Fichas de impuestos | 2019 - Un resumen de los impuestos más relevantes en los países de la región Centro y Sud América - AGN International
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Fichas de impuestos | 2019 Un resumen de los impuestos más relevantes en los países de la región Centro y Sud América
2 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Fichas de Impuestos | 2019 Index Argentina 03 Brasil 10 Ecuador 13 El Salvador 20 Guatemala 25 Mexico 31 Peru 35 Venezuela 43
3 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA ARGENTINA Fichas de Impuestos 2019 (En Bolívar Soberano) Clave Única de Identificación Tributaria. La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) es una clave que se utiliza en el sistema tributario de la República Argentina 1. Clave para poder identificar inequívocamente a las personas físicas o jurídicas autónomas, Única de susceptibles de tributar. Identificación Tributaria Administración Tributaria La autoridad tributaria en la República Argentina es La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Ámbito espacial - Principios jurisdiccionales a) Residencia. Los residentes tributan sobre su renta mundial. A fin de evitar la doble imposición internacional, se les otorga un crédito por los impuestos análogos efectivamente pagados en el exterior sobre las rentas de fuente extranjera, hasta el monto del incremento de la obligación tributaria originado por la inclusión de las mismas. b) Territorialidad de la fuente. Los beneficiarios del exterior tributan exclusivamente sobre sus rentas de fuente argentina, en general, mediante el procedimiento de retención con carácter de pago único y definitivo. Contribuyentes En función de los conceptos de renta y de los principios jurisdiccionales, cabe distinguir tres tipos de contribuyentes: a) Personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. b) Sociedades de capital constituidas en el país y establecimientos permanentes ubicados en el país. 2. Impuesto de c) Beneficiarios del exterior: personas humanas, sucesiones indivisas o sociedades en la renta general y empresas unipersonales no incluidas en los apartados precedentes. Año Fiscal a) Norma general. El año fiscal coincide con el año calendario. b) Casos especiales. En el caso de las sociedades -contribuyentes directas o no del tributo- que llevan registros contables: el año fiscal coincide con el ejercicio comercial. Los socios de las sociedades que no tributan directamente y los dueños de empresas y explotaciones unipersonales -en relación con los resultados obtenidos por las mismas- deben imputar los resultados del ejercicio comercial anual al año calendario en el que dicho ejercicio finalice. Exenciones a) de carácter subjetivo: instituciones religiosas, entidades de beneficio público, Remuneraciones obtenidas por diplomáticos de países extranjeros, derechos de autor hasta determinado monto, etc. b) de carácter objetivo: los intereses de caja de ahorro por depósitos efectuados en instituciones sujetas al régimen legal de las entidades financieras por personas humanas residentes y por beneficiarios del exterior, en la medida que no se considere que existen transferencias de ingresos a Fiscos Extranjeros.
4 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA a) Ganancia neta Se determina en función de la ganancia bruta real, de la que se detraen los gastos necesarios para obtener, mantener y conservar la fuente en condiciones de productividad. Además, se permite deducir algunos conceptos, tales como: aportes obligatorios a los sistemas de jubilaciones y a obras sociales y, con determinados límites: primas de seguro de vida, gastos de sepelio, cuotas o abonos a instituciones de cobertura médica, los gastos de asistencia sanitaria, médica y paramédica, los intereses de créditos hipotecarios por compra o construcción de inmuebles nuevos o usados destinados a casa habitación hasta $ 20.000 anuales, el 40% de los alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, los gastos de movilidad y viáticos hasta un 40% de la ganancia no imponible y los aportes a planes de seguro de retiro privados. b) Deducciones Personales De la ganancia neta se detraen deducciones en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, a efectos de obtener la ganancia neta sujeta a impuesto, de acuerdo a lo siguiente: • Montos aplicables al personal en relación de dependencia, jubilados y trabajadores autónomos y otras rentas. Montos Anuales en $ Año Concepto 2019 Ganancias No Imponible 85.848,99 Cónyuge 80.033,97 3. Impuesto a la renta Hijos Menores de 18 Años 40.361,43 personas Deducción Especial Autónomos 171.697,97 humanas y sucesiones Deducción Especial Trabajadores en Relación Dependencia y indivisas Jubilados residentes 412.075,14 30% Deducción Especial por Personal Doméstico 85.848,99 • Montos aplicables al personal en relación de dependencia y jubilados que vivan en la zona patagónica y partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Las deducciones personales se incrementan en un 22% de las del cuadro que antecede. c) Alícuotas El impuesto se determina aplicando a la ganancia neta sujeta a impuesto – ganancia neta menos deducciones personales-, una tasa progresiva según una escala de 9 tramos de ganancia, siendo sus tasas mínima y máxima del 5% y el 35%, respectivamente. Montos Montos Anuales en $ Montos Anuales en $ De más de $ Concepto Anuales en $ Año 2019 Año 2019 Año 2019 0 33.039,81 0 5% 0 33.039,81 66.079,61 1.651,99 9% 33.039,81 66.079,61 99.119,42 4.625,57 12% 66.079,61 99.119,42 132.159,23 8.590,35 15 % 99.119,42 132.159,23 198.238,84 13.546,32 19 % 132.159,23
5 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Montos Montos Anuales en $ Montos Anuales en $ De más de $ Concepto Anuales en $ Año 2019 Año 2019 Año 2019 198.238,84 264.318,45 26.101,45 23 % 198.238,84 264.318,45 396.477,68 41.299,76 27 % 264.318,45 198.238,84 264.318,45 26.101,45 23 % 198.238,84 264.318,45 396.477,68 41.299,76 27 % 264.318,45 396.477,68 528.636,91 76.985,75 31 % 396.477,68 528.636,91 En adelante 117.952,11 35 % 528.636,91 15%: cuando la determinación de la ganancia neta de las personas humanas, incluya resultados de fuente extranjera, provenientes de operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores, así como por la enajenación de inmuebles o transferencias de derechos 3. Impuesto sobre inmuebles. a la renta personas d) Impuesto cedular humanas y sucesiones El impuesto cedular rige para los años fiscales que se inicien a partir del 1° de enero indivisas de 2018 y se aplica a los intereses, rendimientos y resultados obtenidos por personas residentes (cont.) humanas y sucesiones indivisas según se detalla a continuación: • Intereses o rendimientos y descuentos o primas de emisión:: Depósitos bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores. • Dividendos y utilidades asimilables. • Operaciones de enajenación de títulos valores, monedas digitales y demás valores: Acciones, valores representativos y certificados de depósitos de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales - incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derechos sobre fideicomisos y contratos similares-, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores. Las Tasas aplicables son del 5 % o 15 % depende del tipo de renta Deducción Especial Para las residentes del país la deducción especial para el Año 2019 asciende a la suma de $ 85.848,99. e) Régimen de liquidación y pago El impuesto se liquida por año fiscal, mediante el sistema de autodeterminación. a) Empresas alcanzadas: 4. Impuesto a la personas i) las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y en comandita simple y por juridicas acciones, fideicomisos y fondos comunes de inversión constituidos en el país. (Sociedades y ii) establecimientos permanentes ubicados en el país perteneciente a asociaciones, Empresas) sociedades y empresas constituidas en el exterior o a personas físicas o sucesiones indivisas residentes en el exterior.
6 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA b) Base imponible Se determina en función de la ganancia bruta real c) Alícuota general El impuesto se determina aplicando a la ganancia neta sujeta a impuesto, la alícuota de acuerdo a lo siguiente: • Para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01/01/2018 y hasta el 31/12/2019: 30%. Los establecimientos permanentes deberán ingresar la tasa adicional del 7% al momento de remesar las utilidades a su casa matriz. • Para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01/01/2020: 25%. Los establecimientos permanentes deberán ingresar la tasa adicional del 13% al momento de remesar las utilidades a su casa matriz. 4. Impuesto d) Alícuota específica a la renta Las rentas derivadas de la explotación de juegos de azar en casinos (ruleta, punto personas y banca, blackjack, póker, y/o cualquier otro juego autorizado) y de la realización juridicas de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar y/o de apuestas (Sociedades automatizadas (de resolución inmediata o no) y/o través de plataformas digitales y Empresas) tributarán al 41,50%. La alícuota mencionada será aplicable tanto para las personas (cont.) humanas como para las jurídicas. e) Régimen de liquidación y pago El impuesto se liquida por ejercicio comercial, mediante el sistema de autodeterminación. La presentación e ingreso del saldo de impuesto se produce al quinto mes siguiente al del cierre del ejercicio al que se refiere la declaración. A cuenta de la obligación tributaria anual, se abonan 10 anticipos mensuales, el primero del 25% y 9 de 8,33%, determinados en función del impuesto determinado en el ejercicio fiscal anterior menos retenciones y percepciones sufridas. Se ingresan a partir del sexto mes posterior al del cierre del ejercicio comercial por el cual corresponde liquidar el gravamen. Existen regímenes de retención sobre determinadas rentas, tales como: venta de bienes de cambio y de uso, alquileres, intereses, honorarios, locaciones de obra y de servicios de transporte de carga nacional e internacional, cesión de derechos de marcas, patentes, distribución de películas cinematográficas y sobre dividendos distribuidos. a) Régimen de pago Las ganancias de fuente argentina obtenidas por beneficiarios del exterior tributan mediante retención en la fuente con carácter de pago único y definitivo. 5. b) Base imponible Impuesto i) Sociedades no consideradas contribuyentes, con respecto a los socios del exterior: a la renta la base imponible es la renta neta determinada según las normas generales del beneficiarios tributo. Cabe mencionar que el gravamen debe retenerse se gire o no la respectiva del exterior utilidad. ii) Resto de ganancias de fuente argentina atribuible a beneficiarios del exterior: la base imponible está dada por una ganancia neta presunta, equivalente a un porcentaje de las sumas pagadas, que la ley establece para cada tipo de renta.
7 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA c) Presunciones Fijas para Ciertos Conceptos de Ganancias El artículo 93 de la Ley de Impuesto a las Ganancias dispone la presunción de cierta renta de acuerdo con el concepto abonado GANANCIA TASA TASA CONCEPTO NETA EFECTIVA INCREMENTAL - Contratos de transferencia de tecnología regidos por dicha ley - Servicios de asistencia técnica, ingeniería o 60% 21,00% 26,582% consultoría - Cesión de derechos o licencias (explotación de 80% 28,00% 38,889% patentes de invención) - Servicios de asistencia técnica y cesión de 80% 28,00% 38,889% derechos sin indicar montos - Derechos de autor y artistas residentes en el 35% 12,25% 13,960% extranjero - Intereses de créditos de cualquier origen obtenidos en el extranjero - Préstamos tomados por entidades financieras 43% 15,05% 17,716% 5. - Importaciones de bienes muebles amortizables Impuesto -excepto automóviles- financiados por el 43% 15,05% 17,716% a la renta proveedor beneficiarios - Préstamos otorgados por entidades bancarias o del exterior financieras radicadas en países no considerados (cont.) paraísos fiscales, o en países con los que la República haya suscripto convenios de intercambio de información y que no puedan 43% 15,05% 17,716% alegar secreto bancario o de otro tipo. Las entidades financieras otorgantes deben estar bajo supervisión del respectivo banco central u organismo equivalente - Bonos de deuda registrados en países con convenios de reciprocidad para protección de 43% 15,05% 17,716% inversiones - Préstamos no comprendidos en los puntos 100% 35% 53,846% precedentes - Depósitos efectuados en entidades financieras 43% 15,05% 17,716% - Sueldos y honorarios derivados de actividades 70% 24,50% 32,450% personales - Locación de cosas muebles 40% 14,00% 16,279% - Alquileres y arrendamientos de inmuebles 60% 21,00% 26,582% - Transferencia a título oneroso 50% 17,50% 21,212% - Acciones, bonos y demás títulos valores (desde 90% x 13,50% 15,61% el 23/9/2013 S/L. 26893) alícuota 15% - Demás ganancias 90% 31,50% 45,985% La Reforma Tributaria fijó límites para su deducibilidad para los ejercicios iniciados 6. Intereses a partir del 1/1/2018, introduciendo modificaciones sustanciales al régimen de deduccion capitalización exigua. impuesto a la Al ser varios los temas a tener en cuenta se sugiere consultar al profesional del país. ganancias
8 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA 1. Hecho imponible Posesión de bienes personales al 31 de diciembre de cada año. 2. Ámbito Espacial - Principios jurisdiccionales a) Domicilio o radicación: Las personas físicas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo tributan sobre los bienes situados en el país y en el exterior. b) Territorialidad: Las personas físicas domiciliadas en el extranjero y las sucesiones indivisas radicadas en el exterior tributan sobre los bienes situados en el país. 3. Sujetos a) Personas físicas domiciliadas en el país y sucesiones indivisas radicadas en el mismo. b) Personas físicas domiciliadas en el extranjero y sucesiones indivisas radicadas en el exterior. 4. Exenciones Las principales exenciones se refieren a los bienes pertenecientes a miembros de misiones diplomáticas y consulares extranjeras, a cuotas sociales de cooperativas, a bienes inmateriales, depósitos en moneda argentina y extranjera a plazo fijo, en caja de ahorro y cuentas especiales de ahorro efectuadas en entidades financieras, los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS), títulos y bonos emitidos por la Nación, provincias y municipalidades. 5. Período Fiscal Año calendario. 7. Impuesto a la ganancia 6. Base imponible minima Valor total de los bienes poseídos al 31 de diciembre de cada año, valuados de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias, que buscan considerar -en muchos casos mediante la corrección monetaria de los costos- su valor de mercado a dicha fecha. I. TITULARES DEL PAÍS. ALÍCUOTAS MÍNIMO NO IMPONIBLE APLICABLE DESDE EL PERÍODO FISCAL 2019 Y SS. Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible Sobre el Mínimo Norma Pagarán $ Más el % excedente exento legal de $ Más de $ A$ 3.000.000, 0 0 0,25% 0 L. 27480 inclusive Hasta $ 18.000.000, 2.000.000 3.000.000 7.500 0,50% 3.000.000 inclusive 18.000.000 en adelante 82.500 0,75% 18.000.000 • Sujetos radicados en el exterior por los bienes situados en el país PERÍODO FISCAL ALÍCUOTA 2018 y ss. 0,25% 2017 0,50%
9 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA La Venta de bienes y prestaciones de servicios en la República Argentina se encuentra afectada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Exportaciones Se eximen las exportaciones, permitiéndose el recupero del impuesto abonado en la adquisición de bienes y servicios destinados a las mismas. 1. Alícuotas 9. Impuesto al a) Alícuota general 21%. valor agregado b) Alícuota diferencial superior: 27% para ventas de gas, energía eléctrica (excepto alumbrado público) prestación de servicios de provisión de agua corriente, cloacales y de desagües y prestaciones efectuadas por quienes presten servicios de telecomunicaciones c) Alícuota diferencial reducida: 10,5%, aplicable a ciertos intereses; bienes de capital provenientes del Mercosur y comestibles 2. Régimen de liquidación y pago El impuesto se liquida mediante declaración jurada mensual. El impuesto grava a las actividades autónomas, actos u operaciones y consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio, independientemente de su ganancia, dice la AFIP. Cada provincia tiene sus propias alícuotas y parámetros 10. Impuesto individuales (actividad, niveles de facturación) para decidir cuándo una empresa sobre los debe ingresos crutos Las tasas de IIBB varían de provincia en provincia: en cada jurisdicción rige un (impuesto Código Fiscal y leyes impositivas que establecen las pautas para cada año. También provincial) cada jurisdicción tiene sus reglas en cuanto a qué actividades están exentas. Lo más común es que sean algunas actividades industriales las que queden fuera del impuesto. También suele suceder que las tasas son menores en las actividades primarias y se van incrementando para la industria, el comercio y la intermediación. Actualizado al 05 de abril de 2019 Firm: EDUARDO SCHMILOVICH - Contadores Públicos Contact: Antonio Mingolla | estudioescp.com.ar | (+54 11) 4953 4960
10 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA BRASIL Fichas de Impuestos 2019 (In Real) La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia utilizado para determinar las bases imponibles, deducciones, límites, sanciones y otras obligaciones tributarias, para la persona física o la persona jurídica. Registro Único de Contribuyentes Toda persona natural o jurídica, debe inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes, CPF ou CNPJ. Administración Tributaria 1. Unidad La autoridad tributaria en el Brasil encargada de la recaudación de los tributos del Impositiva Gobierno Central se llama Secretaria da Receita Federal do Brasil - SRFB. Tributaria Régimen de Control de Cambios En el Brasil no existe un régimen de control de cambios en moneda extranjera. El tipo de cambio para las operaciones de compra y venta de moneda extranjera es determinado por la oferta y demanda de dicha moneda. Registro de la Inversión Extranjera Toda inversión extranjera que se efectúe en Brasil queda autorizada automáticamente. 2. Renta de Están sujetas al Impuesto a la Renta la totalidad (mundial) de las rentas gravadas para Fuente en el corporaciones e individuos radicados en Brasil. Brasil Las empresas (llamadas personas jurídicas para fines fiscales) domiciliadas en el país se encuentran afectas al Impuesto a la Renta por sus rentas de fuente mundial. La tasa de Impuesto a la Renta Corporativo es de até 34%. Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta 3. Impuesto a la Renta Las empresas deben efectuar pagos mensuales ou trimensuales a título del Impuesto Corporativo a la Renta e Contribuición Social. Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN): No aplicable 4. Impuesto a la Renta Corporativo de Sucursales La renta neta obtenida por sucursales de empresas extranjeras está sujeta al de Personas impuesto de la misma manera que las empresas nacionales Jurídicas Extranjeras
11 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA 5. Impuesto a La renta neta obtenida por sucursales de empresas extranjeras está sujeta al la Renta para impuesto de la misma manera que las empresas nacionales. empresas no domiciliadas 6. Impuesto a la renta para empresas no La renta neta obtenida por sucursales de empresas extranjeras está sujeta al domiciliadas por sus impuesto de la misma manera que las empresas nacionales. actividades internacionales 7. Sub-- No aplicable. capitalización Definición de domiciliado 8. Impuesto a Para fines del Impuesto a la Renta e de acuerdo con la ley brasileña de nº 4.191 / la Renta de 1962, el domicilio fiscal del contribuyente persona física es en la dirección donde Personas reside. Si la residencia es desconocida, el domicilio fiscal pasa a ser la sede principal Naturales de su actividad económica. En el caso de la persona jurídica privada, el domicilio fiscal es la sede de su establecimiento. 9. Tasas de Las tasas de Impuesto de la Renta de Personas Naturales varían de acuerdo con la Impuesto a renta obtenida pudiendo llegar al 27,5% de tributación antes de las deducciones. la Renta de Personas Naturales Los dividendos no se encuentran afectas al Impuesto a la Renta. 10. La venta de bienes y la prestación de servicios en el Brasil se encuentran afectas al Impuesto ICMS e IPI. En el Brasil no es conocido IVA. La tasa es sobre el valor de venta o el valor General a las del servicio prestado. Ventas 11. La carga tributaria en Brasil está en aproximadamente el 35% del PIB. Esto significa Impuesto que, cada R $ 10 producidos por el país, R $ 3,50 van a las arcas de la Unión y de los Selectivo al gobiernos de los Estados y Municipios en forma de tributos sobre el consumo. Consumo El Impuesto sobre las Operaciones de Crédito, câmbio y seguro, ou relativas as títulos ou valores mobiliários (IOF) se aplica sobre la mayoría de las transacciones hechas en el sistema bancario del Brasil, de acuerdo com el tipo de la operación. La tasa del 12. impuesto es de até 0.38%. Impuesto a las Transacciones Régimen de Bancarización Financieras Tiene como función esencial la promoción del desarrollo del país de forma equilibrada, por medio de la fiscalización y ejecución de las actividades y operaciones relacionadas al crédito y circulación de moneda.
12 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA 13. Plazos de La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria; así Prescripción como, la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe in 5 años. 14. Presentación Los contribuyentes determinan el importe de sus tributos y lo consignan en medios de magnéticos (llamado DIRPF - Declaración del impuesto de renta persona física. Declaraciones La presentación de los formularios se efectúa anualmente. y Pago de Impuestos 15. Tratados para Brasil ha suscrito con diversos países los tratados para evitar la doble tributación, tais Evitar la Doble como: Argentina, Chile, Equador, Perú e Venezuela. Tributación Actualizado al 05 de abril de 2019 Firm: Juenemann & Associados – Auditores e Consultores atualmente Capital Auditoria Contábil e Fiscal S/S Contact: Vinicius Scherer | vinicius@juenemann.com.br | (51) 3311-8555
13 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA ECUADOR Fichas de Impuestos 2019 (En United States Dollar) El impuesto sobre la renta se basa sobre toda renta obtenida en el territorio nacional y fuera de el, tomando en consideración los casos que existan convenios tributarios para evitar doble tributación. Registro Único de Contribuyentes Toda persona natural o jurídica, para poder ejercer alguna actividad económica, debe registrarse como contribuyente ante la autoridad tributaria (Servicio de Rentas Internas) y obtener el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). 1. Unidad Impositiva Administración Tributaria Tributaria La autoridad tributaria en Ecuador encargada de la recaudación y administración de los tributos se llama Servicio de Rentas Interna (SRI). Régimen de Control de Cambios En Ecuador no existe un régimen de control de cambios en moneda extranjera. El tipo de cambio para las operaciones de compra y venta de moneda extranjera es determinado por la oferta y demanda de dicha moneda. Debido a que la moneda oficial es el U.S. dólar, los cambios son limitados y se relacionan con esta moneda. Están sujetas al Impuesto sobre la Renta la totalidad de las rentas gravadas en el territorio nacional y en el extranjero, que obtengan los contribuyentes nacionales o extranjeros, que estén legalmente domiciliados en el país. En caso de contribuyentes no domiciliados en el país, de las sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior, el impuesto recae solo sobre las rentas gravadas de fuente ecuatoriana. Sujetos pasivos 2. Renta de Fuente Son sujetos pasivos del impuesto a la renta en calidad de contribuyentes: las Ecuatoriana personas naturales, las sucesiones indivisas, las sociedades definidas como tales por la Ley y sucursales o establecimientos permanentes de sociedades extranjeras, que obtengan ingresos gravados. Son sujetos pasivos del impuesto a la renta en calidad de agentes de retención: las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad, las sociedades definidas como tales por la Ley, las instituciones del Estado y las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y las sucursales o establecimientos permanentes de sociedades extranjeras, que realicen pagos o acrediten en cuenta valores que constituyan ingresos gravados para quienes lo reciban.
14 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA De los consorcios Los consorcios o asociaciones de empresas son considerados sociedades, y por tanto, sujetos pasivos del impuesto a la renta, por lo que deben declarar y pagar dicho impuesto. En todos los casos, los miembros del consorcio serán solidariamente responsables por los tributos. Los beneficios que distribuya el consorcio, luego del pago del respectivo impuesto, se constituirán en ingresos exentos para los miembros del consorcio, siempre y cuando éstas sean sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición. Paraísos fiscales A efectos de incluir o excluir jurisdicciones o regímenes del listado de paraísos fiscales, el Servicio de Rentas Internas verificará lo dispuesto en la Ley, respecto al cumplimiento o no por parte de la jurisdicción o régimen examinado. Para el efecto, la condición de la menor tasa efectiva también se considerará cumplida cuando en la jurisdicción o régimen no existan impuestos de naturaleza idéntica o análoga al impuesto a la renta. Adicionalmente, dicha tasa efectiva, cuando sea inferior a un sesenta por ciento (60%) a la que corresponda en el Ecuador, se considerará por sí sola un beneficio tributario propio de la jurisdicción o régimen. Grupos económicos 2. Renta de Fuente Para fines tributarios, se entenderá como grupo económico al conjunto de partes, Ecuatoriana conformado por personas naturales y sociedades, tanto nacionales como (cont.) extranjeras, donde una o varias de ellas posean directa o indirectamente 40% o más de la participación accionaria en otras sociedades. Dividendos Para efectos tributarios, se considerarán dividendos y tendrán el mismo tratamiento tributario todo tipo de participaciones en utilidades, excedentes, beneficios o similares que se obtienen en razón de los derechos representativos de capital que el beneficiario mantiene, de manera directa o indirecta. Rendimientos financieros Para efectos tributarios, la expresión rendimientos financieros equivale a intereses, y comprende las rentas de créditos de cualquier naturaleza, con o sin cláusula de participación en los beneficios del deudor, tales como: las rentas de bonos y obligaciones, los rendimientos provenientes de operaciones de depósito y de inversión en renta fija, incluidas las ganancias de capital originados por descuentos o primas en este tipo de operaciones. Otros ingresos gravados Toda persona domiciliada o residente en Ecuador, será sujeto pasivo del impuesto a la renta sobre sus ingresos de cualquier origen, sea que la fuente de éstos se halle situada dentro del país o fuera de él. Las personas no residentes estarán sujetas a impuesto a la renta sobre los ingresos obtenidos cuya fuente se localice dentro del país.
15 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Se considerarán ingresos de fuente ecuatoriana, los que provengan de bienes situados en el territorio nacional o de actividades desarrolladas en éste, cualquiera sea el domicilio, residencia o nacionalidad del contribuyente. También son ingresos de fuente ecuatoriana, entre otros, las regalías, los derechos por el uso de marcas y otras prestaciones análogas derivadas de la explotación en territorio nacional de la propiedad industrial o intelectual. Doble Tributación Los ingresos de fuente ecuatoriana que sean percibidos por empresas extranjeras con o sin domicilio en el Ecuador, estarán exentos del pago de impuestos en estricta relación a lo que se haya establecido por convenios internacionales de reciprocidad tributaria, exoneraciones tributarias equivalentes para empresas nacionales y para evitar la doble tributación internacional. Dividendos y utilidades distribuidos En el caso de dividendos y utilidades calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, o de personas naturales no residentes en el Ecuador, no habrá retención ni pago adicional de impuesto a la renta. Esta disposición no aplicará cuando el beneficiario efectivo del ingreso sea una persona natural residente fiscal del Ecuador. 2. Renta de Fuente Sin perjuicio de lo anterior, la Administración Tributaria podrá determinar las Ecuatoriana obligaciones del beneficiario efectivo y del agente de retención cuando, por (cont.) el hecho de ser partes relacionadas o cualquier otra circunstancia dicho agente de retención haya conocido que el beneficiario efectivo sea una persona natural residente en el Ecuador. Los dividendos o utilidades repartidos directamente o mediante intermediarios a favor de personas naturales residentes en el Ecuador constituyen ingresos gravados para quien los percibe, debiendo por tanto efectuarse la correspondiente retención en la fuente por parte de quien los distribuye. Cuando los dividendos o utilidades sean repartidos, directamente o mediante intermediarios, a favor de sociedades residentes o establecidas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, deberá efectuarse la correspondiente retención en la fuente de impuesto a la renta sobre el ingreso gravado. Enajenación ocasional de inmuebles No estarán sujetas al impuesto a la renta, las ganancias generadas en la enajenación ocasional de inmuebles. Los costos, gastos e impuestos incurridos por este concepto, no serán deducibles por estar relacionados con la generación de rentas exentas. Se entenderá también enajenación ocasional de inmuebles cuando no se la pueda relacionar directamente con las actividades económicas del contribuyente, o cuando la enajenación de inmuebles no supere dos transferencias en el año; se exceptúan de este criterio los fideicomisos de garantía, siempre y cuando los bienes en garantía y posteriormente sujetos de enajenación, efectivamente hayan estado relacionados con la existencia de créditos financieros.
16 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA 2. Renta Se entenderá que no son ocasionales, sino habituales, las enajenaciones de de Fuente bienes inmuebles efectuadas por sociedades y personas naturales que Ecuatoriana realicen dentro de su giro empresarial actividades de lotización, urbanización, (cont.) construcción y compraventa de inmuebles. Tarifa para sociedades y establecimientos permanentes La tarifa de impuesto a la renta se determinará por la composición societaria correspondiente a paraísos fiscales o regímenes de menor imposición que la sociedad tenga durante el periodo fiscal. Para establecer dicha composición se la deberá considerar al 31 de diciembre de cada año. Cuando la composición societaria correspondiente a paraísos fiscales o regímenes de menor imposición sea inferior al 50%, la tarifa se aplicará de la siguiente forma: a) Al porcentaje de la composición societaria correspondiente a paraísos fiscales o regímenes de menor imposición se le multiplicará por la base imponible, a este resultado se aplicará la tarifa del 25% de impuesto a la renta; y, b) Al porcentaje de la composición restante se le multiplicará por la base imponible, a este resultado se aplicará la tarifa del 22% de impuesto a la renta. Como consecuencia, el impuesto a la renta de la sociedad será la sumatoria del resultado de los literales anteriores. 3. Impuesto a la Renta de Sociedades Las sociedades calcularán el impuesto a la renta causado sobre el valor de las utilidades que reinviertan en el país aplicando la tarifa de 10 puntos porcentuales menos que la tarifa prevista para sociedades, y la tarifa prevista para sociedades sobre el resto de utilidades. En los casos que la composición societaria correspondiente a paraísos fiscales o regímenes de menor imposición sea inferior al 50%, previamente se deberá calcular la tarifa efectiva del impuesto a la renta,resultante de la división del total del impuesto causado para la base imponible, sin considerar la reducción por reinversión y sobre dicha tarifa aplicar la reducción. Los establecimientos permanentes calcularán el impuesto a la renta causado aplicando la tarifa prevista para sociedades. Anticipos del Impuesto a la Renta Las empresas deben efectuar pagos durante al año del Impuesto a la Renta. Estos pagos tienen la naturaleza de anticipos. El importe del pago en cuotas se calcular de varias formas, dependiendo si en el año anterior los anticipos fueron superiores o no al impuesto causado y sobre parámetros porcentuales basados en los ingresos, egresos, ciertos activos y ciertos pasivos. Para fines del Impuesto a la Renta las sucursales, agencias u otros establecimientos 4. Impuesto permanentes de empresas extranjeras se consideran domiciliadas, por las rentas a la Renta de producidas de fuente ecuatoriana. Sucursales de Sociedades La renta neta obtenida por sucursales de empresas extranjeras está sujeta al Extranjeras impuesto de la misma manera que las empresas ecuatorianas; es decir, con la tasa del 25% sobre la base imponible.
17 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA 5. Impuesto a De acuerdo con la normativa ecuatoriana, Las sociedades no domiciliadas también la Renta para están gravadas con el impuesto a la renta del 25% sobre la base imponible sociedades no domiciliadas ecuatoriana. 6. Impuesto a la Renta para empresas no domiciliadas Sobre la base imponible se aplicará la tasa del Impuesto a la Renta del 25%. por sus actividades interna- cionales Para liquidar el impuesto a la renta en el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará a la base imponible las siguientes tarifas: Fracción básica Exceso hasta Impuesto Notas 0 11.310 0 0% 11.310 14.410 0 5% 7. Impuesto a la Renta 14.410 18.010 155 10% de Personas 18.010 21.630 515 12% Naturales 21.630 43.250 949 15% 43.250 64.860 4.193 20% 64.860 86.480 8.513 25% 86.480 115.290 13.920 30% 115.290 En adelante 22.563 35% El hecho generador de este impuesto lo constituye la transferencia, envío o traslado de divisas que se efectúen al exterior, sea en efectivo o através del giro de cheques, 8. Impuesto transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza con excepción de las a la salida de compensaciones realizadas con o sin la intermediación de instituciones del sistema divisas financiero. La tarifa del ISD es del 5%. Es un impuesto que grava al valor de las transferencias locales o importaciones de 9. Impuesto bienes muebles, en todas sus etapas de comercialización y al valor de los servicios al Valor prestados. Todas las personas naturales y sociedades deberán pagar la tarifa del Agregado 12% . Existen también transferencias que no son objeto del IVA, para las cuales se calculará la tarifa como cero por ciento. El Impuesto a los consumos especiales (ICE) es un impuesto que grava a ciertos bienes, nacionales o importados, y a los servicios detallados en la ley. 10. Impuesto a El impuesto debe ser pagado sobre los bienes gravados con tarifa ad-valorem en los Consumos función del precio de venta al público (PVP) y en función de precio ex fábrica o ex Especiales aduana. También existen bienes sobre los que se aplican una tarifa específica y tarifa mixta, sobre la base imponible
18 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Los bienes gravados generalmente son: perfumes, agua de tocador, cigarrillos, bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenidos de azúcar mayor a 25 gramos por 10. Impuesto a litro de bebida, alcohol, bebidas alcohólicas y cerveza. los Consumos Especiales Los servicios gravados con el ICE son servicios de telefonía fija y planes con voz y (cont.) datos asi como sms del servicio móvil avanzado prestado a sociedades. Estos últimos tienen una tarifa del 15%. El impuesto a los vehículos motorizados (IVM) es un impuesto a la propiedad de vehículos de transporte terrestre que debe ser pagado de forma anual. 11. Impuesto a Este impuesto debe ser pagado por los propietarios de los vehículos y se calcula los Vehículos sobre el avalúo del automotor. Motorizados La tarifa es progresiva en función del avalúo del vehículo que van desde una fracción básica de cero y del 0,5% del excedente hasta $620 sobre la fracción básica y 6,0% sobre la fracción excedente. La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria; 12. Plazos de así como, la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los siete años Prescripción como plazo general; Los contribuyentes declaran el importe de los tributos por medio de formularios diseñados para el efecto por la autoridad tributaria y los pagos se efectúan por 13. medio del uso de los sistemas bancarios del país. Presentación de Las declaraciones de los impuestos pueden ser de naturaleza mensual, como en el Declaraciones caso del Impuesto al Valor Agregado y anual como el Impuesto a la Renta. y Pago de Impuestos El período fiscal es de enero a diciembre de cada año y el vencimiento de presentación de la declaración anual depende del último dígito del RUC a partir de febrero a abril del año siguiente. Es un impuesto mensual que grava la propiedad o tenencia de activos monetarios fuera del territorio ecuatoriano, mediante cuentas a la vista, cuentas corrientes, depósitos a plazo, fondos de inversión, portafolio de inversiones, fideicomisos de inversión, fideicomisos de administración o tenencia monetaria, encargos fiduciarios, o cualquier otro tipo de instrumento financiero de hecho o de derecho; así como titularizaciones, bonos, acciones o cualquier mecanismo de captación de recursos directos o indirectos que mantengan en el exterior las entidades privadas reguladas por la Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y 14. Impuesto a Solidaria y Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; inclusive si dichos los Activos en fondos e inversiones se mantiene a través de subsidiarias, afiliadas, oficinas en el el Exterior exterior del sujeto pasivo, fondos, encargos fiduciarios y fideicomisos manejados por administradoras nacionales o extranjeras. Son sujetos pasivos del impuesto a los Activos en el Exterior: los bancos, cooperativas de ahorro y crédito y otras entidades privadas dedicadas a realizar actividades financieras conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Monetario y Financiero; sociedades administradoras de fondos y fideicomisos y casas de valores, empresas aseguradoras, y compañías reaseguradoras bajo el control de la Superintendencia de Compañías, [...]
19 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA [...] Valores y Seguros, así como las empresas de administración, intermediación, gestión y/o compraventa de cartera, conforme las definiciones, condiciones, límites y excepciones establecidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Los sujetos pasivos del Impuesto a los Activos en el Exterior, para el cálculo de este impuesto deben considerar lo siguiente: a. La sumatoria de los saldos promedios mensuales simples de los saldos diarios de los fondos disponibles en entidades extranjeras, domiciliadas o no en el Ecuador, expresado en unidades monetarias o de cuenta; y, b. La sumatoria de los saldos promedios mensuales simples de los saldos diarios de inversiones emitidas por emisores domiciliados fuera del territorio nacional, expresado en unidades monetarias o de cuenta. c. Cuando la captación de fondos o las inversiones que se mantengan o realicen a través de subsidiarias ubicadas en paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes 14. Impuesto o a través de afiliadas u oficinas en el exterior del contribuyente, la base imponible a los Activos del impuesto a la que le corresponde la tarifa mensual del 0,35% prevista en la Ley, en el Exterior se determinará descontando del total de activos de las referidas subsidiarias, afiliadas (cont.) u oficinas en el exterior, el resultado de la suma del total del patrimonio de estas más la totalidad de sus pasivos, sin considerar las captaciones (cuentas de ahorros, cuentas corrientes, depósitos a plazo, etc.) correspondientes a personas naturales y sociedades residentes o domiciliadas en el Ecuador. d. La declaración y pago del IAE definido en los literales anteriores, se lo debe realizar en un formulario diseñado mediante internet. ¿Cuál es la tarifa? a. La tarifa de este tributo es de 0.25% mensual sobre la base imponible aplicable para los fondos disponibles en entidades extranjeras y de inversiones emitidas por emisores domiciliados fuera del territorio nacional. b. Cuando la captación de fondos o de inversiones que se mantengan o realicen a través de subsidiarias ubicadas en paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes o a través de afiliadas u oficinas en el exterior del contribuyente, la tarifa aplicable será del 0.35% mensual sobre la base imponible. 15. Impuesto El impuesto sobre inmuebles es de naturaleza local o municipal llamado impuesto a sobre los predios urbanos y su pago se efectua anualmente en función de los avalúos que Inmuebles mantiene en su base de datos la autoridad municipal. Actualizado al 05 de abril de 2019 Firm: AUREA & CO., CPAs Contact: Carlos Aurea | carlos.aurea@aureacpas.com | (+593 4) 5115725
20 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA EL SALVADOR Fichas de Impuestos 2019 (En Dólares Americanos) El hecho generador, es un valor del presupuesto establecido por la ley por cuya realización se origina el nacimiento de la obligación tributaria (art.58 Cód. Tribu), que se considera realizado a todos sus efectos (Art. 59 Cód. Tribu): i. Cuando la ley tributaria respectiva contempla preferentemente sus aspectos fácticos o económicos, desde el momento en que se hayan cumplido las circunstancias materiales o temporales necesarias para que produzcan los efectos que le corresponden según el curso natural y ordinario de las cosas; y ii. Cuando la ley tributaria respectiva tiende preferentemente a sus aspectos jurídicos, desde el momento en que los actos, situaciones o relaciones jurídicas estén constituidos de conformidad con el derecho aplicable La base imponible es el valor económico del hecho generador expresado en la moneda de curso legal y es la base del cálculo para la liquidación del tributo. (Art. 62 Cód. Tribu) 1. Base Se entiende por renta gravable u obtenida, todos los productos o utilidades Imponible percibidos o devengados por los sujetos pasivos, ya sea en efectivo o en especie y y Hecho provenientes de cualquier clase de fuente (Art. 2 LISR) Generador Registro de Contribuyentes Están obligados a inscribirse como contribuyentes los sujetos pasivos: personas jurídicas, fideicomisos, sucesiones y entes colectivos sin personalidad jurídica; que conforme a los supuestos establecidos en las leyes tributarias salvadoreñas, resulten obligados al pago de los diferentes impuestos administrados por la administración tributaria, esto incluye a los exportadores e importadores habituales, están obligados a inscribirse en el Registro de Contribuyentes. (Art.86 Cód. Tribu) Administración Tributaria La autoridad tributaria en El Salvador encargada de la recaudación de los tributos es el Estado, quien a través del Ministerio de Hacienda, a través de las direcciones respectivas (Art. 21 Cód. Tributario) Los contribuyentes obligados al pago del impuesto sobre la renta, son aquellos que se trate (Art. 5 LISR): 2. Fuentes a. Personas naturales o jurídicas domiciliadas o no; de Renta b. Sucesiones y fideicomisos domiciliados o no en el país; Gravable c. Los artista, deportistas o similares domiciliados o no en el país; y, d. Las sociedades irregulares o de hecho y la unión de personas.
21 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Se entiende por renta obtenida, a todos los productos o utilidades percibidos o devengados por los contribuyentes, ya sea en efectivo o en especie, que puede provenir de las siguientes fuentes (Art.1 LISR): a. Del trabajo, ya sean salarios, sueldos, honorarios, comisiones y toda clase de 2. Fuentes remuneraciones o compensaciones por servicios personales; de Renta b. De la actividad empresarial, ya sea comercial, agrícola, industrial, de servicio y de Gravable cualquier otra naturaleza. (cont.) c. De capital tales como: alquileres, intereses, dividendos o participaciones; y d. Toda clase de productos, ganancias, beneficios o utilidades cualquiera que sea su origen, deudas condonadas, pasivos no documentados o provisiones de pasivos en exceso, así como incrementos de patrimonio no justificado y gastos efectuados por el sujeto pasivo sin justificar el origen de los recursos. (Art. 195 Cód. Tribu) La tasa de Impuesto sobre la Renta empresarial, reportado y pagado por las empresas (también llamadas “personas jurídicas” para fines fiscales) domiciliadas en el país, se puede clasificar de la siguiente manera: • Ingresos gravables menores o iguales a $ 150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares estadounidenses) el 25% • Ingresos gravables mayores a $ 150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares estadounidenses) el 30% Concepto Porcentaje Ingresos Gravables menores o iguales a $ 150,000.00 25% Ingresos Gravables mayores a $ 150,000.00 30% Por otra parte, la distribución de utilidades a los accionistas se encuentra sujeta a una retención de 5%. Este impuesto adicional debe ser retenido y pagado por la persona 3. Impuesto jurídica domiciliada que efectúa la distribución, en el pago de anticipo mensual de sobre la Renta impuesto sobre la renta. La tasa de impuesto a la renta se calcula sobre la Renta Neta; la cual se obtiene luego de deducir del total de ingresos afectos al impuesto (Renta Bruta), todos los costos necesarios para generar la renta gravada; así como, los gastos necesarios para mantener la fuente productora. Los gastos incurridos en el exterior son deducibles siempre que se encuentren debidamente sustentados y hayan sido necesarios para la producción de la renta o conservación de la fuente. Pago a Cuenta o Anticipo Mensual al Impuesto sobre la Renta Las empresas deben efectuar pagos a cuenta mensuales del Impuesto sobre la Renta. Estos pagos tienen la naturaleza de anticipos. El importe del pago a cuenta mensual es el que resulte de aplicar el uno punto setenta y cinco por ciento (1.75%) sobre los ingresos netos del mes.
22 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA La tasa de Impuesto para para personas naturales o jurídicas, sucesiones o fideicomisos, uniones de personas o sociedades de hecho No Domiciliadas en el país, tienen las siguientes retenciones: • Por cualquier base de renta obtenida en el país (Art.158 Cód. Tribu), el 20% como un pago definitivo. • Por servicios de transporte internacional (Art.158 Cód. Tribu), el 5% • Por servicios prestados por aseguradoras, reaseguradoras, afianzadoras, reafianzadoras y corredores de reaseguro autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero (Art. 158 Cód. Tribu), el 5% como un pago definitivo. • Por servicios de financiamiento prestados por instituciones financieras domiciliadas en el exterior a sujetos pasivos domiciliados en este país (Art. 158 Cód. Tribu), el 10% como un pago definitivo. • Por la transferencia a cualquier título de bienes intangibles o por el uso, de derechos de bienes tangibles e intangibles relacionados con, películas cinematográficas, cintas de video, discos fonográficos, radionovelas y telenovelas (Art.158 Cód. Tribu), el 5%; y, • Por pago o acreditación de sumas a personas naturales o jurídicas, entidad o agrupamiento de personas o cualquier sujeto que se hayan constituido, se 4. encuentren domiciliados y residan en países, estados o territorios con regímenes Impuesto fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales y cuyo pago sobre la tenga incidencia tributaria en la República de El Salvador (Art. 158-A Cód. Tribu), Renta para el 25%. Personas no Domiciliadas Concepto Porcentaje Cualquier base de renta obtenida en el país (Art.158 Cód. Tribu) 20% (Pago definitivo) Servicios de transporte internacional (Art.158 Cód. Tribu) 5% Servicios prestados por aseguradoras, reaseguradoras, afianzadoras, reafianzadoras y corredores de reaseguro autorizadas por la 5% (Pago definitivo) Superintendencia del Sistema Financiero (Art. 158 Cód. Tribu) Servicios de financiamiento prestados por instituciones financieras domiciliadas en el exterior a sujetos pasivos domiciliados en este 10% (Pago definitivo) país (Art. 158 Cód. Tribu) Por la transferencia a cualquier título de bienes intangibles o por el uso, de derechos de bienes tangibles e intangibles relacionados 5% con, películas cinematográficas, cintas de video, discos fonográficos, radionovelas y telenovelas (Art.158 Cód. Tribu) Por pago o acreditación de sumas a personas naturales o jurídicas, entidad o agrupamiento de personas o cualquier sujeto que se hayan constituido, se encuentren domiciliados y residan en países, 25% estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales y cuyo pago tenga incidencia tributaria en la República de El Salvador (Art. 158-A Cód. Tribu) El impuesto sobre la renta para personas naturales, sucesiones y fideicomisos domiciliados, se calcularán de acuerdo a la siguiente información detallada: 5. Tasas de • Desde $ 0.01 hasta $4,064.00, está exento del impuesto sobre la renta. Impuesto a • Desde $ 4,064.01 hasta $ 9,142.86, aplicar el 10% sobre el exceso de $ 4,064.00, la Renta de más una cuota fija de $ 212.12; Personas Naturales • Desde $ 9,142.87 hasta $ 22,857.14, aplicar el 20% sobre el exceso de $ 9,142.86, más una cuota fija de $ 720.00; • Desde $ 22,857.15 en adelante, aplicar el 30% sobre el exceso de $ 22,857.14, más una cuota fija de $ 3,462.86.
23 | Fichas de Impuestos 2019 - AGN CSA Sobre el Mas cuota fija Renta Neta o Imponible % a Aplicar exceso de de: Desde Hasta 5. Tasas de I TRAMO $0.01 $4,064.00 EXENTO Impuesto a II TRAMO $4,064.01 $9,142.86 10% $ 4,064.00 $ 212.12 la Renta de Personas III TRAMO $9,142.87 $22,857.14 20% $ 9,142.86 $ 720.00 Naturales EN (cont.) IV TRAMO $22,857.15 30% $ 22,857.14 $ 3,462.86 ADELANTE En el caso de las personas naturales no domiciliadas en el país, calcularan su impuesto aplicando una tasa fija del 30% sobre su renta neta o imponible. 6. Impuesto Cuando se paguen o se acrediten a un sujeto pasivo domiciliado en el país, intereses, Rentas premios y otras utilidades que provengan directamente de los depósitos en dinero provenientes se deberá retener como anticipo del Impuesto sobre la renta acreditables contra su de Depósitos y impuesto definitivo el 10% de los mismos (Art. 159 Cód. Tribu). Títulos Valores El impuesto sobre la renta por la retención sobre premios puede darse de la siguiente forma: Concepto Porcentaje Cuando se paguen o acrediten a cualquier sujeto domiciliado premio o ganancias procedentes de concursos, loterías, rifas, sorteos o 15% (Pago definitivo) juegos de azar o de habilidad (Art. 160 Cód. Tribu) 7. Cuando el beneficiario no tenga domicilio en el país, cualquiera que Impuesto de 25% (Pago definitivo) sea le monto o la ganancia (Art. 160 Cód. Tribu) Retención sobre Premios La retención sobre premios, cuando se paguen o acrediten a cualquier sujeto domiciliado un premio o ganancias procedentes de concursos, loterías, rifas, sorteos o juegos de azar o de habilidad, se le retendrá el 15% como pago definitivo (Art. 160 Cód. Tribu). Y cuando el beneficiario no tenga domicilio en el país, a cualquiera que sea le monto o la ganancia, se le retendrá un 25%, y también será un pago definitivo (Art. 160 Cód. Tribu). 8. Impuesto a la Transferencia El Impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (IVA) de Bienes se aplica a las transacciones de compra venta de bienes muebles y a la prestación de Muebles y a la servicios, sin importar el monto de la operación. La tasa del impuesto es del 13%. Prestación de Servicios (IVA) 9. Este es un impuesto específico por minuto, al servicio telefónico proveniente del Impuesto a exterior que termine en El Salvador y al servicio telefónico de llamadas por cobrar las Llamadas en el extranjero, este es de $ 0.04ctv (Cuatro centavos de dólar de Estados Unidos de Telefónicas América) por minuto.
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