CONDICIONES GNERALES DE SUMINISTRO DE SERVICIO DE DATOS

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CONDICIONES GNERALES DE SUMINISTRO DE SERVICIO DE DATOS
                       MÓVILES.

   1. EL SERVICIO.

Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., en adelante
“Telsur” otorgará al Cliente el servicio de suministro de datos a través de
tecnología inalámbrica, en las zonas que cuenten con cobertura dentro del
territorio nacional continental, que le permitirá a su usuario acceder, subir y
descargar datos hacia y desde Internet, en adelante el Servicio.

Este documento contiene la oferta del Servicio, y está dirigida sólo a
personas naturales, con domicilio en Chile y que acrediten solvencia
económica tal, que les permita garantizar el pago del Servicio de acuerdo a
la evaluación realizada por Telsur. El Contrato se perfeccionará al cumplirse
copulativamente las siguientes condiciones: aceptación de la Oferta por el
Cliente mediante su suscripción y la aprobación de la solvencia económica
del cliente por Telsur.

El Servicio será prestado por Telsur mediante equipos y/o dispositivos
compatibles con sus sistemas, sean propiedad del Cliente o de Telsur.
Dichos dispositivos podrán ser identificados por Telsur mediante un
número, similar a un número de abonado telefónico, el cual también será
usado para asociar las sumas adeudadas por el Cliente por causa del
Servicio y cobradas a través de la Factura y/o Boleta de Servicios.

   2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO.

El Cliente manifiesta que acepta el “Servicio”, sujeto a las condiciones y
limitaciones propias de los servicios móviles y los de transferencia de datos
y que, además, está en conocimiento que la calidad del servicio y la
cobertura están limitadas a la zona de servicio de Telsur y a las
condiciones de las redes a las cuales el Cliente quisiere acceder.

La red 3.5G (HSDPA) es una evolución de la red GPRS/EDGE denominada
de segunda generación (2,5G) que permite principalmente obtener mayores
velocidades de transmisión de datos. La velocidad promedio del servicio
está sujeta a disponibilidad de cobertura de la Red 3.5G (UMTS/HSDPA),
que se encuentra disponible en los centros urbanos de las principales
ciudades del país.

Las condiciones y limitaciones del uso del servicio referidas
precedentemente forman parte esencial y determinante en la prestación del
mismo y se han tenido presentes para la prestación del “Servicio” y para la
suscripción del contrato respectivo. El “Servicio” podrá estar fuera de
funcionamiento, condicionado o afectado por las limitaciones de capacidad,
fenómenos atmosféricos y cualquier otra circunstancia natural o artificial
que afecten su operación.
3. PRECIO DEL SERVICIO Y RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE.

El Cliente será responsable del pago de todos los servicios utilizados desde
el dispositivo móvil que le sea habilitado, según las tarifas del plan de datos
contratado vigente al momento de su utilización y las correspondientes a los
servicios distintos del plan de datos contratado que hayan sido utilizados,
en adelante “servicios adicionales” (voz, SMS, MMS, etc.), cuyos precios y
tarifas    se   encuentran    debidamente      informados      en    el   portal
www.telefonicadelsur.cl., en las oficinas comerciales, o llamando al 103 o al
6004010040. Los planes de datos consideran un compromiso de pago
mensual mínimo por parte del cliente el cual se denomina “Cargo Fijo” cuyo
pago se imputa al precio del servicio de conexión a la red de datos utilizado
por el cliente hasta por la cantidad de Mega Byte detallada como MB (Mega
Byte) durante el ciclo objeto de facturación, según se detalla para cada
plan. El cliente se compromete a pagar mensualmente este cargo fijo
aunque no se haga uso del “Servicio”. Además del mencionado cargo fijo, el
cliente debe pagar cada mes los servicios adicionales utilizados y la
conexión al servicio de datos utilizados por cada MB (Mega Byte) de uso
adicional y/o sesiones de 24 horas continuas en su caso al cargo fijo
mensual, de acuerdo a las tarifas que se encuentran publicadas en el portal
www.telefonicadelsur.cl., y también son informados al Cliente en las oficinas
comerciales de Telsur y en el call center (llamando al 103 o al
6004010040).

   4. PAGO DEL SERVICIO

El Cliente deberá pagar mensualmente el monto de dinero consignado en el
documento de cobro (Boleta de Servicios o detalle de pago/factura), hasta
la fecha de su vencimiento, en los lugares y en la forma que él mismo
señala. El Cliente tiene la obligación de pagar todo el tráfico de datos y
cualquier otro servicio que utilice a través del dispositivo y/o equipo móvil
correspondiente, con excepción de las exentas de pago. El Cliente autoriza a
Telsur a que el documento de cobro incluya cargos correspondientes a la
prestación del “Servicio” suministrada con una anterioridad superior a 3
meses contados desde la fecha de su emisión, independientemente de la
fecha en que se hayan prestado. En caso de no recibir oportunamente el
documento de cobro, el Cliente se obliga a efectuar su pago dentro de
plazo, solicitando en las oficinas de Telsur la información necesaria para
proceder a su pago.

En caso de mora o simple retardo en el pago de las sumas consignadas en
la cuenta telefónica, dicho monto podrá devengar el interés máximo
convencional permitido por la ley desde la fecha en que se hizo exigible la
obligación hasta el pago hasta el pago íntegro de la deuda, sin perjuicio de
los gastos de cobranza.

El no pago en tiempo y forma del documento de cobro, faculta a Telsur a
suspender el Servicio contratado. El corte y la reposición del Servicio”
podrán ser cobrados por Telsur de acuerdo a lo valores vigentes a l
momento de la reposición que son informados al Cliente en las oficinas
comerciales, en el call center (llamando al 103 o al 6004010040) y se
encuentran debidamente publicados en la página web de la Compañía
www.telefonicadelsur.cl.

  5. OFERTA DE PLANES Y SERVICIOS ADICIONALES.

Telsur comercializa una parrilla limitada de planes del BAM (Banda Ancha
Móvil), ya sea en forma individual, o en forma conjunta (paquete) con otros
servicios. El Cliente deberá elegir entre los planes comerciales disponibles al
momento de la contratación o al cambiar de plan.

Las condiciones del plan contratado, su precio, vigencia y demás
características comerciales relevantes del mismo se informan al Cliente en
las oficinas comerciales, y en las plataformas telefónicas y electrónicas
habilitadas por Telsur.

La denominación de nuestros planes alude generalmente a la capacidad del
plan. Lo anterior implica que con un plan de 1GB, el cliente tiene 1GB para
descargar o navegar.

El Cliente podrá cambiar su plan en cualquier tiempo por otro plan de la
oferta vigente al momento del cambio, siempre y cuando dé aviso por los
medios físicos, telefónicos o electrónicos que se encuentren habilitados por
Telsur, señalando su intención de cambiarlo y el nuevo plan que
selecciona, el que entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a la
solicitud de cambio válidamente solicitada por el cliente.

El cambio de plan y sus condiciones se entenderá irrevocablemente
aceptado por el Cliente al momento en que éste pague la próxima cuenta
telefónica o documento de cobro en que se vea reflejado dicho cambio.

El Cliente acepta que el cambio de plan puede tener costo, el que se
informa al Cliente en las oficinas comerciales, y en las plataformas
telefónicas y electrónicas habilitadas por Telsur.

Los servicios adicionales tienen asociado un costo adicional. Todas las
tarifas de los servicios adicionales que presta Telsur son informados al
Cliente en las oficinas comerciales, en el call center (llamando al 103 o al
6004010040) y se encuentran debidamente publicados en la página web de
la Compañía www.telefonicadelsur.cl.

6. LIMITE DE CREDITO.

Se asignará al Cliente un cupo o límite de crédito mensual contra el cual le
proporcionará el “Servicio” o cualquier prestación adicional a su plan de
datos. Este límite será informado en el plan de datos contratado, sin
necesidad de efectuar su pago por adelantado. El Cliente autoriza a Telsur
para suspender en forma unidireccional el “Servicio”, si aquél excede el
límite de crédito del respectivo plan, independientemente del hecho de que
ese monto no esté aún facturado, lo que no exceptúa al Cliente del pago del
exceso en el límite.
7. LIMITE DE RESPONSABILIDAD.

Telsur no se responsabiliza de los daños y perjuicios producidos por causas
ajenas a la compañía, incluidos pero no limitados a interrupciones o fallas
del Servicio causadas por el Cliente, un tercero o por caso fortuito y/o
fuerza mayor.

8. OTRAS CONDICIONES DEL SERVICIO.

El cliente se compromete a cumplir lo pactado en las presentes Condiciones
Generales y hacer un uso exclusivamente personal del mismo. El Servicio
prestado tiene una naturaleza privada, prohibiéndose expresamente su
comercialización como fuente de lucro directo para el cliente.

En el uso de este Servicio, el suscriptor será especial y exclusivamente
responsable de cualquier daño, directo o indirecto, que afecte a Telsur o a
terceros, así como de las eventuales infracciones legales en que incurra,
eximiendo a Telsur de cualquier responsabilidad a este respecto. Asimismo,
no podrá utilizar su condición de cliente para llevar a cabo una actividad
empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender el Servicio
prestado por Telsur o explotar el Servicio para otros fines en cualquier
forma. El incumplimiento o la apreciación objetiva, por parte de Telsur, del
incumplimiento de las obligaciones anteriores citadas, constituirá un
incumplimiento grave a las obligaciones del presente Contrato y facultará a
Telsur a poner término inmediato del mismo.

   9. ROBO, HURTO O PERDIDA DE EQUIPO TELEFONICO MOVIL.

En caso de robo, hurto o pérdida por cualquier causa del dispositivo y/o
equipo móvil, el suscriptor continuará siendo responsable del uso y pago del
servicio, valor del plan contratado (cargo fijo) y otros imputables al mismo.

En estos casos, para efectos de solicitar la suspensión del servicio, el
Suscriptor deberá comunicarse inmediatamente con la compañía. El
suscriptor deberá identificarse señalando, número telefónico del servicio, su
nombre completo, número de cédula de identidad y domicilio, también se le
podrá exigir que proporcione una clave adicional previamente acordada con
Telsur para estos efectos. La suspensión se mantendrá hasta que el
Suscriptor solicite el cese de ésta en cualquiera de las oficinas comerciales
de Telsur, acreditando su calidad de Suscriptor mediante la exhibición de su
cédula de identidad, pasaporte, o mediante comunicación escrita cuya firma
esté autorizada ante Notario. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del
Cliente de poner término al contrato de suministro de servicio telefónico
móvil contenida en el artículo 44 del Reglamento de Servicio Público
Telefónico.

      10. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

El Cliente se obliga a no hacer un uso abusivo, inapropiado o inconducente
a los fines naturales y lógicos de cualquier plan comercializable y/o de los
beneficios, ventajas o descuentos que éstos puedan otorgar pudiendo en tal
caso Telsur suspender el servicio o poner término al contrato de
suministro. En especial, el Cliente autoriza a Telsur para poner término al
contrato de datos móviles, por cualquiera de las siguientes causas:
(i) En caso de no pago de una boleta de servicios, transcurridos 120 días
desde su emisión.
(ii) En caso de reiteración en el corte o suspensión del servicio por no pago
del documento de cobro.
(iii) Si el Cliente hiciere uso indebido o ilegal del servicio y/o del dispositivo
o equipo, o utilizare alguno no autorizado por Telsur o que contravenga las
disposiciones técnicas emanadas de la autoridad.
(iv) Si es solicitada la declaración de quiebra del Cliente o éste formula
proposiciones de convenio judicial o prejudiciales o si se encuentra en
estado de notoria insolvencia, entendiéndose por tal el no pago a cualquiera
de sus proveedores o empleados o el protesto de algún documento
mercantil o cheque suscrito por éste.
(y) Por muerte o extinción de la personalidad jurídica del Cliente, según
corresponda.
(vi) Si los datos proporcionados y acompañados por el Cliente a
requerimiento de Telsur fueren falsos, inexactos, equívocos, erróneos o
disconformes. En este caso el Cliente siempre podrá optar por que se le
suministre el Servicio en modalidad prepago.
(vii) Por caso fortuito o fuerza mayor que de cualquier modo, impida la
prestación del Servicio en los términos convenidos o solicitados por el
Cliente.
(viii) Si el Cliente cediere su calidad a otra persona sin la aprobación de
Telsur.
(ix) Por infracción de cualquier otra obligación que el Cliente haya contraído
conforme al contrato de datos móviles.
(x) Si el Cliente comercializa o revende el Servicio o exige alguna cantidad
de dinero a terceros por el uso o explotación del Servicio.
(xi) En caso que Telsur tenga fundadas sospechas de estar produciéndose
un fraude en el uso del servicio telefónico móvil, previa autorización de la
Subsecretaría de Telecomunicaciones.

11. DOMICILIO Y COMPETENCIA

Para todos los efectos legales que correspondan, las partes fijan domicilio
en la ciudad en que se celebró la contratación del servicio telefónico móvil y
se someten a sus tribunales jurisdiccionales competentes. En caso que la
contratación del servicio se celebre por medio de plataformas no
presenciales se estará al domicilio señalado por el Cliente al contratar el
servicio.

12. VIGENCIA DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato de datos móviles es indefinido. Las partes
podrán poner término al contrato de suministro de datos previo aviso por
escrito enviado a la otra. En estos casos, el contrato terminará dentro de los
10 días siguientes de recibido el requerimiento respectivo.

La terminación unilateral del contrato de suministro de servicio telefónico
móvil hecho tanto por Telsur como por el Cliente, no libera a éste último,
bajo ningún respecto, del pago de todos los cargos imputables por el uso
del servicio durante la vigencia del mismo, de pagar el valor del plan
contratado proporcional al día del término y del pago de aquellas sumas de
dinero que adeudare a Telsur por otros conceptos.

13. PLANES ILIMITADOS

Los planes ilimitados de datos móviles sólo garantizan la navegación sin
restricciones en la cantidad de kilobytes traficados y no velocidades
promedio máximas alcanzadas bajo condiciones óptimas de la red, debido a
factores ajenos a la compañía.

14. DECLARACIÓN ESENCIAL

El Cliente del Servicio declara que previamente a la contratación del
Servicio, se ha informado y leído íntegramente las estipulaciones y
condiciones contenidas en el presente instrumento, las que declara conocer,
entender y aceptar en todas sus partes, obligándose a regirse por ellas.
Además, se obliga a informarse en las mismas condiciones respecto de
cualquier modificación que sufriere tanto este instrumento como las normas
que regulan el Servicio, en los términos del artículo 3° de la Ley N° 19.496,
sobre protección de los Derechos de los Consumidores.

Del mismo modo, declara que se ha informado suficientemente de las
características técnicas, condiciones de calidad, fiabilidad y restricciones
propias del servicio de datos móviles a que se refiere este instrumento,
habiéndole proporcionado Telsur toda la información requerida sobre esta
materia.
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