Lic. Mario Ariel Juárez Rodríguez - Cuautitlán

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Lic. Mario Ariel Juárez Rodríguez - Cuautitlán
Lic. Mario Ariel Juárez Rodríguez
  PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
             DE CUAUTITLÁN
             2019 - 2021

                   1
ÍNDICE

    TÍTULO PRIMERO                              12
    DEL MUNICIPIO

    Capítulo I
    Disposiciones Generales
    Fundamento y Objeto del Bando Municipal

    Capítulo II
    Del Nombre y Glifo del Gobierno Municipal

    TÍTULO SEGUNDO                              20
    DEL MUNICIPIO COMO ENTIDAD POLÍTICA,
    JURÍDICA Y SUS FINES

    Capítulo I
    Del Municipio como Entidad Política

    Capítulo II
    Del Municipio como Entidad Jurídica

    Capítulo III
    De los Fines del Gobierno Municipal

    TÍTULO TERCERO                              27
    DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO

    Capítulo I
    Límites Geográficos

2                              3
Capítulo II                                       Capítulo III
De la Organización Territorial                    Del Secretario del Ayuntamiento

TÍTULO CUARTO                                34   Capítulo IV
DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL                         De la Síndica Municipal

Capítulo I                                        Capítulo V
De las y los Habitantes                           De las Regidoras y los Regidores

Capítulo II                                       TÍTULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN                48
De las Ciudadanas y los Ciudadanos                PÚBLICA MUNICIPAL

TÍTULO QUINTO                                43   Capítulo I
DE LOS DERECHOS HUMANOS                           De las Dependencias de la Administración
                                                  Pública Municipal
Capítulo Único
Disposiciones Generales                           Capítulo II
                                                  De los Organismos Públicos: Descentralizados y Descon-
TÍTULO SEXTO                                 44   centrados
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL GOBIERNO MUNICIPAL                            Capítulo III
                                                  De las Comisiones, Delegaciones, Consejos de Partici-
Capítulo I                                        pación Ciudadana y demás entes Auxiliares del Ayunta-
Del Ayuntamiento y las Atribuciones de sus        miento
Integrantes
                                                  TÍTULO OCTAVO                                      57
Capítulo II                                       DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
Del Presidente Municipal

                            4                                                5
Capítulo I                                       Capítulo XI
De la Secretaría del Ayuntamiento                De la Dirección de Movilidad

Capítulo II                                      Capítulo XII
De la Tesorería Municipal                        De la Dirección de Seguridad Pública,
                                                 Tránsito y Vialidad
Capítulo III
De la Contraloría Municipal                      Capítulo XIII

Capítulo IV                                      Capítulo XIV
De la Secretaría Técnica                         De la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Sanea-
                                                 miento
Capítulo V
De la Secretaría Técnica del Consejo Municipal   Capítulo XV
de Seguridad Pública                             De la Dirección de Servicios Urbanos

Capítulo VI                                      Capítulo XVI
De la Dirección de Administración                Coordinación de Protección Civil y Bomberos

Capítulo VII                                     Capítulo XVII
De la Dirección de Desarrollo Económico          De la Coordinación de Medio Ambiente

Capítulo VIII                                    Capítulo XVIII
De la Dirección Jurídica                         De la Unidad de Transparencia

Capítulo IX                                      Capítulo XIX
De la Dirección de Obras Públicas                Del Cronista Municipal

Capítulo X                                       Capítulo XX
De la Dirección de Desarrollo Urbano             Del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la
                                                 Familia (DIF)
                              6                                                 7
TÍTULO DÉCIMO TERCERO                                 87
TÍTULO NOVENO                           78   DE LA PROTECCIÓN ECOLÓGICA
DE LOS SERVICIOS Y FUNCIONES PÚBLICAS        Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE

Capítulo Único                               Capítulo I
Disposiciones Generales                      Disposiciones Generales

TÍTULO DÉCIMO                           79   Capítulo II
DE LA DEFENSORÍA MUNICIPAL DE                De los Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de la
LOS DERECHOS HUMANOS                         Población en Materia de Conservación Ecológica
                                             y Protección al Ambiente
Capítulo Único
Disposiciones Generales                      TÍTULO DÉCIMO CUARTO                                  95
                                             DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES
TÍTULO DÉCIMO PRIMERO                   80   DEL GOBIERNO
DE LA MEJORA REGULATORIA
Y GOBIERNO DIGITAL                           Capítulo Único
                                             Disposiciones Generales
Capítulo I
De la Mejora Regulatoria                     TÍTULO DÉCIMO QUINTO                                  96
                                             DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES
Capítulo II                                  INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS
Del Gobierno Digital
                                             Capítulo I
TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO                   85   Disposiciones Generales
DE LA EQUIDAD DE GÉNERO
                                             Capítulo II
Capítulo Único                               De la Actividad Industrial
Disposiciones Generales
                                             Capítulo III
                                             De las Actividades Comerciales
                           8                                              9
Capítulo IV                                           Capítulo IV
De las Fiestas y Espectáculos Públicos                De las Menores Infractoras y los Menores Infractores

TÍTULO DÉCIMO SEXTO                             104   Capítulo V
DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL                      De la Reglamentación

Capítulo Único                                        Capítulo VI
Disposiciones Generales                               De los Recursos Administrativos

TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO                 105             ARTÍCULOS TRANSITORIOS                                 133
DE LAS OFICIALÍAS
MEDIADORA-CONCILIADORA Y CALIFICADORA

Capítulo Único
Disposiciones Generales

TÍTULO DÉCIMO OCTAVO                            107
DE LAS VERIFICACIONES, INFRACCIONES,
SANCIONES Y RECURSOS

Capítulo I
De las Verificaciones

Capítulo II
De las Infracciones y las Sanciones

Capítulo III
Del Procedimiento para Calificar Infracciones

                            10                                                     11
AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN 2019-2021                        Política de los Estados Unidos Mexicanos; 124 de la Cons-
              5 de febrero de 2021                             titución Política del Estado Libre y Soberano de México;
LIC. MARIO ARIEL JUÁREZ RODRÍGUEZ; PRESIDENTE                  31 fracción I, 48 fracción III, 160, 161, 162, 165 de la Ley
MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO                      Orgánica Municipal del Estado de México.
      DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO.
                                                               Artículo 2. La aplicación del presente Bando Municipal
En cumplimiento a lo establecido en los artículos 115          corresponde directamente al Ayuntamiento, mismo que
fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados   dentro del ámbito de sus atribuciones deberá vigilar su ca-
Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 123, 124 y 138           bal cumplimiento, teniendo las siguientes funciones:
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 2, 3, 31 fracción I, 48 fracción III, 160, 161, 162,    I.    Las contenidas en los artículos 115 fracción III
163, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado          de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
de México; y de conformidad con el Acuerdo tomado por           canos; 122 de la Constitución Política del Estado Libre y
el Honorable Ayuntamiento en la Vigésima Novena Sesión          Soberano de México y 31 de la Ley Orgánica Municipal
Extraordinaria a Distancia de Cabildo de fecha veinticin-       del Estado de México;
co (25) de enero del año dos mil veintiuno (2021); a los
habitantes del Municipio hago saber, que el Honorable           II.  De reglamentación para el régimen de gobierno y
Ayuntamiento de Cuautitlán, Estado de México, ha tenido         administración del Municipio; y
a bien expedir el siguiente:
                                                                III. De inspección y de ejecución, por conducto del
        BANDO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN,                          Presidente Municipal o a quien se designe, para el cum-
            ESTADO DE MÉXICO 2021.                              plimiento de las disposiciones legales vigentes aplica-
                                                                bles de carácter Federal, Estatal o Municipal.
          TÍTULO PRIMERO DEL MUNICIPIO
                                                               Artículo 3. La naturaleza de este ordenamiento es de
                      Capítulo I                               carácter administrativo y tiene por objeto establecer
        Disposiciones Generales Fundamento                     los lineamientos generales de gobierno, organización y
            y Objeto del Bando Municipal                       funcionamiento de la Administración Pública Municipal,
                                                               con apego al respeto de los derechos humanos; así
Artículo 1. Son fundamento legal del presente Bando            mismo, busca contribuir para obtener la igualdad de los
Municipal, los artículos 115 fracción II de la Constitución
                            12                                                             13
derechos de las mujeres y su participación equitativa en        conforme a los supuestos establecidos en el presente
las acciones para el desarrollo dentro del Municipio, con-      Bando Municipal y demás disposiciones legales vigentes
templando la no discriminación en razón de la condición         aplicables.
social de las personas, su origen étnico, género, edad, dis-
capacidad, condición de salud, religión, afiliación política,   Artículo 6. Para los efectos del presente Bando Munici-
estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad,    pal, se entenderá por:
que anule o pretenda menoscabar sus derechos y liberta-
des fundamentales.                                               I.   Ayuntamiento: Al Ayuntamiento de Cuautitlán,
Además, habilitar las acciones municipales para alinear-         Estado de México;
se a los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda
2030 y en los demás Reglamentos Municipales, que en              II.   Cabildo: Al cuerpo colegiado deliberante, con
todo momento estarán bajo el sustento del principio de           formado por un Presidente Municipal, una Síndica
Mejora Regulatoria.                                              Municipal, cinco Regidoras y cinco Regidores, por
                                                                 medio del cual se discuten y resuelven, de manera
Artículo 4. El presente Bando Municipal es de orden pú-          colegiada los asuntos de su competencia, relativos al
blico, interés general y de naturaleza administrativa, su        ejercicio de sus atribuciones legalmente conferidas;
observancia es obligatoria para todas y todos las y los
habitantes, vecinas y vecinos y transeúntes de este Muni-        III. Constitución Federal: A la Constitución Políti-
cipio y en el se ponderan los principios de igualdad, pers-      ca de los Estados Unidos Mexicanos;
pectiva de género y respeto a los derechos humanos.
                                                                 IV. Constitución Local: A la Constitución Política
Artículo 5. El Bando Municipal; así como, los reglamentos,       del Estado Libre y Soberano de México;
circulares y las disposiciones administrativas que apruebe
el Ayuntamiento y promulgue el Presidente Municipal, son         V.    Cuautitlense: El gentilicio que se le otorga a
obligatorios para las autoridades municipales, las y los ti-     la persona que reúna los requisitos que establece el
tulares y demás personal de las dependencias y entidades         presente Bando Municipal;
que integren la Administración Pública Municipal, las auto-
ridades auxiliares, las y los habitantes, vecinas, vecinos y     VI. Gaceta Municipal: El medio de difusión de carác-
transeúntes del Municipio de Cuautitlán; sus infracciones        ter permanente e interés público dependiente de la
serán sancionadas                                                Secretaría del Ayuntamiento;
                             14                                                           15
VII. Gobierno del Estado: Al Gobierno del Estado           por el Ayuntamiento y promulgado por el Presidente
 Libre y Soberano de México;                                Municipal;

 VIII. Ley Orgánica: A la Ley Orgánica Municipal del        XV. Reglamento Interno de Cabildo: Al Regla-
 Estado de México;                                          mento Interno de Cabildo y de las Comisiones
                                                            Edilicias de Cuautitlán, Estado de México;
 IX. Municipio: Al Municipio de Cuautitlán, Estado
 de México;                                                 XVI. Reglamento Interno: Al Reglamento Interno
                                                            de la Administración Pública Municipal de
 X.   Territorio: Porción de la superficie terrestre        Cuautitlán, Estado de México;
 perteneciente a Cuautitlán, Estado de México;
                                                            XVII. Infractora o Infractor: Que quebranta una
 XI. Población del Municipio: A las personas que            ley o un precepto.
 residen o se encuentran dentro de su territorio, consi-
 deradas como habitantes, vecinas, vecinos, transeún-       XVIII. UMA: La Unidad de Medida y Actualización es
 tes o migrantes;                                           la referencia económica en pesos para determinar
                                                            la cuantía del pago de las obligaciones y supues-
 XII. Palacio Municipal: El Palacio Municipal de            tos previstos en las leyes federales, de las enti-
 Cuautitlán, sede donde se realiza el despacho de           dades federativas, así como en las disposiciones
 actividades inherentes al Ayuntamiento y las de-           legales vigentes aplicables que emanen de todas las
 pendencias de la Administración Pública Municipal;         anteriores.

 XIII. Autoridad Municipal: Persona u organis-                                Capítulo II
 mo que ejerce una potestad legalmente conferida               Del Nombre y Glifo del Gobierno Municipal
 en este Bando Municipal, en las Leyes y Reglamentos
 aplicables para ejercer una función pública;              Artículo 7. El Municipio tiene el nombre de Cuautitlán y
                                                           solamente podrá ser modificado o sustituido, previas las
XIV. Bando Municipal: La normatividad Municipal            formalidades establecidas por la Ley Orgánica.
de Cuautitlán, Estado de México 2021, aprobado

                          16                                                         17
Artículo 8. El topónimo es: el nombre de “Cuauhtitlan”            Artículo 10. El Glifo del Municipio forma parte del pa-
que pertenece a la lengua náhuatl y se compone de las             trimonio municipal y solo podrá ser utilizado por los in-
raíces “cuauh”, que viene de “cuauhuitl” que significa ár-        tegrantes del Ayuntamiento, dependencias y entidades
bol, y de “tlan”, que significa lugar. La partícula “ti” es una   municipales, tanto en los documentos de carácter oficial
ligadura fonética; por lo tanto, la denominación oficial del      como en los bienes que conforman el patrimonio munici-
Municipio se puede traducir como “Lugar entre, junto o            pal de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para
cerca de los árboles”.                                            el uso e identidad del glifo de Cuautitlán.
                                                                  Se prohíbe el uso del glifo del Municipio para fines publi-
Solamente podrá ser modificado o cambiado siguiendo               citarios ajenos al Ayuntamiento, a sus dependencias y
las formalidades de la Ley Orgánica; cualquier solicitud de       entidades; igualmente, para la explotación comercial del
modificación o cambio de nombre del Municipio deberá              mismo o su utilización en actividades electorales, conse-
ser sancionada por el Ayuntamiento y autorizado por la H.         cuentemente no podrá ser objeto de concesión para que
Legislatura del Estado Libre y Soberano de México.                sea usado por personas físicas o jurídicas colectivas. El
                                                                  uso indebido del glifo del Municipio será sancionado con-
Artículo 9. El Glifo de Cuautitlán, se encuentra en el Có-        forme a los supuestos establecidos en el presente Bando
dice Mexica “La Matrícula de Tributos”, se representa por         Municipal y en la legislación aplicable.
un árbol con dos ramas, su follaje y sus raíces; a la derecha
del tronco la imagen de una cabeza, embijada con rayas            Artículo 11. La imagen institucional del gobierno munici-
y puntos negros y sobre la misma se ven dos utensilios            pal busca representar el progreso a través del cambio, con
de hilar con el algodón enredado y apilado en las puntas.         una nueva perspectiva que permita al Municipio convertir-
También se ven las raíces del árbol, una dentadura encaja-        se en un lugar digno para los cuautitlenses. El objetivo es
da en el tronco que significa “entre”, y una franja diagonal      generar en la comunidad un sentido de identidad, compro-
en el mismo que representa el cultivo de la tierra.               miso, honestidad, confianza y determinación.

Los colores son: Rojo en las raíces, café tabaco en el tron-      Artículo 12. La imagen institucional en la presente admi-
co, café oscuro en la franja diagonal, verde olivo en el fo-      nistración, utilizará del glifo, únicamente la silueta que es-
llaje, blanco en los utensilios; la imagen de una dentadura,      tará montada sobre una heráldica que simboliza cuidado
en la parte del rostro; una franja o listón que lleva en la       y protección del patrimonio, el cual tendrá las siguientes
frente y azul claro en una parte de los utensilios.               características:

                              18                                                               19
Fondo blanco al 12%, destacando la silueta del glifo de                                Capítulo I
Cuautitlán en color guinda al 60%, con contorno en negro                  Del Municipio como Entidad Política
al 20%, así mismo en la parte superior se aprecian diez pun-
tos en negro al 20%, que simbolizan a los diez Tlatoanis que
gobernaron Cuautitlán, de la misma manera que simbolizan         Artículo 13. El Municipio de Cuautitlán, Estado de Mé-
a las cinco regidoras y cinco regidores de esta Administra-      xico, es parte integrante de la división territorial, de la
ción. La tipografía para el logotipo es de la familia Bookman    organización política y administrativa del Estado Libre y
Old Style, tendrá carácter institucional al incluir la palabra   Soberano de México. Está gobernado por un Ayuntamien-
“Cuautitlán” como la parte central del logotipo. Se incluye la   to de elección popular directa, presidido por un Presidente
frase “Transformar Para Mejorar” escrita en medio de dos         Municipal, no existiendo autoridad intermedia con el Go-
líneas guinda en forma horizontal, que enmarcan el principio     bierno del Estado.
de igualdad y transparencia gubernamental, finaliza con el
periodo constitucional de la Administración Pública Munici-      Artículo 14. El Ayuntamiento de Cuautitlán, Estado de
pal “Ayuntamiento 2019-2021” en color negro al 20%. El lo-       México, está integrado por un Presidente Municipal; una
gotipo del gobierno municipal podrá ser utilizado de manera      Síndica Municipal; Regidoras y Regidores, seis de mayoría
exclusiva en documentos, medios electrónicos e impresos,         relativa y cuatro de representación proporcional.
vehículos, inmuebles y uniformes de carácter oficial y sola-
mente será usado adicionalmente previa autorización del                              Capítulo II
Cabildo.                                                                 Del Municipio como Entidad Jurídica

Bajo ninguna circunstancia está permitido mutilar, reempla-
zar, alterar, reordenar o cambiar de color cualquiera de los     Artículo 15. El Municipio, está investido de personalidad
elementos que conformen la integridad del logotipo, con ex-      jurídica y patrimonio propio, es autónomo en lo concer-
cepción de los autorizados por la autoridad.                     niente a su régimen interior y administra libremente su
                                                                 hacienda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
                                                                 115 fracción II párrafo primero de la Constitución Federal
                TÍTULO SEGUNDO                                   y lo establecido en el artículo 1 párrafo segundo de la Ley
      DEL MUNICIPIO COMO ENTIDAD POLÍTICA,                       Orgánica.
              JURÍDICA Y SUS FINES
                                                                 La erección del Municipio de Cuautitlán fue el 16 de agosto
                             20                                                              21
de 1824, conmemorándose oficialmente en esta fecha de         en condiciones de igualdad de las personas, observando
cada año.                                                     lo establecido en la Constitución Política de los Estados
                                                              Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los
Artículo 16. En el Municipio de Cuautitlán, su Ayunta-        que el Estado Mexicano sea parte, las Leyes Federales
miento, agentes gubernamentales y la población en ge-         y Locales;
neral, sin menoscabo de sus prerrogativas y libertades,
tienen el imperativo de guardar y hacer guardar la obser-     III. Establecer programas en coordinación con las au-
vancia de la Constitución Política de los Estados Unidos      toridades Federales y Estatales, a efecto de garantizar
Mexicanos, la Constitución Local, las leyes que de ellas      la seguridad ciudadana; así como, la participación de sus
emanen y de las disposiciones legales vigentes aplicables.    habitantes, a fin de instrumentar y dar seguimiento a las
                                                              acciones en materia de seguridad ciudadana;
                      Capítulo III
         De los Fines del Gobierno Municipal                  IV. Preservar la integridad de la extensión territorial
                                                              municipal;
Artículo 17. La finalidad del Gobierno Municipal es man-
tener y conservar el orden público, la seguridad y tranqui-   V.    Vigilar que en ningún caso prevalezcan los inte-
lidad de las personas; así como proveer de los servicios      reses personales, por encima del interés general de los
públicos a sus habitantes. El Gobierno Municipal de Cuau-     habitantes;
titlán, con la participación responsable y organizada de
las comunidades, teniendo como política primordial, el fo-    VI. Identificar los problemas y necesidades del Muni-
mento empresarial e industrial, velando por el crecimiento    cipio para definir los objetivos, estrategias y programas
económico, con los objetivos generales siguientes:            de cada una de las áreas de la Administración Pública
                                                              Municipal que permitan establecer acciones de solución,
 I.     Coordinar las actividades a realizar para garanti-    atendiendo a los principios de Mejora Regulatoria;
 zar las condiciones sociales, económicas y políticas, en
 virtud de las cuales, las y los cuautitlenses puedan desa-   VII. Proporcionar los servicios públicos municipales de
 rrollarse cabalmente;                                        manera eficiente y regular;

 II.  Respetar, promover, regular y salvaguardar el           VIII. Asumir como instrumentos técnicos y de políticas
 goce y ejercicio efectivo de los derechos fundamentales      públicas, el Plan Nacional de Desarrollo, Plan de

                            22                                                         23
XVI. Impulsar el desarrollo y bienestar social, económi-
Desarrollo del Estado de México, Plan de Desarrollo Mu-
                                                           co, cultural y deportivo dentro del Municipio;
nicipal para el período 2019-2021, la Agenda 2030 y
demás disposiciones legales vigentes aplicables;
                                                           XVII. Formular, aprobar y administrar el desarrollo ur-
                                                           bano y uso del suelo, mediante la planeación, regulación,
IX. Establecer e impulsar programas para erradicar el
                                                           supervisión, vigilancia y ordenamiento de su territorio, a
rezago social;
                                                           efecto de mejorar las condiciones de vida de sus habi-
                                                           tantes;
X.    Promover la participación de las ciudadanas y los
ciudadanos del Municipio en lo individual y en su caso,
                                                           XVIII. Coadyuvar a la preservación ecológica y la pro-
respetando su forma de organización y demás disposi-
                                                           tección, mejoramiento y restauración del medio am-
ciones legales vigentes aplicables.
                                                           biente, a través de acciones de gobierno;
XI. Preservar en general los valores cívicos y tradicio-
                                                           XIX. Observar y difundir oportuna y eficazmente los
nes, además de promover la participación de las y los
                                                           acuerdos y disposiciones que dicte el Ayuntamiento en
habitantes;
                                                           sesión de cabildo;
XII. Fortalecer la identidad y el arraigo municipal me-
                                                           XX. Promover una educación de protección civil entre
diante el conocimiento y la difusión de su historia;
                                                           las y los cuautitlenses;
XIII. Aplicar los planes y programas federales y estata-
                                                           XXI. Promover y organizar la participación ciudadana,
les para el fortalecimiento del Municipio;
                                                           incluyendo los resultados en el diseño, ejecución, instru-
                                                           mentación y evaluación de los planes y programas mu-
XIV. Elaborar programas municipales que ayuden a ge-
                                                           nicipales;
nerar fuentes de empleo, así como brindar capacitación
al trabajador;
                                                           XXII. Impulsar proyectos de inversión de empresas no
                                                           contaminantes;
XV. Apoyar la actividad comercial, artesanal, turística,
industrial, de abasto y de prestación de servicios que
                                                           XXIII. Coadyuvar dentro del ámbito de sus atribucio-
realizan los particulares;
                                                           nes a la regularización del estado civil de las personas,

                          24                                                         25
a través de los programas creados al efecto;                   conjunto con el Sistema Municipal para el Desarrollo In-
                                                               tegral de la Familia de Cuautitlán y demás dependencias
XXIV. Asociarse con otros municipios para un mejor             de la Administración Pública Municipal, para garantizar
cumplimiento de sus fines y objetivos;                         plenamente el cumplimiento de la Ley General de los
                                                               Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
XXV. Implementar políticas públicas para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia de género;                  XXXI. Participar en el Programa Nacional para la Pre-
                                                               vención Social de la Violencia y la Delincuencia (PRONA-
XXVI. Implementar programas para mejorar el nivel de           PRED) y en la Guía Consultiva de Desempeño Municipal;
vida de las personas con discapacidad, adultos mayores,
así como los grupos en situación de vulnerabilidad;            XXXII. Establecer los mecanismos legales para imple-
                                                               mentar lo establecido en la Ley de Gobierno Digital;
XXVII. Implementar políticas públicas para prevenir,
sancionar y erradicar la discriminación sea por edad,          XXXIII. Implementar políticas públicas que promuevan
raza, género, religión, preferencias sexuales, clase social    una cultura de paz a través de medios alternos, que co-
o cualquier otra;                                              adyuven al restablecimiento del tejido social; y

XXVIII. Implementar la mejora regulatoria como polí-           XXXIV. Los demás que le sean encomendados.
tica pública, que consiste en la generación de normas
claras en los trámites y servicios con la finalidad de man-
tener una continua, permanente y coordinada adminis-                             TÍTULO TERCERO
tración pública y con ello promover el desarrollo econó-                  DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO
mico del Municipio al generar el máximo beneficio para
la población;                                                                         Capítulo I
                                                                                 Límites Geográficos
XXIX. Promover el cuidado del agua mediante accio-
nes de ahorro, preservación y reutilización de este re-       Artículo 18. El territorio del Municipio de Cuautitlán tiene
curso;                                                        una superficie total de 42.5 kilómetros cuadrados.

XXX.     Realizar todas las acciones necesarias en            El Municipio se localiza en la parte norte-central del

                           26                                                             27
Estado de México, en la región Cuautitlán-Texcoco del Valle           Santa María Tlayacac.
de México, con las siguientes colindancias:                           Tecoac-Monales.
                                                                      Tlaltelco.
AL NORTE: Con los Municipios de Teoloyucan y Zumpango;
                                                                      Colonias:
                                                                      Dos Ríos Primera Sección.
AL SUR: Con los Municipios de Tultitlán y Cuautitlán Izcalli;
                                                                      Dos Ríos Segunda Sección.
                                                                      El Infierno o El Infiernillo.
AL ESTE: Con los Municipios de Nextlalpan, Melchor                    El Partidor.
Ocampo y Tultepec;                                                    Guadalupe.
                                                                      La Laguna.
AL OESTE: Con los Municipios de Cuautitlán Izcalli y                  La Palma.
Tepotzotlán.                                                          La Trinidad.
                                                                      La Victoria.
Artículo 19. El territorio del Municipio de Cuautitlán, se            Lázaro Cárdenas.
divide en:                                                            Loma Bonita.
                                                                      Macolo.
                                                                      Necapa.
 I).     Una cabecera Municipal, que es Cuautitlán;
                                                                      Nueva Españita.
                                                                      Romita.
 II).    Pueblos:                                                     San José Puente Grande.
         Santa María Huecatitla.                                      San Roque.
         San Mateo Ixtacalco.                                         La Venecia.

 III).   Barrios:                                               V).   Fraccionamientos:
         El Carmen.                                                   Cristal.
         El Huerto.                                                   El Arenal I.
         El Nopalito.                                                 El Arenal II.
         Huapango.                                                    Juan Diego.
         Puente Jabonero.                                             La Providencia.
                                                                      Las Patricias I.
         San José Milla.
                                                                      Las Patricias II.
         Santa Ana Tlaltepan.

                             28                                                            29
Los Morales Primera Sección.                           Los Fresnos (Colonia San José Puente Grande).
     Los Morales Segunda Sección.                           Los Fresnos (Fraccionamiento Los Morales II).
     Los Morales Tercera Sección.                           Los Olivos I.
     Los Olivos.                                            Los Olivos II.
     Mayorazgos.                                            Paseos de Cuautitlán.
     Misiones I                                             Rancho San Blas.
     Misiones II.                                           Real de San Fernando.
     Paseos de Santa María.                                 Santa Elena.
     Paseos del Bosque.                                     La Toscana.
     San Blas I.                                            Villas de Cuautitlán.
     San Blas II.                                           Villas de Loto.
     San Francisco Cascantitla.                             Villas Xaltipa.
     San Juan.
     Unidad Habitacional Cebadales Primera Sección.   VII). Ejidos y Fracciones Ejidales:
     Unidad Habitacional Cebadales Segunda Sección.         San Mateo Ixtacalco y sus fracciones.
     Unidad Habitacional El Paraíso.                        Santa María Huecatitla y sus fracciones.
     Villa Jardín.                                          Melchor Ocampo y sus fracciones.
                                                            San Pablo de Las Salinas y sus fracciones.
VI). Conjuntos Urbanos:                                     Tultitlán y sus Barrios.
     Álamos III.                                            San Lorenzo Tetlixtac y sus fracciones.
     Ángel de Luz.                                          Santa Bárbara y sus fracciones.
     Ex Hacienda San Mateo o Parque San Mateo.              San Lorenzo y sus fracciones.
     Foresta.                                               Santa Cruz y sus barrios y sus fracciones.
     Galaxia Cuautitlán.                                    Teoloyucan: queda limitado en su costado poniente
     Hacienda de Cuautitlán.                                con la carretera Las Ánimas-Coyotepec.
     Joyas de Cuautitlán.                                   San Bartolo y sus fracciones.
     La Alborada.
     La Arboleda.                                     VIII). Ranchos:
     La Guadalupana Cuautitlán.                              Cantarranas.
     Los Encinos.                                            Chamacuero.

                       30                                                       31
Chavira.                           Los Amores.
El Colorado.                       Los Morales.
El Crucero.                        Puente de la Cruz.
El Cuquio.                         Rancho Nuevo.
El Ébano.                          San Gabriel.
El Fresno.                         San Gregorio.
El Mirador.                        San Isidro Ixtacalco.
El Nopalito.                       San Isidro.
El Pilar.                          San Joaquín.
El Pirul.                          San José.
El Quemado.                        Santa María.
El Salitre.                        Santo Tomás.
El Tejocote.                       Tecompa.
El Terremoto.                      Tenería.
Esperanza.                         Villa María.
Ex Hacienda de San Mateo.          Xaltipa.
Galeazzi.
Guadalupe.                   IX). Granjas:
Jesús María.                      Abiega.
La Corregidora.                   El Mecate.
La Fortuna.                       Jacob. Urra.
La Garita.
La Mitra.                   Se mencionan los Ranchos y Granjas que han estado
La Trinidad.                asentados en el territorio de Cuautitlán debido a su
La Virgen I, II y III.      importancia histórica, pero en conocimiento de que
Las Brisas.                 muchos de ellos han desaparecido para dar lugar a los
Las Ollas.                  fraccionamientos, conjuntos urbanos y colonias que
Las Palomas Ixtacalco.      ahora son parte del Municipio.
Las Palomas.
Las Trojes.

                  32                                  33
Capítulo II                                III. Transeúntes: personas que de manera transitoria
            De la Organización Territorial                      se encuentran dentro del territorio municipal de Cuau-
                                                                titlán;
Artículo 20. De acuerdo con el número de habitantes o
necesidades administrativas, el Ayuntamiento podrá ha-          IV. Migrantes: Individuo que sale, transita o llega al
cer las adiciones y modificaciones que estime necesarias        territorio de un Estado distinto al de su residencia por
en cuanto al nombre o denominaciones, al número, limi-          cualquier tipo de motivación.
tación y circunscripción de las delegaciones, subdelega-
ciones; y en su caso, sectores, manzanas y localidades,        Artículo 22. Son derechos de los habitantes del Munici-
previa resolución emitida de conformidad con los artículos     pio, los siguientes:
8, 163 y 165 de la Ley Orgánica y demás disposiciones
legales vigentes aplicables.                                    I.     El respeto a los derechos humanos y a las garan-
                                                                tías individuales, consagradas en la Constitución Política
                  TÍTULO CUARTO                                 de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones
            DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL                           legales vigentes aplicables;

                       Capítulo I                               II.   Contar con los servicios públicos municipales;
                De las y los Habitantes
                                                                III. Exigir para sus hijas, hijos; pupilas, pupilos; o ve-
Artículo 21. Las y los habitantes del Municipio de Cuau-        cinas, vecinos menores de edad, los derechos que a su
titlán, que residen en el permanente o temporalmente, re-       favor estipula este Bando Municipal, la Constitución y
cibirán el gentilicio de cuautitlenses y serán considerados:    demás disposiciones legales vigentes aplicables;

 I.    Originarias, originarios: personas nacidas dentro        IV. Coadyuvar con las autoridades municipales en
 del territorio municipal;                                      actividades tendientes a la preservación del medio am-
                                                                biente;
 II.    Vecinas, vecinos: personas que tengan cuando
 menos seis meses de residencia efectiva dentro del te-         V.    Recibir un trato amable por parte de las agentes
 rritorio municipal. Se entiende por residencia el hecho de     de tránsito, autorizadas para infraccionar o conocer de
 tener domicilio donde se habite permanentemente;               un accidente automovilístico, al momento de cometer

                            34                                                            35
una infracción al Reglamento de Tránsito del Estado de      los bienes inmuebles sobre los que tengan la pro-
 México; y                                                   piedad o posesión legal;

 VI. Las demás disposiciones legales vigentes aplica-        III. Inscribir en el padrón municipal que al efec-
 bles.                                                       to señale la autoridad competente, la actividad in-
                                                             dustrial, comercial de servicios a que se dediquen,
Artículo 23. Toda la información en posesión de la auto-     transitoria o permanentemente; proporcionando la
ridad municipal es pública, exceptuando la que establece     información que le sea solicitada a efecto de man-
la propia Ley de la materia.                                 tenerlos actualizados;

Artículo 24. El Ayuntamiento asume la obligación de tu-      IV. Proporcionar los informes y datos que con-
telar el desarrollo de las nuevas generaciones cuautitlen-   forme a derecho les soliciten las autoridades muni-
ses, velando en todo momento por el interés superior de      cipales;
la niñez, garantizando de manera plena sus derechos a fin
de asegurar el mejor ámbito de desarrollo integral y co-     V.    Presentarse ante las autoridades municipa-
munitario, de conformidad con lo establecido en la Cons-     les, cuando legalmente así les sea requerido;
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley
General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;      VI. Evitar acciones que resulten insalubres o peli-
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del       grosas para la población;
Estado de México y demás disposiciones legales vigentes
aplicables.                                                  VII. Colocar en lugar visible, el número oficial
                                                             asignado por la autoridad municipal;
Artículo 25. Son obligaciones de los habitantes del Muni-
cipio, las siguientes:                                       VIII. Utilizar adecuadamente los servicios públicos
                                                             municipales;
 I.    Observar y cumplir el presente Bando Municipal,
 los reglamentos y demás disposiciones jurídicas y admi-     IX. Contar con licencia de construcción y licen-
 nistrativas de carácter federal, estatal y municipal;       cia de uso de suelo antes de realizar cualquier obra
                                                             privada;
 II.   Inscribir en el padrón catastral correspondiente

                           36                                                        37
X.   Contar con el permiso correspondiente para              lugares públicos o privados. Así mismo, recoger sus
cualquier tipo de publicidad;                                desechos fecales.

XI. Evitar fugas y desperdicio de agua, dentro y fue-        Notificar a las autoridades municipales sobre aque-
ra de su domicilio y comunicar a las autoridades com-        llos que se encuentren solos o abandonados en vía
petentes las que existan en la vía pública;                  pública, que sean agresivos, se encuentren visible-
                                                             mente enfermos o presumiblemente contagiados de
XII. Denunciar ante la autoridad municipal a quien se        rabia, de conformidad en lo dispuesto por el Código
sorprenda robando, deteriorando o haciendo uso inde-         para la Biodiversidad del Estado de México y demás
bido del equipo o materiales de equipamiento urbano          disposiciones legales vigentes aplicables;
y otros servicios públicos;
                                                             XVI.     Abstenerse de abandonar en la vía pública
XIII. Abstenerse de arrojar basura, residuos sólidos         y/o lotes baldíos: vehículos, remolques, chatarra, ob-
orgánicos, desperdicios industriales y solventes, ta-        jetos muebles, materiales de construcción, animales
les como gasolina, gas L.P, petróleo o sus derivados y       muertos, desperdicios o basura;
substancias tóxicas o explosivas a las alcantarillas, ca-
jas de válvulas y en general, a las instalaciones de agua    XVII.    Conservar limpia la calle, banqueta o área
potable, drenajes y canales residuales;                      verde que le corresponda, a un costado o frente a su
                                                             domicilio o establecimiento, así como participar en
XIV. Evitar que los predios de su propiedad, así como        trabajo conjunto con el gobierno municipal, a través
aquellos que se encuentren baldíos, públicos y/o priva-      de jornadas comunitarias de limpia y restauración de
dos, sean utilizados como basureros y denunciar ante         espacios públicos, con el fin de preservar la infraes-
la autoridad municipal cualquier infracción a esta dis-      tructura urbana;
posición;
                                                             XVIII. Depositar la basura en los sistemas de reco-
XV. Responsabilizarse de los animales domésticos             lección que para ello se implementen, evitando hacer-
que sean de su propiedad o estén bajo su cuidado, de-        lo en la vía pública;
biendo siempre sacarlos a la calle con correa; además,
de vacunarlos; identificarlos y esterilizarlos; evitar que   XIX.      Abstenerse de destruir o maltratar las lumi-
molesten, agredan y/o dañen a personas, animales o           narias, los semáforos y el alumbrado del Municipio,

                          38                                                          39
así como de conectarse al suministro eléctrico de és-       XXVI. Contribuir y participar en los gastos públicos
tos y en general, de dañar por cualquier medio el equi-     del Municipio de manera proporcional y equitativa;
pamiento urbano;
                                                            XXVII. Respetar y garantizar los derechos de niñas,
XX. Colaborar en la preservación de la nomenclatura         niños y adolescentes que se estipulan en la Constitu-
y señalización vial de uso público;                         ción Federal, la Constitución Local, Ley General de los
                                                            Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y
XXI. Abstenerse de realizar grafiti en el equipamien-
to urbano y monumentos históricos representativos           XXVIII. Las demás que les impongan el presente Ban-
del Municipio, así como de bienes de propiedad priva-       do Municipal y demás disposiciones legales vigentes
da sin el consentimiento del propietario;                   aplicables.

XXII. Abstenerse de romper, dañar, modificar o alte-
rar el pavimento, guarniciones y banquetas, sin la au-                          Capítulo II
torización correspondiente;                                         De las Ciudadanas y los Ciudadanos

XXIII. Hacer que sus hijas, hijos, pupilas o pupilos re-
ciban educación y acudan a las escuelas públicas o         Artículo 26. Son ciudadanas y ciudadanos del Municipio
privadas, así como respetar los derechos que corres-       las personas que tengan su residencia efectiva dentro del
ponden a las y los menores de edad y adolescentes;         territorio municipal y que, además:

XXIV. Respetar las vías públicas, los parques, jardi-       I.     Sean mexicanas y mexicanos;
nes, centros deportivos y las áreas de servicio público
municipal;                                                  II.    Hayan cumplido dieciocho años;

XXV. Pagar las contribuciones municipales que co-           III.   Tengan un modo honesto de vivir; y
rrespondan en términos del Código Financiero del Es-
tado de México y demás disposiciones legales vigen-         IV. No se encuentren dentro de los supuestos esta-
tes aplicables;                                             blecidos en el artículo 31 de la Constitución Política del
                                                            Estado Libre y Soberano de México.

                         40                                                           41
Artículo 27. Son prerrogativas de las ciudadanas y los        III. Todas aquellas que deriven y demás disposiciones
ciudadanos del Municipio:                                     legales vigentes aplicables.

 I.    Votar, ser votadas y votados para los cargos públi-                      TÍTULO QUINTO
 cos de elección popular del Municipio;                                   DE LOS DERECHOS HUMANOS

                                                                                 Capítulo Único
 II.    Elegir, ser electas y electos como Autoridades Au-                   Disposiciones Generales
 xiliares, Consejos de Participación Ciudadana y demás
 Órganos Auxiliares del Ayuntamiento a que fueren con-       Artículo 29. En el Municipio de Cuautitlán, todas las per-
 vocados;                                                    sonas gozarán de los derechos humanos reconocidos en
                                                             la Constitución Federal en su artículo primero; en los Tra-
 III. Asociarse libre y pacíficamente para tomar parte       tados Internacionales; Constitución Local del Estado de
 en los asuntos políticos del Municipio;                     México y demás disposiciones legales vigentes aplicables.

 IV.   Participar en las Organizaciones Ciudadanas;          Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias,
                                                             tienen la obligación de difundir, promover, respetar, pro-
 V.    Las establecidas en el artículo 29 de la Constitu-    teger y garantizar los derechos humanos de conformidad
                                                             con los principios de universalidad, interdependencia, indi-
 ción Local; y
                                                             visibilidad y progresividad.
 VI.   Demás disposiciones legales vigentes aplicables.      En consecuencia, el Municipio deberá prevenir, investigar,
                                                             sancionar y reparar las violaciones a los derechos huma-
Artículo 28. Son obligaciones de las ciudadanas y los ciu-   nos, en los términos que establezca la ley en la materia.
dadanos del Municipio:
                                                             Artículo 30. El Ayuntamiento, en materia de Derechos
 I.    Cumplir con los cargos públicos para los que fue-     Humanos, realiza las siguientes acciones:
 ren electas o electos;
                                                              I.    Garantizar el respeto a los derechos humanos, di-
 II.   Votar en las elecciones de las Delegaciones Mu-        fundiendo y promoviendo éstos entre las y los habitan-
                                                              tes del Municipio, con perspectiva e igualdad de género;
 nicipales y los Consejos de Participación Ciudadana y
 cumplir con las funciones para las que fueren electas o
                                                              II.   Establecer las medidas conducentes para evitar la
 electos; y
                                                              discriminación motivada por origen étnico o racial, géne-
                                                              ro, edad, discapacidad, condición social, de salud,

                           42                                                            43
religión, de opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier   Artículo 31. El Gobierno y la Administración del Municipio
otro que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto         de Cuautitlán están depositados en un cuerpo colegiado
anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas;       y deliberante que se denomina Ayuntamiento, integrado
                                                                     por un Presidente Municipal, una Síndica, cinco Regidoras
III.  Establecer programas tendientes a la protección de los         y cinco Regidores, electos según los principios de mayoría
derechos humanos y cultura de paz de todas las personas que          relativa y de representación proporcional, con las faculta-
habitan en el Municipio;                                             des y obligaciones que les otorgan la Constitución Federal;
                                                                     la Constitución Local; la Ley Orgánica y demás disposicio-
IV.    Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y pro-     nes legales vigentes aplicables.
moción de los derechos humanos de niñas, niños y adoles-
centes, conforme a lo establecido en la Constitución Federal;        Artículo 32. El Ayuntamiento funciona y reside en la ca-
Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma         lle Alfonso Reyes Esq. Venustiano Carranza, Fracc. Santa
parte; Constitución Local, en el presente Bando Municipal y de-      María, Paseos de Santa María s/n. Dicha residencia solo
más disposiciones legales vigentes aplicables;                       podrá trasladarse, en forma permanente o temporal a
                                                                     otra localidad comprendida dentro del territorio del Mu-
V.     Impulsar un Municipio de libertades e igualdades res-         nicipio, mediante acuerdo del Ayuntamiento y por causa
petando los derechos humanos de la Comunidad Lésbico,                debidamente justificada, previa aprobación de la Legisla-
Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual       tura Local.
(LGBTTTI), bajo la premisa de derecho a la igualdad y a la no
discriminación como principios básicos.                              Artículo 33. El Ayuntamiento resolverá colegiadamente
                                                                     los asuntos de su competencia en una asamblea denomi-
                                                                     nada Cabildo.
               TÍTULO SEXTO
          DE LA ORGANIZACIÓN Y                                       Artículo 34. El Ayuntamiento tiene facultades para ex-
  FUNCIONAMIENTO DEL GOBIERNO MUNICIPAL                              pedir y reformar el Bando Municipal, así como los regla-
                                                                     mentos, circulares y disposiciones administrativas de ob-
                     Capítulo I                                      servancia general dentro del territorio del Municipio, que
        Del Ayuntamiento y las atribuciones                          sean necesarios para su organización, prestación de los
                de sus integrantes                                   servicios públicos y en general, para el cumplimiento de
                                                                     sus atribuciones, en términos de lo dispuesto por los ar-
                                                                     tículos 31 y 160 de la Ley Orgánica, sin más limitaciones
                              44                                                                 45
que las establecidas en la Constitución Federal; Consti-      Artículo 38. Son atribuciones de la Síndica, las estableci-
tución Local y las leyes y reglamentos que de una u otra      das en los artículos 52, 53 y 104 de la Ley Orgánica; 51 de
emanen.                                                       la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio
                                                              en el Estado de México y las que el Reglamento Interno
                      Capítulo II                             señale.
               Del Presidente Municipal
                                                                                   Capítulo V
Artículo 35. Corresponde al Presidente Municipal la eje-
                                                                        De las Regidoras y los Regidores
cución de las decisiones del Ayuntamiento, para lo cual
contará en su despacho con las dependencias necesarias
que le permitan desarrollar su actividad.                     Artículo 39. Son atribuciones de las Regidoras y los Regi-
Las atribuciones del Presidente Municipal se encuentran       dores, las siguientes:
establecidas en el artículo 48 de la Ley Orgánica.
                                                               I.   Asistir puntualmente a las sesiones que celebre el
                     Capítulo III                              Ayuntamiento;
          Del Secretario del Ayuntamiento
                                                               II.    Suplir al Presidente Municipal en sus faltas tempo-
Artículo 36. Para el despacho de los asuntos, el Ayun-         rales, en los términos establecidos en la Ley Orgánica;
tamiento cuenta con un Secretario, cuyas atribuciones
están señaladas en el artículo 91 de la Ley Orgánica, el
                                                               III. Vigilar y atender el sector de la administración
presente Bando Municipal y demás disposiciones legales
vigentes aplicables.                                           municipal que les sea encomendado por el Ayuntamien-
                                                               to;
                      Capítulo IV
                De la Síndica Municipal                        IV. Participar responsablemente en las comisiones
                                                               edilicias conferidas por el Ayuntamiento y aquellas que
Artículo 37. La Síndica Municipal tendrá a su cargo la         le designe en forma concreta el Presidente Municipal;
procuración y defensa de los derechos e intereses del Mu-
nicipio, en especial, los de carácter patrimonial y la fun-    V.     Proponer al Ayuntamiento, alternativas de solu-
ción de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán     ción para la debida atención de los diferentes sectores
en conjunto con el órgano de control y evaluación que al       de la administración municipal;
efecto establezca el Ayuntamiento.

                            46                                                            47
la administración municipal;                                  V.    Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Segu
                                                                     ridad Pública;
 VI. Promover la participación ciudadana en apoyo a            VI. Las Direcciones de:
 los programas que formule y apruebe el Ayuntamiento; y              Administración;
                                                                     Desarrollo Económico;
 VII. Las demás que les otorgue la Ley Orgánica y de-                Jurídica;
 más disposiciones legales vigentes aplicables.                      Obras Públicas;
                                                                     Desarrollo Urbano;
               TÍTULO SÉPTIMO                                        Movilidad;
   DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL                            Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad;
                                                                     Desarrollo y Bienestar Social;
                     Capítulo I                                      Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento;
            De las Dependencias de la                                Servicios Urbanos;
          Administración Pública Municipal                     IX. El Organismo Desconcentrado Municipal del
                                                                     Deporte;
Artículo 40. Para el ejercicio de sus atribuciones y res-      X.    Las Coordinaciones de:
ponsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxilia de             Protección Civil y Bomberos;
las Dependencias Públicas Centralizadas y Desconcentra-              Medio Ambiente;
das que integran la Administración Pública Municipal, las            Comunicación Social;
cuales están subordinadas al Presidente Municipal.             XI. Unidad de Transparencia;
                                                               XII. Cronista Municipal;
Artículo 41. Para el ejercicio de sus atribuciones, el Pre-    XIII. Organismos Públicos Descentralizados:
sidente Municipal se auxiliará de las siguientes dependen-           Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la
cias:                                                                Familia (DIF) y;

 I.     Secretaría del Ayuntamiento;                           Las demás que se consideren convenientes.
 II.    Tesorería Municipal;
 III.   Contraloría Municipal;                                Artículo 42. Las dependencias citadas en el artículo an-
 IV.    Secretaría Técnica;                                   terior realizarán sus actividades con base en las políticas
                                                              y objetivos anuales previstos en el Plan de Desarrollo

                            48                                                            49
Municipal 2019-2021, el cual se regirá por políticas públi-   Artículo 44. Los organismos públicos descentralizados,
cas que persigan la transformación de la realidad del Mu-     tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y coad-
nicipio y tendrá como base la Agenda 2030, de la cual se      yuvarán con el Ayuntamiento en el ejercicio de las fun-
desprenden los siguientes pilares:                            ciones, desarrollo de actividades y prestación de servicios
                                                              públicos municipales, en los términos de las leyes que los
 I.    Social: Municipio Socialmente Responsable, Soli-       rijan, del presente Bando Municipal y de los demás orde-
 dario e Incluyente;                                          namientos municipales. Es el organismo descentralizado
                                                              del Municipio el Sistema Municipal para el Desarrollo Inte-
 II.  Económico: Municipio Competitivo, Productivo e          gral de la Familia (DIF).
 Innovador;
                                                              Artículo 45. El organismo público desconcentrado es
 III. Territorial: Municipio Ordenado, Sustentable y Re-      una entidad pública que depende presupuestalmente del
 siliente;                                                    Ayuntamiento y cuenta con autonomía orgánica y se en-
                                                              cuentra sectorizado para una mejor vinculación y comu-
 IV.    Seguridad: Municipio con Seguridad y Justicia.        nicación interinstitucional. Deporte, es un organismo des-
                                                              concentrado del Municipio.
Artículo 43. Así mismo, el funcionamiento de la adminis-
tración municipal debe recaer en tres ejes transversales:                          Capítulo III
                                                                        De las Comisiones, Delegaciones,
 I.     Igualdad de Género;                                           Consejos de Participación Ciudadana y
                                                                    demás entes Auxiliares del Ayuntamiento.
 II.    Gobierno Moderno, Capaz y Responsable;
                                                              Artículo 46. El Ayuntamiento, para el eficaz desempeño
 III.   Tecnología y Coordinación para el Buen Gobierno.      de sus funciones públicas, podrá auxiliarse de Comisiones,
                                                              Delegaciones, Comités y Consejos, de los cuales se des-
                                                              prenden los siguientes:
                      Capítulo II
             De los Organismos Públicos                        I.     Comisiones Edilicias del Ayuntamiento;
          Descentralizado y Desconcentrado
                                                               II.   Delegaciones, Subdelegaciones y Consejos de
                                                               Participación Ciudadana;
                            50                                                            51
Comités, Comisiones y Consejos que determine el Ayun-     XIV. Comité Municipal de Salud;
tamiento para el mejor desempeño del servicio público,
entre los que destacan:                                   XV. Comité Municipal para la Protección contra los
                                                          Riesgos Sanitarios;
 III.   Consejo Municipal de Protección Civil;
                                                          XVI. Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal
 IV.    Consejo Municipal de Población (COMUPO);          (COPLADEMUN);

 V.     Consejo Municipal de la Juventud;                 XVII. Comités Ciudadanos de Control y Vigilancia;

 VI. Consejo Municipal de Protección a la Biodiversidad   XVIII. Comité Municipal de Dictámenes de Giro;
 y Desarrollo Sostenible;
                                                          XIX. Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de
 VII. Consejo Municipal de la Agenda 2030 para el De-     Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad;
 sarrollo Sostenible;
                                                          XX. Comisión Municipal de Mejora Regulatoria;
 VIII. Comité de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento;
                                                          XXI. Sistema Municipal para la Igualdad de Trato de
 IX. Comité de Transparencia, Acceso a la Información     Oportunidades entre Hombres y Mujeres para Prevenir,
 Pública y Protección de Datos Personales;                Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
                                                          Mujeres;
 X.   Comité de Adquisiciones y Servicios del Ayunta-
 miento;                                                  XXII. Sistema Municipal de Protección Integral de los
                                                          derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
 XI. Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de In-
 muebles y Enajenaciones;                                 XXIII. Sistema Municipal de Estrategia Nacional para la
                                                          Prevención del Embarazo en Adolescentes;
 XII.   Comité Interno de Obra Pública;
                                                          XXIV. Y demás que se consideren necesarios para el
 XIII. Comité Municipal contra las Adicciones (COMCA);    adecuado funcionamiento del Ayuntamiento.

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Artículo 47. Las y los integrantes del Ayuntamiento, ade-       XIII. De Salud Pública, Prevención y Combate a la Dro-
más de actuar como cuerpo colegiado, se organizarán en                gadicción;
comisiones edilicias temáticas para estudiar, analizar y pro-
poner acuerdos, acciones, programas y normas tendientes         XIV. De Asuntos Religiosos;
a mejorar la Administración Pública Municipal, así como,
para inspeccionar, vigilar y reportar al propio Ayuntamien-     XV. De Fomento Agropecuario y Forestal;
to sobre los asuntos a su cargo y el cumplimiento de los
acuerdos que dicte el Cabildo, para lo cual enunciativamen-     XVI. De Cultura y Educación Pública;
te se han determinado las siguientes:
                                                                XVII. De Empleo;
 I.     De Gobernación;
                                                                XVIII.       De Transporte y Vialidad;
 II.    De Seguridad Pública y Tránsito;
                                                                XIX. De Fomento al Desarrollo Económico;
 III.   De Protección Civil y Bomberos;
                                                                XX. De Preservación y Restauración del Medio Am-
 IV.    De Planeación para el Desarrollo;                       biente;
 V.     De Transparencia, Acceso a la Información Pública       XXI. De Obras Públicas;
        y Protección de Datos Personales;
                                                                XXII. De Desarrollo Urbano;
 VI.    De Hacienda Pública;
                                                                XXIII. De Atención a la Juventud, Deporte y Recreación;
 VII.   De Límites Territoriales;
                                                                XXIV. De Preservación, Conservación y Restauración de
 VIII. De Evaluación y Seguimiento al Plan Municipal de         Bienes Históricos y Artísticos de Interés Municipal;
       Desarrollo;
                                                                XXV. De Asuntos Internacionales y Apoyo al Migrante;
 IX.    De Asuntos Metropolitanos;
                                                                XXVI. De Derechos Humanos e Integrador de Paz;
 X.     De Igualdad y Atención a la Violencia de Género;
                                                                XXVII. De Participación Ciudadana;
 XI.    De Servicios Urbanos;
                                                                XXVIII. De Turismo;
 XII.   De Desarrollo y Bienestar Social y Atención a Per-
        sonas y Grupos Vulnerables;
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XXIX. De Protección e Inclusión a Personas con Discapa-         también serán autoridades auxiliares las jefas, los jefes de
 cidad;                                                          sector o de sección y las jefas, los jefes de manzana; estas
                                                                 y estos serán nombradas, nombrados por el Ayuntamien-
 XXX. De Revisión y Actualización de la Reglamentación           to, bajo las funciones reglamentarias enunciadas en la Ley
 Municipal;
                                                                 Orgánica y los Reglamentos Municipales aplicables.
 XXXI. De Agua, Drenaje y Alcantarillado;
                                                                 Artículo 49. Las autoridades auxiliares municipales ejer-
 XXXII. De Mercados, Central de Abastos y Rastros;               cerán en sus respectivas circunscripciones territoriales,
                                                                 las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica.
 XXXIII. De Prevención Social de la Violencia y la Delin-
 cuencia;
                                                                 Artículo 50. Los Consejos de Participación Ciudadana en
 XXXIV. De Población;                                            el marco de la normatividad y con un alto sentido de res-
                                                                 ponsabilidad y honestidad, se constituyen como órganos
 XXXV. De Desarrollo de Pueblos y Archivo Histórico;             de representación entre la ciudadanía y el Gobierno Muni-
                                                                 cipal; tienen como finalidad la promoción y gestión social.
 XXXVI. De Evaluación y Reconocimiento Público Municipal;

 XXXVII. De Mejora Regulatoria y Modernización Adminis-          La integración, estructura y funcionamiento de los Conse-
 trativa;                                                        jos de Participación Ciudadana se regirán por la Ley Orgá-
                                                                 nica y demás disposiciones legales vigentes aplicables. Y
 XXXVIII. De Administración;                                     serán electos en las diversas localidades por las y los habi-
                                                                 tantes de la comunidad de acuerdo con el procedimiento
 XXXIX. De Conflictos Laborales;
                                                                 establecido en la convocatoria que al efecto expedirá el
 XL. De Protección y Bienestar Animal;                           Ayuntamiento.

 XLI. Y demás que para el adecuado funcionamiento del                           TÍTULO OCTAVO
 Ayuntamiento se consideren necesarios.                             DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
Artículo 48. Son autoridades auxiliares del Municipio: dele-
gadas, delegados, subdelegadas y subdelegados, que serán                              Capítulo I
electas y electos de acuerdo con el procedimiento estableci-              De la Secretaría del Ayuntamiento
do en la convocatoria, que al efecto expedirá el Ayuntamiento;

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