NORMAS PARA EL USO DE LA PISCINA DEL CONDOMINIO - Condominio Vila de la Colina

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NORMAS PARA EL USO DE LA PISCINA DEL CONDOMINIO - Condominio Vila de la Colina
NORMAS PARA EL USO DE LA PISCINA
DEL CONDOMINIO
Condominio Vila de la Colina

28/02/2014
GDM Gerenciamientos SRL
NORMAS PARA EL USO DE LA PISCINA DEL CONDOMINIO - Condominio Vila de la Colina
Índice
1. DETALLE DE UBICACIÓN DE LA PISCINA ............................................................................................ 3
2. REGLAMENTO PARA EL USO DE LA PISCINA ...................................................................................... 4
   Artículo uno. Acceso específico. .........................................................................................................
   Artículo dos. Conducta de uso. ...........................................................................................................
   Artículo tres. Mención de normas de uso y seguridad. .......................................................................
3. NORMAS PARA EL USO DE LA PISCINA ..…………………………………………………………………………………………5

   A. Responsabilidades. .........................................................................................................................
   B. Usuarios ..........................................................................................................................................
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1. DETALLE DE UBICACIÓN DE LA PISCINA.
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2. REGLAMENTO PARA EL USO DE LA PISCINA

ARTÍCULO 1: La piscina es un lugar privado para el uso de los residentes y sólo
tendrán acceso las personas que cumplan con el requisito de ser propietario o
arrendatario y que se encuentre al día en el pago de sus gastos comunes.

ARTÍCULO 2: La piscina y su sector aledaño deberán usarse respetuosa, ordenada
y prudentemente de acuerdo a las normas comúnmente aceptadas de buena
conducta.

ARTÍCULO 3: Para ello, se dictan las siguientes normas que protegen la seguridad
de las personas, garantizan el orden e higiene, resguardan el buen estado de
conservación de los equipos e instalaciones que son coherentes con el estilo del
Condominio y regula el uso compartido de las instalaciones y el respeto por los
derechos individuales de los residentes. A continuación se detallan las normas
específicas:
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3. NORMAS GENERALES DEL USO DE LA PISCINA

A. RESPONSABILIDADES.

A.1: El uso de la piscina y sus Instalaciones es bajo la absoluta responsabilidad de
sus usuarios. La piscina no cuenta con salvavidas por lo que cada residente será
responsable de los resultados de su uso. La Comunidad y el Comité de
Administración no se harán responsables de accidentes, ni de pérdidas de artículos
personales.

A.2: La responsabilidad por los niños menores de edad será personal, de cada
usuario y de los padres o sus tutores legales. El pago por la reparación de daños y
perjuicios debido al mal uso de las instalaciones, será de responsabilidad del
copropietario que cometió la falta. Para el caso de que el afectado sea una visita, el
copropietario anfitrión responderá igualmente.

A.3: La Comunidad, el Comité de Administración, la Administración y el Personal de
Servicio, no se harán responsables por las consecuencias directas o indirectas
emanadas del mal uso que se haga del sector de la piscina, incluida sus
instalaciones.

B. USUARIOS.

B.1: El uso de la piscina es exclusivo para los residentes permanentes del
Condominio y sus visitas con previa autorización. El personal de servicio, tanto de la
Comunidad como doméstico u otras personas, tienen prohibido el uso de las
instalaciones.

B.2: Los Oficiales de seguridad están facultados para solicitar la identificación de las
visitas, departamento al cual visitan, de no estar presente el propietario, las visitas
deberán hacer abandono de la piscina, debido a que debe estar presente el
propietario.

B.3: El sector de la piscina es de uso común y de tiempo compartido, es decir, no es
objeto de reserva.

B.4: No podrán ingresar a la piscina las personas que porten parches o vendajes de
cualquier tipo o afecciones a la piel, de las mucosas o de las vías respiratorias como
asimismo quienes estén bajo el efecto del alcohol o drogas.

B.5: Queda prohibido escupir, sonarse la nariz o contaminar de alguna forma el
agua de la pileta, como asimismo consumir bebidas, alimentos o masticar chicle
dentro de esta.
B.6: Se prohíbe el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas así como de las
sustancias prohibidas por la ley de drogas dentro del recinto de la piscina.

B.7: Los niños residentes menores de 10 años podrán utilizar la piscina, sólo y
únicamente bajo la supervisión directa de un adulto o de sus padres. Al personal del
edificio no le corresponde ejercer labores de tutoría o cuidado de los menores que
usen la piscina.

B.8: La Asamblea de condóminos y/o el Comité Administrativo podrán autorizar el
arrendamiento de la piscina como área común. De autorizarse el arrendamiento de las
áreas comunes, el Administrador podrá disponer bajo qué términos y condiciones las
mismas serán arrendadas a los Condóminos o terceras personas.

B.9: Se deben evitar piruetas, clavados o saltos similares, esto para evitar
desgracias personales.

B.10: Se prohíben juegos de manos, carreras y empujones alrededor o dentro de la
piscina.

B.11: Prohibido lanzar sillas y objetos pesados a la piscina.

B.12: Por favor no orinar dentro de la piscina.

B.13: Se prohíbe el uso de componentes, BBQ y hacer fogatas alrededor de la
piscina.

B.14: Evitar escándalos que alteren la tranquilidad de los vecinos.

B.15: Ducharse antes de ingresar a la piscina después de haber utilizado
bronceadores y cualquier otro producto.

B.16: No se permite decorar con objetos que dañen la estructura, como clavos,
cintas adhesivas que son difíciles de eliminar.

B.17: El uso de la piscina debe ser sólo con traje de baño, en ningún caso
pantalones o desnudo(a).

B.18: Queda estrictamente prohibido fumar, atendida la presencia de niños en dicho
sector.

B.19: Queda estrictamente prohibido la instalación de cualquier tipo de piscinas de
plástico, botes inflables, tablas acuáticas de ningún tipo o similar, tanto en la piscina
como en sus sectores aledaños.

B.20: Se prohíbe el ingreso de mascotas a las instalaciones.

B.21: Obedecer en todo momento las directrices del oficial de seguridad.
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