IZACIÓN E Un Nuevo Mercado Eléctrico en México

Página creada María Fonts
 
SEGUIR LEYENDO
CIA           L
                                      E S P E
                 C I Ó N
        A L I ZA
ACT   U

                 Un Nuevo Mercado Eléctrico en México
                                              por Raquel Bierzwinsky en Nueva York y la Ciudad de México

                                                                           y

                                                  David Jiménez y Javier Félix, en la Ciudad de México

      México ha promulgado la legislación secundaria que crea un               dores de electricidad. La CRE también será responsable de
      mercado eléctrico competitivo abierto a la inversión privada             establecer las tarifas de transmisión, distribución y venta del
      en casi todas las áreas.                                                 servicio básico de electricidad, establecer las condiciones
         Como parte del paquete de nueve nuevas leyes en mate-                 generales para los participantes del mercado, expedir los
      ria energética y la reforma a doce ordenamientos existentes,             modelos de contratos de interconexión y de administrar los
      una nueva Ley de la Industria Eléctrica entró en vigor el 12             certificados de energías limpias. Asimismo, expedirá el mod-
      de agosto de 2014.                                                       elo de contrato que el CENACE celebrará con los partici-
         El nuevo paquete de leyes energéticas implementa la                   pantes del mercado eléctrico mayorista en su carácter de
      reforma constitucional de diciembre de 2013 diseñada para                operador independiente de la red eléctrica.
      abrir los sectores de hidrocarburos, gas y energía eléctrica a               El control operativo del sistema eléctrico nacional, así
      la iniciativa privada. Para accesar a la cobertura previa sobre          como la transmisión y distribución de energía eléctrica son
      la reforma constitucional, favor de ver “Mexico Opens its                consideradas áreas estratégicas y, por lo tanto, per-
      Energy Markets” en la página 57 de la edición de febrero de              manecerán en las manos del Estado Mexicano a través de
      2014 de la publicación Project Finance NewsWire, y para                  empresas estatales. Sin perjuicio de lo anterior, el sector
      cobertura previa sobre la iniciativa de Ley de la Industria              privado podrá participar en la transmisión y distribución de
      Eléctrica, favor de ver “Mexico is Set to Open its Power                 electricidad mediante contratos y asociaciones con las
      Sector” en la página 32 de la edición de junio de 2014 de la             empresas estatales.
      publicación Project Finance NewsWire).                                       Bajo la nueva ley, la CFE se convertirá en una entidad com-
                                                                               pletamente competitiva bajo el régimen de “empresa pro-
      Un Mercado Eléctrico Competitivo                                         ductiva del estado”, la cual podrá participar en las distintas
      La nueva Ley de la Industria Eléctrica permite al sector privado         actividades del mercado a través de empresas subsidiarias y
      participar libremente en la generación y comercialización de             filiales. La CFE continuará siendo el suministrador del servi-
      electricidad, mientras que se mantiene el control y operación            cio básico de electricidad para usuarios residenciales, así
      de la red eléctrica por parte de una empresa estatal.                    como para pequeños y medianos usuarios bajo un esquema
         La Ley crea un mercado eléctrico mayorista que será oper-             de tarifas reguladas. Ninguno de los activos de la CFE será
      ado por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE).               privatizado.
      Actualmente, el CENACE forma parte de la Comisión Federal
      de Electricidad (CFE), sin embargo se transformará en el                 Participantes en el Mercado Eléctrico Mayorista
      operador independiente de toda la red.                                   La nueva Ley de la Industria Eléctrica prohíbe que una sola
         La Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de                  empresa participe en más de una de las siguientes actividades:
      Energía (CRE) contarán con facultades regulatorias y de                  generación, transmisión, distribución, comercialización y prov-
      supervisión sobre el mercado eléctrico mayorista.                        eeduría de insumos primarios para la industria eléctrica. Sin
         La Secretaría de Energía será responsable de expedir las              embargo, una empresa controladora puede participar en todas
      reglas del mercado iniciales y la CRE será responsable del               estas actividades siempre y cuando lo haga a través de subsidi-
      otorgamiento de permisos para participar en el mercado                   arias independientes. La “comercialización” de electricidad
      eléctrico mayorista, ya sea como adquirentes o suministra-               consiste principalmente en actividades
                                                                                                                           / continued page 2
Nueva eléctrico
continued from page 1                                                consumos totales de menos de 3 megavatios), usuarios cali-
                                                                     ficados (con consumos totales de más de 3 megavatios),
relacionadas con la adquisición y venta de electricidad, así         transportistas y distribuidores.
como certificados de energías limpias.                                  Los generadores, suministradores y usuarios calificados
   La ley divide a los participantes en el mercado eléctrico         podrán convertirse en participantes directos en el mercado
mayorista en diversas categorías: generadores, suministra-           eléctrica mayorista mediante la celebración de los contratos
dores, comercializadores, usuarios de suministro básico (con         correspondientes con el CENACE y el posterior otorgamiento

        ACTIVIDAD             PROVEEDOR                                                SUMINISTRADOR         USUARIO FINAL

        Transmisión          CFE-Transmisión
                                                                                          Proveedor de         Usuario Básico
                                                                                         Servicio Básico,
                                                                                        Servicio Minorista      de Servicios
                                                      Tarifas
        Distribución         CFE-Distribución
                                                     Reguladas

         Control de
                                 CENACE                                CENACE
        la Operación                                                                        Proveedor             Usuario
                                                                                          cualificado de        Calificado no
        Derechos de                                                                     servicio minorista       Registrado
                                 CENACE
        Transmisión                                   Mercado
                                                     Mayorista
     Energia; Capacidad;                           de Electricidad
          Servicios             Generador
        Relacionado                                                                                               Usuario
                                                                                                                 Calificado
                                                                                                                 Registrado
             Generador
               exento             Contractos de
                                  Cobertura de
            Comerciante            Electricidad

de una fianza a favor del mismo.
                                                                     dichas centrales eléctricas o como revendedores de la energía
   Cada uno de dichos participantes deberá informar al
                                                                     eléctrica generada por las mismas.
CENACE sobre las centrales eléctricas o centros de carga que
                                                                        Con excepción de los generadores exentos, todas las cen-
pretende incorporar a la red.
                                                                     trales eléctricas con capacidad mayor o igual a 0.5 megava-
   La CRE establecerá la regulación para los usuarios califica-
                                                                     tios y las centrales eléctricas de cualquier tamaño
dos y los suministradores de servicios básicos y servicios cali-
                                                                     representadas en el mercado eléctrico mayorista por un rep-
ficados. La CFE se mantendrá como la principal empresa de
                                                                     resentante o un revendedor requieren de permiso otorgado
servicio público de electricidad en México.
                                                                     por la CRE para generar energía eléctrica en el mercado. Los
                                                                     generadores exentos solo podrán vender energía eléctrica a
Generadores
                                                                     través de suministradores o utilizarla para autoconsumo o
La nueva ley establece dos categorías de generadores: aquellos
                                                                     bien, para exportación, en cada caso sin interconectarse a la
autorizados para generar electricidad a través de centrales
eléctricas y aquellos que actúan como representantes de                                                         / continued page 3

                                                                                                                                   2
Nueva eléctrico
continued from page 2

red nacional de transmisión o a las redes generales de distri-    permaneciendo como usuarios de suministro básico en otros
bución. Los generadores con centrales eléctricas que sean         centros de carga.
destinadas exclusivamente al uso propio en caso de emer-
gencias o interrupciones en el suministro eléctrico no requie-    Comercialización de la Energía
ren permiso de la CRE.                                            La ley de la industria eléctrica utiliza el término “comercial-
   Los generadores no podrán vender electricidad al por           ización” para referirse a una amplia gama de actividades del
menor, es decir, como suministro básico, ni prestar servicios     mercado de la industria eléctrica. Estas incluyen la venta y el
de transmisión o distribución a terceros.                         mercadeo de electricidad, certificados de energías limpias y
   Los generadores podrán vender electricidad directamente        derechos financieros de transmisión, la celebración de contra-
al mercado eléctrico mayorista a través del CENACE, a un          tos de compraventa de energía y de cobertura eléctrica, la
usuario calificado o a ambos (el concepto de “usuario cali-       adquisición de servicios de transmisión y distribución y la rep-
ficado” se explica con mayor detalle más adelante). Cada          resentación de generadores en el mercado eléctrico mayorista.
generador que participe en el mercado eléctrico mayorista            Cualquier interesado en participar en la comercialización
podrá establecer su propio precio por la electricidad gen-        de energía debe registrarse en el CENACE. A los comercial-
erada, pero tendrá que reportar diariamente al CENACE sus         izadores autorizados para proporcionar servicios de suminis-
costos operativos. El CENACE mantendrá una base de datos          tro eléctrico a usuarios finales, así como para representar a
de los costos operativos de todos los generadores y podrá         los generadores en el mercado mayorista, se les denomina
determinar si los precios están siendo ofrecidos competiti-       “suministradores”. Los suministradores requerirán permiso
vamente.                                                          de la CRE. La ley establece tres categorías de suministra-
   Los generadores y usuarios calificados podrán celebrar         dores: suministradores de servicios básicos, suministradores
contratos de compraventa de energía eléctrica (conocidos          de servicios calificados y suministradores de último recurso.
bajo la ley como Contratos de Cobertura Eléctrica) en los         Los suministradores celebrarán contratos para adquirir elec-
cuales el CENACE actuará como intermediario. El CENACE            tricidad de los generadores o de la red eléctrica y la rev-
asegurará la entrega de la electricidad requerida por un usu-     enderán a sus clientes en las regiones en donde los
ario calificado aun cuando la electricidad requerida exceda       suministradores se encuentren autorizados para operar.
la capacidad de producción del generador. El CENACE factur-          A los suministradores de servicios básicos solo se les per-
ará la energía excedente a precios de mercado.                    mitirá vender energía eléctrica a usuarios de suministro
                                                                  básico mediante la celebración de contratos de compraventa
Usuarios Finales                                                  de energía. Solo la CFE, a través subsidiarias de suministro
Los usuarios finales con consumos totales iguales o mayores a     básico, podrá prestar estos servicios.
tres megavatios, así como aquellos que previo a la entrada en        Los suministradores de servicios calificados podrán
vigor de la nueva ley operaban bajo los esquemas de autoa-        vender electricidad a usuarios calificados y también podrán
bastecimiento, cogeneración e importación de electricidad,        representar a los generadores exentos a fin de colocar su
son clasificados como “usuarios calificados” y se les permite     electricidad en el mercado mayorista.
adquirir energía directamente del CENACE o de un generador.          Los suministradores de último recurso solo podrán prestar
El umbral de tres megavatios no es fijo en virtud de que la       servicios de suministro de último recurso (es decir, de emer-
Secretaría de Energía podrá modificarlo a través del tiempo. El   gencia) a los usuarios calificados, a un precio máximo regu-
umbral de tres megavatios prevalecerá hasta el 12 de agosto       lado y por un periodo determinado, a fin de mantener la
de 2015, se reducirá a dos megavatios después de dicha fecha      continuidad del servicio de electricidad. También podrán
y posteriormente a un megavatio un año después.                   representar a los generadores exentos en el mercado eléc-
   Los usuarios finales con un consumo total menor al             trico mayorista.
umbral podrán comprar electricidad únicamente a los sumi-            Los usuarios calificados registrados como participantes
nistradores, incluyendo a la CFE.                                 del mercado podrán llevar a cabo cualquier actividad de
   Los usuarios finales podrán registrase en el CENACE como       comercialización excepto la venta de electricidad a terceros.
usuarios calificados para determinados centros de carga,          Los traders de energía eléctrica                 / continued page 4

                                                                                                                                    3
Nueva eléctrico
continued from page 3

podrán operar en                                                    las setenta y dos horas siguientes a la notificación de la
el mercado.                                                         orden correspondiente que emita el CENACE.
                                                                       Los generadores y usuarios finales podrán instalar inter-
Transmisión y Distribución                                          conexiones bidireccionales a su propia costa o podrán solici-
No obstante que la transmisión y distribución de electricidad       tar al CENACE o a los proveedores de servicios de
permanecerá bajo el control estatal, el gobierno, a través de las   transmisión y distribución la construcción de dichas instala-
“empresas productivas del Estado”, principalmente la CFE y sus      ciones como parte de sus planes de expansión y modern-
subsidiarias, estará autorizado para celebrar todo tipo de con-     ización de redes, o podrán contratar con ellos los servicios
tratos o llevar a cabo asociaciones con particulares para finan-    de construcción, lo anterior siempre a costa de los genera-
ciar, instalar, mantener, administrar, operar y expandir las        dores y usuarios finales.
redes de transmisión y de distribución,.
   Se anticipa que la CFE convocará a licitaciones públicas         Derechos Legados
internacionales para la construcción y operación de líneas de       Como consecuencia de la reforma eléctrica, se ha generado
transmisión, actuando en medio del CENACE, los partici-             una gran atención e interés en México en relación a la situ-
pantes registrados del mercado y los usuarios finales. La ley       ación de proyectos en etapa de desarrollo y en operación a la
de la industria eléctrica impone responsabilidad solidaria          fecha de entrada en vigor de la ley.
para las empresas privadas que construyan u operen líneas              La Ley de la Industria Eléctrica contiene disposiciones que
de transmisión, la cual estará limitada al ámbito del objeto        tratan con los derechos de los permisionarios bajo la regla-
de los servicios que hayan proporcionado. Las tarifas aplica-       mentación anterior. Aquellos que cuenten con un permiso
bles a estos servicios, así como los términos de prestación de      de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción
los mismos, serán regulados por la CRE.                             (sin exceder 30 megavatios), producción independiente
   La ley establece un requisito de contenido nacional para         (superior a 30 megavatios), importación o exportación de
cualquiera que participe en la construcción y operación de          electricidad y usos propios continuos, podrán mantener
líneas de transmisión y distribución, excepto cuando existan        dichos permisos y continuar operando conforme a las reglas
tratados internacionales o acuerdos comerciales celebrados          anteriores.
por México que establezcan lo contrario. El requisito de con-          Sin embargo, un permisionario podrá solicitar la modifi-
tenido nacional será establecido por la Secretaría de Energía,      cación de su permiso por un permiso de generación con bajo
sin embargo, no se pretende que esto sea una barrera para           la nueva ley; en el entendido que durante los cinco años
la inversión privada. Adicionalmente, la ley prohíbe que            siguientes a dicha modificación, el permisionario podrá
sean otorgados en garantía los bienes del dominio público           solicitar el restablecimiento de su permiso original y de los
que integren la infraestructura de transmisión y                    contratos de interconexión legados que tenían celebrados.
distribución.                                                       La vigencia del permiso y contrato de interconexión origina-
   La interconexión de centrales de generación y puntos de          les no sufrirán modificación alguna.
carga a la red eléctrica nacional será regulada por el CENACE.         Los contratos de interconexión legados mantendrán los
El CENACE podrá instruir a los prestadores del servicio de          derechos otorgados en el régimen anterior en relación con el
transmisión y distribución a interconectarse a las centrales        reconocimiento de potencia autoabastecida, la tarifa de por-
de generación que requieran interconexión bajo términos y           teo estampilla, el banco de energía y las demás condiciones
condiciones no indebidamente discriminatorios. La ley esta-         otorgadas a los proyectos de energía renovable y cogene-
blece el principio de acceso abierto sujeto a requisitos técni-     ración eficiente.
cos y de seguridad. Los proveedores de servicios de                    En particular, el derecho de los permisionarios existentes
transmisión y distribución deberán celebrar contratos de            con proyectos de energía renovable de operar de conformi-
interconexión utilizando los modelos de contrato expedidos          dad con la ley anterior fue un tema muy importante, ya que
por la CRE dentro de los diez días posteriores a la emisión de      previo a la publicación de la nueva ley existía mucha con-
la notificación de la orden correspondiente por parte del           sternación sobre el impacto negativo que pudiese tener el
CENACE, así como realizar la interconexión física dentro de         mercado eléctrico mayorista                  / continued page 5

                                                                                                                                  4
Nueva eléctrico
continued from page 4

respecto de los proyectos de energía renovable al no estar           Los derechos financieros de transmisión serán vendidos y
previsto ningún tipo de asistencia regulatoria, subsidio o        negociados entre los participantes del mercado y tendrán
incentivo.                                                        una vigencia equivalente a la que sea mayor entre la vigen-
   Las solicitudes de permisos de autoabastecimiento,             cia del contrato de interconexión y la vida útil esperada de la
cogeneración, pequeña producción, producción independi-           central eléctrica correspondiente.
ente, importación o exportación que se encontraban pendi-            Cualquiera de las partes a un contrato de interconexión
entes al 12 de agosto de 2014 serán resueltas por la CRE en       legado o convenio de transmisión al 12 de agosto de 2014
los términos de la ley anterior y su reglamento.                  tiene la opción, al celebrar nuevos contratos de interconex-
   Los solicitantes que hayan cubierto el pago de derechos        ión conforme a la nueva ley, de adquirir sin costo los
correspondiente, así como los permisionarios que no hayan         derechos financieros de transmisión correspondientes a los
celebrado aún un contrato de interconexión, podrán ejercer        usos históricos de los centros de carga incluidos en el con-
la opción de celebrar un contrato de interconexión legado         trato de interconexión legado o en el convenio de
con vigencia de veinte años para sus proyectos. A efectos de      transmisión,.
lo anterior, deberán notificar a la CRE a más tardar el 11 de        En relación con la demanda controlable, los usuarios fina-
octubre su interés de continuar con el proyecto. De igual         les, tanto los usuarios de suministro básico como los usu-
forma, a más tardar el 31 de diciembre de 2016, deberán           arios calificados, estarán sujetos a los requisitos emitidos
asegurar el financiamiento para la totalidad del proyecto y       por el CENACE. Por otro lado, los representantes de
deberán haber comprometido la adquisición de los equipos          demanda controlable garantizada deberán registrar sus
principales y gastado para la adquisición de activos fijos por    potencias ante el CENACE.
lo menos el 30% de la inversión total requerida para
proyecto. Asimismo, el permisionario podrá asegurar sus           Energía Renovable y Generación Distribuida
derechos legados si le fue asignada capacidad de transmis-        La nueva ley no contiene disposiciones específicas para
ión a través de un proceso de temporada abierta, siempre y        proyectos de energía renovable, pero incluye disposiciones que
cuando haya cumplido con las aportaciones y garantías             lidian con ellos de manera indirecta al hacer referencia a las
requeridas.                                                       “energías limpias”, las cuales se definen como aquellas fuentes
   Las partes de un contrato de interconexión legado podrán       de energía y procesos de generación de electricidad cuyas
registrar en el mercado eléctrico mayorista la totalidad o        emisiones o residuos no rebasen los umbrales establecidos en
una porción de la capacidad prevista en sus contratos de          las disposiciones reglamentarias que se expidan para tal
interconexión, mientras que los centros de carga bajo dicho       efecto.
contrato podrán registrarse en el registro de usuarios cali-         La ley no distingue entre las distintas tecnologías, sin
ficados. La capacidad que sea registrada será excluida del        embargo las energías eólica, solar, oceánica, geotérmica,
contrato de interconexión legado y será incluida en un            hidroeléctrica, de biomasa, nuclear, de bioenergéticos y de
nuevo contrato de interconexión y permiso de generación al        captura de carbón, entre otras, se encuentran incluidas entre
amparo de la nueva ley, mientras que los centros de carga         las “energías limpias”. La Secretaría de Energía implementará
registrados en el registro de usuarios calificados serán exclu-   un mecanismo para la negociación de certificados de
idos del contrato de interconexión legado y serán incluidos       energías limpias que promueva el desarrollo de proyectos de
en un contrato de interconexión al amparo de la nueva ley.        energías limpias y diversifique las fuentes de energía, el cual
                                                                  establecerá los porcentajes mínimos de compra y venta a
Derechos Financieros de Transmisión y                             través de licitación pública y venta directa con los que los
Demanda Controlable                                               participantes del mercado deberán cumplir. El mínimo de
El mercado eléctrico mayorista mexicano incorpora elementos       certificados que deberá adquirir cada participante se deter-
de los mercados eléctricos norteamericanos, tales como los        minará con base en el total de la energía eléctrica consum-
derechos financieros de transmisión y congestión y la             ida en los centros de carga.
demanda controlable.                                                 En el primer trimestre de cada año se establecerán los

                                                                                                                                5
Nueva eléctrico
continued from page 4

requisitos para la adquisición de certificados de energías        de 2015, para emitir los contratos modelo que serán utiliza-
limpias, los cuales se mantendrán vigentes durante los tres       dos en el mercado eléctrico mayorista. La regulación y regla-
años siguientes a su expedición. Los certificados de energías     mentación complementaria deberá emitirse en durante
limpias serán emitidos por la CRE.                                mismo periodo.
   Los usuarios con centros de carga incluidos en contratos          El CENACE comenzará a operar como organismo descen-
de interconexión legados se encuentran exentos de la oblig-       tralizado del gobierno en diciembre de 2014.
ación de adquirir certificados de energías limpias siempre y         La CFE operará bajo la nueva ley que entró en vigor como
cuando adquieran electricidad de fuentes de energías lim-         parte del paquete de leyes promulgadas simultáneamente
pias en cantidades suficientes para cubrir sus necesidades        con la ley de la industria eléctrica.
eléctricas.                                                          La CFE se convertirá en una “empresa productiva del
   El beneficio actual de depreciación acelerada para proyec-     estado” con autonomía técnica, operativa y de gestión. La
tos de energía renovable seguirá vigente.                         CFE prestará el servicio público de transmisión y distribución
   La ley permite a los generadores exentos con centrales         de energía eléctrica, así como los servicios de generación y
eléctricas que se encuentren interconectadas a un circuito        comercialización de energía eléctrica directamente o a
de distribución que contenga una alta concentración de cen-       través de sus subsidiarias.
tros de carga, operen bajo el esquema de generación distri-          La CFE podrá llevar a cabo la importación, exportación,
buida. La generación distribuida contará con acceso abierto       transporte, almacenamiento, compra y venta de gas natural,
a las redes generales de distribución así como a los merca-       carbón y otros combustibles, transformándose en una
dos para vender su producción. La Secretaría de Energía           empresa energética completamente integrada.
fomentará el otorgamiento de créditos y otros esquemas               Asimismo, podrá formar asociaciones y alianzas estratégi-
para el financiamiento de centrales eléctricas de generación      cas para la prestación de sus servicios y estará facultada
limpia distribuida.                                               para desarrollar proyectos con particulares bajo el esquema
   Los consumidores de energía eléctrica podrán establecer        de asociaciones público-privadas (APP). Ya no estará sujeta a
acuerdos de compensación de energía (net metering) con los        la legislación aplicable para entidades paraestatales, lo cual
suministradores del servicio. La CRE expedirá los modelos         le dará mayor flexibilidad y eficiencia en la contratación de
de contrato que se usarán y establecerán las metodologías         obras y servicios.
de pago.                                                             Finalmente, la CFE contará con autonomía presupuestaria,
                                                                  pero estará sujeta al balance y techo propuestos por la
Otra Información                                                  Secretaría de Hacienda y aprobados por el Congreso de la
La ley contiene diversas disposiciones que regulan el impacto     Unión.
social de los proyectos de energía en los pueblos y comuni-
dades indígenas. Todos los interesados en obtener permisos o
autorizaciones para desarrollar proyectos en la industria eléc-                                               Septiembre 2014
trica deberán presentar a la Secretaría de Energía una evalu-
ación de impacto social, la cual no solo deberá contener la
predicción y valoración del impacto social, sino también las
medidas de mitigación al mismo.
   La Secretaría de Energía, por única ocasión, emitirá las
reglas del mercado iniciales y establecerá el mercado eléc-
trico mayorista dentro de los nueve a doce meses siguientes.
La CRE cuenta con 9 meses, es decir hasta principios de abril

                                                                                                                               6
También puede leer