POR QUÉ "LEY MORDAZA"? - LO QUE DEBEMOS SABER SOBRE LA "LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA" Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
¿POR QUÉ “LEY MORDAZA”? LO QUE DEBEMOS SABER SOBRE LA “LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA” Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Coordinadora Anti Represión Región de Murcia
Aquel ministro del dictador, Manuel Fraga Iribarne, hizo famosa su frase “¡La calle es mía!” en 1976, siendo ministro de Gobernación, como aviso a los trabajadores y trabajadoras que no podían manifestarse el Primero de Mayo. Hoy, cuarenta años más tarde y ya comenzado otro siglo, el ministro del interior Jorge Fernández Díaz, miembro del mismo partido político que Fraga, pretende imponer la Ley Mordaza y modificar el actual Código Penal, un atentado vía legal contra las libertades civiles y políticas: Franco no ha muerto. En una situación de putrefacción de las instituciones y aparatos del Estado, donde la mayoría de los responsables institucionales están implicados en graves casos de corrupción, vemos cómo el gobierno arremete contra quienes sufrimos las consecuencias de una corrupción estructural y de expolio masivo del erario público. Esta corrupción, junto con las políticas de recortes que están asfixiando a la población, son las que provocan el desorden y la inseguridad en la ciudadanía. A la sombra de sus argumentos ideológicos se esconde la defensa del sistema capitalista: La represión reporta a unos pocos cuantiosas ganancias: año tras año comprobamos cómo aumentan los beneficios de las clases dominantes –banca, corporaciones y grandes fortunas- mientras va reduciéndose el nivel de vida de una amplia mayoría de nuestra sociedad. El gobierno y el sistema judicial confabulan contra los más desfavorecidos buscando el lucro de unos pocos pero muy poderosos. Frente a ellos y contra sus leyes no tenemos otra alternativa que seguir organizándonos en esta lucha de todas y todos para conseguir frenar este nuevo atentado contra nuestras libertades y derechos, para no permitir que se apropien de la calle, porque la calle no es suya: la calle, como metáfora de máxima expresión de derechos y libertades, es nuestra. Al analizar la Ley Mordaza comprobamos que la represión vía legal contra nuestros derechos y libertades es una realidad. Presentamos cuatro ejemplos: Menos garantías para la población. La policía -en el ámbito administrativo- tiene presunción de veracidad, siendo ésta y la Administración quienes sancionarán, siendo por tanto juez y parte. Además, se tendrá que pagar la multa antes de recurrir la sanción. Por si no fuera suficiente, se deberán pagar tasas ante los tribunales -que varían según el importe de la sanción recurrida.
Limitación de la libertad de expresión, reunión y manifestación. Aplastar la protesta y cualquier forma de desobediencia civil es uno de los objetivos de esta ley. Se incrementan las sanciones por las convocatorias ciudadanas ante el Congreso, el Senado u otro organismo autonómico similar, y por la colocación de pancartas en organismos públicos, señalando así a los activistas de Greenpeace. Además, legislan expresamente contra movimientos sociales como la PAH, muy activos estos últimos años: impedir un desahucio se multará con hasta 30.000€. Por convocatorias no autorizadas realizadas a través de las redes sociales, se responsabilizarán de los disturbios que pudieran producirse a quienes promuevan, apoyen o difundan la convocatoria, considerándolos organizadores o promotores. Persiguen el control administrativo de internet, restringen las libertades y decretan el estado de excepción en la Red. En su artículo 3, la Ley Mordaza señala que “la garantía de las condiciones de normalidad en la prestación de los servicios básicos para la comunidad”. Esta perniciosa redacción oculta en la práctica una restricción -cuando no prohibición- de los derechos de manifestación y huelga. Precisamente el ejercicio del derecho de huelga comporta que los servicios no se presten con normalidad, sino con una anormalidad amparada constitucionalmente. Pretenden que la función de los piquetes informativos en las huelgas quede en papel mojado. En cuanto al derecho a manifestación, mucho nos tememos que lo próximo sea la construcción de los ansiados manifestódromos; una propuesta reiterada de algunos miembros del PP, entre ellos el Ministro del Interior promotor de esta ley. Nos dejan protestar, pero sin molestar. Prohibición de la posibilidad de grabar y difundir imágenes de la policía en el ejercicio de sus funciones. Incluso las realizadas por profesionales del periodismo, aunque las imágenes reflejen abusos cometidos por la policía. Recordemos que, gracias a la grabación anónima de un vecino, se demostró que no hubo agresión por parte de los manifestantes a la policía durante la Huelga General el 14 de noviembre de 2012 en Murcia, y que debido a este vídeo la Fiscalía abrió un proceso judicial por la brutal e injustificada agresión de la policía a doce manifestantes. En Bilbao, gracias a otro vídeo se sabe que un agente de la Ertzaintza fue uno de los que dispararon las balas de goma que mataron a Íñico Cabacas, el 5 de abril de 2012. Legalización de las “devoluciones en caliente”. Serán legales las expulsiones sumarias y colectivas de personas migrantes sin darles la oportunidad de pedir asilo o exponer qué les ha llevado a saltar la valla de Ceuta o Melilla, vulnerando así el derecho internacional.
Todo esto tiene su lógica: para asfixiar los derechos sociales y laborales básicos es necesario recortar los derechos y las libertades que permiten reclamarlos. El austericidio reviste con una pátina de legalidad su lado más represor: el liberticidio. La represión es su respuesta, la represión es la herramienta con la que el Poder arrebata a todo un pueblo sus derechos más elementales. Tenemos ejemplos cercanos -sin la Ley Mordaza en vigor-, como la “Operación Pandora”, en Cataluña, que se saldó con siete detenidos puestos en libertad meses después; o los cuatro años de cárcel impuestos al compañero Alfon, de Madrid, por participar en la huelga general de 2012. Quieren prohibir que defendamos nuestras ideas, quieren que el miedo nos impida organizarnos. La justificación del Gobierno apelando a la “demanda social de seguridad” no se sostiene: de las más de 87.000 manifestaciones celebradas en España en los dos últimos años, se han producido incidencias en menos del 1% de las mismas. Pese a que no hay precedentes de esta gravedad en nuestra mal llamada “democracia”, existe una larga tradición política y legal en nuestro Estado contra los derechos y libertades de las personas. Si bien encontramos su más cercano antecedente en la tristemente famosa “Ley de Protección de la seguridad ciudadana”, aquella “Ley de patada en la puerta” o “Ley Corcuera” del ministro del PSOE, de 1992, al adentrarnos en la historia legislativa de la dictadura encontramos numerosas leyes represivas que, pese a la distancia en el tiempo, guardan curiosas similitudes con la recién aprobada Ley Mordaza y con la última reforma del Código Penal: la “Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo”, de 1940; la “Ley de Vagos y Maleantes”, de 1954; y la “Ley de Orden Público”, de 1959. Las MULTAS variarán de 100 A 600.000€ según estén tipificadas en la nueva Ley como MUY GRAVES, GRAVES O LEVES: MUY GRAVES, de 30.001 a 600.000€: Celebrar reuniones no comunicadas donde se presten "servicios básicos para la comunidad" o en sus inmediaciones. Art. 35.1. Celebrar espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición expresa de la policía “por razones de seguridad pública.” Art. 35.3.
GRAVES, de 601 a 30.000€: Perturbar la seguridad ciudadana en espectáculos deportivos o “solemnidades”, u otras reuniones a las que asistan “numerosas personas”, como por ejemplo, una protesta por la visita de los Reyes. Art 36.1. La “perturbación grave de la seguridad ciudadana” en manifestaciones frente al Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas regionales, aunque no estén en su interior los representantes públicos. Art.36.2. Causar “desórdenes graves” en vías, espacios o establecimientos públicos. Art.36.3. Obstaculizar o intentar impedir un desahucio. Art. 36.4. “Desobediencia o resistencia” a la autoridad, o la negativa a identificarse. Art.36.6. Negarse a disolver una manifestación si así lo exige la policía. Art. 36.7. La interferencia u obstrucción de aeropuertos o vías del tren, como las protestas de los vecinos de Santiago el Mayor y la Plataforma Pro-Soterramiento. Art. 36.9. El uso “no autorizado” de imágenes de policías o autoridades que puedan poner en peligro la seguridad personal o familiar. Art. 36.26. LEVES, de 100 a 600€: La celebración de reuniones o asambleas en lugares de tránsito público. Art. 37.1. Falta de respeto o consideración a un policía. Art 37.4. Estar dentro de un espacio ocupado (CSO o cualquier otro). Art. 37.7. El “deslucimiento” de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, como por ejemplo, poner pegatinas en las fachadas de los bancos. Art. 37.13. Ocupar una entidad bancaria. Art. 37.7 Escalar edificios o monumentos si hay riesgo para personas o bienes. Art. 37.15.
No podemos obviar el hecho de que, en muchísimos casos, los verdaderos autores de conductas violentas que desencadenan todo tipo de infracciones y juicios son policías infiltrados en manifestaciones, tal y como hemos podido comprobar en numerosas ocasiones por vídeos difundidos a través de Internet. Asimismo, estamos acostumbrados a tergiversaciones y manipulaciones por parte de la policía y responsables del gobierno autonómico y nacional, que constantemente justifican sus actuaciones violentas falseando la realidad. Tal fue el caso en Murcia de Abdou Karim y Alan Duque, o los hechos sucedidos en la jornada de Huelga General del pasado 14 de noviembre de 2012. Además de las sanciones tipificadas en la Ley, ésta también va a dotar a la policía de una serie de privilegios a la hora de ejercer sus funciones en detrimento de la libertad ciudadana, consiguiendo que determinados colectivos se vean, si cabe, en una situación de mayor vulnerabilidad: La #LeyMordaza permitirá los controles de identidad arbitrarios en vías o lugares públicos en “supuestos de alteración de la seguridad ciudadana o de la pacífica convivencia”. Arts. 17.2 y 18.1. La #LeyMordaza permitirá la discrecionalidad a las fuerzas de seguridad para emplear los registros corporales externos. Art. 20.1. La #LeyMordaza permitirá a la policía desalojar edificios o lugares cuando estime que así protege a personas o bienes ante un hecho sobrevenido. Art. 21. La #LeyMordaza podrá disolver una manifestación legal. Art. 23.2. La #LeyMordaza considerará responsables de manifestaciones no comunicadas a quienes promuevan su difusión, organicen o parezcan dirigirlas. Art. 30.3.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL La aprobación de la reforma del Código Penal supone 1) un profundo cambio en el modelo punitivo actual, y 2) un alarmante aumento de la represión y el control social dirigido principalmente contra las clases empobrecidas y la protesta social, todo ello con el objetivo de convertirnos en una sociedad miedosa, silenciosa y fragmentada. Entre otras medidas, la reforma introduce la prisión permanente revisable (cadena perpetua encubierta), endurece las penas sin justificación, responde al conflicto social penalizando la legítima protesta y la contestación social, y criminaliza la pobreza y la solidaridad, reduciendo las penas en aquellos comportamientos que mayor perjuicio causan a la sociedad en su conjunto (corrupción política y defraudaciones millonarias al erario público) y que son causantes directos de la actual crisis política, económica y social en que nos encontramos. Un ejemplo de la criminalización de la protesta que persigue esta reforma son las penas de tres a seis meses de cárcel por ocupar propiedades públicas o privadas perturbando su actividad, lo que apunta directamente a colectivos que ocupan oficinas bancarias, como la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) y los preferentistas, o la Marea blanca en sus encierros en hospitales. QUIEREN AMORDAZARNOS QUIEREN ROBARNOS NUESTROS DERECHOS QUIEREN NUESTRO SILENCIO
¡NO A LA LEY MORDAZA! ¡NO A LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL! Coordinadora Anti Represión Región de Murcia Anti Represión Región de Murcia antirepresionrm.blogspot.com @AntiRepresionRM AntiRepresionMurcia antirepresionrm@gmail.com
También puede leer