Sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y ...

Página creada Jaime Arès
 
SEGUIR LEYENDO
SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO
                                           28 DE JULIO DE 2021

                                           Sobre el Anteproyecto

                           Dictamen 6
                                    2021
                                           de Ley de Garantía del poder
                                           adquisitivo de las pensiones
                                           y de otras medidas de refuerzo
                                           de la sostenibilidad financiera
                                           y social del sistema público
                                           de pensiones

CUBIERTA_6_2021.indd 2-3                                                13/8/21 11:01
CONSEJO ECONÓMICO
     Y SOCIAL ESPAÑA
     DEPARTAMENTO DE PUBLICACIONES
     NICES: 806-2021
     Colección Dictámenes
     Número 6/2021
     La reproducción de este dictamen
     está permitida citando su procedencia.
     Primera edición, agosto de 2021
     Edita y distribuye
     Consejo Económico y Social
     Huertas, 73
     28014 Madrid. España
     T 91 429 00 18
     F 91 429 42 57
     publicaciones@ces.es
     www.ces.es
     ISSN 1134-5152
     D.L. M-24084-2021
     Imprime
     Creative XML, S.L.U.

CUBIERTA_6_2021.indd 4-5                      13/8/21 11:01
DICTAMEN 6 2021
SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE 28 DE JULIO DE 2021

Sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía del poder
adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo
de la sostenibilidad financiera y social del sistema público
de pensiones

De conformidad con las competencias atribuidas al Consejo Económico y Social
por la Ley 21/1991, de 17 de junio, previo análisis y tramitación por la Comisión
de Trabajo de Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social, y de acuerdo
con el procedimiento previsto en el Reglamento de organización y funciona-
miento interno, el Pleno del Consejo Económico y Social aprueba en su sesión
ordinaria del día 28 de julio de 2021 el siguiente dictamen:

1.   Antecedentes

Con fecha de 8 de julio de 2021 tuvo en-        da a la Comisión de Trabajo de Relaciones
trada en el Consejo Económico y Social          Laborales, Empleo y Seguridad Social para
escrito del Ministerio de Inclusión, Se-        que procediera a la elaboración de la co-
guridad Social y Migraciones en el que se       rrespondiente propuesta de dictamen.
solicitaba, al amparo de lo dispuesto en el         El Anteproyecto viene acompañado
artículo 7.1.1.a) de la Ley 21/1991, de 17 de   de una Memoria de análisis de su im-
junio, de Creación del Consejo Económi-         pacto normativo, en la que se justifica la
co y Social, que el CES emitiera dictamen       oportunidad de la propuesta, se describe
sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía        el contenido y el análisis jurídico de las
del poder adquisitivo de las pensiones y de     medidas que contempla a lo largo de su
otras medidas de refuerzo de la sostenibili-    articulado y se analizan los diferentes im-
dad financiera y social del sistema público     pactos que surtirá su aplicación, en térmi-
de pensiones. Dicha solicitud fue traslada-     nos de adecuación de la norma al orden de

                                                          CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
2   DICTAMEN 6 / 2021

distribución de competencias, al impacto        pia tienen derecho a recibir una pensión
económico y presupuestario de las distin-       de jubilación acorde a sus contribuciones
tas medidas que se introducen, así como a       que garantice una renta adecuada, igualdad
su impacto por razón de género; en la fa-       de oportunidades entre mujeres y hombres
milia, infancia y adolescencia; en materia      a la hora de adquirir derechos de pensión
de igualdad de oportunidades, no discri-        así como el derecho de toda persona a ob-
minación y accesibilidad universal de las       tener los recursos que le garanticen una
personas con discapacidad, incluyéndose         vejez digna.
asimismo una última consideración sobre             En el Informe conjunto sobre pensio-
la valoración ex post.                          nes, del Comité de Política Económica
    El mantenimiento de un régimen públi-       y del Comité de Protección Social de la
co de Seguridad Social constituye uno de        Unión Europea se enfatizaba igualmente
los principios rectores de la política social   la interdependencia entre los objetivos de
y económica, reconocido por la Constitu-        adecuación y sostenibilidad de las pen-
ción. Esta última incorpora asimismo la ga-     siones. A esa misma conclusión llegaban,
rantía institucional de la existencia misma     desde sus distintos enfoques y objetos de
de la Seguridad Social, en su artículo 41 CE,   análisis, las conclusiones del Informe de
junto con la introducción del principio de      Adecuación de las Pensiones de 2018, del
la protección con carácter universal de las     Comité de Protección Social de la Unión
situaciones de necesidad, así como la sufi-     Europea, así como del Informe sobre el En-
ciencia de la protección dispensada por el      vejecimiento del mismo año, del Comité de
sistema público.                                política Económica y la Comisión Europea.
    Valga recordar asimismo, por su estre-          Las modificaciones en la normativa de
cha relación con el Anteproyecto objeto         Seguridad Social vienen siendo una cons-
de dictamen, la trascendencia del man-          tante en España a lo largo de las últimas
dato constitucional (art. 50 CE) que enco-      décadas, formando parte de un proceso de
mienda a los poderes públicos “garantizar       continua adaptación y anticipación de las
mediante pensiones adecuadas y periódi-         principales instituciones de la protección
camente actualizadas, la suficiencia eco-       social, entre las que el sistema de pensio-
nómica a los ciudadanos durante la tercera      nes ocupa un lugar protagonista, a los su-
edad”.                                          cesivos cambios sociales y económicos. Un
    Por su parte, en el contexto comunita-      rasgo genuino en el caso español ha sido
rio, el Pilar Europeo de Derechos Sociales,     la búsqueda de la correlación de fuerzas
aprobado en la Cumbre Social Europea de         políticas y sociales a la hora de abordar las
Gotemburgo de noviembre de 2017, dedica         principales reformas en esta materia, me-
su Principio 15 a las “Pensiones y presta-      diante la que se ha procurado ir forjando
ciones de vejez”, estableciendo que traba-      los objetivos comunes a través de acuerdos
jadores por cuenta ajena y por cuenta pro-      que, cuando se han conseguido, han refor-
DICTAMEN 6 / 2021   3

zado la efectividad de las medidas adop-        sistema de Seguridad Social que se aden-
tadas, a las que han conferido una mayor        traron, sin ánimo de exhaustividad, en ma-
legitimación social.                            terias como la edad de jubilación, la forma
    A partir de 1995, el proceso se institu-    de cálculo de la pensión, los incentivos a
cionalizó a través del consenso alcanzado       la prolongación voluntaria de la vida la-
por las fuerzas parlamentarias en torno a       boral y mejora de la acción protectora, así
las recomendaciones del Pacto de Toledo,        como la previsión de que, a partir de 2027,
que desde entonces orientarían las futuras      los parámetros fundamentales del sistema
reformas del sistema de pensiones con el        se revisarían por las diferencias entre la
fin de garantizar su viabilidad y mejora. A     evolución de la esperanza de vida a los 67
ello hay que añadir una intensa participa-      años de la población en el año en que se
ción de los agentes sociales, a través de los   efectúe la revisión y la esperanza de vida
sucesivos acuerdos suscritos con el Gobier-     a los 67 años en 2027. La mayor parte del
no en el marco del diálogo social, que han      contenido del Acuerdo fue recogido por la
precedido a la mayor parte de las modifica-     Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre Actua-
ciones sustanciales para el sistema.            lización, adecuación y modernización del
    De toda la secuencia histórica de refor-    sistema de Seguridad Social, la última gran
mas sucesivas que ha encarado el sistema        reforma del sistema, que entraría en vigor
de pensiones en el periodo constitucional       en 2013 y se aplicaría gradualmente hasta
cabe destacar, por su proximidad con el         completarse en 2027. El CES tuvo oportu-
texto objeto de dictamen, la abordada en        nidad de pronunciarse sobre el contenido
2011. En un contexto económico y de em-         de dicha reforma en su Dictamen 2/2011,
pleo muy desfavorable, tras la aprobación       sobre el Anteproyecto de Ley sobre Actua-
de las Recomendaciones del informe de           lización, adecuación y modernización del
evaluación y reforma del Pacto de Toledo,       sistema de Seguridad Social.
aprobado por el Pleno del Congreso de los           Posteriormente, la Ley Orgánica 2/2012,
diputados el 25 de enero de 2011, se alcan-     de 27 de abril, de Estabilidad presupues-
zó el Acuerdo Social y Económico suscrito       taria y sostenibilidad financiera, estable-
por el Gobierno y las confederaciones em-       ció que el Gobierno, en caso de proyectar
presariales (CEOE y CEPYME) y sindicales        un déficit en el largo plazo del sistema de
(CCOO y UGT) más representativas de ám-         pensiones, revisaría el sistema aplicando
bito estatal.                                   de forma automática el factor de sosteni-
    Pieza sustancial del mismo fue el           bilidad en los términos y condiciones pre-
Acuerdo para la Reforma y Fortalecimien-        vistos en la Ley 27/2011. Mediante el Real
to del Sistema Público de Pensiones. El         Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de me-
Acuerdo introdujo una serie de importan-        didas para favorecer la continuidad de la
tes reformas para asegurar la sostenibili-      vida laboral de los trabajadores de mayor
dad financiera y la viabilidad futura del       edad y promover el envejecimiento activo,

                                                          CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
4   DICTAMEN 6 / 2021

se encomendó al Gobierno la creación de        para las pensiones públicas equivalente al
un comité de expertos independientes para      del Índice de Precios al Consumo (IPC),
la elaboración de un informe sobre el factor   posponiendo la aplicación del factor de
de sostenibilidad del sistema de Seguridad     sostenibilidad y remitiéndose al acuerdo
Social, para su remisión a la Comisión del     que se alcanzara en la Comisión de Segui-
Pacto de Toledo. Más adelante tuvo lugar       miento y Evaluación de los Acuerdos del
la aprobación de la Ley 23/2013, e 23 de       Pacto de Toledo, en una fecha no posterior
diciembre, reguladora del Factor de sos-       al 1 de enero de 2023.
tenibilidad y del índice de revalorización         Tras la entrada de un nuevo Gobierno
del sistema de pensiones de la Seguridad       en funciones, el Real Decreto-ley 18/2019,
Social.                                        de 27 de diciembre, por el que se adoptan
    La norma, elaborada fuera del diálogo      determinadas medidas en materia tri-
social, diseñaba el factor de sostenibilidad   butaria, catastral y de Seguridad social,
que, con carácter automático, permitiría       contemplaba la intención de actualizar
vincular el importe de las pensiones de ju-    las pensiones al 0,9 por 100 desde el 1 de
bilación del sistema de la Seguridad Social    enero de 2020. Recién formado el nuevo
a la evolución de la esperanza de vida de      Gobierno, se aprobó el Real Decreto-ley
los pensionistas a partir de 2019. Además,     1/2020, de 14 de enero, por el que se esta-
instauró un nuevo índice de revalorización     blece la revalorización y mantenimiento de
de las pensiones (IRP), que se aplicaría a     las pensiones y prestaciones públicas del
partir de 2014, sustituyendo al sistema de     sistema de Seguridad Social, contemplando
revalorización automática de las pensiones     una nueva revalorización de las pensiones
de la Seguridad Social al comienzo de cada     y otras prestaciones del 0,9 por 100 y la ga-
año en función del correspondiente índice      rantía de mantenimiento del poder adqui-
de precios al consumo previsto para dicho      sitivo de las pensiones, en caso de inflación
año, sistema instaurado legalmente a par-      superior a dicho incremento.
tir de la Ley 24/1997, de Consolidación y          El 19 de noviembre de 2020, el Pleno
racionalización del sistema de Seguridad       del Congreso de los Diputados aprobó el
Social.                                        Informe de Evaluación y Reforma del Pac-
    La Ley de Presupuestos Generales del       to de Toledo, veinticinco años después de
Estado de 2018, aprobada tardíamente en        su creación y once tras su última renova-
el mes de julio y determinada por las pe-      ción. Como contenidos esenciales del do-
culiaridades de la legislatura y el curso de   cumento, que incluye veintidós Recomen-
los acontecimientos políticos, planteó la      daciones, hay que destacar por su estrecha
inaplicación durante los ejercicios 2018       relación con el contenido del Anteproyecto
y 2019 del factor de revalorización en la      la defensa, como punto de partida (Reco-
cuantía que correspondería (0,25 por 100),     mendación 0), del mantenimiento y mejora
introduciendo un incremento excepcional        del sistema público de pensiones y la re-
DICTAMEN 6 / 2021   5

afirmación del compromiso de manteni-           colectivos, así como estudiar el efecto de
miento del sistema de reparto y principios      los coeficientes reductores en la jubilación
de solidaridad inter e intrageneracional, la    anticipada, materias que aborda en profun-
suficiencia de prestaciones, la equidad en      didad el Anteproyecto.
el reparto de las cargas y la responsabilidad       Unido a lo anterior, no cabe obviar el
pública. Son numerosos los contenidos del       carácter estructural de las reformas en el
Pacto de Toledo que encuentran su reflejo       ámbito de las pensiones, por lo que parte
en el Anteproyecto.                             de los objetivos y medidas del Anteproyec-
    Así, sin ánimo de exhaustividad, des-       to se corresponden con lo contemplado en
taca la profundización en el objetivo de        el Plan de Recuperación, Transformación
consolidación del principio de separación       y Resiliencia de España (PRTR), a través
de las fuentes de financiación (Recomen-        del que se recibirá el apoyo financiero del
dación 1), estableciendo que el Estado          Fondo de Recuperación europeo Next Ge-
deberá asumir los denominados “gastos           neration EU. En concreto, el Componente
impropios” que hasta ahora venían sien-         30 del PRTR se dedica a la sostenibilidad
do financiados con cargo a cotizaciones         a largo plazo del sistema público de pen-
sociales con el objetivo de acabar con el       siones en el marco del Pacto de Toledo,
déficit financiero de la Seguridad Social       señalándose entre sus objetivos asegurar
y con la política de préstamos del sistema      la sostenibilidad del sistema público de
en el horizonte máximo de 2023. Asimismo        pensiones, mantener el poder adquisitivo
resulta relevante la reanudación del con-       de sus prestaciones, preservando su papel
senso sobre la actualización periódica de       en la protección frente a la pobreza y ga-
las pensiones y el mantenimiento de su po-      rantizando la equidad intergeneracional.
der adquisitivo alrededor del referente de          Buena parte de las principales reformas
la evolución del IPC (Recomendación 2.ª),       contempladas en el Plan, a su vez inspira-
lo que supone la reversión de la reforma        das en las recomendaciones del Pacto de
de 2013. Tiene su traducción también en         Toledo, se incorporan a este Anteproyec-
el Anteproyecto la creación de una agen-        to, en concreto, el avance en la separación
cia de la Seguridad Social para la gestión      de fuentes de financiación de la Seguridad
integrada de las funciones de afiliación,       Social, el mantenimiento del poder adqui-
recaudatorias y de gestión de prestaciones      sitivo de las pensiones conforme al IPC, los
(Recomendación 8: Gestión del sistema).         incentivos a la alineación de la edad efecti-
La Recomendación 12, por su parte, rela-        va de jubilación con la edad legal; o la sus-
tiva a la Edad de jubilación preconiza fo-      titución del factor de sostenibilidad por un
mentar la permanencia de los trabajadores       mecanismo de equidad intergeneracional.
en activo y atender a las situaciones de vul-       Las recomendaciones del Pacto de
nerabilidad que la prolongación de la vida      Toledo, recogidas en buena medida en el
laboral pueda generar en determinados           PRTR, constituyeron la base de las nego-

                                                          CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
6   DICTAMEN 6 / 2021

ciaciones entre Gobierno e interlocutores       lecimiento de la estructura de ingresos del
sociales que culminaron en el Acuerdo de        sistema y culminación del principio de se-
la Mesa de Diálogo social sobre el primer       paración de fuentes; (IV) Nuevo sistema de
bloque de medidas para el equilibrio del        cotización por ingresos reales y mejora de
sistema, el refuerzo de su sostenibilidad       la protección social en el RETA a partir del
y la garantía del poder adquisitivo de los      1 de enero de 2022; (V) Medidas para pre-
pensionistas, en cumplimiento del Pacto de      servar el equilibrio y la equidad intergene-
Toledo y del Plan de Recuperación, Trans-       racional, con el compromiso de negociar la
formación y Resiliencia, suscrito el 1 de ju-   sustitución del factor de sostenibilidad por
lio de 2021 entre Gobierno y las principales    un nuevo mecanismo de equidad interge-
organizaciones sindicales y empresariales       neracional que opere a partir de 2027; (VI)
de ámbito estatal.                              Otras medidas de mejora de la gestión y la
    Este Acuerdo, del que surge directa-        calidad de la acción protectora, entre las
mente el Anteproyecto objeto de dictamen,       que se incluyen: la creación de la Agencia
pues se incorporó al mismo como anexo,          Estatal de la Seguridad y la revisión de la
ha supuesto la recuperación del marco de        regulación del acceso a la pensión de viu-
consenso del diálogo social en esta ma-         dedad de las parejas de hecho: la mejora de
teria, transcurridos ya más de diez años        la base reguladora de las prestaciones de
desde la aprobación a comienzos de 2011         incapacidad temporal en los casos de per-
del mencionado Acuerdo para la Reforma          sonas trabajadoras con contrato fijo-dis-
y Fortalecimiento del Sistema Público de        continuo; el mantenimiento con carácter
Pensiones.                                      indefinido de la conocida como “cláusula
    El nuevo Acuerdo incorpora siete blo-       de salvaguarda”; el compromiso de desa-
ques de medidas: (I) la nueva fórmula de        rrollo reglamentario de la cotización de los
revalorización para el mantenimiento del        becarios así como de la revisión y actua-
poder adquisitivo de las pensiones, revir-      lización de las bases de cotización en los
tiendo la reforma de 2013; (II) Medidas         convenios especiales de cuidadores fami-
para favorecer el acercamiento voluntario       liares no profesionales de personas en si-
de la edad efectiva con la edad legal de ju-    tuación de dependencia y (VII) integración
bilación, revisando a tal fin los incentivos    del texto normativo del Anteproyecto ob-
y desincentivos vigentes y otros aspectos       jeto de dictamen como anexo inseparable
de la regulación en las modalidades de          del acuerdo, sin perjuicio del compromiso
jubilación anticipada voluntaria, involun-      de ir concretando el resto de contenidos no
taria, anticipada por razón de actividad,       incorporados al mismo pero contemplados
jubilación demorada y jubilación activa, la     en el Acuerdo.
jubilación forzosa del trabajador, así como         En el proceso permanente de cambios
la cotización para trabajadores mayores         normativos en materia de Seguridad Social,
de 62 años en procesos de IT; (III) Forta-      han sido numerosas las ocasiones en las
DICTAMEN 6 / 2021   7

que el CES, desde los primeros momentos            Asimismo, el CES emitió su Dictamen
de su creación, ha tenido la oportunidad de    1/2014, sobre el Anteproyecto de Ley por el
pronunciarse. Sin ánimo de exhaustividad,      que se modifica la Ley general de la Seguri-
valga recordar el Dictamen 1/1993, sobre el    dad Social en relación con el régimen jurídi-
Anteproyecto de Ley por el que se modifica     co de las mutuas de accidentes de trabajo y
parcialmente la financiación del Régimen       enfermedades profesionales de la Seguridad
Especial Agrario de la Seguridad Social; el    Social; el Dictamen 6/2014, sobre el Ante-
Dictamen 2/1994, sobre el Proyecto de Real     proyecto de Ley de Medidas en materia de
Decreto legislativo por el que se aprueba      liquidación e ingreso de cuotas de la Segu-
el texto refundido de la Ley general de Se-    ridad Social así como el Dictamen 14/2015,
guridad Social; el Dictamen 8/1996, sobre      sobre el Proyecto de Real Decreto legislati-
el Anteproyecto de Ley de Consolidación        vo por el que se aprueba el texto refundido
y racionalización del sistema de Seguridad     de la Ley general de la Seguridad Social.
Social; el Dictamen 2/2003, sobre el Ante-         Desde esta institución se han aborda-
proyecto de Ley reguladora del Fondo de        do también, en varios informes a iniciati-
Reserva de la Seguridad Social; el Dicta-      va propia, cuestiones directa o indirecta-
men 4/2003, sobre el Anteproyecto de Ley       mente relacionadas con la modernización,
de Disposiciones específicas en materia de     adecuación y sostenibilidad del sistema de
Seguridad Social; el Dictamen 13/1996, so-     Seguridad Social, como es el caso del Infor-
bre el Anteproyecto de Ley por el que se       me 2/1999, La economía sumergida en rela-
procede a la integración de los trabajado-     ción a la Quinta Recomendación del Pacto
res por cuenta propia del Régimen Espe-        de Toledo, el Informe 2/2000, Vida laboral
cial Agrario de la Seguridad Social en el      y prejubilaciones, el Informe 4/2000, La
Régimen Especial de la Seguridad Social        protección social de las mujeres, el Informe
de los Trabajadores por Cuenta Propia o        3/2013, Distribución de la renta en España:
Autónomos o el Dictamen 1/2007, sobre el       desigualdad, cambios estructurales y ciclos,
Anteproyecto de Ley en Medidas de Segu-        el Informe 1/2017, Políticas públicas para
ridad Social.                                  combatir la pobreza en España o el Informe
    Por su estrecha relación con el conteni-   3/2018, El futuro del trabajo.
do del Anteproyecto, destacan el Dictamen          Asimismo, anualmente el CES trata en
3/2011, sobre el Anteproyecto de Ley sobre     la Memoria socioeconómica y laboral las
Actualización, adecuación y moderniza-         cuestiones relacionadas con las reformas
ción del sistema de Seguridad Social, así      de la Seguridad Social y el desarrollo del
como el Dictamen 7/2013, sobre el Ante-        Pacto de Toledo, así como la evolución de
proyecto de Ley reguladora del Factor de       las principales magnitudes del sistema, in-
sostenibilidad y del índice de revaloriza-     cluyendo su situación financiera y la evo-
ción del sistema de pensiones de la Segu-      lución de las distintas prestaciones y sus
ridad Social.                                  beneficiarios.

                                                         CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
8    DICTAMEN 6 / 2021

2.    Contenido

El Anteproyecto de Ley se estructura en un       gencias, respecto de los trabajadores por
artículo único, dos disposiciones adiciona-      cuenta ajena y de los socios trabajadores
les, una disposición derogatoria y dos dis-      o de trabajo de las cooperativas, una vez
posiciones finales.                              hayan alcanzado la edad mínima de acceso
    El artículo único modifica el texto re-      a la pensión de jubilación a la que se refiere
fundido de la Ley general de la Seguridad        el artículo 205.1.a). Asimismo, determina
Social, aprobado por Real Decreto legisla-       los supuestos en los que no será aplicable
tivo 8/2015, de 30 de octubre, a través de       esta exención, su extensión, y la forma en
dieciséis apartados:                             la que deberá llevarse a cabo el cómputo
    Uno. Se modifica el artículo 58, relati-     de los períodos de exención. De esta for-
vo a la revalorización y garantía de mante-      ma, dejan de exigirse los periodos de co-
nimiento de poder adquisitivo de las pen-        tización contemplados en la legislación
siones, estableciéndose la revalorización        vigente, así como tampoco se exige que el
de las pensiones al comienzo de cada año         trabajador tenga un contrato indefinido.
de acuerdo con la inflación media registra-          Cuatro. Modifica el artículo 206 re-
da en el ejercicio anterior y garantizándose     lativo a la jubilación anticipada por razón
que en el caso de inflación negativa, el im-     de la actividad, donde se prevé que la edad
porte de las pensiones no varíe al comienzo      mínima de acceso a la pensión de jubila-
del año.                                         ción a la que se refiere el artículo 205.1.a)
    Dos. Se modifica el apartado 4 del ar-       podrá ser rebajada por real decreto, en
tículo 144, relativo a la duración de la obli-   aquellos grupos o actividades profesiona-
gación de cotizar, añadiendo un segundo          les cuyos trabajos sean de naturaleza ex-
párrafo en el que se prevé que las empre-        cepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa
sas tendrán derecho a una reducción del          o insalubre y acusen elevados índices de
75 por 100 de las cuotas empresariales a         morbilidad o mortalidad, siempre que los
la Seguridad Social por contingencias co-        trabajadores afectados acrediten el mínimo
munes durante la situación de incapacidad        de actividad que se establezca.
temporal de aquellos trabajadores que hu-            Se modifica la legitimación para el ini-
bieran cumplido la edad de 62 años.              cio del procedimiento, que deberá instarse
    Tres. Se modifica el artículo 152, re-       conjuntamente por organizaciones empre-
lativo a la cotización con sesenta y cinco       sariales y sindicales más representativas, si
o más años, estableciendo que las empre-         el colectivo afectado está constituido por
sas y las personas trabajadoras quedarán         trabajadores por cuenta ajena, y por aso-
exentas de cotizar a la Seguridad Social por     ciaciones representativas de trabajadores
contingencias comunes, salvo por incapa-         autónomos y organizaciones empresariales
cidad temporal derivada de dichas contin-        y sindicales más representativas, cuando
DICTAMEN 6 / 2021   9

se trate de trabajadores por cuenta propia.     bajador. El apartado 1 introduce, junto a
Se realiza una remisión a lo que reglamen-      las causas de extinción contractual que
tariamente se determine, en el marco del        dan derecho al acceso a esta modalidad de
diálogo social, respecto de los indicadores     jubilación, el resto de causas extintivas por
que acrediten la concurrencia de circuns-       razones objetivas, así como la resolución
tancias objetivas que justifiquen la aplica-    voluntaria por parte del trabajador, en los
ción de tales coeficientes, y se crea una co-   supuestos previstos en los artículos 40,
misión encargada de evaluar y, en su caso,      41.3, 49.1m) y 50 del Estatuto de los Tra-
instar la aprobación de los correspondien-      bajadores.
tes decretos de reconocimiento de coefi-            En el apartado 2 se establece que en
cientes reductores. Finalmente, se prevé el     estos supuestos, la pensión será objeto de
establecimiento de un procedimiento para        reducción por cada mes o fracción de mes
la revisión de los coeficientes reductores      (actualmente, por cada trimestre o fracción
de edad, con una periodicidad máxima de         de trimestre) que, en el momento del hecho
diez años.                                      causante, le falte al trabajador para cumplir
    Cinco. Se introduce un nuevo artícu-        la edad legal de jubilación que en cada caso
lo 206 bis. Jubilación anticipada en caso       resulte de la aplicación de lo establecido en
de discapacidad, que formalmente supone         el artículo 205.1.a), mediante la aplicación
una novedad, al regularse de manera au-         de unos coeficientes que resultan del cua-
tónoma la jubilación anticipada por dis-        dro inserto en el Anteproyecto, en función
capacidad, aunque desde el punto de vista       del período de cotización acreditado y los
del contenido reproduce el artículo 205.2       meses de anticipación; coeficientes que se
con la única modificación del nombre del        modifican respecto a los que recoge la nor-
Ministerio competente en la materia. Se         mativa actual.
mantiene así el procedimiento de recono-            Siete. Se modifica el artículo 208,
cimiento de coeficientes reductores en los      sobre jubilación anticipada por voluntad
supuestos de jubilación anticipada en per-      del interesado. En concreto, la letra b) del
sonas con discapacidad en un grado igual o      apartado 1 incorpora en el cómputo del pe-
superior al 65 por 100, o con grado igual o     riodo para acceso a esta modalidad de jubi-
superior al 45 por 100 siempre y cuando se      lación el periodo de prestación del servicio
trate de discapacidades reglamentariamen-       social femenino obligatorio, mientras que
te determinadas respecto de las que exis-       el apartado 2 modifica los coeficientes de
tan evidencias contrastadas que determi-        reducción de la prestación en función del
nan de forma generalizada una reducción         período de cotización acreditado y los me-
significativa de la esperanza de vida.          ses de anticipación. Por otra parte, se in-
    Seis. Se modifican los apartados 1 y        corpora un nuevo apartado 3, que excluye
2 del artículo 207, relativo a la jubilación    de la aplicación de este precepto al traba-
anticipada por causa no imputable al tra-       jador que esté percibiendo el subsidio por

                                                          CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
10   DICTAMEN 6 / 2021

desempleo del artículo 274, y lo haya hecho      cotización a la Seguridad Social a los tra-
durante al menos tres meses, al que le será      bajadores autónomos con sesenta y cinco
de aplicación los coeficientes reductores        o más años de edad, salvo por incapacidad
previstos para la jubilación anticipada por      temporal y por contingencias profesiona-
causas no imputables al trabajador.              les, una vez hayan alcanzado la edad mí-
    Ocho. Se modifican los apartados 2,          nima de acceso a la pensión de jubilación
3, 4 y 5 del artículo 210, sobre la cuantía      a que se refiere el artículo 205.1.a) y con-
de la pensión. Para los casos en que se ac-      tinúen trabajando. De este modo, dejan de
ceda a la pensión a una edad superior a la       exigirse los periodos de cotización contem-
legalmente establecida, se incrementa el         plados en la legislación vigente.
porcentaje adicional y se prevé que pueda            Once. Se añade una nueva disposición
ser sustituido por una cantidad a tanto al-      adicional, la trigésima octava, que prevé el
zado o incluso por un sistema combinado.         seguimiento de la revalorización de las
Asimismo, se regula la forma de aplicar los      pensiones en garantía del mantenimiento
coeficientes por anticipación de la edad de      de poder adquisitivo de las mismas, esta-
jubilación distinguiendo entre aquellos tra-     bleciendo el compromiso del Gobierno y
bajadores cuya pensión de jubilación supe-       las organizaciones empresariales y sindi-
ra el límite de la cuantía inicial de aquellos   cales más representativas de realizar, en el
otros cuya pensión de jubilación no lo su-       marco del diálogo social, una evaluación
pera, así como entre los trabajadores que        periódica, cada cinco años, de los efectos
acceden a la jubilación de forma voluntaria      de la revalorización anual de la que dará
de aquellos cuya jubilación anticipada es        traslado al Pacto de Toledo. En caso de des-
por causa no imputable al trabajador.            viación, se incorporará una propuesta de
    Nueve. Se modifica el artículo 214, so-      actuación para preservar el mantenimiento
bre pensión de jubilación y envejecimiento       del poder adquisitivo de las pensiones.
activo, de forma que se retrasa un año el            Doce. Se añade una nueva disposición
acceso a la misma, se aclara que tendrán         adicional, la trigésima novena. “Modifica-
acceso a esta modalidad de jubilación los        ción del Real Decreto 1698/2011, de 18 de
trabajadores por cuenta ajena, ya lo sean a      noviembre”, donde se establece un plazo
tiempo completo o parcial, así como los tra-     de tres meses desde la entrada en vigor de
bajadores por cuenta propia. Por otra par-       esta Ley, y en los términos que previamen-
te, se elimina el apartado 6 de este artícu­     te sean acordados con las organizaciones
lo, que preveía determinadas obligaciones        empresariales y sindicales más represen-
para las empresas que contrataran a un           tativas, para que el Gobierno proceda a la
trabajador jubilado.                             adaptación del marco regulador estableci-
    Diez. Se modifica el artículo 311 del        do en el Real Decreto 1698/2011, de 18 de
TRLGSS. “Cotización con sesenta y cinco o        noviembre, por el que se regula el régimen
más años de edad”. El precepto exime de la       jurídico y el procedimiento general para
DICTAMEN 6 / 2021   11

establecer coeficientes reductores y anti-       pensión en un 0,50 por 100 por cada trimes-
cipar la edad de jubilación en el sistema de     tre o fracción de trimestre de anticipación.
la Seguridad Social.                                 Catorce. Se modifica el apartado 5 de
     Trece. Se añade una nueva disposición       la disposición transitoria cuarta, relativa a
transitoria, la trigésima primera, “Aplica-      la aplicación de legislaciones anteriores
ción gradual de coeficientes reductores de       para causar derecho a pensión de jubi-
la edad de jubilación según lo previsto en       lación. Se elimina el límite temporal que
el artículo 210.3 cuando la pensión supere       tenía establecido, relativo a las pensiones
el límite establecido para el importe de las     de jubilación que se causen antes de 1 de
pensiones”, que establece una aplicación         enero de 2022, de forma que la previsión
gradual de coeficientes reductores de la         de esta disposición se aplicará a todos los
edad de jubilación según lo previsto en el       trabajadores que causen una pensión de
artículo 210.3 cuando la pensión supere el lí-   jubilación en los términos previstos, man-
mite establecido para el importe de las pen-     teniendo el derecho de opción si la legisla-
siones, cuya entrada en vigor está prevista      ción vigente en la fecha del hecho causante
para 1 de enero de 2024, siendo el plazo de      de la misma fuera más beneficiosa.
transitoriedad de 10 años a partir de esa fe-        Quince. Se modifica la disposición
cha. Los nuevos límites solo resultarán de       adicional trigésima segunda, destinada a
aplicación en la medida en que la evolución      la financiación de la acción protectora de
de la pensión máxima del sistema absorba         la Seguridad Social en cumplimiento del
completamente el efecto del aumento de           principio de separación de fuentes consa-
coeficientes respecto a los vigentes en 2021.    grado en el Pacto de Toledo, con la finali-
     Sin perjuicio de ello, seguirán siendo de   dad de que la Ley de Presupuestos Genera-
aplicación las reglas de acceso a la moda-       les del Estado contemple anualmente una
lidad de jubilación anticipada por volun-        transferencia del Estado al Presupuesto de
tad del interesado previas a la entrada en       la Seguridad Social para la financiación de
vigor de esta Ley a las personas a las que       una serie de conceptos que permitan cul-
se refiere el segundo párrafo del apartado       minar la separación de fuentes en cumpli-
3 del artículo 210, siempre que la extinción     miento de la recomendación primera del
del contrato de trabajo que da derecho al        Pacto de Toledo de 2020, así como el im-
acceso a esta modalidad de jubilación an-        porte de las prestaciones que serán finan-
ticipada cumpla alguna de las condiciones        ciadas con una transferencia del Estado a
previstas en la norma. Cabe recordar que el      la Seguridad Social.
segundo párrafo del artículo 210.3 establece         Dieciséis. Se adecúa el texto de la
que una vez aplicados los referidos coefi-       disposición transitoria undécima, sobre la
cientes reductores, el importe resultante de     aplicación de coeficientes reductores de la
la pensión no podrá ser superior a la cuan-      edad de jubilación, dirigida a exonerar de
tía que resulte de reducir el tope máximo de     la aplicación de lo previsto en el párrafo

                                                           CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
12   DICTAMEN 6 / 2021

primero del artículo 206.6 (anteriormente       a lo dispuesto en el Anteproyecto, así como
206.3) a los trabajadores incluidos en los      una disposición derogatoria específica que
diferentes regímenes especiales que, en la      afecta expresamente al artículo 211 del texto
fecha de entrada en vigor de la citada Ley      refundido de la Ley general de la Seguridad
tuviesen reconocidos coeficientes reduc-        Social, aprobado por Real Decreto legislativo
tores de la edad de jubilación, a los que les   8/2015, de 30 de octubre, en atención a lo dis-
seguirá siendo de aplicación las reglas es-     puesto en la disposición adicional segunda.
tablecidas en la normativa anterior.
                                                Disposición final primera.
Disposición adicional primera.                  Modificación del texto refundido de la
Creación de la Agencia Estatal de la            Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Administración de la Seguridad Social           aprobado por Real Decreto legislativo
Se establece un plazo de seis meses para        2/2015, de 23 de octubre
que el Gobierno apruebe un Proyecto de          Se modifica la disposición adicional déci-
Ley para dar cumplimiento a la disposición      ma relativa a las cláusulas de los convenios
adicional séptima de la Ley 27/2011, de 1 de    colectivos referidas al cumplimiento de la
agosto, sobre Actualización, adecuación y       edad ordinaria de jubilación para estable-
modernización del sistema de Seguridad          cer que los convenios colectivos no podrán
Social, relativa a la creación de la Agencia    contemplar cláusulas que posibiliten la ex-
Estatal de la Administración de la Seguri-      tinción del contrato de trabajo por el cum-
dad Social.                                     plimiento por el trabajador de una edad
                                                inferior a 68 años, contemplando también
Disposición adicional segunda.                  una serie de condiciones y recogiendo
Mecanismo de equidad                            una excepción con el objetivo de alcanzar
intergeneracional                               la igualdad real y efectiva entre mujeres
Se prevé el establecimiento de un mecanis-      y hombres. Así, se prevé que este límite
mo de equidad intergeneracional, previa         pueda rebajarse hasta la edad ordinaria de
negociación en el marco del diálogo social,     jubilación fijada por la normativa de Segu-
que operará a partir de 2027, en sustitución    ridad Social cuando la tasa de ocupación de
del factor de sostenibilidad regulado en el     las trabajadoras por cuenta ajena afiliadas
artículo 211 del texto refundido de la Ley      a la Seguridad Social en alguna de las ac-
general de la Seguridad Social que se de-       tividades económicas correspondientes al
roga expresamente.                              ámbito funcional del convenio sea inferior
                                                al 20 por 100 de las personas ocupadas en
Disposición derogatoria única.                  las mismas, con el objetivo de alcanzar la
Derogación normativa                            igualdad real y efectiva entre mujeres y
Se establece la derogación de cuantas dispo-    hombres coadyuvando a superar la segre-
siciones de igual o inferior rango se opongan   gación ocupacional por género.
DICTAMEN 6 / 2021   13

    Igualmente, se añade una nueva dis-        aplicarse hasta tres años después de la fi-
posición transitoria novena, relativa a        nalización de la vigencia inicial pactada
la aplicación temporal de lo establecido       en el convenio.
en la disposición adicional décima para
los convenios colectivos suscritos a par-      Disposición final segunda. Entrada
tir de la entrada en vigor de esta Ley. En     en vigor
aquellos suscritos con anterioridad, las       Se establece que la norma entrará en vigor
cláusulas de jubilación forzosa podrán         el día 1 de enero de 2022.

3.   Observaciones generales

El sistema público de pensiones constituye     secuencias sociales de la pandemia por
uno de los principales pilares del Estado      COVID-19 y su impacto en el conjunto de
de Bienestar, primordial fuente de ingre-      la protección social, que refuerzan la im-
sos de las personas trabajadoras que alcan-    portancia de la solidez de los sistemas de
zan la vejez y un elemento neurálgico de la    pensiones.
cohesión social, altamente valorado por la         Desde hace varias décadas, numerosas
población. Las pensiones públicas confor-      y sucesivas reformas vienen encarando
man además el principal programa redis-        la necesidad de adaptación permanente
tributivo del esquema español de protec-       del sistema, siguiendo la hoja de ruta del
ción social, contribuyendo decisivamente       Pacto de Toledo y con la decisiva aporta-
a prevenir el riesgo de pobreza entre las      ción del consenso en el marco del diálogo
personas de mayor edad. De ahí la impor-       social en la mayor parte de las ocasiones.
tancia de garantizar el principio de sufi-     En este contexto, resulta ineludible en
ciencia de las pensiones y la sostenibilidad   opinión del CES abordar nuevas refor-
del sistema ante los retos demográficos y      mas que proporcionen seguridad a quie-
los derivados de los cambios sociales y del    nes se encuentran ahora en situación de
mercado de trabajo. Entre ellos, sobresale     pensionistas y satisfagan el derecho a
el avance del envejecimiento demográfico,      la jubilación y a pensiones adecuadas y
que afecta a nuestro país de forma espe-       suficientes de las siguientes cohortes de
cialmente aguda por el volumen de la ge-       trabajadores, afianzando las bases del
neración del baby-boom, junto con otros        sistema público de reparto, atajando la
desafíos como las transformaciones en el       incertidumbre sobre la evolución de este
mundo del trabajo o el cambio de para-         componente fundamental de la cohesión
digma que supone la digitalización de las      social, y garantizando su financiación en
economías. A ello se superponen las con-       el largo plazo.

                                                         CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
14   DICTAMEN 6 / 2021

     El CES valora positivamente el conte-     que se adoptan y contribuirá a allanar el
nido del Anteproyecto, entendiendo que         camino de su aplicación. Esta última se
responde con fidelidad a lo acordado en        verá también facilitada por el hecho de tra-
el marco del diálogo social y avanza en        tarse de un texto articulado elaborado de
el cumplimiento de las recomendaciones         forma particularmente acertada desde un
aprobadas en noviembre de 2020 por el          punto de vista técnico, emanado asimismo
Pleno del Congreso de los Diputados en el      del acuerdo.
Informe de Evaluación y Reforma del Pac-           El Anteproyecto recupera el meca-
to de Toledo. Así, en opinión de este Con-     nismo de revalorización de las pensiones
sejo, el texto objeto de dictamen contribu-    aplicado hasta el año 2014, basado en
ye a reforzar el principio constitucional de   la evolución del IPC, utilizando en esta
suficiencia de las pensiones, mediante su      ocasión como referencia el dato medio
adecuación y actualización periódica, res-     registrado cada año por este indicador,
petando los principios de contributividad y    e incorporando una revisión quinquenal
solidaridad inherentes al modelo español,      de sus efectos para preservar el mante-
al tiempo que avanza en la introducción de     nimiento del poder adquisitivo de las
elementos que refuerzan la indispensable       pensiones. Se sustituye así el índice de
sostenibilidad del sistema.                    revalorización de las pensiones, regulado
     El CES considera necesario poner en       por la Ley 23/2013, de 23 de diciembre,
valor la dinámica del diálogo social y de      reguladora del Factor de sostenibilidad y
búsqueda del acuerdo que han presidido         del índice de revalorización del sistema
la gestación de este Anteproyecto. El con-     de pensiones de la Seguridad Social. Cabe
senso concitado en el Acuerdo tripartito       recordar que ya en su día, con ocasión del
alcanzado en la mesa de diálogo social en-     correspondiente Dictamen 7/2013 sobre
tre Gobierno y organizaciones sindicales       el Anteproyecto de dicha norma, el CES
y empresariales más representativas en         manifestó sus objeciones al nuevo meca-
torno a un primer conjunto de medidas          nismo de revalorización, en tanto que en-
para el equilibrio del sistema, el refuerzo    tendía que su aplicación podía conllevar
de su sostenibilidad y la garantía del po-     una pérdida de poder adquisitivo de las
der adquisitivo de los pensionistas, articu-   pensiones. En este sentido, el CES valora
ladas de forma precisa en el Anteproyecto      positivamente el nuevo método de reva-
objeto de dictamen, representa un valioso      lorización que introduce el Anteproyecto,
activo para asegurar su estabilidad a medio    considerando que contribuye a garanti-
y largo plazo. Este Consejo entiende que,      zar la suficiencia de las pensiones, dando
como demuestran anteriores experiencias,       cumplimiento a la 2.ª Recomendación
el pacto con los interlocutores sociales al-   del Pacto de Toledo, sobre mantenimien-
canzado en el marco del diálogo social re-     to del poder adquisitivo y mejora de las
fuerza la legitimación social de las medidas   pensiones.
DICTAMEN 6 / 2021   15

    Unido a lo anterior, el texto objeto de    transferencias del Estado. A juicio de este
dictamen profundiza en la sostenibili-         Consejo, la necesaria conciliación entre
dad social de las medidas, aspecto que se      la sostenibilidad financiera del sistema y
incorpora acertadamente a la propia de-        la garantía de suficiencia y adecuación de
nominación del Anteproyecto y que vie-         las pensiones públicas, requiere actuar en
ne respaldado por el reforzamiento de la       este ámbito, de manera que aquellos gastos
equidad intergeneracional que supondrá la      que hasta ahora venía sufragando la Segu-
próxima introducción de un nuevo factor        ridad Social y que están fuera del ámbito
de sostenibilidad que sustituya al de la Ley   contributivo, acaben siendo asumidos en
23/2013, bajo la premisa de que el mayor       su totalidad por el Estado, a través de fi-
esfuerzo para el sistema que va a implicar     nanciación tributaria, sin perjuicio de otras
la entrada en la edad de jubilación de los     aportaciones que el Estado pudiera reali-
baby boomers se reparta de forma equita-       zar en su condición de garante del sistema,
tiva entre varias generaciones y no recaiga    tal y como recomienda el Pacto de Toledo.
sobre una sola. Valga recordar a este res-         Por otra parte, como reflejo del Acuer-
pecto la nueva Recomendación 17 bis del        do y en coherencia con la Recomendación
Pacto de Toledo, referida a la Juventud y      12.ª del Pacto de Toledo, se abordan me-
la Seguridad Social, que advierte de la ne-    didas para seguir aproximando la edad
cesidad de que las personas jóvenes sean       efectiva a la edad legal de jubilación, re-
protagonistas esenciales del fortalecimien-    forzando el principio de voluntariedad,
to del sistema de pensiones y del principio    que son valoradas favorablemente por este
de solidaridad intergeneracional, como         Consejo. El CES considera que los cambios
elemento clave del contrato social, siendo     introducidos en las condiciones de acceso
imprescindible que recuperen la confian-       a las diferentes modalidades de jubilación
za en el sistema mediante la adopción de       distintas de la ordinaria contempladas por
medidas que les hagan partícipes de la ne-     el Anteproyecto mejoran el sistema actual,
cesidad de su preservación.                    profundizando en el modelo de incentivos
    El Anteproyecto contribuye, en opinión     y desincentivos en vigor al que aportan
del CES, al necesario equilibrio entre el      mayor flexibilidad; en el caso de la jubila-
mencionado objetivo de sostenibilidad so-      ción anticipada, mediante la consideración
cial y el de sostenibilidad financiera. Res-   mensual y no trimestral de los coeficien-
pecto a esta última, el CES considera que el   tes reductores, la mejora de la mayoría de
Anteproyecto avanza en el cumplimiento         estos y su reordenación de manera más
de la 1.ª Recomendación del Pacto de To-       adecuada, lo que puede estimular efecti-
ledo, sobre Consolidación de la separación     vamente la decisión de alargar la perma-
de fuentes y restablecimiento del equili-      nencia en el empleo.
brio financiero, a través del fortalecimien-       Unido a lo anterior, el Anteproyecto
to de la estructura de ingresos mediante       distingue adecuadamente las distintas

                                                         CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
16   DICTAMEN 6 / 2021

situaciones que pueden dar origen a las        contemplar el Anteproyecto la posibilidad
diferentes modalidades de jubilación, am-      de rebajar dicho tope hasta la edad ordina-
pliando las causas de acceso a la jubilación   ria de jubilación, siempre que se contrate
anticipada involuntaria, lo que permitirá      indefinidamente al menos a una mujer. El
que más personas trabajadoras se puedan        CES considera deseable que este enfoque
acoger a los coeficientes reductores menos     continúe extendiéndose a la regulación de
gravosos de esta modalidad. Además, entre      otros aspectos y modalidades de jubilación,
otras medidas, el Anteproyecto promueve        a fin de coadyuvar a superar la segregación
la jubilación demorada mejorando la re-        ocupacional y la brecha de género en pen-
gulación en vigor al no exigir periodos de     siones.
cotización y al generalizar la aplicación de       En segundo lugar, el CES valora tam-
un 4 por 100 adicional en la cuantía de la     bién positivamente la equiparación que se
pensión por cada año de mejora, y prevé el     introduce en el Anteproyecto respecto a
acceso a la jubilación activa una vez trans-   los derechos reconocidos por los periodos
currido un año desde la jubilación a edad      del servicio social femenino obligatorio a
ordinaria. En su conjunto, las medidas in-     los que ya tenían los del servicio militar
troducidas mejoran la coherencia interna       para acceder a las distintas modalidades
del modelo de jubilación gradual y flexible    de jubilación anticipada. Con el fin de que
y respetan la función social específica de     estos periodos de tiempo computen a los
cada una de las modalidades, por lo que        efectos de acreditar el periodo de carencia
merecen una valoración favorable por este      necesario para acceder a esta modalidad de
Consejo.                                       jubilación, el Anteproyecto da un paso más
    Por otro lado, el CES aprecia el impacto   en la equiparación de los derechos en esta
positivo desde la perspectiva de género de     materia entre hombres y mujeres.
algunas medidas incorporadas al Antepro-           Por su parte, con el objetivo de garan-
yecto, que pueden contribuir a mejorar la      tizar el principio de universalidad en las
posición las mujeres respecto a las presta-    prestaciones que conforman el sistema de
ciones del sistema de Seguridad Social y       pensiones, el CES advierte de la necesidad
mejorar su acceso al trabajo en igualdad       de que las medidas incluidas en el Ante-
efectiva con los hombres. Así, en primer       proyecto de Ley singularmente referidas a
lugar el Consejo valora favorablemente el      la revalorización de pensiones, los incenti-
fomento de la contratación indefinida de       vos por jubilación demorada y la conside-
mujeres en sectores con escasa represen-       ración del servicio social femenino obliga-
tación femenina que se introduce, vincu-       torio, se extiendan también al sistema de
lada a la excepción a la prohibición de las    clases pasivas regulado en Real Decreto
cláusulas convencionales que prevean la        legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el
jubilación forzosa del trabajador por cum-     que se aprueba el texto refundido de Ley
plimiento de una edad inferior a 68 años, al   de Clases pasivas del Estado.
DICTAMEN 6 / 2021   17

    Valga recordar que el texto objeto de    Anteproyecto a la hora de abordar ese de-
dictamen inicia pero no agota el elenco      sarrollo a lo largo de los próximos meses.
de reformas que deberán acometerse para          Para finalizar, el CES reconoce el es-
completar todos los objetivos contempla-     fuerzo realizado en el Anteproyecto para
dos en la hoja de ruta del diálogo social,   utilizar una redacción no sexista e inclusi-
en coherencia con las recomendaciones        va, en el que se debe seguir profundizando
del Pacto de Toledo que el Anteproyecto      en la redacción definitiva de la norma, de
concreta en buena medida. En este sentido,   modo que con ello se contribuya a avan-
el Anteproyecto, además de avanzar en la     zar en la igualdad efectiva entre mujeres y
concreción de varias de las recomendacio-    hombres en todos los ámbitos de nuestra
nes de dicho Pacto, establece compromisos    sociedad. Asimismo, el CES recomienda que
y plazos claros para proseguir con su de-    se cumpla adecuadamente con el mandato
sarrollo. A este respecto, el Consejo Eco-   de la Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre
nómico y Social considera imprescindible     Medidas para incorporar la valoración del
mantener el mismo espíritu de consenso       impacto de género en las disposiciones
que ha presidido la elaboración de este      normativas que elabore el Gobierno.

4.   Conclusiones

El CES valora positivamente el Ante-         medidas de refuerzo de la sostenibilidad
proyecto de Ley de Garantía del poder        financiera y social del sistema público de
adquisitivo de las pensiones y de otras      pensiones.

Madrid, 28 de julio de 2021

Vº. Bº El Presidente                         La Secretaria General
Antón Costas Comesaña                        María Soledad Serrano Ponz

                                                         CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL ESPAÑA
18   DICTAMEN 6 / 2021

Voto particular que formulan los consejeros de ELA y CIG pertenecientes al grupo
primero del CES

El Anteproyecto de Ley de Garantía del po-           Desde ambos sindicatos ya se realizó
der adquisitivo de las pensiones y de otras      una valoración negativa del último Pacto
medidas de refuerzo de la sostenibilidad         de Toledo. Y es evidente que el Acuer-
financiera y social del sistema público de       do de Pensiones es una prolongación del
pensiones mantiene la vía de ajustes y re-       mismo. El denominado diálogo social
cortes marcada en la reforma de 2011. En         ha sido (y como se ve, sigue siendo) un
consecuencia, las organizaciones sindica-        mecanismo de acompañamiento de los
les ELA y CIG ya han mostrado su desacuer-       recortes de las pensiones con paz social.
do y han llamado a movilizaciones.               El acuerdo recupera la senda de épocas
    El 1 de julio los agentes que componen       anteriores, en las que el diálogo social ha
el “diálogo social” (CCOO, UGT, CEOE y el        dado cobertura a los recortes en la cuan-
Gobierno del Estado) firmaron el Acuerdo         tía de las nuevas pensiones o en el retra-
de Pensiones. Con fecha de 8 de julio tuvo       so de la edad de jubilación por diversas
entrada en el Consejo Económico y Social         vías, como ocurrió en 2011 con la reforma
(CES) y transcurridos 20 días, el 28 de julio,   “acordada” con Zapatero para, entre otras
se ha aprobado el dictamen elaborado por         medidas, retrasar la edad de jubilación a
esta institución.                                67 años.
    El título del Anteproyecto indica que es         Este acuerdo se ha firmado en un con-
el primer bloque de reforma de las pensio-       texto en el que el movimiento de pen-
nes y que se enmarca en el cumplimiento          sionistas ha estado en la calle de manera
del Pacto de Toledo y del Plan presentado        permanente desde inicios de 2018, lo que
por el Gobierno del Estado a la Comisión         ha dado lugar a que, a partir de ese año, se
Europea para poder acceder a los fondos          hayan ido subiendo las pensiones al menos
europeos. Los documentos presentados a           el IPC.
la Unión Europea se comprometían a apli-             El CES debe de hacer una valoración
car una serie de recortes en las pensiones       negativa del Anteproyecto en cuanto que
en dos fases. La primera debería aprobarse       su contenido supone una reducción de las
antes de finalizar 2021. La segunda el año       pensiones. Para justificar esta afirmación
que viene. La novedad respecto a los do-         exponemos a continuación un resumen
cumentos conocidos anteriormente es que          de las medidas más importantes del Ante-
el MEI (el nuevo factor de sostenibilidad)       proyecto, un apartado de conclusiones, y
no se aprobará en 2022 sino en el primer         por último otro apartado de propuestas
paquete de reformas.                             y reivin­dicaciones.
También puede leer