Aspectos relevantes de la reforma laboral 2012

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INICIATIVA LABORAL

               Aspectos relevantes de
               la reforma laboral 2012

20                Descripción detallada de los grandes temas que caracterizan a esta re-
               forma, para su mejor comprensión en el marco de la reconfiguración legal
               que se vive en el Estado mexicano moderno

                                                    INTRODUCCIÓN

                                                    E
                                                          l pasado viernes 28 de septiembre de 2012,
                                                          el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el
                                                          Dictamen de Reforma a la Ley Federal del
                                                    Trabajo, con una votación mayoritaria de 351 votos
                                                    a favor, por lo cual se turnó a la Cámara de Sena-
                                                    dores, en su carácter de cámara revisora, para la
                                                    continuidad del proceso legislativo.
                                                      Entre otros temas relevantes, la reforma a la Ley
                                                    Federal del Trabajo (LFT) pretende:
                                                      1. Introducir la figura de la “productividad”, vin-
PUNTOS FINOS

                    C.P.C. Héctor Manuel            culándola con el tema de la capacitación y adies-
                  Miramontes Soto, Socio            tramiento del personal.

DOCTRINA Noviembre 2012
2. Crear nuevos tipos de contratación.                     Al establecimiento de los acuerdos y sistemas
  3. Regular la subcontratación, conocida también          para medir e incrementar la productividad, con-
como outsourcing.                                          currirán los patrones, trabajadores, sindicatos,
  4. Limitar a 12 meses el pago de salarios caídos,        gobiernos y academia.
una vez agotados los juicios laborales.
  5. Adoptar el principio de igualdad sustantiva en     NUEVAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
las relaciones obrero-patronales, entre otros.            Respecto de las modalidades de contratación,
                                                        la reforma propone adicionar a las modalidades
MAYOR PRODUCTIVIDAD                                     previstas por el texto actual del artículo 35 de la
  La reforma pretende incrementar la productividad      LFT, en relación con la contratación por tiempo in-
de las empresas, mejorando significativamente los       determinado o por obra o tiempo determinado, la
sistemas y programas de capacitación y adiestra-        posibilidad de que la relación de trabajo pueda ser
miento al personal, de tal manera que se cree un        por temporada o sujeta a prueba o a capacitación
círculo virtuoso de elevación de la calidad de vida     inicial. Esta última modalidad se estima novedosa
de los trabajadores y sus familias, y de mayor ren-     y benéfica para los trabajadores, pues permitirá
dimiento para las empresas.                             que en los casos en los cuales el trabajador no
  Ello se pretende alcanzar estableciendo un víncu-     tenga las aptitudes o conocimientos específicos
lo más estrecho entre la capacitación y la producti-    del puesto que pretenda desarrollar, se someta a
vidad, por medio de programas que sean diseñados        un proceso de aprendizaje y capacitación inicial para
de manera coordinada entre los patrones, los traba-     el trabajo, de tal suerte que, superada esta etapa,
jadores y las Secretarías de Trabajo y de Previsión     tenga derecho a conservar su fuente de empleo.
Social (STPS) y de Economía (SE).                         Esta reforma se encuentra contenida en el artícu-
  Para ello se prevé que la capacitación se pueda       lo 35 de la LFT, que a la letra dispone:
dar dentro o fuera de los centros de trabajo, y que          Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden
la ayuda que los patrones otorguen a sus trabaja-          ser para obra o tiempo determinado, por tempo-
dores para culminar sus estudios de niveles básico,        rada o por tiempo indeterminado y en su caso
medio superior o superior, pueda ser considerada           podrá estar sujeto a prueba o a capacitación
como parte del cumplimiento de sus obligaciones            inicial. A falta de estipulaciones expresas, la re-
en materia de capacitación.                                lación será por tiempo indeterminado.
  En esa materia, el Dictamen señala como de in-
terés social no sólo promover y vigilar la capacita-      Es importante señalar que la contratación a prue-
ción y el adiestramiento de los trabajadores –como      ba o sujeta a capacitación inicial no presupone una
se establece en la ley en vigor–, sino también la       limitación en los derechos a favor de los trabajado-
productividad y la calidad de trabajo, así como los     res, como es el caso de los relativos a la seguridad               21
beneficios que éstas deban generar tanto para           social, los cuales no se ven afectados en modo
los trabajadores como para los patrones.                alguno.
  Para estos fines, se propone la siguiente defini-
ción del término productividad:                         LA FIJACIÓN DE UN SALARIO POR HORA NO
                                                        SUPONE UNA CONTRATACIÓN POR HORA
      Artículo 153-l. Se entiende por productividad,
                                                          En materia de fijación del salario, se aclara la po-
   para efectos de esta ley, el resultado de optimi-    sibilidad de que el trabajador y el patrón puedan
   zar los factores humanos, materiales, financieros,   convenir el salario por cada hora de prestación de
   tecnológicos y organizacionales que concurren en     servicio, siempre que sea remunerador y no se
   la empresa, en la rama o en el sector para la ela-   exceda de la jornada máxima legal. Se prevé que
   boración de bienes o la prestación de servicios,     en estos casos, el ingreso que perciban los traba-
   con el fin de promover a nivel sectorial, estatal,   jadores bajo esta modalidad no podrá ser inferior
   regional, nacional e internacional, y acorde con     al que corresponda a una jornada diaria. Esto es,
   el mercado al que tiene acceso, su competiti-        contrario a lo que se ha dicho en algunos medios
   vidad y sustentabilidad, mejorar su capacidad,       informativos, la precisión tiene como objetivo ase-
   su tecnología y su organización, e incrementar       gurar que quienes tengan esta modalidad perciban
                                                                                                                   PUNTOS FINOS

   los ingresos, el bienestar de los trabajadores y     por lo menos el equivalente al salario mínimo por
   distribuir equitativamente sus beneficios.           jornada diaria.

                                                                                                Noviembre 2012 DOCTRINA
La reforma de mérito se encuentra en el artículo        presta servicios con trabajadores bajo su depen-
               83 de la LFT, como sigue:                                dencia, a favor de otra persona física o moral que
                                                                        resulta beneficiaria de los servicios contratados,
                     Artículo 83. …
                                                                        la cual fija las tareas a realizar y supervisa el desa-
                     …
                                                                        rrollo de los servicios o la ejecución de las obras
                     Tratándose de salario por unidad de tiempo, se
                                                                        contratadas.
                  establecerá específicamente esa naturaleza. El           Este tipo de trabajo deberá cumplir con las si-
                  trabajador y el patrón podrán convenir el monto,      guientes condiciones:
                  siempre que se trate de un salario remunerador,          a) No podrá realizarse en las actividades sus-
                  así como el pago por cada hora de prestación          tantivas que constituyan el objeto principal de la
                  de servicio, siempre y cuando no se exceda la         empresa.
                  jornada máxima legal y se respeten los derechos          b) Deberá justificarse por su carácter espe-
                  laborales y de seguridad social que correspondan      cializado que agregue un insumo adicional a los
                  a la plaza de que se trate. El ingreso que perciban   procesos de producción o de servicios.
                  los trabajadores por esta modalidad, en ningún           c) No podrá abarcar la totalidad de las activida-
                  caso será inferior al que corresponda a una jor-      des que se desarrollen en el centro de trabajo.
                  nada diaria.                                             d) No podrá comprender tareas iguales o simi-
                  De lo anterior se desprende con toda claridad         lares a las que realizan el resto de los trabajadores
               que, de ninguna manera, la reforma pretende otor-        al servicio del beneficiario.
               gar a la parte patronal la facultad para decidir de         De no cumplirse con estas condiciones, el be-
               manera unilateral o arbitraria los días y las horas en   neficiario se considerará patrón para todos los
               las que un trabajador le podrá prestar sus servicios     efectos y consecuencias legales, incluyendo las
               subordinados, pues tal modalidad de contratación         obligaciones en materia de seguridad social.
               no existe y sería contraria a las previstas en el ar-
               tículo 35 de la LFT anteriormente invocado, dado            Artículo 15-B. El contrato que se celebre entre
               que, como se ha dicho, la fijación de un salario por     la persona física o moral que resulte beneficiaria
               hora no supone una contratación por hora.                de los servicios y un contratista, deberá constar
                                                                        por escrito.
               REGULACIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN                            La empresa beneficiaria deberá cerciorarse al
                  La reforma pretende regular la subcontratación        momento de celebrar el contrato a que se refiere
               de personal, también denominada outsourcing,             el párrafo anterior, que la contratista cuenta con la
               con el propósito de evitar la evasión y elusión del      documentación y los elementos propios suficien-
               cumplimiento de las obligaciones a cargo de las          tes para cumplir con las obligaciones que deriven
22             empresas en su calidad de patrones. Con esa inten-       de las relaciones con sus trabajadores.
               ción, las reformas que se introducen a la LFT tienen
               como finalidad definir la figura de la “subcontrata-       Artículo 15-C. La empresa beneficiaria de los
               ción”; determinar que el contrato de prestación de       servicios deberá cerciorarse permanentemente
               servicios deba constar por escrito, y prever que la      que la empresa contratista, cumple con las dis-
               beneficiaria de los servicios tendrá la obligación de    posiciones aplicables en materia de seguridad,
               cerciorarse de la solvencia económica de la contra-      salud y medio ambiente en el trabajo, respecto
               tista y de que ésta cumpla con sus obligaciones en       de los trabajadores de esta última.
               materia de seguridad y salud. Asimismo, se señala          Lo anterior podrá ser cumplido a través de una
               expresamente que en todo caso los patrones y los         unidad de verificación debidamente acreditada y
               intermediarios serán responsables solidarios en las      aprobada en términos de las disposiciones lega-
               obligaciones contraídas con los trabajadores.            les aplicables.
                  Para alcanzar esos propósitos, el Dictamen con-
               sidera la adición de los siguientes dispositivos, a         Artículo 15-D. Se presumirá, salvo prueba en
               saber:                                                   contrario, que se utiliza el régimen de subcontra-
                                                                        tación en forma dolosa, cuando con el objeto de
                    Artículo 15-A. El trabajo en régimen de sub-        simular salarios y prestaciones menores, las con-
PUNTOS FINOS

                  contratación es aquel por medio del cual un           tratistas o beneficiarias de los servicios tengan
                  patrón denominado contratista ejecuta obras o         simultáneas relaciones de trabajo o de carácter

DOCTRINA Noviembre 2012
mercantil o civil, respecto a los mismos trabaja-         Artículo 47. …
   dores o se trate de impedir el ejercicio de sus           …
   derechos individuales o colectivos. Lo anterior           XV. …
   no será aplicable en el caso del pago de regalías         El patrón que despida a un trabajador deberá
   en los términos de la legislación de propiedad         darle aviso escrito en el que refiera claramente la
   intelectual correspondiente.                           conducta o conductas que motivan la rescisión y
      Quienes incurran en la conducta señalada en el      la fecha o fechas en que se cometieron.
   párrafo anterior, serán sancionados en términos           El aviso deberá entregarse personalmente al
   del artículo 1004-C de esta Ley.                       trabajador en el momento mismo del despido
                                                          o bien, comunicarlo a la Junta de Conciliación y
   Si bien el propósito que se persigue con la re-
                                                          Arbitraje competente, dentro de los cinco días
glamentación del outsourcing encuentra su jus-
                                                          hábiles siguientes, en cuyo caso deberá propor-
tificación ante conductas abusivas que se han
                                                          cionar el último domicilio que tenga registrado del
presentado en la práctica, en las cuales mediante
                                                          trabajador a fin de que la autoridad se lo notifique
contratos artificiosos se llega al extremo de eludir
                                                          en forma personal.
las obligaciones que en materia laboral, de segu-
                                                             La prescripción para ejercer las acciones de-
ridad social y tributarias son propias de las rela-
                                                          rivadas del despido no comenzará a correr sino
ciones obrero patronales, en perjuicio no sólo de
                                                          hasta que el trabajador reciba personalmente el
los trabajadores sino de la sociedad en general,
                                                          aviso de rescisión.
ello no permite de ninguna manera generalizar y
                                                             La falta de aviso al trabajador personalmente o
considerar que todo contrato de tercerización está
                                                          por conducto de la Junta, por sí sola determinará
afectado de simulación, pues sobran ejemplos en
                                                          la separación no justificada y, en consecuencia,
los cuales la contratación de mano de obra y servi-
                                                          la nulidad del despido.
cios especializados se realiza bajo esta modalidad,
sin descuidar el cumplimiento de las obligaciones      INDEMNIZACIÓN POR SALARIOS CAÍDOS
laborales y fiscales respectivas.
                                                         Una de las modificaciones que también ha creado
   La subcontratación o tercerización es una prác-
                                                       efervescencia entre los distintos actores, es la rela-
tica reconocida a nivel mundial, la cual ha probado
                                                       cionada con la limitación en el pago de los salarios
su pertinencia en la regulación de las relaciones
                                                       caídos a cargo de la parte patronal tratándose de
laborales, sobre todo si se considera que esa mo-
                                                       despidos injustificados. De ese modo, si en el juicio
dalidad presupone la certeza de obtener mano de
                                                       correspondiente el patrón no comprueba la causa
obra calificada o especializada, y que puede me-
                                                       de la rescisión, se encontrará obligado a pagar, ade-
jorar inclusive los costos de capacitación de las
                                                       más de la indemnización de tres meses de salario
empresas beneficiarias de los servicios. Lo anterior
                                                       –de ser el caso–, el monto de los salarios vencidos                23
lleva a reflexionar sobre la necesidad de buscar
                                                       computados desde la fecha del despido hasta por
un sano equilibrio en las medidas regulatorias que
                                                       un periodo máximo de 12 meses, previéndose in-
se comentan, pues algunas de las modificaciones
                                                       clusive el pago de un interés del 2% mensual capi-
que se pretenden en esa materia pueden estimarse
                                                       talizable, si al término de los 12 meses a partir de la
excesivas.
                                                       fecha del despido no ha concluido el procedimiento
NOTIFICACIÓN DEL DESPIDO                               o no se ha dado cumplimiento al laudo.
AL TRABAJADOR                                            Esta reforma se encuentra en el siguiente dispo-
                                                       sitivo, como sigue:
  Una modificación relevante relacionada con el
despido de un trabajador es la obligación a car-             Artículo 48. El trabajador podrá solicitar ante
go de la parte patronal de notificar por escrito al       la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección,
trabajador, con claridad, las causales que motivan        que se le reinstale en el trabajo que desempeña-
la rescisión laboral y la fecha o fechas en que se        ba, o que se le indemnice con el importe de tres
cometieron, previéndose que tal notificación pueda        meses de salario, a razón del que corresponda a
efectuarse de manera personal al momento del              la fecha en que se realice el pago.
despido o por medio de la Junta de Conciliación              Si en el juicio correspondiente no comprueba
y Arbitraje, reformándose para ello la fracción XV
                                                                                                                   PUNTOS FINOS

                                                          el patrón la causa de la rescisión, el trabajador
del artículo 47 de la LFT, para quedar como sigue:        tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese

                                                                                                Noviembre 2012 DOCTRINA
principio de igualdad sustantiva entre mujeres y
                                                                       hombres, en ningún caso podrán ser inferiores a
                                                                       las fijadas en la LFT, debiendo ser proporcionales
                                                                       a la importancia de los servicios e iguales para tra-
                                                                       bajos iguales, sin hacer distingos o exclusiones por
                                                                       cuestiones de origen étnico o nacionalidad, sexo,
                                                                       género, edad, discapacidad, condición social, con-
                                                                       diciones de salud, religión, opiniones, preferencias
                                                                       sexuales, condiciones de embarazo, responsabili-
                                                                       dades familiares o estado civil.
                      …la reforma dispone que las                        Esta reforma se refleja en el siguiente numeral,
                   condiciones de trabajo basadas                      que a la letra dispone:
                   en el principio de igualdad sustan-                      Artículo 56. Las condiciones de trabajo
                   tiva entre mujeres y hombres, en                       basadas en el principio de igualdad sustan-
                   ningún caso podrán ser inferiores                      tiva entre mujeres y hombres en ningún caso
                                                                          podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y
                   a las fijadas en la LFT…                               deberán ser proporcionales a la importancia de
                                                                          los servicios e iguales para trabajos iguales, sin
                  sido la acción intentada, a que se le paguen los        que puedan establecerse diferencias y/o exclu-
                  salarios vencidos computados desde la fecha del         siones por motivo de origen étnico o nacio-
                  despido hasta por un período máximo de doce             nalidad, sexo, género, edad, discapacidad,
                  meses, en términos de lo preceptuado en la últi-        condición social, condiciones de salud, reli-
                  ma parte del párrafo anterior.                          gión, opiniones, preferencias sexuales, con-
                    Si al término del plazo señalado en el párrafo        diciones de embarazo, responsabilidades
                  anterior no ha concluido el                             familiares o estado civil, salvo las modalidades
                    procedimiento o no se ha dado cumplimien-             expresamente consignadas en esta Ley.
                  to al laudo, se pagarán también al trabajador los
                  intereses que se generen sobre el importe de         CONCLUSIONES
                  quince meses de salario, a razón del dos por cien-     Es innegable que la modernidad del Estado mexi-
                  to mensual, capitalizable al momento del pago.       cano y su participación competitiva en el concier-
                  Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable       to de las naciones, exige la adopción de medidas
                  para el pago de otro tipo de indemnizaciones o       urgentes en la reconfiguración de las relaciones
                  prestaciones.                                        internas entre gobierno y sociedad, las cuales nos
24                  …                                                  permitan transitar por un auténtico Estado de De-
                                                                       recho.
               EL PRINCIPIO DE IGUALDAD SUSTANTIVA                       Entre las medidas que de manera añeja se han
                  Por otra parte, resulta importante comentar que      venido reclamando y que aún no se tienen imple-
               la reforma también pretende la tutela de la igualdad    mentadas de manera plena, destacan desde luego
               sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajado-      las reformas energética, fiscal y laboral.
               ras frente a la parte patronal. En ese sentido, se        Al mismo tiempo, así como es necesario recom-
               entiende que la igualdad sustantiva es la que se        poner la relación fisco-contribuyente, basada en
               logra eliminando la discriminación que menoscaba        los principios de buena fe y de justicia tributaria,
               o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus      también resulta ineludible reconstruir las relaciones
               derechos humanos y las libertades fundamentales         laborales entre el sector productivo y la fuerza de
               contra las mujeres en el ámbito laboral. Igualmen-      trabajo, bajo los principios de buena fe y de justicia
               te, supone el acceso a las mismas oportunidades,        laboral. Sólo de esa manera es posible aspirar a
               considerando las diferencias biológicas, sociales y     una convivencia social armónica, solidaria, humana
               culturales de mujeres y hombres, según lo expre-        y productiva. La reforma laboral de la que se da
               sado en el Dictamen respectivo.                         cuenta, si bien podrá no satisfacer a todos los ac-
PUNTOS FINOS

                  Para alcanzar esta finalidad, la reforma dispo-      tores, no deja de ser un paso más que nos acerca
               ne que las condiciones de trabajo basadas en el         a la regulación idónea en esa materia.

DOCTRINA Noviembre 2012
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