familia. Sólo los servicios de salud –y solo en parte- parecieran interpelar a
  todos los niños cualquiera sea su estrato social de origen. El Estado aparece
  subsidiario de las familias, no a la par. Las familias están sobrecargadas en tanto el
  apoyo del Estado para acompañar la crianza de los niños más pequeños es limitado.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   10
02 PRESENTACIONES

  Cuando la familia no puede por si misma afrontar la crianza, aparecen políticas,
  puntuales, de cobertura insuficiente, a veces de calidad dudosa: políticas pobres para
  pobres. Experiencias basadas en el voluntarismo comunitario, iniciativas muchas
  veces sumamente valiosas pero poco reguladas, en donde el Estado participa
  tangencialmente. En el primer tramo de la primera infancia, antes del inicio del ciclo
  educativo obligatorio, las políticas están desbalanceadas hacia la dimensión biofísica
  del desarrollo. La dimensión educativa, si bien está empezando a hacerse presente
  (pensemos que recién desde el año 2006 se establece formalmente que la educación
  comienza con el nacimiento) está mucho más desdibujada.
  El panorama cambia sustantivamente cuando el Estado irrumpe en la vida de los
  niños a través del sistema educativo. Las tasas de escolarización son muy variables,
  prácticamente universales en el año previo al ingreso al nivel primario, y en algunos
  países muy bajas entre los 3 y 4 años. Pero más allá de su cobertura efectiva lo que se
  observa es que cambia el espacio institucional asignado a la primera infancia. Aquí
  aparece la voluntad del estado por incidir en la vida de los chicos más chicos. Se
  revierte el panorama que se observaba en el tramo anterior. La dimensión educativa
  pasa a ser central, y la dimensión salud ingresa al dispositivo escolar. Desde el punto
  de vista del desarrollo integral, se observa como comenté anteriormente el
  sobredimensionamiento de los aspectos cognitivos, y el desdibujamiento de la
  dimensión lúdica y recreativa. Y así como antes las familias estaban sobre cargadas,
  ahora corren el riesgo de ser desplazadas. Las alianzas entre Estado y Familia es uno
  de los grandes temas pendientes.

  Para finalizar, se presenta
  en el siguiente esquema                                    Liberar'el'poder'transformador'de'la'CIDN'
                                                             Avanzar"en"la"construcción"de"un"marco"analí5co"robusto"para"
  algunos de los ejes                                 1"     el"análisis"de"las"polí5cas"públicas"para"la"primera"infancia"
  principales sobre los                                      desde"la"perspec5va"de"los"derechos"establecidos"en"la"CIDN"

  cuales desde el SIPI                                       Los'niños'en'el'centro'de'los'debates'sobre'la'ciudadanía'
  consideramos es necesario                           2"     El"Estado"no"debe"ser"subsidiario"de"las"familias,"deben"actuar"a"
                                                             la"par."Repensar"y"fortalecer"la"alianza"Estado"–"Familia."
  avanzar para consolidar a
                                                             Extensión'de'la'red'de'servicios'de'atención'(cuidado)'y'
  los Estados                                                educación'
  latinoamericanos como                               3"     Desmontar"el"familiarismo"/"maternalismo"–"Mayor"presencia"
                                                             de"Estado"en"la"vida"de"los"niños"durante"la"primera"infancia"
  auténticos garantes de los
  derechos de los niños y                                    Mayor'regulación'del'sector'privado'
  niñas durante la primera                            4"     Mercado"laboral"–"Licencias"y"asignaciones"–"lactancia"
                                                             materna"/"mala"nutrición"O"sedentarismo"
  infancia.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO      11
02 PRESENTACIONES

  Consideraciones	
  finales	
  
  Esta es una síntesis muy ajustada y esquemática de la impresión con la cual nos
  quedamos luego de recorrer el entramado normativo y las principales políticas que
  llevan adelante los Estados para afrontar los compromisos asumidos al ratificar la
  Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
  Quisiéramos remarcar algunos aspectos que para nosotros tienen especial relevancia.
  El primero es el avance que se observa en la formalización del nuevo pacto que
  propone la convención. En este punto el panorama es claramente alentador.
  En contraste, la preocupación surge cuando ponemos el foco en las políticas efectivas
  que están llevando adelante los Estados latinoamericanos. En este sentido, tal como
  mencionamos al comienzo de nuestra presentación, la pregunta que ordena nuestra
  indagación es en qué medida los Estados quedan fortalecidos como garantes de
  derecho a partir de las políticas que están implementando. Lo que nosotros vemos es
  que políticas hay muchas pero no necesariamente fortalecen a los Estados como
  garantes de los derechos de los niños. Esas políticas muchas veces se llevan adelante
  en terrenos signados por tensiones discursivas, algunas veces explicitadas, la mayoría
  de las veces solapadas, pero aún así muy intensas.
  Adentrarnos en estas tensiones nos obliga a reflexionar sobre el Estado que teníamos
  y el Estado que queremos tener. El Estado garante de derechos es muy diferente al
  que teníamos antes de la Convención. Las políticas para la primera infancia en gran
  medida siguen siendo gestadas en Estados que deberíamos poder revisar para poder
  avanzar en la construcción de Estados garantes de derechos. Estas tensiones se
  inscriben dentro de fuertes pujas entre paradigmas cognitivos desde los cuales se está
  pensando a la primera infancia. Un discurso fuerte, con puntos de convergencia pero
  muchos otros en conflicto con el enfoque de derechos es el de las neurociencias. El
  discurso de las neurociencias está definiendo una agenda que no necesariamente
  abarca todo el espectro de derechos. En paralelo, el enfoque del capital humano es
  también un fuerte orientador de las políticas para la primera infancia. Este enfoque
  instala una agenda de política que prioriza aquellos aspectos del desarrollo de los
  niños que tienen altas tasas de retorno y nuevamente desplaza la atención del goce
  presente de los derechos e incluso al desarrollo integral de todas las capacidades de
  los niños.
  En relación con la tensión entre el enfoque de derechos, el de las neurociencias y el
  enfoque del capital humano, creemos que es importante destacar que actualmente no
  es sólo el paradigma tutelar el gran obstáculo del proceso de implementación de la
  Convención sino que estos nuevos paradigmas ocupan un lugar central al igual que
  los ecos de Estado fundados en el viejo pacto.

  POLITICAS PUBLICAS PARA LA PRIMERA INFANCIA. REFLEXIONES A 25 AÑOS DE RATIFICADA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO   12
02 PRESENTACIONES

  Por ello, los desafíos pendientes que deja en evidencia el análisis de las estrategias
  nacionales para la primera infancia, requieren repensar las herramientas necesarias
  para llevarlas adelante. Por ejemplo, es indudable que necesitamos políticas
  universales pero desde una concepción del universalismo que no es el mismo que se
  sostenía hace tres décadas atrás. La tensión entre centralización y descentralización
  también debe ser revisada. El diseño de una política no puede ser resuelta desde la
  vieja organización de los mecanismos estatales de gestión.
  Por último, cuando pensamos específicamente en políticas para la primera infancia es
  fundamental repensar la relación entre Estado y familia. El lugar que tiene la familia
  frente a la garantía de los derechos de los niños que dependen de ella lleva a revisar la
  relación entre lo público y lo privado entendiendo, por ejemplo, que los niños no son
  propiedad de los adultos y en virtud de ello que el cuidado es una función pública y
  no una función privada. Precisar el vínculo entre Estado y familia es en primer lugar
  revisar el límite entre lo público y lo privado. Desde este encuadre, las familias y las
  dinámicas que se establecen en su interior constituyen un espacio fundamental para
  la realización de los derechos de los niños. Es necesario entonces abrir la discusión
  sobre los diversos modos en que las familias se organizan para producir bienestar y
  garantizar derechos. Es necesario repensar las relaciones entre géneros e
  intergeneracionales. La convención en este sentido plantea dos grandes revoluciones
  conceptuales: redefine la relación entre Estado e infancia, y por otro lado redefine la
  relación entre el mundo adulto y el mundo de la infancia. Por ello es necesario
  repensar no solo los vínculos que se dan en el espacio público sino también como se
  dan esos vínculos en el entorno familiar.
  Desde el SIPI consideramos que estos son algunos de los ejes que deberían alimentar
  los debates sobre las políticas públicas para la primera infancia en la región. Estas
  discusiones generan insumos valiosos para reorientar la política pública actual, y no
  seguir aplicando en aquellas nuevas políticas que esperamos fortalezcan a los estados
  como garantes de los derechos de los niños, estrategias, herramientas, formas de
  pensarlas e implementarlas muy próximas a las utilizadas tiempo atrás y que en este
  nuevo contexto serían inadecuadas para afrontar los desafíos pendientes.

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