Nuevo formulario 22 Los cambios que vienen Enero 2021 - EY Patagonia

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Nuevo formulario 22 Los cambios que vienen Enero 2021 - EY Patagonia
Nuevo
 formulario 22
 Los cambios que
 vienen
 Enero 2021

EY Patagonia
Programa
                                                                                                                            2

                    Horario                       Detalle

                    9:00 a 9:05 horas             Bienvenida, presentación e instrucciones

                                                  “Nuevo formulario 22: Los cambios que vienen”. Analya
                    9:05 a 9:50 horas
                                                  Gutiérrez, Mauricio Pérez y Roberto Hernández

                    9:50 a 10:00 horas            Preguntas

                    10:00 a 10:01 horas           Cierre

Algunas Indicaciones

                                          Para hacer preguntas, escríbela a través de Q&A:
          Daremos 10 minutos al           •   Las preguntas se pueden realizar durante la presentación, por medio de Q&A.
          final de la charla para
          responder tus dudas.            •   La presentación será enviada a los correos electrónicos inscritos.
Introducción
                                                                3

• Nuevos regímenes tributarios

• Principales cambios Formulario 22
  •   Anverso
  •   Contribuyente 14 A
  •   Contribuyente 14 D N°3
  •   Contribuyente 14 D N°8

• Situación de contribuyentes del artículo 14 G (cooperativas
  y entidades sin propietarios afecto a impuestos finales).
Regímenes tributarios
                                                                                                    4

      Materia                  14 A                  14 D N°3                  14 D N°8

    Renta líquida
                       Devengada o percibida          Percibida                 Percibida
     imponible

 Tasa 1era categoría           27%             25% (10% AT 2021-2023)               -

 Tributación socios         Por retiros              Por retiros               “Asignado”

  Crédito por IDPC             65%                     100%                         -

    Contabilidad             Completa          Completa o simplificada   Completa o simplificada

                                                                         Simplificado (o excluido
   Capital propio         Artículo 41 LIR           Simplificado
                                                                          dependiendo ventas)

                                                                           Cualquier empresa
  Quiénes pueden                                 Cualquier empresa
                        Cualquier empresa                                cumpliendo requisitos y
     acogerse                                   cumpliendo requisitos
                                                                          con propietarios de IF
Operación Renta AT 2021
                                                                        5

• Este año el Formulario 22 contempla un anverso general y 4
  reversos distintos dependiendo de la naturaleza del contribuyente:

                    Contribuyente     Contribuyente     Contribuyente
  Persona natural
                        14 A            14 D N°3          14 D N°8

• Formulario 22 preliminar.
Información requerida en el F22 AT 2021
                                                                                                                          6

Según régimen tributario
Recuadro N°                                         PN   14 A   14 D N°3   14 D N°8              AT 2020
1. Honorarios                                                                         1. Honorarios

2. Mayor valor enajenación Bs Rs.                                                     2. Mayor valor enajenación Bs Rs.

3. Datos ex 57 bis                                                                    3. Datos balance 8 columnas

4. Enajenación acciones                                                               4. Datos informativos

5.- Crédito por ingreso diferido transparencia 14
                                                                                      5. Depreciación
D N°8

6. Datos informativos                                                                 6. Datos ex 57 bis

7. Ingresos diferidos                                                                 7. Enajenación acciones

8. Donaciones y créditos                                                              8. Créditos imputables al IDPC

9. Registro FUR                                                                       9. Otros créditos y gastos

10. Depreciación                                                                      10. Royalty Minero
Recuadros F22 AT 2021 según régimen
                                                                                                          7

tributario
Recuadro N°                                 PN   14 A   14 D N°3   14 D N°8         AT 2020
11. Royalty Minero                                                            11. Donaciones

                                                                              12. Ingreso diferido art.
12. Base imponible IDPC
                                                                              14 Ter

13. Determinación del RAI

14. Razonabilidad del CPT

15. Registro rentas empresariales

16. Registro SAC

17. Base imponible IDPC Propyme

18. Determinación del RAI

19. Determinación del CPT régimen Propyme

20. Registro rentas empresariales
Recuadros F22 AT 2021 según régimen
                                                                                       8

tributario
Recuadro N°                                PN   14 A   14 D N°3   14 D N°8   AT 2020
21. Registro SAC

22. Base imponible régimen transparencia

23. CPT régimen transparencia
9

   Formulario 22
   Anverso

EY Patagonia
Anverso
                                                                                                                                                                                                     10

Persona natural

                                                                       Se ajustan líneas a los nuevos
                                                                           regímenes tributarios

                                                                                                                                                                    Crédito por contribuciones
                                                                                                                                                                    bienes raíces no agrícolas
 33   Crédito al IGC del 5% sobre total de retiros o dividendos que excedan de 310 UTA que tengan derecho a crédito por IDPC con obligación de restitución, según art. 56 N° 4 LIR   1636        -
 34   Crédito al IGC por Impuesto Territorial pagado por explotación de bienes raíces no agrícolas, según art. 56 N° 5 LIR                                                           1637        -
 35   Crédito al IGC por art. 33 bis, según art. 14 letra D) N°8 letra a) numeral (v) LIR                                                                                            1638        -
Anverso
                                                                                                 11

Contribuyente primera categoría

                                Se ajustan líneas a los nuevos
                                    regímenes tributarios

• Entidades que obtienen rentas afectas al IDPC, pero que carecen de un vínculo directo o
  indirecto con personas que tengan la calidad de propietarios y que resulten gravados con los
  impuestos finales.

• Pueden optar por aplicar lo establecido en el artículo 14, debiendo cumplir con todas sus
  disposiciones.
12

   Formulario 22
   Reverso

EY Patagonia
Recuadro N° 10 depreciación
                                                                                                                                                                                        13

                                                 RECUADRO Nº 10: DEPRECIACIÓN

Cantidad de bienes del activo inmovilizado                                        940

Depreciación acelerada en 1/3 vida util, del ejercicio (art. 31 N° 5 LIR)         938    +

Depreciación acelerada vida útil de 1 año, del ejercicio (art. 31 N° 5 bis LIR)   942    +

Depreciación acelerada en 1/10 vida últil, del ejercicio (art. 31 N° 5 bis LIR)   949    +
Depreciación instántanea por el 50% del valor de adquisición del bien físico
del activo inmovilizado, utilizado en el ejercicio (art. 21° transitorio Ley N°
21.210)
                                                                                  1138   +
                                                                                              Cuadro depreciación agrega depreciación
Depreciación instántanea por el 100% del valor de adquisición del bien físico
del activo inmovilizado, adquirido en el ejercicio (art. 22° transitorio Ley N° 1139     +
                                                                                              instantánea del 100%, según Ley 21.256
21.210)

Depreciación instántanea por el 100% del valor de adquisición del bien físico                 Depreciación instántanea por el 100% del valor de adquisición del bien físico
del activo inmovilizado, adquirido en el ejercicio (art. 22° transitorio bis Ley 1158    +    del activo inmovilizado, adquirido en el ejercicio (art. 22° transitorio bis Ley   1158
N° 21.210, incorporado por la Ley N°21.256)                                                   N° 21.210, incorporado por la Ley N°21.256)

Total depreciación normal de los bienes con depreciación acelerada y/o
                                                                                  950    -
instantánea informada en los códigos 938, 942, 949, 1138, 1139 y 1158

Diferencia entre depreciaciones aceleradas y/o instantáneas y normales del
                                                                                  1066   =
ejercicio, anteriores

                                                                                             • Tener presente Reglamento sobre
                                                                                               Contabilidad Agrícola (DS 1.139/1990).
                                                                                               Artículo 14 letra E, LIR
Recuadro N° 12 base imponible IDPC
                                                                                                                                                                                                                                                               14

                                                                                                                                                                   Corrección monetaria saldo deudor (art. 32 N° 1 LIR)                          1673      -
                                  RECUADRO N° 12: BASE IMPONIBLE DE PRIMERA CATEGORIA RÉGIMEN DEL ARTÍCULO 14 LETRA A) LIR                                         Corrección monetaria saldo acreedor (art. 32 N° 2 LIR)                        1674      +
                                                                                                                                                                   Partidas del inciso primero no afectas al IU de tasa 40% y del inciso
                                                                                                                                                                                                                                                 1144      +
                              Ingresos del giro percibidos o devengados                                      1657            +                                     segundo, del art. 21 LIR, reajustados

                                                                                                                                                                                                                       Vuelve a incorporarse
                                                                                                                                                                   Depreciación financiera del ejercicio                                         1675      +
                              Rentas de fuente extranjera                                                    1658            +
                                                                                                                                                                   Estimación y/o castigos de deudas incobrables, según criterios financieros    1175      +
                              Intereses percibidos o devengados                                              1659            +

                                                                                                                                                                                                                       recuadro de Base
                                                                                                                                                                   Rentas tributables no reconocidas financieramente                             1676      +
                              Otros ingresos percibidos o devengados                                         1660            +
                                                                                                                                                                   Gastos agregados por donaciones                                               1677      +
                              Costo directo de los bienes y servicios                                        1661            -

                                                                                                                                                                                                                       Imponible IDPC
                                                                                                                                                                   Gastos que se deben agregar a la RLI según el art. 33 N° 1 LIR                1678      +

                              Remuneraciones                                                                 1662            -                                     Ingreso diferido por cambio de régimen                                        1150      +

                              Arriendos                                                                      1140            -                                     Pérdidas por ingresos no renta (art. 17 LIR), generados                       1147      +
       RESULTADO FINANCIERO

                                                                                                                                                                   Proporcionalidad gastos ingresos no renta                                     1148      +
                              Depreciación financiera del ejercicio                                          1663            -
                                                                                                                                                                   Intereses devengados por inversiones en bonos del art. 104 LIR                1149      +
                              Intereses pagados o adeudados                                                  1664            -
                                                                                                                                                                   Ingresos devengados por cambio de régimen                                     1151      +
                              Gastos por donaciones                                                          1665            -
                                                                                                                                                                   Gastos adeudados por cambio de régimen                                        1152      -
                              Otros gastos financieros                                                       1666            -                                     Castigo de deudas incobrables, según art. 31 inc. 4° N° 4 LIR                 1176      -

                                                                                                                                 AJUSTES AL RESULTADO FINANCIERO
                                                                                                                                                                   Amortización de intangibles, art. 22° transitorio bis, inc. 4°, 5° y 6° ley
                              Gastos por inversión en investigación y desarrollo certificados por Corfo      1667            -                                     21.210
                                                                                                                                                                                                                                                 1159      -

                                                                                                                                                                   Depreciación tributaria del ejercicio                                         1679      -
                              Gastos por inversión en Investigación y desarrollo no certificados por Corfo   1668            -
                                                                                                                                                                   Gasto goodw ill tributario del ejercicio                                      1680      -
                              Gastos por exigencias medio ambientales                                        1141            -                                     Impuesto específico a la actividad minera                                     1681      -
                                                                                                                                                                   Gastos rechazados afectos a la tributación del art. 21 inc. 1° LIR            1682      -
                              Gasto por indemnización o compensación a clientes o usuarios                   1142            -
                                                                                                                                                                   Gastos rechazados afectos a la tributación del art. 21 inc. 3° LIR            1683      -

                              Costos y gastos necesarios para producir las rentas de fuente extranjera       1669            -                                     Otras partidas                                                                1684      -
                                                                                                                                                                   Rentas exentas IDPC (art. 33 N°2 LIR )                                        1685      -
                              Gastos por impuesto renta e impuesto diferido                                  1670            -                                     Dividendos y/o utilidades sociales percibidos o devengados (art. 33 N° 2
                                                                                                                                                                                                                                                 1686      -
                                                                                                                                                                   LIR)
                              Otros gastos deducidos de los ingresos brutos                                  1671            -                                     Dividendos y/o utilidades sociales percibidas o devengadas (art. 33 N° 2
                                                                                                                                                                                                                                                 1183      -
                                                                                                                                                                   LIR), ingresos no renta
                              Resultado financiero                                                           1672            =
                                                                                                                                                                   Gastos aceptados por donaciones                                               1687      -
                                                                                                                                                                   Ingresos no renta, generados (art. 17 LIR)                                    1688      -
                                                                                                                                                                   Pérdidas de ejercicios anteriores (art. 31 N° 3 LIR)                          1689      -
                                                                                                                                                                   Renta Líquida Imponible antes de rebaja por incentivo al ahorro según
                                                                                                                                                                   art. 14 letra E) y/o por pago de IDPC voluntario según art. 14 letra A)       1728      =
                                                                                                                                                                   N°6, de la LIR
                                                                                                                                                                   Incentivo al ahorro según art. 14 letra E) LIR                                1154      -
                                                                                                                                                                   Base del IDPC voluntario según art. 14 letra A) N° 6 LIR y art. 42
                                                                                                                                                                                                                                                 1157      -
                                                                                                                                                                   transitorio Ley 21.210

Se eliminan del AT 2020…                                                                                                                                           Renta líquida imponible afecta a IDPC (o pérdida tributaria antes de
                                                                                                                                                                   imputar dividendos o retiros percibidos) del ejercicio.
                                                                                                                                                                                                                                                 1690      =

                                                                                                                                                                                                      IMPUTACIONES A LA PÉRDIDA TRIBUTARIA DEL EJERCICIO

Renta líquida imponible negativa del ejercicio                                                        1118                                                         Dividendos o retiros percibidos afectos a IGC, que absorben la pérdida
                                                                                                                                                                                                                                                 1155      +
                                                                                                                                                                   tributaria
                                                                                                                                                                   Incremento por IDPC de los dividendos o retiros percibidos afectos a IGC,
Pérdida tributaria de ejercicios anteriores actualizada                                               1119                                                                                                                                       1156      +
                                                                                                                                                                   que absorben la pérdida tributaria

                                                                                                                                                                   Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre                           1143      =
Recuadro N° 13 determinación del RAI
                                                                                                                                15

                                                                                        Se agrega recuadro para determinar la
                                                                                        “Renta Afecta a Impuesto” (RAI)

                     RECUADRO Nº 13: DETERMINACIÓN DEL RAI RÉGIMEN DEL ARTÍCULO 14 LETRA A) LIR

 Capital propio tributario positivo                                            1698                          +
 Capital propio tributario negativo                                            1717                          -
 Saldo negativo del Registro REX al término del ejercicio                      1692                          +
 Remesas, retiros o dividendos distribuidos en el ejercicio, reajustados       1699                          +
 Subtotal                                                                      1718                         =
 Saldo positivo del Registro REX al término del ejercicio, antes de imputaciones 1693                        -
 Capital aportado debidamente reajustado (incluye aumentos y disminuciones
                                                                                844                          -
 efectivas)
 Saldo FUR (cuando no haya sido considerado dentro del valor del capital
                                                                                982                          -
 aportado a la empresa)
 Sobreprecio obtenido en la colocación de acciones de propia emisión,
                                                                               1198                          -
 debidamente reajustado
 Rentas afectas a IGC o IA (RAI) del ejercicio                                 1199                          =
Recuadro N° 14 razonabilidad CPI
                                                                                                                                                                      16

                                RECUADRO Nº 14: RAZONABILIDAD CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO

Capital propio tributario positivo inicial                                         1145   +   Se incorpora “cuadratura de capital propio”
Capital propio tributario negativo inicial                                         1146   -
                                                                                              partiendo del saldo del año anterior.
Corrección monetaria capital propio tributario inicial                             1177   +
Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio, actualizados                        893    +
Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio, actualizadas                   894    -
Renta líquida imponible afecta a IDPC del ejercicio                                1694   +
Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre                                1695   -
Pérdidas de ejercicios anteriores (art. 31 N° 3 LIR)                               1696   +
Rentas exentas e ingresos no renta (positivo), generados por la empresa en
                                                                                   1178   +
el ejercicio
Pérdida por rentas exentas e ingresos no renta del ejercicio                       1179   -
Retiros o dividendos percibidos en el ejercicio por participaciones en otras
                                                                                   1180   +
empresas
Utilidades percibidas afectas a impuestos finales imputadas a la pérdida
                                                                                   1181   -
tributaria del ejercicio
Remesas, retiros o dividendos distribuidos en el ejercicio, reajustados            1182   -
Partidas del inciso primero no afectas al IU de tasa 40% y del inciso segundo,
                                                                               1697       -
del art. 21 LIR, reajustados
Aumentos del ejercicio (por reorganizaciones)                                      1186   +
Disminuciones del ejercicio (por reorganizaciones)                                 1187   -
Ingreso diferido por cambio de régimen                                             1700   -
Crédito total disponible imputable contra impuestos finales (IPE), del ejercicio   1188   -   Se eliminan del AT 2020…
Incentivo al ahorro según art. 14 letra E) LIR                                     1701   +
                                                                                              Capital propio tributario positivo                                645
Base del IDPC voluntario según art. 14 letra A) N° 6 LIR                           1702   +
                                                                                              Capital propio tributario negativo                                646
Otras partidas a agregar                                                           1189   +
Otras partidas a deducir                                                           1190   -   Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio actualizados        893

Capital propio tributario positivo                                                 645    =   Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio actualizadas   894

Capital propio tributario negativo                                                 646    =
17

   Formulario 22
   Empresas 14 D N°3
   PYME

EY Patagonia
Recuadro N° 17 base imponible IDPC PYME
                                                                                                                                                                                       18

        Recuadro N° 17: BASE IMPONIBLE RÉGIMEN PRO PY ME (art. 14 letra D) N° 3 LIR)

                                                                  PERCIBIDO O PAGADO
                                                                                           Partidas del art. 21 inciso 1° y 3° LIR pagados
                                                                                           Partidas del art. 21 inc. 1° no afectados con IU 40% y
                                                                                                                                                          Se incluye recuadro --para
                                                                                                                                                           1421

                                                                                                                                                           1422
Ingresos percibidos
Rentas de fuente extranjera percibidas
                                                           1400
                                                           1401
                                                                                       +
                                                                                       +
                                                                                           del inc. 2° LIR pagados
                                                                                           Pérdida en rescate o enajenación de inversiones o
                                                                                                                                                          determinar BI de IDPC
                                                                                                                                                           1423               -
                                                                                                                                                                                  en
Intereses percibidos

Mayor valor percibido por rescate o enajenación de
                                                           1402                        +
                                                                                           bienes no depreciables
                                                                                           Otros gastos deducibles de los ingresos
                                                                                                                                                          base a ingresos percibidos
                                                                                                                                                           1424               -

                                                                                                                                                          y gastos pagados -
                                                           1403                        +
inversiones o bienes no depreciables                                                       Gastos o egresos pagados o adeudados por
Ingresos percibidos o devengados por operaciones                                           operaciones con empresas relacionadas del art. 14               1425
                                                           1587                        +
con empresas relacionadas del art. 14 letra A) LIR                                         letra A) LIR
Otros ingresos percibidos o devengados                     1588                        +   Pérdidas tributarias de ejercicios anteriores                   1426              -
Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente                                     Créditos incobrables castigados en el ejercicio
                                                           1404                        +                                                                   1427              -
incrementado y reajustado cuando corresponda
                                                                                           (reconocidos sobre ingresos devengados)
Crédito sobre activos fijos adquiridos en el ejercicio
                                                           1405                        +   Gastos aceptados por donaciones                                 1428              -
imputado al IDPC (art. 33 bis LIR)

           TOTAL DE INGRESOS ANUALES                       1410                        =                TOTAL DE EGRESOS ANUALES                           1430              =
Gasto por saldo inicial de existencias o insumos del
                                                           1406                        -   Partidas del inc. 1° no afectas al IU de tasa 40% y del
negocio en cambio de régimen, pagados
                                                                                           inc. 2°, del art. 21 LIR (históricos), incluidos en el total    1431              +
Gasto por saldo inicial de activos fijos depreciables en                                   de egresos
                                                           1407                        -
cambio de régimen, pagados
                                                                                           Base Imponible antes de rebaja por incentivo al ahorro
Gasto por pérdida tributaria en cambio de régimen          1408                        -   según art. 14 letra E) y/o por pago de IDPC voluntario
                                                                                                                                                           1729              =
Existencias o insumos del negocio, pagados                 1409                        -   según art. 14 letra A) N°6, de la LIR (si es negativo
                                                                                           traslade al código 1440)
Gastos de rentas de fuente extranjera, pagados             1429                        -
                                                                                           Incentivo al ahorro según art. 14 letra E) LIR                  1432              -
Remuneraciones pagadas                                     1411                        -
Honorarios pagados                                         1412                        -   Base del IDPC voluntario según art. 14 letra A) N° 6
                                                                                                                                                           1433              -
                                                                                           LIR y art. 42 transitorio Ley 21.210
Adquisición de bienes del activo fijo, pagados             1413                        -
                                                                                           Base Imponible afecta a IDPC (o pérdida tributaria
Servicios pagados                                          1414                        -
                                                                                           antes de imputar dividendos o retiros percibidos)               1440              =
Arriendos pagados                                          1415                        -   del ejercicio
Gastos por responsabilidad social, pagados                 1416                        -                         IMPUTACIONES A LA PÉRDIDA TRIBUTARIA DEL EJERCICIO
Gastos por inversión en investigación y desarrollo no
                                                           1417                        -   Dividendos o retiros percibidos afectos a IGC, que
certificados por CORFO                                                                                                                                     1434              +
Gastos por inversión en investigación y desarrollo                                         absorben la pérdida tributaria
                                                           1418                        -
certificados por CORFO                                                                     Incremento por IDPC de los dividendos o retiros
Intereses y reajustes pagados por préstamos y otros        1419                        -   percibidos afectos a IGC, que absorben la pérdida               1435              +
                                                                                           tributaria
Amortización de intangibles, art. 22° transitorio bis,
                                                           1420                        -   Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre             1450              =
inc. 4°, 5° y 6° Ley N° 21.210
Recuadro N° 18 determinación RAI PYME
                                                                                                                             19

                                             RECUADRO Nº 18 DETERMINACION DEL RAI
                                                                                              Se incluye recuadro para
Capital propio tributario simplificado positivo                                    1703   +
Capital propio tributario simplificado negativo                                    1719   -
                                                                                              determinar RAI PYME en base
Saldo negativo del registro REX al término del ejercicio                           1492   +   a capital simplificado y valores
Remesas, retiros o dividendos distribuidos del ejercicio, históricos               1704   +   históricos
Subtotal                                                                           1720   =
Saldo positivo del registro REX al término del ejercicio, antes de imputaciones    1493   -
Capital aportado, históricos (incluye aumentos y disminuciones efectivas)          1494   -
Saldo FUR (cuando no haya sido considerado dentro del valor del capital aportado
                                                                                   1725   -
a la empresa)

Sobreprecio obtenido en la colocación de acciones de propia emisión, históricos    1727   -

Rentas afectas a impuestos global complementario o adicional (RAI) del ejercicio 1500     =
Recuadro N° 19 determinación CPT PYME
                                                                                                                               20

                                             Recuadro N° 19: CPTS RÉGIMEN PRO PYME
                                                    (art. 14 letra D) N° 3 LIR)

CPT positivo inicial                                                                    1445   +   Recuadro muy parecido al
CPT negativo inicial                                                                    1446   -
                                                                                                   N°14 de “Razonabilidad
Capital aportado                                                                        1374   +
Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio                                           1375   +   Capital Propio” de
Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio                                      1376   -
                                                                                                   contribuyentes 14 A, pero
Base imponible afecta a IDPC del ejercicio                                              1705   +
Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre                                     1706   -   con valores históricos
Pérdidas tributarias de ejercicios anteriores                                           1707   +
Rentas exentas e ingresos no renta (positivo), generados por la empresa en el
                                                                                        1377   +
ejercicio
Pérdida por rentas exentas e ingresos no renta del ejercicio                            1378   -
Retiros o dividendos percibidos en el ejercicio por participaciones en otras empresas   1726   +
Utilidades percibidas afectas a impuestos finales imputadas a la pérdida tributaria
                                                                                        1591   -
del ejercicio
Remesas, retiros o dividendos distribuidos en el ejercicio.                             1479   -
Partidas del inciso primero no afectas al IU de tasa 40% y del inciso segundo, del
                                                                                        1708   -
art. 21 LIR.
Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente incrementado cuando
                                                                                        1709   -
corresponda
Crédito total disponible imputable contra impuestos finales (IPE), del ejercicio        1379   -
Incentivo al ahorro según art. 14 letra E) LIR                                          1710   +
Base del IDPC voluntario según art. 14 letra A) N° 6 LIR                                1711   +
Otras partidas a agregar                                                                1380   +
Otras partidas a deducir                                                                1381   -
Capital propio tributario simplificado positivo                                         1545   =
Capital propio tributario simplificado negativo                                         1546   =
Recuadro N° 20 Registro RRE - PYME
                                                                                                                                                                         21

                                                                                                                    REX
     RECUADRO N° 20: REGISTRO DE RENTAS EMPRESARIALES Y
                                                                            RAI            RENTAS CON TRIBUTACIÓN CUMPLIDA           RENTAS                   STUT
                      MOVIMIENTO STUT                                                                                                            INR
                                                                                                                                     EXENTAS
                                                                                     RAP                 ISFUT               OTRAS
Remanente ejercicio anterior (saldo positivo)                            1451     1452          1752                      1753       1453      1454    1382          +
Remanente ejercicio anterior (saldo negativo)                                     1589                                    1754       1455      1456                  -
Monto imputado al ISFUT art. 25° transitorio Ley N°21.210                1457                   1458                                                   1383          -
Aumentos del ejercicio (por reorganizaciones)                            1392     1393          1755                      1756       1394      1395    1384          +
Disminuciones del ejercicio (por reorganizaciones)                       1396     1397          1757                      1758       1398      1399    1385          -
Reversos y/o disminuciones del ejercicio (propias)                       1459     1460          1759                      1760       1461      1462    1386          -
Aumentos del ejercicio (propios)                                         1463     1464          1761                      1762       1465      1466                  +
Otros aumentos del ejercicio                                             1467     1468          1763                      1764       1469      1470    1387          +
Otras disminuciones del ejercicio                                        1471     1472          1765                      1766       1473      1474    1388          -
Retiros, dividendos o remesas imputados a los RRE                        1475     1476          1767                      1768       1477      1478    1389          -
Retiros en exceso, y devoluciones de capital imputados en el ejercicio   1480     1481          1769                      1770       1482      1483    1390          -
Remanente ejercicio siguiente (saldo positivo)                           1484     1485          1771                      1772       1486      1487    1391          =
Remanente ejercicio siguiente (saldo negativo)                           1488     1489                                    1773       1490      1491                  =
Recuadro N° 21 Registro SAC - PYME
                                                                                                                                                                                                                                                          22

                                                                                                                     Acumulados a contar desde el 01.01.2017                                            Acumulados hasta el 31.12.2016
                    RECUADRO N° 21: REGISTRO SAC
                                                                                          No Sujeto a Restitución                        Sujeto a Restitución
                   (SALDO ACUMULADOS DE CRÉDITO)                                                                                                                                  IPE   Sin D° Devolución     Con D° Devolución                 IPE
                                                                                 Sin D° Devolución     Con D° Devolución      Sin D° Devolución        Con D° Devolución

Remanente ejercicio anterior (saldo positivo)                                      1495                   1496                 1497                      1498              1499          1501                   1502                     1503         +
Remanente ejercicio anterior (saldo negativo)                                      1655                   1656                 1504                      1505                                                                                         -
Monto imputado al ISFUT art. 25° transitorio Ley N°21.210                                                                                                                                1506                   1507                                  -
Aumentos del ejercicio por reorganizaciones                                        1590                   1436                 1437                      1438              1439          1441                   1442                     1443         +
Disminuciones del ejercicio por reorganizaciones                                   1444                   1447                 1448                      1449              1508          1509                   1510                     1511         -
IDPC base imponible generada en el ejercicio                                       1512                   1513                                                             1514                                                                       +
IDPC retiros, dividendos o remesa percibidos                                       1515                   1516                 1517                      1518              1519          1520                   1521                     1522         +
Otros aumentos del ejercicio                                                       1523                   1524                 1525                      1526              1527          1528                   1529                     1530         +
Otras disminuciones del ejercicio                                                  1531                   1532                 1533                      1534              1535          1536                   1537                     1538         -
Asignado a remesas, retiros o dividendos imputados en el ejercicio.                1539                   1540                 1541                      1542              1543          1544                   1547                     1548         -
Asignado a Retiros en exceso y devoluciones de capital imputados en el ejerci      1549                   1550                 1551                      1552              1553          1554                   1555                     1556         -
CIDPC e IPE asignado a gastos rechazados del art. 21 inc. 1° no afectos a IU 4     1557                   1558                                                             1559          1560                   1561                     1562         -
Remanente ejercicio siguiente (saldo positivo)                                     1563                   1564                 1565                      1566              1567          1568                   1569                     1570         =
Remanente ejercicio siguiente (saldo negativo)                                     1368                   1371                 1571                      1572                                                                                         =
23

   Formulario 22
   Empresas 14 D N°8
   Transparencia
   Tributaria

EY Patagonia
Recuadro N° 22 base imponible PYME
                                                                                                                                                                                                                                 24

Transparente
             Recuadro N° 22: BASE IMPONIBLE RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA TRIBUTARIA (art. 14 letra D) N° 8 LIR)

                                                                                                                              Se incluye recuadro para determinar RAI PYME en
                                                                                                     PERCIBIDO O PAGADO

Ingresos percibidos                                                                           1600                        +

                                                                                                                              base a capital simplificado y valores históricos
Rentas de fuente extranjera                                                                   1601                        +
Intereses percibidos                                                                          1602                        +
Mayor valor por rescate o enajenación de inversiones o bienes no depreciables                 1603                        +
Dividendos o retiros percibidos en el ejercicio, por participaciones en otras empresas        1604                        +
Incremento por impuesto de primera categoría y crédito total disponible por impuestos pa 1605                             +
Ingresos percibidos o devengados por operaciones con empresas relacionadas del art. 1 1606                                +
                                                                                                                                 Incremento por impuesto de primera categoría y crédito total disponible por impuestos pa 1605
Otros ingresos percibidos o devengados                                                        1607                        +
Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente incrementado y reajustado, cuand 1608                              +      Ingresos percibidos o devengados por operaciones con empresas relacionadas del art. 1 1606
Crédito por activos fijos adquiridos en el ejercicio (art. 33 bis LIR, según instrucciones)   1609                        +
Total de Ingresos Anuales                                                                     1610                        =

Gasto por saldo inicial de existencias o insumos del negocio en cambio de régimen             1611                        -

Gasto por saldo inicial de activos fijos depreciables en cambio de régimen                    1612                        -
Gasto por pérdida tributaria en cambio de régimen                                             1613                        -
Existencias o insumos del negocio, pagados                                                    1614                        -
Gastos de rentas de fuente extranjera                                                         1615                        -
Remuneraciones pagadas                                                                        1616                        -
Honorarios pagados                                                                            1617                        -
Adquisición de bienes del activo fijo, pagados                                                1618                        -
Servicios pagados                                                                             1619                        -
Arriendos pagados                                                                             1620                        -
Gastos aceptados por responsabilidad social                                                   1621                        -
Intereses y reajustes pagados por préstamos y otros                                           1622                        -
Amortización de intangibles, art. 22° transitorio bis, inc. 4°, 5° y 6° Ley N° 21.210         1623                        -
Pérdida en rescate o enajenación de inversiones o bienes no depreciables                      1624                        -
Otros gastos deducibles de los ingresos                                                       1625                        -
Gastos o egresos pagados o adeudados por operaciones con empresas relac. del art. 14 1626                                 -
Pérdidas de ejercicios anteriores                                                             1627                        -
Créditos incobrables castigados en el ejercicio (reconocidos sobre ingresos
                                                                                              1628                        -
devengados)
Total de Egresos Anuales                                                                      1629                        =
Base Imponible a Asignar a Propietarios que son Contribuyentes de Impuestos
                                                                                              1630                        =
Finales, o Pérdida Tributaria del Ejercicio
Recuadro N° 23 CPT PYME Transparente
                                                                                                                           25

                 Recuadro N° 23: CPTS RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA TRIBUTARIA (art. 14 letra D) N° 8, numeral (vii) LIR)

       CPT positivo inicial                                                                                   1580     +
       CPT negativo inicial                                                                                   1582     -
       Capital aportado                                                                                       1573     +
       Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio                                                          1574     +
       Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio                                                     1575     -
       Base imponible del ejercicio, asignable a los propietarios                                             1712     +
       Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre                                                    1713     -
       Pérdida de ejercicios anteriores                                                                       1714     +
       Remesas, retiros o dividendos distribuidos en el ejercicio                                             1576     -
       Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente incrementado y reajustado, cuando corresponda   1715     -
       Partidas de gastos no aceptados                                                                        1577     -
       Crédito por activos fijos adquiridos en el ejercicio (art. 33 bis LIR, según instrucciones)            1716     -
       Crédito por IDPC, por participaciones en otras empresas que incrementaron la BI del ejercicio.         1578     -
       Crédito total disponible imputable contra impuestos finales (IPE), del ejercicio                       1579     -
       Otras partidas a agregar                                                                               1584     +
       Otras partidas a deducir                                                                               1585     -
       Capital propio tributario simplificado positivo                                                        1581     =
       Capital propio tributario simplificado negativo                                                        1583     =
¿Preguntas?
              26
Muchas gracias
Analya Gutiérrez R.
Socia | Consultoría Tributaria
analya.gutierrez@cl.ey.com

Mauricio Pérez W.
Associate Partner | Consultoría Tributaria
mauricio.javier.perez@cl.ey.com

Roberto Hernández H.
Socio | Consultoría Tributaria
roberto.hernandez@cl.ey.com
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