REGLAMENTO MTB CADÁÁVERES BIKES

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REGLAMENTO MTB CADÁÁVERES BIKES
REGLAMENTO INTERNO (aprobado por mayoría el 25/1/2015)

MIEMBROS DEL MTB CADAÁVERES BIKES

ARTÍCULO 1. MIEMBROS. Existirán las siguientes categorías de miembros:

a) Socios-deportistas practicantes. En la fecha de aprobación de esta normativa de régimen interno el número de miembros
del MTB Cadááveres es de 34. Durante el mandato de la primera Comisión Directiva (2 años) se establece acoger a un
máximo de 50 socios-deportistas.

b) Colaboradores. (Agregados).

ARTÍCULO 2. ADMISIÓN DE SOCIOS-DEPORTISTAS. Para ser admitido como miembro del MTB CADAÁVERES BIKES será
necesario reunir las condiciones establecidas por la Comisión Directiva y aprobadas por la Asamblea:

a) Satisfacer, en su caso, la cuota de ingreso y/o las cuotas periódicas del Club. Se establece una primera cuota anual
periódica de 20 € para los miembros actuales del club y de 40 € solo primer año, 20 € los sucesivos, para los nuevos
miembros que pudiesen asociarse al club.

El pago de la cuenta se efectuará en el número de cuenta habilitado: …………………………………………………….antes del 10/2/15.
En efectivo, al tesorero, al comienzo de la Asamblea General Ordinaria anual o antes del 10/2/15.

El pago de la cuota no incluye seguro de accidentes ni de responsabilidad civil para los participantes, siendo responsabilidad
exclusiva del socio la cobertura de los riesgos derivados de la práctica de la actividad deportiva. Para ello, el Club recomienda
la obtención de la Licencia Federativa.

b) El compromiso firme de respetar a todos los socios del Club y de actuar en todo momento de acuerdo con los mejores
hábitos de educación, tolerancia, colaboración, cordialidad y compañerismo.

c) Para que un miembro del club pueda beneficiarse de los posibles acuerdos con patrocinadores y de otros acuerdos con
los fondos del club deberá al menos asistir al 10% de las actividades organizadas, salvo impedimento por motivos laborales,
físicos u otros que valoraría la Comisión Directiva en cualquiera de sus casos.

ARTÍCULO 3. BAJA DE SOCIOS-DEPORTISTAS. La condición de miembro del MTB CADAÁVERES BIKES se pierde por:

a) Por voluntad propia.

b) Por falta de pago de las cuotas periódicas.

c) Por la falta de asistencia continuada a las actividades del Club, valorada por Comisión Directiva.

d) Por la falta de educación, respeto y consideración a los compañeros y compañeras del MTB CADAÁVERES BIKES.

e) Por la falta de apoyo y colaboración en la consecución de los fines específicos del Club y/o en las actividades que organice
el Club.

f) Por dejadez de las funciones que tuviera encomendadas dentro del Club.

g) Por usurpar funciones que no le correspondan dentro del Club.

h) Por no acatar lo dispuesto en los presentes Estatutos, en el Reglamento de Régimen Interno o en los acuerdos que
adopten los órganos de gobierno del Club.
ARTÍCULO 4. DERECHOS DE LOS SOCIOS-DEPORTISTAS. Los socios del MTB CADAÁVERES BIKES tienen los siguientes
derechos:

a) Participar en las reuniones de la Asamblea general de socios, con voz y voto.

b) Ser informados de las actividades del Club y, concretamente, de la gestión, administración y contabilidad del mismo.

g) Ser electores y elegibles para la Comisión Directiva, teniendo el sufragio activo los mayores de dieciséis años y de sufragio
pasivo los mayores de dieciocho.

Todos los socios dispondrán de un número de socio, personal e intransferible, que les acreditará como miembros del Club y
les permitirá beneficiarse de las ventajas y descuentos que ofrezca el Club o las empresas patrocinadoras y colaboradoras.

ARTÍCULO 5. DEBERES DE LOS SOCIOS DEPORTISTAS. Los socios del Club tienen los siguientes deberes:

a) Costear los gastos del Club en la forma en la que se hubieren comprometido.

b) Colaborar en la gestión y administración del Club si fuesen designados para ello.

c) Acatar los presentes Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno del Club, así como los acuerdos que adopten sus
órganos de gobierno.

d) La asistencia regular a las actividades del Club. Al menos la Comisión Directiva organizará 8 actividades mensuales,
excepto Agosto, salvo que por motivos meteorológicos u otra circunstancia lo impidiese, siendo avisados los miembros por
los canales de comunicación habilitados.

e) Tratar en todo momento con educación, respeto y consideración a los compañeros y compañeras del Club.

Los socios asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen del Club, así como del resto de colaboradores y
patrocinadores que sustentan el Club, y no podrán actuar de forma que generen perjuicio, económico o de otro tipo, a los
mismos, especialmente haciendo publicidad negativa.

ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

ARTÍCULO 1. La asamblea general, integrada por todos los socios del Club, elegirá por mayoría simple, de entre y por los
socios del Club, a los miembros de la Junta Directiva (Presidente, vicepresidente y tesorero) por votación secreta. Se podrán
presentar candidaturas para los diferentes cargos de la Comisión Directiva, pero en cualquier caso la elección será abierta
entre todos los miembros del club.

ARTÍCULO 2. Las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea general de socios se celebrarán previa convocatoria
del Secretario, por orden del Presidente, con siete días de antelación, expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como
el orden del día, con expresión concreta de los asuntos a tratar. Se publicará, al menos, en la página web del club.

ARTÍCULO 3. Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple de votos válidos.

ARTÍCULO 4. La Asamblea general de socios deberá ser informada por el Presidente o la Comisión Directiva, según
corresponda, y tenida en cuenta su opinión, antes de la adopción de acuerdos relacionados con:

a) La estructura estatutaria, fundacional y de carácter disciplinario del Club.

b) Modificaciones estructurales u organizativas del Club.

c) Programa anual de actividades del Club.

d) Extinción o disolución del Club Deportivo.

e) Expedientes disciplinarios.

ARTÍCULO 5. La Asamblea general de socios será convocada, al menos, una vez al año, para entregar a los socios la
información sobre el presupuesto anual del Club, la memoria anual, el balance y la rendición de cuentas.
PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO

ARTÍCULO 1. El Club tendrá una Asamblea general de socios, un Presidente, vicepresidente y tesorero.

ARTÍCULO 2. El Presidente, vicepresidente y tesorero serán elegido de entre y por los miembros del club . Su cargo durará
2 años y podrá ser reelegido.

ARTÍCULO 3. La Junta Directiva electa tendrá como misiones:

a) Dirigir la administración del Club.

b) Convocar, presidir y moderar todas las reuniones que se celebren en el seno del Club. Mínimo una reunión de miembros
al año.

c) Elaborar y aprobar instrucciones para el funcionamiento del Club, salvo que éstas afecten a la estructura estatutaria o
fundacional, en cuyo caso será necesaria la aprobación por parte de la Comisión Directiva, oída la Asamblea general de
socios.

d) Disponer sobre los ingresos y gastos del Club, dando cuenta, cuando se precise, a la Comisión Directiva.

COMISIÓN DEPORTIVA

ARTÍCULO1. La Junta Directiva será elegida de entre y por todos los socios del Club, por votación secreta, y estará integrada
por:

a)       Presidente, Vicepresidente y tesorero. Estos a su vez nombrarán un equipo de trabajo (Comisión) que organizará
los diferentes aspectos del MTB Cadáaveres.

Todos los cargos de la Comisión serán gratuitos y tendrán una duración de dos años, pudiendo ser reelegidos.

A las reuniones de la Comisión Directiva podrán asistir los socios que lo soliciten, con voz y sin voto.

ARTÍCULO 2. La Comisión Directiva tiene como misiones:

A) Aprobar las normas estatutarias y de carácter disciplinario.

B) Señalar las condiciones y formas de admisión de nuevos miembros y acordar la cuantía de la cuota que hayan de
satisfacer, en su caso, así como acordar la cuantía de la cuota anual de los socios y otras que pudieran establecerse.

C) Aprobar, por mayoría simple, la expulsión de algún miembro del Club, con audiencia a los interesados.

D) Suspender la admisión temporal de nuevos miembros cuando las circunstancias así lo aconsejen en aras de una buena
práctica deportiva.

E) Aprobar modificaciones estructurales y organizativas del Club.

F) Aprobar el presupuesto anual del Club, la memoria anual, el balance y la rendición de cuentas.

G) Elaborar el Reglamento de Régimen Interno del Club, así como proponer y aprobar las modificaciones del mismo y de los
presentes estatutos.

ARTÍCULO 3. La Comisión Directiva aprobará en su primera sesión las normas de funcionamiento de la misma,
sometiéndolas a votación en la primera Asamblea ordinaria del club.
NORMATIVA ESPECÍFICA JUNTA DIRECTIVA 2015-2017

COMISIÓN DIRECTIVA:

JAVIER (LARY) presidente                   ALBERTO (ALMODÓVAR) secretario ÁNGEL (FLÁNAGAN) vocal

MANOLO (JEFE) vicepresidente               DAVID (TRIKI) rutas                            VÍCTOR (SANITARIO) vocal

DAVID (SECRE) tesorero                     EDU (WIKI) rutas

LAS RUTAS O ACTIVIDADES DEPORTIVAS

        Como norma general el MTB Cadááveres organizará rutas o actividades al menos tres por semana, Domingos fecha
fija, excepto Agosto, y serán publicadas al menos en la web y en lo posible por otros medios de comunicación habilitados.
Los Domingos, excepto una vez al mes que será unificada, se realizarán al menos dos rutas diferentes para así dar cabida a
las diferentes sensibilidades deportivas de los socios asistentes a las mismas.

Las rutas o actividades realizadas por el club deberán ser propuestas por los socios y contarán con un guía voluntario (DDR)
que tenga conocimiento adecuado del entorno en el que se van a desarrollar. Son obligaciones del guía:
     a) Preparar la ruta o actividad con antelación
     b) Conocer perfectamente el recorrido y las posibles vías de evacuación o salida.
     c) Estar presente el día de su realización.
     d) Conducir al grupo sin que nadie se extravíe.

    Cada ruta o actividad irá abierta por el guía y será cerrada por otro socio participante designado por él, con el fin de
que le informe sobre las posibles incidencias que se produzcan en la ruta y le facilite indicaciones respecto del ritmo a seguir.

       El club informará del grado de dificultad física y técnica de las rutas o actividades, así como de la distancia a recorrer,
y los socios deberán tener en cuenta el tipo de la ruta, eligiendo aquellas que se adecuen a su preparación previa.

     Los socios participantes no podrán imponer un cambio en la ruta o actividad a seguir, salvo consentimiento del guía.
Cada participante en la actividad o ruta será responsable de si mismo, eximiendo de responsabilidad al guía.

   . Todos los socios que participen en las rutas o actividades del Club deben colaborar para el correcto desarrollo de las
mismas, siguiendo en todo momento las indicaciones del guía y responsable de la ruta, y llevando un ritmo adecuado para
mantener el orden del grupo.

      . La utilización de la equipación del Club es necesaria, en la medida de lo posible, en todas las actividades deportivas
en las que organice el Club, salvo aquel tipo de socio que no tenga equipación.

        Es obligatorio el uso del casco para participar en las rutas organizadas por el Club, sea cual sea el tipo de recorrido
que se realice. No se permitirá la participación de aquellos que no lo lleven o no lo usen adecuadamente.
        Además de los elementos de seguridad, cada participante deberá ocuparse de que su bicicleta esté en perfecto
orden mecánico para la ruta. Habrá de portar un equipo básico, compuesto de agua y alimentos adecuados a la duración de
la ruta, así como de los útiles mínimos necesarios para su reparación: bomba de inflar, cámara de repuesto y útiles para
arreglar pinchazos; siendo también recomendables multiherramienta, tronchacadenas y teléfono móvil.

COMUNICACIONES

Toda comunicación de las actividades programadas, asambleas y cualquier otra circunstancia de interés se informará vía
página web y por canal de WhatsApp y Facebook al menos.

En dichos medios de comunicación cualquier miembro del club podrá comentar, preguntar, responder, informar,
proponer… sobre cualquier tema relacionado con el club y sus actividades, absteniéndose en la medida de lo posible
utilizar estos medios como útil para comentar temas personales fuera del ámbito del club, así como envío de material que
pueda ofender por su grosería o falta de decoro a cualquier otro miembro del club.

Asimismo estos medios se podrán utilizar para consultas y conocedores de opinión de los miembros del club, ya sea para
asistencia a rutas o cualquier otro tema que sea vinculado al club. El encargado de moderar estos medios de comunicación,
nombrado por la Junta Directiva, informará a la Comisión Directiva si algún miembro no cumple la normativa expuesta, y
será esta Comisión la que propondrá medidas si fuese necesario.

    APROBADO EN Asamblea General Ordinaria con 29 asistentes de 34 por mayoría el 25 de Enero de 2.015
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