HOJA INFORMATIVA NATURALIZACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL 14 DE LA LEY DE NACIONALIDAD (STAATSANGEHÖRIGKEITSGESETZ - STAG) PARA PERSONAS CUYOS ...

Página creada Esteban Gasull
 
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Traducción

Oficina Federal de Administración

                               Hoja informativa
     Naturalización de conformidad con el § 14 de la Ley de Nacionalidad
                     (Staatsangehörigkeitsgesetz – StAG)
  para personas cuyos ascendientes perdieron la nacionalidad alemana en el
        contexto de las medidas de persecución del nacionalsocialismo
                       –para personas residentes en el extranjero–
                                (actualización: septiembre de 2019)

Esta hoja informativa ofrece un resumen de los requisitos establecidos en las órdenes circulares del
Ministerio Federal del Interior, Obras Públicas y Cohesión Territorial para la naturalización de
personas cuyos ascendientes perdieron la nacionalidad alemana en el contexto de las medidas de
persecución del nacionalsocialismo, pero que no pertenecen al grupo de personas al que se refiere
el artículo 116, apartado 2 de la Ley Fundamental (en adelante: art. 116, apdo. 2 GG).
Para mayor información, se ruega diríjase directamente a la Oficina Federal de Administración en
Colonia.

1. ¿Quién puede adquirir la nacionalidad alemana?
1.1. Los/las hijos/as que no tienen derecho a la naturalización de conformidad con el art. 116,
     apdo. 2 GG a través de la madre, por el mero hecho de que al ser hijos/as matrimoniales de
     madre alemana y padre extranjero nacidos/as antes del 1 de abril de 1953 quedaba descartada
     la posibilidad de que adquiriesen la nacionalidad alemana por descendencia.

1.2. Los/las hijos/as que no tienen derecho a la naturalización de conformidad con el art. 116,
     apdo. 2 GG a través del padre, por el mero hecho de que al ser hijos/as extramatrimoniales de
     padre alemán y madre extranjera antes del 1 de julio de 1993 quedaba descartada la
     posibilidad de que adquiriesen la nacionalidad alemana por descendencia.
     En la Hoja informativa sobre la naturalización en el marco de la reparación podrá encontrar una
        explicación respecto a quiénes tienen derecho a adquirir la nacionalidad de conformidad con el
        art. 116 apdo. 2 GG.

1.3. Los/las hijos/as, independientemente de su fecha de nacimiento, de padres o un/a
     progenitor/a quienes no fueron privados de la nacionalidad alemana por razones políticas,
     raciales o religiosas entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945, sino que perdieron la
     nacionalidad alemana en relación con otras medidas de persecución del nacionalsocialismo:

       el padre o la madre perdieron la nacionalidad alemana en el contexto de medidas de
        persecución del nacionalsocialismo al adquirir una nacionalidad extranjera (naturalización)
        en el periodo comprendido entre el 30 de enero de 1933 y el 25 de febrero de 1955;
       la madre perdió la nacionalidad alemana al contraer matrimonio con una persona
        extranjera o una persona apátrida antes del 1 de abril de 1953.

Los/las descendientes de estos/as hijos/as también tienen derecho a naturalizarse hasta el llamado
corte generacional de conformidad con el § 4, párrafo 4 de la Ley de Nacionalidad
(Staatsangehörigkeitsgesetz – StAG). De acuerdo con este artículo, los/las hijos/as nacidos/as en el
extranjero cuyo/a progenitor/a mismo/a determinante para la adquisición de la nacionalidad

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alemana haya nacido en el extranjero después del 31 de diciembre de 1999 solamente pueden
adquirir la nacionalidad alemana si cumplen con los requisitos descritos en el mismo. Por
consiguiente, los últimos descendientes que tendrán la posibilidad de acceder a la naturalización
simplificada serán los/las primeros/as descendientes en el orden de generaciones nacidos/as
después del 31 de diciembre de 1999. Sin embargo, para los/las hijos/as menores de edad de
estos/as existe una norma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2020.
Si se cumplen los requisitos mencionados a continuación es de interés público una naturalización.
En este contexto es irrelevante si no se ha hecho uso de facilidades anteriores para naturalizarse.

2. ¿Qué requisitos debo cumplir para poder naturalizarme?
    2.1. Conocimientos del idioma alemán y del orden jurídico y social de Alemania, así como de
         las condiciones de vida en el país
    Se requiere contar con conocimientos básicos del idioma alemán, así como del orden jurídico y
    social de Alemania y de las condiciones de vida en el país. Estos conocimientos se
    comprobarán a través de la Embajada o Consulado alemán competente para su lugar de
    residencia en una entrevista personal. La entrevista tiene un carácter benévolo.

    2.2. Impunidad
    Una condena a pagar una multa o privativa de la libertad, aun cuando haya sido dictada en el
    extranjero, puede obstaculizar una naturalización (§ 12a StAG).

    2.3. Cumplimiento de los requisitos cívicos
    Las personas que se han de naturalizar y que tienen 16 años cumplidos deben presentar un
    compromiso con el régimen fundamental de libertad y democracia y una declaración de
    lealtad.

3. ¿Al naturalizarme tengo que renunciar a mi nacionalidad actual?
No. La naturalización basada en los criterios antes mencionados no supone la renuncia a la
nacionalidad que se ha tenido hasta el momento.
La pérdida o conservación de la nacionalidad que ha tenido hasta el momento depende
exclusivamente de la legislación del Estado cuya nacionalidad posea usted en la actualidad. Por ello,
por favor infórmese al respecto con las autoridades competentes de su Estado de origen con
suficiente antelación previo a la naturalización. La Oficina Federal de Administración no puede
ofrecer consultas sobre las leyes y disposiciones extranjeras.

4. ¿Pueden naturalizarse conmigo mis hijos/as menores de edad?
En principio, los/las hijos/as menores de edad (menores de 18 años) pueden naturalizarse junto con
usted en calidad de solicitante de naturalización si usted ejerce la guarda del/de la respectivo/a
menor y existe con él/ella una convivencia familiar.
Si usted mismo/a ha nacido en el extranjero después del 31 de diciembre de 1999, sus hijo/as
menores de edad solamente podrán naturalizarse junto con usted si cumplen con los siguientes
requisitos (el llamado corte generacional):
       que el/la hijo/a haya nacido antes de transcurrido el plazo de transición el 31 de diciembre
        de 2020 y
       que la solicitud se presente junto con la solicitud del/de la progenitor/a privilegiado/a por
        la orden circular y
       que la solicitud del/de la hijo/a sea recibida en la Oficina Federal de Administración antes
        del 1 de enero de 2021.
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5. ¿Qué debo hacer si deseo presentar una solicitud de naturalización?
Por favor presente su solicitud de naturalización en la Embajada o Consulado alemán competente
en su lugar de residencia.
        La firma personal que estampe en la solicitud de naturalización (apartado 19.4 y 19.5)
        será legalizada por la Embajada o Consulado alemán.

La Embajada o Consulado alemán revisará los datos y la documentación que haya proporcionado y
transmitirá su solicitud a la Oficina Federal de Administración con sus observaciones, en particular
respecto a sus conocimientos del idioma alemán y del orden jurídico y social de Alemania, así como
de las condiciones de vida en el país.
Por ello, por favor no envíe la solicitud directamente a la Oficina Federal de Administración, ya
que en virtud de que es necesaria la participación de la Embajada o Consulado alemán en el
procedimiento esto conllevaría retrasos en la tramitación.
En caso de necesitar ayuda para presentar la solicitud, por favor diríjase a la Embajada o Consulado
alemán más próximo. Ahí le proporcionarán los formularios de solicitud y, en caso necesario, la
asesoría pertinente.

6. ¿Qué formularios hay que rellenar y presentar?
Solicitud EB:    Formulario de solicitud para personas mayores de 16 años
                 Los menores que tengan 16 años cumplidos quedan equiparados a los mayores de
                 edad en los asuntos de nacionalidad; presentan todas las declaraciones por sí
                 mismos.
Solicitud EBK: Solicitud para menores de 16 años
               La solicitud deberá llevar la firma de todas las personas que ejerzan la guarda en su
               calidad de representantes legales (progenitores guardadores).
Anexo VA:        Para los datos de los ascendientes
Poder: para otorgar poderes a otra persona

Los formularios puede obtenerlos:
        a través de la página web de la Oficina Federal de Administración
         www.bundesverwaltungsamt.de, bajo el título: Staatsangehörigkeit > Einbürgerung
         beantragen > Einbürgerung
        solicitándolos directamente a la Oficina Federal de Administración o
        en la Embajada o Consulado alemán.

7. ¿Cómo debe complementarse la solicitud?
Rellene el formulario de solicitud cuidadosa y claramente en lengua alemana y con letra legible.
Toda la correspondencia dirigida a la Oficina Federal de Administración debe estar en alemán.
Usted puede rellenar los formularios cómodamente en la computadora como formulario PDF e
imprimirlos después. Si los rellena a mano, por favor escriba de forma clara y legible (a ser posible
en letras de imprenta).
A continuación se explican algunos puntos de los impresos EB y EBK. En caso de que tenga usted
alguna duda, consulte a la Embajada o al Consulado alemán competente.

Apartado 1.8-1.9: "Estado civil"
               Los estados civiles "pareja de hecho" y "pareja de hecho anulada", así como la
               denominación "pareja de hecho" se refieren a una pareja de convivientes del
               mismo sexo registrada (también denominada "unión de hecho registrada").
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Apartado 2.2: "Nacionalidades anteriores"
              Aquí solo deberá indicar las nacionalidades que haya poseído en el pasado y con las
              que ya no cuente actualmente.
              Ejemplo: usted ha perdido esta nacionalidad al adquirir la nacionalidad de otro
              Estado. Indique con la mayor precisión posible el periodo durante el cual contó con
              la nacionalidad anterior.
Apartado 3:   "Para mi solicitud me remito a la nacionalidad alemana (anterior) de:"
              Aquí hay que marcar a su ascendiente que perdió la nacionalidad alemana en el
              contexto de las medidas de persecución del nacionalsocialismo.
              Por favor marque una sola casilla.
              Siga las indicaciones que se encuentran al lado de la casilla que ha marcado. Utilice
              el formulario "Anexo VA" para proporcionar los datos de sus ascendientes.
              Si ha marcado una de las casillas de los apartados 3.3 a 3.5, también podrá referirse
              a los datos proporcionados por un/a familiar sobre los ascendientes comunes
              (apartado 3.6). Por ejemplo, si usted presenta la solicitud junto con sus
              hermanos/as o un/a progenitor/a, basta con que uno/a de ello/as proporcione los
              datos de los ascendientes y que los/las demás se remitan a dicha solicitud. Indique
              para ello el nombre completo y la fecha de nacimiento de la persona a cuya
              solicitud se está remitiendo. Si se trata de un procedimiento que ya ha concluido,
              por favor indique la referencia registrada en la resolución sobre la nacionalidad de
              entonces (por ejemplo, acta de naturalización, certificado oficial o notificación).
Apartado 4:     "Datos sobre mi cónyuge o mi pareja de hecho"
                La indicación de estos datos es voluntaria. Cabe notar, sin embargo, que los datos
                proporcionados en este apartado pueden contener información que podría ser
                importante en la tramitación de la solicitud, en especial si su pareja posee la
                nacionalidad alemana.
Apartado 5:     "Mis periodos de permanencia desde mi nacimiento" o "Los periodos de
                permanencia del/de la menor desde su nacimiento" (en la solicitud EBK figura en
                el apartado 4).
                Indique aquí del modo más exacto posible los lugares y periodos de permanencia si
                estas se efectuaron fuera del Estado cuya nacionalidad posea actualmente.
                No es necesario enumerar las visitas, viajes de vacaciones, trabajos temporales,
                etc., de hasta seis meses de duración.

                En caso de que ya haya tramitado un procedimiento respecto a la nacionalidad
                (por ejemplo, una solicitud según el art. 116, apdo. 2 GG), solamente será
                necesario actualizar los datos proporcionados en su momento. Por favor remítase
                a dicho procedimiento en el apartado 12.

Apartado 6:     "Educación escolar" (en la solicitud EBK figura en el apartado 5)

                No es obligatorio proporcionar datos.

Apartado 7:     "Formación profesional o estudios superiores"

                No es obligatorio proporcionar datos.

Apartado 8:     "Relaciones laborales o actividades autónomas hasta la fecha"

                No es obligatorio proporcionar datos.

Apartado 9:     "Datos sobre mis medios de subsistencia"

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No es obligatorio proporcionar datos.

Apartado 10.3: "Curso de alemán en un centro alemán de idiomas"
               (en la solicitud EBK figura en el apartado 6.3)
               Aquí puede proporcionar datos sobre clases cursadas en un centro alemán de
               idiomas (por ejemplo, Goethe-Institut) o la obtención de un diploma (o certificado)
               de idioma alemán. Por favor indique cuándo aprobó el examen (por ejemplo, la
               fecha de expedición del certificado) y el nivel del "Marco común europeo de
               referencia para las lenguas" (por ejemplo, A1, B1) correspondiente del mismo.
Apartado 11: "Datos sobre mi vínculo con Alemania"
                No es obligatorio proporcionar datos.
Apartado 13:    "Evitación de la nacionalidad múltiple"
                 No es obligatorio proporcionar datos.
Apartado 14: "Motivos de mi solicitud de naturalización"
                No es obligatorio proporcionar datos.
Apartado 15:    "Datos sobre delitos o procedimientos en curso"
                Entregue un documento actualizado del Estado cuya nacionalidad posea o de su
                Estado de permanencia que contenga información amplia de que no cuenta con
                antecedentes penales (certificado de antecedentes penales, copia del registro de
                antecedentes penales o expediente penal) junto con la solicitud.

Apartado 18: "Hijos/as que deberán incluirse en la solicitud de naturalización"
             Los hijos/as menores de 18 años pueden incluirse en la solicitud de naturalización
             de uno de los progenitores.
             Por favor indique si incluirá menores en la solicitud, y en caso de ser así, indique el
             número de menores. Para los menores que no han cumplido 16 años de edad,
             usted deberá completar una solicitud EBK. Si su hijo/a menor tiene 16 años
             cumplidos, deberá completar una solicitud EB aparte:
             Formulario EBK para menores de 16 años, apartado 2: "Inclusión en el
             procedimiento"
             Indique en qué solicitud de naturalización (de la madre o del padre) se deberá
             incluir la solicitud del menor. De esta manera se garantizará que las solicitudes de
             los menores permanezcan con la solicitud de la madre o del padre y que se puedan
             tramitar en el mismo procedimiento.
             En caso de que usted sea mayor de 16 años, pero desee que su solicitud sea
             incluida en la solicitud de uno de sus progenitores:
             Si uno de sus progenitores pertenece al grupo de personas al que se refiere la
             orden circular arriba mencionada (véase el número 1) y aún no ha cumplido 18
             años, usted podrá ser incluido/a en la solicitud de naturalización de su
             progenitor/a. Indique que desea ser incluido/a, así como el nombre y la fecha de
             nacimiento de su progenitor/a en el apartado 15 de su propia solicitud (formulario
             EB).
Explicaciones referentes a apartados que solamente figuran en el formulario EBK para hijos/as
menores de 16 años:
Apartado 1.10-1.15 "Datos del/de la menor", aquí: progenitor guardador
              Indique a todas las personas guardadoras (representantes autorizados/as). Por
              regla general se trata de ambos progenitores o de solo la madre o solo el padre.

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Para facilitar el procedimiento usted deberá escoger a través de quién se ha de
                establecer la comunicación (apartado 11.2).
                En caso de que ni la madre ni el padre tengan el derecho de guarda, presente una
                explicación en una hoja aparte y adjúntela a la solicitud.
Apartado 2:     "Inclusión en el procedimiento"
                Véase la explicación referente al apartado 18 de la solicitud EB.

8. "Anexo VA" (Ascendientes): ¿qué debo tener en cuenta?
Rellene completamente un formulario del anexo VA para cada generación (por ejemplo, para sus
padres y sus abuelos maternos) hasta el/la ascendiente que perdió su nacionalidad alemana a raíz
de medidas de persecución del nacionalsocialismo.

9. ¿Qué documentos son necesarios y han de adjuntarse?
        Copia de su pasaporte extranjero o documento de identidad actual (las páginas que
         contienen la fotografía y los datos personales) (véase el apartado 19.2 de la solicitud EB)
        Su acta de nacimiento o certificado de descendencia
        Certificado de matrimonio de sus padres
        Su certificado de matrimonio (en caso de ser casado/a)
        Certificados de nacimiento o de descendencia, certificados de matrimonio y libros de
         familia (de tenerlos) de todas las personas de su línea ascendente hasta el/la ascendiente
         que perdió su nacionalidad alemana a raíz de medidas de persecución del
         nacionalsocialismo.
         También se incluyen los siguientes documentos, entre otros:
                  Documentos de adopción (certificado de adopción, resolución judicial)
                  Documentos de divorcio (sentencia de divorcio con testimonio de firmeza)
                  Certificado de pareja de hecho
                  Documentos relativos al reconocimiento o análisis de paternidad
                  Documentos relativos al cambio de nombre/apellido(s) (de las personas
                   solicitantes y los/las ascendientes determinantes), entre otros: documentos de
                   cambio de nombre/apellido(s), certificados de matrimonio u otros documentos
                   oficiales relativos al nombre/apellido(s)

       Comprobante de la nacionalidad alemana hasta su ascendiente que perdió la nacionalidad
        a raíz de medidas de persecución del nacionalsocialismo.
Otros documentos requeridos
        Certificado de buena conducta reciente expedido por su Estado de permanencia en
         original
        En caso dado, un comprobante sobre la fecha en que la persona determinante entre sus
         ascendientes afectada por las medidas de persecución nacionalsocialista adoptó una
         nacionalidad extranjera
Documentos que permiten deducir la nacionalidad alemana
   Por ejemplo: certificados de naturalización, certificados o comprobantes sobre la adquisición de
   la nacionalidad alemana por declaración u opción, certificación con arreglo al artículo 15 de la
   Bundesvertriebenengesetz, actas de nombramiento de funcionarios/as, certificados de
   nacionalidad, documentos de origen, documentos o certificados sobre la condición de alemán,

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pasaportes, documentos de identidad y otros documentos personales (también antiguos),
   justificantes de empadronamiento, documentos de desplazados/expulsados.

10. ¿En qué forma deben presentarse los documentos?
La documentación (en particular los certificados) debe presentarse en original o fotocopia del
original legalizada ante autoridad competente o notario. Las fotocopias de los documentos
originales deben ser completas (anverso y reverso). En principio no se pueden admitir fotocopias ni
copias no legalizadas.
Las legalizaciones solo pueden ser hechas por
       notarios o
       funcionarios del Registro Civil que efectuó la inscripción o
       autoridades alemanas (por ejemplo, Oficina de Empadronamiento, Registro Civil, Embajada
        o Consulado).
No se admiten las legalizaciones hechas por otras entidades.
Debe tenerse presente que las legalizaciones especifiquen la coincidencia exacta y completa de la
copia con el original.

La nota de legalización debe constar en original, es decir,
       con el sello original del notario o del Registro Civil y
       con la firma original del/de la notario/a o del/de la funcionario/a del Registro Civil.
No se admiten las notas de legalización presentadas en copia ni las notas de legalización que
únicamente legalicen la firma del/de la traductor/a.

Los documentos públicos extranjeros (por ejemplo certificados del Registro Civil) por regla general
deben legalizarse o, respectivamente, acompañarse de la Apostilla de La Haya.
Quedan exceptuados
       los certificados de estado civil de los Estados miembros de la Unión Europea y Suiza y
       los documentos internacionales en varios idiomas (certificado de nacimiento, certificado de
        matrimonio, certificado de defunción) de Bosnia-Herzegovina, Moldova, Macedonia,
        Montenegro, Serbia y Turquía.
Para mayor información sobre el procedimiento de legalización diríjase a la Embajada o Consulado
alemán competente en su caso. Ahí también podrá obtener información adicional sobre la forma
(tipo de legalización) en la que puede presentar los documentos del Estado cuya nacionalidad
posea.
Todos los documentos redactados en lengua extranjera deben ir acompañados de una traducción
confeccionada por un/a traductor/a jurado/a y adjuntada de tal manera que no quepa duda de que
corresponde al original. No se admiten las traducciones que no hayan sido confeccionadas por
traductores/as jurados/as.

 Observación: Los documentos originales solo se devuelven una vez concluido el procedimiento en
         su conjunto y a instancia expresa del/de la interesado/a. Se recomienda enviar única-
         mente copias legalizadas. Cuando excepcionalmente sea necesario presentar el original,
         el/la interesado/a será informado/a oportunamente.

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11. ¿Qué tasas se cobran?
El procedimiento no está sujeto al pago de tasas.
Se ruega tener en cuenta que, tanto en el caso de la naturalización como en el de una resolución
denegatoria, no podrán ser reembolsados los gastos materiales incurridos (por ejemplo, la
obtención de documentos, los costos de traducciones y legalizaciones).
    Observación sobre la protección de datos según los artículos 13 y 14 del Reglamento
    General de Protección de Datos de la UE (RGPD)
De conformidad con el § 31 de la Ley de Nacionalidad (Staatsangehörigkeitsgesetz – StAG), la
Oficina Federal de Administración, en calidad de autoridad competente en materia de nacionalidad
para las personas residentes en el extranjero, está autorizada para recabar datos personales,
almacenarlos, modificarlos y hacer uso de ellos; siempre que esto sea necesario para el
cumplimiento de su tarea (objetivo).
En la página web de la Oficina Federal de Administración podrá encontrar, bajo el título
"Staatsangehörigkeit", así como en las páginas informativas adicionales sobre el procedimiento
correspondiente obtendrá más información sobre el tratamiento de datos personales de
conformidad con los artículos 13 y 14 del RGPD. Allí encontrará también los datos de contacto del
Delegado para la Protección de Datos.
13. Datos de contacto
Dirección postal
Bundesverwaltungsamt
50728 Köln
Deutschland
Dirección de internet                                   Correo electrónico
www.bundesverwaltungsamt.de                             staatsangehoerigkeit@bva.bund.de
Números de teléfono
+49 22899358-4485 o +49 221758-4485 (Información general)
Horario de atención: de lunes a jueves de 8:00 a 16:30 horas y viernes de 8:00 a 15:00 horas
Números de fax
+49 22899358-2846 o +49 221758-2846

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