Lic. Mario Ariel Juárez Rodríguez - Cuautitlán
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
ÍNDICE TÍTULO PRIMERO 12 DEL MUNICIPIO Capítulo I Disposiciones Generales Fundamento y Objeto del Bando Municipal Capítulo II Del Nombre y Glifo del Gobierno Municipal TÍTULO SEGUNDO 20 DEL MUNICIPIO COMO ENTIDAD POLÍTICA, JURÍDICA Y SUS FINES Capítulo I Del Municipio como Entidad Política Capítulo II Del Municipio como Entidad Jurídica Capítulo III De los Fines del Gobierno Municipal TÍTULO TERCERO 27 DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO Capítulo I Límites Geográficos 2 3
Capítulo II Capítulo III De la Organización Territorial Del Secretario del Ayuntamiento TÍTULO CUARTO 34 Capítulo IV DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL De la Síndica Municipal Capítulo I Capítulo V De las y los Habitantes De las Regidoras y los Regidores Capítulo II TÍTULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN 48 De las Ciudadanas y los Ciudadanos PÚBLICA MUNICIPAL TÍTULO QUINTO 43 Capítulo I DE LOS DERECHOS HUMANOS De las Dependencias de la Administración Pública Municipal Capítulo Único Disposiciones Generales Capítulo II De los Organismos Públicos: Descentralizados y Descon- TÍTULO SEXTO 44 centrados DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GOBIERNO MUNICIPAL Capítulo III De las Comisiones, Delegaciones, Consejos de Partici- Capítulo I pación Ciudadana y demás entes Auxiliares del Ayunta- Del Ayuntamiento y las Atribuciones de sus miento Integrantes TÍTULO OCTAVO 57 Capítulo II DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Del Presidente Municipal 4 5
Capítulo I Capítulo XI De la Secretaría del Ayuntamiento De la Dirección de Movilidad Capítulo II Capítulo XII De la Tesorería Municipal De la Dirección de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad Capítulo III De la Contraloría Municipal Capítulo XIII Capítulo IV Capítulo XIV De la Secretaría Técnica De la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Sanea- miento Capítulo V De la Secretaría Técnica del Consejo Municipal Capítulo XV de Seguridad Pública De la Dirección de Servicios Urbanos Capítulo VI Capítulo XVI De la Dirección de Administración Coordinación de Protección Civil y Bomberos Capítulo VII Capítulo XVII De la Dirección de Desarrollo Económico De la Coordinación de Medio Ambiente Capítulo VIII Capítulo XVIII De la Dirección Jurídica De la Unidad de Transparencia Capítulo IX Capítulo XIX De la Dirección de Obras Públicas Del Cronista Municipal Capítulo X Capítulo XX De la Dirección de Desarrollo Urbano Del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) 6 7
TÍTULO DÉCIMO TERCERO 87 TÍTULO NOVENO 78 DE LA PROTECCIÓN ECOLÓGICA DE LOS SERVICIOS Y FUNCIONES PÚBLICAS Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE Capítulo Único Capítulo I Disposiciones Generales Disposiciones Generales TÍTULO DÉCIMO 79 Capítulo II DE LA DEFENSORÍA MUNICIPAL DE De los Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de la LOS DERECHOS HUMANOS Población en Materia de Conservación Ecológica y Protección al Ambiente Capítulo Único Disposiciones Generales TÍTULO DÉCIMO CUARTO 95 DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES TÍTULO DÉCIMO PRIMERO 80 DEL GOBIERNO DE LA MEJORA REGULATORIA Y GOBIERNO DIGITAL Capítulo Único Disposiciones Generales Capítulo I De la Mejora Regulatoria TÍTULO DÉCIMO QUINTO 96 DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES Capítulo II INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS Del Gobierno Digital Capítulo I TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO 85 Disposiciones Generales DE LA EQUIDAD DE GÉNERO Capítulo II Capítulo Único De la Actividad Industrial Disposiciones Generales Capítulo III De las Actividades Comerciales 8 9
Capítulo IV Capítulo IV De las Fiestas y Espectáculos Públicos De las Menores Infractoras y los Menores Infractores TÍTULO DÉCIMO SEXTO 104 Capítulo V DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL De la Reglamentación Capítulo Único Capítulo VI Disposiciones Generales De los Recursos Administrativos TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO 105 ARTÍCULOS TRANSITORIOS 133 DE LAS OFICIALÍAS MEDIADORA-CONCILIADORA Y CALIFICADORA Capítulo Único Disposiciones Generales TÍTULO DÉCIMO OCTAVO 107 DE LAS VERIFICACIONES, INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSOS Capítulo I De las Verificaciones Capítulo II De las Infracciones y las Sanciones Capítulo III Del Procedimiento para Calificar Infracciones 10 11
AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN 2019-2021 Política de los Estados Unidos Mexicanos; 124 de la Cons- 5 de febrero de 2021 titución Política del Estado Libre y Soberano de México; LIC. MARIO ARIEL JUÁREZ RODRÍGUEZ; PRESIDENTE 31 fracción I, 48 fracción III, 160, 161, 162, 165 de la Ley MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO Orgánica Municipal del Estado de México. DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO. Artículo 2. La aplicación del presente Bando Municipal En cumplimiento a lo establecido en los artículos 115 corresponde directamente al Ayuntamiento, mismo que fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados dentro del ámbito de sus atribuciones deberá vigilar su ca- Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 123, 124 y 138 bal cumplimiento, teniendo las siguientes funciones: de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 31 fracción I, 48 fracción III, 160, 161, 162, I. Las contenidas en los artículos 115 fracción III 163, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi- de México; y de conformidad con el Acuerdo tomado por canos; 122 de la Constitución Política del Estado Libre y el Honorable Ayuntamiento en la Vigésima Novena Sesión Soberano de México y 31 de la Ley Orgánica Municipal Extraordinaria a Distancia de Cabildo de fecha veinticin- del Estado de México; co (25) de enero del año dos mil veintiuno (2021); a los habitantes del Municipio hago saber, que el Honorable II. De reglamentación para el régimen de gobierno y Ayuntamiento de Cuautitlán, Estado de México, ha tenido administración del Municipio; y a bien expedir el siguiente: III. De inspección y de ejecución, por conducto del BANDO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN, Presidente Municipal o a quien se designe, para el cum- ESTADO DE MÉXICO 2021. plimiento de las disposiciones legales vigentes aplica- bles de carácter Federal, Estatal o Municipal. TÍTULO PRIMERO DEL MUNICIPIO Artículo 3. La naturaleza de este ordenamiento es de Capítulo I carácter administrativo y tiene por objeto establecer Disposiciones Generales Fundamento los lineamientos generales de gobierno, organización y y Objeto del Bando Municipal funcionamiento de la Administración Pública Municipal, con apego al respeto de los derechos humanos; así Artículo 1. Son fundamento legal del presente Bando mismo, busca contribuir para obtener la igualdad de los Municipal, los artículos 115 fracción II de la Constitución 12 13
derechos de las mujeres y su participación equitativa en conforme a los supuestos establecidos en el presente las acciones para el desarrollo dentro del Municipio, con- Bando Municipal y demás disposiciones legales vigentes templando la no discriminación en razón de la condición aplicables. social de las personas, su origen étnico, género, edad, dis- capacidad, condición de salud, religión, afiliación política, Artículo 6. Para los efectos del presente Bando Munici- estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad, pal, se entenderá por: que anule o pretenda menoscabar sus derechos y liberta- des fundamentales. I. Ayuntamiento: Al Ayuntamiento de Cuautitlán, Además, habilitar las acciones municipales para alinear- Estado de México; se a los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 y en los demás Reglamentos Municipales, que en II. Cabildo: Al cuerpo colegiado deliberante, con todo momento estarán bajo el sustento del principio de formado por un Presidente Municipal, una Síndica Mejora Regulatoria. Municipal, cinco Regidoras y cinco Regidores, por medio del cual se discuten y resuelven, de manera Artículo 4. El presente Bando Municipal es de orden pú- colegiada los asuntos de su competencia, relativos al blico, interés general y de naturaleza administrativa, su ejercicio de sus atribuciones legalmente conferidas; observancia es obligatoria para todas y todos las y los habitantes, vecinas y vecinos y transeúntes de este Muni- III. Constitución Federal: A la Constitución Políti- cipio y en el se ponderan los principios de igualdad, pers- ca de los Estados Unidos Mexicanos; pectiva de género y respeto a los derechos humanos. IV. Constitución Local: A la Constitución Política Artículo 5. El Bando Municipal; así como, los reglamentos, del Estado Libre y Soberano de México; circulares y las disposiciones administrativas que apruebe el Ayuntamiento y promulgue el Presidente Municipal, son V. Cuautitlense: El gentilicio que se le otorga a obligatorios para las autoridades municipales, las y los ti- la persona que reúna los requisitos que establece el tulares y demás personal de las dependencias y entidades presente Bando Municipal; que integren la Administración Pública Municipal, las auto- ridades auxiliares, las y los habitantes, vecinas, vecinos y VI. Gaceta Municipal: El medio de difusión de carác- transeúntes del Municipio de Cuautitlán; sus infracciones ter permanente e interés público dependiente de la serán sancionadas Secretaría del Ayuntamiento; 14 15
VII. Gobierno del Estado: Al Gobierno del Estado por el Ayuntamiento y promulgado por el Presidente Libre y Soberano de México; Municipal; VIII. Ley Orgánica: A la Ley Orgánica Municipal del XV. Reglamento Interno de Cabildo: Al Regla- Estado de México; mento Interno de Cabildo y de las Comisiones Edilicias de Cuautitlán, Estado de México; IX. Municipio: Al Municipio de Cuautitlán, Estado de México; XVI. Reglamento Interno: Al Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de X. Territorio: Porción de la superficie terrestre Cuautitlán, Estado de México; perteneciente a Cuautitlán, Estado de México; XVII. Infractora o Infractor: Que quebranta una XI. Población del Municipio: A las personas que ley o un precepto. residen o se encuentran dentro de su territorio, consi- deradas como habitantes, vecinas, vecinos, transeún- XVIII. UMA: La Unidad de Medida y Actualización es tes o migrantes; la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supues- XII. Palacio Municipal: El Palacio Municipal de tos previstos en las leyes federales, de las enti- Cuautitlán, sede donde se realiza el despacho de dades federativas, así como en las disposiciones actividades inherentes al Ayuntamiento y las de- legales vigentes aplicables que emanen de todas las pendencias de la Administración Pública Municipal; anteriores. XIII. Autoridad Municipal: Persona u organis- Capítulo II mo que ejerce una potestad legalmente conferida Del Nombre y Glifo del Gobierno Municipal en este Bando Municipal, en las Leyes y Reglamentos aplicables para ejercer una función pública; Artículo 7. El Municipio tiene el nombre de Cuautitlán y solamente podrá ser modificado o sustituido, previas las XIV. Bando Municipal: La normatividad Municipal formalidades establecidas por la Ley Orgánica. de Cuautitlán, Estado de México 2021, aprobado 16 17
Artículo 8. El topónimo es: el nombre de “Cuauhtitlan” Artículo 10. El Glifo del Municipio forma parte del pa- que pertenece a la lengua náhuatl y se compone de las trimonio municipal y solo podrá ser utilizado por los in- raíces “cuauh”, que viene de “cuauhuitl” que significa ár- tegrantes del Ayuntamiento, dependencias y entidades bol, y de “tlan”, que significa lugar. La partícula “ti” es una municipales, tanto en los documentos de carácter oficial ligadura fonética; por lo tanto, la denominación oficial del como en los bienes que conforman el patrimonio munici- Municipio se puede traducir como “Lugar entre, junto o pal de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para cerca de los árboles”. el uso e identidad del glifo de Cuautitlán. Se prohíbe el uso del glifo del Municipio para fines publi- Solamente podrá ser modificado o cambiado siguiendo citarios ajenos al Ayuntamiento, a sus dependencias y las formalidades de la Ley Orgánica; cualquier solicitud de entidades; igualmente, para la explotación comercial del modificación o cambio de nombre del Municipio deberá mismo o su utilización en actividades electorales, conse- ser sancionada por el Ayuntamiento y autorizado por la H. cuentemente no podrá ser objeto de concesión para que Legislatura del Estado Libre y Soberano de México. sea usado por personas físicas o jurídicas colectivas. El uso indebido del glifo del Municipio será sancionado con- Artículo 9. El Glifo de Cuautitlán, se encuentra en el Có- forme a los supuestos establecidos en el presente Bando dice Mexica “La Matrícula de Tributos”, se representa por Municipal y en la legislación aplicable. un árbol con dos ramas, su follaje y sus raíces; a la derecha del tronco la imagen de una cabeza, embijada con rayas Artículo 11. La imagen institucional del gobierno munici- y puntos negros y sobre la misma se ven dos utensilios pal busca representar el progreso a través del cambio, con de hilar con el algodón enredado y apilado en las puntas. una nueva perspectiva que permita al Municipio convertir- También se ven las raíces del árbol, una dentadura encaja- se en un lugar digno para los cuautitlenses. El objetivo es da en el tronco que significa “entre”, y una franja diagonal generar en la comunidad un sentido de identidad, compro- en el mismo que representa el cultivo de la tierra. miso, honestidad, confianza y determinación. Los colores son: Rojo en las raíces, café tabaco en el tron- Artículo 12. La imagen institucional en la presente admi- co, café oscuro en la franja diagonal, verde olivo en el fo- nistración, utilizará del glifo, únicamente la silueta que es- llaje, blanco en los utensilios; la imagen de una dentadura, tará montada sobre una heráldica que simboliza cuidado en la parte del rostro; una franja o listón que lleva en la y protección del patrimonio, el cual tendrá las siguientes frente y azul claro en una parte de los utensilios. características: 18 19
Fondo blanco al 12%, destacando la silueta del glifo de Capítulo I Cuautitlán en color guinda al 60%, con contorno en negro Del Municipio como Entidad Política al 20%, así mismo en la parte superior se aprecian diez pun- tos en negro al 20%, que simbolizan a los diez Tlatoanis que gobernaron Cuautitlán, de la misma manera que simbolizan Artículo 13. El Municipio de Cuautitlán, Estado de Mé- a las cinco regidoras y cinco regidores de esta Administra- xico, es parte integrante de la división territorial, de la ción. La tipografía para el logotipo es de la familia Bookman organización política y administrativa del Estado Libre y Old Style, tendrá carácter institucional al incluir la palabra Soberano de México. Está gobernado por un Ayuntamien- “Cuautitlán” como la parte central del logotipo. Se incluye la to de elección popular directa, presidido por un Presidente frase “Transformar Para Mejorar” escrita en medio de dos Municipal, no existiendo autoridad intermedia con el Go- líneas guinda en forma horizontal, que enmarcan el principio bierno del Estado. de igualdad y transparencia gubernamental, finaliza con el periodo constitucional de la Administración Pública Munici- Artículo 14. El Ayuntamiento de Cuautitlán, Estado de pal “Ayuntamiento 2019-2021” en color negro al 20%. El lo- México, está integrado por un Presidente Municipal; una gotipo del gobierno municipal podrá ser utilizado de manera Síndica Municipal; Regidoras y Regidores, seis de mayoría exclusiva en documentos, medios electrónicos e impresos, relativa y cuatro de representación proporcional. vehículos, inmuebles y uniformes de carácter oficial y sola- mente será usado adicionalmente previa autorización del Capítulo II Cabildo. Del Municipio como Entidad Jurídica Bajo ninguna circunstancia está permitido mutilar, reempla- zar, alterar, reordenar o cambiar de color cualquiera de los Artículo 15. El Municipio, está investido de personalidad elementos que conformen la integridad del logotipo, con ex- jurídica y patrimonio propio, es autónomo en lo concer- cepción de los autorizados por la autoridad. niente a su régimen interior y administra libremente su hacienda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 fracción II párrafo primero de la Constitución Federal TÍTULO SEGUNDO y lo establecido en el artículo 1 párrafo segundo de la Ley DEL MUNICIPIO COMO ENTIDAD POLÍTICA, Orgánica. JURÍDICA Y SUS FINES La erección del Municipio de Cuautitlán fue el 16 de agosto 20 21
de 1824, conmemorándose oficialmente en esta fecha de en condiciones de igualdad de las personas, observando cada año. lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los Artículo 16. En el Municipio de Cuautitlán, su Ayunta- que el Estado Mexicano sea parte, las Leyes Federales miento, agentes gubernamentales y la población en ge- y Locales; neral, sin menoscabo de sus prerrogativas y libertades, tienen el imperativo de guardar y hacer guardar la obser- III. Establecer programas en coordinación con las au- vancia de la Constitución Política de los Estados Unidos toridades Federales y Estatales, a efecto de garantizar Mexicanos, la Constitución Local, las leyes que de ellas la seguridad ciudadana; así como, la participación de sus emanen y de las disposiciones legales vigentes aplicables. habitantes, a fin de instrumentar y dar seguimiento a las acciones en materia de seguridad ciudadana; Capítulo III De los Fines del Gobierno Municipal IV. Preservar la integridad de la extensión territorial municipal; Artículo 17. La finalidad del Gobierno Municipal es man- tener y conservar el orden público, la seguridad y tranqui- V. Vigilar que en ningún caso prevalezcan los inte- lidad de las personas; así como proveer de los servicios reses personales, por encima del interés general de los públicos a sus habitantes. El Gobierno Municipal de Cuau- habitantes; titlán, con la participación responsable y organizada de las comunidades, teniendo como política primordial, el fo- VI. Identificar los problemas y necesidades del Muni- mento empresarial e industrial, velando por el crecimiento cipio para definir los objetivos, estrategias y programas económico, con los objetivos generales siguientes: de cada una de las áreas de la Administración Pública Municipal que permitan establecer acciones de solución, I. Coordinar las actividades a realizar para garanti- atendiendo a los principios de Mejora Regulatoria; zar las condiciones sociales, económicas y políticas, en virtud de las cuales, las y los cuautitlenses puedan desa- VII. Proporcionar los servicios públicos municipales de rrollarse cabalmente; manera eficiente y regular; II. Respetar, promover, regular y salvaguardar el VIII. Asumir como instrumentos técnicos y de políticas goce y ejercicio efectivo de los derechos fundamentales públicas, el Plan Nacional de Desarrollo, Plan de 22 23
XVI. Impulsar el desarrollo y bienestar social, económi- Desarrollo del Estado de México, Plan de Desarrollo Mu- co, cultural y deportivo dentro del Municipio; nicipal para el período 2019-2021, la Agenda 2030 y demás disposiciones legales vigentes aplicables; XVII. Formular, aprobar y administrar el desarrollo ur- bano y uso del suelo, mediante la planeación, regulación, IX. Establecer e impulsar programas para erradicar el supervisión, vigilancia y ordenamiento de su territorio, a rezago social; efecto de mejorar las condiciones de vida de sus habi- tantes; X. Promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos del Municipio en lo individual y en su caso, XVIII. Coadyuvar a la preservación ecológica y la pro- respetando su forma de organización y demás disposi- tección, mejoramiento y restauración del medio am- ciones legales vigentes aplicables. biente, a través de acciones de gobierno; XI. Preservar en general los valores cívicos y tradicio- XIX. Observar y difundir oportuna y eficazmente los nes, además de promover la participación de las y los acuerdos y disposiciones que dicte el Ayuntamiento en habitantes; sesión de cabildo; XII. Fortalecer la identidad y el arraigo municipal me- XX. Promover una educación de protección civil entre diante el conocimiento y la difusión de su historia; las y los cuautitlenses; XIII. Aplicar los planes y programas federales y estata- XXI. Promover y organizar la participación ciudadana, les para el fortalecimiento del Municipio; incluyendo los resultados en el diseño, ejecución, instru- mentación y evaluación de los planes y programas mu- XIV. Elaborar programas municipales que ayuden a ge- nicipales; nerar fuentes de empleo, así como brindar capacitación al trabajador; XXII. Impulsar proyectos de inversión de empresas no contaminantes; XV. Apoyar la actividad comercial, artesanal, turística, industrial, de abasto y de prestación de servicios que XXIII. Coadyuvar dentro del ámbito de sus atribucio- realizan los particulares; nes a la regularización del estado civil de las personas, 24 25
a través de los programas creados al efecto; conjunto con el Sistema Municipal para el Desarrollo In- tegral de la Familia de Cuautitlán y demás dependencias XXIV. Asociarse con otros municipios para un mejor de la Administración Pública Municipal, para garantizar cumplimiento de sus fines y objetivos; plenamente el cumplimiento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; XXV. Implementar políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género; XXXI. Participar en el Programa Nacional para la Pre- vención Social de la Violencia y la Delincuencia (PRONA- XXVI. Implementar programas para mejorar el nivel de PRED) y en la Guía Consultiva de Desempeño Municipal; vida de las personas con discapacidad, adultos mayores, así como los grupos en situación de vulnerabilidad; XXXII. Establecer los mecanismos legales para imple- mentar lo establecido en la Ley de Gobierno Digital; XXVII. Implementar políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la discriminación sea por edad, XXXIII. Implementar políticas públicas que promuevan raza, género, religión, preferencias sexuales, clase social una cultura de paz a través de medios alternos, que co- o cualquier otra; adyuven al restablecimiento del tejido social; y XXVIII. Implementar la mejora regulatoria como polí- XXXIV. Los demás que le sean encomendados. tica pública, que consiste en la generación de normas claras en los trámites y servicios con la finalidad de man- tener una continua, permanente y coordinada adminis- TÍTULO TERCERO tración pública y con ello promover el desarrollo econó- DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO mico del Municipio al generar el máximo beneficio para la población; Capítulo I Límites Geográficos XXIX. Promover el cuidado del agua mediante accio- nes de ahorro, preservación y reutilización de este re- Artículo 18. El territorio del Municipio de Cuautitlán tiene curso; una superficie total de 42.5 kilómetros cuadrados. XXX. Realizar todas las acciones necesarias en El Municipio se localiza en la parte norte-central del 26 27
Estado de México, en la región Cuautitlán-Texcoco del Valle Santa María Tlayacac. de México, con las siguientes colindancias: Tecoac-Monales. Tlaltelco. AL NORTE: Con los Municipios de Teoloyucan y Zumpango; Colonias: Dos Ríos Primera Sección. AL SUR: Con los Municipios de Tultitlán y Cuautitlán Izcalli; Dos Ríos Segunda Sección. El Infierno o El Infiernillo. AL ESTE: Con los Municipios de Nextlalpan, Melchor El Partidor. Ocampo y Tultepec; Guadalupe. La Laguna. AL OESTE: Con los Municipios de Cuautitlán Izcalli y La Palma. Tepotzotlán. La Trinidad. La Victoria. Artículo 19. El territorio del Municipio de Cuautitlán, se Lázaro Cárdenas. divide en: Loma Bonita. Macolo. Necapa. I). Una cabecera Municipal, que es Cuautitlán; Nueva Españita. Romita. II). Pueblos: San José Puente Grande. Santa María Huecatitla. San Roque. San Mateo Ixtacalco. La Venecia. III). Barrios: V). Fraccionamientos: El Carmen. Cristal. El Huerto. El Arenal I. El Nopalito. El Arenal II. Huapango. Juan Diego. Puente Jabonero. La Providencia. Las Patricias I. San José Milla. Las Patricias II. Santa Ana Tlaltepan. 28 29
Los Morales Primera Sección. Los Fresnos (Colonia San José Puente Grande). Los Morales Segunda Sección. Los Fresnos (Fraccionamiento Los Morales II). Los Morales Tercera Sección. Los Olivos I. Los Olivos. Los Olivos II. Mayorazgos. Paseos de Cuautitlán. Misiones I Rancho San Blas. Misiones II. Real de San Fernando. Paseos de Santa María. Santa Elena. Paseos del Bosque. La Toscana. San Blas I. Villas de Cuautitlán. San Blas II. Villas de Loto. San Francisco Cascantitla. Villas Xaltipa. San Juan. Unidad Habitacional Cebadales Primera Sección. VII). Ejidos y Fracciones Ejidales: Unidad Habitacional Cebadales Segunda Sección. San Mateo Ixtacalco y sus fracciones. Unidad Habitacional El Paraíso. Santa María Huecatitla y sus fracciones. Villa Jardín. Melchor Ocampo y sus fracciones. San Pablo de Las Salinas y sus fracciones. VI). Conjuntos Urbanos: Tultitlán y sus Barrios. Álamos III. San Lorenzo Tetlixtac y sus fracciones. Ángel de Luz. Santa Bárbara y sus fracciones. Ex Hacienda San Mateo o Parque San Mateo. San Lorenzo y sus fracciones. Foresta. Santa Cruz y sus barrios y sus fracciones. Galaxia Cuautitlán. Teoloyucan: queda limitado en su costado poniente Hacienda de Cuautitlán. con la carretera Las Ánimas-Coyotepec. Joyas de Cuautitlán. San Bartolo y sus fracciones. La Alborada. La Arboleda. VIII). Ranchos: La Guadalupana Cuautitlán. Cantarranas. Los Encinos. Chamacuero. 30 31
Chavira. Los Amores. El Colorado. Los Morales. El Crucero. Puente de la Cruz. El Cuquio. Rancho Nuevo. El Ébano. San Gabriel. El Fresno. San Gregorio. El Mirador. San Isidro Ixtacalco. El Nopalito. San Isidro. El Pilar. San Joaquín. El Pirul. San José. El Quemado. Santa María. El Salitre. Santo Tomás. El Tejocote. Tecompa. El Terremoto. Tenería. Esperanza. Villa María. Ex Hacienda de San Mateo. Xaltipa. Galeazzi. Guadalupe. IX). Granjas: Jesús María. Abiega. La Corregidora. El Mecate. La Fortuna. Jacob. Urra. La Garita. La Mitra. Se mencionan los Ranchos y Granjas que han estado La Trinidad. asentados en el territorio de Cuautitlán debido a su La Virgen I, II y III. importancia histórica, pero en conocimiento de que Las Brisas. muchos de ellos han desaparecido para dar lugar a los Las Ollas. fraccionamientos, conjuntos urbanos y colonias que Las Palomas Ixtacalco. ahora son parte del Municipio. Las Palomas. Las Trojes. 32 33
Capítulo II III. Transeúntes: personas que de manera transitoria De la Organización Territorial se encuentran dentro del territorio municipal de Cuau- titlán; Artículo 20. De acuerdo con el número de habitantes o necesidades administrativas, el Ayuntamiento podrá ha- IV. Migrantes: Individuo que sale, transita o llega al cer las adiciones y modificaciones que estime necesarias territorio de un Estado distinto al de su residencia por en cuanto al nombre o denominaciones, al número, limi- cualquier tipo de motivación. tación y circunscripción de las delegaciones, subdelega- ciones; y en su caso, sectores, manzanas y localidades, Artículo 22. Son derechos de los habitantes del Munici- previa resolución emitida de conformidad con los artículos pio, los siguientes: 8, 163 y 165 de la Ley Orgánica y demás disposiciones legales vigentes aplicables. I. El respeto a los derechos humanos y a las garan- tías individuales, consagradas en la Constitución Política TÍTULO CUARTO de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL legales vigentes aplicables; Capítulo I II. Contar con los servicios públicos municipales; De las y los Habitantes III. Exigir para sus hijas, hijos; pupilas, pupilos; o ve- Artículo 21. Las y los habitantes del Municipio de Cuau- cinas, vecinos menores de edad, los derechos que a su titlán, que residen en el permanente o temporalmente, re- favor estipula este Bando Municipal, la Constitución y cibirán el gentilicio de cuautitlenses y serán considerados: demás disposiciones legales vigentes aplicables; I. Originarias, originarios: personas nacidas dentro IV. Coadyuvar con las autoridades municipales en del territorio municipal; actividades tendientes a la preservación del medio am- biente; II. Vecinas, vecinos: personas que tengan cuando menos seis meses de residencia efectiva dentro del te- V. Recibir un trato amable por parte de las agentes rritorio municipal. Se entiende por residencia el hecho de de tránsito, autorizadas para infraccionar o conocer de tener domicilio donde se habite permanentemente; un accidente automovilístico, al momento de cometer 34 35
una infracción al Reglamento de Tránsito del Estado de los bienes inmuebles sobre los que tengan la pro- México; y piedad o posesión legal; VI. Las demás disposiciones legales vigentes aplica- III. Inscribir en el padrón municipal que al efec- bles. to señale la autoridad competente, la actividad in- dustrial, comercial de servicios a que se dediquen, Artículo 23. Toda la información en posesión de la auto- transitoria o permanentemente; proporcionando la ridad municipal es pública, exceptuando la que establece información que le sea solicitada a efecto de man- la propia Ley de la materia. tenerlos actualizados; Artículo 24. El Ayuntamiento asume la obligación de tu- IV. Proporcionar los informes y datos que con- telar el desarrollo de las nuevas generaciones cuautitlen- forme a derecho les soliciten las autoridades muni- ses, velando en todo momento por el interés superior de cipales; la niñez, garantizando de manera plena sus derechos a fin de asegurar el mejor ámbito de desarrollo integral y co- V. Presentarse ante las autoridades municipa- munitario, de conformidad con lo establecido en la Cons- les, cuando legalmente así les sea requerido; titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; VI. Evitar acciones que resulten insalubres o peli- Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del grosas para la población; Estado de México y demás disposiciones legales vigentes aplicables. VII. Colocar en lugar visible, el número oficial asignado por la autoridad municipal; Artículo 25. Son obligaciones de los habitantes del Muni- cipio, las siguientes: VIII. Utilizar adecuadamente los servicios públicos municipales; I. Observar y cumplir el presente Bando Municipal, los reglamentos y demás disposiciones jurídicas y admi- IX. Contar con licencia de construcción y licen- nistrativas de carácter federal, estatal y municipal; cia de uso de suelo antes de realizar cualquier obra privada; II. Inscribir en el padrón catastral correspondiente 36 37
X. Contar con el permiso correspondiente para lugares públicos o privados. Así mismo, recoger sus cualquier tipo de publicidad; desechos fecales. XI. Evitar fugas y desperdicio de agua, dentro y fue- Notificar a las autoridades municipales sobre aque- ra de su domicilio y comunicar a las autoridades com- llos que se encuentren solos o abandonados en vía petentes las que existan en la vía pública; pública, que sean agresivos, se encuentren visible- mente enfermos o presumiblemente contagiados de XII. Denunciar ante la autoridad municipal a quien se rabia, de conformidad en lo dispuesto por el Código sorprenda robando, deteriorando o haciendo uso inde- para la Biodiversidad del Estado de México y demás bido del equipo o materiales de equipamiento urbano disposiciones legales vigentes aplicables; y otros servicios públicos; XVI. Abstenerse de abandonar en la vía pública XIII. Abstenerse de arrojar basura, residuos sólidos y/o lotes baldíos: vehículos, remolques, chatarra, ob- orgánicos, desperdicios industriales y solventes, ta- jetos muebles, materiales de construcción, animales les como gasolina, gas L.P, petróleo o sus derivados y muertos, desperdicios o basura; substancias tóxicas o explosivas a las alcantarillas, ca- jas de válvulas y en general, a las instalaciones de agua XVII. Conservar limpia la calle, banqueta o área potable, drenajes y canales residuales; verde que le corresponda, a un costado o frente a su domicilio o establecimiento, así como participar en XIV. Evitar que los predios de su propiedad, así como trabajo conjunto con el gobierno municipal, a través aquellos que se encuentren baldíos, públicos y/o priva- de jornadas comunitarias de limpia y restauración de dos, sean utilizados como basureros y denunciar ante espacios públicos, con el fin de preservar la infraes- la autoridad municipal cualquier infracción a esta dis- tructura urbana; posición; XVIII. Depositar la basura en los sistemas de reco- XV. Responsabilizarse de los animales domésticos lección que para ello se implementen, evitando hacer- que sean de su propiedad o estén bajo su cuidado, de- lo en la vía pública; biendo siempre sacarlos a la calle con correa; además, de vacunarlos; identificarlos y esterilizarlos; evitar que XIX. Abstenerse de destruir o maltratar las lumi- molesten, agredan y/o dañen a personas, animales o narias, los semáforos y el alumbrado del Municipio, 38 39
así como de conectarse al suministro eléctrico de és- XXVI. Contribuir y participar en los gastos públicos tos y en general, de dañar por cualquier medio el equi- del Municipio de manera proporcional y equitativa; pamiento urbano; XXVII. Respetar y garantizar los derechos de niñas, XX. Colaborar en la preservación de la nomenclatura niños y adolescentes que se estipulan en la Constitu- y señalización vial de uso público; ción Federal, la Constitución Local, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y XXI. Abstenerse de realizar grafiti en el equipamien- to urbano y monumentos históricos representativos XXVIII. Las demás que les impongan el presente Ban- del Municipio, así como de bienes de propiedad priva- do Municipal y demás disposiciones legales vigentes da sin el consentimiento del propietario; aplicables. XXII. Abstenerse de romper, dañar, modificar o alte- rar el pavimento, guarniciones y banquetas, sin la au- Capítulo II torización correspondiente; De las Ciudadanas y los Ciudadanos XXIII. Hacer que sus hijas, hijos, pupilas o pupilos re- ciban educación y acudan a las escuelas públicas o Artículo 26. Son ciudadanas y ciudadanos del Municipio privadas, así como respetar los derechos que corres- las personas que tengan su residencia efectiva dentro del ponden a las y los menores de edad y adolescentes; territorio municipal y que, además: XXIV. Respetar las vías públicas, los parques, jardi- I. Sean mexicanas y mexicanos; nes, centros deportivos y las áreas de servicio público municipal; II. Hayan cumplido dieciocho años; XXV. Pagar las contribuciones municipales que co- III. Tengan un modo honesto de vivir; y rrespondan en términos del Código Financiero del Es- tado de México y demás disposiciones legales vigen- IV. No se encuentren dentro de los supuestos esta- tes aplicables; blecidos en el artículo 31 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. 40 41
Artículo 27. Son prerrogativas de las ciudadanas y los III. Todas aquellas que deriven y demás disposiciones ciudadanos del Municipio: legales vigentes aplicables. I. Votar, ser votadas y votados para los cargos públi- TÍTULO QUINTO cos de elección popular del Municipio; DE LOS DERECHOS HUMANOS Capítulo Único II. Elegir, ser electas y electos como Autoridades Au- Disposiciones Generales xiliares, Consejos de Participación Ciudadana y demás Órganos Auxiliares del Ayuntamiento a que fueren con- Artículo 29. En el Municipio de Cuautitlán, todas las per- vocados; sonas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal en su artículo primero; en los Tra- III. Asociarse libre y pacíficamente para tomar parte tados Internacionales; Constitución Local del Estado de en los asuntos políticos del Municipio; México y demás disposiciones legales vigentes aplicables. IV. Participar en las Organizaciones Ciudadanas; Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de difundir, promover, respetar, pro- V. Las establecidas en el artículo 29 de la Constitu- teger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indi- ción Local; y visibilidad y progresividad. VI. Demás disposiciones legales vigentes aplicables. En consecuencia, el Municipio deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos huma- Artículo 28. Son obligaciones de las ciudadanas y los ciu- nos, en los términos que establezca la ley en la materia. dadanos del Municipio: Artículo 30. El Ayuntamiento, en materia de Derechos I. Cumplir con los cargos públicos para los que fue- Humanos, realiza las siguientes acciones: ren electas o electos; I. Garantizar el respeto a los derechos humanos, di- II. Votar en las elecciones de las Delegaciones Mu- fundiendo y promoviendo éstos entre las y los habitan- tes del Municipio, con perspectiva e igualdad de género; nicipales y los Consejos de Participación Ciudadana y cumplir con las funciones para las que fueren electas o II. Establecer las medidas conducentes para evitar la electos; y discriminación motivada por origen étnico o racial, géne- ro, edad, discapacidad, condición social, de salud, 42 43
religión, de opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier Artículo 31. El Gobierno y la Administración del Municipio otro que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto de Cuautitlán están depositados en un cuerpo colegiado anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas; y deliberante que se denomina Ayuntamiento, integrado por un Presidente Municipal, una Síndica, cinco Regidoras III. Establecer programas tendientes a la protección de los y cinco Regidores, electos según los principios de mayoría derechos humanos y cultura de paz de todas las personas que relativa y de representación proporcional, con las faculta- habitan en el Municipio; des y obligaciones que les otorgan la Constitución Federal; la Constitución Local; la Ley Orgánica y demás disposicio- IV. Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y pro- nes legales vigentes aplicables. moción de los derechos humanos de niñas, niños y adoles- centes, conforme a lo establecido en la Constitución Federal; Artículo 32. El Ayuntamiento funciona y reside en la ca- Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma lle Alfonso Reyes Esq. Venustiano Carranza, Fracc. Santa parte; Constitución Local, en el presente Bando Municipal y de- María, Paseos de Santa María s/n. Dicha residencia solo más disposiciones legales vigentes aplicables; podrá trasladarse, en forma permanente o temporal a otra localidad comprendida dentro del territorio del Mu- V. Impulsar un Municipio de libertades e igualdades res- nicipio, mediante acuerdo del Ayuntamiento y por causa petando los derechos humanos de la Comunidad Lésbico, debidamente justificada, previa aprobación de la Legisla- Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual tura Local. (LGBTTTI), bajo la premisa de derecho a la igualdad y a la no discriminación como principios básicos. Artículo 33. El Ayuntamiento resolverá colegiadamente los asuntos de su competencia en una asamblea denomi- nada Cabildo. TÍTULO SEXTO DE LA ORGANIZACIÓN Y Artículo 34. El Ayuntamiento tiene facultades para ex- FUNCIONAMIENTO DEL GOBIERNO MUNICIPAL pedir y reformar el Bando Municipal, así como los regla- mentos, circulares y disposiciones administrativas de ob- Capítulo I servancia general dentro del territorio del Municipio, que Del Ayuntamiento y las atribuciones sean necesarios para su organización, prestación de los de sus integrantes servicios públicos y en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, en términos de lo dispuesto por los ar- tículos 31 y 160 de la Ley Orgánica, sin más limitaciones 44 45
que las establecidas en la Constitución Federal; Consti- Artículo 38. Son atribuciones de la Síndica, las estableci- tución Local y las leyes y reglamentos que de una u otra das en los artículos 52, 53 y 104 de la Ley Orgánica; 51 de emanen. la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México y las que el Reglamento Interno Capítulo II señale. Del Presidente Municipal Capítulo V Artículo 35. Corresponde al Presidente Municipal la eje- De las Regidoras y los Regidores cución de las decisiones del Ayuntamiento, para lo cual contará en su despacho con las dependencias necesarias que le permitan desarrollar su actividad. Artículo 39. Son atribuciones de las Regidoras y los Regi- Las atribuciones del Presidente Municipal se encuentran dores, las siguientes: establecidas en el artículo 48 de la Ley Orgánica. I. Asistir puntualmente a las sesiones que celebre el Capítulo III Ayuntamiento; Del Secretario del Ayuntamiento II. Suplir al Presidente Municipal en sus faltas tempo- Artículo 36. Para el despacho de los asuntos, el Ayun- rales, en los términos establecidos en la Ley Orgánica; tamiento cuenta con un Secretario, cuyas atribuciones están señaladas en el artículo 91 de la Ley Orgánica, el III. Vigilar y atender el sector de la administración presente Bando Municipal y demás disposiciones legales vigentes aplicables. municipal que les sea encomendado por el Ayuntamien- to; Capítulo IV De la Síndica Municipal IV. Participar responsablemente en las comisiones edilicias conferidas por el Ayuntamiento y aquellas que Artículo 37. La Síndica Municipal tendrá a su cargo la le designe en forma concreta el Presidente Municipal; procuración y defensa de los derechos e intereses del Mu- nicipio, en especial, los de carácter patrimonial y la fun- V. Proponer al Ayuntamiento, alternativas de solu- ción de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán ción para la debida atención de los diferentes sectores en conjunto con el órgano de control y evaluación que al de la administración municipal; efecto establezca el Ayuntamiento. 46 47
la administración municipal; V. Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Segu ridad Pública; VI. Promover la participación ciudadana en apoyo a VI. Las Direcciones de: los programas que formule y apruebe el Ayuntamiento; y Administración; Desarrollo Económico; VII. Las demás que les otorgue la Ley Orgánica y de- Jurídica; más disposiciones legales vigentes aplicables. Obras Públicas; Desarrollo Urbano; TÍTULO SÉPTIMO Movilidad; DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad; Desarrollo y Bienestar Social; Capítulo I Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento; De las Dependencias de la Servicios Urbanos; Administración Pública Municipal IX. El Organismo Desconcentrado Municipal del Deporte; Artículo 40. Para el ejercicio de sus atribuciones y res- X. Las Coordinaciones de: ponsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxilia de Protección Civil y Bomberos; las Dependencias Públicas Centralizadas y Desconcentra- Medio Ambiente; das que integran la Administración Pública Municipal, las Comunicación Social; cuales están subordinadas al Presidente Municipal. XI. Unidad de Transparencia; XII. Cronista Municipal; Artículo 41. Para el ejercicio de sus atribuciones, el Pre- XIII. Organismos Públicos Descentralizados: sidente Municipal se auxiliará de las siguientes dependen- Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la cias: Familia (DIF) y; I. Secretaría del Ayuntamiento; Las demás que se consideren convenientes. II. Tesorería Municipal; III. Contraloría Municipal; Artículo 42. Las dependencias citadas en el artículo an- IV. Secretaría Técnica; terior realizarán sus actividades con base en las políticas y objetivos anuales previstos en el Plan de Desarrollo 48 49
Municipal 2019-2021, el cual se regirá por políticas públi- Artículo 44. Los organismos públicos descentralizados, cas que persigan la transformación de la realidad del Mu- tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y coad- nicipio y tendrá como base la Agenda 2030, de la cual se yuvarán con el Ayuntamiento en el ejercicio de las fun- desprenden los siguientes pilares: ciones, desarrollo de actividades y prestación de servicios públicos municipales, en los términos de las leyes que los I. Social: Municipio Socialmente Responsable, Soli- rijan, del presente Bando Municipal y de los demás orde- dario e Incluyente; namientos municipales. Es el organismo descentralizado del Municipio el Sistema Municipal para el Desarrollo Inte- II. Económico: Municipio Competitivo, Productivo e gral de la Familia (DIF). Innovador; Artículo 45. El organismo público desconcentrado es III. Territorial: Municipio Ordenado, Sustentable y Re- una entidad pública que depende presupuestalmente del siliente; Ayuntamiento y cuenta con autonomía orgánica y se en- cuentra sectorizado para una mejor vinculación y comu- IV. Seguridad: Municipio con Seguridad y Justicia. nicación interinstitucional. Deporte, es un organismo des- concentrado del Municipio. Artículo 43. Así mismo, el funcionamiento de la adminis- tración municipal debe recaer en tres ejes transversales: Capítulo III De las Comisiones, Delegaciones, I. Igualdad de Género; Consejos de Participación Ciudadana y demás entes Auxiliares del Ayuntamiento. II. Gobierno Moderno, Capaz y Responsable; Artículo 46. El Ayuntamiento, para el eficaz desempeño III. Tecnología y Coordinación para el Buen Gobierno. de sus funciones públicas, podrá auxiliarse de Comisiones, Delegaciones, Comités y Consejos, de los cuales se des- prenden los siguientes: Capítulo II De los Organismos Públicos I. Comisiones Edilicias del Ayuntamiento; Descentralizado y Desconcentrado II. Delegaciones, Subdelegaciones y Consejos de Participación Ciudadana; 50 51
Comités, Comisiones y Consejos que determine el Ayun- XIV. Comité Municipal de Salud; tamiento para el mejor desempeño del servicio público, entre los que destacan: XV. Comité Municipal para la Protección contra los Riesgos Sanitarios; III. Consejo Municipal de Protección Civil; XVI. Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal IV. Consejo Municipal de Población (COMUPO); (COPLADEMUN); V. Consejo Municipal de la Juventud; XVII. Comités Ciudadanos de Control y Vigilancia; VI. Consejo Municipal de Protección a la Biodiversidad XVIII. Comité Municipal de Dictámenes de Giro; y Desarrollo Sostenible; XIX. Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de VII. Consejo Municipal de la Agenda 2030 para el De- Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad; sarrollo Sostenible; XX. Comisión Municipal de Mejora Regulatoria; VIII. Comité de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento; XXI. Sistema Municipal para la Igualdad de Trato de IX. Comité de Transparencia, Acceso a la Información Oportunidades entre Hombres y Mujeres para Prevenir, Pública y Protección de Datos Personales; Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; X. Comité de Adquisiciones y Servicios del Ayunta- miento; XXII. Sistema Municipal de Protección Integral de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; XI. Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de In- muebles y Enajenaciones; XXIII. Sistema Municipal de Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes; XII. Comité Interno de Obra Pública; XXIV. Y demás que se consideren necesarios para el XIII. Comité Municipal contra las Adicciones (COMCA); adecuado funcionamiento del Ayuntamiento. 52 53
Artículo 47. Las y los integrantes del Ayuntamiento, ade- XIII. De Salud Pública, Prevención y Combate a la Dro- más de actuar como cuerpo colegiado, se organizarán en gadicción; comisiones edilicias temáticas para estudiar, analizar y pro- poner acuerdos, acciones, programas y normas tendientes XIV. De Asuntos Religiosos; a mejorar la Administración Pública Municipal, así como, para inspeccionar, vigilar y reportar al propio Ayuntamien- XV. De Fomento Agropecuario y Forestal; to sobre los asuntos a su cargo y el cumplimiento de los acuerdos que dicte el Cabildo, para lo cual enunciativamen- XVI. De Cultura y Educación Pública; te se han determinado las siguientes: XVII. De Empleo; I. De Gobernación; XVIII. De Transporte y Vialidad; II. De Seguridad Pública y Tránsito; XIX. De Fomento al Desarrollo Económico; III. De Protección Civil y Bomberos; XX. De Preservación y Restauración del Medio Am- IV. De Planeación para el Desarrollo; biente; V. De Transparencia, Acceso a la Información Pública XXI. De Obras Públicas; y Protección de Datos Personales; XXII. De Desarrollo Urbano; VI. De Hacienda Pública; XXIII. De Atención a la Juventud, Deporte y Recreación; VII. De Límites Territoriales; XXIV. De Preservación, Conservación y Restauración de VIII. De Evaluación y Seguimiento al Plan Municipal de Bienes Históricos y Artísticos de Interés Municipal; Desarrollo; XXV. De Asuntos Internacionales y Apoyo al Migrante; IX. De Asuntos Metropolitanos; XXVI. De Derechos Humanos e Integrador de Paz; X. De Igualdad y Atención a la Violencia de Género; XXVII. De Participación Ciudadana; XI. De Servicios Urbanos; XXVIII. De Turismo; XII. De Desarrollo y Bienestar Social y Atención a Per- sonas y Grupos Vulnerables; 54 55
XXIX. De Protección e Inclusión a Personas con Discapa- también serán autoridades auxiliares las jefas, los jefes de cidad; sector o de sección y las jefas, los jefes de manzana; estas y estos serán nombradas, nombrados por el Ayuntamien- XXX. De Revisión y Actualización de la Reglamentación to, bajo las funciones reglamentarias enunciadas en la Ley Municipal; Orgánica y los Reglamentos Municipales aplicables. XXXI. De Agua, Drenaje y Alcantarillado; Artículo 49. Las autoridades auxiliares municipales ejer- XXXII. De Mercados, Central de Abastos y Rastros; cerán en sus respectivas circunscripciones territoriales, las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica. XXXIII. De Prevención Social de la Violencia y la Delin- cuencia; Artículo 50. Los Consejos de Participación Ciudadana en XXXIV. De Población; el marco de la normatividad y con un alto sentido de res- ponsabilidad y honestidad, se constituyen como órganos XXXV. De Desarrollo de Pueblos y Archivo Histórico; de representación entre la ciudadanía y el Gobierno Muni- cipal; tienen como finalidad la promoción y gestión social. XXXVI. De Evaluación y Reconocimiento Público Municipal; XXXVII. De Mejora Regulatoria y Modernización Adminis- La integración, estructura y funcionamiento de los Conse- trativa; jos de Participación Ciudadana se regirán por la Ley Orgá- nica y demás disposiciones legales vigentes aplicables. Y XXXVIII. De Administración; serán electos en las diversas localidades por las y los habi- tantes de la comunidad de acuerdo con el procedimiento XXXIX. De Conflictos Laborales; establecido en la convocatoria que al efecto expedirá el XL. De Protección y Bienestar Animal; Ayuntamiento. XLI. Y demás que para el adecuado funcionamiento del TÍTULO OCTAVO Ayuntamiento se consideren necesarios. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Artículo 48. Son autoridades auxiliares del Municipio: dele- gadas, delegados, subdelegadas y subdelegados, que serán Capítulo I electas y electos de acuerdo con el procedimiento estableci- De la Secretaría del Ayuntamiento do en la convocatoria, que al efecto expedirá el Ayuntamiento; 56 57
También puede leer