EVALUACIÓN SOCIAL - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL UCPYPFE
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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL UCPYPFE PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA DEL NORTE GRANDE- BIRF SUB-PROYECTO: Planta Potabilizadora y Acueductos: Presidencia Roca, Pampa Del Indio y Localidades sobre Ruta Provincial N° 40 hasta Las Garcitas y sobre Ruta Provincial N° 30 hasta Capitán Solari. Provincia De Chaco. EVALUACIÓN SOCIAL 1
TABLA DE CONTENIDO 1 INTRODUCCION: .......................................................................................................................... 4 1.1 El Proyecto de Infraestructura Hídrica del Norte Grande ....................................................... 4 1.2 Manejo Ambiental y Social del Proyecto ................................................................................. 4 1.3 Impactos Generales de Obras Hídricas en Pueblos Indígenas................................................. 4 1.4 Marco de planificación de pueblos indígenas del proyecto norte grande. ............................. 5 2 PUEBLOS INDÍGENAS DE LA REGIÓN NORTE GRANDE EN EL CONTEXTO ARGENTINO ............... 5 2.1 Principales datos demográficos e indicadores sociales ........................................................... 5 2.2 Posesión y propiedad comunitaria de las tierras ocupadas por los pueblos indígenas en argentina 6 2.3 Urbanización de pueblos indígenas de la argentina ................................................................ 7 2.4 Infraestructura y servicios de comunidades aborígenes ......................................................... 8 3 Sub‐Proyecto: Planta Potabilizadora y Acueductos: Presidencia Roca, Pampa Del Indio y Localidades sobre Ruta Provincial N° 40 hasta Las Garcitas y sobre Ruta Provincial N° 30 hasta Capitán Solari. Provincia Del Chaco. ............................................................................................................................. 9 3.1 Planificación de la evaluación social ........................................................................................ 9 3.1.1 Estudio preliminar ........................................................................................................... 9 3.2 Definición del alcance de la evaluación social ......................................................................... 9 4 Marco jurídico e institucional aplicable a las comunidades indígenas afectadas ....................... 9 4.1 Leyes nacionales ...................................................................................................................... 9 4.2 Leyes provinciales .................................................................................................................. 10 4.3 El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) ................................................................. 11 4.4 El Consejo de Participación Indígena..................................................................................... 11 5 Area de Influencia del Sub‐Proyecto ......................................................................................... 12 5.1 Área Influencia Operativa ...................................................................................................... 12 5.2 Área de Influencia Directa ..................................................................................................... 12 5.3 Área de Influencia Indirecta .................................................................................................. 13 6 IDENTIFICACIÓN COMUNIDADES INDÍGENAS AFECTADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL SUBPROYECTO ............................................................................................................................................... 13 6.1 Identificación de Pueblos Indígenas ...................................................................................... 13 6.2 Ubicación de las poblaciones beneficiarias ........................................................................... 14 6.3 Establecimientos educativos en la traza de proyecto (con PI) .............................................. 17 7 Proceso de Consultas................................................................................................................. 28 7.1 Consultas a las CIA ................................................................................................................. 29 7.1.1 Consulta informal Nº 1 .................................................................................................. 29 7.1.2 Consulta Informal 2: ...................................................................................................... 30 7.1.3 Reunión con el Presidente del IDACH (Sr. Charole)....................................................... 31 8 Resultados de la Evaluación Social ............................................................................................ 33 2
9 CONCLUSIONES ......................................................................................................................... 33 10 ANEXO: MAPAS de UBICACION PI (FUENTE: SPER y ETISIG CHACO) ........................................ 36 3
1 INTRODUCCION: 1.1 El Proyecto de Infraestructura Hídrica del Norte Grande El objetivo de desarrollo del Programa es incrementar el acceso a la provisión de agua y de servicios sanitarios y el uso sustentable del recurso hídrico en la región del Norte Grande a través de la provisión de infraestructura y de asistencia técnica. Este objetivo a su vez contribuirá al desarrollo económico y otras metas relacionadas con la reducción de inequidades de desarrollo e integración regional preservando el medio ambiente. 1.2 Manejo Ambiental y Social del Proyecto El enfoque de manejo ambiental y social de las obras del Proyecto diferencia el tratamiento y la selección de las mismas de la siguiente manera: (i) obras que serían declaradas elegibles de financiación en la Evaluación del Proyecto, previa aceptación de sus respectivas evaluaciones y planes de manejo ambiental y social, aceptables para el Banco y (ii) obras que serían seleccionadas durante la implementación del Proyecto sobre la base del cumplimiento de, entre otros requerimientos, los ambientales y sociales que siguen las previsiones de los Marcos de Gestión Ambiental y Social (MGAS), de Políticas Reasentamiento Involuntario (MPRI) y Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI), también debidamente aceptados por el Banco Mundial. 1.3 Impactos Generales de Obras Hídricas en Pueblos Indígenas Cuando se trata de proyectos hídricos en lugares donde haya presencia o arraigo de pueblos indígenas (PI), las decisiones deben ser planificadas y desarrolladas de manera tal que se proteja la forma de vida de los mismos y que se los proteja de los impactos negativos que la obra pueda generar. A su vez, debe considerarse la participación de los PI en el desarrollo que las obras pueden generar, de manera tal que estos PI las apoyen. Los pueblos indígenas pueden ser vulnerables a las obras de infraestructura, aunque en el caso del sub-proyecto en cuestión, se trata de la mejora en la calidad y el suministro de agua por la construcción de una planta potabilizadora y acueductos en las Localidades de Presidencia Roca hacia Pampa del Indio, sobre Ruta Provincial Nº 30, hasta Las Garcitas y por Ruta Provincial Nº 40 hasta Capitán Solari. En consultas realizadas con los PI potencialmente impactados por la obra, los mismos han evidenciado su beneplácito por el sub-proyecto y han manifestado su necesidad de contar con el servicio que proveerá la obra, ya que se trata de un grupo vulnerable socialmente a las carencias de agua potable y con altos índices de enfermedades producidas por su poca disponibilidad o mala calidad. Consideran que la provisión de agua potable mejorara sus condiciones de calidad de vida y disminuirá el impacto de enfermedades prevenibles por consumo de agua de baja calidad. Algunos de los riesgos que trae aparejado el proyecto es la disminución en la cantidad de su hábitat natural por el desmonte que pueda ser necesario para ejecutar la obra, pero en este caso el desmonte se reducirá al máximo dado que se utilizará la franja de servicios de las rutas provinciales N° 30 y 40, es decir que se utilizará para la obra, el espacio previsto para infraestructuras en dichas vías, que se encuentra junto a la línea de alambrados. La planificación del proyecto implica también el proceso de integración y comunicación de todas las comunidades involucradas y particularmente de las Comunidades Indígenas de la zona de proyecto. Estas comunicaciones se iniciaron de manera informal con las comunidades y deberán continuar en el proceso de audiencia pública, con información fehaciente sobre los componentes del proyecto a las comunidades afectadas. Por tanto, en la planificación de este proyecto se respetarán las instancias de consulta. 4
1.4 Marco de planificación de pueblos indígenas del proyecto norte grande. El Marco de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI) es parte del Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS) de los Programas de Infraestructura Hídrica para el Desarrollo Sostenible del Norte Grande. Este MPPI se elabora como base para la preparación, implementación, monitoreo y evaluación de los Planes de Pueblos Indígenas (PPIs) que deban elaborarse para cumplir con los requerimientos de la legislación nacional y la política de salvaguarda de Pueblos Indígenas del Banco Mundial (OP 4.10). El MPPI tiene como propósito garantizar la participación informada y adecuada culturalmente de los Pueblos Indígenas (PI) que se encuentran o tengan apego colectivo en las zonas de influencia cuando las mismas se vean afectadas por las de las obras de infraestructura de los Programas. Asimismo, el MPPI contiene principios, herramientas y procedimientos para asegurar que los Planes de Pueblos Indígenas (PPI) que deberán elaborarse incluyan medidas para: a) evitar posibles efectos adversos sobre las comunidades indígenas, o b) cuando éstos no puedan evitarse, reducirlos lo más posible, mitigarlos o compensarlos. Los proyectos financiados por el Banco se diseñan también de manera que los Pueblos Indígenas reciban beneficios sociales y económicos que sean culturalmente apropiados, e inclusivos desde el punto de vista intergeneracional y de género. Los criterios que se observarán para definir la pertinencia de elaboración de los PPIs se basan en los principios de la legislación nacional y la OP 4.10 de Pueblos Indígenas del BIRF. Estos criterios incluyen la identificación de los pueblos indígenas impactados por las obras de los Programas de acuerdo con la definición adoptada para los mismos en el Marco, el análisis de los impactos, de las obras de los Programas sobre estos pueblos, y la evaluación social de cada uno de los pueblos elegibles para los planes de pueblos indígenas. Los principales aspectos por criterios son los siguientes: - Se identificará la presencia o apego de pueblos indígenas que estén expuestos a riesgos y efectos de diversos grados como consecuencia de los proyectos, entre ellos la pérdida de su identidad, cultura o medios de vida tradicionales, en la zona de influencia directa del proyecto. - Los PI identificados se ajustarán a la definición de Pueblos Indígenas prevista en la OP 4.10 del BIRF y en el MPPI y adicionalmente estarán organizados en comunidades. La fuente inicial de la confirmación de que estos pueblos indígenas se encuadran en la definición de los mismos como tales, será la información suministrada por el INAI. En el caso de la Provincia de Chaco, hay más de 30 Pueblos Indígenas, organizados en comunidades con Personerías Jurídicas, obtenidas de conformidad al marco legislativo e institucional vigente. En el marco del análisis del impacto esperado de cada obra para la población en general, se identificará el impacto particular de la misma en la/s comunidad/es indígena/s presentes o con apego en su área de influencia. Si bien en todos los casos, la identificación de impactos considerará los posibles efectos positivos y adversos, temporales o permanentes causados por las obras – y dados los objetivos de desarrollo de los Programas - se espera que el balance de los impactos de las obras sea positivo para la población en general, y que de igual forma, pueda serlo para las comunidades indígenas. 2 PUEBLOS INDÍGENAS DE LA REGIÓN NORTE GRANDE EN EL CONTEXTO ARGENTINO 2.1 P rincipales d atos d emográficos e i ndicadores s ociales 5
Las personas de los Pueblos Indígenas (PI) que viven en comunidades, que ancestralmente ocupaban territorios y que hoy se encuentran en NG serían de alrededor de 123.000 en el contexto general de la Argentina que se caracteriza por ser un país multicultural pero sin conflictos étnicos. Por su parte, la población que se reconoce perteneciente o descendiente en primera generación de un pueblo indígena en NG asciende a 311.120 personas, representando el 55% del NG y el 27% del total del país. Debe remarcase que no se conoce con exactitud la cantidad de PI en Argentina, aunque existen diversas fuentes que arrojan cifras entre los 400.000 y 1.500.000. El último Censo incluyó por primera vez una pregunta que estuvo dirigida a detectar los hogares donde al menos una persona se reconociera descendiente o perteneciente a un pueblo indígena. Mientras que el 16.5% de los hogares de pueblos indígenas son rurales, los hogares sin indígenas desciende a 9.2% y para el total país es de 9.7%. Existe un conjunto de factores, históricos, sociales, políticos y económicos que dificultan que las personas se identifiquen o perciban a sí mismas como indígenas, y que hace que consecuentemente utilicen alternativamente esta identidad y/o la campesina de acuerdo con los diferentes contextos donde se encuentren. Según la ECPI entre 2% y 28% de personas de distintas etnias no se reconoce como perteneciente a su pueblo aún cuando sus padres se auto reconocen como tales. Las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) de los Hogares Indígenas de las provincias de NG son bien altos respecto a los Hogares no Indígenas. Los niveles más altos de NBI en los hogares indígenas de NG son en Formosa (74.9%), Chaco (66.5%) y Salta (57.4%). 2.2 P osesión y p ropiedad c omunitaria de las t ierras o cupadas por los p ueblos i ndígenas en a rgentina Una de las demandas más fuertes de los PI en Argentina –como en otros países latinoamericanos - es el reconocimiento de la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan. La relación de los pueblos indígenas con su tierra es muy especial, su cosmovisión habla de la tierra como un espacio religioso, lugar de la esperanza y de la identidad, base y sustrato de su cultura. Estas demandas de los pueblos indígenas son comunes a las de los pequeños productores no indígenas en un contexto en el cual la concentración de la tierra, la sobreexplotación y falta de políticas de preservación del medio ambiente y el acceso limitado a la titulación de tierras rurales los afectan. La mayoría de las comunidades indígenas, como la de pequeños productores, se encuentran en territorios sin título de propiedad, cupos regímenes de ocupación son los siguientes: (i) ocupantes con o sin permiso de tierras fiscales; (ii) ocupantes que viven y trabajan en tierras que son propiedad de alguna persona física o jurídica, titulares registrales de la propiedad, que generalmente la han abandonado; (iii) ocupantes de campos comuneros, que son cesiones de derecho y acciones sucesorias y posesorias que se llevan a cabo con personas que tienen documentos de diversa calidad jurídica, comúnmente llamados “derechosos” que facilita las invasiones y titulaciones falsas; (iv) ocupantes de aparcerías precarias en las que las relaciones son generalmente asimétricas —formales o no — entre el propietario de la tierra y quien la explota.; (v) ocupantes de sucesiones indivisas o juicios sucesorios sin partición, juicios sucesorios en curso o no comenzados, situaciones sucesorias nunca resueltas; (v) productores —generalmente pobres — que no logran el permiso de uso de estas tierras en áreas naturales protegidas. De acuerdo con el “Informe sobre la Situación de las Comunidades Aborígenes en Argentina” no existe un número de los títulos o posesiones indígenas, sino datos atomizados que pueden inferirse de otros análisis. Entre los estudios fuente del Informe se cita al Censo Agropecuario Nacional de 2002 que relevó aproximadamente 2.500 explotaciones agropecuarias pobres (EAP) con límites indefinidos en territorios de comunidades indígenas. Asimismo, este Informe refiere que debido a la falta de títulos de propiedad, 60 % de las comunidades aborígenes estudiadas presenta una situación de precariedad jurídica respecto del asentamiento de las tierras que ocupan; 50 % se encuentra en tierras fiscales y el resto en tierras privadas. Por otra parte, este Informe reporta que de los grupos aborígenes relevados: a) el 30% que registra una situación menos precaria no cuenta con títulos de propiedad comunitarias sino individuales; 6
b) alrededor del 70% de las tierras que ocupan son denunciadas como insuficientes o poco aptas para el desarrollo económico y social; y c) 45% se encuentra privada del acceso a la tierra o a algún recurso natural necesario para la subsistencia y manutención del grupo. El Informe también cita los problemas más comunes que afectan el uso y la tenencia de la tierra y la precariedad habitacional. La falta de titulación o posesión de la tierra se debe orden de gravedad a: a) demoras y trabas en la gestión de trámites oficiales, b) falta de decisión política para la devolución de las tierras fiscales, c) intromisiones, apropiación de tierras por parte de particulares, d) desertificación y contaminación del agua. Asimismo, se reporta que en los últimos cinco años, 78% de las comunidades presentó peticiones, reclamos o recursos administrativos o judiciales (de carácter comunitario o individual) para el acceso a la tierra y a sus recursos naturales. Referente a la precariedad habitacional y falta de espacio habitable en las viviendas ocupadas, se menciona que aproximadamente el 60% de las comunidades sufren de esta situación. En el 80% de las comunidades, 50 % o más de las familias viven en hacinamiento. La carencia de título de propiedad de la vivienda es de 40% de las comunidades, en donde al menos la mitad de las familias que las componen se ven afectadas por una situación de tenencia irregular. En un estudio de PROINDER con datos del Censo Agropecuario Nacional 2008, aborda el impacto de las transformaciones macroeconómicas estructurales y coyunturales a inicios de los ’90 sobre la pequeña producción y la tenencia de la tierra para los pequeños productores e indígenas. Dos aspectos son considerados: (i) La situación de los pequeños productores frente al mercado: (a) cambio subvaluado adverso a la exportación; (b) aumentos significativos de los costos de producción, debido en algunos casos a las privatizaciones; (c) altas tasas de interés; (d) desregulación del comercio de granos y eliminación de las Juntas Nacionales de Granos y de Carnes, Juntas Reguladoras del Algodón, de la Yerba Mate, Consejo Agrario Nacional (ya en 1980 y que eliminó la compra de tierras) y de otros instrumentos de intervención como los “precios sostén” y otros subsidios; (f) reforma tributaria y aumento de la presión impositiva sobre el agro; (g) reducción de aranceles a la importación de maquinaria e insumos agropecuarios; y (ii) La expansión de la frontera agropecuaria pampeana en el NOA, NEA y Mesopotamia así como la incorporación productiva de nuevas áreas hasta el momento marginales productivamente afectando a los pequeños productores. El Informe 2008 reporta que extensas superficies de monte son deforestadas para ser incorporadas a la producción agrícola, con predominio de la soja. Las provincias de Tucumán, Salta, Santiago del Estero, Chaco, Formosa y norte de Santa Fe, prácticamente duplicaron el área agrícola entre 1988 y 2002, proceso que continúa en la actualidad. En otras provincias, Misiones y Corrientes, la revalorización de sus tierras es vehiculizada por el desarrollo de la foresto- industrial, convirtiéndolas en territorio de disputa entre las grandes empresas agrícolas, forestales y los ocupantes de las tierras. Un estudio basado en el Censo Agropecuario Nacional de 2008 recabó aproximadamente 28.000 explotaciones agropecuarias pobres (EAP) en el NG con diferentes regímenes de tenencia de tierra, de las cuales aproximadamente 6 % corresponden a comunidades indígenas. 2.3 Urbanización de pueblos indígenas de la argentina La ECPI 2004-2005 proporciona información que permite analizar el grado de urbanización de los pueblos indígenas de la Argentina. Al concentrar la atención en los pueblos más numerosos, se constata que los pueblos indígenas más urbanizados son los guaraníes (85,8%) y mapuches (79,9%). En una posición intermedia están los pueblos tobas (68,6%) y diaguita/diaguita calchaquí (66,4%). Finalmente, muy por debajo de estas cifras se encuentra el porcentaje urbano de los pueblos kolla (55%) y wichí (34,6%). No obstante, al desagregar la información según región muestral se observa que, con excepción del pueblo Wichí, cada uno de estos pueblos tiene sectores totalmente urbanos; precisamente, los que residen en la ciudad de Buenos Aires y los 24 partidos del conurbano bonaerense. En contrapartida, hay sectores de 7
estos pueblos que son más rurales, aquellos que viven en regiones que coinciden con núcleos ancestrales de poblamiento. En la actualidad, las ciudades se han convertido en uno de los principales lugares de residencia de la población indígena de la Argentina, sitios a los que por diferentes motivos se han visto forzados a migrar desde sus comunidades (Carrasco, 2000). El 82% de la población indígena del país vive en áreas urbanas, hecho que constituye un caso excepcional en Latinoamérica, superando a los porcentajes ya de por sí altos observados en los pueblos indígenas de Chile y Bolivia (CEPAL, 2006). En términos regionales, el grado de urbanización de la población indígena de Argentina se encuentra en relación inversa con los núcleos ancestrales de poblamiento. En este sentido, el porcentaje de población indígena en áreas urbanas se incrementa en la región Pampeana (95%), se iguala en Cuyo y la Patagonia (aproximadamente 79%), y disminuye en el Noroeste (59%) y el Noreste (53%). En la provincia de Chaco desde su centro hacia el este su capital predominan ampliamente los Toba, que acostumbran migrar fuera de su territorio, encontrándose asentados en los cordones alrededor de las ciudades de Rosario, Santa Fé y Buenos Aires. En aquella provincia conviven con un pequeño grupo étnico Mocoví, cuyo principal asentamiento poblacional se localiza en los alrededores de la ciudad de Villa Ángela. Las conductas adaptativas de los pueblos indígenas para la subsistencia en el contexto de su incorporación a la vida urbana son analizadas en el caso del proceso de urbanización de una comunidad Toba, en la provincia del Chaco. Para estos grupos migrantes que devienen de una estructura agraria en crisis del interior provincial, la ciudad representa la posibilidad de trabajo, y el acceso a bienes o servicios novedosos. Pero también es un ámbito complejo y dinámico que provoca una tensión cultural y plantea situaciones problemáticas. La comunidad Toba del Barrio Mapic, asentamiento espontáneo, ubicado a 8 km del casco céntrico, hacia el noroeste, ocupa 50 hectáreas de tierras fiscales, inundables y cercanas al cauce del río Negro, identificadas catastralmente como Lote 126. Está rodeado de esteros, cañadas, pastizales y núcleos arbóreos, característicos de la selva de ribera de los ríos interiores del Chaco. El lugar comenzó a ser poblado desde fines de la década del ´60, por familias Tobas provenientes del Ingenio Las Palmas, donde se desempeñaban como cañeros, o de las colonias rurales de Pampa del Indio. El cierre del Ingenio, la mecanización de las tareas agrícolas y la privatización de las tierras públicas del interior las conminó a inmigrar hacia los centros urbanos, como Resistencia. El asentamiento no cesó de crecer, incorporando a familias de criollos también afectadas por la desocupación. Actualmente viven allí noventa y cuatro familias aborígenes y cincuenta y un criollas, en espacios o sectores étnicos, delimitados por la escuela y una laguna. La lucha por conseguir los títulos de propiedad de la tierra y la pobreza son indicadores comunes que enmascaran la distancia cultural. Cuando la investigación se centra en la integración de las comunidades aborígenes al medio urbano, existe el riesgo de minimizar el valor de las expectativas étnicas y sus concepciones tradicionales en ese proceso de cambio cultural. Las descripciones y análisis sobre los Tobas urbanos o urbanizados, en general, sintetizan sus características identificándolos como marginales y asalariados no calificados. Esta categorización disuelve la identidad cultural de las comunidades Tobas, su existencia. Sin negar el impacto cultural que provoca la urbanización en el estilo de vida tradicional de los Tobas, el análisis de sus actividades de subsistencia debería incorporar los factores que promueven la permanencia de ciertas prácticas económicas, o al menos la tendencia a que éstas persistan. Las expectativas de quienes proyecten acciones de promoción comunitaria, gestionadas en el marco de políticas sociales y bajo la urgencia de conseguir resultados no pueden desconocer la racionalidad de las estrategias que los tobas, urbanizados, elaboran según su horizonte cultural y empírico. 2.4 Infraestructura y servicios de comunidades aborígenes El déficit de servicios públicos de infraestructura afecta a la mitad de las comunidades aborígenes estudiadas. El 50 % de las comunidades sufren serios problemas de disponibilidad de agua potable como de desagüe cloacal. Asimismo, el 53 % de aborígenes carece de servicios de transporte de pasajeros que da cuenta de su asilamiento. 8
3 SUB-PROYECTO: PLANTA POTABILIZADORA Y ACUEDUCTOS: PRESIDENCIA ROCA, PAMPA DEL INDIO Y LOCALIDADES SOBRE RUTA PROVINCIAL N° 40 HASTA LAS GARCITAS Y SOBRE RUTA PROVINCIAL N° 30 HASTA CAPITÁN SOLARI. PROVINCIA DEL CHACO. El área de este proyecto se encuentra en la zona lindera al acceso al Impenetrable, región habitada tanto por PI como por criollos. Se trata de una zona postergada y sumamente sensible, con altos niveles de NBI, como muchas localidades del interior de la Provincia. Ese NBI alto (mayor al 55%) tiene que ver también con la falta de disponibilidad de servicios, especialmente agua potable, por falta de infraestructura, salud, educación y escaso apoyo al desarrollo de la producción primaria local. Las actividades de mayor importancia que se desarrollan en la zona son las agropecuarias, forestales y turísticas de baja escala1. 3.1 Planificación de la evaluación social 3.1.1 Estudio preliminar Consta de la identificación de Comunidades Indígenas Potencialmente Impactadas por la Obra. Para los efectos de la evaluación social el área de influencia será el área de influencia operativa más las de los municipios del área de influencia directa del sub-proyecto, donde se encuentran las obras. 3.2 Definición del alcance de la evaluación social Se revisaron los aspectos importantes en relación a los impactos positivos y los riesgos potenciales conjuntamente con las organizaciones comunitarias de las Comunidades Indígenas. Para el efecto, se realizaron distintas etapas de Consultas Preliminares con organizaciones indígenas intermedias, representantes de comunidades más relevantes. En esta parte consultiva de la evaluación social se confirmo, amplio y corrigió, los posibles impactos preliminarmente identificados, sean estos positivos o negativos, temporales o permanentes del subproyecto sobre los PI involucrados. Se examino alternativas para potenciar los impactos positivos del proyecto. En el caso de beneficios, se garantizo a los PI involucrados conozcan sobre las posibilidades de acceder a los mismos, y se evitará que la obra o subproyecto involuntariamente induzca a la desigualdad, limitando estos beneficios a los elementos más fuertes de la población. 4 MARCO JURÍDICO E INSTITUCIONAL APLICABLE A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS AFECTADAS 4.1 Leyes nacionales Los artículos específicos relacionados con las comunidades originarias son las siguientes: - Artículo 75, Inciso 17 de la Constitución Nacional: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; 1 La zona es el lugar donde empiezan los emplazamientos de PI hacia el Impenetrable. 9
ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.” - DERECHOS. A fin de garantizar los derechos reconocidos constitucionalmente – regulados por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y los convenios de Derechos Humanos Internacionales–, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas creó el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas. El reconocimiento legislativo de los derechos indígenas tuvo su origen en aquellas provincias que sancionaron una serie de leyes específicas. En el ámbito nacional, en tanto, fue con la reforma de 1994 que se incorporó a la Constitución Nacional el Art. 75, inciso 17, otorgando rango constitucional a sus derechos. Así mismo, los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional y la ratificación en 2000 del Convenio 169 de Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes de OIT, comprometen al Estado en la adopción de medidas especiales de protección de la diferencia indígena. - Otro elemento es la Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes, con su decreto reglamentario Nº 155/89. - La Ley Nro.26.160 (Publicada en el Boletín Oficial el 1/12/2006) mediante la cual se declara en todo el territorio nacional, por el término de Cuatro (4) años, la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras tradicionalmente ocupadas por Comunidades Indígenas, suspendiéndose por el término de la duración de la emergencia declarada, el trámite de ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos. Asimismo dentro de los primeros tres (3) años el INAI deberá realizar un relevamiento técnico – jurídico – catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las Comunidades. (INAI: Instituto Nacional de Asuntos Indígenas). 4.2 Leyes provinciales La ley Nº 3.258 sobre el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades indígenas, mediante su acceso a la propiedad de la tierra y la asignación de los recursos necesarios para reactivar sus economías, la preservación, defensa y revalorización de su patrimonio cultural, su desarrollo social y su efectiva participación en el quehacer provincial y nacional. Se modifica su artículo 27 por Ley Nº 3457 y los artículos 13 y 14 por Ley Nº 4.801. Creación en el ámbito del Registro Civil y Capacidad de las Personas, un registro de nombres indígenas de la provincia, por Ley Nº 4.790. También se estableció la Creación del Registro Especial de Comunidades y Organizaciones, de conformidad con lo establecido por el art. 37, inciso d) de la Constitución Provincial 1957-1994, el que funcionará en el ámbito del aborigen chaqueño. (Ley Nº 4.804). Ley Nº 5.450: Adhesión de la Provincia del Chaco a la Ley Nacional Nº 25.517, que ordena restituir restos de personas aborigenes presentes en cualquiera fuera su característica étnica, que formen parte de museos y/o colecciones. Ley Nº 5.489: Sobre modificación del Decreto Ley Nº 2.444/1962. Sobre adhesión de la Provincia del Chaco a la Ley Nacional Nº 25.607 que establece la realización de un campaña de difusión de los derechos de los pueblos indígenas reconocidos por el Art. 75º, inciso 17 de la Constitución Provincial. Decretos Provinciales de interés para comunidades indígenas: El Decreto Nº 2.749/1987, establede la Reglamentación parcial de la Ley Nº 3258 del Régimen de las comunidades indígenas en el territorio de la Provincia del Chaco. 10
El Decreto Nº 2138/1999 Instituye como aplicación supletoria al proceso electoral aborigen, el código electoral provincial, Ley Nº 4.169. Resolución Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Nº 4811/96 que establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI). Resolución INAI Nº 152/2004 y su modificatoria Nº 301/2004 que establece la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI). 4.3 El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) En el contexto de un rico marco legal, el INAI fue creado en 1985, y es la institución descentralizada del Estado Nacional con participación indígena que tiene la responsabilidad de crear canales interculturales para la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas consagrados en la Constitución Nacional. El resumen de las principales funciones del INAI son: (i) disponer la inscripción de las comunidades indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas – RENACI. A la fecha existen registradas 925 comunidades indígenas; (ii) arbitrar los mecanismos para reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras de los PI y regular, además, la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano; (iii) promover la participación indígena en la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo, dando el apoyo técnico y financiero necesario; (iv) coordinar programas de apoyo a la educación intercultural; y (v) podrá coordinar, planificar, impulsar y ejecutar por sí o conjuntamente con organismos nacionales o provinciales, programas de corto, mediano y largo plazo, destinados al desarrollo integral de las comunidades indígenas, incluyendo planes de salud, educación, vivienda, adjudicación, uso y explotación de tierras, promoción agropecuaria, pesquera, forestal, minera, industrial y artesanal, desarrollo de la comercialización de sus producciones, especialmente de la autóctona, tanto en mercados nacionales como externos. 4.4 El Consejo de Participación Indígena El Consejo de Participación Indígena (CPI) fue creado por el INAI en cumplimiento de la Ley de su creación, y sus funciones son: (i) asegurar la participación indígena en el mencionado Consejo de Coordinación y determinar los mecanismos de designación de los representantes ante el mismo y, (ii) la adjudicación de las tierras. El CPI está integrado por un delegado titular y uno suplente, por pueblo indígena y por provincia. Para la elección de estos representantes se llevaron a cabo en las provincias más de 40 asambleas comunitarias de todos los Pueblos Indígenas. La creación del CPI en el ámbito del INAI, ha sido el inicio de un proceso activo de consulta y participación entre el Estado Nacional y los Pueblos Indígenas. La creación y puesta en funcionamiento del CPI ha tenido un fuerte impacto en la organización de las comunidades indígenas. Así por ejemplo, de aproximadamente unas 400 comunidades de todo el país que tenían Personería Jurídica al año 2000, este número trepó a 1163 a finales del año 2009. En el contexto de demandas por la tenencia de tierra y de datos sobre los regímenes de la tierra, incluyendo el de comunidades indígenas, el marco legal más reciente está constituido por la Constitución Nacional, la Ley 26.210/2006, su Decreto Reglamentario y el Programa RETECI. El Art. 75, Nacional como a través de Leyes Nacionales, Provinciales y Convenios Internacionales suscriptos por el Gobierno. La reforma de la Constitución Nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, que incorpora los derechos de los pueblos indígenas, constituyó un significativo avance en la política de reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Argentina. A partir del reconocimiento constitucional se ha configurado para los pueblos indígenas una situación de derecho específico y particular que consagra nuevos derechos de contenido esencial que, como mínimo, deben darse por aplicable siempre. Las principales disposiciones legales a nivel nacional sobre derechos de pueblos indígenas son las que siguen: a) Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes; b) Decreto Nº 155/89 Reglamentario de la Ley Nº 23.302; c) Resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Nº 4811/96 que establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI); y c) 11
Resolución INAI Nº 152/2004 y su modificatoria Nº 301/2004 que establece la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI). Los Convenios y Tratados Internacionales existentes son los siguientes: a) OIT Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes; b) ONU Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas; c) ONU Convención internacional sobre la eliminación de todas formas de Discriminación Racial; d) CBD-ONU Convenio Internacional sobre la Diversidad Biológica; e) ONU Declaración de los Derechos Humanos; f) UNESCO Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural; y g) UNESCO Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos. Inc. 17, de la Constitución Nacional, la Ley Nacional Nº 26.160/2006 “Emergencia en materia de la posesión y propiedad comunitaria indígena” y su Decreto Reglamentario Nº1122/07, facultando al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas a aprobar los programas para su implementación, y la Resolución Nº587/07 de la misma a través de la cual se crea el Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (RETECI), constituyen el marco legal más reciente en la materia. La ley 26.160 establece entre otros aspectos (i) que la personería jurídica de las comunidades indígenas haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de cuatro años (Art.1); (ii) suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos de desalojo o desocupación de las tierras (Art.2); (iii) crea un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas (Art.4); (iv) asignándolo al INAI (Art.5) para el relevamiento y labores profesionales en causas judiciales y extrajudiciales, y los programas de regularización dominial. El Programa Nacional RETECI tiene por objetivos: a) crear condiciones para la implementación de los derechos constitucionalmente reconocidos con relación a las tierras y territorios; b) garantizar la participación indígena a través del Consejo de Participación Indígena en la elaboración, ejecución y seguimiento de los proyectos que deriven del Programa y c) realizar el relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas. El Programa plantea metodológicamente dos niveles de ejecución: (i) Descentralizada: se incluyen en este nivel todas aquellas provincias en las que se conforme una Unidad Ejecutora Provincial, compuesta por los delegados del CPI, representante del Poder Ejecutivo provincial y miembros del Equipo Técnico Operativo-ETO); y (ii) Centralizada: prevé la implementación del relevamiento por parte del INAI en forma directa, mediante la constitución de Equipos de Ejecución Centralizada. Varias provincias están con una u otra modalidad de implementación. 5 AREA DE INFLUENCIA DEL SUB-PROYECTO 5.1 Área Influencia Operativa El área denominada operativa corresponde a un sector de la margen derecha del río Bermejo, la banquina de la Rutas Provinciales Nº 3, N° 30, N°40 y N°9, que comunican las localidades de Presidencia Roca, Pampa del Indio, Laguna Limpia, Ciervo Petiso, Colonias Unidas, Las Garcitas y Capitán Solari, y las vías circulatorias del área urbana de estas localidades. La concreción del proyecto tendrá un alto impacto positivo en la estructura urbana y suburbana de las localidades de Presidencia Roca, Pampa del Indio, Laguna Limpia, Ciervo Petiso, Colonias Unidas, Capitán Solari y Las Garcitas, posibilitando la provisión de agua potable a la población allí asentada, con una proyección a 15 y 30 años, correspondientes a una Primera y Segunda Etapas respectivamente. Se define como Área Operativa, al territorio destinado para la construcción y operación del Proyecto, tanto de las obras principales como de las complementarias. En la misma se presentan los efectos de la obra sobre la totalidad del medio ambiente a través de los diferentes componentes naturales, sociales y económicos. 5.2 Área de Influencia Directa 12
Se establece como área de influencia directa del proyecto en estudio, la que incluye a los Municipios de Presidencia Roca, Pampa del Indio, Laguna Limpia, Ciervo Petiso, Colonias Unidas, Las Garcitas y Capitán Solari, que serán las beneficiarias directas de las obras por el mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de sus habitantes, el incremento del valor de sus inmuebles y por la afectación complementaria en el pago de la conexión al servicio de agua prestado por SAMEEP. 5.3 Área de Influencia Indirecta Se define como Área de Influencia Indirecta a los departamentos de la Provincia involucrados en el Proyecto: Sargento Cabral y Gral. San Martín (localizados en el noreste de la Provincia del Chaco), que se consideran directa o indirectamente potenciales usuarios del servicio. 6 IDENTIFICACIÓN COMUNIDADES INDÍGENAS AFECTADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL SUBPROYECTO 6.1 Identificación de Pueblos Indígenas Debido a la diversidad y variabilidad de los contextos en los que se desenvuelven los Pueblos Indígenas y a la inexistencia de una definición universalmente aceptada de “Pueblos Indígenas”, en el MPPI, la expresión “Pueblos Indígenas” se emplea en sentido genérico para hacer referencia a grupos vulnerables con una identidad social y cultural diferenciada, independientemente a su número24, que en mayor o menor grado, presentan las siguientes características: - Su propia identificación como miembros de un grupo determinado de cultura indígena y el reconocimiento de su identidad por otros; - Un apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en la zona del proyecto y a los recursos naturales de esos hábitats o territorios; - Instituciones consuetudinarias culturales, económicas, sociales o políticas distintas de las de la sociedad y cultura dominantes; - Una lengua indígena, con frecuencia distinta de la lengua oficial del país o región. Un grupo que haya perdido el “apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en la zona del proyecto” debido a separación forzosa sigue siendo elegible de ser cubierto por esta política. Comunidades Indígenas en el Área operativa/municipios del Sub-proyecto: Departamentos de San Martin y General Güemes según IDACH (Instituto del Aborigen Chaqueño)2. ASOCIACION AUTORIDAD PUEBL Km de la CIA COMUNIDAD CANTIDAD MUNICIPIO COMUNITARIA COMUNITARIA O Ruta 3 Incluida. Asociación Ubicada Acceso Comunitaria 124 flias., en el 4 legua 14 Máximo Pampa sobre R3 Cacique Qom 746 tramo 4 legua 17 Mendoza del Indio paviment Pedro personas anterior al ada Martínez subsub- proyecto. 2 provista por IDACH 13
ASOCIACION AUTORIDAD PUEBL Km de la CIA COMUNIDAD CANTIDAD MUNICIPIO COMUNITARIA COMUNITARIA O Ruta 3 Incluida. Ubicada Asociación Campo Campo Acceso 420 flias., en el Comunitaria Medina, Medina, sobre R3 Alberto Meza Qom 5.520 tramo Campo Lote 4, Pampa paviment personas anterior al Medina Cpo.Nuevo del Indio ada sub- proyecto. Incluida. Lotes 9, 20, Ubicada Acceso 11, 15, 16,y 126 flias., en el Pampa Cristóbal Pampa sobre R3 17 Qom 756 tramo Grande Núñez del Indio paviment Lote 15 y personas anterior al ada 25 sub- proyecto Incluida. Lote 3, El Ubicada Acceso Rincón, 75 flias., en el área Colonia Armando Pampa sobre R3 Lote 24, Qom 455 de Pampa Chica Lopez del Indio paviment Pampa personas influencia ada Chica del sub- proyecto. Incluida. Ubicada en el área En zona de 37 flias., urbana Colonia Lote 50, 51 Fabián Pampa influencia Qom 215 de Pueblo Viejo y 54 López del Indio del sub- personas Pampa proyecto del Indio (AI de CIA, MPPI) 6.2 Ubicación de las poblaciones beneficiarias La Secretaría de Planificación de la Provincia, a través del ETISIG Chaco transfirió la información a cerca de la información por pobladores y ubicación espacial según su origen. Del análisis de los datos se observan asentamientos de PI en las cercanías de Pampa del Indio, en zonas urbanas, periurbanas y rurales, y en Presidencia Roca (zona urbana) mientras en el resto de la traza no se encuentran las mismas. El relevamiento se hizo tomando la zona operativa, estableciendo un radio de 600 metros a cada lado de las rutas por las que desarrollará la traza. Se adjuntan en Anexo un listado de las mismas, un plano general y tres sectoriales. 14
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Los planos se presentan como Anexo. 6.3 Establecimientos educativos en la traza de proyecto (con PI) La existencia de establecimientos educativos, de caracter bilingüe, en la zona rural, da cuenta de las caracteristicas de la población, que en todos los casos carece de servicios de agua. Reciben la provisión de la misma por servicios de las empresas provinciales (APA Y SAMEEP) y por parte de la municipalidad de Pampa del Indio. Es por ello que se plantea que dentro de la provisión ya prevista para las escuelas, se realice un cálculo de la población circundante, de manera que los tanques y cisternas tengan capacidad para albergar el consumo de la población del entorno, y en un futuro puedan proveerse los servicios domiciliarios de agua. En Pampa del Indio: • EGB Nº 968 “Carmen Sixta de Alemani”: 435 alumnos en turnos mañana y tarde, provenientes del denominado “pueblo viejo” y de los alrededores de la escuela; todos los docentes son residentes en la zona de Presidencia Roca y Pampa del Indio • A 2 km tiene un Anexo con una matrícula de 15 alumnos, todos de entorno de la escuela, en el salón de las Madres cuidadoras de la cultura qom. • La EGB comparte edificio con Escuela para Jóvenes y Adultos Nº 59 de turno noche; cantidad de alumnos: s/d. 17
Traza de proyecto cercana a pampa del indio con indicacion de escuelas sobre la traza (fuente: proyecto) 18
Centro Comunitario y Anexo EGB 968 Pueblo viejo (Ppa.del Indio) Canilla Publica sobre traza de la Toma desde Laguna La Herradura Salón Comunitario de la Asociación de Madres Cuidadoras de la Cultura Qom –Nate’elpi Nsoquiaxanaxanapi (Anexo EGB 535), con canilla publica Salón Comunitario de la Asociación de Madres Cuidadoras de la Cultura Qom –Nate’elpi Nsoquiaxanaxanapi- (Elaboración Propia) 19
Canilla Publica sobre traza de la Toma desde Laguna La Herradura Niños esperando el agua en la canilla pública ubicada sobre la traza del acueducto actual (desde La Herradura), cerca del Centro Comunitario de Nate’elpi Nsoquiaxanaxanapi . Obsérvese que la “canilla publica” es solo un caño roto desde donde se cargan los bidones (el resto del agua se pierde). Foto Propia Canilla Publica sobre traza de la Toma desde Laguna La Herradura Foto Propia 20
Escuela 239, Pedro Inchauspe, de Pampa Chica. También hay en esta colonia un Puesto Sanitario, y está habitado por 30 familias segun consulta informal y por 75 familias segun IDACH. Fuente: mapa educativo Esc.734, Ppa. Chica, fuente: Mapa Educativo EGB 734 (pampa chica) - ejercito de los andes, total 21 alumnos en nivel inicial, total 87 alumnos en nivel primario. La población cercana, según referencia del IDACH, 75 familias. 21
EGB 939, Francisco Caceres, fuente: mapa educativo UEP Nº 8:”Pablo Antonio Pizzurno”: en turno mañana funciona el nivel primario con 143 alumnos del pueblo viejo y nuevo y 10 docentes residentes en la zona, en Pueblo Viejo (Ejido Urbano Ppa.del Indio). • Jardín de Infantes Nº 8 “Alfredo Bufano”: 190 alumnos en turnos mañana y tarde, provienen del pueblo nuevo y de zonas aledañas; 8 docentes y un portero residentes en pueblo nuevo, zona urbana de Ppa. del Indio • EGB Nº 537”Granaderos a Caballo General San Martín” con nivel primario; EGB Nº 1 y Nº 2: 520 alumnos en turnos mañana y tarde, provenientes todos del pueblo nuevo; 31 docentes con residencia en General San Martín, Quitilipi, Resistencia y Presidencia Roca, zona Urbana Pampa del Indio • EGB Nº 94”Carlos Pellegrini”-EGB Nº 1- Nº2 y 7º grado. Anexo Nivel Inicial y Biblioteca escolar. La matrícula es variable: 434 alumnos, criollos y aborígenes tobas principalmente; los chicos van con sus padres, que son en su mayoría trabajadores golondrinas y luego vuelven a la escuela; son de una distancia de hasta 5 km; el personal que se desempeña en la misma, 24, es su mayoría es del pueblo nuevo o planta urbana, como también se lo denomina; solo uno vive en el pueblo viejo. • EGB Nº 535 “Fray Pedro Iturralde”. Lote 15. Colonia Mixta. Matrícula: s/d. Zona Rural del ejido urbano de Pampa del Indio, se accede desde la RPNº3, pavimentada (antes de la entrada a Pampa del Indio) 22
Fuente: mapa educativo • . EGB Nº 552 “Ernesto Nelson”. Pampa Chica, Campo Medina. Matrícula: s/d. Varios anexos a una distancia máxima de 3 km, con acceso desde RPNº3, y con sedes en Campo Medina, y anexo en Campo Nuevo. La distancia desde la ruta va variando, y llega hasta cerca de 4 km. • También sobre este acceso se encuentran la Esc 676, en Lote 4 y la Esc.1015, en Campo Nuevo. Se considera toda la zona como Campo Medina, y allí según el IDACH habitan más de 420 familias. 23
Anexos de EGB 552, Campo Medina y Campo Nuevo, fuente: Mapa Educativo EGB 322 - total 13 alumnos en nivel inicial, total 61 alumnos en nivel primario. EGB 939 (Cuarta Legua) - total 30 alumnos en nivel inicial, total 256 alumnos en nivel primario. EGB 535 - total 28 alumnos en nivel inicial, total 204 alumnos en nivel primario. EGB Nº 676 ”Islas Malvinas”. Pje Lote 4. Matrícula: s/d. El resto de los establecimientos educativos, se encuentran luego del acceso al Pueblo, por lo que debería considerarse la posibilidad futura de extender un servicio de red para las que se encuentran fuera del casco urbano, en colonias cercanas. 24
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