MANUAL DE USUARIO PAGINA IMPUESTOS YOPAL EN LINEA
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MANUAL DE USUARIO PAGINA IMPUESTOS YOPAL EN LINEA 1. Para realizar el proceso de facturación del impuesto predial unificado y el diligenciamiento de los formularios de industria y comercio del municipio de Yopal, se debe ingresar a la siguiente link: http://impuestos.yopalenlinea.gov.co 2. Autenticación: Una vez el usuario ingrese a la página web, podrá visualizar una pantalla con la imagen de la alcaldía municipal de Yopal, en la cual se debe realizar el proceso de autenticación de usuarios. En esta ventana se habilitaron dos opciones para acceder al sistema: 2.1. Registrarse: Todos los propietarios de predios registrados en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), que deseen consultar o generar la liquidación del impuesto predial unificado por medio de la plataforma web y los contribuyentes del impuesto de industria y comercio que deben realizar el proceso de diligenciamiento de los formulario sujetos al impuesto, debe realizar un proceso de registro inicial para actualizar la base de datos del Municipio de Yopal.
2.2. Usuario y Contraseña: Cuando los propietarios de los predios registrados en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y los contribuyentes del impuesto de industria y comercio hayan registrado o actualizado sus datos en la página web del Municipio, podrá acceder al menú de opciones y habilitar la opción de Impuesto predial o la opción de industria y comercio. 3. Registro Inicial El usuario (propietario del predio o contribuyente del impuesto de Industria y comercio) debe seleccionar la opción Registrarse, donde se habilitara una ventana en la cual deberá realizar el proceso de registro de la siguiente información: 3.1. Tipo de contribuyente: Al activar la opción desplegable el usuario deberá seleccionar si es persona natural o persona jurídica.
Persona natural: Si el usuario selecciona persona natural, la pantalla automáticamente se ajustara para que el usuario ingrese el primer apellido (Campo obligatorio), segundo apellido (Campo obligatorio), primer nombre (Campo obligatorio), segundo nombre (Campo Opcional y nombre comercial (Campo obligatorio). Persona jurídica: Si el usuario selecciona persona jurídica, la pantalla automáticamente se ajustara para que el usuario ingrese la Razón Social y el Nombre del Representante legal (Campos Obligatorios). 4. Tipo de documento de identidad: El usuario tendrá la opción de seleccionar si es: Nit, Cedula de ciudadanía, Registro civil, Tarjeta de Identidad, Cedula de Extranjería, Sin definir.
5. Número de identificación: De acuerdo al tipo documento que el propietario del predio elija (Nit o CC) la pantalla se ajustara automáticamente para ingresar el número de identificación del usuario. Cedula de ciudadanía: Si el usuario selecciona la cedula de ciudadanía, automáticamente la pantalla se ajustara bloqueando el ingreso del digito de verificación (DV), que para este caso no aplica. Nit: Si el usuario selecciona Nit, automáticamente la pantalla se ajustara habilitando el ingreso del digito de verificación (DV). 6. Régimen: El usuario tendrá la posibilidad de seleccionar el tipo de régimen al que pertenece de la siguiente manera:
Cuando es contribuyente del impuesto de industria y comercio podrá seleccionar si pertenece al régimen Simplificado, Común y Gran contribuyente. Cuando no es contribuyente del impuesto de industria y comercio el usuario deberá seleccionar la opción sin régimen. 7. País: Al seleccionar esta opción se desplegara automáticamente un catálogo de países, por lo tanto el usuario debe seleccionar el país correspondiente (Colombia). 8. Departamento: Después de seleccionar el país, automáticamente se actualizara el catálogo de departamentos del país seleccionado, y el usuario podrá seleccionar el departamento correspondiente al lugar de residencia.
9. Municipio: Después de seleccionar el municipio, automáticamente se actualizara el catálogo de municipios del departamento seleccionado, y el usuario podrá seleccionar el municipio correspondiente al lugar de residencia. 10. Datos generales: El usuario debera ingresar la direccion del lugar de residencia, Correo Electronico, Telefono, Fax y Numero de celular.
11. Seguridad: Una vez se ha ingresado toda la información relacionada con el registro del usuario, es importante definir una clave de acceso al sistema, esta clave es de uso personal e intransferible, ya que a partir de su validación el usuario solo podrá ingresar al sistema de servicios web que ofrece el municipio, ingresando su usuario (Numero de Identificación) y contraseña. 12. Responsabilidades: Durante el proceso de registro el usuario debe seleccionar el tipo de responsabilidad a las que está sujeto, de acuerdo a las siguientes opciones: a. Impuesto Predial b. Industria y Comercio c. Agente Retenedor IYC d. Agente Auto-Retenedor IYC
Actividades económicas: Si el usuario selecciona la responsabilidad de industria y comercio tendrá la posibilidad de relacionar como mínimo cinco (5) tipos de actividades, de acuerdo al origen o procedencia de los ingresos reportados de la siguiente así: a. Actividad Principal b. Actividad Secundaria c. Otra Actividad 1 d. Otra Actividad 2 e. Otra Actividad 3 NOTA: El catálogo de actividades que se despliega en el registro inicial o en la actualización de datos es el establecido en el estatuto de rentas mediante el acuerdo 013 del 9 de diciembre de 2012. Artículo 1, el cual establece las tarifas utilizadas para el cálculo del impuesto. 13. Ejemplo Registro del Usuario: A continuación ilustramos un ejemplo con el usuario MUNICIPIO DE YOPAL , con el fin de realizar el proceso de validación del registro de los usuarios: Registro de información: Se realizó la simulación del registro de los datos básicos del usuario Municipio de Yopal, así: Tipo de contribuyente: Persona Jurídica, Tipo de Documento de Identidad: Nit, Número de identificación: 891855017, DV: 7, Régimen: Común, Razón social: MUNICIPIO DE YOPAL: Nombre del representante legal: Nelson Ricardo Mariño, País: Colombia, Departamento: Casanare, Municipio: Yopal, Dirección: AVENIDA LA CULTURA, Correo Electrónico: sehacienda@yopal-casanare.gov.co, Responsabilidades: Impuesto Predial.
Seguridad: Se habilito la opción de seguridad que permite la creación de una clave de acceso al usuario registrado en el sistema web. Se elige la opción enviar para continuar con el proceso e inmediatamente aparece el siguiente mensaje: Si el usuario está completamente seguro de enviar la información se elige la opción Aceptar, si no presento error en el proceso de registro, automáticamente le deberá aparecer el siguiente mensaje:
Si el usuario en alguna ocasión ya había realizado el proceso de registro, no le va a permitir realizar el registro por segunda vez, ya que el sistema valido que el usuario ingresado ya existe en la base de datos. Después de validar que su registro fue exitoso debe elegir la opción volver, y automáticamente lo llevara a la pantalla inicial, en esta pantalla el usuario debe ingresar el usuario (Numero de Identificación) y la contraseña (valor ingresado en el momento del registro) y posteriormente debe elegir la opción ingresar y esperar un momento, mientras realiza la validación de la información. 14. MENU DE OPCIONES: Si la validación del usuario y contraseña fue exitoso, automáticamente se habilitara la pantalla que contiene el Siguiente menú de opciones:
15. ACTUALIZAR MIS DATOS: Al elegir esta opción automáticamente se desplegaran dos opciones (Modificar y Consultar). 15.1. MODIFICAR Si elige la opción MODIFICAR, el usuario podrá cambiar la información ingresada en el registro inicial exceptuando el número de identificación. Cuando el tipo de persona es Jurídica la venta automáticamente se ajusta para modificar si es necesario la Razón Social y el Nombre del representante legal (Campos Obligatorios). Cuando el tipo de persona es Natural la venta automáticamente se ajusta para modificar si es necesario, la información correspondiente al primer apellido (Campo obligatorio), segundo apellido (Campo
obligatorio), primer nombre (Campo obligatorio), segundo nombre (Campo Opcional) y nombre comercial (Campo obligatorio). En la opción modificar el usuario también puede modificar su contraseña de acceso al sistema WEB, ingresando su contraseña antigua y registrando una nueva contraseña. 15.2. CONSULTAR Si el usuario selecciona la opción CONSULTAR, solo podrá visualizar la información ingresada en el registro, pero no podrá realizar ningún tipo de modificación porque las opciones van a estar inactivas.
16. MENU DE OPCIONES Al elegir la opción MENU DE OPCIONES, automáticamente se habilitaran dos opciones (Industria y Comercio, Impuesto Predial Unificado). I. IMPUESTO PREDIAL : De ahora en adelante los usuarios sujetos al pago del impuesto predial unificado podrán realizar el proceso de facturación del impuesto por medio de la página web del municipio, una vez se haya realizado el proceso de lectura del archivo plano enviado por el IGAC, es decir desde el 20 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año. Si el usuario selecciona la opción IMPUESTO PREDIAL, inmediatamente se visualizara la pantalla para la consulta de predios.
CONSULTA DE PREDIOS: La consulta de predios se puede realizar ingresando el número de documentó o el número de la referencia catastral. Por lo tanto para consular los predios relacionados con ese número de documento o referencia catastral, se debe seleccionar la opción ENVIAR. Una vez seleccionada la opción enviar el sistema pregunta si está seguro de enviar la información, por lo tanto si el usuario desea realizar la consulta debe seleccionar la opción Aceptar que viene predeterminada y esperar un momento mientras realiza el proceso de consulta en la base catastral. Una vez terminado el proceso de consulta en la base catastral, debe aparecer una pantalla en la cual se visualizan los predios relacionados con el número de documento del usuario registrado o en su defecto la referencia catastral así:
Si realizo la consulta de sus predios con el número de documentó y no le reporto ningún predio, el usuario podrá realizar la consulta por el número de referencia catastral, sin ningún inconveniente. El usuario puede seleccionar la opción de Consultar si solamente desea saber cuál es el valor de la liquidación del impuesto predial unificado del predio relacionado, el resultado será el siguiente: Si se selecciona la opción de Facturar, el sistema web le muestra una pantalla donde se debe Ingresar nuevamente el Número de CC o NIT, Un código de verificación Generado por el sistema denominado código Captcha, en el cual debe introducir el texto que le muestra la imagen y finalmente se, debe ingresar el motivo de la generación de la nueva factura, con el fin de validar el proceso de generación definitivo de la liquidación del impuesto predial unificado.
l resultado puede ser el siguiente: Al seleccionar la opción Enviar el sistema pregunta para confirmar el proceso.
Si el usuario está completamente seguro de continuar con el proceso de facturación el usuario debe seleccionar la opción aceptar que esta predeterminada de lo contrario debe seleccionar la opción cancelar. Si el usuario decidió seguir con el proceso seleccionando la opción aceptar, debe esperar un momento mientras el sistema realiza el proceso, una vez concluya el proceso de liquidación mostrara en pantalla la factura definitiva, con el fin de que el usuario realice el proceso de impresión, seleccionando la opción Imprimir Factura. El usuario debe tener en cuenta que la factura debe ser impresa en una impresora láser, con el fin de que cuando vaya a realizar el pago en el banco, el banco pueda realizar la lectura del código de barras incluido en la factura, sin ninguna novedad.
Si el proceso fue exitoso se tiene que visualizar el siguiente mensaje: II. IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO En el momento de registro el usuario debe seleccionar el tipo de responsabilidad que tiene con el Municipio de Yopal, de acuerdo a la opción que elija se habilitaran o deshabilitaran opciones. Para el ejemplo el usuario selecciono únicamente la opción de predial, por lo tanto no quedaran activas las ventanas correspondientes a la responsabilidad del pago del impuesto de industria y comercio.
Por lo tanto si el usuario selecciono la opción de industria y comercio en el menú de opciones, pero en las responsabilidades no la selecciono, no se le permitirá el ingreso a esa opción y debe aparecer el siguiente mensaje. 1. PROCESO DE DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACION DE DECLARACIÓN BIMESTRAL DE RETENCIONES DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Estando ubicado en el menú principal de la página web, el usuario debe seleccionar la opción INDUSTRIA Y COMERCIO. Una vez seleccionada la opción de Industria y Comercio, dentro de las opciones deplegables el usuario debe seleccionar la opción Generar declaración.
Para realizar el proceso de diligenciamiento de la declaración bimestral el usuario debe seleccionar la opción Declaración de retención de Ica, como se muestra en pantalla y esperar momento para que se habilite el formulario a diligenciar. Después de seleccionar la opción de Declaración de Retención de Ica se presentara en pantalla el encabezado de la declaración donde debe aparecer la información que fue ingresada en el momento del registro, Apellidos y Nombre o razón social, Dirección, Teléfono Nit, Ciudad, Nombre del Representante legal y la Descripción de la actividad económica principal. Una vez en pantalla se pueda visualizar el encabezado de la declaración con todos los datos generales, el usuario debe realizar el proceso de diligenciamiento del año gravable y el número del bimestre de la declaración, y seleccionar el botón enviar declaración. Al oprimir la tecla Enviar información el usuario podrá visualizar deberá confirmar el proceso en el siguiente cuadro de dialogo.
Un vez se haya realizado la confirmación del proceso el usuario debe realizar el proceso diligenciamiento de las casillas que aparecen en color amarillo, las demás casillas no podrán ser editadas, ya que esas casillas se encuentran formuladas y su resultado serán el resultado de los valores ingresados en las casillas que son diligenciadas por el usuario. El proceso de cálculo automático se realizara una vez el usuario decida oprimir la opción calcular. Una vez el usuario valido el proceso del cálculo realizado por el sistema web, podrá realizar el proceso de radicación del formulario de la respectiva declaración. 2. DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, AVISOS Y TABLEROS - SOBRETASA BOMBERIL Estando ubicado en el menú principal de la página web, el usuario debe seleccionar la opción INDUSTRIA Y COMERCIO.
Una vez seleccionada la opción de Industria y Comercio, dentro de las opciones desplegables el usuario debe seleccionar la opción Generar declaración. Para realizar el proceso de diligenciamiento de la declaración anual el usuario debe seleccionar la opción Declaración de IYC, como se muestra en pantalla y esperar momento para que se habilite el formulario a diligenciar. Una vez el usuario selecciono la opción de DECLARACION DE IYC, debe esperar un momento y a continuación podrá visualizar el encabezado del formulario de la declaración con los datos generales del contribuyente.
Una vez el usuario pueda visualizar el formulario de la declaración con los datos generales debe realizar el ingreso de la vigencia de la declaración y el valor total de los ingresos brutos dentro y fuera del municipio y a continuación oprimir el botón enviar información. Para confirmar el envió de la información se debe seleccionar la opción ACEPTAR. Si el usuario por equivocación no realiza el proceso de diligenciamiento de alguna casilla de validación, como por ejemplo la vigencia de la declaracion no podra continuar con el proceso y el sistema web le reporta mensajes como este:
Una vez confirmado el proceso de envió de información, el usuario podrá visualizar la continuación del proceso de diligenciamiento de la declaración de la siguiente manera: a. Para las usuarios que pertenezcan al régimen simplificado y que cumplan las condiciones establecidas en estatuto de rentas mediante el Acuerdo 013 de 9 de Diciembre de 2012, se habilitara una opción denominada Beneficio de renta presuntiva, si el usuario no cumple con las condiciones establecidas en la normatividad o es una persona perteneciente al régimen común no podrá visualizar la pregunta que aparece a continuación: NOTA: La pregunta de que si se acoge al beneficio de renta presuntiva saldrá únicamente para las personas del régimen simplificado Articulo 78 del acuerdo 013 de 2012 y cuyo total de ingresos diligenciado en las actividades sea inferior a 4.000 UVT es decir (26.841*4.000=107.364.000). El valor de la UVT se actualizara cada año, a partir de la entrada en vigencia de la aplicación de la norma. b. Si el usuario si cumple con los requisitos para la aplicación de renta presuntiva tendrá la posibilidad de seleccionar si se acoge o no se acoge al beneficio.
c. Si el usuario se encuentra diligenciando la declaración y se da cuenta que necesita reportar el valor de los ingresos de una actividad económica adicional, podrá realizar el proceso sin ninguna novedad, seleccionando la opción agregar actividad. d. Una vez el usuario seleccione la opción Agregar Actividad, podrá visualizar una ventana que le permitirá consultar y seleccionar el catálogo de actividades económicas y el código CIIU, que le corresponde de acuerdo a la actividad. e. Una vez realizado el proceso, se habilitara el siguiente cuadro de dialogo para confirmar la operación solicitada.
Para continuar con el proceso de diligenciamiento del formulario de la declaración anual, el usuario debe ingresar frente a cada una de las actividades a liquidar, el valor de los ingresos dentro del municipio, el usuario debe tener en cuenta, que en ningún momento ese valor debe ser superior al valor ingresos diligenciados en el renglón nueve (9) total de ingresos brutos dentro y fuera del municipio. Cálculo del impuesto cuando el contribuyente que reúne los requisitos, SI se acoge al beneficio de renta presuntiva. Cálculo del impuesto cuando el contribuyente que reúne los requisitos, NO se acoge al beneficio de renta presuntiva Una vez diligenciado el valor de los ingresos por cada actividad económica del contribuyente, se debe oprimir la tecla Generar formulario y el sistema web realizara el cálculo del impuesto, de acuerdo a la tarifa establecida en la normatividad, por cada actividad económica. Una vez se haya generado el formulario completo el usuario tendrá la posibilidad de diligenciar las casillas diferenciadas de color amarillo y oprimir el botón calcular, para que automáticamente el sistema web realice el cálculo correspondiente de las
casillas diferenciadas con el color gris, y que están internamente validadas y formuladas de acuerdo a l normatividad establecida en el estatuto de rentas mediante el Acuerdo 013 de 09 de diciembre de 2013. Antes de radicar el formulario de la declaración el usuario debe verificar que los valores calculados automáticamente por el sistema web, sean acordes a la realidad económica de la empresa. Verificación de la Base Gravable: En las sección III BASE GRAVABLE, el usuario tendrá la posibilidad de editar las casillas de color amarillo, y en el momento en que se oprima el botón calcular, automáticamente se recalcularan las demás casillas.
Verificación liquidación privada: En la sección IV LIQUIDACION PRIVADA, el usuario tendrá la posibilidad de editar las casillas de color amarillo, y en el momento en que se oprima el botón calcular, automáticamente se recalcularan las demás casillas. El valor de la sobretasa bomberil esta internamente configurado para realizar su cálculo automático de acuerdo a lo establecido en el artículo 193 del Acuerdo 013 de 2012. Para el caso específico del renglón del ANTICIPO DEL AÑO SIGUIENTE, Su cálculo va determinado a lo dispuesto en el Artículo 1. - ANTICIPO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO.- Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio deberán liquidar y pagar, a título de anticipo, a partir del segundo año de operaciones en el Municipio de Yopal, un valor equivalente al quince por ciento (15%) del valor liquidado como impuesto en el primer año declarado, treinta por ciento (30%) en el segundo y cuarenta por ciento (40%) del tercer año en adelante. Por otra parte, el usuario podrá hacer uso de la exención a la que tenga derecho exclusivamente en el caso en que relacione el número de resolución que autoriza la exención del impuesto de industria y comercio de acuerdo a lo establecido en el Artículo 65 del acuerdo 013. NOTA: Si en algún momento, el usuario presenta interrogantes para realizar el proceso de diligenciamiento de alguna de las casillas o renglones de la declaración favor remitirse al estatuto de rentas establecido mediante el acuerdo 013 de 9 de diciembre de 2013 publicado directamente en la página del municipio de Yopal.
Verificación pagos: En la sección V PAGOS, el usuario tendrá la posibilidad de editar las casillas de color amarillo, y en el momento en que se oprima el botón calcular, automáticamente se recalcularan las demás casillas. Por otro lado el usuario tienen la posibilidad de presentar la declaración con pago en cero, como se venía manejando normalmente, por lo tanto para que el valor de los renglones contenidos en la opción V PAGOS, quede en ceros, el usuario debe seleccionar el botón presentar pago en ceros y automáticamente los valores se ajustaran de la siguiente manera: Si el usuario, después de oprimir el de botón de presentar pago en ceros, decide cambiar de opinión y realizar el pago de la declaración, podrá oprimir la opción calcular y automáticamente los valores se ajustaran nuevamente para realizar el pago oportuno del valor total de la declaración. Por último, el usuario debe realizar el proceso de radicación de la declaración oprimiendo el botón que se presenta a continuación:
Una vez seleccionado el botón RADICAR, se habilitara un ventana de confirmación de datos para realizar el proceso de impresión del formulario de la declaración. El usuario debe ingresar el número de cedula o NIT (Nit sin digito de verificación), Ingresar el código Captcha (Sin espacios, no valida mayúsculas y minúsculas), y por ultimo un texto de referencia si lo considera necesario. Una vez el usuario a diligenciado la información de verificación, puede oprimir el botón ENVIAR Una vez realizado el proceso de confirmación, se habilitara la siguiente ventana con la presentación de la declaración diligenciada de la siguiente manera:
Antes de realizar definitivo de proceso de impresión definitivo de la declaración, el usuario debe ingresar los datos de forma de pago: Una vez confirmado el diligenciamiento de la información requerida en el formulario de la declaración el usuario puede proceder con toda confianza a realizar el proceso de impresión correspondiente seleccionando el botón imprimir ubicado en la parte inferior derecha así:
El usuario debe realizar el proceso de impresión de tres copias de la declaración, por lo tanto en el momento de realizar el proceso de impresión de ampliar el número de copas a 3 de la siguiente manera: Por último se debe realizar el pago de las declaraciones en los bancos autorizados, haciendo uso del código de barras. 3. RECIBO OFICIAL DE PAGO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, AVISOS Y TABLEROS, SOBRETASA BOMBERIL, SANCIONES E INTERESES Estando ubicado en el menú principal de la página web, el usuario debe seleccionar la opción INDUSTRIA Y COMERCIO.
Una vez seleccionada la opción de Industria y Comercio, dentro de las opciones de la ventana, el usuario debe seleccionar la opción Generar Recibo de Caja Oficial. El diligenciamiento del recibo oficial de pago se debe realizar en la siguiente plantilla, para el caso de las declaraciones presentadas sin pago y para las declaraciones que tienen acuerdo de pago.
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