Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina1 - Dialnet

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Artículo recibido: 06/12/2018
Artículo aceptado: 25/02/2019
DOI: 10.27533/udea.mut.v12n1a03
                                                                                             ISSN 2011-799X

                       Buscando espacios para la formación
                     de intérpretes para la justicia en lenguas
                                indígenas en América Latina1

                                                                                    Cristina V. Kleinert
                                                                      ckleinert@uv.mx
   Universidad Veracruzana, Xalapa, México / Universidad de Amberes, Amberes, Bélgica

                                                                               Carmen Núñez-Borja
                                                     CarmenAlicia.Nunez-BorjaLuna@uantwerpen.be
                                                         Universidad de Amberes, Amberes, Bélgica

                                                                                   Christiane Stallaert
                                                                    christiane.stallaert@uantwerpen.be
                                                            Universidad de Amberes, Amberes, Bélgica

     Resumen1
     Este artículo hace una revisión crítica, en un marco de derechos humanos y de derechos de los pueblos in-
     dígenas, de la oferta educativa para intérpretes de lenguas indígenas en América Latina con énfasis en Perú y
     México. Ambos países cuentan con leyes que garantizan el uso, la preservación, la promoción y la difusión de
     las lenguas indígenas. La necesidad social de contar con intérpretes certificados o acreditados que faciliten el
     acceso a los servicios públicos para hablantes de lenguas indígenas ha forzado a los gobiernos a crear políticas
     públicas para su atención. Nos centramos especialmente en el ámbito de acceso a la justicia, señalando los
     logros y lagunas en ambos países. La escasez de espacios de formación permanentes en instituciones de edu-
     cación superior para las combinaciones lingüísticas de español y lenguas nacionales indígenas obligan a definir
     otro tipo de formaciones donde participan actores institucionales variados, como son los gobiernos federales
     y estatales, asociaciones de la sociedad civil e instituciones educativas. Los datos proceden de una investigación
     llevada a cabo en Puebla y Oaxaca (2011-2018), recientemente extendida hacia Perú en el marco de un proyecto
     de cooperación triangular coordinado por la Universidad de Amberes (Bélgica) y la Universidad Veracruzana
     (México), en colaboración con la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.
     Palabras clave: interpretación para la justicia, México, Perú, derechos humanos, derechos de los pueblos indí-
     genas, profesionalización de intérpretes.

1 Este artículo se desprende del proyecto de investigación “Profesionalización de intérpretes de lenguas nacionales:
el caso de Oaxaca”, apoyada por la Universidad Veracruzana y con financiamiento de la Secretaría de Educación
Pública a través del Programa de Desarrollo Profesional Docente (prodep) nptc No. 511-6/17-8054/ptc-857 y
el proyecto PE2019SIN256A102 South Initiative 2019 “Promoting Access to Justice for Speakers of Indigenous
Languages in Peru” supervisado por Christiane Stallaert, Universiteit Antwerpen, Bélgica y Universidad Peruana de
Ciencias Aplicadas, Perú.
Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     Looking for training spaces for legal interpreters in indigenous languages in
     Latin America
79
     Abstract
     This article critically reviews, within the framework of Human Rights and Rights of Indigenous Peoples, the
     educational offer for interpreters of indigenous languages ​​in Latin America with an emphasis on Peru and
     Mexico. Both Peru and Mexico have laws that guarantee the use, preservation, promotion and dissemination
     of indigenous languages. The social need to have certified interpreters, who facilitate access to public services
     for indigenous languages ​​speakers has forced governments to create public policies for their attention. We will
     focus especially on the field of the ​​access to justice, highlighting the achievements and shortcomings in both
     countries. The shortage of continuous training spaces in higher education institutions for language combina-
     tions of Spanish and indigenous national languages ​​make it necessary to define other types of training involv-
     ing various institutional actors, such as federal and state governments, civil society associations and educational
     institutions. Data come from research carried out in 2011-2018 in the Mexican states of Puebla and Oaxaca,
     and recently extended to Peru within the framework of a three-party cooperation project, under the lead of
     the University of Antwerp (Belgium) and Universidad Veracruzana (Mexico) along with Peruvian University
     of Applied Sciences.
     Keywords: legal interpreting, Mexico, Peru, human rights, indigenous rights, interpreters’ professionalization.

     À la recherche d’espaces pour la formation d’interprètes juridiques en langues
     autochtones en Amérique latine
     Résumé
     Cet article examine, dans le cadre des droits de l’homme et des peuples autochtones, l’offre de formation pour
     les interprètes juridiques de langues autochtones en Amérique latine, en particulier au Pérou et au Mexique,
     deux pays qui ont des lois qui garantissent l’utilisation, la préservation, la promotion et la diffusion des langues
     autochtones. La nécessité sociale de disposer d’interprètes agréés facilitant l’accès des locuteurs de langues
     autochtones aux services publics a contraint les gouvernements à élaborer des politiques publiques à leur
     attention. Nous nous concentrons particulièrement sur le domaine de l’accès à la justice, en soulignant les réa-
     lisations et les lacunes. La pénurie d’espaces de formation permanents dans les établissements d’enseignement
     supérieur pour les combinaisons linguistiques de l’espagnol et des langues nationales autochtones oblige à
     définir d’autres types de formation impliquant divers acteurs tels que les gouvernements fédéral et régionaux,
     les associations de la société civile ainsi que les établissements d’enseignement. Les données proviennent d’une
     recherche initiée en 2011 dans les États mexicains de Puebla et Oaxaca et récemment étendue au Pérou dans
     le cadre d’un projet de coopération triangulaire coordonné par l’université d’Anvers (Belgique) et l’Universidad
     Veracruzana (Mexique) en collaboration avec l’Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.
     Mots-clés: interprétation juridique, Mexique, Pérou, droits de l’homme, droits des peuples autochtones, pro-
     fessionnalisation des interprètes.

     Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

1. Introducción                                            tados latinoamericanos redefinieron el con-
                                                           cepto de nación incluyendo de forma explícita
A partir de los años noventa del siglo xx, los             a los pueblos indígenas, comprometen al Es-           80
estudios de traducción se han ido abriendo ha-
                                                           tado a garantizar la comunicación con estos
cia temas de interés sociológico y antropoló-
                                                           ciudadanos y facilitar su acceso a los servi-
gico (Wolf y Fukari, 2007; Stallaert y Schuler
                                                           cios públicos. Es más, desde los años noventa
Zea, 2012). El enfoque en los agentes de la tra-
                                                           la mayoría de los Estados latinoamericanos
ducción y las relaciones de poder ha llevado a
                                                           han ratificado convenios internacionales en
los traductólogos a reconocer que la práctica
                                                           cuanto a la protección de las culturas indíge-
de la traducción transcurre en un campo —en
                                                           nas, entre ellos el Convenio 169 de la oit y la
el sentido bourdieusiano— jerárquicamente
                                                           Declaración de las Naciones Unidas sobre los
organizado de acuerdo con el principio de un
                                                           Derechos de los Pueblos Indígenas. Teniendo
sistema-mundo caracterizado por la tensión
                                                           en cuenta el marco constitucional e interna-
entre centro y periferia(s). En países donde
                                                           cional, la creación de una oferta adecuada
conviven varias lenguas, esta tensión suele ser
el producto de un proceso histórico de cons-               para la formación de traductores e intérpretes
trucción nacional basado en la minorización                en lenguas indígenas en la región latinoame-
de una o varias lenguas —normalmente, de-                  ricana forma parte integral de una agenda de
gradadas al estatus de “dialecto”—, mientras               derechos humanos y de desarrollo.
se privilegia una lengua nacional. Este ha sido
el caso de la mayoría de los países latinoame-             En el presente artículo se revisa la situación
ricanos, que en el momento de surgir como                  de México y Perú en cuanto a la formación
Estados nacionales independientes, después                 de intérpretes para la justicia y su inserción
de varios siglos de colonización, privilegiaron            laboral. Los datos se basan en una investiga-
la lengua del excolonizador como lengua na-                ción que se desarrolla desde 2011 en las regio-
cional en detrimento de las lenguas nativas u              nes mexicanas de Oaxaca y Puebla. Durante
originarias. Esta situación se ha visto reflejada          ocho años, con periodos intermitentes, se
en la institucionalización de la formación de              han recabado datos tanto cuantitativos como
traductores y la práctica de la traducción, his-           cualitativos, estos últimos mediante métodos
tóricamente más orientada hacia las relacio-               etnográficos, principalmente entrevistas en
nes exteriores (diplomacia, comercio exterior,             profundidad con actores clave, grupos foca-
artes y cultura) y no tanto hacia la comuni-               les y observación participante en audiencias
cación intraestatal con hablantes de otras len-            públicas del ámbito judicial (Kleinert, 2013;
guas (antes denominadas “dialectos”, ahora                 2014a; 2014b; 2016a; 2016b; Kleinert y Sta-
en muchos casos reconocidas como lenguas                   llaert, 2015; 2018; Stallaert y Kleinert, 2017)
nacionales originarias, nativas o indígenas). Si           articulados por una etnografía reflexiva (Dietz
la oferta de formación académica y profesio-               y Mateos Cortés, 2010). También se realiza
nal en traducción e interpretación ya escasea              un seguimiento constante en redes sociales
en los países latinoamericanos, en lo que res-             y se incluyen publicaciones en blogs de aso-
pecta a las lenguas indígenas es prácticamente             ciaciones de traductores e intérpretes, como
inexistente (Howard, De Pedro Ricoy y An-                  por ejemplo cepiadet, a.c. Una de las autoras
drade Ciudad, 2018).                                       participó además como formadora en varios
                                                           procesos ofrecidos en México, donde se video-
Las reformas constitucionales a partir de la               grabaron sesiones y se recabaron datos a partir
década de los noventa, en las que varios Es-               de bitácoras y acompañamiento durante la ini-

                       Mutatis Mutandis. Vol. 12, No. 1, 2019, enero - junio, pp. 78-99
Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     ciación profesional. Recientemente, y partien-             Con base en esta conclusión, Stavenhagen
     do de la experiencia investigativa en México,              formuló la siguiente recomendación a los
81   se amplió el alcance de la investigación para              gobiernos:
     incorporar la región andina, principalmen-
     te Perú, a partir de un estado de la cuestión                States should take steps to ensure that indigenous
     basado en una revisión bibliográfica, ya que                 peoples, either individually or collectively, can
     el trabajo de campo se efectuará durante los                 understand and be understood in legal proceed-
     próximos meses con base en la experiencia en                 ings, by providing interpretation or some other
                                                                  effective procedure. (United Nations, 2004, p. 7)
     México con un enfoque que busca hacer un
     contraste para enriquecer en ambos países fu-
                                                                Sin embargo, más recientemente, en un infor-
     turas experiencias de formación y orientar la
                                                                me de 2018, la relatora especial de la onu para
     investigación sucesivamente hacia otros países
                                                                los Derechos de los Pueblos Indígenas, basán-
     latinoamericanos.
                                                                dose en visitas oficiales en México y Guate-
                                                                mala, constató que:
     2. El acceso al intérprete para la justicia
                                                                  Con frecuencia no se respetan las garantías proce-
     como derecho de los pueblos indígenas                        sales y los pueblos indígenas se encuentran en una
     En las conclusiones de su informe sobre Dere-                situación especialmente desfavorecida, ya que es
                                                                  posible que no dispongan de los medios necesa-
     chos Humanos y Asuntos Indígenas, en enero
                                                                  rios para obtener asistencia letrada. Es probable
     del 2004, el entonces relator especial de las
                                                                  que no estén en condiciones de pedir la asistencia
     Naciones Unidas, Rodolfo Stavenhagen, se-
                                                                  de un intérprete, ya que en la mayoría de los paí-
     ñalaba que:                                                  ses en que se hablan lenguas indígenas rara vez se
                                                                  dispone de servicios de interpretación o no existen
      The experts recognized that progress had been               en el sistema judicial, al tiempo que los sistemas
      made at both the national and the international             de justicia ordinarios tampoco prestan mucha
      level in relation to indigenous peoples and the             atención, si es que la prestan, a las costumbres, las
      administration of justice. This progress includes           tradiciones y los ordenamientos jurídicos de los
      formal recognition by States of indigenous                  pueblos indígenas. El enjuiciamiento de las per-
      peoples in national constitutions and legisla-              sonas indígenas se caracteriza por períodos pro-
      tion, the growing numbers of indigenous people              longados de prisión preventiva, que a veces duran
      employed in judicial systems, recognition of                varios años, sobre todo en el caso de los dirigentes
      indigenous peoples’ own legal traditions and                indígenas. Su objetivo estratégico es privar de voz
      practices, efforts to provide interpretation for in-        a las comunidades. Aunque sean absueltas esas
      digenous persons in courts and the steps taken              personas, rara vez se les conceden reparaciones.
      by the authorities to ensure that the cultures of           (Naciones Unidas, 2018, p. 12)
      indigenous peoples are respected and taken into
      consideration. However, the experts noted that,
                                                                Respaldadas por los informes de organismos
      despite these positive developments, measures to
                                                                internacionales, como la onu, las organiza-
      improve the administration of justice for indig-
      enous peoples were not always implemented and
                                                                ciones de pueblos indígenas latinoamericanos
      that urgent action by States was needed to rem-           se han informado en las últimas décadas en
      edy that situation. (United Nations, 2004, p. 5)          torno a la cuestión de los derechos humanos
                                                                y los derechos indígenas en su relación con
                                                                los Estados. El 5 de abril de 2018, el Fondo
                                                                para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de

         Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

América Latina y el Caribe aprobó el “Plan de              ción de la Universidad Peruana de Ciencias
acción de Iberoamérica para la implementa-                 Aplicadas (Perú) (Stallaert, Núñez-Borja y
ción de los derechos de los pueblos indígenas”             Kleinert, 2018). En primer lugar se analiza el        82
(filac, 2018a), plan que se fundamenta en la               marco normativo que permite comprender la
constatación de que, si bien los gobiernos de              necesidad de formar intérpretes para la justi-
la región se esforzaron en tomar medidas po-               cia en lenguas indígenas como un derecho de
líticas para mejorar la situación de los pueblos           los pueblos indígenas. A continuación se re-
indígenas de acuerdo con los avances interna-              visa la situación de Perú en esta materia con
cionales al respecto, los resultados generados             el objetivo de contrastarla con la de México,
en materia de protección de derechos y lucha               país pionero en la región en la creación de una
contra la discriminación étnica hasta la fecha             oferta de formación de intérpretes en lenguas
han sido insuficientes. La agenda de desarro-              indígenas. Basándonos en el caso mexicano,
llo de filac refleja igualmente la preocupación            se argumenta en la sección final que el pro-
por la revitalización y el fortalecimiento de              blema de formación de intérpretes en lenguas
lenguas indígenas tanto en lo que atañe a las              indígenas forma parte de un complejo engra-
políticas públicas de formación docente y edu-             naje institucional, y que fomentar el acceso a
cación intercultural bilingüe como a los pro-              la justicia para hablantes de lenguas indígenas
gramas de universidades indígenas intercultu-              en América Latina supone, pues, un enfoque
rales. El pasado 12 de octubre, representantes             multidimensional.
de filac y de la Organización de Estados Ibe-
roamericanos para la Educación, la Ciencia y
                                                           3. El marco normativo
la Cultura (oei), lanzaron oficialmente desde
Cochabamba (Bolivia) el Año Internacional                  En la década de los noventa, coincidiendo con
de las Lenguas Indígenas, 2019 (filac, 2018b),             la conmemoración del llamado “v Centenario
de acuerdo con la Resolución 71/178 de las                 del Descubrimiento de América”, surgieron,
Naciones Unidas, en la que se destaca la preo-             paralelamente al debate crítico intelectual que
cupación por las desventajas socioeconómicas               cuestionaba el discurso hegemónico sobre tal
que siguen sufriendo los pueblos indígenas,                evento, movimientos indigenistas que, apoya-
por “los obstáculos que les impiden disfrutar              dos o legitimados por un clima internacional
plenamente de sus derechos [y la necesidad de              de reconocimiento de derechos de las mino-
avanzar en] el proceso de proteger y promo-                rías, condujeron en varios países latinoame-
ver su acceso a la justicia” (Naciones Unidas,             ricanos a la reformulación constitucional del
2016).                                                     concepto de “nación”, para incluir de forma
                                                           explícita —y en algunos casos por primera vez
El contexto internacional y regional nos sir-              en la historia del país— a la población indíge-
ve de marco para revisar la oferta de forma-               na y afrodescendiente (Clavero, 2008).
ción de intérpretes para la justicia en lenguas
indígenas en México y Perú, dos países la-                 La democratización del continente a partir del
tinoamericanos con marcada presencia de                    final de la Guerra Fría se caracteriza por el
población indígena. Los datos proceden de                  compromiso constitucional con los dos princi-
una investigación en curso en la Universidad               pales textos normativos de los derechos de los
Veracruzana (México) y la Universidad de                   pueblos indígenas, a saber, el Convenio 169
Amberes (University of Antwerp, Bélgica),                  de la Organización Internacional del Trabajo
recientemente ampliada con la incorpora-                   (oit) y la Declaración sobre los Derechos de

                       Mutatis Mutandis. Vol. 12, No. 1, 2019, enero - junio, pp. 78-99
Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     los Pueblos Indígenas aprobada por la Asam-                pueblos interesados y promover el desarrollo
     blea General de las Naciones Unidas en 2007.               y la práctica de las mismas” (oit, 1989, art.
83   Hoy, la mayoría de los textos constitucionales             28, §2-3). En relación con la obligación de los
     de la región parte de una definición ampliada              gobiernos de dar a dichos pueblos “a conocer
     de la nación, para considerarse incluso nacio-             sus derechos y obligaciones [...] dimanantes
     nes plurinacionales, e inscribirse en un orden             del presente Convenio” se menciona la posi-
     jurídico superior de la Declaración Interna-               bilidad de recurrir a la traducción: “A tal fin,
     cional de los Derechos Humanos. Al ratificar               deberá recurrirse, si fuere necesario, a traduc-
     el Convenio 169 “sobre Pueblos Indígenas y                 ciones escritas y a la utilización de los medios
     Tribales en países independientes”, adoptado               de comunicación de masas en las lenguas de
     en 1989 y puesto en vigor en 1991 (oit , 1989),            dichos pueblos” (oit , 1989, art. 30, §1-2).
     los países se comprometen a garantizar y fo-
     mentar el acceso a la justicia para hablantes de           El Convenio 169 de la oit fue importantísimo
     lenguas indígenas. Uno de los instrumentos                 para la región latinoamericana en su mar-
     de tal política consiste en formar intérpretes             cha hacia el reconocimiento de los derechos
     jurídicos en lenguas indígenas.                            de los pueblos indígenas, como demuestra el
                                                                hecho de que los países ratificantes de dicho
     El Convenio 169 de la oit en su artículo 2.1               Convenio hayan sido mayoritariamente países
     establece que “[l]os gobiernos deberán asu-                latinoamericanos (desde su puesta en vigor en
     mir la responsabilidad de desarrollar, con la              1991 hasta hoy, de los 23 países que lo ratifi-
     participación de los pueblos interesados, una              caron, 15 son latinoamericanos), lo que otor-
     acción coordinada y sistemática con miras a                ga a este Convenio un estatuto muy especial
     proteger los derechos de esos pueblos y a ga-              para toda reflexión sobre la cuestión indíge-
     rantizar el respeto de su integridad”, y especi-           na en Latinoamérica (oit, 1989). En cuanto a
     fica que tal acción deberá incluir, entre otras            los dos estudios de caso que se analizan en el
     medidas, asegurar “a los miembros de dichos                presente artículo, México fue el segundo país
     pueblos gozar, en pie de igualdad, de los de-              en ratificar el Convenio 169 en septiembre de
     rechos y oportunidades que la legislación na-              1990, seguido de Colombia y Bolivia en 1991,
     cional otorga a los demás miembros de la po-               y de Costa Rica y Paraguay en 1993. Perú lo
     blación” (oit, 1989). El artículo 2.2 establece            ratificó en febrero del 1994, adelantándose a
     la obligación para los gobiernos nacionales de             otros países de la región, algunos de los cuales
     tomar las medidas necesarias para la creación              tan solo llegaron a suscribirse al Convenio a
     de programas de formación profesional que                  partir del nuevo milenio.
     respondan a las necesidades específicas de los
     pueblos indígenas. Dichos programas de for-                En un reciente artículo Howard, De Pedro
     mación se han de desarrollar con la participa-             Ricoy y Andrade Ciudad (2018) han revisado
     ción y cooperación de los pueblos interesados.             las políticas de traducción para los servicios
     En el tema de la educación, se establece la                públicos en varios países hispanoamericanos.
     responsabilidad del Estado de tomar “medi-                 Los autores observan que:
     das adecuadas para asegurar que esos pueblos
     tengan la oportunidad de llegar a dominar la                 In the present day, sociolinguistic asymmetries
     lengua nacional o una de las lenguas oficiales               [...] mean that while translation and interpreting
     del país” a la vez que adoptan “disposiciones                (henceforth t&i) between Spanish and mains-
     para preservar las lenguas indígenas de los                  tream foreign languages tend to be institutio-

         Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

 nally regulated practices, T&I between Spanish            Este nuevo contexto constitucional y jurídico
 and the indigenous languages continue to be               creó el marco que permitió impulsar medidas
 conducted ad hoc, as they were in earlier times.          para promocionar el acceso a la justicia para
                                                                                                                 84
 (Howard, De Pedro Ricoy y Andrade Ciudad,
                                                           hablantes de lenguas nacionales indígenas, ya
 2018, p. 20)
                                                           sea mediante la comunicación directa con las
                                                           instituciones del Estado, ya sea mediante in-
A pesar de las persistentes asimetrías, heren-
cia de siglos de colonización y de colonialidad            térprete o traductor. En el caso de Perú, como
del poder en ambos países, la situación está               se verá a continuación, la nueva política de
cambiando gracias al renovado marco norma-                 cara a las lenguas indígenas empieza a defi-
tivo en lo concerniente a los derechos de los              nirse a partir del 2011, con la inclusión del
pueblos indígenas y los derechos lingüísticos,             derecho a disponer de medios de traducción
ya que se está haciendo un esfuerzo por pro-               directa en todo ámbito (Ley 29735, 2011).
fesionalizar dicha práctica en ambos países.
En 1992 México reconoció constitucional-                   4. La formación de intérpretes
mente el carácter pluricultural de la nación
                                                           en lenguas indígenas en Perú,
mexicana, en 2003 adoptó la Ley General de
                                                           un campo en construcción
Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indíge-
nas (lgdlpi, 2003), ley que regula el plurilin-            En Perú, país que en 2021 celebrará sus 200
güismo nacional de acuerdo con los principios              años de independencia, las lenguas indíge-
de no discriminación por lengua (art. 8) y de              nas no tuvieron ningún reconocimiento ofi-
libre uso de las lenguas (art. 9). Esta misma              cial hasta por lo menos 1975, año en que el
ley otorga a las lenguas indígenas el estatus              quechua quedó reconocido como lengua ofi-
de lengua nacional (art. 4), en pie de igualdad            cial por Decreto Ley 21156.2 Aunque este
con el español en lo que concierne a los con-
                                                           reconocimiento convirtió a Perú en el primer
tactos del ciudadano con los servicios públi-
                                                           país latinoamericano que dio estatus oficial a
cos (art. 7). De acuerdo con el artículo 10, le
                                                           una lengua indígena junto con el castellano,
incumbe al Estado garantizar a los hablantes
                                                           no fue hasta 1979 que Perú otorgó el derecho
de lenguas indígenas el acceso a la jurisdic-
                                                           de voto a la población “no letrada”, es decir,
ción del Estado en su propia lengua, y se es-
                                                           no hispanohablante. Sin embargo, al mismo
pecifica que “[p]ara garantizar ese derecho, en
todos los juicios y procedimientos en que sean             tiempo, la Constitución de 1979 dejó de de-
parte, individual o colectivamente, se deberán             finir el quechua como lengua oficial a nivel
tomar en cuenta sus costumbres y especifici-               nacional, restringiendo su estatus a “lengua
dades culturales respetando los preceptos de               de uso oficial” en áreas específicas definidas
la Constitución Política de los Estados Unidos             en la ley. Este siguió siendo el estatus del que-
Mexicanos”, y estableciendo, además, que                   chua de acuerdo con las subsiguientes refor-
                                                           mas constitucionales hasta la Constitución de
 [l]as autoridades federales responsables de la            1993. Perú cuenta con al menos 47 lenguas
 procuración y administración de justicia, inclu-          indígenas que son habladas por 55 pueblos in-
 yendo las agrarias y laborales, proveerán lo ne-          dígenas u originarios (Ministerio de Cultura,
 cesario a efecto de que en los juicios que reali-
 cen, los indígenas sean asistidos gratuitamente,          2 Decreto Ley del 27 de mayo de 1965. Véase ht-
 en todo tiempo, por intérpretes y defensores que          tps://peru.justia.com/federales/decretos-leyes/
 tengan conocimiento de su lengua indígena y               21156-may-27-1975/gdoc/
 cultura. (lgdlpi, 2003)

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Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     2016).3 La ratificación del Convenio 169 de                            En ella se redefinió el estatus de las lenguas
     la oit en 1994, impuso ciertos compromisos                             originarias o nativas, proponiéndose medidas
85   a Perú hacia su población indígena, llámese                            de fomento de la interculturalidad y recono-
     nativa, campesina u originaria. Sin embargo,                           cimiento efectivo de la pluralidad lingüística
     el contexto político (fujimorismo en combina-                          del país. La Ley condena cualquier discrimi-
     ción con el terrorismo de Sendero Luminoso y                           nación por usar una lengua originaria y ga-
     el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru)                              rantiza el derecho a usarla tanto en el ámbito
     no fue propicio para avanzar en la materia y                           público como privado. Asimismo, establece
     buscar respuestas a las necesidades de una po-                         el derecho “a gozar y disponer de los medios
     blación indígena, cuya incidencia de pobreza,                          de traducción directa o inversa que garanticen
     de acuerdo con el Censo Nacional de 2007,                              el ejercicio de sus derechos en todo ámbito”
     doblaba a la de la población hispanohablante,                          (Ley 29735, artículo 4, acápite g).
     y la ponía en una situación de vulnerabilidad
     frente al goce de sus derechos. Alrededor de                           En los últimos diez años, el Perú se ha visto
     4 millones de peruanos, es decir, 15 por cien-                         enfrentado a múltiples conflictos motivados
     to de la población nacional, tienen un idioma                          por el acceso al agua y otros recursos natu-
     indígena como lengua materna (Benavides,                               rales en áreas con una concentración elevada
     Mena, y Ponce, 2010, pp. 16-17). Según los                             de hablantes de lenguas indígenas. De acuer-
     censos nacionales de 2017, este porcentaje se                          do con datos de la Oficina del Defensor del
     eleva a 16,1 %. De una población total esti-                           Pueblo peruano, sobre un total de 256 con-
     mada en 31 millones 237 mil 385 habitantes,                            flictos sociales registrados en 2017, 66,4%
     en este último censo son 4 321 421 peruanos                            fueron conflictos socioambientales, debidos
     quienes declararon haber aprendido a hablar                            a la explotación de recursos naturales (mi-
     en su niñez con un idioma indígena u origi-                            nería e hidrocarburos) (Defensoría del Pue-
     nario (inei, 2018a, pp. 29, 48). Fue mediante                          blo, 2018, pp. 146-148). En 2011, 20 de los
     la Ley 29735 que el Estado peruano dio los                             conflictos registrados afectaban de forma
     primeros pasos para regular “el uso, preser-                           directa a población indígena. En el periodo
     vación, desarrollo, recuperación, fomento y                            de 2011-2014, el Defensor de pueblo registró
     difusión de las lenguas originarias del Perú”.                         153 conflictos en torno al acceso al agua, ge-
                                                                            neralmente en el contexto de la explotación
     3 Esta es la información oficial más reciente de la Base               minera, los cuales en un 44% de los casos
     de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios del Minis-                 afectaban de forma directa a pueblos u orga-
     terio de Cultura. Esta base de datos se actualiza median-              nizaciones indígenas y campesinas (Defen-
     te resoluciones ministeriales, que aprueban el listado de              soría del Pueblo, 2015, p.‌ 36). Los resultados
     pueblos indígenas u originarios; la más reciente es la
                                                                            del iii Censo de Comunidades Nativas 2017
     Resolución Ministerial N.o 336-2016-MC. Esta base de
     datos no es constitutiva de derechos, pues la protección               revela que del total de comunidades nativas
     de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios es   censadas en la zona de selva (2.703 comuni-
     reconocida independientemente de que se encuentren nombrados           dades), 29,9 % ha declarado tener conflictos
     entre los pueblos identificados por el Ministerio de Cultura. Se-      por las tierras de la comunidad, ya sea por
     gún datos del mapa etnolingüístico del Perú, elaborado                 explotación de sus recursos naturales o por
     en 2010 por el desaparecido Instituto Nacional de De-                  demarcación de territorio (inei, 2018b, p. 35).
     sarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperua-
                                                                            Ello evidencia la latente necesidad de contar
     nos (indepa), en el Perú a esa fecha existían 68 lenguas
     pertenecientes a 16 familias etnolingüísticas, habladas
                                                                            con traductores e intérpretes para garantizar
     por 76 etnias (véase indepa, 2010, pp. 288-291).                       el acceso a la justicia o bien para procesos

           Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

de consulta previa. En un caso reciente de                 Desde 2011, el Estado peruano ha venido le-
conflicto medioambiental, una comunidad                    gislando sobre medidas de promoción de for-
nativa de la selva llevó a juicio al Estado                mación y certificación de intérpretes y traduc-
                                                                                                                 86
peruano, demandando el reconocimiento                      tores en lenguas indígenas. La Ley del derecho
de personalidad jurídica, y cuestionando la                a la consulta previa de los pueblos indígenas u
validez de una concesión petrolera en sus te-              originarios señala en el artículo 16 que:
rritorios, dada la ausencia de consulta previa
y consentimiento informado de la población                   en los procesos de consulta previa se debe contar
nativa (Servindi 2018; Alertanet, 2015). Ya                  con el apoyo de intérpretes debidamente capa-
en 2014, el juicio oral en el proceso por los                citados en los temas que van a ser objeto de la
hechos de Curva del Diablo del caso Bagua                    consulta, quienes deben estar registrados ante el
(motivado por un conflicto socioambiental                    Órgano Técnico Especializado en materia indí-
entre el Estado y población indígena de la                   gena del Poder Ejecutivo. (Ley N° 29785 del 6
selva amazónica) hizo patente la enorme di-                  de septiembre de 2011)
ficultad para la población indígena de acce-
der a intérpretes en su lengua nativa, como                Por resolución viceministerial Nº 001-2012-
también reveló las enormes dificultades a las              VMI-MC del 20 de agosto de 2012 se creó
que se enfrentaban los intérpretes indígenas a             un Registro de intérpretes de las lenguas indí-
la hora de traducir los términos jurídicos del             genas u originarias, en referencia explícita al
castellano, tales como “rebelión”, “lesiones               derecho a la consulta previa establecido en el
graves”, “motín”, u “homicidio calificado”                 convenio 169 de la oit y reconocido por la le-
(Prado, 2014; Luna, 2014). Asimismo, este                  gislación peruana. La Resolución Ministerial
caso puso en evidencia las inmensas dificul-               Nº 375-2012-MC del 5 de octubre de 2012 de-
tades para poner en práctica las disposiciones             fine los conceptos de “traductor” e “intérpre-
sobre el derecho a interpretación y traduc-                te”, su ámbito de trabajo y deontología, así
ción directa o inversa en el ámbito judicial.              como las categorías de registro. Asimismo, se
Tal y como reportan De Pedro, Andrade y                    ocupa del proceso de selección de intérpretes
Howard (2018), las autoridades se enfrenta-                y la prueba de competencias, además del pro-
ron a cuestiones prácticas, como falta de cla-             ceso específico de “capacitación en consulta
ridad respecto a la provisión y contratación               previa”. Dicha etapa de capacitación “cul-
de los servicios de intérpretes indígenas, y es-           mina con la evaluación de las competencias
tos, a las grandes distancias por cubrir en sus            adquiridas por los participantes”, cuyos re-
desplazamientos de ciudad a ciudad, lo que                 sultados son publicados y comunicados por
los sometía a situaciones de estrés. Por otro              el Ministerio de Cultura a través de la página
lado, los intérpretes indígenas pasaron por                web www.cultura.gob.pe. A continuación, se
situaciones de cuestionamiento por parte de                certifica a los intérpretes/traductores especi-
las comunidades indígenas con las cuales se                ficándose las competencias de interpretación
identificaban, y enfrentaron la complejidad                o traducción adquiridas. En 2015, a fin de
de lidiar con terminología jurídica sin haber              uniformizar y consolidar en un solo registro
tenido una preparación específica o sin en-                la información correspondiente al Registro
tender a cabalidad el procedimiento judicial               de intérpretes de lenguas indígenas u origi-
(De Pedro, Andrade y Howard, 2018).                        narias para procesos de consulta previa, y al
                                                           Registro de Intérpretes de Lenguas Indígenas
                                                           u Originarias, se creó el Registro Nacional de

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Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     Intérpretes y Traductores de Lenguas Indíge-               sentantes de pueblos indígenas u originarios
     nas u Originarias del Ministerio de Cultura                (Decreto Supremo N° 005-2017-MC, 2017).
87   (Decreto Supremo 002-2015-MC), que esta-                   Esta política nacional pretende instaurar de
     bleció los requisitos para la inscripción en el            manera transversal la presencia de intérpre-
     registro, la información del mismo, acceso a               tes y traductores de lenguas indígenas en las
     la información pública, entre otros.                       instituciones que brindan servicios públicos,
                                                                así como la contratación de servidores públi-
     Desde 2012 el Ministerio de Cultura (Dirección             cos que puedan comunicarse con suficiencia
     de Lenguas Indígenas) ofrece cursos cortos de              en lenguas indígenas, lo cual sienta las bases
     formación de intérpretes indígenas. La oferta              a futuro para un Estado peruano multilingüe.
     es muy limitada y depende de una convocato-
     ria anual y con escasos recursos. En total, de             Si bien Perú ha avanzado mucho en la crea-
     2012 a 2018 se organizaron once cursos cortos              ción del marco legislativo que permite garan-
     en Lima y Cuzco (el más reciente en noviembre              tizar los derechos lingüísticos de los pueblos
     de 2018) que permitieron formar a 414 traduc-              indígenas, queda un largo camino por recorrer
     tores-intérpretes en un total de 37 lenguas (Mi-           hasta conseguir una oferta educativa suficien-
     nisterio de Cultura, 2018a, 2018b; Howard, De              te para la formación de intérpretes para la
     Pedro Ricoy y Andrade Ciudad, 2018, p. 32).                justicia en todos los idiomas reconocidos del
     Además de los cursos de formación general, se              país.
     organizaron tres cursos especializados, uno en
     el sector de la salud pública y dos en el sector de
                                                                5. La formación de intérpretes
     la justicia (Howard, De Pedro Ricoy y Andrade
                                                                en lenguas indígenas en México,
     Ciudad, 2018, pp. 32-33).
                                                                lecciones y lagunas
     Para dar desarrollo a la Ley 29735 de 2011, por            Recordemos que en América Latina y el Ca-
     Decreto Supremo de 2016 se establece que:                  ribe, la población indígena es alta: en países
                                                                como México constituye más de 25 millones,
       [p]ara asegurar el derecho de gozar y disponer de        y en Perú, más de 4 millones de habitantes,
       los medios de traducción directa o inversa para          según sus censos nacionales. En México hay
       el ejercicio de sus derechos en todo ámbito, [...],
                                                                estados como Oaxaca, donde el 65,7 % de la
       el Ministerio de Cultura asegura la formación
                                                                población se clasifica como indígena, según
       permanente de intérpretes y/o traductores/as de
       lenguas indígenas u originarias. (Decreto Supre-         la Encuesta intercensal de 2015 (inegi), y en
       mo N° 004-2016-MC)                                       Yucatán es el 65,4 %. El caso de este último
                                                                estado es emblemático y diferente al resto de
     A nivel nacional, en 2017 el Ministerio de Cul-            la república mexicana, pues se habla una sola
     tura estableció un proceso de acreditación ofi-            variante, maya, cuestión que podría facilitar la
     cial que permite otorgar certificados de “Ex-              formación. Sin embargo, también los intérpre-
     perto en comunicaciones en lenguas indígenas               tes ubicados en la península de Yucatán expre-
     u originarias en contextos interculturales” (si-           san que necesitan mayores oportunidades de
     neace, 2017; Ministerio de Cultura, 2017). Asi-            formación, más allá de una certificación.
     mismo, en 2017 se aprobó la Política Nacional
     de Lenguas Originarias, Tradición Oral e In-               La formación de los intérpretes a cargo del
     terculturalidad, la cual fue elaborada por una             Estado comenzó en 2007 en el estado de
     comisión multisectorial con aportes de repre-              Guerrero, donde participaron 26 personas:

         Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

17 hombres y 9 mujeres hablantes de 9 varian-              salud y de administración de justicia” (Fuen-
tes lingüísticas, y hasta 2018 se habían forma-            tes y Espinoza, 2018, p. 205).
do 608 personas: 231 mujeres y 375 hombres                                                                       88
de 183 variantes. Ese primer Diplomado para                Para ello el inali creó un Padrón Nacional de
la Profesionalización de Traductores e Intér-              Intérpretes y Traductores de Lenguas Indíge-
pretes en Lenguas Indígenas en el estado de                nas (panitli) que en 2018 constaba de 1134 in-
Guerrero se convirtió en el piloto que poste-              térpretes para 91 variantes, o sea que 25% de
riormente se fue adaptando. De acuerdo con                 las variantes lingüísticas del país cuenta con
Fuentes y Espinoza (2018) “desde 2007 a 2017               por lo menos un intérprete (inali, 2018). De
los programas de formación de intérpretes                  hecho, en el ámbito de justicia encontramos
fueron diseñados y actualizados atendiendo                 que existen 471 intérpretes, pero no se sabe a
las condiciones etnolingüísticas, las necesida-            qué variantes corresponden, ni dónde están
des de comunicación de la población indígena               ubicados ni su género, pues los datos estadís-
y de las instituciones públicas en cada contex-            ticos arrojados por la plataforma del gobierno
to sociocultural” (p. 200). Esto significa que             federal no permiten cruzar dichas cifras que
cada proceso de formación se ajusta, aunque                están sujetas a cambios constantemente. Los
en su núcleo atiende cuestiones similares que              diferentes estados de la república mexicana
se pueden revisar a detalle en Kleinert (2016).            tienen sus propios padrones que las institucio-
                                                           nes también utilizan para buscar intérpretes
Esto pone a México a la vanguardia de Amé-                 cuando los necesitan. Por ejemplo, en Quinta-
rica Latina en formación de intérpretes de len-            na Roo se cuenta con el Registro de Peritos del
guas indígenas, sobre todo si pensamos que                 Poder Judicial del Estado donde se encuen-
el reconocimiento de las lenguas nacionales                tran intérpretes y traductores. cepiadet a.c.
se remonta a 2003 y el derecho al intérprete               en Oaxaca cuenta con su propio padrón con
está consignado en el artículo 2 de la Consti-             más de 130 intérpretes y cada estado recurre a
tución Política de los Estados Unidos Mexi-                sus estrategias locales para ubicar intérpretes,
canos, además del convenio 169 de la oit que               acreditados, certificados o prácticos. Para ha-
jerárquicamente está por encima de las leyes               cer uso del panitli hay que firmar un convenio
nacionales. Esta reglamentación en teoría                  con el inali, ya que la información personal de
obliga a las autoridades responsables de im-               las y los intérpretes es reservada. Cabe resaltar
partir justicia a proporcionar intérpretes a la            que los intérpretes necesitan y solicitan forma-
población hablante de alguna de las 364 va-                ción continua para llevar a cabo su función de
riantes lingüísticas (inali, 2008) del país. Así,          la mejor manera. Este reclamo se ha expresa-
el reto de garantizar el uso de las lenguas in-            do de manera reiterada tanto en nuestro tra-
dígenas en los ámbitos públicos y privados                 bajo de campo, foros nacionales e instancias
es una cuestión nodal para el ejercicio de los             internacionales.
derechos humanos y para asegurar la conti-
nuidad histórica de los pueblos indígenas que              La dispersión de los datos sobre el trabajo y
se expresan en sus lenguas nativas. Empero,                la caracterización de los intérpretes hace más
incluso funcionarios del Instituto Nacional de             arduo construir datos sobre procesos de for-
Lenguas Indígenas (inali) reconocen que estas              mación con traductores e intérpretes en Mé-
son “aún iniciales y parciales muestras de una             xico, sin mencionar la ausencia de espacios de
política pública de educación lingüística en               formación disponibles permanentemente. Los
lenguas nacionales en el sector educativo, de              espacios de procesos de formación que se ofre-

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Kleinert, C. V., Núñez-Borja, C. y Stallaert, C.

     cieron a lo largo de los años estuvieron visibles          por lo tanto en costos, pero también en pro-
     de manera esporádica y puntual en lugares di-              fundidad, ya que el número de horas, incluso
89   versos de la República Mexicana, pero sin que              para los diplomados de 200 horas requería de
     hubiera un seguimiento posterior de la forma-              mucha más práctica (Kleinert, 2016). En cam-
     ción. Esta dificultad para la construcción de              bio, se ha apostado por la certificación, ya que
     datos o seguimiento muestra la falta de con-               en Puebla, por ejemplo, encontramos en oc-
     tinuidad y asignación de recursos por parte                tubre de 2018 que en el panitli se encuentran
     de los hacedores de políticas públicas, por un             91 intérpretes registrados (inali, 2018), aun-
     lado, pues dar seguimiento a las formaciones               que solo se ha ofrecido un diplomado en 2011,
     parece una tarea compleja y cara, que requeri-             donde se acreditó a 36 personas. Otro ejemplo
     ría de un equipo de investigadores dispuestos              es Chiapas, donde se ofreció un diplomado en
     a acompañar a los intérpretes ya formados y                2010 con la participación de 30 personas y un
     seguir formando a muchos más. Por otro lado,               curso en 2015 para otras 28, pero se hallan 101
     es sintomático que las instituciones de educa-             intérpretes en el panitli. Esto significa que la
     ción superior, con presupuestos reducidos, se              política actual apuesta por la certificación, que
     vean en serias dificultades para emprender el              no incluye proceso de formación y en cambio
     diseño de cursos y programas de formación                  ofrece a los gobiernos números para argumen-
     pertinentes para contribuir a la profesionaliza-           tar que se está cumpliendo con las exigencias
     ción de intérpretes de lenguas indígenas. Un               impuestas por los tratados internacionales.
     ejemplo es la Universidad Veracruzana, que                 Las certificaciones para estos ámbitos no in-
     en 2014 impartió un diplomado de 200 horas                 cluyen, como en otras disciplinas exámenes
     en Mediación, Traducción e Interpretación en               escritos validados por expertos con guías de
     Lenguas Nacionales para el Servicio Público                estudio y competencias preestablecidas. Pues-
     en la sede Grandes Montañas de la Universi-                to que la mayoría de las lenguas nacionales se
     dad Veracruzana Intercultural a partir de una              encuentran en proceso de normalización en el
     iniciativa del Cuerpo Académico Lingüística                mejor de los casos y no existen todavía exper-
     y Traducción. A pesar de contar con solicitu-              tos en la materia, los evaluadores se certifican
     des de continuidad, no se ha podido replicar               a la vez que los intérpretes. Apostar por pro-
     por falta de financiamiento y la falta de condi-           cesos de certificación muy cortos, a través de
     ciones para llevarlo a cabo.                               una verificación en estas circunstancias puede
                                                                ser, por lo tanto, una simulación.
     En México en los últimos once años, se han
     llevado a cabo procesos de formación acompa-               Es una solicitud generalizada de los integran-
     ñados y encabezados por el inali. Las forma-               tes de la Red Nacional de Intérpretes y Tra-
     ciones ofrecidas son dieciséis diplomados de               ductores de Lenguas Indígenas (rnitli), cuyos
     200 horas de 2007 a 2015 en varios estados de              miembros se encuentran en los estados de
     la república, con excepción de un diplomado                Baja California, Campeche, Hidalgo, Oaxaca,
     más que se ofreció en 2017. A partir de 2015               Quintana Roo y Yucatán, así como Puebla y
     se impartieron cinco cursos para formación o               Veracruz, quienes conocen de primera mano
     actualización, de 96 horas lectivas cada uno, y            la problemática que enfrentan los intérpre-
     un taller para intérpretes prácticos de menor              tes, que se ofrezcan formaciones pertinentes
     duración aun, en Ciudad de México en 2008.                 y continuas. A falta de ofertas formales, otras
     Observamos cómo los procesos de formación                  propuestas de formación se han llevado a cabo
     han ido disminuyendo en número de horas, y                 a través de asociaciones civiles, como cepia-

         Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina
Buscando espacios para la formación de intérpretes para la justicia en lenguas indígenas en América Latina

det a.c. en Oaxaca, quienes hacen el esfuerzo              dígenas correspondientes. En los contenidos
para ofrecer regularmente cursos o talleres a              de los programas también hay coincidencias,
los intérpretes empíricos con quienes trabajan.            pues ambos ofrecen una serie de conocimien-           90
Esta asociación ofrece desde 2008 un prome-                tos sobre derechos y legislación, así como no-
dio de dos talleres de ocho horas al año para              ciones básicas de lingüística e interpretación
los intérpretes de nuevo ingreso al padrón de              con ejercicios prácticos de la última. Los códi-
cepiadet , en los cuales participan entre diez             gos de ética se abordan en ambos países, aun-
y quince intérpretes que normalmente no con-               que en Perú De Pedro Ricoy, Andrade Ciudad
taban con una formación previa en traduc-                  y Howard (2018) identifican conflictos por
ción o interpretación. Otra estrategia de for-             la aplicación de códigos elaborados para un
mación que dicha asociación implementa es                  ámbito que deben ser aplicados en otro. En
configurar grupos de estudio o intercambio de              México los códigos de ética se construyen con
experiencias con los intérpretes más requeri-              base en aportes de los participantes duran-
dos una vez al año y participan en promedio                te las formaciones (Kleinert, 2016b), aunque
diez personas. Estos datos proporcionados                  hay un Código de Ética del panitli (inali, s/f).
por una integrante de la asociación muestran               La preocupación por contar con paridad de
el trabajo comprometido que realiza esfuerzos              género en las formaciones y en los padrones
por atender la necesidad de contar con dichos              también es compartida en ambos países, así
espacios de formación. En cuanto a la traduc-              como la necesidad de cubrir el mayor número
ción también indica que “cuando alguna ins-                de lenguas posible con escasos recursos. Otra
titución nos solicita traducciones, las hacemos            coincidencia es el compromiso de los intérpre-
mediante un proceso colectivo, se convoca a                tes, quienes trabajan muchas veces sin remu-
los intérpretes de las lenguas solicitadas, se             neración, con el interés de aumentar la visi-
hace un taller sobre el tema a traducir y luego            bilidad de sus lenguas y ayudar a sus pueblos.
los procesos de traducción propiamente” (E.                En los dos países los intérpretes viajan largas
Matías, comunicación personal, 16 de octu-                 distancias para atender solicitudes, cuestión
bre, 2018).                                                que no siempre es reconocida ni remunera-
                                                           da. En cuanto a los retos para la posterior
                                                           inserción laboral de los intérpretes también
6. Coincidencias y divergencias
                                                           hay coincidencias, puesto que los procesos de
Si comparamos las formaciones ofrecidas                    profesionalización e inserción laboral son re-
por el Estado en México y Perú observamos                  lativamente nuevos para ambos países y el res-
coincidencias y divergencias que pueden ser-               to de América Latina. La dificultad de hacer
vir para enriquecer las experiencias de ambos              cumplir la legislación indicada en apartados
países. Ambos coinciden en la heterogeneidad               anteriores es también compartida, ya que en
de perfiles de los intérpretes que llegan a las            gran medida no hay leyes secundarias o regla-
formaciones (De Pedro Ricoy, Andrade Ciu-                  mentación para su implementación.
dad y Howard, 2018; Kleinert, 2016, p. 607),
lo que supone un primer reto, especialmente                La duración de los cursos es sin duda la pri-
para formaciones cortas enfocadas a un ám-                 mera gran diferencia, pues mientras en Méxi-
bito especializado (Lotriet, 2002). A ello se              co se han ofrecido diplomados de 200 horas
suma la dificultad de que en ninguno de esos               repartidas en diez semanas, en Perú se han
países hay muchos especialistas en traducción              llevado a cabo cursos de solo tres semanas. En
e interpretación hablantes de las lenguas in-              México cada convocatoria tiene especificadas

                       Mutatis Mutandis. Vol. 12, No. 1, 2019, enero - junio, pp. 78-99
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