COVID-19 Planes de acción tributaria - Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez

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COVID-19 Planes de acción tributaria - Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez
Planes de acción tributaria
              COVID-19
Elaborado por:

Roger Román Sánchez
Olga Viviana Tapias
Sandra Liliana Gutiérrez
COVID-19 Planes de acción tributaria - Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez
Planes de acción

                                                                  Aduanero y
      TRIBUTARIA                      Contratos                    cambiario

El contenido de este Webinar fue preparado con la normatividad vigente al día 16 de abril de
2020. Russell Bedford y INCP no se hacen responsables por el contenido de este Webinar frente a
los cambios normativos o interpretación que se realicen posterior a esta presentación.
Nada de lo contenido en este Webinar debe considerarse como asesoría profesional o consejo legal,
para tal efecto se debe consultar con sus asesores en la materia.
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TÉRMINOS
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ALGUNOS TÉRMINOS

Estado de emergencia. D 417/2020
        Hasta 17 de abril

Emergencia sanitaria. Res 385/2020
    Minsalud. Hasta 30 Mayo

Aislamiento obligatorio. D 457/ 2020
   Y D 531/2020 Hasta 27 de abril

                                       4
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DERECHO TRIBUTARIO
COVID-19 Planes de acción tributaria - Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez
D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos
                impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)

                        Grandes contribuyentes (GC)

               • 20% del valor pagado en el año    Interpretación Oficial
  Cuota 1        2018
                                                   1)   Si proyecta saldo a favor, no
               • Del 11 al 24 de Febrero de 2020        deberá liquidar la segunda
                                                        cuota.
                                                   2)   Si ya presento la declaración
                                                        de renta deberá
               • 45% del valor a pagar del año
  Cuota 2        2018                              Del valor a pagar, restará la
               • 21 Abril hasta 5 de Mayo          primera cuota, y el saldo se
                                                   pagará: 50% en la cuota 2 y el
                                                   restante en la cuota 3.

Presentación
               • Saldo a pagar.
  y pago 3     • 9 de Junio y 24 de Junio
   cuota
COVID-19 Planes de acción tributaria - Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez
D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos
                         impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)
                           GRANDES CONTRIBUYENTES (GC)
                                                        Supuestos
                                                                                          (5)
                                                                             (4)     Valor a pagar
                              (1)           (2)              (3)           Valor a   2019 mayor a
                         Valor a pagar Menor valor a Saldo a favor en el pagar 2019      2018,
                         2019 mayor al pagar en el       2019, valor     con saldo a declaración
                             2018        año 2019     pagado en 2018 favor 2018       presentada
Valor pagado 2018        $       1.000 $       1.000 $           1.000 $           - $      1.000

Valor a pagar 2019       $       2.000 $         500 $                0 $     2.000 $       2.000

Cuota 1
(11 al 24 de febrero)    $         200 $         200                                 $        200

Cuota 2
(21 de abril al 5 de
Mayo)                    $         450 $         300                                 $        900

Cuota 3 y Presentación
(9 al 24 de Junio)       $       1.350                                   $    2.000 $         900
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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos
               impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de
               2020)

                         Personas Jurídicas (PJ)

               • 50% del valor a pagar        Interpretación Oficial
                 del año 2018
  Cuota 1                                     1)   Si proyecta saldo a favor, no
               • 21 Abril hasta el 19 de           deberá liquidar la segunda
                                                   cuota.
                 Mayo                         2)   Si ya presento la declaración
                                                   de renta deberá

                                              Pagar el 50% de la primera cuota
                                              de acuerdo a la declaración de
                                              renta del año 2019.
Presentación   • Saldo a pagar.
  y pago 2
   cuota       • 1 de Junio al 01 de Julio
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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos
                        impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)

                                  PERSONA JURÍDICA (PJ)
                                                          Supuestos
                                                                                         (1)
                                                                           (4)      Valor a pagar
                               (1)         (2)             (3)        Valor a pagar 2019 mayor al
                         Valor a pagar Menor valor a Saldo a favor en   2019 con        2018,
                          2019 mayor pagar en el año el 2019, valor saldo a favor Declaración
                            al 2018       2019       pagado en 2018       2018       presentada
Valor pagado 2018        $      1.000 $.        1.000 $          1.000 $          - $       1.000

Valor a pagar 2019       $      2.000 $           300                 $       2.000 $       2.000

Cuota 1
(21 de abril al 19 de
Mayo)                    $        500 $           300                               $       1.000

Cuota 2 y Presentación
(1 Junio al 01 de Julio) $      1.500                                 $       2.000 $       1.000
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Forma de liquidación de
                      cuota (1)
Paso 1, ingresar al diligencia y presentar,   Paso 2, Asignar el año 2019
Formulario 110

Paso 3, seleccionar ”Pago Cuotas”

                                                                            10
Forma de liquidación de
                    cuota (2)
Paso 3, seleccionar ”Pago Cuotas”   Paso 4, elegir cuota 1 PJ y cuota 2 GC

                                                                             11
Declaración de activos en el exterior.

 GC               PJ                  Ley 2010/19, establece la
                                      oportunidad de presentar
                                    las declaraciones de activos

 9 al 24        1 de                  en el exterior de periodos
                                       anteriores con sanción
                                     reducida del 0,1% antes de

   de         junio al               emplazamiento y 0,2% con
                                        emplamiento, sin que

  Junio         1 de
                                          exceda el 2% de la
                                             declaración

de 2020         Julio                   30 de Abril de 2020

                                                              12
Recomendación

Proyecte la declaración de renta antes del
vencimiento de la segunda cuota.

   Si es menor el valor del 2019 a pagar que el de
   2018, presente la declaración en la segunda
   cuota sea GC o PJ

Si genera saldo a favor presente lo antes posible la
declaración y solicite el saldo a favor si lo considera
viable.

                                                          13
Alternativas de reducción
                       anticipo impuesto de renta.
                                                Autorización de
                                              reducción en casos
• Art. 808 – causas ajenas                  individuales (Art. 809)
  a la voluntad de los
  contribuyentes se                  • 15% de reducción de
  permita preveer una                  ingresos en los tres
  disminución de rentas                primeros meses
                                     • 25% de reducción de
                                       ingresos en los 6
                                       primeros meses
         Facultad General

                                                       Solicitud             DIAN
                                                                             Determinará por
                                                              Aportar las
                                                                                 resolución
                                                               pruebas
                                                                             especial el monto
                                                              necesarias
  Ver circular No 044 del 01 de Junio de 2009                                   del anticipo
  Emitida por la DIAN
                                                                                No obtener
                                                           Certificador de
                                                                             respuesta en dos
                                                            contador y/o
                                                                              meses, silencio
                                                            revisor fiscal
                                                                              administrativo
                                                                                             14
D. 435 - Ampliación de Plazos

       IVA E IMPUESTO AL CONSUMO

  Permite pagar (no                Expendio de comidas
                                       preparadas
 declarar) hasta el 30
   de junio el IVA y                Expendio de bebidas
                                alcohólicas para consumir en
el Impuesto Nacional                 el establecimiento

   al Consumo del                    Agencias de viaje
bimestre marzo-abril
y cuatrimestre enero-              Operadores Turísticos
         abril
D. 401 - Ampliación de Plazos

  Transporte
                                             Actividades         Espectáculos en
aéreo comercial         Hoteles
                                              teatrales               vivo
 de pasajeros

              Grandes                No grandes
          contribuyentes           contribuyentes           Pago IVA 2do
           pago de 2da             pago 1ra cuota          bimestre o 1er
         cuota renta hasta        renta hasta el 31         cuatrimestre
          el 31 de julio y          de julio y pago         hasta el 30 de
          3ra cuota hasta          2da cuota hasta         junio de 2020
           31 de agosto             31 de agosto
Ampliación Plazos

     Decreto 397 -             Decreto 438 -
  Presentación y pago        Ampliación plazo
 Contribución Especial     actualización registro
  del Turismo primer      web Régimen Tributario
timestre hasta el 29 de   especial hasta el 30 de
          Julio                    junio
Renovación registro mercantil
  A través del decreto 434 del 19 de marzo de 2020, se amplía el
  plazo para renovar registro mercantil entre otros.

  Renovación matricula
       mercantil

RUNEOL y demás registros            Hasta el día tres (3) de
  que integran el RUES              julio de 2020

  Renovación afiliación
  cámara de comercio

 Renovación del registro            Más tardar quinto (5) día habil de
  único de proponentes              julio de 2020 (7 Julio 2020)
Nuevos plazos para la presentación de estados
     financieros a la Superintedencia de Sociedades
A través de la Circular Externa 100-007 del 08 Abril de 2020 se amplia los plazos para el envió
de estos financieros como sigue:
“Quien sobrevive no es el más fuerte ni el más
inteligente, sino el que se adapta mejor al cambio”
                                     - Charles Darwin
Nuevo listado de bienes exentos
                          sin derechos a devolución y/o
                                  compensación

   D                               D                              D
438/2020                        540/2020                       551/2020
                                                               211 Elementos de salud y
    Equipos médicos
                                                                   aseo (Tapabocas)
                                 Exentos de IVA servicios de
                                  voz e internet < 2 UVT ($
Importación y venta en el                                      Importación y venta en el
                                           71.214)
   territorio nacional                                            territorio nacional
Vigente hasta el estado de                                        Vigente hasta la
  excepción (17 Abril de                                       emergencia sanitaria (30
          2020)                                                        Mayo)
                                                                 No otorgar derecho
   No otorga derecho a
                                                                   devolución y/o
       devolución                Periodo de cuatro meses a
                                    partir del 13 de abril         compensación
Rendir informes, incluir en                                    Rendir informe e incluir en
         la factura                                                     la factura

                                                                                             21
D 558 del 15 de abril 2020,
          Reducción aporte seguridad social

                                                 Aportes a
                                                  Pensión

                  D 558 / Abril 2020                              Art. 20 Ley 100/93
                         3% del IBC                                   16% del IBC

               Aporte                  Aporte                 Aporte

Cálculo
                                                                                 Aporte
             Empleador                empleado               empleador
                                                                                empleado
             3% x 75% =               3% x 25% =             16% x 75% =
                                                                              16% x 25%= 4%
               2.25%                    0,75%                   12%

                      Sólo aplica para
                     cotización de abril
                   (mayo) y mayo (Junio)
                          de 2020
                                                                                       22
D 560 15 de abril de 2020, Empresas
            en reorganización empresarial (RE)
Empresas admitidas, hayan celebrado o se encuentren
ejecutando un proceso RE, contarán con los siguientes
beneficios
                     • No sometidos a retención

  Renta
                     • No aplica Autorretención
                     • No obligados a renta presuntiva año
                       2020
                     • No sujetos anticipo de renta

                     • Estarán sujetos a retención de IVA

      IVA
                       por el 50%
                     • La retención deberá ser aplicada por
                       todos los agentes retenedores

                                                              23
D 575 15 de Abril de 2020 – Medidas
       económicas para la industria de transporte
       aéreo

Renta                             IVA
                              La Gasolina de aviación Jet A1 y/o
  Acceso a régimen de
                                Gasolina de aviación 100/130
    Mega Inversión
                              Nacionales gravados al 5% de IVA

 Inversión 2.000.000 UVT        Servicio de transporte aéreo
     ( $ 71.214.000)             gravado con tarifa del 5%

                                                               24
D 568 del 15 de Abril de
                                     2020- Impuesto solidario

                     Impuesto Solidario (01 Mayo al 31 de Julio de 2020)
Destinación especifica a inversión     Servidores públicos con ingresos igual o superior a         El impuesto será Ingreso no constitutivo de
             social                               $ 10 MM y Mega pensiones                                trabajo ni ganancia ocasional

                                                           Sujeto Pasivo
 Servidor público (Ejecutivo, legislativo,
                                                Los pensionados con          Salario, honorarios y pensión        No Sujetos aquellos que están
    Judicial, Departamento, alcaldía,
                                                  megapensiones               igual o superior a $ 10 MM.            expuestos al COVID-10
              registraduría…)

                                                      Hecho generador.
                                                 El salario incluye está la asignación básica de      Se excluye las prestaciones sociales ni los
El abono en cuenta de salarios, honorarios
                                                  salario, gastos de representación, primas o        beneficios salariales que reciben mensual a
mensuales y pensiones superior a $ 10 MM
                                                                   bonificación                                      anualmente.

                                                                                                                                             25
D 568 del 15 de Abril de
                 2020- Impuesto solidario
                                    Causación

              Por abono y pago de salarios, honorarios y pensión

                                      Tarifa

             Tarifa escalonada                          Inicia desde 15% al 20%

                                 Procedimiento
Se paga en retención en la fuente         Procedimiento del impuesto de renta

                                                                                  26
DEVOLUCIÓN Y/O
COMPENSACIÓN
Generalidades
1. Definición                    3. Termino para solicitud de
                                 devolución
Es un derecho del                Es      un    derecho       del
contribuyente, que se            contribuyente, que se produce
produce por excesos en           por excesos en la declaraciones
la           declaraciones       tributarias,
tributarias,

2. Forma de recuperación          4. Tipos de derecho

           Devolución                      Saldo a favor

         Compensación
                                              Pagos en
                                               exceso

           Imputación
                                           Pago de lo no
                                              debido
                                                                   28
Requisitos para solicitar la devolución

          Certificado de existencia y representación
                      (no mayor 1 mes)

          Certificado de cuenta bancaria (No mayor
                           a 1 mes)

           Poder si lo adelanta alguien diferente al
                        representante.

          Garantías, cuando se presenta con póliza

                       RUT Actualizado

           Certificado histórico de representante
            legal y revisor fiscal (Algunos casos)

                                                       29
Quienes pueden solicitar
                        devolución y compensación
          Renta                                  IVA                          Diplomáticos

  • PJ                                • Art 481 ETN                           • IVA
  • PN                                • Art 477 ETN
                                      • Parágrafo
                                        815 ETN

Los contribuyentes diferentes a los contemplados en los terminos
anteriores, podrán imputar el saldo a favor en la declaración siguiente del
mismo impuesto.

                                                                                         30
Procedimiento general
• 2 Años desde el
                                Solicitud             •Devolver
                                                      •Requerimiento especial
  vencimiento para     • 50 días                      •Respuesta (3 meses)
  declarar (General)                                  •Liquidación oficial de revisión (6 meses)
                       • 20 días con garantía         •Recurso de reconsideración (2 meses)
                                                      •Recurso de reconsideración (1 Año)
                       • 90 días si la autoridad      •Demanda de nulidad (4 meses)

                         fiscal suspende.
     Término                                                              DIAN

                                  OEA 30 días

                             30 días bienes exentos
                                   del art 477

                            30 días responsables de
                             bienes y servicios 5%
                                                                                               31
Solicitud de IVA, términos especiales

                        Devolución una Vez al
Devolución Bimestral                              Devolución dos veces
                         Año para los bienes y
   para los Bienes                                   al Año para los
                         servicios gravados al
Exentos (Art. 481 del                             Productores de Bienes
                        5% (Arts. 468 – 1 y 468
         E.T.)                                    Exentos (Art. 477 E.T.)
                                – 3 E.T.)

                                                                            32
Procedimiento general impuesto de renta.
                           Formato 1220 “Relación         Formato 1391
Formato 010 “Solicitud
                            de Retenciones en la     “Información de Poder o
   de Devolución”
                                  Fuente”                   Mandato”

Certificado Histórico de                                   Formato 1668
                               Formato 1385
Representante Legal y/o                              “Información constancia
                             “Información de la
 Revisor Fiscal (Cuando                                 titularidad cuenta
                                  Garantía”
        Aplique)                                             bancaria”

                             Relación de Costos y
                           Gastos declarados en la
                                solicitud y que
                            componen el arrastre.
                           (No tiene prevalidador)

                                                                               33
Procedimiento general de IVA
                              Formato 010 “Solicitud de
                                    Devolución”

                                                                                                 NOTA: En el caso del
                                                                                            Impuesto de IVA; los formatos
                                                                                              para soportar los requisitos
                                                                                            especiales cuando se trata de
                                                                 Certificado Histórico de    solicitudes de devolución y/o
  Formato 1385
“Información de la
                                                                 Representante Legal y/o    compensación de productores
                                                                  Revisor Fiscal (Cuando           de bienes exentos,
     Garantía”
                                                                         Aplique)
                                                                                             exportaciones, retención por
                                                                                                  IVA y proveedores a
                                                                                                      sociedades de
                                                                                                    Comercialización
                                                                                               Internacional se pueden
                                                                                                  consultar en el portal
                                                                                                institucional de la DIAN

                                                          Formato 1668
               Formato 1391
                                                    “Información constancia
          “Información de Poder o
                                                       titularidad cuenta
                 Mandato”
                                                            bancaria”

                                                                                                                  34
35
36
Decreto 1422 de 2019 (No está
                operativo)
                         Devolución automática

Devolución dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de radicación

                                Requisitos
                                           Más del 85% de costos, gastos e IVA
No representen riesgo para la DIAN        descontable provengan de facturación
                                            electrónica con validación previa

                A la fecha no está operando esté sistema.

                                                                                 37
Solicitud de devolución D 535
          de 2020- COVID-19
Res. DIAN 030               D 535 10 de
29 marzo 2020                Abril 2020

     Reanudación de             Procedimiento
  términos para algunos         abreviado para
   servicios, entre estos        solicitud de
        devolución                devolución

                                                 38
D 535 10 de Abril de 2020
                       Procedimiento abreviado
1.   Saldos a Favor

      Impuesto Sobre la                       Impuesto sobre las
           Renta                                   Ventas
                                                                   Hasta tanto permanezca
       ü Término                                                   vigente la emergencia. 30 de
                                                                   Mayo.

                                      15   Dentro de los 15 días siguientes a la
     ü No sean calificados de
       riesgo Alto. Por la DIAN
                                             A la fecha de presentación de la
                                             solicitud de devolución y/o
                                             compensación.

                                           Oportunamente y en
                                           debida forma
Clasificación de los sujetos
            Art. E.T

    22           No es aplicable lo establecido en parágrafo 5 del Art. 855 del E.T.
                 Para las devoluciones automáticas.

                  DIAN                                  Calificación
                                                        Riesgo alto
       Solicitud de
      devolución y/o
      compensación                               Facultades               Dirección Seccional

                                                     Suspender el
Parametrización del Sistema                          proceso y los
     de Devoluciones                                 términos de
                                                    devolución y/o                     Devolver
                                                    compensación
Suspensión de la Devolución

       Hasta tanto          permanezca         vigente       la
1.1
       emergencia.

         Se suspende                                Demás casos

 ü En aquellos casos en los que                  Devolver.
                                         1.2
   con los elementos objetivos,
   historial del contribuyente e
   información disponible, sea                    ü Informar a Fiscalización Tributaria.
   viable identificar un riesgo de                ü Control Posterior.
   fraude     fiscal   y/o   riesgo               ü Termine la Vigencia de la
   específico frente a la solicitud                 Emergencia.
   particular. Lo anterior sin
   necesidad      de    enmarcarse                           No incluye
   dentro alguno de los hechos                      ü   IVA universidades
   definidos en el artículo 857-1                   ü   IVA VIS y VIP
   del Estatuto Tributario.                         ü   Pago en exceso
                                                    ü   Pago de lo no debido.
Clasificación de los sujetos

    Art. E.T

         23        Solicitudes de devolución
                                                         Procedimiento
                 10 de abril                               abreviado
                en adelante
                                          1.          Se regresan para procedimiento
                                                      abreviado en Devoluciones .
ü   DI Control inicial a Devoluciones.
ü   Etapa Fiscalización Tributaria

                                                      Suspendida las actuaciones       hasta
                                          2.          vigencia de la emergencia.

ü Suspensión de terminos (90 días)
ü Etapa Fiscalización Tributaria
                                                        ü Decreto 491 28 de marzo.
                                                        ü Resolución 30 29 de marzo
                                               2020     ü Resolución 31 3 de abril
Relación de Costos, Gastos y Deducciones
Art.
        No es necesario anexar relación de costos, gastos y
 2      deducciones
        Presentación
                                        ü requisito que se estableció
                                 2.1      en    el    art.   3    del
 Dentro de los treinta días               decreto1422 del 6 de
 calendario (30) siguientes al            agosto de 2019,
 levantamiento de la
 Emergencia Sanitaria o su
 prórroga.                                  Modifica.
                                  2.2
                                        El artículo 3 modificó el
                                        artículo   1.6.1.21.14.      del
                                        capítulo 21 título l parte 6 del
 ü Sin        que        medie          libro 1 del Decreto 1625 de
   Requerimiento           de           2016, Único Reglamentario
   información.                         en Materia Tributaria
 ü El no hacerlo Aplicación
   artículo 651 del E.T.
Procedimiento sin firma electrónica.
          Conforme parágrafo 2 Resolución 030 de 2020.

Agendamiento        Bogotá, Medellín     Cali, Bucaramanga            GC
cita (Solo para)

                                           Soportes en          Asunto: Solicitud
                    Se envía al buzón
                                           formato PDF        devolución – Razón
  Radicación       determinado por la
                                         máximo 20 MB por      social – NIT- Envió
                          DIAN
                                              envió                No- Fecha

                   El funcionario debe   1) Confirmación de
  Respuesta             responder             recibido
                       informando:       2) No de radicado

                                                                                     44
Régimen sancionatorio por devolución
 improcedente.
   10% del valor devuelto y/o compensado en
  exceso, corregido de forma voluntaria, más los
                intereses de mora.

20% del valor devuelto y/o compensado en exceso
  cuando la DIAN modifica o rechaza el saldo a
         favor, más los intereses de mora

 100% cuando la DIAN detecte fraudes o falsedad,
aplica responsabilidad solidaría RL, RF y contador.
Podrá compulsar copias a la fiscalía cuando supere
               más de 250 SLMV

                                                      45
Recomendación.

Seguridad en la solicitud del saldo a favor.

   Enviar el formato de costos y gastos del impuesto
   de renta dentro de la solicitud.

Compensación con impuestos vencidos del año
2020, si corresponde a saldo a favor en renta del año
2019.

                                                        46
Contacto

Roger Román     Socio-Tributario y   3176901553   conta13@didiersanchez.com

Sánchez         legal
Olga            Gerente – Tributario 3167519823   otapias@russellbedford.com.
                                                  co

Tapias García   y Legal
Sandra          Acting Manager –     3208957312   sgutierrez@russellbedfor
                                                  d.com.co
Gutiérrez       Tributario y legal

                                                                    47
“Si miras bien, la mayoria de éxitos
            tomaron mucho tiempo”
                         - Steve Jobs
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