Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles - Liberty Seguros

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Condicionado General
                                         Póliza Seguro
                                        de Automóviles

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     detenida, la información
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                                                Condiciones
                                                 Versión Marzo 2016
                 NIT. 860.039.988-0

7094 2016 R2.9-R2.10-R2.11-R2.11B
Condicionado General Póliza Seguro
                               de Automóviles
Cláusula Primera................................................................................................................................... 1
AMPAROS.................................................................................................................................................................1
1.1. A LA PERSONA................................................................................................................................................1
1.2. AL VEHÍCULO..................................................................................................................................................1
1.3. ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE VEHÍCULOS LIVIANOS.........................................................................1
1.4. ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE PLUS......................................................................................................1
1.5. ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR..............................................................................................................1
1.6. ANEXO DE ASISTENCIA ODONTOLÓGICA...................................................................................................1
1.7. ANEXO DE LLANTAS ESTALLADAS...............................................................................................................1
1.8. ANEXO DE PEQUEÑOS ACCESORIOS..........................................................................................................1

Cláusula Segunda................................................................................................................................. 1
EXCLUSIONES GENERALES A LOS AMPAROS.....................................................................................................1
2.1 EXCLUSIONES AL AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.................................1
2.2. EXCLUSIONES AL AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL FAMILIAR.....................................2
2.3 EXCLUSIONES A LOS AMPAROS DE PÉRDIDA TOTAL Y PARCIAL POR DAÑOS Y POR HURTO............2
2.4 EXCLUSION APLICABLE A LOS AMPAROS DE PÉRDIDA TOTAL Y PARCIAL POR DAÑOS......................3
2.5 EXCLUSIONES APLICABLES AL AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES..............................................3
2.6 EXCLUSIONES APLICABLES A TODOS LOS AMPAROS DE ESTA POLIZA................................................3
2.7 EXCLUSIÓN DE EVENTOS AMPARADOS POR PÓLIZAS TOMADAS POR EL ESTADO...........................5
2.8 EXCLUSIONES AL AMPARO PARA LA ASESORÍA Y GESTIÓN DE TRÁMITES DE TRÁNSITO...................5
2.9. EXCLUSIONES AL AMPARO DE EXEQUIAS..................................................................................................5
2.10. EXCLUSIONES AL ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE - VEHICULOS LIVIANOS - ASISTENCIA
      JURÌDICA PRELIMINAR..................................................................................................................................5
2.11. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE PLOMERÍA:.......................................................................................7
2.12. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE ELECTRICIDAD:................................................................................7
2.13 EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE CERRAJERÍA......................................................................................7
2.14 EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE VIDRIOS.............................................................................................8
2.15. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE ROTURA DE TEJAS.........................................................................8
2.16. EXCLUSIONES GENERALES DEL ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR......................................................8
2.17. EXCLUSIONES AL ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE PLUS......................................................................9
2.18. EXCLUSIONES AL ANEXO DE ASISTENCIA ODONTOLOGICA...............................................................10
2.19. EXCLUSIONES AL ANEXO DE LLANTAS ESTALLADAS.............................................................................11
2.20. EXCLUSIONES AL ANEXO DE PEQUEÑOS ACCESORIOS........................................................................12

Cláusula Tercera................................................................................................................................. 12
AMPAROS A LA PERSONA....................................................................................................................................12
3.1 AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL ................................................................12
3.2 AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL FAMILIAR....................................................................13
3.3 AMPARO DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL...................................................................................................13
3.4 AMPARO DE ASISTENCIA JURÍDICA ...........................................................................................................13
3.5. AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES....................................................................................................16
3.6. AMPARO DE GASTOS DE TRANSPORTE......................................................................................................17
3.7. AMPARO DE VEHICULO SUSTITUTO............................................................................................................17
3.8. AMPARO PARA LA ASESORÍA Y GESTIÓN DE TRÁMITES DE TRÁNSITO..................................................18
3.9 AMPARO DE EXEQUIAS..................................................................................................................................20
      3.9.1. AMPARO BÁSICO................................................................................................................................20
      3.9.2. EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA:........................................................................................21
      3.9.3. PLAN....................................................................................................................................................21
      3.9.4. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS EXEQUIALES OBJETO DE LA
      COBERTURA A INDEMNIZAR:.....................................................................................................................21
      3.9.5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE LA INDEMNIZACION DEL SEGURO EXEQUIAL.................................21
      3.9.6. REVOCACIÓN......................................................................................................................................22

Cláusula Cuarta.................................................................................................................................. 22
AMPAROS AL VEHICULO......................................................................................................................................22
4.1 AMPARO DE PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO POR DAÑOS....................................................................22
4.2 AMPARO DE PERDIDA PARCIAL DEL VEHICULO POR DAÑOS................................................................22
4.3 AMPARO DE PERDIDA TOTAL DEL VEHICULO POR HURTO.....................................................................22
4.4 AMPARO DE PÉRDIDA PARCIAL DEL VEHICULO POR HURTO.................................................................22
4.5 AMPARO DE GASTOS DE GRUA, TRANSPORTE Y PROTECCION DEL VEHICULO ASEGURADO..........22
4.6 AMPARO DE TEMBLOR, TERREMOTO O ERUPCION VOLCANICA...........................................................22
4.7. COBERTURA AL DEDUCIBLE.......................................................................................................................22

Cláusula Quinta................................................................................................................................... 23
SUMA ASEGURADA PARA EL AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.....................23

Cláusula Sexta.................................................................................................................................... 23
SUMA ASEGURADA PARA LOS AMPAROS DE PERDIDA TOTAL POR DAÑOS, PERDIDA TOTAL POR HURTO,
PERDIDA PARCIAL POR HURTO Y LIMITE DE RESPONSABILIDAD PARA EL AMPARO DE
        PERDIDA PARCIAL POR DAÑOS Y TERREMOTO.......................................................................................23

Cláusula Séptima................................................................................................................................ 23
OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO...........................................................................23

Cláusula Octava.................................................................................................................................. 23
PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES......................................................................................................................23
    8.1. REGLAS APLICABLES A TODOS LOS AMPAROS DE ESTA POLIZA..................................................23
    8.2. REGLAS APLICABLES AL AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL...................................................24
    8.3. REGLAS APLICABLES A LOS AMPAROS DE PÉRDIDA TOTAL Y PARCIAL.......................................24

Cláusula Novena................................................................................................................................. 25
BASES DEL CONTRATO........................................................................................................................................25
9. RIESGO ASEGURABLE, INTERES ASEGURABLE, VIGENCIA Y PRIMA..........................................................25
      9.1 OBJETO DEL SEGURO............................................................................................................................25
      9.2 DECLARACION SOBRE EL ESTADO DEL RIESGO................................................................................25
      9.3 CONSERVACION DEL ESTADO DEL RIESGO Y NOTIFICACION DE CAMBIOS.................................25
      9.4 TRANSFERENCIA DEL INTERES ASEGURADO.....................................................................................25
      9.5 DURACION DEL SEGURO.......................................................................................................................26
      9.6 EXTINCIÒN DEL SEGURO.......................................................................................................................26
      9.7 OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAVADO DE
      ACTIVOS Y/O FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.....................................................................................26

Cláusula Décima ................................................................................................................................ 26
SALVAMENTO........................................................................................................................................................26

Cláusula Décima Primera.................................................................................................................... 26
COEXISTENCIA DE SEGUROS..............................................................................................................................26

Cláusula Décima Segunda.................................................................................................................. 26
PAGO DE LA PRIMA Y VIGENCIAS.......................................................................................................................26

Cláusula Décima Tercera.................................................................................................................... 27
REVOCACION UNILATERAL DEL CONTRATO.....................................................................................................27

Cláusula Décima Cuarta..................................................................................................................... 27
NOTIFICACIONES..................................................................................................................................................27

Cláusula Décima Quinta...................................................................................................................... 27
JURISDICCION TERRITORIAL...............................................................................................................................27

Cláusula Décima Sexta....................................................................................................................... 27
DOMICILIO.............................................................................................................................................................27

Cláusula Decima Séptima................................................................................................................... 27
OBLIGACIONES ESPECIALES Y CONDICIONES APLICABLES AL ASEGURADO EN CASO DE QUE
INSTALE EL DISPOSITIVO DE SEGURIDAD.........................................................................................................27
17.1. DISPOSITIVO DE SEGURIDAD EN CALIDAD DE COMODATO.................................................................27
17.1.1. PARÁGRAFO PRIMERO.............................................................................................................................28

ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE - VEHÍCULOS LIVIANOS........................................................... 28

ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR.................................................................................................. 35

ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE - ASISTENCIA PLUS.................................................................. 38

ANEXO DE ASISTENCIA ODONTOLOGICA....................................................................................... 42

ANEXO DE LLANTAS ESTALLADAS................................................................................................... 44

ANEXO DE PEQUEÑOS ACCESORIOS............................................................................................... 45

ANEXO ROTURA DE CRISTALES....................................................................................................... 45

ANEXO PÉRDIDA DE LLAVES ........................................................................................................... 46

ANEXO GRUA O CONDUCTOR PARA REVISIONES.......................................................................... 47

ANEXO COBERTURA LIFE STYLE...................................................................................................... 47
Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles   1

                        Condicionado General
                    Póliza Seguro de Automóviles
                        Condiciones Generales
                                                1.3. ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE
           Cláusula Primera                     VEHÍCULOS LIVIANOS

                                                1.3.1. A LAS PERSONAS (CON O SIN
CON SUJECIÓN A LAS CONDICIONES DE LA
                                                       VEHÍCULOS)
PRESENTE PÓLIZA Y DE ACUERDO CON LAS
                                                1.3.2. AL VEHÍCULO
OPCIONES SEÑALADAS EN EL CUADRO DE
                                                1.3.3. AL EQUIPAJE
AMPAROS RELACIONADO EN LA CARÁTULA
DE LA PÓLIZA, LIBERTY SEGUROS S.A, QUE
                                                1.4. ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE
EN ADELANTE SE DENOMINARÁ “LIBERTY”,
CUBRE, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA              PLUS
POLIZA, LOS SIGUIENTES AMPAROS:
                                                1.5. ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR
AMPAROS                                         1.6. ANEXO DE                ASISTENCIA
                                                ODONTOLÓGICA
1.1. A LA PERSONA

1.1.1   RESPONSABILIDAD CIVIL                   1.7. ANEXO DE LLANTAS ESTALLADAS
        EXTRACONTRACTUAL
        1.1.1.1. D A Ñ O S A B I E N E S D E    1.8. ANEXO DE PEQUEÑOS ACCESORIOS
                 TERCEROS
        1.1.1.2. MUERTE O LESIONES A UNA
                                                         Cláusula Segunda
                 PERSONA                        EXCLUSIONES GENERALES A LOS
        1.1.1.3. MUERTE O LESIONES A DOS        AMPAROS
                 O MÁS PERSONAS
                                                2.1 EXCLUSIONES AL AMPARO
1.1.2. RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL            DE RESPONSABILIDAD CIVIL
       FAMILIAR                                 EXTRACONTRACTUAL
1.1.3. A M P A R O D E P R O T E C C I Ó N
       PATRIMONIAL                              ESTE SEGURO NO CUBRE LA
1.1.4. ASISTENCIA JURÍDICA                      RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA
       1.1.4.1. ASISTENCIA JURÍDICA EN          CONTRACTUAL GENERADA POR:
                PROCESO PENAL
        1.1.4.2. ASISTENCIA JURÍDICA EN         2.1.1   MUERTE O LESIONES A OCUPANTES
                 PROCESO CIVIL                          DEL VEHÍCULO ASEGURADO CUANDO
                                                        ESTE SEA DE SERVICIO PÚBLICO O DE
1.1.5. A M P A R O D E A C C I D E N T E S
                                                        TRANSPORTE ESCOLAR.
       PERSONALES
                                                2.1.2   MUERTE, LESIONES O DAÑOS
1.1.6. GASTOS DE TRANSPORTE
                                                        CAUSADOS CON LA CARGA
1.1.7. AMPARO DE VEHÍCULO SUSTITUTO
                                                        TRANSPORTADA EN EL VEHÍCULO
1.1.8. AMPARO PARA ASESORÍA Y GESTIÓN
                                                        ASEGURADO, CUANDO EL VEHÍCULO
       DE TRÁMITES DE TRÁNSITO
                                                        NO SE ENCUENTRE EN MOVIMIENTO.
1.1.9 AMPARO DE EXEQUIAS
                                                2.1.3   MUERTE O LESIONES A PERSONAS
1.2. AL VEHÍCULO                                        QUE EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE
                                                        SE ENCUENTREN CONDUCIENDO,
1.2.1. PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO POR                   REPARANDO O ATENDIENDO EL
       DAÑOS                                            MANTENIMIENTO O SERVICIO DEL
1.2.2. PÉRDIDA PARCIAL DEL VEHÍCULO POR                 VEHÍCULO.
       DAÑOS                                    2.1.4   LESIONES O MUERTE CAUSADAS
1.2.3. PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO POR                   EN EL ACCIDENTE AL CÓNYUGE O
       HURTO                                            COMPAÑERO(A) PERMANENTE O A
1.2.4. PÉRDIDA PARCIAL DEL VEHÍCULO POR                 LOS PARIENTES DEL ASEGURADO
       HURTO                                            O DEL CONDUCTOR, POR
1.2.5. GASTOS DE GRUA, TRANSPORTE                       CONSANGUINIDAD O AFINIDAD
       Y PROTECCIÓN DEL VEHÍCULO                        HASTA EL SEGUNDO GRADO
       ACCIDENTADO                                      INCLUSIVE Y PRIMERO CIVIL.
1.2.6. TEMBLOR, TERREMOTO O ERUPCIÓN            2.1.5   DAÑOS CAUSADOS CON EL
       VOLCÁNICA                                        VEHÍCULO A BIENES SOBRE LOS
1.2.7. COBERTURA AL DEDUCIBLE                           CUALES EL ASEGURADO O EL

01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                            01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
2   Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles

            CONDUCTOR, SU CÓNYUGE O SUS                            BIENES QUE EL ASEGURADO TENGA
            PARIENTES POR CONSANGUINIDAD                           BAJO SU CUIDADO, TENENCIA,
            O AFINIDAD HASTA EL SEGUNDO                            CUSTODIA, CONTROL O A CUALQUIER
            GRADO INCLUSIVE Y PRIMERO CIVIL,                       TÍTULO.
            TENGAN LA PROPIEDAD, POSESIÓN                2.2.6.    RESPONSABILIDADES QUE SE
            O TENENCIA.                                            ORIGINEN FUERA DEL TERRITORIO
    2.1.6   MUERTE, LESIONES O LOS                                 COLOMBIANO.
            DAÑOS QUE EL ASEGURADO O EL                  2.2.7.    LA PARTICIPACIÓN EN APUESTAS,
            CONDUCTOR CAUSEN VOLUNTARIA                            CARRERAS, CONCURSOS O
            O INTENCIONALMENTE A TERCEROS.                         COMPETICIONES DE CUALQUIER
    2.1.7   DAÑOS A PUENTES, CARRETERAS,                           CLASE       O  DE    PRUEBAS
            CAMINOS, VIADUCTOS, SEÑALES DE                         PREPARATORIAS DE LAS MISMAS EN
            TRÁNSITO, SEMÁFOROS O BALANZAS                         LAS QUE INTERVENGA EL ASEGURADO
            DE PESAR VEHÍCULOS, CAUSADOS                           O LAS PERSONAS A LAS QUE SE LES
            POR VIBRACIONES, PESO, ALTURA O                        HACE EXTENSIVA LA COBERTURA.
            ANCHURA DEL VEHÍCULO.                        2.2.8.    LA EXPLOTACIÓN DE UNA INDUSTRIA
    2.1.8   MUERTE, LESIONES O DAÑOS QUE SE                        O NEGOCIO, DEL EJERCICIO DE UN
            GENEREN, CUANDO EL VEHÍCULO SE                         OFICIO, PROFESIÓN O SERVICIO
            ENCUENTRE BAJO LA CONDUCCIÓN                           RETRIBUIDO, O DE UN CARGO O
            DE PERSONAS NO AUTORIZADAS POR                         ACTIVIDAD EN ASOCIACIÓN DE
            EL ASEGURADO.                                          CUALQUIER TIPO, AÚN CUANDO
    2.1.9   LIBERTY NO INDEMNIZARA A LA                            SEAN HONORÍFICOS.
            VICTIMA DE LOS PERJUICIOS                    2.2.9.    DAÑOS O LESIONES PERSONALES
            CAUSADOS POR EL ASEGURADO                              O MUERTE, ORIGINADOS EN
            CUANDO HUBIESEN SIDO                                   ACCIDENTES EN LOS CUALES EL
            PREVIAMENTE INDEMNIZADOS                               ASEGURADO NO SEA CIVILMENTE
            POR CUALQUIER MEDIO, NO                                RESPONSABLE BAJO ESTA PÓLIZA.
            REPRESENTANDO AFECTACIÓN                     2.2.10.   PÉRDIDAS PATRIMONIALES PURAS
            PATRIMONIAL PARA LA VÍCTIMA                            QUE NO SEAN CONSECUENCIA
                                                                   DIRECTA DE UN DAÑO (MATERIAL
    2.2. EXCLUSIONES AL AMPARO DE                                  O PERSONAL) AMPARADO BAJO LA
    RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL                                  COBERTURA DE RESPONSABILIDAD
    FAMILIAR                                                       CIVIL GENERAL FAMILIAR.
                                                         2.2.11.   PERJUICIOS CAUSADOS POR LA
    ESTA SECCIÓN NO CUBRE LA                                       INOBSERVANCIA DE DISPOSICIONES
    RESPONSABILIDAD CIVIL QUE SE LE                                LEGALES U ORDENES DE AUTORIDAD,
    IMPUTE AL ASEGURADO POR HECHOS O                               DE NORMAS TÉCNICAS O DE
    CIRCUNSTANCIAS PROVENIENTES DE O                               PRESCRIPCIONES MÉDICAS O DE
    CONSTITUTIVOS DE:                                              INSTRUCCIONES Y ESTIPULACIONES
                                                                   CONTRACTUALES.
    2.2.1. PERJUICIOS DERIVADOS DE DAÑOS                 2.2.12.   MAREMOTO, HURACÁN, CICLÓN,
           MATERIALES, MUERTE O LESIONES                           ERUPCIÓN VOLCÁNICA, TEMBLORES
           PERSONALES CAUSADAS POR LA                              DE TIERRA, O CUALESQUIERA OTROS
           UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR                        FENÓMENOS DE LA NATURALEZA
           TERRESTRES, AÉREOS O MARÍTIMOS;               2.2.13.   PERJUICIOS CAUSADOS DIRECTA
           O BIEN, RECLAMACIONES QUE SEAN                          O INDIRECTAMENTE POR GUERRA,
           PRESENTADAS EN SU CALIDAD DE                            ACTOS TERRORISTAS, ACTOS
           PROPIETARIO, TENEDOR O POSEEDOR                         GUERRILLEROS, MOTINES, HUELGAS
           DE DICHOS VEHÍCULOS.                                    O CUALQUIER ACTO QUE PERTURBE
    2.2.2. ACCIÓN PAULATINA DE VIBRACIONES,                        LA PAZ Y EL ORDEN PÚBLICO;
           RUIDOS, CALOR, OLORES, LUZ,                             IGUALMENTE LOS PERJUICIOS QUE
           HUMO, MANCHAS, GRASA, MUGRE,                            SE DERIVEN DE DISPOSICIONES DE
           POLVO U OTRA POLUCIÓN DEL AIRE.                         AUTORIDAD DE DERECHO O HECHO.
    2.2.3. O B L I G A C I O N E S A D Q U I R I D A S   2.2.14.   CONTAMINACIÓN PAULATINA DE
           POR EL ASEGURADO EN VIRTUD                              CUALQUIER ÍNDOLE.
           DE LA CELEBRACIÓN INDEBIDA                    2.2.15.   CUALQUIERA DE LOS EVENTOS
           DE CONTRATOS O CUALQUIER                                AMPARADOS BAJO OTROS AMPAROS
           DECLARACIÓN DE VOLUNTAD, SALVO                          DE LA PÓLIZA.
           LO ESTIPULADO EN EL NUMERAL 3.2.7
           DE ESTAS CONDICIONES GENERALES.               2.3 EXCLUSIONES A LOS AMPAROS DE
    2.2.4. DAÑOS O LESIONES O MUERTE                     PÉRDIDA TOTAL Y PARCIAL POR DAÑOS
           CAUSADOS ENTRE CÓNYUGES O                     Y POR HURTO.
           PARIENTES DENTRO DEL CUARTO
           GRADO DE CONSANGUINIDAD,                      ESTE SEGURO NO CUBRE LOS SIGUIENTES
           SEGUNDO DE AFINIDAD O ÚNICO                   CONCEPTOS:
           CIVIL.
    2.2.5. DAÑOS, PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE                  2.3.1. DAÑOS ELÉCTRICOS, ELECTRÓNICOS

    01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                                   01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles    3
         O MECÁNICOS QUE NO SEAN                       NO, CONMOCIÓN CIVIL, REVUELTAS
         CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE                  POPULARES, MOTÍN, SEDICIÓN,
         DE TRÁNSITO O QUE SEAN                        ASONADA Y DEMÁS ACCIONES QUE
         CONSECUENCIA DE FALLAS DEBIDAS                CONSTITUYAN DELITO.
         AL USO O AL DESGASTE NATURAL         2.5.2    LOS OCURRIDOS CUANDO EL
         DEL VEHÍCULO.                                 ASEGURADO SE ENCUENTRE
2.3.2.   DAÑOS AL VEHÍCULO POR HABERSE                 PRESTANDO SUS SERVICIOS EN
         P U E S T O E N M A RCHA O HAB ER             CUALQUIERA DE LAS RAMAS DE LAS
         CONTINUADO LA MARCHA DESPUÉS                  FUERZAS ARMADAS O DE POLICÍA.
         DE OCURRIDO EL ACCIDENTE,            2.5.3.   LOS ACCIDENTES QUE SOBREVENGAN
         SIN HA BE RS E E FE CTUADO LAS                DE LESIONES INMEDIATAS O TARDÍAS
         REPARACIONES NECESARIAS PARA                  CAUSADAS POR ENERGÍA ATÓMICA.
         EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DEL         2.5.4.   EL SUICIDIO O TENTATIVA DE SUICIDIO,
         MISMO.                                        O LAS LESIONES INFLINGIDAS A
2.3.3.   DAÑOS MECÁNICOS O HIDRÁULICOS                 SÍ MISMO POR EL ASEGURADO,
         OCURRIDOS AL MOTOR O A LA CAJA                ESTANDO O NO EN USO NORMAL DE
         DE VELOCIDADES DEL VEHÍCULO                   SUS FACULTADES MENTALES.
         POR FALTA O INSUFICIENCIA DE         2.5.5.   LOS ACCIDENTES QUE OCURRAN
         LUBRICACIÓN O REFRIGERACIÓN                   CUANDO EL ASEGURADO PARTICIPE
         POR CONTINUAR FUNCIONANDO                     EN COMPETENCIAS DE VELOCIDAD
         DESPUÉS DE OCURRIDO EL                        O HABILIDAD, O CUANDO EL
         ACCIDENTE.                                    ASEGURADO SEA CONDUCTOR O
2.3.4.   PÉRDIDAS O DAÑOS AL VEHÍCULO                  PASAJERO DE MOTOCICLETAS O
         POR CAUSA DIRECTA O INDIRECTA                 MOTONETAS.
         DE GUERRA, DECLARADA O NO O POR      2.5.6.   LESIONES U HOMICIDIO CAUSADOS
         ACTOS DE FUERZAS EXTRANJERAS.                 CON ARMAS DE FUEGO, CORTO
2.3.5.   PÉRDIDAS O DAÑOS COMO                         PUNZANTES CONTUNDENTES O
         CONSECUENCIA DIRECTA                          EXPLOSIVOS.
         O INDIRECTA DE REACCIÓN              2.5.7.   LAS LESIONES O MUERTE CAUSADAS
         O RADIACIÓN NUCLEAR O                         CUANDO EL ASEGURADO SE
         CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA.                    ENCUENTRE VIAJANDO COMO
2.3.6.   PÉRDIDAS O DAÑOS AL VEHÍCULO                  PASAJERO, PILOTO O TRIPULANTE EN
         POR CAUSA DIRECTA O INDIRECTA DE              AVIONES PRIVADOS O COMERCIALES.
         TERREMOTO, TEMBLOR O ERUPCIÓN
         VOLCÁNICA.                           2.6 EXCLUSIONES APLICABLES A TODOS
2.3.7.   DAÑOS AL VEHÍCULO ASEGURADO          LOS AMPAROS DE ESTA POLIZA.
         CAUSADOS CON LA CARGA QUE ÉSTE
         TRANSPORTE, SALVO EN CASOS DE        LOS AMPAROS DE ESTA PÓLIZA NO CUBREN
         CHOQUE O VUELCO.                     LA RESPONSABILIDAD CIVIL O LAS PÉRDIDAS
2.3.8.   PÉRDIDA DE LAS LLAVES DE             O DAÑOS AL VEHÍCULO ASEGURADO
         ENCENDIDO DEL VEHÍCULO, A            CAUSADOS EN LOS SIGUIENTES CASOS:
         MENOS QUE ESTA PERDIDA SEA A
         CONSECUENCIA DE UN EVENTO            2.6.1. CUANDO EL VEHÍCULO SE ENCUENTRE
         AMPARADO POR LA PÓLIZA.                     CON SOBRECUPO, TANTO DE CARGA
                                                     COMO DE PASAJEROS O SE UTILICE
2.4 EXCLUSION APLICABLE A LOS                        PARA EL TRANSPORTE DE CARGA O
AMPAROS DE PÉRDIDA TOTAL Y                           PERSONAS SIN ESTAR AUTORIZADO
PARCIAL POR DAÑOS.                                   PARA ELLO LEGALMENTE.

NO SE AMPARAN LOS DAÑOS QUE SUFRA             2.6.2. CUANDO EL VEHÍCULO SE EMPLEE
EL VEHÍCULO ASEGURADO POR CAUSA                      PARA USO DISTINTO AL ESTIPULADO
DE CUALQUIER CLASE DE HURTO O SUS                    EN ESTA PÓLIZA; O SE DESTINE A
TENTATIVAS CUANDO NO HAYA SIDO                       LA ENSEÑANZA DE CONDUCCIÓN
CONTRATADA LA COBERTURA DE PÉRDIDA                   O PARTICIPE EN COMPETENCIA O
TOTAL O PÉRDIDA PARCIAL POR HURTO.                   ENTRENAMIENTO AUTOMOVILÍSTICO
                                                     DE CUALQUIER ÍNDOLE, O SEA
2.5 EXCLUSIONES APLICABLES AL                        ALQUILADO O ARRENDADO.
AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES.
                                              2.6.3. CUANDO EL VEHÍCULO ASEGURADO
NO SE AMPARAN AQUELLOS EVENTOS                       (EXCEPTO GRÚAS Y REMOLCADORES
OCASIONADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE                 O TRACTO M ULAS) RE M OLQUE
POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS                         OTRO VEHÍCULO CON FUERZA
SIGUIENTES:                                          PROPIA O CUANDO EL VEHÍCULO
                                                     ASEGURADO, NO SE TRASLADE POR
2.5.1. LOS ACCIDENTES CAUSADOS POR                   SUS PROPIOS MEDIOS, EXCEPTO LOS
       LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO                TRANSPORTADOS ÚNICAMENTE EN
       EN ACTOS DE GUERRA DECLARADA O                GRÚA (DE GANCHO O PLANCHÓN),

01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                            01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
4   Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles

            CAMA BAJA O NIÑERA.                               COMO EXPEDIDA POR AUTORIDAD
                                                              COMPETENTE, O QUE SE
    2.6.4. C U A N D O S E T R A N S P O R T E N              ENCUENTRE SUSPENDIDA POR
           MERCANCÍAS          AZAROSAS,                      ACTO DE AUTORIDAD, O QUE PORTE
           INFLAMABLES O EXPLOSIVAS SIN                       LICENCIA QUE NO CORRESPON DE
           LA PREVIA NOTIFICACIÓN Y LA                        A LA CATEGORÍA O CLASE EXIGIDA
           CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN                       PARA CONDUCIR EL VEHÍCULO
           DE LIBERTY.                                        INVOLUCRADO EN EL SINIESTRO,
                                                              O QUE PORTE LICENCIA QUE NO
    2.6.5. C O M O C O N S E C U E N C I A D E                LO AUTORIZA PARA CONDUCIR
           DECOMISO, APREHENSIÓN O                            VEHÍCULOS POR SUS LIMITACIONES
           USO POR ACTO DE AUTORIDAD,                         FÍSICAS.
           ENTIDAD O PERSONA DESIGNADA
           PARA MANTENER LA CUSTODIA DEL                2.6.10. CUANDO EXISTA MALA FE DEL
           VEHÍCULO OBJETO DE LAS MEDIDAS                       ASEGURADO O DEL BENEFICIARIO
           ENUNCIADAS. ESTA EXCLUSIÓN                           O PRESENTE DOCUMENTOS
           NO ES APLICABLE CUANDO EL                            FALSOS EN LA RECLAMACIÓN O
           ASEGURADO SEA DESIGNADO COMO                         COMPROBACIÓN DEL DERECHO AL
                                                                PAGO DE DETERMINADO SINIESTRO.
           DEPOSITARIO DEL BIEN O CUANDO
           LA MEDIDA CAUTELAR SE HAYA
                                                        2.6.11. LIBERTY NO ASUMIRÁ COSTOS POR
           ORIGINADO EN UN ACCIDENTE DE
                                                                CONCEPTO DE ESTACIONAMIENTO,
           TRÁNSITO ANTERIOR, ATENDIDO POR
                                                                NI ACEPTARÁ RECLAMACIONES POR
           LA COMPAÑÍA.                                         DAÑOS Y/O HURTO SUFRIDOS POR
                                                                LOS VEHÍCULOS QUE HAYAN SIDO
    2.6.6. CUANDO EL VEHÍCULO ASEGURADO                         ENTREGADOS A LIBERTY, CUANDO LA
           HAYA SIDO HURTADO Y NO                               RECLAMACIÓN HA SIDO OBJETADA
           RECUPERADO LEGALMENTE CON                            Y EL INTERESADO, TRANSCURRIDO
           ANTERIORIDAD A LA FECHA DE                           EL TERMINO DE QUINCE (15) DÍAS
           INICIACIÓN DEL PRESENTE SEGURO,                      COMUNES CONTADOS A PARTIR DE
           HAYA INGRESADO ILEGALMENTE                           LA FECHA DEL ENVÍO POR CORREO
           AL PAÍS O FIGURE CON OTRA                            DE LA COMUNICACIÓN DE OBJECIÓN,
           MATRÍCULA O CUANDO EL VEHÍCULO                       NO HA RETIRADO EL VEHÍCULO DE
           HAYA SIDO LEGALIZADO EN EL PAÍS                      LAS INSTALACIONES DE LIBERTY, YA
           CON FACTURA O DOCUMENTOS                             SEAN PROPIAS O ARRENDADAS.
           QUE NO SEAN AUTÉNTICOS,
           INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL                 2.6.12. PARA TODOS LOS AMPAROS EXCEP-
           ASEGURADO CONOZCA O NO DE                            TUANDO LA PÉRDIDA PARCIAL
           TALES CIRCUNSTANCIAS.                                POR DAÑOS Y PÉRDIDA TOTAL
                                                                POR DAÑOS, LIBERTY NO CUBRE
    2.6.7. C U A N D O E L C O N D U C T O R                    LA AFECTACIÓN DE NINGUNA DE
           DESATIENDA LAS SEÑALES                               LAS COBERTURAS CONTRATADAS,
           REGLAMENTARIAS DE TRÁNSITO,                          CUANDO EL SINIESTRO SEA
           NO ACATE LA SEÑAL ROJA DE                            CONSECUENCIA DE UN ABUSO DE
           LOS SEMÁFOROS, CONDUZCA A                            CONFIANZA, DE ACUERDO CON SU
           UNA VELOCIDAD QUE EXCEDA LA                          DEFINICIÓN LEGAL, COMETIDO EN
           PERMITIDA, CAREZCA DE LICENCIA                       CONTRA DEL ASEGURADO.
           VIGENTE LEGALMENTE EXPEDIDA
           EN ALGUNA OPORTUNIDAD POR                    2.6.13. PÉRDIDAS, DAÑOS O PERJUICIOS
           ENTIDAD COMPETENTE. ESTA                             PRODUCIDOS AL O CON EL VEHÍCULO
           EXCLUSIÓN NO SE APLICARÁ A LAS                       ASEGURADO, EN MANIOBRAS DE
           PÉRDIDAS QUE SE PRODUZCAN BAJO                       CARGUE O DESCARGUE DE VOLCOS
           LOS AMPAROS DE PÉRDIDA TOTAL                         INCORPORADOS O HALADOS
           POR HURTO O PÉRDIDA PARCIAL POR                      A UN TRACTO CAMIÓN U OTRA
           HURTO.                                               UNIDAD TRACTORA, CUANDO EN
                                                                LAS OPERACIONES DE CARGUE O
    2.6.8. C U A N D O E L C O N D U C T O R S E                DESCARGUE SE DEMUESTRE QUE
           ENCUENTRE BAJO EL INFLUJO                            HUBO IMPERICIA DEL CONDUCTOR
                                                                O FALTA DE LAS MÍNIMAS MEDIDAS
           DE BEBIDAS EMBRIAGANTES,
                                                                DE SEGURIDAD POR PARTE DE ÉSTE
           DROGAS TÓXICAS, HEROICAS O
                                                                O DEL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO.
           ALUCINÓGENAS.
                                                        PARÁGRAFO PRIMERO: COMO QUIERA
    2.6.9. C U A N D O E L V E H Í C U L O S E A        QUE EL CONDUCTOR AUTORIZADO POR
           CONDUCIDO POR PERSONA QUE                    EXTENSIÓN DE LOS AMPAROS, ADQUIERE
           NUNCA LE FUE EXPEDIDA LICENCIA               LA CALIDAD DEL ASEGURADO, LAS
           POR AUTORIDAD COMPETENTE,                    OBLIGACIONES Y EXCLUSIONES DERIVADAS
           O QUE PORTE LICENCIA PERO LA                 DEL CONTRATO LE SON APLICABLES
           MISMA NO APARECE REGISTRADA                  IGUALMENTE A ESTE.

    01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                               01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles     5
PARÁGRAFO SEGUNDO: LA EXCLUSIÓN                CON CUALQUIER COMPAÑÍA DE SEGUROS
RELACIONADA CON EL ARRIENDO                    LEGALMENTE CONSTITUIDA EN EL PAÍS,
DEL VEHÍCULO NO TIENE APLICACIÓN               SIEMPRE Y CUANDO NO ESTÉN EXCLUIDAS
CUANDO EL TOMADOR, ASEGURADO O                 EN LA PRESENTE PÓLIZA.
BENEFICIARIO SEA UNA COMPAÑÍA DE
LEASING O ARRENDAMIENTO LEGALMENTE             2.8 EXCLUSIONES AL AMPARO PARA LA
CONSTITUIDA.                                   ASESORÍA Y GESTIÓN DE TRÁMITES DE
P A R Á G R A F O T E R C E R O : ASÍ MISMO    TRÁNSITO
TAMPOCO SE INDEMNIZARÁ BAJO LA
COBERTURA OTORGADA CON LA PRESENTE             ESTE AMPARO NO CUBRE LOS SIGUIENTES
PÓLIZA LAS MULTAS, LOS GASTOS Y LAS            CONCEPTOS:
COSTAS EROGADAS POR EL ASEGURADO
EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS PENALES            2.8.1. E R R O R E S E N L A L I Q U I D A C I Ó N
O DE POLICÍA AUNQUE ESTAS HAYAN SIDO                  CONSECUENCIA DE OMISIONES E
TOMADAS O REALIZADAS A CONSECUENCIA                   INEXACTITUDES HECHAS POR EL
DE UN HECHO CUBIERTO POR LA PRESENTE                  ASEGURADO EN LA ENTREGA DE
PÓLIZA.                                               INFORMACIÓN AL TRAMITADOR O A
PARÁGRAFO CUARTO: NO ESTÁN                            LA COMPAÑÍA PARA LA LIQUIDACIÓN
ASEGURADOS BAJO NINGÚN AMPARO                         DEL IMPUESTO.
DEL PRESENTE SEGURO EL DOLO, LA                2.8.2. PERJUICIOS QUE PUDIERAN SURGIR
CULPA GRAVE O LOS ACTOS MERAMENTE                     COMO CONSECUENCIA DEL CITADO
POTESTATIVOS DEL ASEGURADO, TOMADOR                   TRÁMITE, PUES SE ESTÁ FRENTE
O LAS PERSONAS A LAS CUALES SE EXTIENDE               A UNA LABOR DE MEDIO Y NO DE
LA COBERTURA DE LA PRESENTE SECCIÓN.                  RESULTADO.
                                               2.8.3. LIBERACIÓN DEL VEHÍCULO CUÁNDO
PARÁGRAFO QUINTO: NO ESTÁN
                                                      ESTE HA SIDO LLEVADO A PATIOS.
CUBIERTOS BAJO EL PRESENTE CONTRATO
                                               2.8.4. M U L T A S ,      IMPUESTOS,
DE SEGURO, LOS RECOBROS RELACIONADOS
                                                      SANCIONES, INTERESES DE MORA,
CON PAGOS QUE DE CONFORMIDAD CON LAS
                                                      TRANSACCIONES EN LAS ENTIDADES
NORMAS VIGENTES DEBEN SER CUBIERTOS
                                                      BANCARIAS Y NINGÚN COSTO
POR LAS ADMINISTRADORAS DEL SISTEMA
                                                      GENERADO CON OCASIÓN DE LOS
INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL, ESTO ES
                                                      TRÁMITES RELACIONADOS CON ESTE
ADMINISTRADORAS DEL SISTEMA GENERAL
                                                      AMPARO.
DE PENSIONES, DEL SISTEMA DE RIESGOS
                                               2.8.5. TRÁMITES QUE NO HAYAN SIDO
LABORALES Y DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
                                                      DEBIDAMENTE AUTORIZADOS POR
SOCIAL EN SALUD, COMO CONSECUENCIA
                                                      LA UNIDAD DE SERVICIO AL CLIENTE
DE LOS HECHOS CUBIERTOS POR EL CITADO
                                                      DE LIBERTY.
SEGURO.
                                               2.8.6. REEMBOLSO DE HONORARIOS DEL
                                                      TRAMITADOR, RESPONSABILIDADES
2.7 EXCLUSIÓN DE EVENTOS                              Y ACUERDOS CON TRAMITADORES
AMPARADOS POR PÓLIZAS TOMADAS                         DIFERENTES A LOS AUTORIZADOS
POR EL ESTADO                                         POR LA COMPAÑÍA.
LIBERTY NO INDEMNIZARÁ LAS PÉRDIDAS            2.9. EXCLUSIONES AL AMPARO DE
QUE SUFRAN LOS VEHÍCULOS ASEGURADOS            EXEQUIAS
DE SERVICIO PUBLICO (CAMIONES,
FURGONES, VOLQUETAS, TRACTO CAMIONES           2.9.1   SE EXCLUYEN DEL PRESENTE
O CABEZOTES) A CONSECUENCIA DE                         SEGURO LA INDEMNIZACIÓN DE
ACTOS TERRORISTAS, DERRUMBE, CAÍDA                     LOS SERVICIOS QUE HAYAN SIDO
DE PIEDRAS Y ROCAS, AVALANCHA,                         PRESTADOS FUERA DEL TERRITORIO
ALUVIÓN, DAÑOS SÚBITOS DE CARRETERAS,                  COLOMBIANO.
DE TÚNELES, DE PUENTES O CAÍDA DE
ÉSTOS, HUELGAS, AMOTINAMIENTOS Y               2.9.2   FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO O
CONMOCIONES CIVILES, CUANDO ESTOS                      DE LOS OCUPANTES DEL VEHÍCULO
EVENTOS ESTÉN CUBIERTOS POR LAS                        ASEGURADO CON LIBERTY POR
PÓLIZAS TOMADAS POR EL ESTADO                          UNA CAUSA DIFERENTE A MUERTE
(MINISTERIO DE HACIENDA Y MINISTERIO DE                ACCIDENTAL.
TRANSPORTES) CON CUALQUIER COMPAÑÍA
DE SEGUROS LEGALMENTE CONSTITUIDA              2.9.3   FALLECIMIENTO EN ACCIDENTES DE
EN EL PAÍS.                                            VEHÍCULOS CON CAPACIDAD MAYOR
                                                       A 5 PASAJEROS.
SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL
PÁRRAFO ANTERIOR, SE ACLARA QUE SE             2.10      EXCLUSIONES AL ANEXO DE
AMPARAN DICHAS PÉRDIDAS, SI ÉSTAS              ASISTENCIA EN VIAJE - VEHICULOS
ESTUVIESEN EXCLUIDAS EN LAS PÓLIZAS            LIVIANOS - ASISTENCIA JURÌDICA
TOMADAS POR EL ESTADO (MINISTERIO DE           PRELIMINAR
HACIENDA Y MINISTERIO DE TRANSPORTES)          2.10.1 Además de las exclusiones indicadas en
                                               algunas de las coberturas, mediante el presente
01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                            01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
6   Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles

    anexo el tercero contratado por Liberty no                  que para su desarrollo haya requerido de un
    dará amparo, bajo ninguna circunstancia en los              período de incubación, formación o evolución
    siguientes casos:                                           dentro del organismo del beneficiario,
    a) Los servicios que el asegurado haya                      iniciado antes de la fecha de inicio de vigencia
        concertado por su cuenta sin el previo                  del anexo.
        consentimiento y autorización dado por la
        compañía.                                          o)   La muerte producida por suicidio y las
                                                                lesiones y secuelas que se ocasionen en su
    b)   Los servicios adicionales que el asegurado             tentativa.
         haya contratado directamente con el técnico
         especialista reparador bajo su cuenta y           p)   La muerte o lesiones originadas directa
         riesgo.                                                o indirectamente por hechos punibles o
                                                                acciones dolosas del asegurado.
    c)   Daños causados por mala fe del asegurado.
                                                           q)   La asistencia y gastos por enfermedades
    d)   Los fenómenos de la naturaleza de carácter             o estados patológicos producidos por
         catastrófico tales como inundaciones,                  la ingestión voluntaria de alcohol,
         terremoto, maremoto, granizo, vientos                  drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o
         fuertes, erupciones volcánicas, tempestades            medicamentos adquiridos sin prescripción
         ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y              médica, o enfermedades mentales.
         aerolitos, etc.                                        Así mismo, afecciones, enfermedades,
                                                                accidentes o lesiones derivadas de la
    e)   Los que tuviesen origen o fueran una                   ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier
         consecuencia directa o indirecta de guerra,            tipo, sustancias enervantes, estimulantes
         guerra civil, conflictos armados, sublevación,         o depresoras del sistema nervioso bebidas
         rebelión, sedición, actos mal intencionados            energizantes o energéticas, esteroides y la
         de terceros, motín, huelga, desorden popular,          mezcla de estos.
         terrorismo y otros hechos que alteren la
         seguridad interior del Estado o el orden          r)   Lo relativo y derivado de prótesis, anteojos
         público.                                               y gastos de asistencia por embarazo.

    f)   Hechos o actuaciones de las Fuerzas               s)   Las asistencias y gastos derivados de
         Armadas o de Cuerpos de Seguridad.                     prácticas deportivas en competición.

    g)   Los derivados de la energía nuclear radiactiva.   t)   La asistencia y gastos a los ocupantes
                                                                del vehículo asegurado transportados
    h)   Trabajos solicitados para efectuar mejoras             gratuitamente mediante «autostop» o «dedo»
         en el inmueble o remodelación del mismo.               (transporte gratuito ocasional).

    i)   Daños ocasionados por cimentación de la           2.10.2. Quedan excluidos de la cobertura objeto
         construcción                                      del presente contrato las consecuencias de los
                                                           hechos siguientes:
    j)   Daños preexistentes al inicio de cobertura
         de la póliza                                      a)   Los causados por mala fe del asegurado o
                                                                conductor.
    k)   Daños atribuidos a errores de diseño y/o de
         construcción.                                     b)   Hechos derivados de terrorismo, motín o
                                                                tumulto popular.
    l)   Daños originados por desgaste natural, uso
         normal, corrosión, por fin de la vida útil de     c)   Los producidos cuando el conductor del
         materiales, o aquellos originados por falta de         vehículo se encuentre en cualquiera de las
         mantenimiento.                                         situaciones que se señalan a continuación:

    m) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria      •    Bajo influencia de drogas, tóxicos o
       dentro del territorio de Colombia, sin                   estupefacientes.
       perjuicio de lo estipulado en las condiciones       •    Carencia de permiso o licencia
       generales de la póliza.                                  correspondiente a la categoría del vehículo
                                                                asegurado.
    n)   Las enfermedades, defectos o lesiones
         derivadas de padecimientos crónicos o             d)   Los que se produzcan cuando por el
         enfermedades preexistentes o congénitas                asegurado o por el conductor se hubiesen
         (conocidas o no por el asegurado). A los               infringido las disposiciones reglamentarias
         efectos del presente anexo, se entiende                en cuanto a requisitos y número de personas
         como enfermedad o afección preexistente                transportadas o forma de acondicionarlos,
         tanto aquella padecida con anterioridad a              siempre que la infracción haya sido causa
         la iniciación de la vigencia del anexo; como           determinante del accidente o evento
         la que se manifieste posteriormente, pero              causante del siniestro.

    01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                                    01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles    7
e)   Los que se produzcan con ocasión de la            ENCUENTREN DENTRO DEL INMUEBLE,
     participación del asegurado en apuestas o         HAGAN PARTE DE ÁREAS COMUNES
     desafíos.                                         SEGÚN EL REGLAMENTO DE PROPIEDAD
                                                       HORIZONTAL.
f)   Los que se produzcan con ocasión de la
     participación del vehículo asegurado en      i)   CUANDO EL DAÑO SE GENERE POR
     carreras, prácticas deportivas y pruebas          PROBLEMAS DE LAS EMPRESAS
     preparatorias o entrenamientos.                   SUMINISTRADORAS DEL SERVICIO
                                                       PÚBLICO DE ACUEDUCTO Y
2.11. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA                      ALCANTARILLADO.
DE PLOMERÍA:
                                                  2.12. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE
ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS              ELECTRICIDAD:
EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y LAS
CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2, NO               ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS
HABRÁ COBERTURA DE PLOMERÍA, Y POR                EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y LAS
TANTO NO HABRÁ LUGAR A LA PRESTACIÓN              CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2, NO
DEL SERVICIO, EN LOS SIGUIENTES CASOS:            HABRÁ COBERTURA DE ELECTRICIDAD, Y POR
                                                  TANTO NO HABRÁ LUGAR A LA PRESTACIÓN
a)   CUANDO EL DAÑO PROVENGA DE                   DEL SERVICIO, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
     CANALES Y BAJANTES DE AGUAS
     LLUVIAS, ESTÉN O NO COMBINADAS               a.   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN
     TUBERÍAS DE AGUAS NEGRAS O                        LOS ELEMENTOS DE ILUMINACIÓN
     RESIDUALES.                                       TALES COMO LÁMPARAS, BOMBILLAS,
                                                       HALÓGENOS, LED, BALASTROS,
b)   CUANDO SE TRATE DE REPARACIÓN DE                  SOCKERS Y/O FLUORESCENTES.
     GOTERAS, O DE REPARACIÓN DE TEJAS,
     TECHOS, CUBIERTAS Y/O DE CIELOS              b.   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN
     RASOS.                                            ELECTRODOMÉSTICOS TALES COMO:
                                                       ESTUFAS, HORNOS, CALENTADORES,
c)   CUANDO EL DAÑO SE OCASIONE                        LAVADORAS, SECADORAS, NEVERAS Y
     POR PROBLEMAS O FALTA DE                          EN GENERAL CUALQUIER APARATO QUE
     IMPERMEABILIZACIÓN O PROTECCIÓN                   FUNCIONE POR SUMINISTRO ELÉCTRICO.
     DE LA CUBIERTA O PAREDES EXTERIORES
     DEL INMUEBLE, POR HUMEDADES O                c.   CUANDO EL DAÑO SEA RESULTADO
     FILTRACIONES.                                     DE ERRORES EN DISEÑO, EN
                                                       CONSTRUCCIÓN, EN ACABADOS.
d)   CUANDO EL DAÑO SE PRODUZCA
     EN LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:                 d.   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN
     CISTERNAS, INODOROS, DEPÓSITOS                    INSTALACIONES ELÉCTRICAS, QUE NO
     DE AGUA, GRIFOS, CALENTADORES                     OBSTANTE SE ENCUENTREN DENTRO
     DE AGUA JUNTO CON SUS ACOPLES,                    DEL INMUEBLE, HAGAN PARTE DE ÁREAS
     TANQUES HIDRONEUMÁTICOS,                          COMUNES SEGÚN EL REGLAMENTO DE
     BOMBAS HIDRÁULICAS, Y EN GENERAL                  PROPIEDAD HORIZONTAL.
     CUALQUIER ELEMENTO AJENO A LAS
     CONDUCCIONES DE AGUA PROPIAS DEL             e.   CUANDO EL DAÑO SE GENERÉ POR
     INMUEBLE ASEGURADO.                               PROBLEMAS DE LAS EMPRESAS
                                                       SUMINISTRADORAS DEL SERVICIO
e)   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN                     PÚBLICO DE ENERGÍA.
     TUBERÍAS DE HIERRO GALVANIZADO,
     Y/O DE HIERRO FUNDIDO, Y/O DE                f)   ENCHUFES, ELEMENTOS DE ILUMINACIÓN
     ASBESTO CEMENTO Y/O DE CERÁMICA.                  TALES COMO LÁMPARAS, BOMBILLAS O
                                                       FLUORESCENTES.
f)   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN
     EL MOBILIARIO DEL INMUEBLE DEL               2.13 EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA DE
     ASEGURADO, INCLUYENDO PERO NO                CERRAJERÍA.
     LIMITÁNDOSE A MUEBLES DE COCINAS,
     DE BAÑOS, PATIO DE ROPAS, DIVISIONES,        Además de las exclusiones contenidas en estas
     ESPEJOS, ALFOMBRAS, TAPETES.                 condiciones generales y las contenidas en el
                                                  numeral 2.10.2, no habrá cobertura de cerrajería,
g)   CUANDO EL DAÑO SEA RESULTADO                 y por tanto no habrá lugar a la prestación del
     DE ERRORES EN DISEÑO, EN                     servicio, cuando se trate de reparación y/o
     CONSTRUCCIÓN, EN ACABADOS, EN                reposición de cerraduras que impidan el acceso a
     EMBOQUILLAMIENTOS                            partes internas del inmueble a través de puertas
                                                  interiores distintas de las alcobas, así como
h)   CUANDO EL DAÑO SE PRESENTE EN                tampoco la apertura o reparación de cerraduras
     TUBERÍAS, QUE NO OBSTANTE SE                 de guardarropas, alacenas, depósitos, puertas de

01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                               01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
8   Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles

    baños, terrazas y apertura de candados y aquellas        CONDUCCIÓN DE AGUAS LLUVIAS A
    que se manejen a través de sistemas especiales           NIVEL DE CUBIERTAS DEL INMUEBLE DEL
    electrónicos, magnéticos y en general cualquier          ASEGURADO.
    sistema especial de apertura o control de acceso
    como tarjetas magnéticas de aproximación, de        d.   CUANDO EL DAÑO SEA RESULTADO
    ranura o simulares. Igualmente se excluye el             DE ERRORES EN DISEÑO, EN
    arreglo y/o reposición de las puertas mismas             CONSTRUCCIÓN, EN ACABADOS,
    (incluyendo hojas y marcos).                             EN EMBOQUILLAMIENTOS, Y DEMÁS
                                                             ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN
    2.14 EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA                         GENERAL.
    DE VIDRIOS.
                                                        e.   LA REPARACIÓN DE CIELO RASOS O
    ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS                     CUALQUIER OTRA SUPERFICIE PROPIA
    EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y                         DEL INMUEBLE DEL ASEGURADO
    LAS CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2                      QUE HAYA SIDO AFECTADA COMO
    QUEDAN EXCLUIDAS DE LA PRESENTE                          CONSECUENCIA DE LA ROTURA DE LAS
    COBERTURA:                                               TEJAS.

    a.   TODO TIPO DE VIDRIOS QUE A PESAR DE            PARÁGRAFO: SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA
         HACER PARTE DE LA EDIFICACIÓN, EN              QUE EL TERCERO CONTRATADO POR
         CASO DE UNA ROTURA NO COMPROMETA               LIBERTY NO SERÁ RESPONSABLE POR LAS
         EL CERRAMIENTO DE LA VIVIENDA.                 LABORES DE COMPRA Y DE INSTALACIÓN
                                                        DE MATERIALES QUE NO ESTÉN A LA
    b)   CUALQUIER CLASE DE VITRALES O                  VENTA EN COLOMBIA, O QUE HAYAN SIDO
         ESPEJOS, DOMOS, ACRÍLICOS,                     DESCONTINUADOS O AQUELLOS QUE
         DIVISIONES, CINTAS REFLECTIVAS                 HAYAN SIDO FABRICADOS CON DISEÑO
         U OPALIZADAS, CUALQUIER CLASE                  EXCLUSIVO EL VALOR ASEGURADO PARA
         DE PELÍCULAS (DE SEGURIDAD,                    ÉSTA COBERTURA ES 20 SMLDV POR EVENTO.
         PROTECCIÓN TÉRMICA O DE SOL),                  EL VALOR ANTERIOR INCLUYE EL COSTO DE
         SANDBLASTING, O CUALQUIER                      LOS MATERIALES Y LA MANO DE OBRA.
         ADITAMENTO ADICIONAL INSTALADO.
                                                        2.16. EXCLUSIONES GENERALES DEL
    c)   TODA LÁMINA DE VIDRIO DE CUALQUIER             ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR
         DIMENSIÓN, EN DONDE SE EVIDENCIE
         QUE PRESENTA ARCO DE ESFUERZO                  ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS
         (VENCIMIENTO) A CAUSA DE DETERIORO             EN ESTAS CONDICIONES GENERALES
         DEL MARCO DE LA VENTANA.                       Y LAS CONTENIDAS EN EL NUMERAL
                                                        2.10.2,, LA COMPAÑÍA NO DARÁ AMPARO,
    PARÁGRAFO: EN CASO DE QUE LA                        BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA EN LOS
    LÁMINA SE ENCUENTRE ROTA POR GOLPE                  SIGUIENTES CASOS:
    CONTUNDENTE Y EL MARCO DETERIORADO,
    SE REALIZARÁ EL CAMBIO DE LA MISMA TAN              a.   LOS SERVICIOS QUE EL BENEFICIARIO
    PRONTO COMO EL ASEGURADO REALICE LA                      HAYA CONCERTADO POR SU CUENTA
    SUSTITUCIÓN Y/O REPARACIÓN DEL MARCO                     SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO
    DE LA VENTANA                                            Y AUTORIZACIÓN DADO POR LA
                                                             COMPAÑÍA.
    2.15. EXCLUSIONES A LA ASISTENCIA
                                                        b.   LOS SERVICIOS ADICIONALES QUE EL
    DE ROTURA DE TEJAS.
                                                             BENEFICIARIO HAYA CONTRATADO
                                                             DIRECTAMENTE CON EL TÉCNICO
    ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS
                                                             ESPECIALISTA REPARADOR BAJO SU
    EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y LAS
                                                             CUENTA Y RIESGO.
    CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2QUEDAN
    EXCLUIDAS DE LA PRESENTE COBERTURA:
                                                        c.   DAÑOS CAUSADOS POR MALA FE DEL
                                                             ASEGURADO.
    a.   CUANDO SE TRATE DE REPARACIÓN
         DE GOTERAS QUE NO TENGAN COMO                  d.   LOS FENÓMENOS DE LA NATURALEZA
         CAUSA LA ROTURA DE TEJAS.                           DE CARÁCTER CATASTRÓFICO TALES
                                                             COMO INUNDACIONES, TERREMOTO,
    b.   CUANDO EL DAÑO SE OCASIONE                          MAREMOTO, GRANIZO, VIENTOS
         POR PROBLEMAS O FALTA DE                            FUERTES, ERUPCIONES VOLCÁNICAS,
         IMPERMEABILIZACIÓN O PROTECCIÓN                     TEMPESTADES CICLÓNICAS, CAÍDAS DE
         DE LA CUBIERTA POR HUMEDADES O                      CUERPOS SIDERALES Y AEROLITOS, ETC.
         FILTRACIONES.
                                                        e.   LOS QUE TUVIESEN ORIGEN O FUERAN
    c.   CUANDO EL DAÑO SE PRODUZCA                          UNA CONSECUENCIA DIRECTA O
         EN LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:                        INDIRECTA DE GUERRA, GUERRA CIVIL,
         CANALES, BAJANTES, ELEMENTOS DE
    01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                                01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles    9
        CONFLICTOS ARMADOS, SUBLEVACIÓN,                                    b.   LAS BUJÍAS DE ENCENDIDO,
        REBELIÓN, SEDICIÓN, ACTOS MAL                                            CATALIZADORES, FILTRO DE AIRE,
        INTENCIONADOS DE TERCEROS,                                               DE ACEITE, DE CARBURANTE,
        MOTÍN, HUELGA, DESORDEN POPULAR,                                         ESCOBILLAS LIMPIAPARABRISAS,
        TERRORISMO Y OTROS HECHOS QUE                                            SUSTANCIAS DE LLENADO DEL
        ALTEREN LA SEGURIDAD INTERIOR DEL                                        SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO,
        ESTADO O EL ORDEN PÚBLICO.                                               LOS AÑADIDOS DE LUBRICANTES,
                                                                                 REFRIGERANTES, LÍQUIDOS DE
f.      HECHOS O ACTUACIONES DEL LAS                                             FRENOS Y OTROS ADITIVOS,
        FUERZAS ARMADAS O DE CUERPOS DE                                          EXCEPTO CUANDO SU PÉRDIDA
        SEGURIDAD.                                                               HAYA SIDO CONSECUENCIA
                                                                                 DIRECTA DE UNA AVERÍA MECÁNICA.
g.      LOS DERIVADOS DE LA ENERGÍA
        NUCLEAR RADIACTIVA.                                                 c.   DEFECTOS O FALLAS EN
                                                                                 CARROCERÍA, TAPIZADOS,
h.      TRABAJOS SOLICITADOS PARA                                                NEUMÁTICOS, LLANTAS, BATERÍA,
        EFECTUAR MEJORAS EN EL INMUEBLE                                          FAROS, FUSIBLES, ASÍ COMO LA
        O REMODELACIÓN DEL MISMO.                                                ROTURA O FISURA DE LUNAS,
                                                                                 ESPEJOS, VIDRIOS Y FAROS.
i.      DAÑOS OCASIONADOS POR
        CIMENTACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN                                      d.   LAS PIEZAS Y COMPONENTES
                                                                                 ELECTRÓNICOS, ASÍ COMO
j.      DAÑOS PREEXISTENTES AL INICIO DE                                         CUALQUIER OTRO REPUESTO
        COBERTURA DE LA PÓLIZA                                                   O PIEZA NO RELACIONADA
                                                                                 EXPRESAMENTE EN LA TABLA
k.      DAÑOS ATRIBUIDOS A ERRORES DE                                            PIEZAS CUBIERTAS.
        DISEÑO Y/O DE CONSTRUCCIÓN.
                                                                       3.   LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO
l.      DAÑOS ORIGINADOS POR DESGASTE                                       NORMAL DE LA CARROCERÍA Y
        NATURAL, USO NORMAL, CORROSIÓN,                                     HABITÁCULO, INCLUIDA LA LIMPIEZA Y
        POR FIN DE LA VIDA ÚTIL DE MATERIALES,                              REPARACIÓN DE DECORACIONES DE LOS
        O AQUELLOS ORIGINADOS POR FALTA                                     ASIENTOS, BOLSAS PORTA PAPELES,
        DE MANTENIMIENTO.                                                   TAPIZADO, APOYA CABEZAS, CUERO O
                                                                            TELA DE ASIENTOS.
2.17. EXCLUSIONES AL ANEXO DE
ASISTENCIA EN VIAJE PLUS                                               4.   LAS OPERACIONES PERIÓDICAS DE
                                                                            CARÁCTER PREVENTIVO ASÍ COMO LOS
ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS                                        CONTROLES Y AJUSTES CON O SIN
EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y LAS                                        CAMBIO DE PIEZAS.
CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2, NO SON
OBJETO DE LA COBERTURA DE ESTA PÓLIZA, LAS
PRESTACIONES Y HECHOS SIGUIENTES:
                                                                       5.   LAS AVERÍAS COMO CONSECUENCIA
                                                                            DE SEGUIR CIRCULANDO CUANDO
     A CARGO DEL PROPIETARIO DEL VEHICULO CADA                              EL (LOS) INDICADOR(ES) DEL
                     5.000 KMS                                              VEHÍCULO SEÑALE(N) FALLO(S) EN EL
                                                                            FUNCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS,
     Sustitución   Sustitución     Sustitución   Recambio o                 O POR EL USO, ACCIDENTAL O NO, DE
     a c e i t e   filtro aceite   f i l t r o   reposición
                                                                            LUBRICANTE(S) O COMBUSTIBLE(S)
     motor                         gasolina (    de niveles de
                                   opcional)     refrigerante ò
                                                                            INADECUADO(S) O EN MAL ESTADO.
                                                 agua, líquido de
                                                 frenos o líquido      6.   LAS AVERÍAS CONSECUENCIA DE
                                                 de servodirección.         NEGLIGENCIAS O MALA UTILIZACIÓN
                                                                            DEL VEHÍCULO E IMPERICIA INCLUYENDO
1.      LA(S) FALLA(S) MECÁNICA(S),                                         PERO NO LIMITANDO A: SOBRECARGA,
        ELÉCTRICA(S) O ELECTRÓNICA(S) DEL                                   COMPETICIÓN, ACONDICIONAMIENTO,
        VEHÍCULO ASEGURADO, CUANDO ÉSTE                                     CHOQUES, ACCIDENTES, MALA
        SUPERE DIEZ (10) AÑOS DE ANTIGÜEDAD                                 MANIPULACIÓN DEL VEHÍCULO, ETC.,
        Y/O MAS DE CIENTO CINCUENTA MIL                                     ASÍ COMO POR CONGELACIÓN DE
        KILÓMETROS DE RECORRIDO.                                            LOS LÍQUIDOS NECESARIOS PARA SU
                                                                            FUNCIONAMIENTO.
2.      LA SUSTITUCIÓN, REPARACIÓN O
        AJUSTE DE PIEZAS Y/O REPUESTOS                                 7.   LAS AVERÍAS CONSECUENCIA DE
        OCASIONADA EN O POR:                                                ACCIDENTE DEL VEHÍCULO ASEGURADO.

         a.   DEFECTOS DE FABRICACIÓN O                                8.   CUALQUIER AVERÍA OCASIONADA
              MONTAJE RECONOCIDOS POR EL                                    COMO CONSECUENCIA DE NO HABER
              FABRICANTE DEL VEHÍCULO.                                      REALIZADO LAS OPERACIONES DE
                                                                            MANTENIMIENTO, DENTRO DE LOS
                                                                            TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTAS
01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                                                     01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
10 Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles
         EN EL PLAN DE INSPECCIÓN Y                         AVERÍAS PROVOCADAS POR PIEZAS
         MANTENIMIENTO SUGERIDO POR EL                      NO CUBIERTAS POR LA PRESENTE
         FABRICANTE DEL VEHÍCULO.                           GARANTÍA.

    9.   AQUELLAS AVERÍAS QUE SE HUBIERAN              19. AVERÍAS NOTIFICADAS TRANSCURRIDOS
         MANIFESTADO CON ANTERIORIDAD                      MÁS DE (3) DÍAS HÁBILES DESDE EL
         A LA EXPEDICIÓN DE LA PÓLIZA A LA                 MOMENTO EN QUE SE PRODUZCAN
         QUE ACCEDE EL PRESENTE ANEXO                      ÉSTAS.
         CONOCIDAS O NO POR EL ASEGURADO,
                                                       20. L O S G A S T O S D E P A R Q U E A D E R O
    10. LA REPETICIÓN DE LOS TRABAJOS DE                   Y/O DE GARAJE, ASÍ COMO TODA LA
        REPARACIÓN.                                        INDEMNIZACIÓN POR INMOVILIZACIÓN,
                                                           LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE O
    11. LOS SERVICIOS QUE EL ASEGURADO                     PERJUICIOS CONSECUENCIALES.
        HAYA CONCERTADO POR SU CUENTA
        SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO DE LA             21. LOS QUE REQUIERAN LOS VEHÍCULOS
        COMPAÑÍA.                                          DESTINADOS A SERVICIO DE: ALQUILER,
                                                           PÚBLICO O COMERCIAL O VEHÍCULOS
    12. LAS AVERÍAS PRODUCIDAS A CAUSA O                   USADOS EN CUALQUIER CLASE DE
        COMO CONSECUENCIA DE ARREGLOS,                     COMPETENCIA AUTORIZADA O NO,
        REPARACIONES, MODIFICACIONES                       RALLY O CARRERAS DE CUALQUIER TIPO.
        O DESARME DE CUALQUIER PARTE
        DEL VEHÍCULO ASEGURADO, POR UN                 22. C U A L Q U I E R A V E R Í A C U A N D O E L
        TÉCNICO NO AUTORIZADO POR LA                       CUENTA-KILÓMETROS (ODÓMETRO)
        COMPAÑÍA.                                          HAYA SIDO INTERVENIDO, ALTERADO O
                                                           DESCONECTADO.
    13. LOS SERVICIOS ADICIONALES QUE
        EL ASEGURADO HAYA CONTRATADO                   23. EL PRESTADOR DEL SERVICIO QUEDA
        DIRECTAMENTE BAJO SU CUENTA Y                      RELEVADO DE RESPONSABILIDAD
        RIESGO.                                            CUANDO POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
                                                           O CASO FORTUITO NO PUEDA EFECTUAR
    14. LAS AVERÍAS DE PIEZAS Y/O REPUESTOS                CUALQUIERA DE LAS PRESTACIONES
        DEL VEHÍCULO ASEGURADO QUE AÚN                     ESPECÍFICAMENTE PREVISTAS EN ESTE
        SE ENCUENTREN CUBIERTOS POR LA                     DOCUMENTO.
        GARANTÍA DEL FABRICANTE.
                                                       2.18. EXCLUSIONES AL ANEXO DE
    15. LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS                ASISTENCIA ODONTOLOGICA
        CAUSADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE
        POR LA MALA FE DEL ASEGURADO.                  ADEMÁS DE LAS EXCLUSIONES CONTENIDAS
                                                       EN ESTAS CONDICIONES GENERALES Y
    16. PÉRDIDA O DAÑO CAUSADO POR                     LAS CONTENIDAS EN EL NUMERAL 2.10.2
        INCENDIO, EXPLOSIÓN, INUNDACIÓN,               ESTA PÓLIZA NO AMPARA LOS GASTOS
        TERREMOTO, MAREMOTO, GRANIZO,                  RELACIONADOS CON EVENTOS QUE TENGAN
        VIENTOS FUERTES, ERUPCIONES                    ORIGEN O ESTÉN RELACIONADOS CON
        VOLCÁNICAS, TEMPESTADES                        ALGUNA DE LAS SIGUIENTES CAUSAS:
        CICLÓNICAS, CAÍDAS DE CUERPOS
        SIDERALES Y AEROLITOS, O CUALQUIER             1.   TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS
        OTRO FENÓMENO DE LA NATURALEZA DE                   ESTÉTICOS PARA FINES DE
        CARÁCTER CATASTRÓFICO.                              EMBELLECIMIENTO Y CUALQUIER
                                                            CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA DENTAL,
    17. P É R D I D A O D A Ñ O Q U E T U V I E S E         COMO EL CASO DEL LABIO LEPORINO.
        ORIGEN O FUERA UNA CONSECUENCIA
        DIRECTA O INDIRECTA DE GUERRA,                 2.   TRATAMIENTOS ORIGINADOS EN
        GUERRA CIVIL, CONFLICTOS ARMADOS,                   ENFERMEDADES MENTALES Y LESIONES
        ACTOS DE HOSTILIDAD, INVASIÓN,                      SUFRIDAS POR EL ASEGURADO CUANDO
        INSURRECCIÓN, SUBLEVACIÓN,                          ESTE SE ENCUENTRE BAJO EFECTOS
        REBELIÓN, SEDICIÓN, ACTOS MAL                       DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS,
        INTENCIONADOS DE TERCEROS, MOTÍN,                   ALCOHÓLICAS O EN ESTADOS DE
        HUELGA, DESORDEN POPULAR Y OTROS                    ENAJENACIÓN MENTAL DE CUALQUIER
        HECHOS QUE ALTEREN LA SEGURIDAD                     ETIOLOGÍA.
        INTERIOR DEL ESTADO O EL ORDEN
        PÚBLICO, SECUESTRO, CONFISCACIÓN,              3.   EXÁMENES, PROCEDIMIENTOS
        INCAUTACIÓN O DECOMISO.                             QUIRÚRGICOS Y EN GENERAL, EL
                                                            TRATAMIENTO DE LESIONES O
    18. LOS ELEMENTOS DETERIORADOS POR                      AFECCIONES DE ORIGEN DENTAL
        HURTO, TENTATIVA DE HURTO, ACTO                     NO CUBIERTOS POR LOS AMPAROS
        D E V A N D A L I S M O , A S Í COMO LAS            DE LA PÓLIZA, A MENOS QUE SEAN

    01/03/2016-1333-P-03-CAU-030                               01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P
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