PRODUCTOS DE USO DOMÉSTICO, DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES - MARCO REGULATORIO
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MAPA DE LEGISLACIONES REGULATORIAS Acuerdos Internacionales Constitución Nacional Leyes y Decretos Resoluciones Disposiciones
MAPA DE LEGISLACIONES REGULATORIAS Constitución Nacional Acuerdos Internacionales Artículo 42.- Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la Actas de OMC protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de Tratado de Asunción la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. Protocolo de Ouro Preto La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias Otros interesadas, en los organismos de control.
MARCO REGULATORIO GENERAL Leyes y Decretos Ley • Lealtad Comercial 22.802 Ley • Defensa al Consumidor 24.240 Dec. • Creación de la ANMAT 1490- 92
MARCO REGULATORIO GENERAL Leyes Ley 22.802 – Lealtad Comercial Indicaciones obligatorias de los productos, para ser comercializado en el país. Denominación - Calidad, pureza o mezcla - País de fabricación - Contenido neto Responsabilidad de comerciantes, si no poseen la documentación de compra. Prohibición de todo tipo de publicidad o propaganda engañosa. Sanciones para infracciones
MARCO REGULATORIO GENERAL Leyes Ley 24.240 – Defensa del Consumidor Normas de protección y defensa de los consumidores. Autoridades de aplicación. Sanciones La obligación de suministrar información veraz, detallada y suficiente. Que el uso previsible o normal de los productos no presenten riesgos. La responsabilidad solidaria de fabricantes, importadores y comerciantes por daños.
MARCO REGULATORIO GENERAL Leyes Ley 24.240 – Defensa del Consumidor La creación de tribunales arbitrales. Planes de educación al consumidor, como responsabilidad del estado. El carácter de promesa contractual a la publicidad y rótulos. Un tamaño mínimo de los caracteres tipográficos de 1,8 mm. Escrito en idioma nacional.
MARCO REGULATORIO GENERAL Resolución 43/2002 - Contenido Neto en Resoluciones rótulos. Unidades de medida y tamaño de números y letras Unidades de medida de acuerdo a la cantidad nominal del producto Tipo de medida Cantidad nominal del Contenido neto en gramos o Altura mínima de los números Unidades (símbolos) (magnitud) producto (q) mililitros en milímetros ml ó mL ó cl ó cL ó q < 1000 ml Menor o igual que 50 2 Volumen (líquidos) cm3 1000 ml ≤ q óL(I) Mayor que 50 y menor o igual que 3 q≤1g mg 200 Masa 1 g ≤ q ≤ 1000g g. 1000g ≤ q kg Mayor que 200 y menor o igual 4 que 1000 q < 1 mm mm Longitud 1 mm ≤ q ≤ 1 00 cm mm ó cm Mayor que 1000 6 100cm ≤ q m Altura mínima de los Área de la cara principal en cm2 Altura de lo números y letras de acuerdo a contenido neto del números (mm) producto Menor que 40 2,0 Mayor o igual a 40 y menor que 170 3,0 Mayor o igual a 170 y menor que 650 4,5 Mayor o igual a 650 y menor que 2600 6,0 Igual o mayor que 2600 10,0
MARCO REGULATORIO GENERAL Resolución 800/1997 - Criterio de Resoluciones muestreo y régimen de tolerancias al Contenido Neto •Aplicable a productos con Contenido Tolerancia Individual ( T ) a Neto entre 5 y 25.000 g o cm3 Contenido Nominal Porcentaje g o ml o (Qn) g o ml o cm3 de Qn (%) cm3 •Muestreo estadístico en función del b tamaño de lote de producto 5 a 50 9 - 50 a 100 - 4,5 •Puntos de muestreo: fábrica, depósito, 100 a 200 4,5 - c punto de venta 200 a 300 - 9 300 a 500 3 - 500 a 1.000 - 15 •Control destructivo y no destructivo 1.000 a 10.000 1,5 - d 10.000 a 15.000 - 150 15.000 a 25.000 1 - •Criterio para determinar la tolerancia e admitida
MARCO REGULATORIO GENERAL Decretos Decreto 1490/1992 - ANMAT Declara de interés nacional las acciones dirigidas a la prevención, resguardo y atención de la salud de la población. Creación y Competencias de la ANMAT. Estructura de la ANMAT (modificado por Dec. 1271/2013) Recursos y Disposiciones adicionales para el funcionamiento.
MARCO REGULATORIO GENERAL Decretos Decreto 1271/2013 – ESTRUCTURA ANMAT
MARCO REGULATORIO GENERAL Decretos Decreto 1271/2013 – ESTRUCTURA ANMAT Responsabilidad Primaria productos de higiene personal, cosméticos y perfumes Intervenir en el control productos de higiene oral de uso la fiscalización odontológico la vigilancia DIRECCIÓN DE VIGILANCIA productos de uso DE PRODUCTOS doméstico o PARA LA SALUD domisanitarios Asistir en la Medicamentos, productos fiscalización y médicos, y otros productos vigilancia del que así lo requieran. mercado
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS Decreto 141 / 1953 - Resolución 155/1998 – REGLAMENTO ALIMENTARIO PRODUCTOS COSMÉTICOS • La promulgación de la Ley 18284 • Artículo 1º- Quedan sometidas a la creó al CÓDIGO ALIMENTARIO presente Resolución la importación, ARGENTINO, que Reemplazó al exportación, elaboración, envasado antiguo Reglamento Alimentario. y depósito de los Productos Cosméticos, para la Higiene Personal Importante: EstenoDecreto • El Dto. 141/53 se en su es derogado y Perfumes, y las personas físicas o totalidad, mantiene quedando vigente por vigentes el marco los jurídicas que intervengan en dichas artículos quederegulan productos de actividades. sancionatorio infracciones uso doméstico y cosméticos. A pesar para deambas categorías haber tenido actualizaciones a través de Resoluciones Ministeriales, aún está vigente.
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS DEFINICIÓN: Res. 708/98: DEFINICIÓN: Res. 155/98: Preparaciones Sustancias o Preparaciones destinadas a: constituidas por sustancias naturales o sintéticas o sus mezclas, con el objeto exclusivo o principal de: Limpieza Lavado Higienizar Odorización Perfumar Desodorización Cambiar apariencia Higienización Proteger Desinfección o Desinfestación Mantener en Buen Estado para su utilización en el Corregir olores corporales hogar, y ambientes de uso externo en colectivos públicos o las diversas partes del cuerpo privados. humano
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO Sistema Capilar COSMÉTICOS Labios Membranas mucosas de la cavidad oral y Dientes DEFINICIÓN: Res. 155/98: Continuación Piel Org. Genitales Externos Uñas Estos productos no podrán proclamar actividad terapéutica alguna
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS REGISTRO DE PRODUCTO – Resolución 709/1998 ADMISIÓN AUTOMÁTICA DE PRODUCTO – – Disposición 7292/1998 Res. 155/1998 – Disp. 1108/99 – Disp. 345/06 Categorización de Productos Clasificación de Productos •propiedades básicas o elementales, cuya •Comprende todos los productos de comprobación no es inicialmente necesaria y I limpieza y afines en general, Riesgo exceptuando los cáusticos y corrosivos que para su manipulación no requieran Grado I no requieren informaciones detalladas en cuanto a su modo de uso y sus restricciones de uso, debido a las características intrínsecas protección personal especial. del producto. •Comprende los productos con actividad antimicrobiana, con actividad desinfestante (insecticidas, • Indicaciones específicas cuyas Riesgo II acaricidas, alguicidas, etc,), los productos cuyo valor de pH sea inferior a dos (2) o mayor que trece (13), Grado II características exigen comprobación de seguridad y/o eficacia, informaciones, cuidados, modo y restricciones de uso. productos con alto poder oxidante o reductor y productos biológicos a base de bacterias.
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTO – HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTO – Disposición 7293/1998 – Res 708/1998 Disposición 346/2006 – Disp. 1109/99 Duración del Registro Certificado de habilitación Nacional de Establecimiento sin vencimiento (R.N.E.) Comunicar cualquier Validez 5 años modificación Reinscripción automática por Embalar, Elaborar, declaración jurada Acondicionar, Fabricar, Comunicar cualquier Fraccionar, Almacenar, En la práctica se presenta toda la modificación Envasar, Importar documentación de habilitación y el establecimiento es inspeccionado para verificar el cumplimiento de las BPFyC
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTO – HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTO – Disposición 7293/1998 – Res 708/1998 Disposición 346/2006 – Disp. 1109/99 Requisitos del Establecimiento Requisitos del Establecimiento Habilitación edilicia municipal y Cumplimiento de la Cumplimiento de la salubridad legislación vigente: provincial cuando legislación LOCAL vigente: corresponda Seguridad personal y de equipos Director Técnico e instalaciones Buenas Prácticas de Fabricación Protección ambiental y condiciones operativas Establecimiento Productor/Elaborador Establecimiento envasador/acondicionador o Director Técnico Establecimiento importador Existencia de una estructura organizacional adecuada
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS BUENAS PRÁCTICAS DE FABRICACIÓN Y BUENAS PRÁCTICAS DE FABRICACIÓN – CONTROL – Disposición 2335/2002 y 1929/2005 Disposición 6477/2012 Definiciones y Criterios para: Definiciones y Criterios para: Inspección y almacenamiento Gestión de la Calidad de Materiales Sanitización, Higiene y Conducta Procesos y Equipos Procesos, Documentación y Instalaciones y Ambiente Registros Verificación final Instalaciones y Sistemas de Agua Cont. de Calidad y Autoinspección Reclamos y acciones correctivas Reclamos, retiros y devoluciones Estos son los puntos mas relevantes, ya que el criterio es mas amplio.
MARCO REGULATORIO ESPECÍFICO DOMISANITARIOS COSMÉTICOS TERCERIZACIÓN – Disposición 7725/06 TERCERIZACIÓN – Disposición 7726/06 CONTRATO ANMAT ANMAT RESP. TÉCNICO HABILITACIONES RESP. LEGAL CONTRATANTE CONTRATADO CONTRATANTE CONTRATADO
CONCLUSIONES El marco regulatorio de las dos categorías es muy similar y se rige básicamente por normativas armonizadas a nivel mundial, principalmente siguiendo los lineamientos del Mercosur que toman como referencia a Europa y Estados Unidos. La armonización de la normativa permite un mejor intercambio de productos entre las diferentes regiones. Es muy importante conocer el marco regulatorio y estar actualizado, ya que cambios en la normativa puede impactar en los costos de las compañías y por lo tanto es fundamental prever estos cambios.
MUCHAS GRACIAS Leonardo Mazzía Víctor Fontán ALPHA CAPA lmazzia@house.com.ar victorfontan@capa.org.ar
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