POR QUÉ "LEY MORDAZA"? - LO QUE DEBEMOS SABER SOBRE LA "LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA" Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

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POR QUÉ "LEY MORDAZA"? - LO QUE DEBEMOS SABER SOBRE LA "LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA" Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
¿POR QUÉ “LEY MORDAZA”?
  LO QUE DEBEMOS SABER SOBRE
LA “LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA”
 Y LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

    Coordinadora Anti Represión Región de Murcia
Aquel ministro del dictador, Manuel Fraga Iribarne, hizo famosa su frase “¡La
calle es mía!” en 1976, siendo ministro de Gobernación, como aviso a los
trabajadores y trabajadoras que no podían manifestarse el Primero de Mayo.

      Hoy, cuarenta años más tarde y ya comenzado otro siglo, el ministro del interior
Jorge Fernández Díaz, miembro del mismo partido político que Fraga, pretende
imponer la Ley Mordaza y modificar el actual Código Penal, un atentado vía legal
contra las libertades civiles y políticas: Franco no ha muerto.

      En una situación de putrefacción de las instituciones y aparatos del Estado,
donde la mayoría de los responsables institucionales están implicados en graves casos
de corrupción, vemos cómo el gobierno arremete contra quienes sufrimos las
consecuencias de una corrupción estructural y de expolio masivo del erario público.
Esta corrupción, junto con las políticas de recortes que están asfixiando a la
población, son las que provocan el desorden y la inseguridad en la ciudadanía.

      A la sombra de sus argumentos ideológicos se esconde la defensa del sistema
capitalista: La represión reporta a unos pocos cuantiosas ganancias: año tras año
comprobamos cómo aumentan los beneficios de las clases dominantes –banca,
corporaciones y grandes fortunas- mientras va reduciéndose el nivel de vida de una
amplia mayoría de nuestra sociedad. El gobierno y el sistema judicial confabulan
contra los más desfavorecidos buscando el lucro de unos pocos pero muy poderosos.

       Frente a ellos y contra sus leyes no tenemos otra alternativa que seguir
organizándonos en esta lucha de todas y todos para conseguir frenar este nuevo
atentado contra nuestras libertades y derechos, para no permitir que se apropien de
la calle, porque la calle no es suya: la calle, como metáfora de máxima expresión de
derechos y libertades, es nuestra.

      Al analizar la Ley Mordaza comprobamos que la represión vía legal contra
nuestros derechos y libertades es una realidad. Presentamos cuatro ejemplos:

    Menos garantías para la población. La policía -en el ámbito administrativo-
     tiene presunción de veracidad, siendo ésta y la Administración quienes
     sancionarán, siendo por tanto juez y parte. Además, se tendrá que pagar la
     multa antes de recurrir la sanción. Por si no fuera suficiente, se deberán pagar
     tasas ante los tribunales -que varían según el importe de la sanción recurrida.
 Limitación de la libertad de expresión, reunión y manifestación. Aplastar la
  protesta y cualquier forma de desobediencia civil es uno de los objetivos de
  esta ley. Se incrementan las sanciones por las convocatorias ciudadanas ante el
  Congreso, el Senado u otro organismo autonómico similar, y por la colocación
  de pancartas en organismos públicos, señalando así a los activistas de
  Greenpeace. Además, legislan expresamente contra movimientos sociales
  como la PAH, muy activos estos últimos años: impedir un desahucio se multará
  con hasta 30.000€. Por convocatorias no autorizadas realizadas a través de las
  redes sociales, se responsabilizarán de los disturbios que pudieran producirse a
  quienes promuevan, apoyen o difundan la convocatoria, considerándolos
  organizadores o promotores. Persiguen el control administrativo de internet,
  restringen las libertades y decretan el estado de excepción en la Red.

    En su artículo 3, la Ley Mordaza señala que “la garantía de las condiciones de
    normalidad en la prestación de los servicios básicos para la comunidad”. Esta
    perniciosa redacción oculta en la práctica una restricción -cuando no
    prohibición- de los derechos de manifestación y huelga. Precisamente el
    ejercicio del derecho de huelga comporta que los servicios no se presten con
    normalidad, sino con una anormalidad amparada constitucionalmente.
    Pretenden que la función de los piquetes informativos en las huelgas quede en
    papel mojado. En cuanto al derecho a manifestación, mucho nos tememos que
    lo próximo sea la construcción de los ansiados manifestódromos; una
    propuesta reiterada de algunos miembros del PP, entre ellos el Ministro del
    Interior promotor de esta ley. Nos dejan protestar, pero sin molestar.

 Prohibición de la posibilidad de grabar y difundir imágenes de la policía en el
  ejercicio de sus funciones. Incluso las realizadas por profesionales del
  periodismo, aunque las imágenes reflejen abusos cometidos por la policía.
  Recordemos que, gracias a la grabación anónima de un vecino, se demostró
  que no hubo agresión por parte de los manifestantes a la policía durante la
  Huelga General el 14 de noviembre de 2012 en Murcia, y que debido a este
  vídeo la Fiscalía abrió un proceso judicial por la brutal e injustificada agresión
  de la policía a doce manifestantes. En Bilbao, gracias a otro vídeo se sabe que
  un agente de la Ertzaintza fue uno de los que dispararon las balas de goma que
  mataron a Íñico Cabacas, el 5 de abril de 2012.

    Legalización de las “devoluciones en caliente”. Serán legales las expulsiones
    sumarias y colectivas de personas migrantes sin darles la oportunidad de pedir
    asilo o exponer qué les ha llevado a saltar la valla de Ceuta o Melilla,
    vulnerando así el derecho internacional.
Todo esto tiene su lógica: para asfixiar los derechos sociales y laborales básicos
es necesario recortar los derechos y las libertades que permiten reclamarlos. El
austericidio reviste con una pátina de legalidad su lado más represor: el liberticidio.
La represión es su respuesta, la represión es la herramienta con la que el Poder
arrebata a todo un pueblo sus derechos más elementales.

       Tenemos ejemplos cercanos -sin la Ley Mordaza en vigor-, como la “Operación
Pandora”, en Cataluña, que se saldó con siete detenidos puestos en libertad meses
después; o los cuatro años de cárcel impuestos al compañero Alfon, de Madrid, por
participar en la huelga general de 2012. Quieren prohibir que defendamos nuestras
ideas, quieren que el miedo nos impida organizarnos.

      La justificación del Gobierno apelando a la “demanda social de seguridad” no
se sostiene: de las más de 87.000 manifestaciones celebradas en España en los dos
últimos años, se han producido incidencias en menos del 1% de las mismas.

      Pese a que no hay precedentes de esta gravedad en nuestra mal llamada
“democracia”, existe una larga tradición política y legal en nuestro Estado contra los
derechos y libertades de las personas. Si bien encontramos su más cercano
antecedente en la tristemente famosa “Ley de Protección de la seguridad ciudadana”,
aquella “Ley de patada en la puerta” o “Ley Corcuera” del ministro del PSOE, de 1992,
al adentrarnos en la historia legislativa de la dictadura encontramos numerosas leyes
represivas que, pese a la distancia en el tiempo, guardan curiosas similitudes con la
recién aprobada Ley Mordaza y con la última reforma del Código Penal: la “Ley de
Represión de la Masonería y el Comunismo”, de 1940; la “Ley de Vagos y Maleantes”,
de 1954; y la “Ley de Orden Público”, de 1959.

Las MULTAS variarán de 100 A 600.000€ según estén tipificadas en la nueva Ley como
MUY GRAVES, GRAVES O LEVES:

MUY GRAVES, de 30.001 a 600.000€:

Celebrar reuniones no comunicadas donde se presten "servicios básicos para la
comunidad" o en sus inmediaciones. Art. 35.1.

Celebrar espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la
prohibición expresa de la policía “por razones de seguridad pública.” Art. 35.3.
GRAVES, de 601 a 30.000€:

Perturbar la seguridad ciudadana en espectáculos deportivos o “solemnidades”, u
otras reuniones a las que asistan “numerosas personas”, como por ejemplo, una
protesta por la visita de los Reyes. Art 36.1.

La “perturbación grave de la seguridad ciudadana” en manifestaciones frente al
Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas regionales, aunque no estén
en su interior los representantes públicos. Art.36.2.

Causar “desórdenes graves” en vías, espacios o establecimientos públicos. Art.36.3.

Obstaculizar o intentar impedir un desahucio. Art. 36.4.

“Desobediencia o resistencia” a la autoridad, o la negativa a identificarse. Art.36.6.

Negarse a disolver una manifestación si así lo exige la policía. Art. 36.7.

La interferencia u obstrucción de aeropuertos o vías del tren, como las protestas de
los vecinos de Santiago el Mayor y la Plataforma Pro-Soterramiento. Art. 36.9.

El uso “no autorizado” de imágenes de policías o autoridades que puedan poner en
peligro la seguridad personal o familiar. Art. 36.26.

LEVES, de 100 a 600€:

La celebración de reuniones o asambleas en lugares de tránsito público. Art. 37.1.

Falta de respeto o consideración a un policía. Art 37.4.

Estar dentro de un espacio ocupado (CSO o cualquier otro). Art. 37.7.

El “deslucimiento” de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, como
por ejemplo, poner pegatinas en las fachadas de los bancos. Art. 37.13.

Ocupar una entidad bancaria. Art. 37.7

Escalar edificios o monumentos si hay riesgo para personas o bienes. Art. 37.15.
No podemos obviar el hecho de que, en muchísimos casos, los verdaderos autores
de conductas violentas que desencadenan todo tipo de infracciones y juicios son
policías infiltrados en manifestaciones, tal y como hemos podido comprobar en
numerosas ocasiones por vídeos difundidos a través de Internet. Asimismo, estamos
acostumbrados a tergiversaciones y manipulaciones por parte de la policía y
responsables del gobierno autonómico y nacional, que constantemente justifican
sus actuaciones violentas falseando la realidad. Tal fue el caso en Murcia de Abdou
Karim y Alan Duque, o los hechos sucedidos en la jornada de Huelga General del
pasado 14 de noviembre de 2012.

Además de las sanciones tipificadas en la Ley, ésta también va a dotar a la policía de
una serie de privilegios a la hora de ejercer sus funciones en detrimento de la
libertad ciudadana, consiguiendo que determinados colectivos se vean, si cabe, en
una situación de mayor vulnerabilidad:

La #LeyMordaza permitirá los controles de identidad arbitrarios en vías o lugares
públicos en “supuestos de alteración de la seguridad ciudadana o de la pacífica
convivencia”. Arts. 17.2 y 18.1.

La #LeyMordaza permitirá la discrecionalidad a las fuerzas de seguridad para emplear
los registros corporales externos. Art. 20.1.

La #LeyMordaza permitirá a la policía desalojar edificios o lugares cuando estime que
así protege a personas o bienes ante un hecho sobrevenido. Art. 21.

La #LeyMordaza podrá disolver una manifestación legal. Art. 23.2.

La #LeyMordaza considerará responsables de manifestaciones no comunicadas a
quienes promuevan su difusión, organicen o parezcan dirigirlas. Art. 30.3.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

La aprobación de la reforma del Código Penal supone 1) un profundo cambio en el
modelo punitivo actual, y 2) un alarmante aumento de la represión y el control
social dirigido principalmente contra las clases empobrecidas y la protesta social,
todo ello con el objetivo de convertirnos en una sociedad miedosa, silenciosa y
fragmentada.

Entre otras medidas, la reforma introduce la prisión permanente revisable (cadena
perpetua encubierta), endurece las penas sin justificación, responde al conflicto
social penalizando la legítima protesta y la contestación social, y criminaliza la
pobreza y la solidaridad, reduciendo las penas en aquellos comportamientos que
mayor perjuicio causan a la sociedad en su conjunto (corrupción política y
defraudaciones millonarias al erario público) y que son causantes directos de la actual
crisis política, económica y social en que nos encontramos.

Un ejemplo de la criminalización de la protesta que persigue esta reforma son las
penas de tres a seis meses de cárcel por ocupar propiedades públicas o privadas
perturbando su actividad, lo que apunta directamente a colectivos que ocupan
oficinas bancarias, como la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) y los
preferentistas, o la Marea blanca en sus encierros en hospitales.

                             QUIEREN AMORDAZARNOS

                     QUIEREN ROBARNOS NUESTROS DERECHOS

                            QUIEREN NUESTRO SILENCIO
¡NO A LA LEY MORDAZA!

 ¡NO A LA REFORMA
 DEL CÓDIGO PENAL!

      Coordinadora Anti Represión Región de Murcia

  Anti Represión Región de Murcia                               antirepresionrm.blogspot.com

  @AntiRepresionRM                                              AntiRepresionMurcia

                                    antirepresionrm@gmail.com
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