Informe Abordaje de las Enfermedades Raras en Discapacidad 2021

 
SEGUIR LEYENDO
Informe Abordaje de las Enfermedades Raras en Discapacidad 2021
Informe

Abordaje de las Enfermedades Raras en
             Discapacidad

               2021

                 1
ÍNDICE
Índice ................................................................................................................................ 2
Introducción ...................................................................................................................... 3
Contexto ........................................................................................................................... 3
Discapacidad y Enfermedades Raras ................................................................................ 8
Ayudas individuales ....................................................................................................... 13
Conclusiones................................................................................................................... 25
Bibliografía ..................................................................................................................... 27

                                                                   2
Introducción
Tal y como indican los resultados del estudio ENSERio (2017), el 85% de las
personas con Enfermedad Rara (ER) en España tiene algún tipo de discapacidad,
predominantemente de carácter físico. Por lo tanto, si bien los conceptos de ER y
discapacidad no siempre van de la mano, en muchos casos están estrechamente
relacionados. Por ello, y también por la especial vulnerabilidad que sufren las
personas que conviven con una ER debido al desconocimiento acerca de su
enfermedad, se vuelve imprescindible agilizar el proceso del reconocimiento de
discapacidad para que las personas con ER puedan recibir las prestaciones y
ayudas correspondientes lo antes posible, atendiendo sus necesidades socio-
sanitarias y económicas.
Sin embargo, actualmente en todo el territorio español existen importantes
divergencias en cuanto a los tipos de solicitud del reconocimiento de discapacidad,
los planes autonómicos en ER en relación a discapacidad, así como las ayudas
existentes a personas con discapacidad.
Debido a esta heterogeneidad existente en España, es necesario sistematizar la
información disponible acerca del proceso de reconocimiento del grado de
discapacidad y la variedad de ayudas disponibles en diferentes comunidades
autónomas.
Por lo tanto, el presente informe se basa en la recolección de datos de diversas
fuentes de información secundarias. En primer lugar, se realizó una revisión de las
solicitudes de reconocimiento del grado de discapacidad de todas las CC.AA.,
identificando aquellas que contaban con la posibilidad de indicar la presencia de
una Enfermedad Rara (ER).
En segundo lugar, se identificaron las CC.AA. que disponían de diferentes iniciativas
(planes de atención de ER, planes de atención sanitaria de ER, estrategias de ER,
entre otras) revisando si hace referencia a la discapacidad. Se incluyó información
de todas las iniciativas identificadas, a pesar de la necesidad de actualización de
muchas de ellas.
Por último, se hizo una búsqueda de las ayudas individuales para personas con un
grado de discapacidad reconocido para el año 2021 a nivel autonómico.

                                    Contexto
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), una ER o enfermedad
poco frecuente (EPF) se caracteriza por ser una enfermedad de muy baja incidencia
(en el caso de Europa con una prevalencia inferior a 5 casos por cada 10.000
habitantes), suponiendo un peligro de muerte o de invalidez crónica. Actualmente
existen alrededor de 7.000 enfermedades raras, la gran mayoría de ellas
identificadas y definidas en la base de datos europea sobre enfermedades raras y
medicamentos huérfanos Orphanet.
En Europa, las enfermedades raras afectan a entre 6% y 8% de la población,
mientras que en España alrededor de 3 millones de personas sufren de alguna
enfermedad poco frecuente. Es importante mencionar que el 85% de estas
enfermedades son crónicas, en muchos casos degenerativas, y en 65% de los
casos invalidantes. A pesar de ello, una de las mayores problemáticas que existe en
este ámbito es el gran desconocimiento acerca de las enfermedades raras y su
evolución, lo que dificulta el diagnóstico temprano y, como consecuencia, un inicio

                                         3
precoz de un tratamiento adecuado que pueda reducir significativamente los
síntomas de la enfermedad.
Considerando en muchos casos las numerosas limitaciones funcionales derivadas
de una enfermedad poco frecuente, se vuelve necesario evaluar adecuadamente
las necesidades socio-sanitarias, laborales, educativas y económicas de este
colectivo. De ahí la importancia de valorar de forma eficiente el grado de
discapacidad de las personas con EPF para brindar la protección social y apoyo que
necesiten en diferentes etapas de sus vidas, maximizando así impactos positivos
en su calidad de vida.
En cuanto al contexto normativo de la discapacidad en España, en 2011 fue
aprobada por el Consejo de Ministros la Estrategia Española sobre Discapacidad
2014-2020, que ha estado rigiendo las políticas públicas en materia de
discapacidad en España hasta hace poco.
El plan estratégico en materia de discapacidad fue estructurado en cinco ejes, a
saber: Igualdad para todas las personas, Empleo, Educación, Accesibilidad y
Dinamización de la economía. Todos los ejes estratégicos se desarrollaron a través
de objetivos operativos y de actuaciones concretas. Cabe mencionar que uno de los
focos principales de la Estrategia Española sobre Discapacidad 2014-2020 fue
evitar las situaciones de desigualdad de distintos grupos de personas en materia
de discapacidad. En este aspecto, las personas con ER podrían considerarse en
situación de doble vulnerabilidad en comparación con el resto de personas que
comienzan el proceso de reconocimiento del grado de discapacidad pero que no
padecen de una patología poco frecuente. Esta doble vulnerabilidad se debe
principalmente al gran desconocimiento acerca de las enfermedades raras, tanto
en el ámbito social como biomédico, lo que a la vez supone la dificultad del
diagnóstico y la falta de tratamientos efectivos en muchos casos.
Estas dos cuestiones implican, tal y como se recoge en la experiencia de FEDER a
través de la atención directa a personas con enfermedades raras, e identificada en
sus diferentes informes (ENSERio, 2017; Abordaje de las enfermedades raras en
discapacidad y dependencia, 2018), que las personas con ER pasen por
situaciones complejas que involucran sentimientos de incertidumbre, ansiedad,
miedos, aislamiento, incomprensión, desorientación e impotencia; todos ellos
provocados mayoritariamente por el desconocimiento de su enfermedad, el retraso
en el diagnóstico, así como la dificultad de acceder a medicamentos huérfanos.
Por lo tanto, se vuelve fundamental considerar todas las implicaciones
multidimensionales que supone tener una ER a la hora de valorar el grado de
discapacidad de este grupo de personas, contando con instrumentos adecuados
que lo faciliten.
En marzo 2021, la Comisión Europea adoptó la nueva estrategia sobre los
derechos de las personas con discapacidad para el periodo 2021-2030. Uno de los
principales objetivos de este plan estratégico es conseguir que todas las personas
con discapacidad en Europa puedan disfrutar de igualdad de oportunidades y de
participación en la sociedad y la economía. Para tal fin, la nueva estrategia
considera la diversidad de las discapacidades que muchas veces son invisibles,
entre ellas las deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo
plazo.
De este modo, a través de la nueva estrategia sobre los derechos de las personas
con discapacidad para el periodo 2021-2030, la Comisión Europea ha entregado
lineamientos a sus Estados miembros para que elaboren sus futuras políticas y
planes de acción que se ajusten a dichos objetivos en materia de discapacidad e
igualdad de derechos.

                                        4
Así pues, teniendo como marco de referencia la nueva estrategia sobre los
derechos de las personas con discapacidad para el periodo 2021-2030 a nivel
europeo, se elaboró la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030. Tal y
como se explicita en la página del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 20301,
la Estrategia pretende dar respuesta a desafíos transversales, incluyendo el reto
demográfico para abordar esta problemática en zonas alejadas y rurales de
España. Por lo mismo, la estrategia plantea analizar las experiencias de distintas
Comunidades Autónomas y las entidades locales en materia del reconocimiento del
grado de discapacidad con el fin de crear una herramienta que fortalezca la
cooperación territorial.
Actualmente en el área de discapacidad en España se está viviendo un momento
de cambios, pues en junio 2021 se publicó la nueva Ley 8/2021 por la que se
reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad
en el ejercicio de su capacidad jurídica y se empieza a trabajar sobre un nuevo Real
Decreto sobre el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación
del grado de discapacidad. Esto a la vez implica la actualización del baremo que
mide el grado de discapacidad y que se aplica en todas las CC.AA. Se espera que el
nuevo baremo entre en vigor durante el primer trimestre del 2022.

Este cambio pretende agilizar y simplificar el proceso de reconocimiento del grado
de discapacidad en toda España, que actualmente se caracteriza por una larga
demora e importantes inequidades en diferentes CC.AA2. En este sentido,
considerando la importancia de la cooperación territorial en esta materia, es
imprescindible analizar las diferencias existentes en las solicitudes del grado de
discapacidad en cada CC.AA. Si bien el tiempo medio de espera es de 10,4 meses
en España (desde que se solicita el grado de discapacidad hasta que se resuelve el
caso), este proceso varía entre 2 meses en ciudades como Melilla, o 3 meses en
Castilla y León, hasta 18 meses en Canarias, Andalucía, Asturias y Comunidad
Valenciana (ver gráfico 1).

1
 https://www.mdsocialesa2030.gob.es/derechos-sociales/discapacidad/informacion/index.htm
2
 https://www.cermi.es/es/actualidad/noticias/cermi-denuncia-retrasos-en-la-valoraci%C3%B3n-del-
grado-de-discapacidad-que-puede

                                                 5
Tiempo de demora en el proceso de
            reconocimiento del grado de discapacidad
                   en cada CC.AA. (en meses)
           Castilla y León       3
                  Melilla    2
                   Ceuta         3,5
               País Vasco            4
                 Navarra                 6
      Comunidad Madrid                           8,3
                Cataluña                         8,5
               Cantabria                     7
                  Aragón                     7,6
            Extremadura                            9
       Castilla-La Mancha                              12
                  Galicia                              12
                 Baleares                              12
                  Murcia                                        15
   Comunidad Valenciana                                              18
                 Asturias                                            18
               Andalucía                                             18
                 Canarias                                            18

Gráfico 1. Tiempo (en meses) que tarda el proceso del reconocimiento del grado de discapacidad en
cada Comunidad Autónoma. Elaboración propia.

El nuevo baremo tiene el propósito de considerar más variables multidimensionales
en comparación al baremo actual. Uno de los cambios más importantes que ha
sufrido el baremo se refiere a las Restricciones a la Participación, dándoles la
oportunidad a las personas a expresar su opinión subjetiva sobre su propio estado
de discapacidad. Además, el nuevo baremo valorará las barreras existentes en el
contexto social de los solicitantes, suponiendo así una visión más holística de la
realidad de las personas con discapacidad. Todos estos cambios podrían tener un
impacto positivo en el proceso de solicitud de personas con ER, pues están
enfocadas en detectar las limitaciones en la actividad y participación con las que
cuentan ciertos grupos de personas.
El baremo actual evalúa las consecuencias de la enfermedad y su impacto en las
actividades de la vida diaria (AVD), no siendo el diagnóstico de la misma un criterio
de valoración en sí mismo. Tal y como establece el artículo primero del Real
Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el
reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, la finalidad de
esta regulación es que la valoración y calificación del grado de minusvalía que

                                                            6
afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con
ello la igualdad de condiciones para el acceso del ciudadano a los beneficios,
derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen. Dicha
equidad en la evaluación y la obtención del grado de discapacidad es
especialmente importante en el colectivo de personas con ER, dado que tal y como
ha ido observando el equipo técnico del SIO de FEDER a los largo de estos años, el
acceso a ciertos recursos en algunas CC.AA. (por ejemplo, la atención temprana en
Madrid) está vinculado al certificado de discapacidad. Esto es, el reconocimiento
del grado de discapacidad es un requisito para poder acceder a los recursos clave
para personas con ER en algunas regiones, suponiendo así una inequidad
territorial.

Y si bien la nueva Ley 8/2021 supone la universalidad en todo el territorio nacional
para que las personas sean valoradas bajo los mismos criterios
independientemente de su lugar de residencia, se identifican diferencias en el
propio formulario de solicitud del reconocimiento del grado de discapacidad entre
CC.AA. El hecho de que los formularios de algunas CC.AA. permitan recoger de
forma expresa si se trata de una ER es algo especialmente relevante, pues el Real
Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, en su artículo 3 establece que en el
modelo de solicitud de inicio de reconocimiento de la situación de dependencia la
persona debería incluir información sobre el diagnóstico de una enfermedad rara,
catalogada como tal; dándole un valor al hecho de padecer una ER que en el
reconocimiento del grado de discapacidad no estaba reflejado de forma expresa.
No obstante, en las solicitudes de inicio de trámite para el reconocimiento del
grado de discapacidad en algunas CC.AA. (específicamente en Aragón, Castilla y
León, Comunidad de Madrid y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla) existe
una casilla específica para indicar que uno cuenta con enfermedad(es) rara(s),
aunque estas solicitudes no dejan espacio para explicitarlas en caso de padecer
una. Por otro lado, en los casos de algunas otras Comunidades Autónomas, los
formularios cuentan con algunas secciones (por ejemplo, Observaciones, o
Diagnóstico) donde se podría indicar si el solicitante posee una enfermedad rara
así como especificarla (por ejemplo, en Cataluña y en Galicia).
Por lo tanto, a día de hoy, en todo el territorio español solamente cinco CC.AA.
preguntan expresamente si la persona sufre de una ER, sin poder dar más detalles
sobre ella.

        CC.AA.         Menciona ER en la solicitud
    Comunidad de
                                    Si
        Madrid
    Castilla y León                 Si
        Melilla                     Si
        Ceuta                       Si
        Aragón                      Si
      País Vasco                    No
       Navarra                      No
       Cataluña                     No

                                         7
Cantabria                          No
    Extremadura                          No
  Castilla-La Mancha                     No
         Galicia                         No
       Baleares                          No
         Murcia                          No
     Comunidad
                                         No
      Valenciana
        Asturias                         No
      Andalucía                          No
       Canarias                          No
Tabla 1: Identificación de las CC.AA. en cuyas solicitudes del grado de discapacidad se pregunta
explícitamente por ER.

               Se pregunta de forma expresa en la
               solicitud si la persona tiene una ER
                                                                 Aragón
                                                                 Castilla y León
                                                                 Comunidad de Madrid
                                          28%                    Ceuta
                                                                 Melilla

                     72%

                                                                       Si   No

Gráfico 2. Las CC.AA. en cuyas solicitudes del grado de discapacidad se pregunta de forma expresa
si la persona cuenta con una enfermedad rara. Elaboración propia.

                     Discapacidad y Enfermedades Raras
Tal y como lo menciona la Estrategia en Enfermedades Raras del Sistema Nacional
de Salud (2013), algunas de las ER son gravemente discapacitantes y/o generan
un alto grado de dependencia. Por lo tanto, muchas de las ER requieren la
aplicación de las leyes que establecen como principios el de vida independiente,
normalización y transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, como
por ejemplo la Ley 13/1982, de Integración Social de Minusválidos, la Ley
51/2003, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad
Universal de las personas con discapacidad, o la Ley 39/2006 de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.
Conviene en este punto analizar en que CC.AA. existen planes integrales
autonómicos de ER, planes de atención sanitaria, u otro tipo de recursos
(estrategias, decálogos, planes de salud que mencionen ER, etc.), y si estos
recogen líneas específicas sobre discapacidad.

                                                8
Iniciativas Autonómicas en Relación a Enfermedades Raras y/o Discapacidad
A continuación se mencionan las CC.AA. en las que se han impulsado planes,
estrategias, decálogos y otras iniciativas a nivel autonómico en materia de
enfermedades raras en los últimos años, también señalando aquellos que incluyen
líneas específicas sobre discapacidad. Cabe mencionar que el informe Abordaje de
las Enfermedades Raras en Discapacidad y Dependencia (2018) de FEDER ya
incluía un análisis semejante, y en este período de tiempo ha habido solamente
cambios minoritarios en dichas iniciativas a nivel autonómico. Por lo tanto, a
continuación se destaca lo fundamental de cada una de esas iniciativas, así como
algunas novedades recientes en este ámbito.

Planes Integrales de Atención de ER:
El Plan de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras de
Andalucía tenía vigencia hasta 2012 y, a pesar de ser uno de los planes pioneros a
nivel autonómico en ER, en el mismo no se incluían líneas de actuación concretas
orientadas a la discapacidad.
Lo mismo sucede con el Plan Integral de Enfermedades Raras (PIER) de
Extremadura, 2019-2023, que da continuidad al plan anterior, y que tiene como
objetivo reducir la morbimortalidad atribuible a las enfermedades raras en la
población extremeña y asegurar una adecuada gestión de los recursos socio-
sanitarios.
Por otro lado, el Plan Integral de Enfermedades Raras de la Región de Murcia,
aprobado en el año 2018, hace hincapié en la discapacidad en algunas de sus
líneas estratégicas. Es relevante destacar el objetivo 30 que pretende “mejorar la
valoración de la discapacidad y la dependencia en los afectados por enfermedades
raras”. Asimismo, nos encontramos con algunas líneas de actuación que hacen
referencia a las ER y discapacidad, sobre todo explicitando las ayudas individuales.
Éstas, sin embargo, van a ser analizadas en mayor detalle en el siguiente capítulo.

Planes de Atención Sanitaria de ER:
Respecto a la comunidad de Madrid, en 2016 se implementa el Plan de Mejora de
la Atención Sanitaria a Personas con Enfermedades Poco Frecuentes de la
Comunidad de Madrid para el periodo 2016-2020. Este plan no incluía líneas de
actuación concretas orientadas a la discapacidad. Sin embargo, en la Línea
Estratégica 5 “Coordinación interinstitucional para una atención integral”, se
plantea la necesidad de “mejorar la adecuación de los informes médicos y de
cuidados que faciliten la valoración de la discapacidad, dependencia y/o necesidad
de atención temprana, así como la adaptación del entorno laboral y la inclusión
educativa de las personas afectadas por EPF” (punto 2); y “establecer la
coordinación entre profesionales de los diferentes sistemas y servicios involucrados
en la atención temprana de los menores con una EPF en situación de discapacidad,
o en riego de padecerla” (punto 5).
El Plan de Mejora en la Atención Sanitaria a Personas Afectadas por Enfermedades
Raras en la Comunidad Foral de Navarra, aprobado en marzo de 2017, tampoco
hace referencia explícita en sus objetivos a la discapacidad y/o a la dependencia.

Estrategias de ER:
Una de las incorporaciones más recientes es la de Galicia donde se aprobó la
Estrategia Gallega de Enfermedades Raras 2021-2024 que tiene como objetivo
establecer un nuevo modelo asistencial optimizado y basado en criterios

                                         9
homogéneos para las ER, con el fin de garantizar un plazo de diagnóstico más
reducido, menor variabilidad en el manejo del/la paciente y una gestión más ágil,
coordinada y eficiente. Entre sus ejes estratégicos no figura, sin embargo, ninguna
referencia a la discapacidad o dependencia.

Decálogo de Atención a ER:
En la Comunidad Valenciana, en 2017 se desarrolló el Decálogo para la mejora de
la atención a personas con enfermedades raras. Uno de los puntos importantes de
este decálogo es que contempla la unificación de diagnósticos de Primaria y
Especializada, lo que supone una mejora importante de la información que los
médicos de familia tienen sobre posibles patologías de este tipo entre sus
pacientes.

Planes de Salud Generales:
País Vasco cuenta con el Plan Integral de Salud 2013-2020, que aun no siendo
específico de enfermedades raras, hace mención de ellas en varios de sus
apartados.
En Cataluña, el Plan de Salud de Cataluña 2021-2025 también hace mención a
enfermedades raras en algunos de sus apartados. Previamente, en 2010, se
desarrolló un Modelo de Atención Integral a estas patologías de la mano de la
Comisión Asesora de Enfermedades Raras (CAMM, por sus siglas en catalán). Sin
embargo, dicho plan no hacía referencia a la discapacidad ni a la dependencia.
Por su parte, el Plan de Salud del Principado de Asturias 2019-2030 en el apartado
2.5. garantiza la equidad en el sistema sanitario, destacando las situaciones más
estigmatizadas, como personas con discapacidad y enfermedades poco frecuentes.
El Plan de Salud de Cantabria 2014-2019 incluye como uno de sus objetivos el de
establecer un registro de patologías poco frecuentes a nivel de la CC.AA.
El Plan de Salud de Aragón 2030 establece como una de sus líneas de actuación la
de impulsar programas de rehabilitación y soporte para mejorar la calidad de vida
de las personas con limitación funcional derivada del desarrollo de enfermedades
gravemente incapacitantes, mencionando entre éstas las enfermedades raras.
El IV Plan de Salud de Castilla y León 2020 plantea como uno de sus objetivos
específicos el de proporcionar una atención sanitaria integral a los pacientes con
enfermedades poco frecuentes o raras.
El Plan de Salud de Castilla-La Mancha Horizonte 2025 incluye entre sus objetivos
generales el de priorizar proyectos de humanización para colectivos específicos y
de mayor vulnerabilidad, mencionando a personas con enfermedades raras como
uno de los colectivos con especiales necesidades.
Asimismo, III Plan de Salud La Rioja 2015-2019 destina un capítulo específico al
colectivo con enfermedades raras, proponiendo desarrollar un modelo de atención
integral a las enfermedades raras que incluya aspectos relacionados con su
registro y codificación, atención sanitaria, acceso a terapias y atención social.
En cuanto a las Islas Baleares, éstas tienen un Plan de Atención a las Personas con
enfermedades Crónicas 2016-2021, en el que hacen una breve mención a las
enfermedades raras. Lo mismo sucede con el Plan de Salud de Canarias 2016-
2017 en el que se mencionan las enfermedades raras en una de sus áreas de
impacto.

                                        10
Gráfico 3. Iniciativas Autonómicas en Relación a Enfermedades Raras y/o Discapacidad. Elaboración
propia.

La revisión de las diferentes iniciativas (planes, estrategias, decálogos) a nivel
autonómico ha mostrado una gran disparidad en cuanto a la implicación de
diferentes CC.AA. en materia de enfermedades raras y discapacidad, muchas de
esas iniciativas estando ya fuera de vigor. Esta necesidad de actualización quizás
también diese respuesta a las preocupaciones de los pacientes y a las consultas
recogidas por el Servicio de Información y Orientación (SIO) de FEDER. Tal y como
indican los resultados del estudio ENSERio (2017), el 85% de las personas con ER
en España tiene algún tipo de discapacidad. De ellas, casi la mitad (el 49%) dicen
tener una discapacidad física, el 14% una discapacidad intelectual, el 11% de la
visión, y el 4% de la audición.
En cuanto al grado de discapacidad reconocido, el 51% tiene entre el 33 y el 64%,
el 23% entre el 65 y el 74% de discapacidad, mientras que el 24% un grado igual o
superior al 75%. Cabe destacar también que el 36% de personas con ER indican no
estar de acuerdo con el grado de discapacidad que les fue otorgado.
Si bien el hecho de tener una ER no siempre implica una discapacidad, el estudio
ENSERio (2017) ha mostrado que existe una estrecha relación entre estas dos
realidades. En ese sentido, es fundamental agilizar el proceso del reconocimiento
de discapacidad para que las personas con ER puedan recibir las prestaciones y
ayudas correspondientes lo antes posible, de esta forma atendiendo sus
necesidades socio-sanitarias, educativas y laborales.
Todos los años, FEDER atiende un importante número de consultas sobre la
diversidad de temáticas relacionadas con enfermedades raras mediante su servicio
de atención directa. De este modo, al llevar un registro en la base de datos de cada
una de las consultas, la federación puede identificar las principales necesidades
del colectivo y actuar.

                                               11
A lo largo del año 2020, el Servicio de Información y Orientación recibió un total de
11.650 consultas provenientes de 5.054 usuarios3. Todas ellas se recogen como
consulta específica de un tema y de esta forma se contabilizan. De las 11.650
consultas, 9.200 consultas no correspondían a preguntas sobre FEDER, ni a las
actuaciones que ha realizado el equipo SIO de seguimiento de consultas anteriores
por la especial vulnerabilidad del colectivo. De esas 9.200 consultas, 179 fueron
clasificadas como “Orientación sobre reclamación de discapacidad”, lo que
representa casi el 2% de las consultas realizadas en 2020.
Una tercera parte de las consultas de este tipo (61 de 179) provenían de la
Comunidad de Madrid, seguidas por las provenientes de Andalucía (37) y la
Comunidad Valenciana (22).

      Consultas de orientación sobre reclamación de
                        discapacidad
                                            Población
                                              en cada
             CC.AA.            N consultas
                                             CC.AA. en
                                            2020 (INE)
          Andalucía                 37       8.464.411
             Aragón                  2       1.329.391
             Balears                 1       1.171.543
           Canarias                  2       2.175.952
        Castilla y León              3       2.394.918
      Castilla-La Mancha            12       2.045.221
           Cataluña                  8       7.780.479
    Comunidad Valenciana            22       5.057.353
        Extremadura                  2       1.063.987
             Madrid                 61       6.779.888
             Murcia                  3       1.511.251
            Navarra                  2        661.197
         No definida                18          NA
          País Vasco                 6       2.220.504
        Total general              179      47.450.795
Tabla 2: Consultas de orientación sobre reclamación de discapacidad atendidas por SIO de FEDER
en 2020, por CC.AA.

3
  Una misma persona puede realizar diversas consultas sobre temas diferentes o sobre un mismo
tema para profundizar, hacer seguimiento o un aspecto nuevo.

                                              12
Orientación sobre reclamación de
                             discapacidad      Andalucia
                                                                Aragon
                                                                Balears
                                                                Canarias
        1%
                                                                Castilla y Leon
         2%           10%   3%                           1%
                                      21%
                                                                Castilla-La Mancha
                                                         1%
                                                                Catalunya
                                                         1%
                                                  7%            Comunidad Valenciana
                                                         2%
             34%                                                Extremadura
                                      12%
                                                                Madrid
                                                    4%
                                                                Murcia
                                                                Navarra
                                 1%
                                                                No definida
                                                                Pais Vasco

Gráfico 4. Consultas de orientación sobre reclamación de discapacidad atendidas por el SIO en
2020. Elaboración propia.

                                 Ayudas individuales
En España, existen varias prestaciones para personas con un grado de
discapacidad reconocido (habitualmente igual o mayor al 33%) a nivel estatal.
Aparte de las prestaciones estatales, también existen ayudas específicas a nivel
autonómico. Desde el Servicio de Información y Orientación de FEDER se ha
consultado en diversas ocasiones a distintos agentes con el fin de tener una
información clara y actualizada de las ayudas individuales a las que pueden
acceder las personas con el reconocimiento del grado de discapacidad. No
obstante, tras estas consultas, no hay un lugar donde estas ayudas por distintas
CC.AA. estén recogidas de manera clara. Una de las dificultades que encuentran los
profesionales del servicio para poder informar a los usuarios es precisamente la
diferencia de nomenclatura de las distintas ayudas, los organismos a nivel
autonómico de las que pueden desprenderse (sin ahondar en el ámbito provincial o
local), y las diferencias en la periodicidad en que se convocan o se conceden.
Cada CC.AA. puede tener unas ayudas más o menos fijas que favorecen al colectivo
de personas con discapacidad, como reducciones en tasas o impuestos, o incluir
en distintas ayudas una referencia específica a personas con discapacidad, entre
otros colectivos, como en ayudas a la vivienda o el empleo, por ejemplo.
En el acceso a ayudas individuales también hay cierta variedad, existiendo
convocatorias a las que las personas con un reconocimiento de grado de
discapacidad pueden optar para ayudas concretas. Es en estas ayudas en las que
vamos a poner atención identificando las convocatorias publicadas en los boletines
autonómicos de algunas CC.AA. durante el año 2021 y analizando los tipos de
ayudas que ofrecen, el importe de las mismas, el periodo en que se pueden

                                             13
imputar gastos, asumiendo que no se trata de una revisión exhaustiva y completa,
sino de ejemplos de este tipo de convocatorias en este ejercicio (hasta el 14 de
diciembre de 2021).
Es importante mencionar que el análisis de las ayudas individuales se ha centrado
principalmente en las CC.AA. en las que FEDER, por su intervención a lo largo de los
años, tenía mayor conocimiento, y se ha tratado de complementar con otras CC.AA.
para tener una visión más global de la situación en el territorio español. No
obstante, en el caso de algunas CC.AA. las convocatorias de ayudas individuales
para el año 2021 no se han podido localizar. Por lo tanto, teniendo en cuenta la
dificultad de acceso a información actualizada sobre las ayudas individuales a nivel
autonómico, el análisis que se ofrece a continuación representa una primera
aproximación en esta materia.

La Comunidad Autónoma de Andalucía aprueba las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de
personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros
de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes,
personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación,
participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las
competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
La convocatoria establece una cuantía máxima de 367.492,15 €, imputándose el
gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2021.
Son conceptos subvencionables con los siguientes límites económicos:
     La adaptación de vehículos a motor: 750 €
     Prótesis y órtesis:
             Auditiva: 600 €/unidad
             Ocular: 400 €
             Dental: 600 €
     Otros productos de apoyo para personas con discapacidad: 6.000 €
     Recursos tecnológicos (dispositivos, equipos, instrumentos, tecnología,
        aplicaciones, software, etc.): 6.000 €
     Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro
        residencial o de día al que deban asistir: 109 €/mes
     Los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén
        recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban
        asistir: 109 €/mes
Quedan excluidos de forma expresa elementos de accesibilidad tales como salva
escaleras, plataformas elevadoras y otros elementos de comunicación vertical.
Existe la posibilidad de solicitar dos o más subvenciones, es decir, una ayuda por
modalidad.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, convoca las ayudas para el fomento de la autonomía personal y la
promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de
dificultad o vulnerabilidad social en el año 2021.
El crédito máximo destinado es de 350.000 € al que se podrán imputar gastos
realizados a partir del 17 de agosto de 2020 y el año 2021.
Las ayudas subvencionables son las siguientes:
     Ayudas a la movilidad:

                                        14
 Desplazamientos con fines formativos: 1.250 € (125 € × 10 meses)
             y de inserción laboral: 1.375 € (125 € × 11 meses).
            Adquisición de sillas de ruedas con motor eléctrico: 700 €
            Adaptación de vehículos a motor, para que puedan ser conducidos
             por una persona con discapacidad: 1.000 €
            Eliminación de barreras en vehículos a motor, para trasladar a una
             persona con discapacidad: 2.000 €
     Ayudas para la adquisición de productos de apoyo:
            Comunicadores, ordenadores personales: 500 € o dispositivos
             electrónicos portátiles: tableta: 200 € y comunicador: 100 €.
            Dispositivo de comunicación electrónica alternativa y aumentativa
             (CAA): 3.000 €
            Audífonos: 1.250 €/unidad
            Piezas adicionales, para la conservación del implante coclear: 300 €
            Instalación y/u obras de sistema de alarma para la vivienda habitual
             del solicitante con discapacidad auditiva: 900 €
            Camas articuladas (incluido colchón): 800 € y colchones antiescaras:
             250 €
            Equipos posturales, elevadores de bañera, sillas especiales de ducha
             y grúas: 800 €
            Plataforma o salva escaleras para la vivienda habitual:
                 – Elevadores de bañera: 400 €
                 – Sillas especiales de ducha cuantía máxima 150 €
                 – Grúas: 700 €
                 – Plataformas o salvaescaleras para la vivienda habitual: 3.000
                     €
            Ayudas técnicas para personas con discapacidad visual:
                 – Lupas manuales o digitales, con o sin filtros: 100 €
                 – Gafas prismáticas o gafas de alta graduación: 300 €
                 – Termómetro, tensiómetro o glucómetro digital parlante: 100 €
Se acepta una única solicitud por persona y se podrá conceder una sola ayuda por
solicitante.

La Generalitat de Catalunya, mediante el Sistema Público de Servicios Sociales,
abre la convocatoria para la prestación social de carácter económico a las personas
con discapacidad, para el año 2021.
La convocatoria establece una cuantía máxima disponible de 2.615.000 €, que se
distribuye de la siguiente manera: 1.563.000 € en el presupuesto del ejercicio
2021 y 1.052.000 € en el presupuesto del ejercicio 2022, en virtud de la
aprobación del gasto plurianual efectuado por el Acuerdo de Gobierno del día 7 de
septiembre de 2021.
Los tipos de ayudas subvencionables son los siguientes:
     Prestaciones para movilidad y transporte:
            Obtención o reconversión del permiso de conducir:
                 – Reconversión del permiso de conducir: 210,35 €
                 – Obtención del permiso de conducir: 450,76 €
            Adaptación del vehículo:
                 – Embrague o vehículo automático:1.400 €
                 – Freno autoblocante: 500 €
                 – Acelerador mecánico: 900 €
                 – Inversor de pedal: 300 €

                                        15
– Cinturón de seguridad tipo arnés: 200 €
              – Acelerador electrónico (vehículos con cojín de seguridad):
                  1.600 €
              – Freno de estacionamiento eléctrico: 1.000 €
              – Acelerador y freno para personas con tetraplejía: 2.500 €
              – Suplemento de pedales: 300 €
              – Adaptación de volante: 150 €
              – Telemando de funciones de conducción: 1.500 €
              – Otras adaptaciones de las acciones para la conducción: 150 €
        Transporte para la atención precoz: máximo 1.116 € anuales
        Transporte para la enseñanza reglada postobligatoria y formación
           ocupacional en centros autorizados para el alumnado mayor de 16
           años: máximo 1.116 € anuales
   Prestaciones para la autonomía personal y la comunicación: máximo 3.500€
        Productos de apoyo para personas con discapacidad visual:
              – Anotador hablante y accesorios: 1.500 €
              – Lupa TV: 1.000 €
              – Lupa con luz: 120 €
              – Lupa: 55 €
              – Atril: 100 €
              – Impresora Braille: 1.000 €
              – Programa de magnificación de caracteres: 600 €
              – Reproductor: 240 €
              – Gafas o lentes de contacto para corregir el déficit de
                  refracción: 420 €
              – Luz flexo: 150 €
              – Medidor de glucemia con voz: 50 €
              – Filtros: 180 €
              – Programa para utilizar el escáner ROC (OCR): 200 €
              – Programa para utilizar Windows con síntesis de voz o revisor
                  de pantalla para PC: 400 €
              – Línea Braille: 1.900 €
              – Teléfono móvil con voz: 350 €
              – Lupa electrónica portátil: 435 €
              – Telemicroscopio o telescopio: 500 €
              – Lector de etiquetas hablante: 200 €
              – Detector de colores: 125 €
              – Comunicador para personas sordociegas: 2.195 €
              – Gafas prismáticas o microscópicas: 200 €
              – Teclado Braille: 100 €
        Productos de apoyo para personas con discapacidad auditiva:
              – Teléfono con amplificación y/o bobina (inalámbrico o de
                  mesa): 120 €
              – Despertador: 100 €
              – Transmisor de sonido del timbre del teléfono: 70 €
              – Transmisor del sonido del timbre de la puerta: 85 €
              – Transmisor para vigilar bebés: 140 €
              – Un audífono: 1.200 €
              – Dos audífonos: 2.400 €
              – Equipo de comunicación con frecuencia modulada (FM): 800 €
              – Amplificador magnético de transmisión del sonido: 200 €

                                   16
– Receptor de señales acústicas: 140 €
      – Auricular amplificador para TV o audio: 200 €
      – Avisadores de alarmas contra incendios: 175 €
 Productos de apoyo para personas con discapacidad física,
  intelectual o mental:
      – Cama articulada: 400 €
      – Colchón o cubrecolchón antiescaras: 400 €
      – Barandillas de cama: 100 €
      – Barra lateral de cama: 80 €
      – Cama clínica (incluye somier articulado, carro elevador y
          barandillas): 750 €
      – Madera de bañera: 40 €
      – Silla, banco o taburete de ducha: 80 €
      – Asiento giratorio de bañera: 120 €
      – Asiento elevador de bañera: 400 €
      – Barras de pared: 90,15 €
      – Silla de ducha e inodoro: 390,66 €
      – Asiento abatible de ducha: 150,25 €
      – Alza inodoro: 50 €
      – Barra abatible: 60 €
      – Alza inodoro con apoyabrazos: 100 €
      – Plataforma abatible de ducha: 1.000 €
      – Hamaca de baño: 640 €
      – Reductor de asiento con sujeciones (niños y jóvenes hasta 16
          años): 240 €
      – Inodoro-bidé: 400 €
      – Utensilios para actividades de la vida diaria: 40 €
      – Silla de ducha e inodoro basculante con accesorios: 1.100 €
      – Grúa de elevación: 800 €
      – Trapecio: 84,14 €
      – Tabla de transferencias: 90 €
      – Disco giratorio: 90 €
      – Plataforma de transferencias: 650 €
      – Arnés para grúa: 160 €
      – Disco giratorio con apoyo: 300 €
      – Grúa de bipedestación: 1.600 €
      – Grúa de techo: 2.500 €
      – Tapices deslizantes y elementos de reposicionamiento: 60 €
      – Motor propulsor para la silla manual para el asistente: 800 €
      – Motores o sistemas que faciliten la autopropulsión de sillas de
          ruedas manuales por la persona usuaria: 1.500 €
      – Silla para el desplazamiento en el interior, tipo despacho, con
          freno manual y diferentes tipos de asientos y accesorios: 700 €
      – Silla de interior de posicionamiento con regulaciones o chasis
          de interior para asiento de posicionamiento: 1.500 €
      – Cuñas o sistemas de posicionamiento: 300 €
      – Silla de interior con mesa: 500 €
      – Silla o asiento de posicionamiento no regulable: 300 €
      – Atril: 100 €
      – Adaptador de USB para conmutadores: 40 €
      – Ratón alternativo: 360 €

                             17
– Programa de acceso alternativo al ordenador: 520 €
                 – Programa de símbolos y/o texto para la comunicación con
                   síntesis de voz: 520 €
                 – Licornio: 80 €
                 – Conmutador: 50 €
                 – Comunicador sencillo (de casillas o botones): 450 €
                 – Comunicador de pantalla dinámica y/u ortográfico: 2.400 €
                 – Sistema de montaje de dispositivo electrónico en la cama o en
                   la silla: 700 €
                 – Avisador: 50 €
                 – Teclado alternativo o adaptación de teclado: 250 €
                 – Adaptación para el móvil: 115 €
                 – Otros sistemas de acceso al ordenador o comunicador: 1.550 €
                 – Brazo de apoyo para el posicionamiento de periféricos: 150 €
                 – Comunicador de un solo botón: 50 €
                 – Silla para subir y bajar escaleras (con dos personas): 300 €
                 – Rampas manuales portátiles: 450 €
                 – Aparato salvaescaleras portátil: 2.000 €
                 – Automatismo de puertas: 2.000 €
                 – Silla salvaescaleras (instalación fija): 2.000 €
                 – Plataforma salvaescaleras o elevador vertical: 3.500 €
                 – Plataforma para furgoneta: 4.000 €
                 – Asiento de vehículo adaptable a chasis de silla de ruedas:
                   4.000 €
                 – Transformación de carrocería: 4.650 €
                 – Anclajes (furgoneta): 650 €
                 – Grúa de persona: 1.500 €
                 – Base giratoria para el asiento del vehículo: 800 €
                 – Rampa manual fija al suelo de la furgoneta: 1.300 €
                 – Asiento de vehículo adaptado con sujeciones: 1.000 €
                 – Grúa de silla de ruedas: 2.000 €
                 – Base giratoria con elevación: 3.000 €
                 – Tabla de transferencias eléctrica: 1.500 €
                 – Cinturón de seguridad tipo arnés: 200 €
                 – Pasamanos: 60,10 €
                 – Protector de cabeza: 180,30 €
                 – Laringófono o manos libres para prótesis fonatoria: 400 €
                 – Sistema de control de entorno: 770 €
                 – Mesa adaptada: 400 €
                 – Soporte de cabeza activo: 200 €
                 – Prestación económica para el mantenimiento de un perro de
                   asistencia: 300 €

Por su parte, mediante la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política
Social, la Región de Murcia, por la resolución de 15 de junio de 2021, convoca las
ayudas individualizadas a personas con discapacidad.
Estas ayudas serán financiadas con los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia para 2021, por importe total de 500.000 €. No
obstante, y previas las oportunas modificaciones presupuestarias, podrán utilizarse
créditos excedentes en partidas del presupuesto del Instituto Murciano de Acción
Social, u otras aportaciones de Administraciones Públicas, para incrementar dicha

                                        18
cuantía. La cuantía máxima estimada en que se podrá incrementar la inicial es de
1.000.000 €.
Los conceptos objeto de esta convocatoria y sus cuantías máximas son las
siguientes:
    Eliminación de barreras arquitectónicas:
         Cambio de bañera por pie de ducha: hasta 1.500 €
         Ampliación de puertas: hasta 1.500 €
         Rampa: hasta 1.000 €
         Instalación ascensor/salvaescaleras: hasta 3.000 €
    Tratamiento bucodental: hasta 2.000 €
    Audífonos (máximo 2 unidades): hasta 3.000 €
    Grúa eléctrica: hasta 1.200 €
    Cama eléctrica/ articulada completa (incluye somier articulado, colchón
       articulado y barandillas): hasta 1.100 €
    Gafas (1 unidad): hasta 300 €

La Generalitat Valenciana, a través del Consejo y Consejería de Igualdad y Políticas
Inclusivas, convoca para el ejercicio 2021 ayudas personales para la promoción de
la autonomía personal de personas con diversidad funcional.
Las subvenciones contenidas en esta convocatoria tienen un límite presupuestario
de 1.100.000 €, y son objeto de subvención únicamente las adquisiciones o
actuaciones realizadas dentro del año natural de 2021.
La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción, ni
superar los módulos económicos máximos siguientes:
     Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo:
            Sillas de ruedas con motor eléctrico: 2.100 €
            Grúa hidráulica / eléctrica: 1.350 €
            Audífonos: 1.200 €
            Otros productos y ayudas técnicas: 1.600 €
     Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior
        de la vivienda y la adaptación funcional del hogar
            Adaptaciones en el cuarto de baño: 2.800 €
            Eliminación de barreras en el interior de la vivienda: 4.000 €
     Adaptación de vehículo de motor: 1.500 €
     Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros
        asistenciales: 60 €/mes, 720 €/año.

El Principado de Asturias publica una resolución de la Consejería de Derechos
Sociales y Bienestar, por la que se convocan ayudas individuales a personas
mayores y personas con discapacidad en régimen de concurrencia competitiva para
el año 2021 con un importe de 260.000 € para dos tipos de ayudas:
     Eliminación de barreras arquitectónicas en el hogar, refiriéndose
       específicamente a adaptaciones de baños, cuya cuantía máxima
       subvencionable asciende a 1.500 €.
     Adquisición de productos de apoyo siendo exclusivamente los que se
       recogen en el anexo de la resolución y que son:
            Prótesis dentales removibles completas: superior o inferior (unidad):
              750 €
            Prótesis dentales removibles parciales: superior o inferior (unidad):
              400 €

                                        19
 Asiento para inodoro: 100 €
            Asiento para baño/ducha: 140 €
            Silla baño/ducha con ruedas: 300 €
            Cojín anti-escaras (excepto para lesionados medulares): 120 €
            Grúa: 600 €
            Cama articulada eléctrica: 580 €
            Cama articulada manual: 260 €
            Colchón anti-escaras: 300 €
            Gafas: 200 €
            Audífono: 1.000 €/unidad
Las ayudas financian gastos realizados en el segundo semestre de 2020 y el
ejercicio presupuestario de 2021. Solamente se puede solicitar ayuda para un
producto de apoyo o eliminación de barreras.

Por su parte, la Comunidad Foral de Navarra, a través de la Consejera de Derechos
Sociales, ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la
adquisición de productos de apoyo, para el fomento de la autonomía personal y
prevención de la dependencia a las personas mayores y/o a personas con
discapacidad para el año 2021.
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 120.000 €.
Las ayudas concedidas se orientan hacia la promoción de la autonomía personal y
la prevención de la dependencia, en el ámbito del Departamento de Derechos
Sociales, de las personas mayores o de las personas con discapacidad y deberán
encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías:
     Productos de apoyo para funciones de aseo:
            Sillas con orinal: 112 €
            Elevador de inodoro con reposabrazos: 81 €
            Alzas para inodoros con altura e inclinación regulables: 72 €
            Tapa de inodoro con mecanismo de elevación incorporado para
               ayudar a levantarse y a sentarse: 139 €
            Irrigadores y secadores de aire caliente adaptables al inodoro: 450 €
     Productos de apoyo para lavarse, ducharse y bañarse:
            Tablas de bañera y asientos de bañera: 45 €
            Silla giratoria para bañera: 135 €
            Silla de ducha con y sin ruedas: 265,50 €
            Elevador de bañera eléctrico: 427,50 €
            Camillas para baño: 630 €
     Productos de apoyo para ver:
            Adquisición de gafas: 580 €
            Adquisición de lentillas: 480 €
     Productos de apoyo para la audición:
            Compra de audífonos: hasta 1.620 €/unidad
     Productos de apoyo para la movilidad personal:
            Sistema de asistencia eléctrica para silla manual como apoyo a las
               personas cuidadoras: hasta 900 €/unidad
     Productos de apoyo para la elevación y traslado:
            Grúas móviles con asientos no rígidos con arneses para transferencia
               de una persona en posición sentada: 900 €
            Grúas móviles para transferencia de una persona en posición
               bipedestación: 900 €

                                       20
 Arneses para grúas: 135 €
      Productos de apoyo para transferencia y giro:
           Discos de transferencias: 78 €
           Discos de transferencias con asas: 346,50 €
           Tablas de transferencias: 86,50 €
           Tablas de transferencias con disco deslizante: 270 €
           Cinturones y arneses de transferencia: 61 €
           Sillón de puesta en pie: 585 €
      Productos de descanso:
           Cama articulada con carro elevador: 900 €
           Colchón anti-escaras: 270 €
           Asideras barandillas: 50 €
           Barandillas abatibles: 121 €
           Carro elevador: 400 €

En Cantabria, la Orden EPS/5/2021, de 26 de marzo, aprueba la convocatoria de
concesión de subvenciones para la promoción de la vida autónoma en el ejercicio
2021. Estas subvenciones están gestionadas por el Instituto Cántabro de Servicios
Sociales y están dirigidas a personas físicas residentes en Cantabria, que debido a
su edad o a sus limitaciones en la actividad tienen dificultades para desenvolverse
en su medio habitual, facilitándoles el acceso a prestaciones y servicios que
mejoren su calidad de vida y su integración en el entorno social.
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 1.650.000 €, imputándose el
gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2021.
Las ayudas subvencionables son las siguientes:
     Servicios de atención domiciliaria: 200 €/mes
     Adquisición de electrodomésticos básicos:
            Lavadora: 300 €
            Microondas: 70 €
            Horno: 300 €
            Frigorífico: 400 €
            Placa de cocina: 90 €
     Adquisición de productos de apoyo:
            Alza inodora: 30 €
            Cojín antiescaras: 50 €
            Cama articulada con colchón viscoelástico o colchón antiescaras: 600 €
            Cama articulada elevadora con colchón antiescaras: 1.000 €
            Solicitado solo Colchón visco elástico o colchón antiescaras: 250 €
            Sobre colchón de aire: 250 €
            Grúa más arnés: 800 €
            Solicitando sólo arnés: 150 €
            Sillón incorporador y/o elevador: 500 €
            Silla de ducha con o sin ruedas: 100 €
            Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (SAAC): 1.500 €
            Andador infantil (hasta 16 años): 500 €
            Sistema de posicionamiento infantil: 250 €
            Silla de ducha de características especiales: 300 €
            Motor auxiliar para silla de ruedas: 500 €
            Scooter: 2.000 €

                                       21
   Adquisición o adaptación de vehículo a motor para personas con movilidad
       reducida acreditada por el equipo de valoración y orientación (EVO):
            Adquisición de vehículo a motor: 3.000 €
            Adaptación de vehículo a motor: 1.600 €
      Adquisición de audífonos, prótesis dentales o gafas o cristales graduados:
            Un audífono: 750 €
            Dos audífonos: 1.500 €
            Prótesis dentales, incluidos implantes: 700 €
            Un único par de gafas graduadas: 150 €
            Dos cristales graduados: 70 €
      Servicio de transporte adaptado a centro de día, centro de rehabilitación
       psicosocial y centro ocupacional:
            Por los días de asistencia efectiva al centro, con un máximo de 4 €
               diarios y 92 € mensuales
      Traslado a centro de día, centro de rehabilitación psicosocial y centro
       ocupacional:
            Se calculará considerando los días de asistencia efectiva al centro y
               el número de kilómetros realizados al día para el traslado desde su
               domicilio al centro, por importe de 0,19 €/Km, con un máximo de 4 €
               diarios y 92 € mensuales
      Adaptación funcional de la Vivienda habitual y permanente de la persona
       solicitante:
            Instalación, sustitución o modificación de puertas: hasta 300 € por
               puerta, hasta un número total de cinco puertas por un importe total
               de 1.500 €.
            Instalación o adaptación de cuartos de baño:
                 – Baño completo para ajustarlo a los requerimientos de este
                     apartado y de los elementos indicados que podrá incluir
                     instalaciones, solado y alicatado, siempre que estos elementos
                     sean necesarios para la adaptación: hasta 3.500 €.
                 – Sustituir o modificar elementos para hacerlos accesibles:
                        Cambiar la bañera por plato de ducha a cota cero, ducha
                           de obra, o suelo continuo con barras de apoyo, grifería y
                           asiento de ducha: hasta 600 €.
                        Cambiar la bañera por plato de ducha a cota cero, ducha de
                           obra, o suelo continuo con barras de apoyo, grifería, asiento
                           de ducha y mampara sin perfil inferior, hasta 900 €.
                        Sustituir el lavabo por uno sin pedestal, hasta 100 €.
                        Inodoro más alza, más barras de apoyo, hasta 180 €.
                        Inodoro más barras de apoyo, hasta 150 €.
      Eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la movilidad o el acceso a
       viviendas unifamiliares o interior de dúplex: hasta 3.000 €.

En Aragón, la Orden CDS/467/2021, de 28 de abril, publica la convocatoria de
ayudas individuales para personas con grado de discapacidad y personas en
situación de dependencia.
El importe total de la convocatoria para el año 2021 es de 550.000 €.
Los tipos de ayudas subvencionables son los siguientes:
     Ayudas para movilidad: hasta 2.200 €

                                         22
También puede leer