Expediente 109/18 Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo - AESA
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Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo Expediente 109/18 AIRPROX Fecha del incidente 11/08/2018 AVISO LEGAL: La información incluida en este informe se remite únicamente a fin de esclarecer las causas de una incidencia de AESA seguridad y con el objetivo de aprender de los errores cometidos. Esta información no debe utilizarse para cualquier otro AVDA. GENERAL PERON, 40 fin, y al recibirla se compromete a guardar el debido sigilo respecto a los sucesos que conozca por razón de su cargo, así 28020 MADRID como de los hechos, datos o informes que conozca en el ejercicio de sus funciones. (Todo ello en virtud del Artículo 18 TEL: 91 396 84 10 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea y de los Artículos 15 y 16 del Reglamento (UE) Nº. 376/2014 del EMAIL: Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014) ceanita@seguridadaerea.es
1. INFORMACIÓN DISPONIBLE PARA EL ANÁLISIS Extracto Desidentificado de Notificación de la Aeronave 1. Extracto Desidentificado de Notificación del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector APP. Extracto Desidentificado de Notificación del controlador planificador de TACC Palma Sector APP. Extracto Desidentificado de Notificación del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector L1W. Extracto Desidentificado de Notificación del controlador planificador de TACC Palma Sector L1W. Informe de la Aeronave 2. Informe del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector APP. Informe del controlador planificador de TACC Palma Sector APP. Informe del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector L1W. Informe del controlador planificador de TACC Palma Sector L1W. Informe del Supervisor de TACC Palma. Informe del Jefe de Sala de TACC Palma. Audio de las comunicaciones. Transcripción de comunicaciones orales entre OMPA Valencia, LEIB, TACC Palma y ambos Jefes de Sala. Planes de vuelo e historial de las aeronaves. Manual Operativo de TACC Palma. Dosier pre-táctica FMP LECP. Procedimiento de Control de Afluencia. Sectorización. Informe meteorológico LEPA. Turnos de rotación. Gráfica de volumen de tráfico tras la regulación. Datos Radar. Información del AIP: AD 2-LEPA/LESJ IAC 12.1. Informe RAT. 109/18 - Pág. 2 de 20
2. UBICACIÓN DEL INCIDENTE Fecha: 11/08/2018 Hora (UTC): 13:34 Notificado por: Aeronave 1 / TACC Palma Condiciones meteorológicas: VMC Espacio aéreo: TMA de Palma Clase: A Localización: Proximidades del punto OBUMU TACC Palma TACC Palma OMPA Valencia Unidades ATS: 1. 2. 3. Sector APP Jefe de sala AEMET 4. 5. 6. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁFICOS TRÁFICO 1 Aeronave Otro Indicativo: Aeronave 1 Procedencia: LFSB Destino: LEPA Modelo de avión: A321 Reglas de vuelo: IFR Tipo de operación: Comercial Tipo de vuelo: Pasajeros TRÁFICO 2 Aeronave Otro Indicativo: Aeronave 2 Procedencia: ENVA Destino: LEPA Modelo de avión: B738 Reglas de vuelo: IFR Tipo de operación: Comercial Tipo de vuelo: Pasajeros 109/18 - Pág. 3 de 20
4. DESCRIPCIÓN 4.1. Generalidades Se ha producido una situación a consecuencia de la cual TACC Palma y la Aeronave 1 han notificado un acercamiento entre la Aeronave 1 y la Aeronave 2. Las aeronaves se encontraban en las proximidades del punto OBUMU, en el TMA de Palma, espacio aéreo clase A. Las condiciones meteorológicas eran VMC. 4.2. Situación Inicial La Aeronave 1 se encontraba establecida en el LOC de la RWY 24L de LEPA. La Aeronave 2 se encontraba volando en curso al VOR/DME POS en descenso a FL 070. Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 1 –Posición inicial de las aeronaves Nota: Durante las horas previas al incidente, se produjeron varias llamadas del Jefe de Sala de TACC Palma al predictor de OMPA de Valencia para determinar la evolución de la tormenta que apreciaba en su radar y si afectaría al aeropuerto de LEPA. 109/18 - Pág. 4 de 20
4.3. Comunicaciones y trazas radar 13:30:30. - TACC Palma Sector APP pregunta a una aeronave no implicada en el incidente, que ha abandonado la aproximación a la RWY 24L de LEPA por meteorología, cuáles son sus intenciones. La aeronave solicita virar por su izquierda y proceder a la RWY 24R de LEPA. 13:30:54. –Sector APP instruye a la Aeronave 1 a descender a 3000 ft y le autoriza a aproximación 24R de LEPA. La aeronave colaciona correctamente. 13:30:54. – La imagen muestra a la Aeronave 1 interceptando el LOC de la RWY 24R de LEPA, mientras la Aeronave 2 se encuentra cruzando el LOC de la RWY 24L de LEPA. Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 2 –Posición de las aeronaves a las 13:30:54 13:31:10. –Sector APP instruye a la Aeronave 2 a virar por su derecha a HDG 205º y descender 4000 ft. 13:31:10. – La imagen muestra a la Aeronave 1 establecida en el LOC de la RWY 24R de LEPA, mientras la Aeronave 2 se encuentra al S del LOC de la RWY 24L de LEPA. 109/18 - Pág. 5 de 20
Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 3 –Posición de las aeronaves a las 13:31:10 13:32:28. – Sector APP instruye a la Aeronave 2 a volar al punto OBUMU. 13:32:28. – La imagen muestra a la Aeronave 1 establecida en el LOC de la RWY 24R de LEPA y establecida a 3000ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra al S del LOC de la RWY 24L de LEPA manteniendo HDG 205º y en descenso a través de 6300 ft. Aeronave 1 Aeronave 2 Fig. 4 –Posición de las aeronaves a las 13:32:28 13:32:37. – La Aeronave 1 solicita a Sector APP viraje por su derecha inmediatamente debido a rayos delante de su posición. Sector APP le instruye, si le es posible, viraje por su izquierda a HDG 160º. La aeronave solicita viraje por su derecha. Sector APP le instruye viraje por su derecha a su discreción, en 109/18 - Pág. 6 de 20
contacto visual con el terreno y le informa de que en la altitud en el área en la que se encuentra es de 4300 ft. La Aeronave 1 acepta viraje por su izquierda y Sector APP le confirma por su izquierda a HDG 160º. 13:32:37. – La imagen muestra a la Aeronave 1 establecida en el LOC de la RWY 24R de LEPA y establecida a 3000 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra al S del LOC de la RWY 24L de LEPA manteniendo HDG 205º y en descenso a través de 6200 ft. La separación entre ambas es de 9,7 NM y 3200 ft. Aeronave 1 Aeronave 2 Fig. 5 –Posición de las aeronaves a las 13:32:37 13:34:00. – Sector APP instruye a la Aeronave 1 a virar inmediatamente a HDG 180º. La aeronave responde que no puede cumplir debido a meteorología adversa delante. Sector APP le instruye a descender a 3000 ft inmediatamente y le da información de la Aeronave 2. La aeronave responde que desciende inmediatamente a 3000 ft y que vira por su izquierda a HDG 080º. 13:34:00. - La imagen muestra a la Aeronave 1 virando por su izquierda en ascenso a través de 3500 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra volando al punto OBUMU y en descenso a través de 4200 ft. La separación entre ambas es de 7,6 NM y 700 ft. 109/18 - Pág. 7 de 20
Aeronave 1 Aeronave 2 Fig. 6 –Posición de las aeronaves a las 13:34:00 13:34:26. – Sector APP instruye a la Aeronave 2 a ascender a 5000 ft. 13:34:26. – La imagen muestra a la Aeronave 1 virando por su izquierda en ascenso a través de 4200 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra volando al punto OBUMU y establecida a 4000 ft. La separación entre ambas es de 4,2 NM y 200 ft. Aeronave 1 Aeronave 2 Fig. 7 –Posición de las aeronaves a las 13:34:26 13:34:37. –Sector APP informa a la Aeronave 1 que su autorización era para descender a 3000 ft. Le instruye de nuevo a descender a 3000 ft y a virar al S. Comienzan a llamar varias aeronaves y no hay respuesta por parte de la aeronave. 109/18 - Pág. 8 de 20
13:34:41. - La imagen muestra a la Aeronave 1 virando por su izquierda en ascenso a través de 4300 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra volando al punto OBUMU y manteniendo 4000 ft. La distancia entre ambas aeronaves es de 2,5 NM y 300 ft. Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 8 –Posición de las aeronaves a las 13:34:41 13:35:02. - La imagen muestra a la Aeronave 1 virando por su izquierda en ascenso a través de 5000 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra volando al punto OBUMU y en ascenso a través de 4600 ft. En este momento se producen las distancias mínimas, siendo 1 NM y 400 ft. Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 9 –Posición de las aeronaves a las 13:35:02 109/18 - Pág. 9 de 20
13:35:22. – Se acopla la comunicación de la Aeronave 1 con la de otra aeronave. 13:35:24. – Sector APP instruye a la Aeronave 1 a virar por su derecha a HDG 130º. La aeronave colaciona y solicita un rumbo e informa de que se encuentra a través de 6200 ft. Sector APP le instruye a continuar en ascenso a FL 070. La aeronave colaciona correctamente. 13:35:24. – La imagen muestra a la Aeronave 1 virando por su izquierda en ascenso a través de 5600 ft, mientras la Aeronave 2 se encuentra sobrevolando el punto OBUMU en ascenso a través de 5200 ft. La separación entre ambas es de 2,6 NM y 400 ft. Aeronave 2 Aeronave 1 Fig. 10 –Posición de las aeronaves a las 13:35:24 13:35:26. – Sector APP instruye a la Aeronave 2 a virar por su derecha a HDG 060º. La aeronave colaciona correctamente. 4.4. Extracto de informes recibidos. En el Extracto Desidentificado de Notificación de la Aeronave 1 se señala que durante la aproximación a LEPA fue autorizada a la aproximación ILS de la RWY 24L como número dos detrás de otra aeronave. Indica que la aeronave precedente se cambió a la RWY 24R debido a una tormenta que afectaba a la aproximación de la RWY 24L. Añade que hicieron lo mismo, pero debido a la velocidad de la tormenta decidió no continuar con la aproximación y solicitó un viraje por su derecha. Dado que no recibía autorización por parte de ATC abandonó el LOC por su derecha. Una vez había comenzado su viraje a la derecha, ATC le instruyó a virar por su izquierda. Tras encontrarse establecida en el viraje por la izquierda, ATC aceptó que virase por su derecha a su discreción, pero no lo hizo debido a meteorología adversa cada vez más cerca. Durante el viraje por su izquierda, fue instruida a virar por su derecha en rumbo 109/18 - Pág. 10 de 20
180º, lo que no pudo cumplir debido a tormenta. Entonces, ATC le instruyó a ascender a 3000 ft, virar por su izquierda y seguidamente ascender a 4200 ft. Poco después fue instruida de nuevo a descender a 3000 ft, pero no lo hizo debido a un aviso TCAS TA debido a otra aeronave 300 ft por debajo. Para alejarse de dicha aeronave decidió ascender. La siguiente instrucción fue virar por su derecha a HDG 130º, lo que sí hizo. Seguidamente fue instruida a ascender a 7000 ft y autorizada a volar al punto BAVUM. Dado que le llevó unos segundos introducir los datos en su FMS, ATC le preguntó si tenía algún problema. Añade que fue instruida a esperar sobre el punto BAVUM justo cuando había sobrevolado el punto y preguntó a ATC qué debía hacer. Dice que como no recibió ninguna instrucción, continuó en HDG 315º outbound de BAVUM en contacto visual con el terreno e informando a ATC, quien le instruyó a volar al punto BAVUM por su derecha para entrar en la espera. Termina diciendo que, tras dos esperas sobre dicho punto, decidió desviarse a LEMH, ya que no podía aceptar una componente de viento en cola de la RWY 06 de LEPA de 17 a 23 kt. En el Extracto Desidentificado de Notificación e informe del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector APP se señala que, ante una formación tormentosa y eléctrica repentina en final, una aeronave no implicada en el incidente solicitó abandonar localizador y esperar en MUROS. Se le instruyó a virar en rumbo 180 lo cual efectuó sin problemas. A continuación, la Aeronave 1 fue instruida a desviarse a pista 24R a petición del piloto para evitar formación tormentosa en 24L. Antes de llegar a CST solicitó virar derecha inmediatamente debido a tormenta eléctrica. Se le instruyó, si podía, a virar izquierda rumbo 160º, basándose en el comportamiento y desviación del tráfico precedente y la existencia de mínimos radar más bajos, al sur del campo. Colacionó viraje izquierda rumbo 160, pero dijo que necesitaba rumbo por la derecha. Se le autorizó viraje por la derecha en contacto con el terreno, informándole de los mínimos radar de sector (4300 pies), que inmediatamente serían superiores a su altitud actual (3000 pies). Aceptó viraje por la izquierda, solicitando confirmación de rumbo. Observando que viraba a la derecha y estaba penetrando la zona de mínimo 4300 pies, y que no ascendía, se le volvió a autorizar a 4300 pies. Pidió rumbo por la izquierda y se le autorizó, rumbo 160º que garantizaba la separación con el resto de aeronaves entre las que se encontraba la Aeronave 2. Al detectar que la Aeronave 1 no cumplía el rumbo instruido, se le reautorizó rumbo 180º para continuar separándole de los tráficos de cara. Notificó que no podía cumplir. Informó de rumbo 080, totalmente opuesto a los tráficos y se le instruyó a descender inmediatamente a 3000 pies, informándole de tráfico inminente a las doce de su posición. Además, se instruyó a la Aeronave 2 a subir inmediatamente a 5000 pies. La Aeronave 1 continuó su ascenso a altitud desconocida y ATC observó que iba a ser conflicto con otra aeronave a 6000 pies. Se le instruyó a rumbo 130 y altitud 070 y viendo que podía ser conflicto con otros tráficos se le instruyó a proceder a la espera de BAVUM. En el Extracto Desidentificado de Notificación e informe del controlador planificador de TACC Palma Sector APP se indica que se produjo una formación tormentosa y eléctrica repentina en final de las RWYS 24L y 24R. Tanto la Aeronave 1 como su precedente solicitaron desviarse a la RWY 24R, lo que coordinó ATC. La aeronave precedente no entró y se le instruyó a salir del LOC con rumbo sur. La Aeronave 1 también solicitó desvío por su izquierda y evitar la tormenta, tras lo que el ejecutivo le sugirió viraje por su izquierda y subir para evitar los mínimos por el norte. Mientras tanto, como ayudante, estaba tratando de coordinar con LEPA, los sectores adyacentes y supervisor, informando de lo que estaba sucediendo y las posibles soluciones (comprobar viento en la otra cabecera por si era mejor un cambio de pista, dado que no podían entrar por las 24, y otras opciones). Al parecer la Aeronave 1 no pudo cumplir con las instrucciones recibidas, tanto de nivel como de rumbo, que le 109/18 - Pág. 11 de 20
hubieran separado del terreno y de los otros tráficos que le afectaban. El ejecutivo le dio información de tráfico y alternativas, que no cumplió. Indica que también instruyó a la Aeronave 2 a ascenso para separarse con la Aeronave 1, cumpliendo dichas instrucciones sin dificultad. La Aeronave 1 continuó ascendiendo sin notificar ninguna resolución TCAS y se le instruyó a subir a FL 70 para separarse de otro tráfico cercano, así como una posterior instrucción de espera sobre el punto BAVUM. En el Extracto Desidentificado de Notificación del controlador ejecutivo de TACC Palma Sector L1W se indica que se sentó a las 13:40Z. El relevo le informó de condiciones meteorológicas adversas y de que se había procedido a enviar a los tráficos de llegada por el Feeder1 a la espera de POS (las condiciones seguían empeorando y ningún trafico intentaba la aproximación a la pista 24L). En ese momento, un tráfico que había sido transferido a la frecuencia de FINAL minutos antes del relevo fue devuelto a la frecuencia 119,15. Dada la alta carga de comunicaciones, generada por las esperas y las comunicaciones de los pilotos solicitando EATs, número de secuencia, información de combustible remanente e información sobre los estacionamientos libres en los aeropuertos alternativos, no se detecta inicialmente su posición ni su nivel. Una vez se confirma su posición, trayectoria y su nivel 070 y tras saltar la alerta de conflicto PAC, se le instruyó a descender a 6000 ft en primera instancia al comprobar que debajo de ese tráfico había otro a 6.000 ft, por lo que optó por dejarle a 6500 ft y una vez se separaron lateralmente con 3.3 NM se procedió a la devolución a la frecuencia de FINAL. Es destacable la carga de trabajo muy alta, agravada por la meteorología adversa, la generación de esperas y la regulación insuficiente del tráfico que llevó consigo la saturación de la frecuencia. Reseñable a su vez la presencia de un solo supervisor durante todo el turno de tarde, a todas luces insuficiente para gestionar todos los desvíos a aeródromos alternativos y la coordinación entre los diferentes alimentadores de FINAL. En el Extracto Desidentificado de Notificación del controlador planificador de TACC Palma Sector L1W se indica que entró al turno de tarde y descansó hasta las 13:40 UTC, hora a la que relevó como Planificador en el sector Feeder1. Observó que la situación del tráfico era compleja en parte debido a la mala meteorología, con una tormenta sobre el aeródromo que impedía aterrizar a los aviones y una carga de trabajo muy alta debido al gran número de arribadas debidas a la falta de previsión y/o voluntad de regular el tráfico entrante. En ese momento, un tráfico, que había sido transferido a la frecuencia de FINAL minutos antes del relevo, fue devuelto a la frecuencia 119,15 porque tomó a iniciativa propia un rumbo que entraba en conflicto con otro tráfico en el sector de Feeder1. Dada la alta carga de comunicaciones, generada por las esperas, los pilotos solicitando EATs, número de secuencia, información de combustible remanente e información sobre los estacionamientos libres en los aeropuertos alternativos, no se detectó inicialmente su posición ni su nivel. Una vez confirmó su posición, trayectoria y FL70, y tras saltar la alerta de conflicto PAC, se le instruyó a descender a 6000 ft en primera instancia, pero al comprobar que debajo había otro tráfico a 6000 ft se optó por dejarle a 6500 ft. Una vez que se separaron lateralmente con 3.3 NM se procedió a la devolución a la frecuencia de FINAL. Tanto el controlador ejecutivo como el planificador habían descansado hasta ese mismo momento, así que la situación vino dada por la altísima carga de trabajo en todo el núcleo de aproximación producida por varios factores como la meteorología adversa, la generación de esperas y la regulación insuficiente del tráfico, que conllevaron la saturación de la frecuencia. Enseguida se optó por coordinar con el sector correspondiente de LECB la no aceptación de más tráfico y cuando mejoraron las condiciones se coordinó la aceptación uno por uno. Varios tráficos optaron por desviarse a los aeródromos alternativos, lo que generó también una alta carga de 109/18 - Pág. 12 de 20
trabajo a nivel de supervisión, resultando un solo supervisor totalmente insuficiente para poder coordinar toda la operativa. El comandante de la Aeronave 2 señala en su informe que, cuando se encontraba procediendo al IF OBUMU, escuchó cómo la Aeronave 1 describía el escenario en el que se encontraba y se dio cuenta de que la Aeronave 1 abandonaba el ILS debido a la línea de turbonada al NE del aeropuerto. Añade que fue instruido a virar hacia OBUMU y ascender inmediatamente a 5000 ft. Poco después tuvo un TCAS TA, pero no RA. A 5000 ft fue autorizado a virar por su derecha hacia BAVUM y a esperar. Indica que solicitó a TWR la posibilidad de hacer una aproximación a la RWY 06, pero no tuvo respuesta. Termina diciendo que cuando aterrizó, informó de que había encontrado turbulencia ligera y cerca de 10 kt en final. En el Informe del Jefe de Sala de TACC Palma se indica que sobre las 13:00 UTC observó en la imagen del radar meteorológico (rain alarm) un punto diminuto de color azul en el centro de la isla. Llamó inmediatamente a Predictor Valencia y le dijo que se iba a desarrollar un CB debido a la convergencia de las brisas marinas del sur, más el viento del norte que propiciaba la formación de TS en el centro de la isla. Le dijo que no había previsto en el TAFOR y le informó de que acababa de emitir un AMD TAFOR a las 12:40 notificando la nueva situación sobrevenida. Inmediatamente les entró un aviso por rayos que podía afectar al campo. En ningún momento de la mañana recibió ningún aviso de que se podría producir una situación como la que se produjo, simplemente había en el TAFOR un TEMPO de CB entre las 12:00 y las 14:00. Bajó enseguida la capacidad a 30/60’ para casi de inmediato a 26/60’ solicitando “approval request” a los colaterales, para minutos más tarde parar todo el TFC a los colaterales. Al ver que no entraba nadie en LEPA redujo el rate a 10 y posteriormente a 0. A las 13:20 aproximadamente llamó a LEIB para que le informase de cuántos estacionamientos tenía disponibles y le dijo que solo uno. Le indicó que estaban en pre-emergencia ya que no entraba nadie y pronto empezarían a declarar cortos de combustible. Le solicitó que contase visualmente los estacionamientos que le quedaban, a lo que le respondió que no se trataba de contar los vacíos, sino que, contando los que ellos necesitaban para más tarde solo disponían de uno. Le repitió que se trataba de una situación de emergencia y que le dijera cuántos le cabían en rodadura y le informó de 3 disponibles en rodadura más 3 en los aparcamientos, total 6. Llama a LEMH con los mismos argumentos y le informaron que 6. Cuando ya estaba el aparcamiento lleno de LEMH dos aeronaves declararon “Mínimum Fuel” y requerían proceder a LEMH, pero se les denegó debido a falta de estacionamientos. Posteriormente no se aceptó tráfico a LECB manteniéndolos a sus niveles en espera. Puso rate 0 a las tres islas ya que LEMH y LEIB estaban ya a tope de capacidad aeroportuaria. Cuando la situación se fue normalizando y los aviones entrando el LEPA por la 24L se produjo un cambio de pista. Paulatinamente se fue aumentando las capacidades de LEPA a 25/60’, se quitó la regulación de LEMH y también la de LEIB que, al tener una sobrecarga puso una regulación de 16/60’ hasta que se normalizó. La regulación de LEPA se aumentó a 34/60’ aun existiendo un TAFOR favorable a la formación de tormentas, tomando la decisión entre el Supervisor, TCA y él, asumiendo el riesgo al aumentar la capacidad a tope para mitigar las demoras que se habían producido en Europa. Añade que hubiese agradecido los avisos extra, que, por ejemplo, se enviaron a principio de la semana relativo a la formación de una tormenta de características similares, que ayudó a tomar medidas con mucha antelación y no como lo ocurrido el día del incidente. Indica que la previsión de AEMET falló por completo, así como los avisos extra que se suelen enviar en esas situaciones, concretamente el TAFOR de las 12:40 se emitió ya con la tormenta formada. También falta concienciación al personal los aeropuertos de LEIB y LEMH cuando se producen 109/18 - Pág. 13 de 20
desvíos masivos, ya que considera que no puede ser que el aeropuerto solo ofrezca 1 estacionamiento diciendo que no tienen disponibles cuando lo que están haciendo es reservar huecos para aeronaves que pueden llegar 5 horas más tarde. Añade que no se ha avanzado en el tema de tormentas y que los aeropuertos colaterales no son conscientes de la situación que se produce cuando no entra nadie en Palma, ya que solo les preocupa su efectividad con los aviones que están por llegar. En el Informe del supervisor de TACC Palma se indica que se produjo una formación tormentosa y eléctrica que se desplazaba de forma muy rápida a la zona de final de la RWY 24L/R. Añade que faltaba un supervisor con respecto a la configuración de referencia, así como que las medidas de control de afluencia fueron totalmente insuficientes dada la meteorología adversa que ocurría en el TMA. Indica que una aeronave no implicada en el incidente, fue coordinada para cambiar al LOC de la RWY 24R rechazó continuar con la aproximación debido a meteorología adversa y se le instruyó para salir un HDG de 180º. Detrás de ella, la Aeronave 1, solicitó desviarse por su derecha y el ATC le sugirió virar por su izquierda y ascender. Dado que viró por su izquierda, se produjo un acercamiento con la Aeronave 2. La Aeronave 1 continuó su ascenso sin notificar ninguna resolución TCAS. El resto de los informes de los que se dispone no contienen ningún dato relevante adicional para el análisis del expediente. 109/18 - Pág. 14 de 20
5. EVENTOS Y FACTORES CONTRIBUYENTES CADENA DE EVENTOS Y FACTORES DESCRIPTIVOS ORDEN AERONAVE ATS/ATM/AIS EQUIPOS Y AEROPUERTOS CONSECUENCIAS CRONOLÓGICO --- Provisión de información --- EVENTO --- --- Unidad 3 FACTOR ╚► --- ╚► Información meteorológica ╚► --- --- DESCRIPTIVO --- Confuso --- --- Procedimientos --- EVENTO --- --- Unidad 2 FACTOR ╚► --- ╚► --- ╚► --- --- DESCRIPTIVO --- Erróneo --- Meteorología Relativo a autorizaciones --- EVENTO --- Aeronave 1 Unidad 1 13:32 FACTOR ╚► Meteorología adversa ╚► Autorización de ascenso ╚► --- --- DESCRIPTIVO Encontrada Confuso --- Desvío de autorización ATC --- --- EVENTO Level bust Aeronave 1 --- 13:34 ╚► Autorización de altitud/nivel de FACTOR ╚► --- ╚► --- vuelo --- DESCRIPTIVO --- --- No autorizado 109/18 - Pág. 15 de 20
Desvío de autorización ATC --- --- EVENTO TCAS TA Aeronave 1 --- 13:34 ╚► Autorización de altitud/nivel de FACTOR ╚► --- ╚► --- vuelo --- DESCRIPTIVO --- --- Incumplido --- Detección y resolución de conflictos --- Pérdida de separación EVENTO mínima --- Unidad 1 13:34 FACTOR ╚► --- ╚► Resolución de conflictos ╚► --- --- DESCRIPTIVO --- Inadecuado --- Desvío de procedimiento ATM Relativo a autorizaciones --- EVENTO --- Aeronave 1 Unidad 1 13:34 FACTOR ╚► Other ATM deviation ╚► Autorización de ascenso ╚► --- --- DESCRIPTIVO Incumplido Inadecuado --- FACTORES --- --- HUMANOS --- --- Situación de meteo adversa. OBSERVACIONES Alta carga de trabajo. 109/18 - Pág. 16 de 20
6. CALIFICASCIÓN DEL INCIDENTE Desviación de una Detección y Autorización errónea de TIPO DE INCIDENTE: aeronave de resolución de ATC instrucciones ATC conflictos Desviación de una Level bust aeronave de Procedimientos ATM procedimientos ATC Vulneración separación mínima CONTRIBUCIÓN DEL ATM: Indirecta CONTRIBUCIÓN DEL PILOTO: Directa SEPARACIÓN MÍNIMA PRESCRITA: V (ft) 1000 H (NM) 3 SEPARACIÓN MÍNIMA ALCANZADA: V (ft) 400 H (NM) 1 SEVERIDAD: B-Incidente Mayor REPETITIVIDAD: 3 109/18 - Pág. 17 de 20
7. CONCLUSIONES AUTORIZACIÓN CONFUSA, DESVÍO DE AUTORIZACIÓN, RESOLUCIÓN INADECUADA Y POSTERIOR AIRPROX En una situación de meteorología adversa (CBs y tormenta eléctrica) con alta carga de trabajo (desvíos y gestión de esperas), que afectaba a la aproximación de la RWY 24L de LEPA, la Aeronave 1, establecida en el LOC de la RWY 24L de LEPA, tras su solicitud de cambiarse al LOC de la RWY 24R de LEPA, fue autorizada por TACC Palma Sector APP a interceptarlo, así como a descender a 3000 ft. Cuando la Aeronave 1 se encontraba establecida en el LOC de la RWY 24R de LEPA a 3000 ft, debido a la actividad tormentosa que encontró delante de su posición, solicitó interrumpir su aproximación con un viraje inmediato por su derecha. Sector APP autorizó a la Aeronave 1 a virar por su izquierda a HDG 160º, pero la aeronave insistió en que el viraje fuese por su derecha. Sector APP, le informó de que, si el viraje lo realizaba por su derecha, tendría que mantener contacto visual con el terreno, ya que entraría en un área cuyos mínimos radar eran de 4300 ft. Finalmente, la aeronave aceptó virar por su izquierda a HDG 160º. Sector APP le informó de que, si no podía virar por su izquierda, ascendiera a 4300 ft y que virase a su discreción por su derecha. Esta instrucción pudo resultar confusa, por lo que la Aeronave 1 viró finalmente por su izquierda, pero durante la ejecución de dicho viraje, abandonó su altitud de 3000 ft y comenzó un ascenso sin autorización. Esta situación provocó el acercamiento con la Aeronave 2, la cual volaba una ruta convergente y establecida a 4000 ft. En el momento en el que la Aeronave 1 se encontraba a 3500 ft en ascenso, Sector APP le instruyó a descender inmediatamente a 3000 ft y facilitó información de tráfico. Sin embargo, la Aeronave 1, según indica en su informe, decidió continuar ascendiendo por iniciativa propia, tras recibir un aviso TCAS TA por la Aeronave 2, que se encontraba 300 ft por debajo. Dado que la Aeronave 1 no informó a ATC de esta maniobra, Sector APP instruyó a la Aeronave 2 a ascender a 5000 ft cuando ésta se encontraba por debajo. Esta instrucción resultó inadecuada al generar un mayor acercamiento entre las aeronaves. Ambas aeronaves tuvieron sendos avisos TCAS TA, pero no TCAS RA. Por otro lado, la información proporcionada por la OMPA de Valencia no fue suficientemente clarificadora de la situación meteorológica, según se desprende de la conversación mantenida con el Jefe de Sala. Así mismo, a pesar de que la información meteorológica disponible (METAR, TAF y SPECI) implicaba la aplicación del Procedimiento de meteorología adversa por tormentas, éste no se aplicó, ni tampoco el Procedimiento de desvíos masivos. Por otro parte, los aeropuertos de Ibiza y Mahón no proporcionaron una información exacta de la disponibilidad de plazas de parking en dichos aeropuertos en la situación creada, lo que se debería haber evitado mediante la aplicación del procedimiento de desvíos masivos. La distancia mínima a la que se encontraron las aeronaves fue de 1 NM y 400 ft siendo las distancias mínimas prescritas para este espacio aéreo de 3 NM ó 1000 ft. 109/18 - Pág. 18 de 20
8. NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES INTERNACIONAL/ NACIONAL: RCA 4.3.14 RCA 6.1.10 EUROPEA: SERA-C.6001 SERA.7001 SERA.8001 SERA.8005 SERA.8010 SERA.8015 PROCEDIMIENTOS: Doc. 8168 OACI Operación aeronaves. Vol. I. Parte III-Sección 3, Cap. 3. Adjunto A pto 3.3.1 Doc. 9863 OACI Manual sobre el sistema anticolisión de a bordo (ACAS) pto 5.2.1.1 AIP Y OTROS DOCUMENTOS: AD 2-LEPA/LESJ IAC 12.1 9. PARTES AFECTADAS Comunicado a : Departamento de Certificación y Reglamentación de ENAIRE. Las oficinas de seguridad en vuelo de las compañías implicadas. La Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea de AESA. La Dirección de Seguridad de Aeronaves de AESA. AEMET 10. RECOMENDACIONES Con carácter general y con independencia de otras recomendaciones formuladas por esta Comisión, se aconseja la difusión del resultado de este análisis, previamente desidentificado, mediante acciones formativas dirigidas al personal operativo perteneciente a los operadores o dependencias ATS implicadas, o cualquier otro medio que se considere oportuno, con el único fin de contribuir a la mejora de la seguridad a través de las enseñanzas que del mismo pudieran derivarse. Rec109/18_01 Se recomienda a ENAIRE que envíe el presente expediente [109/18] a la dependencia implicada [TACC Palma] para que recuerde a su personal ATC la importancia de facilitar instrucciones claras y precisas con el objeto de evitar situaciones como las descritas en el presente expediente. Rec109/18_02 Se recomienda a la compañía de la Aeronave 1 que envíe el resultado del presente expediente [109/18] a su departamento de formación para que recuerde a sus pilotos la importancia de ajustarse a los procedimientos y autorizaciones instruidas por ATC y en caso de no poder cumplirlas lo notifique a la mayor brevedad posible con el fin de evitar situaciones como las descritas en el presente expediente. 109/18 - Pág. 19 de 20
Rec109/18_03 Se recomienda a la compañía de la Aeronave 1 que recuerde a sus tripulaciones la importancia de cumplir los procedimientos operativos para los sistemas anticolisión de a bordo recogidos en el Reglamento (UE) nº 2016/1185 apartado relativo al SERA.11014 y no realizar maniobras por iniciativa propia sin haber sido autorizados previamente por ATC cuando tienen un aviso TCAS TA, conforme con lo estipulado en el punto 3.3.1 del Doc. 8168 PANS OPS OACI sobre Operación aeronaves. Vol. I. Parte III-Sección 3, Cap. 3. Adjunto A y el punto 5.2.1.1 del Doc. 9863 OACI sobre ACAS. Rec109/18_04 Se recomienda a ENAIRE que envíe el presente expediente [109/18] a la dependencia implicada [TACC Palma] para que el equipo de gestión de sala (Jefe de sala, supervisor y TCA) en situación similares aplique los procedimientos de meteorología adversa y desvíos masivos, primando la seguridad a posibles demoras y asi mismo asegurando una efectiva coordinación con los gestores aeroportuarios. Rec109/18_05 Se recomienda a AEMET que, en coordinación con ENAIRE y el resto de proveedores de servicio de navegación aérea, se estudie la posibilidad de proporcionar un servicio de información meteorológica más completo (adicional a los METAR, SPECI y TAFOR) para disponer de información meteorológica actual y predictiva en el espacio aéreo que pueda afectar a las operaciones de navegación aérea, especialmente en lo que se refiere a la evolución de células tormentosas. Rec109/18_06 Se recomienda a ENAIRE que, en fase pre-táctica o táctica con situaciones de meteorología adversa, valore la posibilidad de disponer del personal de gestión de sala adicional al inicialmente programado, conforme a la importancia de los fenómenos meteorológicos previstos. La calificación y conclusiones del presente Expediente fueron analizadas, tratadas y aprobadas en el Pleno de la Comisión, elevándose a definitivo en la Reunión nº 145/19. En la Agencia Estatal de Seguridad Aérea 7, 8 y 9 de Mayo de 2019 SECRETARÍA DE CEANITA Comisión de Incidentes 109/18 - Pág. 20 de 20
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