Lineamiento Técnico de Alimentación y Nutrición para la Primera Infancia - Comisión Intersectorial para la Atención Integral de Primera Infancia
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Lineamiento Técnico de Alimentación y Nutrición para la Primera Infancia Comisión Intersectorial para la Atención Integral de Primera Infancia 1
CONTENIDO Presentación Introducción A. Marco conceptual para la alimentación y la nutrición en la primera infancia. 1. Derecho a la alimentación: pieza clave para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia. 1.1 Concepto del derecho a la alimentación 1.2 Contenido normativo del derecho a la alimentación 1.3 Conexión del derecho a la alimentación con los demás derechos 1.4Enfoque diferencial: derechos para todos y todas 1.5 Ejercicio y exigibilidad del derecho a la alimentación 2.La Seguridad Alimentaria y Nutricional y sus Determinantes 2.1 Noción de seguridad alimentaria y nutricional y sus determinantes 2.2 Seguridad alimentaria y desarrollo local sostenible 2.3 Seguimiento a la seguridad alimentaria y la nutrición 3. El poder de los alimentos. 3.1 Conceptos de alimentación y nutrición 3.2 Propiedades de los alimentos y alimentos fuente de nutrientes 3.3 Necesidades de energía y nutrientes 3.4 Suficiencia y calidad nutricional 3.5 Alimentación saludable 3.6 Relaciones entre alimentación, nutrición y desarrollo infantil 4. Pautas estratégicas para la alimentación y la nutrición en la Primera Infancia 4.1 Alimentación y nutrición de las mujeres: preconcepción, gestación, periodo de lactancia 4.2 Lactancia materna el mejor alimento para el inicio de la vida humana 2
4.3 Alimentación Complementaria: transición a otros alimentos sin abandono de la lactancia materna. 4.4 Alimentación de la familia y en familia 5. Hábitos de alimentación saludable: aprendizajes tempranos para toda la vida 5.1 Construcción de hábitos en la primera infancia. 5.2 Hábitos de alimentación, salud higiene, actividad física y relacionamiento con las personas y la naturaleza. 5.3 Educación alimentaria: una forma de fomentar hábitos saludables 5.4 Alimentación y cultura alimentaria: aporte de la alimentación a la construcción de identidad. B. Marco de acción para la alimentación y la nutrición de cero a cinco años en el contexto de las realizaciones y la Ruta Integral de Atención. 1. Noción de realizaciones en el marco de la estrategia De Cero a Siempre 2. La Ruta Integral de Atenciones en el marco de la estrategia De Cero a Siempre 3. Orientaciones sobre las atenciones básicas de alimentación y nutrición 4. Orientaciones sobre las atenciones especializadas de alimentación y nutrición. C. Alimentación y nutrición en los entornos donde se desarrolla la vida infantil: Escenarios De Calidad. 1. Criterios para la calidad de la atención alimentaria y nutricional. 1.1 Aspectos conceptuales y técnicos de la calidad 1.2 Definición de criterios que orientan la calidad de la atención 3. Escenarios de calidad alimentaria y nutricional 3.1Hogar 3.2 Servicios de Salud 3.3 Centros de Desarrollo Infantil 3.4 Espacios públicos. D. Indicadores de monitoreo y evaluación: medidas de progreso 1. Indicadores del estado nutricional 2. Indicadores de la seguridad alimentaria 3
E. Bibliografía F. Anexos 1. Marco normativo para la alimentación y la nutrición en la primera infancia 2. Ruta de atención 3. Tabla N° 1, Composición de la leche materna 4. Tabla N° 2, Alimentos Fuente de vitaminas y minerales 4
PRESENTACION Dentro de los desarrollos alcanzados por la Comisión Intersectorial para la Primera Infancia, la cual coordina todas las acciones relacionadas con la Estrategia DE CERO A SIEMPRE, se ha venido trabajando, entre otros documentos, la serie de lineamientos técnicos que orienta las acciones de implementación de la Estrategia, tanto en el nivel Nacional como Territorial. La definición de estos lineamientos técnicos, parte de reconocer en las Realizaciones que se deben dar en la Primera Infancia como esas condiciones y estados que se materializan en la vida de cada niña y cada niño, y que hacen posible su desarrollo integral. Este desarrollo Integral, como propósito fundamental de la Estrategia DE CERO A SIEMPRE, es posible si se actúa sobre los diferentes escenarios donde transcurre la vida de los niños y las niñas, como el hogar, los espacios públicos, los espacios donde se prestan servicios de salud, los espacios educativos, entre muchos otros. El marco de lineamientos técnicos de la Estrategia, busca entonces, dar herramientas que orienten las acciones en estos diversos entornos, desde una mirada integral e intersectorial de la gestión. En este sentido, dentro del proceso de construcción de los mismos , se contempló una primera Fase de discusión Nacional para elaborar un documento base y en la segunda Fase, que es la que iniciamos ahora, se llevan estos documentos a los territorios para poder generar un gran debate nacional en torno a las pretensiones y pertinencia de lo planteado en los diferentes temas que contemplan estos lineamientos y poder incorporar las sugerencias, discusiones, debates, recomendaciones que de estas jornadas resulten. Los lineamientos que se presentan ahora para el debate territorial son los siguientes: Fundamentos de la Estrategia. Protección integral del ejercicio de los derechos. Entornos que favorecen su desarrollo. Participación y construcción de ciudadanía. Formación y acompañamiento a familias. 5
Salud para la primera infancia. Alimentación y nutrición. Orientaciones pedagógicas para la educación inicial. Valoración del desarrollo. Formación del talento humano. Tal como se enunció anteriormente, son documentos base para la discusión, los cuales aún NO constituyen una postura oficial de la Estrategia como lineamiento oficial para la Atención Integral a la Primera Infancia. Cordialmente, Comité Técnico Comisión Intersectorial de Primera Infancia Estrategia Nacional DE CERO A SIEMPRE 6
INTRODUCCIÓN En la actualidad Colombia, al igual que otros países de América Latina, vive una situación nutricional llamada de transición, caracterizada por la combinación de problemas debidos de una parte, a deficiente ingesta de nutrientes como la desnutrición crónica en la infancia (retraso en el crecimiento) y la deficiencia de micronutrientes (vitaminas y minerales), y de otra, a exceso de peso (sobrepeso y obesidad), más propio de desequilibrios en la dieta, todos ellos problemas que se inician desde el comienzo de la vida. Tradicionalmente se ha reconocido la importancia de la alimentación humana para la nutrición y la salud, sin embargo, es más bien reciente el conocimiento de su papel estratégico durante los primeros mil días de vida- contados desde la gestación y hasta los dos años, para el desarrollo del cerebro. Durante este periodo, ocurre la formación de miles de millones de células nerviosas y toda una red de comunicación entre ellas, que permite la transmisión y recepción de información entre el cerebro, el cuerpo y el medio ambiente, un proceso que se ve favorecido directamente por la lactancia materna y la alimentación complementaria adecuada, o que por el contrario, resulta impedido o limitado por efectos de una mala nutrición. En cualquier caso, los efectos se manifiestan en el desarrollo de las capacidades motoras, cognitivas y socioemocionales de los niños en el corto y el largo plazo, con un sello que dura toda la vida. El reconocimiento de este periodo crítico para el crecimiento y el desarrollo es una razón poderosa para considerar los primeros mil días de vida como la “ventana de oportunidades”1 para actuar en el mejoramiento de la salud, la nutrición, el crecimiento y el desarrollo de las niñas y los niños, y asegurar el éxito en sus vidas. Existe abundante evidencia científica2 sobre la relación directa entre desnutrición y pobreza, la asociación entre desnutrición y pobre desarrollo infantil, y los efectos nocivos del cruce entre pobreza, desnutrición y retraso en el desarrollo infantil, que no dejan duda de los impactos negativos y duraderos de una alimentación inadecuada en la vida de las niñas y los niños, lo cual es una clara vulneración de sus derechos. La morbilidad asociada a la desnutrición infantil se manifiesta en diversas infecciones agudas y enfermedades crónicas en etapas posteriores de la vida como obesidad, diabetes, hipertensión arterial y colesterol elevado, que conllevan alto riesgo de muerte y secuelas. La deficiencia de 1 Revalorización del papel fundamental de la nutrición para el desarrollo, Banco Mundial, 2006 2 La prestigiosa revista médica The Lancet hizo una amplia revisión de las investigaciones y hallazgos sobre el tema que se puede consultar en línea. www.thelancet.com o directamente en The Lancet, Child Development in Developing Countries, 2007. 7
micronutrientes cuya ocurrencia es más frecuente entre los seis meses y los dos años, en especial por carencias de hierro, yodo, vitamina Ay zinc ocasiona pérdida de las capacidades cognitivas, aumenta el riesgo de enfermedades y muerte, y retrasa el crecimiento. En resumen, la desnutrición temprana disminuye la capacidad de aprendizaje, el rendimiento escolar, la productividad económica en la vida adulta y las capacidades para cuidar de las nuevas generaciones, lo cual atrapa a las personas en un círculo que perpetúa la desnutrición, la pobreza y el atraso en el desarrollo. Colombia cuenta con políticas dirigidas a mejorar la situación nutricional de la población, como la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y la Política pública nacional de primera infancia “Colombia por la Primera Infancia”, al igual que con programas e intervenciones relevantes como la Red Unidos y Familias en Acción. Si bien en el último decenio el país ha logrado disminuir las tasas de desnutrición a nivel nacional3, la persistencia de enormes desigualdades económicas, sociales y culturales, mantienen aún a muchas niñas y niños lejos del acceso a oportunidades para su desarrollo integral. Las causas de la inseguridad alimentaria en el país están bien señaladas en las Encuestas Nacionales de la Situación Nutricional-ENSIN 2005 y 2010, que ponen de presente las dificultades económicas de las familias para acceder a los alimentos4, lo cual se agrava con fallas en el consumo, especialmente en aspectos de calidad más que de cantidad de alimentos5. Así se tiene que las prácticas de lactancia materna, alimentación complementaria, control del crecimiento y el desarrollo y atención a las enfermedades prevalentes de la infancia, dejan aún bastante que desear. De acuerdo con un análisis hecho por el BID sobre la consistencia entre las políticas y programas de seguridad alimentaria y nutricional en el país y los resultados en materia de nutrición infantil, se requiere focalizar las acciones en el grupo poblacional de primera infancia priorizando la promoción, protección y apoyo de prácticas óptimas de alimentación para gestantes, madres en lactancia, niñas y niños menores de dos años, en todos los programas y estrategias contemplados en las políticas y planes de alimentación y nutrición. A su vez, estas recomendaciones refuerzan la propuesta de la 55 a Asamblea Mundial de la Salud del 2002 contenida en la Estrategia de Alimentación del Lactante y el niño 3 La desnutrición crónica pasó de 26.1% en 1990 a 13.2% en 2010 y la desnutrición global de 8.6% a 3.4% en el mismo periodo (Nuevos patrones OMS-ENSIN 2010). La desnutrición aguda con una tasa de 1% no es un problema prevalente. Para conocer en detalle las cifras consulte el capítulo de análisis situacional de la primera infancia que acompaña estos lineamientos. 4 Según la ENSIN 2010, la prevalencia nacional de inseguridad alimentaria fue de 42.7 % y se aumentó a 60.1% en el nivel 1 del SISBEN. 5 Banco Interamericano de Desarrollo “Nutrición en Colombia: estrategia de país 2011-2014”, Diciembre de 2010. 8
pequeño, que en su momento planteó con carácter de urgencia la necesidad de aplicarla en las estructuras sanitarias e intersectoriales existentes en los países y reforzarlas cuando fuere necesario. Pues bien, en el momento actual, la Estrategia Nacional De Cero a Siempre incluida en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, retoma estas recomendaciones y asume el compromiso de optimizar las prácticas alimentarias de las niñas y niños de cero a cinco años (con prioridad específica a los menores de dos años), a través de intervenciones que prioricen el mejoramiento del estado nutricional de las mujeres en edad fértil, las mujeres gestantes y las madres en lactancia, fomenten la práctica de la lactancia materna como alimento insustituible para los recién nacidos y lactantes, la alimentación complementaria adecuada, la suplementación con micronutrientes, la fortificación de alimentos, la diversificación de la dieta de los hogares y la equidad entre los géneros. El compromiso para el desarrollo de la estrategia es intersectorial: el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tiene como función misional operarla mediante el centro de desarrollo infantil fortaleciendo los vínculos con la atención primaria en salud y en complementariedad con los ministerios y entidades responsables de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional-SAN, la política pública Colombia por la Primera Infancia y la Red Unidos, con el fin de garantizar a las niñas y niños de primera infancia su derecho a la alimentación y al desarrollo integral. Los lineamientos parten del derecho a la alimentación como parte esencial del derecho al desarrollo integral de la primera infancia, aplican un enfoque diferencial visualizando a los grupos en desventaja a fin de priorizar su atención, tienen en cuenta las particularidades de las distintas etapas del ciclo de primera infancia, sus contextos culturales y territoriales, y orientan la atención alimentaria y nutricional con criterios de calidad para que sean aplicados en los entornos donde se desarrolla la vida de la primera infancia. La atención alimentaria y nutricional hace parte de la ruta de atención integral creada por la Estrategia De Cero a Siempre, para lo cual aplica un esquema de gestión interinstitucional e intersectorial en línea con las políticas nacionales en favor de la nutrición, con lo cual se espera complementar el énfasis en la seguridad alimentaria con los aspectos para promover el adecuado crecimiento y desarrollo de las niñas y los niños en su periodo más crítico, y garantizar su alimentación y nutrición desde los Cero años y para Siempre. Van dirigidos a gobernantes y equipos técnicos sectoriales nacionales y regionales de salud, educación, cultura, protección y agricultura, prestadores de servicios de atención a primera infancia del sector público y privado, organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan en los temas de infancia, entidades de control y veedurías ciudadanas, familias, madres, padres, cuidadoras y cuidadores de niñas y niños pequeños. 9
Su diseño ha sido concebido como un amplio proceso de consulta e interlocución con las instituciones competentes en la alimentación y la nutrición infantil de acuerdo con las políticas públicas mencionadas, destacando los aspectos étnicos y culturales ligados a los alimentos y a las tradiciones culinarias que generan sentido de pertenencia al grupo social, un elemento importante en la construcción de la identidad social desde el comienzo de la vida. Se espera que sean tenidos en cuenta por las entidades del orden nacional y territorial para el fortalecimiento e implementación de prácticas apropiadas de alimentación y nutrición infantil en sus programas y servicios. Así mismo, que ayuden a las familias en su deber de crear entornos propicios para la alimentación infantil saludable y nutritiva, donde además, las niñas y niños disfruten desde pequeños de los ricos sabores, colores y variedad de las comidas locales y aprendan a valorar la cultura culinaria de nuestras diversas regiones y grupos poblacionales. 10
A. Marco conceptual para la alimentación y la nutrición en la primera infancia. 1. Derecho a la alimentación: pieza clave para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia. Desde un enfoque político de derechos, Amartya Sen define el alimento como un bien que debe ser alcanzable por la gente y garantizado por el Estado, eliminando para ello las situaciones de vulnerabilidad de las poblaciones que impiden su pleno desarrollo social, económico y cultural, condiciones indispensables para la garantía plena de sus derechos humanos6. 1.1 Concepto del Derecho a la Alimentación. “El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla. El derecho a la alimentación adecuada no debe interpretarse, por consiguiente, en forma estrecha o restrictiva asimilándolo a un conjunto de calorías, proteínas y otros elementos nutritivos concretos. El derecho a la alimentación adecuada tendrá que alcanzarse progresivamente. No obstante, los Estados tienen la obligación básica de adoptar las medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre, incluso en caso de desastre natural o de otra índole”. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Naciones Unidas7. Para la correcta aplicación del derecho, la Observación General N°12 del mismo Comité definió sus componentes esenciales así: Disponibilidad: las posibilidades del individuo para alimentarse ya sea directamente, explotando la tierra productiva u otras fuentes naturales de alimentos, o mediante sistemas de distribución, elaboración y comercialización adecuada, y que puedan trasladar los alimentos desde el lugar de producción a donde sea necesario según la demanda. 6 Amartya Sen, premio Nobel de Economía, ha escrito entre otras obras, “El derecho a no tener hambre”. Citado en Del Castillo Sara E., “La Seguridad alimentaria como derecho: mucho más que la evolución de un concepto”, Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional, OBSAN, Universidad Nacional de Colombia, en http://es.scribd.com/doc 7 Es el órgano encargado de supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales-PIDESC, en los Estados que son parte de este pacto. 11
Accesibilidad: asegurar que los alimentos disponibles y los recursos productivos estén al alcance de todos los sectores de la población, sin discriminación alguna y sin barreras geográficas, físicas o económicas que impidan a las personas o grupos satisfacer autónomamente sus necesidades alimentarias. Utilización: uso apropiado de los alimentos por parte del cuerpo humano (aprovechamiento biológico).Implica el conocimiento de los principios básicos de la nutrición y los cuidados apropiados de los niños, las técnicas higiénicas para el almacenamiento y elaboración de alimentos, la atención sanitaria, el agua potable y los servicios de saneamiento básico. 1.2 Contenido normativo del derecho a la alimentación de la primera infancia. El derecho a la alimentación está consignado en los tratados y pactos internacionales de derechos humanos y en las normas nacionales que los adoptan. En el plano internacional se destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948), El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales - PIDESC (1966), la Convención Internacional sobre los Derechos de los niños - CDN (1989) y la Convención contra todas las formas de discriminación hacia la mujer -CEDAW (1979). En cuanto a los grupos étnicos, el derecho a la alimentación está contenido en la declaración de las Naciones Unidas sobrelos derechos de los pueblos indígenas (2007) y el Convenio 169 de la OIT que reconoce a los grupos étnicos (pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas) el derecho de propiedad sobre el territorio. El Artículo 11del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce el derecho de cada persona – incluyendo los grupos étnicos, “A tener un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluyendo una alimentación adecuada…y a una mejora de las condiciones de existencia”. Especifica que los Estados deben garantizar el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, solicitándoles que adopten “individualmente y mediante la cooperación internacional las medidas, incluidos programas concretos que se necesitan para: a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios, de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales; b) Asegurar la distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se planten tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan. 12
Las normas nacionales que incorporan los acuerdos y declaraciones internacionales relacionadas con el derecho a la alimentación en la primera infancia, están contenidas, de una parte, en la Constitución Política de Colombia(Artículo 44 establece el derecho a la alimentación equilibrada como un derecho fundamental de la infancia, Art.43 sobre la mujer embarazada, Art. 64 sobre la propiedad de la tierra, Art. 65 sobre la producción de alimentos y Art. 66 sobre el crédito agropecuario y los deberes del Estado en materia de oferta y producción agrícola). De otra parte, en la Ley 12 de 1991 que adopta la CDN, la Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia, la Ley 1295 de 2009 que reglamenta la Atención Integral a la Primera Infancia y la Ley 1438 de 2011, que reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el marco de la Atención Primaria, las cuales, junto con la jurisprudencia de la Corte Constitucional (Autos y Sentencias) constituyen el bloque de constitucionalidad8. Igualmente hacen referencia al derecho a la alimentación, los documentos del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES9, dentro de los cuales el 91 de 2005 incorpora las Metas y Estrategias para el logro de los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio-2015,el 109 de 2007 orienta la Política Pública de Primera Infancia y el 113 la política de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Por último, y dadas las estrechas conexiones del derecho a la alimentación con el derecho a la salud, al agua, y la educación, entre otros, se deben tener en cuenta los decretos reglamentarios y resoluciones específicas del Ministerio de Salud y Protección Social, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF, y de los demás sectores relacionados. La estrecha relación de los grupos étnicos con el territorio y la cultura, hace evidente la conexión del derecho a la alimentación con el derecho a producir sus alimentos propios de acuerdo a su identidad cultural y a la diversidad de sus modos de producción. La Constitución de Colombia y las leyes nacionales específicas protegen los derechos individuales y colectivos de los grupos étnicos, entendidos como inherentes a una cultura que es diferente a la mayoría nacional, con una manera propia de entender y expresar la realidad, de apropiarse y habitar sus territorios10. Así, la Constitución Política de 1991 en su artículo séptimo consagra que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana” y en el artículo 63 reconoce que las tierras comunales 8 El bloque de constitucionalidad se refiere a los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, que reconocen derechos humanos y prohíben su limitación en estados de excepción, los cuales son parámetro de control constitucional. Sentencia C-582-99 (Magistrado Ponente Alejandro Martínez Caballero). 9 Organismo máximo que orienta la política económica y social en Colombia, creado por la Ley 19 de 1958 10 Derecho a la alimentación y al territorio en el Pacífico colombiano, Jesús Alfonso Flórez, Constanza Millán, organizaciones indígenas, afrocolombianas y Jurisdicciones eclesiásticas del Chocó, Colombia 2007: 171-200 13
de los pueblos indígenas y comunidades negras son derechos humanos inalienables, imprescriptibles e inembargables. La Ley 70 de 1993 reconoce el derecho delas comunidades negras al territorio, a la protección de la identidad cultural y a su desarrollo económico y social, y finalmente numerosas sentencias de la Corte Constitucional apoyan y garantizan el derecho al territorio y a la alimentación11. El tema de los derechos étnicos y en especial los derechos de la primera infancia indígena, afrocolombiana, raizal y ROM, exige una mirada diferencial y profunda. Los grupos étnicos son parte de nuestros ancestros, históricamente han sufrido agresiones de todo tipo, poseen una admirable capacidad de resistencia y organización social y su contribución a la identidad nacional y al desarrollo del países valiosa. Elpaís requiere valorar, preservar y robustecer el patrimonio de nuestra diversidad étnica y cultural comenzando por la primera infancia, para lo cual la Estrategia De Cero a Siempre contará con lineamientos específicos de atención con enfoque diferencial. 1.3 Conexión del derecho a la alimentación con los demás derechos. “El derecho a una alimentación adecuada es de importancia fundamental para el disfrute de todos los derechos. Este derecho se aplica a todas las personas”. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Observación General No.12 de 1999. Entender las relaciones entre el derecho a la alimentación adecuada y los demás derechos humanos resulta lógico si se aplica el principio de interdependencia de los derechos con la mira puesta en la vida con calidad y en la vida digna. Solo así cobran significado las interacciones de la alimentación con el derecho a disfrutar de un buen estado nutricional, evitar enfermedades y obtener el más alto nivel de salud física y mental (derecho a la salud), su estrecha relación con el acceso al agua potable para la supervivencia y la producción(derecho al agua),los vínculos entre alimentación, nutrición, rendimiento mental y aprendizaje (derecho a la educación), su conexión con el uso adecuado de los suelos para la producción agroalimentaria que preserve los recursos naturales, el funcionamiento y estabilidad de los ecosistemas (derecho al ambiente sano), su relación con los entornos donde preparar, conservar y consumir los alimentos (derecho al hábitat) y en articulación con todo ello, el derecho a tener un nivel de vida adecuado para asegurar la salud, el bienestar propio y el de la familia(Declaración Universal de Derechos Humanos, PIDESC). El ejercicio del derecho a la alimentación en interdependencia con sus demás pares de derechos fundamentales, hace posible el bienestar y la vida digna, convirtiéndose en parte 11 Igualmente, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos”, contempla la formulación de la política de Seguridad y Autonomía alimentaria para los pueblos indígenas de Colombia. 14
constitutiva del desarrollo humano, y en consecuencia, parte esencial del derecho al desarrollo integral de la primera infancia. Este, que es el derecho al desarrollo Infantil Temprano, tiene como componentes la salud, la nutrición y la educación inicial, cimientos para el desarrollo de las potencialidades de las niñas y niños, y es reconocido actualmente como el mejor índice de desarrollo de una sociedad. 1.4 Enfoque diferencial: derechos para todas y todos12 Se refiere a reconocer la diversidad y particularidad de los grupos humanos respetando sus identidades, sus derechos y su lugar en el mundo, dando prioridad a la atención integral de aquellas personas y grupos que por razones sociales, políticas, religiosas e ideológicas, no han tenido acceso a las oportunidades para el desarrollo y el ejercicio de la vida digna13. Dentro de ellas se encuentran los pueblos indígenas, las comunidades afrocolombianas, raizales y grupos ROM14, las mujeres, la niñez, las y los habitantes de la zona rural, las personas que viven en condiciones de pobreza, discapacidad, desplazamiento, con VIH-sida, y en fin, todas las que se ven afectadas por la falta de oportunidades para ejercer su derecho a la alimentación. Los siguientes ejemplos ilustran de qué modo la falta de acceso a oportunidades y las desigualdades sociales impiden que ciertos grupos puedan disfrutar del derecho a la alimentación. En primer lugar la desnutrición crónica en la infancia, seguida de la discriminación contra las mujeres y la discriminación de los grupos étnicos. La desnutrición crónica (déficit de estatura para la edad)en los primeros años de la vida, es la manifestación de una serie de carencias acumuladas que reúnen deficiente ingesta de alimentos nutritivos, pobre afecto y estimulación, escaso o nulo acceso a los servicios de 12 Puesto que el tema atraviesa todas las acciones en la primera infancia, la estrategia De Cero a Siempre ha diseñado los lineamientos de atención con enfoque diferencial. Aquí se señalan los aspectos más relevantes en relación con el derecho a la alimentación. 13 Desde la ética de los derechos humanos, el enfoque diferencial implica el reconocimiento de las particularidades personales y comunitarias de quienes históricamente han sufrido exclusiones sociales ya sea por su participación o por su modo de vida, en razón a su etnia, sexo, género, ciclo vital, discapacidad, el desplazamiento por el conflicto armado o los desastres naturales, la violencia, etc., así como la respuesta diferenciada que estas personas y grupos deben recibir por parte de las instituciones del Estado y la sociedad en general. En “Directriz de enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de las personas en situación de desplazamiento con discapacidad en Colombia” Ministerio de Protección Social, ACNUR,2011:27-29 14 En Colombia existen 87 pueblos indígenas con 1.392.623 personas que constituyen el 3.4% de la población total,4.311.757personas de comunidades afrocolombianas (10.6%) que se auto-reconocen como afrocolombianos, negros-mulatos, raizales y palenqueros, y 4.858 personas de población ROM (0.01%). Censo DANE 2005. 15
salud, y ambiente insalubre, ocasionando alteraciones permanentes e irreversibles en el desarrollo neurológico y mala salud que obstaculizan para siempre el éxito en la vida de las niñas y niños y constituyen por tanto una violación de sus derechos 15. Las niñas y niños desnutridos tienen capacidades cognitivas disminuidas que dificultan su rendimiento mental por lo cual presentan extra-edad en el ingreso a la escuela, repetición, fracaso escolar, baja productividad en la vida adulta y limitaciones para criar y educar a sus hijas e hijos16, con lo cual se crea un círculo vicioso que convierte a las niñas y niños desnutridos en madres y padres de nuevas generaciones de desnutridos, lo que se conoce como el ciclo intergeneracional de la pobreza que perpetúa la exclusión social La discriminación de las mujeres para el acceso a la educación, a los medios de producción como la propiedad de la tierra, el crédito o la capacitación, la violencia familiar y la falta de autonomía, les impide tomar decisiones apropiadas para la seguridad alimentaria y nutricional de sus hogares, desmejoran su salud y la de sus niñas y niños y generan pobreza, un flagelo que mundialmente afecta con mayor intensidad a las mujeres y la infancia.17,18La discriminación y la exclusión se extienden a los grupos étnicos que habitan el país, quienes sufren el despojo de sus tierras, la restricción e impedimento de las activi- dades de supervivencia como la caza, la pesca y la recolección, todo lo cual pone en riesgo sus sistemas alimentarios tradicionales y los obliga a desplazarse de sus territorios. Otro sentido del enfoque diferencial guarda relación con la diferencia misma de los grupos excluidos, que significa reconocer sus distintos saberes, identidades e imaginarios sociales alrededor de un hecho dado, en este caso, la alimentación y la nutrición, saberes que enriquecen el patrimonio cultural culinario y constituyen elementos clave en la construcción de la identidad de los niños y las niñas en sus contextos específicos. A este propósito se resalta la importancia de inculcaren ellos desde muy temprana edad el gusto 15 El artículo 24 de la CDN se refiere a combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente. 16 Developmental Potential in the first 5 years for children in developing countries, Sally Grantham McGregor, Yin Bun Cheung et al., The Lancet, Vol. 369, January 2007: 60-67 17 La Convención International para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, 1965 en su Parte III del artículo 14 dice que los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la alimentación, el abastecimiento de agua y la prevención de violencias, entre otros. 18 La Violencia Sexual Basada en Género es muy frecuente en contextos de emergencia y rehabilitación. Para ampliar esta información ver “Rompiendo el muro” manual para facilitadores en el tema, en www.nutrinet.org 16
y el respeto por las diferencias, haciéndoles ver que estas les aportan distintas formas de ver y entender la vida. En consecuencia con lo anterior, el enfoque diferencial debe orientar a las entidades territoriales del orden departamental y municipal, a priorizar las acciones de seguridad alimentaria y nutricional en los grupos en desventaja social, y a adecuar sus acciones para atender integralmente las necesidades y particularidades de estos grupos de acuerdo a su cultura y condiciones específicas de vulnerabilidad y vulneración de derechos19. 1.5 Ejercicio y exigibilidad del derecho a la alimentación La persistencia de la desnutrición es violatoria del derecho a la alimentación, y obliga al Estado colombiano a cumplir con su compromiso de “ (…) adoptar medidas para garantizar que toda persona que se encuentre bajo su jurisdicción tenga acceso al mínimo de alimentos esenciales suficientes inocuos y nutritivamente adecuados para protegerla contra el hambre”(Observación General N°12, PIDESC), lo cual significa demostrar que se han hecho todos los esfuerzos para emplear todos los recursos disponibles que permitan asegurar el derecho a la alimentación y la nutrición desde el comienzo de la vida20. En un Estado Social de Derechos, el Estado es portador de obligaciones para la realización del derecho a la alimentación, las cuales están relacionadas con el contenido mínimo esencial del derecho y con los tiempos para su cumplimiento (inmediato y progresivo). Si bien las familias y la sociedad son corresponsables con el Estado para el disfrute del derecho, el garante del derecho a la alimentación de la primera infancia es el Estado colombiano y sus obligaciones se definen así21: Para el disfrute del contenido mínimo esencial. • Garantizar que todas las gestantes, madres en lactancia, niñas y niños menores de seis años que se encuentren bajo su jurisdicción tengan acceso al mínimo de alimentos esenciales, suficientes e inocuos para protegerlos contra el hambre. • Garantizar el acceso a una cantidad esencial mínima de agua que sea suficiente y apta para el uso personal y para prevenir las enfermedades, así como a instalaciones y servicios de agua no discriminatorios. 19 Teresa Suarez, en documento Ministerio de Protección Social, ACNUR, 2011, Obra Citada 20 En la página de la FAO se encuentran numerosos artículos sobre el derecho a laalimentación,www.fao.org/righttofood 21 “Obligaciones del Estado frente al derecho a la alimentación”, Defensoría del Pueblo y Programa de Seguimiento y evaluación de Políticas Públicas en derechos Humanos, ProSeDHer, Foro Internacional sobre el Derecho a la Alimentación, Bogotá, 2003. Las familias y la sociedad son corresponsables con el Estado 17
Para el cumplimiento inmediato. • Garantizar la no discriminación • Adoptar medidas legislativas, administrativas, judiciales, financieras y sociales hasta el máximo de los recursos disponibles para la plena aplicación del derecho. • Abstenerse de adoptar medidas que conduzcan a un retroceso en los procesos alcanzados (no regresividad) • Vigilar el grado de realización del derecho. Para el cumplimiento progresivo: • Proceder con medidas expeditas y eficaces para lograr la plena efectividad del derecho. • Reconocer progresivamente22 prestaciones mayores y superiores en relación con unos mínimos esenciales de satisfacción del derecho a la alimentación, dando prioridad a la primera infancia. Para la exigibilidad: Un escenario ideal para dar cuenta de las obligaciones constitucionales del Estado es la Rendición Pública de Cuentas. A su vez, la sociedad tiene la responsabilidad de vigilar y exigir el cumplimiento del Estado, a través de mecanismos de participación social como las veedurías ciudadanas y la rendición pública de cuentas. Para ello, las familias y la sociedad necesitan fortalecer sus capacidades de participación, opinión y exigencia de los derechos. 2. Seguridad Alimentaria y Nutricional-SAN y sus determinantes. 2.1 Noción de seguridad alimentaria y nutricional y sus determinantes. “Seguridad alimentaria y nutricional es la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa”. CONPES 113 En esta definición se distinguen los elementos que componen el núcleo esencial de la SAN: disponibilidad, acceso, consumo, utilización biológica y calidad e inocuidad de los alimentos, que son a la vez los ejes de la política pública de SAN. Los factores que influyen 22 Frente a circunstancias en que los recursos estatales no alcancen para satisfacer plenamente las necesidades de todas las personas, Amartya Sen introdujo el concepto de Meta-derecho por el cual las personas tienen derecho a contar con políticas para el cumplimiento progresivo de sus derechos. En este sentido, el Estado colombiano tiene la obligación de establecer mecanismos para la protección progresiva del derecho a la alimentación a través de la Política Pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional. 18
o condicionan estos aspectos se han llamado determinantes de la seguridad alimentaria y nutricional. Seguridad Alimentaria y Nutricional y sus determinantes23 Elementos esenciales del derecho a la Determinantes estructurales de la SAN alimentación, ejes de la política pública de SAN. Disponibilidad: es la cantidad de alimentos La estructura productiva (agropecuaria, con que se cuenta a nivel nacional, regional y agroindustrial), los sistemas de local, y está relacionada con el suministro comercialización internos y externos, los suficiente de estos frente a los factores productivos (tierra, crédito, agua, requerimientos de la población. Depende tecnología, recurso humano), las fundamentalmente de la producción y la condiciones ecosistémicas (clima, importación. recursos genéticos, biodiversidad), las políticas de producción y comercio, y las tensiones sociopolíticas (relaciones económicas, sociales y políticas entre actores). Acceso: es la posibilidad de todas las El nivel de ingresos, la condición de personas de alcanzar una alimentación vulnerabilidad, las condiciones socio- adecuada y sostenible. Se refiere a los geográficas, la distribución de ingresos y alimentos que puede obtener o comprar una activos (monetarios y no monetarios) y familia, una comunidad o un país. El acceso a los precios de los alimentos la tierra y otros recursos productivos como la fauna, la pesca y el agua, son de vital importancia para el derecho a la alimentación de los pueblos. La identidad y herencia cultural de los pueblos indígenas es inseparable de su territorio tradicional. Consumo: se refiere a los alimentos que La cultura, los patrones y los hábitos comen las personas y está relacionado con la alimentarios, la educación alimentaria y selección de los mismos, las creencias, las nutricional, la información comercial y actitudes y las prácticas culturales. nutricional, el nivel educativo, la publicidad, el tamaño y la composición de la familia. Aprovechamiento biológico: se refiere a El medio ambiente, el estado de salud de cómo y cuánto aprovecha el cuerpo humano las personas, los entornos y estilos de 23 Tabla elaborada con base en el CONPES 113 19
los alimentos que consume y cómo los vida, el estado nutricional de la población, convierte en nutrientes para ser asimilados la disponibilidad, la calidad y el acceso a por el organismo. los servicios de salud, agua potable, saneamiento básico y fuentes de energía. Calidad e inocuidad de los alimentos: Determinado por la normatividad conjunto de características de los alimentos (elaboración, promoción, aplicación, que garantizan que sean aptos para el seguimiento); la inspección, vigilancia y consumo humano. Exige el control; los riesgos biológicos, físicos y cumplimiento de una serie de condiciones y químicos, y la manipulación, conservación medidas durante la cadena agroalimentaria y preparación de los alimentos. hasta el consumo y el aprovechamiento de los alimentos, asegurando que una vez ingeridos no representen riesgo (biológico, físico o químico) que menoscabe la salud. La inocuidad es un atributo de la calidad. Los determinantes de la seguridad alimentaria tienen un profundo carácter estructural y multicausal, y cuando fallan o no se realizan de forma adecuada, se convierten en causas de inseguridad alimentaria, lo cual pone en evidencia el efecto de las inequidades estructurales en el ejercicio de los derechos. La seguridad alimentaria y nutricional es por lo tanto un terreno de interdependencia de derechos lo que permite considerarla en sí misma como un derecho. La SAN como derecho y fin para el bienestar y la calidad de vida de las personas, implica numerosas responsabilidades intersectoriales sin las cuales no es posible el disfrute del derecho de la primera infancia la alimentación adecuada.“Ni los instrumentos internacionales, ni la Constitución Política imponen al Estado la obligación de satisfacer directamente las necesidades alimentarias de la población. La tarea de las autoridades consiste en garantizar un entorno seguro para el ejercicio del derecho y en promover las condiciones que permitan a los individuos desarrollarse plena y autónomamente y acceder por sí mismos a alimentos de buena calidad. Sin embargo, cuando el mercado resulta inaccesible para ciertos grupos poblacionales, el Estado tiene la obligación de adoptar medidas positivas para garantizar que estos grupos puedan acceder a los medios necesarios para satisfacer sus necesidades alimentarias (principio de subsidiariedad)”24. 24 Derecho a la alimentación, Ponencia Defensoría del Pueblo y Programa de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas en Derechos Humanos, ProSeDHer, Foro Nacional por el Derecho a la Alimentación, Bogotá, 2009. 20
2.2 Seguridad alimentaria y desarrollo local sostenible. En la búsqueda de su alimentación y subsistencia, los diversos grupos humanos han hecho uso de los recursos del medio ambiente acumulando a lo largo de la historia conocimientos de gran utilidad para la seguridad alimentaria y nutricional, a la vez que han ido creando estrechos vínculos con el territorio y los ecosistemas25. No obstante, la continua presión humana sobre estos ha ido mostrando-no sin altos costos, que el patrimonio natural no es eterno y que su agotamiento provoca serios desequilibrios en la salud de las personas al tiempo que en la salud de los ecosistemas, amenazando con ello la supervivencia de los seres vivos y del planeta que habitamos. La preocupación por las repercusiones del uso inadecuado del patrimonio natural para las generaciones presentes y venideras llevó a la comprensión del desarrollo sostenible como aquel que “… satisface las necesidades del presente, sin comprometer la capacidad para que las futuras generaciones puedan satisfacer sus propias necesidades”26. En términos de las políticas agroalimentarias significa favorecer la producción de alimentos autóctonos y locales de alto valor nutricional que no causen deterioro del ambiente, y el empleo de prácticas culturales para la obtención de los alimentos que hagan un uso racional de los recursos naturales. Así mismo, y de conformidad con el objetivo principal del desarrollo sostenible para “Erradicar la pobreza, cambiar los patrones de producción y consumo insostenibles y proteger y administrar los recursos naturales para el desarrollo social y económico...”27las políticas deben orientar el desarrollo rural al fortalecimiento delas capacidades y la creación de oportunidades para las personas en condición de pobreza. Estas incluyen medidas que posibiliten la producción limpia de alimentos agropecuarios variados en las fincas campesinas y en el autoabastecimiento local, mejoras en el transporte y comercialización de los alimentos, e impulso a los procesos organizativos, productivos, políticos y culturales en los territorios, que incluyan además el acceso de las mujeres campesinas a los factores de producción todo lo cual genera gobernabilidad,seguridad alimentaria,cambios sustantivos en la calidad de vida de la población ydesarrollo local sostenible28. Podría decirse entonces, que cuando un territorio tiene seguridad alimentaria tiene desarrollo local y progreso social. 25 Minutas con enfoque diferencial, ICBF, año 26 Comisión Brundtland, 1987, sobre Desarrollo Sostenible. Posteriormente generó el Protocolo de Kioto, aprobado en la Convención de Naciones Unidas sobre Cambio Climático- Cumbre de Río, 1992. 27 Comisión Burtland, Naciones Unidas, 2002, citado en “Desarrollo sostenible y el agua como derecho en Colombia”, Angélica Paola Díaz.P. y col, Instituto PENSAR, Universidad Javeriana, Estudios Socio-Jurídicos, Bogotá (Colombia), 11(1): 84-116, enero-junio de 2009. 28 Informe del PNUD sobre Desarrollo Humano 2011 “Colombia rural, Razones para la esperanza”, pág 386 21
Un aspecto muy importante para fortalecer los mercados locales es el derecho de los pueblos a producir sus alimentos respetando la identidad cultural y la diversidad de los modos de producción, de consumo y la comercialización agropecuaria29, asunto de gran relevancia en Colombia por su enorme diversidad étnica, cultural, biológica y geográfica sobre la cual se ciernen amenazas de magnitud considerable señaladas por diferentes medios. Este panorama ha sido planteado por las comunidades campesinas y los pueblos tribales del país, incorporando en el debate público el concepto de soberanía alimentaria, entendido como un derecho de los pueblos, comunidades y países a definir sus propias políticas agropecuarias y alimentarias acordes con sus contextos ecológicos, sociales y culturales. Este concepto extiende el derecho a la alimentación al ejercicio democrático de las comunidades y los pueblos para decidir y construir colectivamente qué producen y cómo producen, en conexión con su derecho a la pervivencia y a la realización de sí mismos en armonía con sus propios proyectos de vida.30 El tema plantea la controversia entre las ventajas de la biotecnología para la producción de alimentos, sobre cuyas propiedades positivas frente a la cantidad y la calidad existe amplia divulgación, y las denuncias sobre las posibles consecuencias dañinas para la salud humana y la pervivencia de los ecosistemas, que no han sido suficientemente estudiadas o divulgadas. Trasciende además a otros asuntos polémicos como el posible riesgo de la dependencia alimentaria de semillas, productos transgénicos y plaguicidas con la consecuente pérdida de la capacidad productiva, el auge de los cultivos de biocombustibles y el cambio en el uso de la tierra, todo lo cual trae riesgos para la seguridad alimentaria y la sostenibilidad de la biodiversidad y los ecosistemas. Se trata de una discusión inaplazable que se debe promover a la par con el patrocinio de investigaciones científicas que puedan dar luces sobre el uso de los productos transgénicos y sus consecuencias, en la búsqueda común de soluciones eficaces y sostenibles para el sector agropecuario del país. En síntesis, para que el desarrollo sea sostenible se requieren vías múltiples y de carácter intersectorial que garanticen progresivamente a todas las personas el beneficio del agua potable, los sistemas de saneamiento, la vivienda conveniente, la energía, los cuidados de salud, la seguridad alimentaria, la soberanía alimentaria y la protección de la diversidad biológica31.Por ello, hablar de seguridad alimentaria que le apueste al desarrollo sostenible implica entre otros aspectos, hablar de producción agrícola limpia que reduzca 29 CONPES 113 30 Asociación campesina de Antioquia, “La soberanía alimentaria y la voracidad del capital global”, en Agencia de Prensa Rural, noviembre de 2006 31 “Desarrollo sostenible y el agua como derecho en Colombia”,2009, Obra Citada 22
la huella ecológica y preserve la biodiversidad y la estabilidad ambiental, de provisión de agua potable o segura que no presione o amenace los recursos hídricos, de desarrollo rural que con apoyo gubernamental impulse modelos alternativos y sostenibles de desarrollo del campo y seguridad alimentaria, capaces de transformar las sociedades rurales y mejorar su calidad de vida, a la vez que de empoderamiento de las mujeres y fortalecimiento de las capacidades familiares y comunitarias para el ejercicio de la autonomía alimentaria y la generación de ingresos, todo lo cual genera progreso, paz y estabilidad social. 2.3 Seguimiento a la seguridad alimentaria y la nutrición. De acuerdo con el CONPES 113, puesto que el fin último de la SAN es que todas las personas tengan una alimentación suficiente, oportuna y adecuada para tener una vida saludable y activa, una persona está en privación cuando: 1) Carece de la posibilidad de alcanzar una canasta básica de alimentos inocuos y de calidad (dimensión relacionada con los medios económicos) y 2) No tiene la posibilidad o la facultad de transformarlos medios e instrumentos disponibles que le permitan alimentarse adecuadamente (dimensión relacionada con la calidad de vida y fines del bienestar).Así las cosas, la inseguridad alimentaria plantea una situación potencial de hambre o malnutrición que vulnera el derecho a la alimentación e imposibilita la vida digna32, y exige para su superación la acción del Estado en subsidiaridad con la sociedad civil, las comunidades y las familias. La situación de la seguridad alimentaria y la nutrición en el país puede analizarse entonces desde las dos perspectivas señaladas: la relacionada con los medios económicos que incide en la disponibilidad y el acceso, y la relacionada con la calidad de vida y fines del bienestar que tiene que ver con el consumo, la utilización biológica, la calidad e inocuidad. La primera perspectiva se refiere a factores como la oferta de alimentos dela canasta básica (volatilidad en el suministro interno o externo), ingresos y/o activos físicos y humanos (salarios, propiedad de la tierra, capacidades productivas de ésta, fuerza de trabajo) y precios de los alimentos. Es decir, que una situación de inseguridad alimentaria y nutricional puede originarse potencialmente por elementos de oferta o por causas de demanda (CONPES 113). 32 Para un mayor conocimiento y seguimiento de la situación alimentaria consultar el Informe “Las Políticas Públicas Alimentarias en Colombia: un análisis desde los derechos humanos”, Programa de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas en Derechos Humanos, ProSeDHer, Defensoría del Pueblo, 2011, en www.defensoriadelpueblo.org y www.pnud.org.co 23
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