MEDIDAS FITOSANITARIAS PARA EL MANEJO DEL VIRUS RUGOSO DEL TOMATE - Marzo de 2019 - Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Sonora
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
Procedimientos regulatorios Artículos regulados: semillas, plantas, plántulas, esquejes de: • Jitomate (Solanum lycopersicum) • Chile (Capsicum sp.) • Berenjena (Solanum melongena) Establecimientos regulados: • Invernaderos • Campos • Establecimientos para la producción de material propagativo
Acciones regulatorias 1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). 2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. 3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). • Se modificaron 233 claves de combinación, como se indica a continuación: a) 34 claves de combinación de semillas de berenjena; b) 94 claves de combinación de tomate (1 de plantas, 1 de plántulas y 92 de semillas); c) 105 claves de combinación de chile (1 de esquejes sin raíz, 1 de plantas, 2 de plántulas y 101 de semillas). Las cuales entraron en vigor el 31 de enero de 2019. Importación de semillas con fines experimentales y/o investigación: Se permitirá el ingreso bajo un Acuerdo de Cumplimiento a solicitud de parte.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena). Se adicionaron los siguientes puntos: • El certificado fitosanitario deberá especificar que el producto se encuentra libre de: Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV); • Toma de muestra y envío al Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria (CNRF) o laboratorios aprobados con protocolo transferido por el CNRF para diagnóstico de Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV); diagnóstico con cargo al interesado para: Virología; • El producto ingresará bajo el procedimiento de Guarda Custodia y Responsabilidad; • La Guarda Custodia y Responsabilidad se liberará hasta la obtención de los diagnósticos negativos a plagas cuarentenarias; mientras tanto la semilla no podrá ser comercializada o sembrada.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Requisitos de los establecimientos de producción de material propagativo: • Aviso de inicio de funcionamiento; • Protocolos, manuales de procedimientos apropiados para la replicación y producción de material vegetativo, propios de la empresa; • Uso de semillas importadas que cumplan lo establecido en las claves de combinación; • Los establecimientos deberán contar con bitácoras, registros de muestreo y diagnóstico; con resultados negativos al ToBRFV por nave de invernadero; • Los lotes de producción deben estar etiquetados e identificados, las plantas no deberán tocar el piso; • Instalaciones e infraestructura con mecanismos de bioseguridad y biocontención; • Trazabilidad del origen y destino del material propagativo producido y autorizado.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena. Los productores que adquieran materiales de propagación para su producción en invernaderos o campo a cielo abierto, tienen las siguientes obligaciones: • Informar al correo certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx; con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal el nombre del establecimiento donde adquieren el material; • Adquirir plantas/plántulas libres del ToBRFV, de empresas autorizadas por SENASICA, las cuales se podrán consultar en el siguiente link: https://www.gob.mx/senasica/documentos/directorio-fitosanitario-63375 • Envío de muestras a diagnóstico fitosanitario por nave de invernadero, en caso de que estas resulten positivas deberá proceder a la destrucción de las plantas; • Permitir el acceso a personal técnico de la SADER, SENASICA o Comité Estatal de Sanidad Vegetal para que realicen acciones de vigilancia fitosanitaria, incluyendo el muestreo de plantas y sus frutos.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 1. Invernaderos: • Se deberá realizar la limpieza estricta de las instalaciones; • Restringir el acceso al personal ajeno a las actividades; • Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha; • La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada nave de invernadero; • Realizar la solarización del terreno del invernadero.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos. 2. Campo a cielo abierto: • Realizar la limpieza y desinfección del sistema de tutoreo del cultivo; • Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados durante las actividades de cosecha; • La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada campo de producción; • Realizar la solarización del terreno del campo.
4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas Personal técnico del Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria del Comité Estatal de Sanidad Vegetal coadyuvará con el SENASICA en las visitas de seguimiento y/o supervisión, para lo cual en cada visita a los sitios de producción se emitirá un informe de visita de campo.
5. Requisitos 1 Importación: • Requisitos establecidos en las claves de combinación Diagnóstico negativo Diagnóstico positivo Liberación del embarque Rechazo, retorno o destrucción del embarque 2 Producción de autoconsumo/maquila de plantas y/o plántulas Uso de material libre del ToBRFV Medidas profilácticas Diagnósticos negativos Autorización de empresas y movilización de material vegetativo 3 Producción en campo y/o invernadero Uso de material libre del ToBRFV Medidas profilácticas Presenta informe a la DGSV y al CESV sobre la presencia/ausencia del ToBRFV
6. Toma de muestras 25 20 15 Importación de 10 semillas y/o Producción de material material propagativo propagativo Producción en 5 campo y/o invernadero 0 Mayor intensidad de Menor intensidad de Toma de muestras, solo muestreo y toma de muestreo y toma de en caso de síntomas muestras muestras sospechosos
7. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena Usuario: Envía email a DGSV a DGSV: 1. Aviso de inicio de certfitosani.dgsv@senasica.gob.mx 1. Recibe y acusa de recibido funcionamiento con copia al Comité Estatal de 2. Analizar información 2. Lotes de plantas Sanidad Vegetal y al Representante 3. Empresa-lote-diagnóstico 3. Diagnósticos negativos Estatal del SENASICA 4. Autoriza movilización 4. Inicio de movilización 5. Volumen estimado de plantas 6. Cierre de movilización 7. Especies y variedades 8. Origen-destino del material No cumple: Cumple: La DGSV notifica al La DGSV autoriza la usuario movilización Las empresas solicitan la DGSV notifica por email al autorización de la movilización a DGSV sube información a la página web usuario de la procedencia de la DGSV mediante correo, SENASICA de consulta pública de Lista de su solicitud; así como: incluyendo: instalaciones y procesos autorizados por 1. Escrito (origen del material, el SENASICA en el siguiente link: 1. Saldos por lote destino del material, cantidad de https://www.gob.mx/senasica/documentos/ 2. Origen-destino del plantes y número de lote) directorio-fitosanitario-63375 material 2. Dictámenes negativos
8. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena Dentro de Dentro del A diferentes municipios del mismo estados mismo estado municipio Empresa Empresa Empresa autorizada autorizada autorizada por DGSV por DGSV por DGSV Diagnósticos Autorización negativos a de la DGSV ToBRFV Autorización de la DGSV
Datos de contacto del seguimiento del tema del virus rugoso del tomate Tema Servidor público Extensión Correo electrónico Diagnósticos fitosanitarios del M.C. Gustavo Torres CNRF y laboratorios aprobados 51410 jose.torres@senasica.gob.mx Martínez con protocolo transferido Resultados de diagnóstico negativos al ToBRFV y liberación de GCyR de embarques Ing. Yanell Domínguez importados 51362 yanell.dominguez@senasica.gob.mx Velázquez Importación semillas bajo la medida fitosanitaria “Acuerdo de cumplimiento” Resultados de diagnostico positivos al ToBRFV de embarques Ing. Israel Cueto Espinoza 51400 israel.cueto@senasica.gob.mx importados Ing. Mayra Guadalupe Acal Seguimiento ToBRFV nacional 51436 mayra.acal@senasica.gob.mx Miss
GRACIAS POR SU ATENCIÓN. Dirección General de Sanidad Vegetal. Dirección de Regulación Fitosanitaria.
También puede leer