POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD - PARA MADRID, CUNDINAMARCA 2011 2020 - Acuerdo No. 011 de agosto de 2011.
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POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD PARA MADRID, CUNDINAMARCA 2011 – 2020 Acuerdo No. 011 de agosto de 2011. 1
Alcaldía de Madrid DIEGO HUMBERTO SICARD GARZÓN Alcalde Municipal HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL JULIO HERNANDO ORJUELA PEREZ Secretario para el Desarrollo Económico y Social YANETH ARANGO ORTIZ Coordinadora Programa de Atención Integral a las Personas con Discapacidad. Comité Municipal de Discapacidad YANETH ARANGO OLGA PATRICIA BELTRAN MORENO Secretaría Técnica Representante Fundación CAVIES FREDY ORLANDO BALLESTEROS VELOZA ADRIANA MARIA AGUDELO Secretario de Gobierno Representante PRODEOCSA ELIANA GARCIA BRAVO OMAR IGNACIO MORALES BLANCO Secretaria de Educación Representante Discapacidad Física. CONSTANZA MATEUS PLAZAS EDGAR BELLO MAYORGA Directora Casa de la Cultura y Turismo Representante Discapacidad Visual. JOSE ALEJANDRO SUAREZ MENDOZA MIRYAM LOMBANA Director General I.D.R.M. Representante Discapacidad Cognitiva. ADRIANA FERNANDEZ GARZON MARIA DEL CARMEN RIVERA Delegada Secretario de Desarrollo Económico y Representante Discapacidad Múltiple Social HUMBERTO SICARD SIERRA ALEXANDER CLAVIJO ROMERO Representante Discapacidad Auditiva Representante Secretaría de Planeación. YEIMY CAMACHO BULLA Coordinadora P.I.C. Municipal CLAUDIA VICTORIA TELLEZ HERNANDEZ claudiavictoriatellez@gmail.com Consultoría conceptual y redacción del documento 2
ÍNDICE Presentación Diagnóstico Antecedentes Política Pública de Discapacidad para el Municipio de Madrid, Cundinamarca. Acuerdo No. 011 de agosto de 2011. Considerando Artículo 1. CAPÍTULO I. MARCO GENERAL Artículo 2: Propósito Artículo 3: Definiciones a) Discapacidad b) Transversalidad c) Interdisciplinariedad d) Interdependencia de los Derechos e) Otras definiciones. Artículo 4: Principios a) Dignidad b) Autonomía e Independencia c) No discriminación d) Equidad e) Diversidad f) Corresponsabilidad g) Transectorialidad Artículo 5: Enfoques a) Enfoque de Derechos b) Enfoque de Desarrollo Humano c) Enfoque de Desarrollo Equitativo, Disminución de la Desigualdad Social y de la Exclusión. d) Enfoque Diferencial e) Enfoque de Ciclo Vital f) Enfoque de Desarrollo a Escala Humana. g) Objetivos de Desarrollo del Milenio. Artículo 6: Marco Conceptual 3
1. Marco de Protección Social Básica. 2. Marco de Compensación y Cohesión Social 3. Marco de Equiparación para el Desarrollo CAPÍTULO II. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD Marco de Protección Social Básica. Artículo 7: de la Protección Social de la Población con Discapacidad. Artículo 8: del Derecho a la Salud de la Población con Discapacidad. Artículo 9: de la Habilitación/Rehabilitación y Movilidad Personal de la Población con Discapacidad. Marco de Compensación y Cohesión Social Artículo 10: de la Reducción de la Pobreza de las Población con Discapacidad. Artículo 11: del Desarrollo de Capacidades Individuales y colectivas de la Población con Discapacidad. a) En Educación b) En Arte y Cultura c) En recreación y deporte. Marco de Equiparación para el Desarrollo Artículo 12: del Entorno y del municipio amable. a) En accesibilidad y entorno favorable: b) En Comunicación e Información. Artículo 13: de la Participación. CAPÍTULO III. GRUPOS ESPECIALES Artículo 14: de la primera infancia, la Infancia y la adolescencia. Artículo 15: de los cuidadores. CAPÍTULO IV. GESTIÓN INSTITUCIONAL DE APOYO A LA POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD Artículo 16: de la intersectorialidad Institucional. Artículo 17: de los Sistema de información. Artículo 18: del Monitoreo y Evaluación. Artículo 19: de las Disposiciones Varias. Artículo 20: de la Vigencia. 4
Presentación El Plan de Desarrollo 2008 – 2011 para Madrid, Cundinamarca, asume, con gran énfasis, un compromiso con el desarrollo social del municipio. Durante el cuatrienio, la administración municipal realiza una actividad importante encaminada, entre otros objetivos, a disminuir la brecha social, diseñando y ejecutando programas de atención a la población más vulnerable dentro de un enfoque de derechos y de desarrollo humano. Bajo estos lineamientos, la Secretaría para el Desarrollo Económico y Social del municipio conformó el Programa de Atención Integral a las Personas con Discapacidad, el cual ha venido articulando y desarrollando diferentes actividades que le apuntan a la inclusión social integral de esta población. Madrid inicia el trabajo en el tema de discapacidad como una necesidad sentida y urgente, y lo hace en un momento en que el escenario nacional e internacional aporta nuevas herramientas y guías conceptuales importantes y obligadas en el tema. La alcaldía tiene poca experiencia en el desarrollo de un tema que evoluciona todos los días y que exige una gran articulación intersectorial. Así mismo, la población con discapacidad es muy débil (aproximadamente el 30% no ha alcanzado ningún nivel educativo y el 69% están en el estrato 2) por lo que su participación activa en los escenarios de definición de políticas se hace difícil. A pesar de estas debilidades se logra conformar un Comité Municipal de Discapacidad – CMD, que inicia como un grupo técnico y que finalmente logra adaptar este Comité a lo solicitado por la ley 1145 de 2007, mediante el decreto 079 de 2011. Así, el trabajo en discapacidad se constituye en un proceso de aprendizaje al calor del cual van cristalizando, poco a poco, programas de atención integral que empiezan a generar caminos de oportunidad para las personas con discapacidad del municipio. El compromiso y tesón de los funcionarios encargados del tema y el interés de la administración hacen que el país nacional voltee su mirada hacia el municipio focalizándolo como escenario de aplicación de programas departamentales y estatales. Gracias al trabajo realizado, el alcalde de Madrid es entonces postulado para el premio “alcalde incluyente” del proyecto “Colombia Líder”; gracias al avance en el proceso de inclusión al aula regular de menores con discapacidad que lo ubica entre los 10 primeros del departamento, Madrid es elegido para la implementación del proyecto de Sensibilización en Inclusión Educativa, dentro del convenio celebrado entre la Secretaría Departamental de Salud y la Fundación Saldarriaga Concha; en 2010 la Secretaría Departamental de Salud resalta el trabajo hecho por el municipio clausurando la celebración del I Foro Regional Sobre Inclusión Social, con la presentación de la compañía artística “Estímulo” de Cali, con el apoyo del Ministerio de Cultura. Visibilizado en el escenario nacional y a término de la actual alcaldía, se hace necesario formular una política que dé lineamientos en materia de discapacidad sobre las lecciones aprendidas y que provea un horizonte de gestión para las futuras administraciones con el fin de seguir avanzando hacia un Madrid equitativo e incluyente de la población con discapacidad. El documento que se presenta a continuación recoge el trabajo hecho, realiza una consulta de expectativas frente al tema, de los actores que han trabajado por la inclusión social en el municipio y que se reúnen en el CMD y deriva de allí una estructura conceptual generando unos lineamientos de política pública para Madrid, enmarcados en la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad. 5
Diagnóstico Madrid es un municipio de la Provincia de Sabana de Occidente de Cundinamarca, con 71.564 habitantes para el año 2011, según proyecciones del Censo DANE 2005. La gran mayoría de la población (el 86,42%) vive en el casco urbano del municipio y casi la mitad de la población (49.94%) son mujeres. La pirámide poblacional tiene un ensanchamiento importante en su base mostrando una gran mayoría de población infantil y joven. La pregunta sobre discapacidad, insertada en el censo DANE 2005, arrojó un dato de 3.178 personas con discapacidad, lo que equivale al 4,74% de la población de Madrid para ese año (67.042 hab.), una cifra importante aunque se encuentre por debajo del porcentaje nacional (6,4%). De estas personas censadas se ha aplicado el registro de discapacidad a 680, pero solo se cuenta con el análisis demográfico de 413 registros. Sobre esos 413 registros se establece que el 88% habita en la zona urbana y el 48% son mujeres, lo cual es coherente con los datos de población en general. La mayor parte de los hombres con discapacidad está entre los 5 y los 9 años y la mayor parte de las mujeres con discapacidad están en el ciclo de adulto mayor entre los 75 y 79 años. Este último dato resulta curioso pues la curva por edad para hombres y mujeres es invertida, lo cual puede deberse a la muestra baja de personas registradas y a la forma cómo se haya tomado la misma; sin embargo habría que preguntarse por qué aparecen muchos más niños con discapacidad que niñas y esto podría estar relacionado con la visibilización de cada uno de los sexos en el espacio de la escuela y otros espacios sociales. De cualquier manera el 30% de esta población con discapacidad identificada no tiene ningún nivel educativo, el 29% de los hombres han hecho de manera parcial la básica primaria y el 34% de las mujeres no tiene ningún nivel de educación. Esto, frente a los datos de población en general, que registran que un 6,6% de la población no tiene ningún nivel educativo y que el 39,4% de la población ha alcanzado el nivel de básica primaria y el 39,6%, la secundaria (en población con discapacidad no supera el 20%), revela un nivel de inequidad importante en el acceso a la educación y a la inclusión social de esta población. De la misma manera, en el censo general, se registra una asistencia a la escuela del 48,7% de la población entre 3 y 5 años mientras que para la población con discapacidad esta cifra es del 14%. Si tenemos que la mayor parte de la población Madrileña es población joven y niñez, el panorama de capacidad productiva y de autonomía de la población con discapacidad a futuro puede resultar desalentador. El municipio registra niveles aceptables de afiliación al SGSSS de las personas con discapacidad, estando el 57,7% afiliada al contributivo y el 36,8% afiliada al subsidiado. Sin embargo solo el 11,3% de la población con discapacidad registrada trabaja; el 27,6% de la población se encuentra incapacitada permanentemente para trabajar y sin pensión, y el 29,8% se dedica a los oficios del hogar. El 55,1% de la población no asiste a servicios de rehabilitación por falta de dinero. Esta situación registra un panorama de ocupación muy bajo dentro de la población con discapacidad, debido en parte, y probablemente, a la falta de rehabilitación ocupacional, lo cual redunda en una carga importante de esta población para la economía local y familiar. Finalmente las personas con discapacidad perciben o reciben una actitud negativa hacia su condición, principalmente por parte de su familia o de sus amigos y compañeros. Aunque el municipio ha hecho avances importantes, la población con discapacidad de Madrid aún se encuentra en condiciones de extrema vulnerabilidad razón por la cual es preciso reforzar las acciones de políticas de inclusión en todos los sectores del desarrollo especialmente educación, trabajo, salud, rehabilitación y en la participación social de la personas con discapacidad. Es preciso también hacer un énfasis especial con la población infantil con discapacidad del municipio y con las mujeres con discapacidad. La muestra baja de personas caracterizadas frente a lo encontrado en el Censo DANE del 2005 puede estar mostrando una situación importante de invisibilización de la población con discapacidad pues ha sido difícil ubicarla para su debido registro. 6
Antecedentes El Plan de Desarrollo, “Construyendo a Madrid con Sentido Social”, está cimentado en un enfoque de derechos y de equidad social. Prevé programas encaminados a mejorar la salud, la educación y la productividad de los madrileños y se preocupa por la protección social de la población vulnerable. Este marco de acción resulta propicio para desarrollar desde allí, como efectivamente lo hace, un Programa Integral de Atención a la Discapacidad, liderado por la Secretaría de Desarrollo Social y Económico pero comprometido con un esfuerzo de articulación intersectorial necesario para responder a un tema típicamente trasversal como es la inclusión social de la población con discapacidad. Con esta tarea en agenda, el municipio ha desarrollado, durante el cuatrienio, tres proyectos principales definidos en el Plan: el proyecto de creación de Centro de Vida Sensorial Integral - CVSI, el proyecto de Inclusión Laboral para la Población en Condición de Discapacidad - PIL y el Proyecto de Hidroterapia para la Población en Condición y/o Riesgo de Discapacidad. En el CVSI se desarrollan las actividades de rehabilitación integral de la población con discapacidad, se brinda servicio interdisciplinario de rehabilitación ocupacional, funcional y laboral, y se realizan actividades de integración de los cuidadores y cuidadoras de las personas con discapacidad y sus familias. Adicionalmente, se desarrollan sesiones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y de la discapacidad para madres gestantes, niños y niñas y otras poblaciones, en apoyo a los programas de atención primaria del sector Salud. El PIL es un programa de inclusión laboral que ha logrado ubicar laboralmente a cinco personas con discapacidad, además de las seis que prestan sus servicios a la administración municipal; ha apoyado a 47 personas con discapacidad para que realicen oficios fluctuantes de diferente índole, con lo cual logran percibir algún ingreso económico aportando a su propio sostenimiento y al de sus familias; ha sensibilizando, además, a la empresa privada del municipio haciéndola partícipe de la inclusión social de la población con discapacidad. El Proyecto de Hidroterapia ha beneficiado a 396 personas, utilizando el recurso de la piscina municipal para realizar actividades de rehabilitación en el agua y recreación de las personas con discapacidad que gozan de este programa. Sin embargo la actividad no se ha desplegado solo en estos tres proyectos sino que, desde el seno del Comité Municipal de Discapacidad, se articulan proyectos y acciones que siguen los lineamientos nacionales e internacionales en materia de inclusión social de la población con discapacidad. Es así como en materia de inclusión educativa, se adecuó la infraestructura de instituciones educativas como la IED Serrezuela y la Sede San José para garantizar su accesibilidad y se definió que las construcciones nuevas cumplan con la normativa de accesibilidad física; se cubre el transporte escolar de los niños y niñas con discapacidad para garantizar su asistencia a la escuela; se subsidia el desplazamiento de los niños y niñas con discapacidad auditiva a la ciudad de Facatativá donde están incluidos en aula de sordos; se trasladaron los estudiantes del Centro de Educación Especial a las escuelas municipales, en cumplimiento de las políticas nacionales de educación inclusiva; se acompaña al sector educativo con un equipo interdisciplinario de profesionales de la rehabilitación. Igualmente los niños y las niñas con discapacidad han recibido las ayudas técnicas y la capacitación en herramientas de comunicación pertinentes con su condición, para poder desempeñarse en la escuela. Con el SENA se logró incluir a 20 personas con discapacidad auditiva y cognitiva, mayores de 14 años, en un curso básico de sistemas con el fin de mejorar su preparación para el trabajo; 51 personas en condición de discapacidad han participado en diferentes cursos como Joyería Artesanal, Mantenimiento de Computadores, Elaboración de Productos de Aseo, Arte Utilitario, Panadería y Emprendimiento y Manipulación de Alimentos. En materia de toma de conciencia, se ha hecho sensibilización continua de líderes comunitarios, familias y cuidadores, comunidad educativa, líderes del sector productivo, funcionarios públicos y miembros de la administración municipal. Se conformó un club de 7
padres y un club de cuidadores donde se llevan a cabo jornadas de capacitación en temas de derechos humanos. En el plano artístico se vincula a la población en condición de discapacidad en los eventos culturales que realiza el municipio, en talleres creativos, semilleros en actividades teatrales, de danza, música y artes plásticas. En recreación, las personas con discapacidad participan en las fiestas y festivales ciudadanos y en las vacaciones creativas. En deporte, se incluyen niños y niñas con discapacidad en los centros de educación física de las instituciones de educación básica primaria del municipio, en los procesos formativos de las Escuelas Deportivas y específicamente se apoyó a la Asociación de Sordos - ASORMADRIC, con un instructor que realiza preparación táctica y técnica para el equipo de microfútbol. En cumplimiento de la política nacional de fortalecimiento del Sistema de Información en Discapacidad, se organizó, con la colaboración de la Secretaría del Salud de Cundinamarca y el DANE, una capacitación para avanzar en el registro de caracterización de personas con discapacidad, alcanzándose la realización de 115 registros en el segundo semestre de 2010. Luego se realizaron cuatro jornadas más de registro donde se pudieron caracterizar 151 personas adicionales. Como se ve, Madrid es un municipio fuertemente comprometido con la inclusión social para el cambio hacia una Madrid más equitativa y la experiencia desarrollada confiere un insumo suficiente para avanzar en la formulación de la Política Pública de Discapacidad para el municipio. 8
Política Pública de Discapacidad para el Municipio de Madrid, Cundinamarca. Acuerdo No. 011 de agosto de 2011. “Por el cual se adopta la Política Pública de Discapacidad para el municipio de Madrid” El alcalde de Madrid En uso de sus facultades legales, en especial las concedidas por la Constitución Política de Colombia de 1.991 y Considerando Que el artículo 1° de la Constitución Política de 1991, establece que: “Colombia es un estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en prevalencia del interés general”. Que el inciso 3 del artículo 13° de la Constitución establece que: “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.” Que el artículo 47 de la Constitución establece que: “El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran.” Que el artículo 48 de la Constitución establece que: “Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social”. Que el artículo 49 de la Constitución, modificado por el A.L. 2 de 2009, el cual, en el artículo 1, inciso 1, establece que: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”. Que el artículo 54 de la Constitución establece que: “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud”. Que el inciso 6 del artículo 68 de la Constitución establece que: “La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado”. Que el artículo 93 de la Constitución establece que: “Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia”. 9
Que, de acuerdo al título 1 de la Constitución Política Colombiana -“De los principios fundamentales”- en su artículo 2, son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigilancia del orden justo. Que la Ley 1346 de 2009 aprueba para Colombia la Convención de la ONU de Derechos de las Personas con Discapacidad adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, la Corte Constitucional la declara exequible y es ratificada ante la ONU el 13 de mayo de 2011, siendo Colombia el centésimo país en realizar este trámite. Que la ley 361 de 1997, establece mecanismos de integración social de las personas con limitación, determina el conjunto de derechos de las personas en situación de discapacidad y establece intervenciones a nivel de prevención, educación y rehabilitación, integración laboral, bienestar social y, accesibilidad para las personas con discapacidad. Que la ley 1145 de 2007 organiza el Sistema Nacional de Discapacidad con el fin de impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales en el marco de los derechos humanos. Que el decreto 366 del 9 de febrero de 2009 del Ministerio de Educación Nacional, reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Que el Ministerio de la Protección Social emite en 2010, los Lineamientos de Política en Discapacidad e Inclusión Social: “Avanzando en La Política de Discapacidad”, los cuales plantean un enfoque conceptual para la definición de Política Pública en Discapacidad. Que el Plan de Desarrollo Municipal 2008 – 2012, “Construyendo a Madrid con Sentido Social”, tiene como objetivo general, entre otros propósitos, el de “garantizar a la población los derechos para acceder a los bienes y servicios sociales en función de su bienestar y desarrollo integral…,…así como fortalecer la convivencia, seguridad y paz, promoviendo una cultura ciudadana de inclusión, de respeto a los derechos humanos, equidad y legitimidad institucional…” Que el decreto 079 del 02 de mayo de 2011, deroga el Decreto 245 del 15 de Noviembre de 2005, el cual se hizo en base a la ordenanza No. 21 de la Gobernación de Cundinamarca, y reglamenta el Comité Municipal de Discapacidad del municipio de Madrid, Cundinamarca a los lineamientos de la ley 1145 de 2007 y se dictan otras disposiciones. Que el decreto 076 del 20 de abril de 2011, adopta el Diseño del Mobiliario Urbano y Espacio Público del Municipio de Madrid y se dictan otras disposiciones, y que dicho decreto acoge las normas de accesibilidad en el espacio público establecidas en el decreto 1538 de 2005. Que el diagnóstico de discapacidad realizado en 2011 por la Secretaría de Desarrollo Económico y Social del municipio, muestra que la mayor parte de la población con 10
discapacidad del municipio de Madrid y sus familias, viven en condiciones de pobreza, continúan estando en una situación de exclusión social, educativa y laboral y que es necesario mitigar los efectos negativos de la pobreza y de la condición de discapacidad en esta población. Que el Comité Municipal de Discapacidad se reunió con el fin de direccionar las acciones que deben tomarse prioritariamente para orientar y consolidar a futuro el proceso de inclusión social en el municipio. Acuerda Artículo 1. Adóptese la Política Pública de Discapacidad para Madrid - Cundinamarca, 2011 – 2020 en los términos del presente acuerdo. CAPÍTULO I MARCO GENERAL El marco general presenta el propósito de la Política Pública de Discapacidad para Madrid, las principales definiciones a precisar en torno al tema de discapacidad, los principios y el marco conceptual y enfoques sobre el cual se estructura la misma. Artículo 2. Propósito El propósito de la presente política pública es dar el direccionamiento conceptual y operativo para la construcción de un Madrid incluyente en discapacidad, con equidad social, desarrollo de capacidades y generación de oportunidades para la población con discapacidad, aportando así al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo económico y social del municipio. Artículo 3. Definiciones a) Discapacidad La presente Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, acoge la definición de Discapacidad presentada por la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entiende que las personas con discapacidad son todas aquellas personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo y que en razón de su limitación se enfrentan a barreras físicas o actitudinales que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Sin embargo se reconoce que el concepto de discapacidad es un concepto dinámico y cambiante, complejo y multicausal pues es un concepto que relaciona al individuo con su entorno y que la discapacidad se asume también como parte de la diversidad humana. b) Transversalidad La transversalidad se refiere a una manera de ver la realidad aportando a la superación de la fragmentación de las áreas del conocimiento, a la manera de entender el mundo y a las relaciones sociales en un contexto específico.1 Los temas transversales son aquellos que, en 1 Tomado de: La transversalidad y transectorialidad en el sector público. David Ricardo Francisco Solano Cornejo. XX Concurso del CLAD sobre Reforma del Estado y Modernización de la Administración Pública “¿Cómo enfrentar los desafíos de la transversalidad y de la intersectorialidad en la gestión pública?” Caracas, 2007 11
razón de su importancia para el desarrollo, se convierten en ejes sobre los cuales se construye conocimiento. Los Derechos Humanos y la Discapacidad son temas transversales. Los temas transversales ayudan a generar aprendizaje significativo es decir el aprendizaje que tiene que ver con la realidad de los individuos y con lo que estos individuos ya saben. Este saber se refiere a la adquisición de capacidades no solo desde los conocimientos, sino desde las actitudes y los procedimientos. Entonces la transversalidad es una forma de ver los diferentes aspectos de la realidad a partir de un eje vertebrador importante para el desarrollo que es, para este caso, la Discapacidad. c) Interdisciplinariedad La interdisciplinariedad es una forma consciente e interrelacionada de ver la realidad e implica la armonización de las percepciones de la vida y el conocimiento que tiene cada profesional. La interdisciplinariedad requiere de un liderazgo integrador. d) Interdependencia de los Derechos Significa que todos los derechos humanos están relacionados entre sí y que el avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás. e) Otras definiciones. La presente Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, acoge las definiciones dadas por la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de los conceptos de: Comunicación, Lenguaje, Discriminación por Motivos de Discapacidad, Ajustes Razonables y Diseño Universal.2 Artículo 4. Principios a) Dignidad La dignidad humana es una cualidad inherente a la personas de manera absoluta y se refiere al reconocimiento que se le hace a la persona, y en este caso a la persona con discapacidad, de ser sujeto de derechos humanos, de tener derecho a la vida y a desarrollarse plenamente como individuo, como integrante de una familia y como integrante de una sociedad. Esta Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, cuidará, en todo su accionar, el respeto sagrado a la dignidad de toda persona con discapacidad del municipio. b) Autonomía e Independencia Es el derecho que tienen las personas con discapacidad a decidir por sí mismas sobre su propia vida y las situaciones que la afectan, en plena libertad. Esta libertad está garantizada desde el descubrimiento y potenciación de su identidad, sus habilidades y destrezas y en un marco de 2 La “comunicación” incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso; Por “lenguaje” se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal; Por “discriminación por motivos de discapacidad” se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables; Por “ajustes razonables” se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten. 12
oportunidades. Esta Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, provee las herramientas para avanzar en el establecimiento de las oportunidades necesarias para el desarrollo de la autonomía y de la independencia de las personas con discapacidad y sus cuidadores. c) No discriminación Este principio se refiere a que las personas con discapacidad en el municipio de Madrid no serán tratadas de manera excluyente, ofensiva, en condición de inferioridad o negligencia en ninguno de los escenarios y situaciones de la vida diaria e institucional, en razón de su condición de discapacidad, raza, género, orientación sexual, religiosa o cualquier otra manifestación cultural. Solo se aceptan como tratos diferenciales aquellos relacionados con la provisión de ajustes razonables y medidas específicas para lograr la igualdad de derechos. d) Equidad Es un concepto de justicia natural que mueve a dar a cada uno lo que se merece. En el lenguaje de Derechos, todas las personas son iguales, pero al mismo tiempo el criterio de equidad implica un concepto de aceptación de la diferencia, que no contradice la igualdad de derecho sino que la complementa. Por lo tanto, esta Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, garantiza los apoyos y condiciones de equiparación de oportunidades, para que las personas con discapacidad puedan alcanzar condiciones de vida y de trabajo, dignas e igualitarias. e) Diversidad La diversidad se refiere al reconocimiento de la variedad, de la diferencia, de la desemejanza, de la abundancia de cosas distintas en la cultura humana. Esta Política Pública de Discapacidad para Madrid, reconoce e incorpora la diversidad de la persona humana, y por ende de la persona con discapacidad, en razón de su cultura, su etnia, su género, su opción sexual, su condición. Adicionalmente reconoce la diversidad que hay dentro de la condición misma de discapacidad. f) Corresponsabilidad La responsabilidad de construir una sociedad incluyente, solidaria y feliz, no es una tarea exclusiva del gobierno municipal y de sus instituciones. Las organizaciones privadas y del tercer sector, las personas con discapacidad y la población en general deben asumir compromisos y actitudes que favorezcan la inclusión social. Esta Política Pública de Discapacidad para Madrid, provee los espacios y escenarios necesarios para el diálogo de los actores sociales en el municipio. g) Transectorialidad La presente Política Pública de Discapacidad para Madrid, Cundinamarca, se rige por un principio de transectorialidad. La transectorialidad es la expresión sectorial de la transversalidad y de la interdisciplinariedad3, es decir, es el concurso y aporte de las diferentes disciplinas de todos los sectores de la administración municipal – y del sector privado y comunitario- para articular y armonizar, entre sí, las decisiones de política que se tomen sobre discapacidad e inclusión social, pues estas son generalmente de carácter trasversal, o sea afectan varias áreas de gestión al mismo tiempo. La transectorialidad de la Política Pública de Discapacidad cristaliza en la articulación del trabajo entre las diferentes instancias de la alcaldía municipal, representadas en el Comité Municipal de Discapacidad o el que haga sus veces, con el fin de articular racionalmente las acciones para la inclusión social y definir programas y proyectos integrales. 3 Veáse las definiciones de transversalidad y de interdisciplinariedad en el artículo 3, definiciones b) y c). 13
Artículo 5. Enfoques La discapacidad se ha entendido, a lo largo de la historia, desde diferentes modelos conceptuales: el modelo de caridad o de prescindencia, el modelo médico o rehabilitador, el modelo social y el enfoque de derechos. Aunque estos modelos se describen desde momentos específicos de la historia de la humanidad, no se puede decir que alguno de ellos haya sido superado sino que coexisten en el periodo actual, con énfasis en alguno de ellos. Este énfasis depende de la institución, el sector, las necesidades de la población específica a ser atendida y el modelo de desarrollo de quien lo esté utilizando, entre otros factores posibles. Así mismo la formulación de Política Pública en Discapacidad en Colombia se acoge a diferentes modelos teóricos de desarrollo social que también dependen de la ideología política del gobierno vigente en la época de la formulación de la misma, de modelos teóricos pertinentes y de enfoques académicos y políticos de quienes las formulan. Para construir el enfoque teórico de la Política Pública de Discapacidad para Madrid, no se ha querido construir un modelo conceptual para la misma, porque esta tarea excede las pretensiones prácticas del municipio de atender efectivamente a la población con discapacidad y porque las instituciones del orden nacional e internacional han aportado modelos teóricos suficientes para enmarcar esta propuesta. Lo que se ha hecho es revisar la labor adelantada por la alcaldía municipal en materia de inclusión social de la población con discapacidad desde el año 2008 en que se crea el Programa Integral de Atención a la Discapacidad. En un taller celebrado con el Comité Municipal de Discapacidad – CMD, se revisaron las acciones realizadas y sus logros y se proyectaron las acciones que los integrantes de este comité, como representantes de la población con discapacidad del municipio, creen que es posible realizar. Este conjunto de actividades hechas y por hacer, al igual que los documentos, informes, proyectos y programas elaborados por la Secretaría Técnica del CMD, fueron analizados tratando de desentrañar desde ese hacer, los supuestos teóricos que allí subyacen, explícitos o implícitos y armonizándolos con los lineamientos teóricos nacionales e internacionales vigentes a la fecha. Estos elementos muestran un fuerte énfasis en el interés de la administración por la protección y el desarrollo de capacidades de las Personas con Discapacidad. Se ha priorizado la atención personalizada y con enfoque diferencial de cada una de las personas con discapacidad localizadas e identificadas en el registro de caracterización de estas personas. Se han realizado las acciones necesarias para proveer apoyos y condiciones que les permitan, acceder a oportunidades de estudio y trabajo. Por ello hay un fuerte énfasis en procesos de rehabilitación funcional y ocupacional, un trabajo importante en inclusión educativa y laboral, apoyo legislativo para garantizar la accesibilidad progresiva en el municipio y el impulso al fortalecimiento institucional que permita el funcionamiento de toda esta oferta. Por eso, la Política Pública de Discapacidad para Madrid acoge, como elementos de su marco conceptual, aquellos que se centran en el desarrollo del Ser Humano y son los siguientes: a) El enfoque de Derechos aportado por la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad que, como tratado de derechos, reconoce la dignidad humana 14
de la persona con discapacidad, su libertad y su autonomía y que por lo tanto aboga por la titularidad, la garantía y la restitución de los derechos para esta población.4 b) El enfoque de Desarrollo Humano que considera que alcanzar la plenitud del florecimiento de las capacidades humanas es el sentido y fin de todo desarrollo (Aristóteles). Así, el Desarrollo Humano se relaciona con las oportunidades y la libertad que una sociedad le brinda a las personas para desarrollar toda su potencialidad con el fin de lograr su proyecto de vida. Esto está relacionado a su vez con las garantías que esa sociedad le proporciona al ser humano en materia de derechos y disponibilidad de bienes y servicios. c) El enfoque de Desarrollo Equitativo, Disminución de la Desigualdad Social y de la Exclusión, aportado por el Plan de Desarrollo Municipal 2008 – 2011, el cual se centra en la reducción de la desigualdad y la polarización social, mediante la identificación clara de la población más pobre del municipio y en la atención especial a los grupos vulnerables que se encuentran en mayor situación de exclusión social, con el fin de generar acciones que ayuden a superar estas condiciones de vida. d) El enfoque Diferencial que busca adaptar las acciones que se realizan en pro de la igualdad de las personas con discapacidad teniendo en cuenta su condición específica relacionada con su situación de pobreza, su condición de desplazamiento, género y otras, pero en especial, para este caso, teniendo en cuenta los diferentes tipos y grados de discapacidad que no pueden abordarse de igual manera y que requieren medidas específicas dentro de un marco de equidad. e) El enfoque de Ciclo Vital por el cual se reconocen los diferentes requerimientos de orden bio – psico – social y cultural que tienen los individuos a lo largo de las etapas de su vida, desde la concepción hasta la muerte. f) El enfoque de Desarrollo a Escala Humana de Manfred Max Neef cuya premisa fundamental es que el desarrollo se refiere a las personas y no a los objetos. Por ello, para Max Neef, “el mejor proceso de desarrollo será aquel que permita elevar más la calidad de vida de las personas”. Esa calidad de vida de las personas está determinada a su vez, por la posibilidad que tengan las personas de satisfacer adecuadamente sus necesidades humanas fundamentales. Esas necesidades humanas fundamentales son pocas, clasificables e iguales en todas las culturas y períodos históricos y Max Neef las clasifica cruzando las necesidades axiológicas (Subsistencia, Protección, Afecto, Entendimiento, Participación, Ocio, Creación, Identidad y Libertad) con las necesidades existenciales (Ser, Tener, Hacer y Estar).5 g) Los Objetivos de Desarrollo del Milenio que no son propiamente un enfoque pero sí un compromiso asumido por Colombia y, de manera explícita, por el plan de Desarrollo 2008 – 2011 del municipio de Madrid para combatir la pobreza, especialmente en lo que tiene que ver con la infancia, la equidad de género, la educación para todos y la productividad y el empleo, temas que tocan directamente con la política de inclusión de la población con discapacidad. 4 Para mayor información ver la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad. http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf 5 Para mayor información ver: DESARROLLO A ESCALA HUMANA. Conceptos, aplicaciones y algunas reflexiones. Manfred A. Max- Neef. Con colaboraciones de Antonio Elizalde y Martín Hopenhayn. Coedición acordada por Nordan – Comunidad de Montevideo e Icaria Editorial SA de Barcelona. Primera edición: marzo 1994. Segunda edición: octubre 1998 15
Artículo 6. Marco Conceptual Para estructurar este documento de Política, se acoge la propuesta hecha por el Ministerio de la Protección Social en los lineamientos de Política Pública de 2010, donde se cruzan los derechos consignados en la Convención de la ONU con los marcos de referencia emanados del “diálogo entre las diversas definiciones sobre discapacidad, política social y desarrollo en el contexto colombiano” y los cuales se estructuran en el marco del concepto de Desarrollo a Escala Humana propuesto por Manfred Max Neef.6 Estos marcos de referencia son tres: 1. Marco de Protección Social Básica. Está centrado en acciones, proyectos y programas cuyo objetivo sea garantizar las necesidades básicas de la persona con discapacidad para asegurarle unas condiciones mínimas para su desarrollo personal. Estas acciones se pueden agrupar, en general aunque no exclusivamente, dentro de las necesidades axiológicas de subsistencia, protección y afecto que tiene todo ser humano y que pueden ser satisfechas de diferentes maneras. 2. Marco de Compensación y Cohesión Social. Está centrado en promover la inclusión familiar y al grupo social inmediato, de las personas con discapacidad. Amplía la gama de necesidades hacia los procesos de inclusión educativa, laboral, a la recreación y a los todos los demás procesos sociales en el ambiente comunitario. Las acciones se agrupan dentro de las necesidades axiológicas de entendimiento, participación, ocio y creación y en esa medida se relacionan con la adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos dentro del espacio familiar y en el ambiente comunitario. 3. Marco de Equiparación para el Desarrollo. Está centrado en la implementación de medidas que permean la igualdad de oportunidades para la población con discapacidad, el reconocimiento de la diferencia, la diversidad de la condición humana y la diversidad de la condición de discapacidad. Las acciones se agrupan en la realización de las necesidades axiológicas de identidad y libertad y por lo tanto acoge todas las medidas en contra de la discriminación. La relación de los marcos conceptuales con los derechos de las personas con discapacidad consagrados en la Convención de la ONU, se plantea de la siguiente manera, sabiendo que en este enfoque, los derechos actuarían como satisfactores de las necesidades axiológicas y por lo tanto un mismo derecho puede desarrollarse dentro de más de un marco conceptual. Sin embargo se priorizó cada uno de ellos en solo marco, así: Marco de Protección Social Básica: Artículo 10: Derecho a la vida Artículo 15: Protección contra la tortura exclusión y tratos crueles e inhumanos. Artículo 16: Protección contra la explotación, la violencia y los abusos. Artículo 17: Protección a la Integridad Personal. Artículo 20: Movilidad personal. Artículo 22: Respeto a la privacidad. Artículo 25: Salud. Artículo 26: Habilitación y Rehabilitación. Artículo 28: Nivel de vida adecuado y protección social. 6 Para mayor información ver: LINEAMIENTOS DE POLÍTICA EN DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL: AVANZANDO EN LA POLÍTICA DE DISCAPACIDAD. República de Colombia. Ministerio de La Protección Social. Dirección General de Promoción Social. 2011. 16
Marco de Compensación y Cohesión Social: Artículo 6: Atención diferencial a la mujer. Artículo 7: Atención diferencial a la niñez y adolescencia. Artículo 19: El Derecho a vivir independiente en la comunidad y a ser incluido en la sociedad. Artículo 23: Respeto al hogar y a la familia. Artículo 24: Inclusión educativa. Artículo 27: Inclusión laboral. Artículo 30: La Participación en actividades culturales, recreativas, esparcimiento y deportivas. Marco de Equiparación para el Desarrollo: Artículo 5: Igualdad y no discriminación. Artículo 8: Toma de conciencia. Artículo 9: Accesibilidad a la comunicación y al trasporte. Artículo 12: Igualdad en reconocimiento ante la ley. Artículo 13: Acceso a la justicia. Artículo 14: Libertad y seguridad de la persona. Artículo 18: Libertad desplazamiento y nacionalidad. Artículo 21: Libertad de expresión de opinión y acceso a la información. Artículo 29: Participación en la vida política y la asociatividad. CAPÍTULO II LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD Marco de Protección Social Básica. Centrado en acciones, proyectos y programas cuyo objetivo sea garantizar las necesidades básicas de la persona con discapacidad para asegurarle unas condiciones mínimas para su desarrollo personal. Artículo 7. De la Protección Social de la Población con Discapacidad. Este artículo se refiere a la provisión de condiciones mínimas de supervivencia y de aseguramiento de las personas con discapacidad y de sus cuidadores en condición vulnerable, en razón de su pobreza, necesidades básicas insatisfechas, condición de desplazamiento, severidad de su condición de discapacidad, indigencia, falta de red familiar y otros aspectos de su vida que atenten contra su dignidad humana y la preservación del mínimo vital con el fin de asegurar su bienestar. En ese sentido, el municipio de Madrid debe: a) Garantizar el aseguramiento dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud de todas las personas con discapacidad del municipio y de sus cuidadores, especialmente de aquellos que no tienen una opción laboral o productiva. b) Garantizar que las personas con discapacidad y sus cuidadores accedan a los programas pensionales que el Estado determine para la población más vulnerable. c) Garantizar que todas las personas con discapacidad del municipio tengan acceso al agua potable, a los servicios públicos y al saneamiento básico en sus lugares de residencia. d) Garantizar la inclusión de las personas con discapacidad y cuidadores mayores, en programas de atención a la tercera edad que propendan por el desarrollo de su 17
autonomía y de habilidades para incluirse en la vida productiva, familiar, comunitaria y cultural. e) Verificar que las personas con discapacidad y sus cuidadores no sean víctimas del delito de trata de personas, en ninguna de sus modalidades y en dicho caso proveer toda la atención prevista por la ley para estas situaciones. f) Garantizar la inclusión de la población con discapacidad más vulnerable y sus cuidadores, en programas de nutrición y seguridad alimentaria, especialmente la población infantil, las mujeres gestantes y lactantes, y los adultos mayores. g) Promover la integración a la comunidad de la población con discapacidad más vulnerable y sus cuidadores, mediante su inclusión en programas artísticos, deportivos y recreativos. h) Garantizar, a la población con discapacidad más vulnerable y a sus cuidadores, el acceso a la vivienda digna y al mejoramiento de sus condiciones de habitabilidad en temas como: accesibilidad, saneamiento básico y embellecimiento de las mismas. i) Garantizar el suministro de ayudas técnicas y tecnológicas para la población con discapacidad más vulnerable que las requiera, especialmente aquellas que no estén contempladas en los planes de aseguramiento. j) Propender por la calidad y la calidez de las instituciones y personas que brindan los servicios de protección, atención y asistencia para la población con discapacidad y sus cuidadores. Artículo 8. Del Derecho a la Salud de la Población con Discapacidad. Este artículo se refiere al derecho que tienen las personas con discapacidad a recibir atención integral en salud, sin discriminación, en razón de su discapacidad y de acuerdo al grado de la misma, a su ciclo vital y en todos los niveles de atención que brinda el SGSSS.7 En este sentido, el municipio de Madrid debe: a) Asegurarse que todas las personas con discapacidad del municipio y sus cuidadores se encuentran incluidos en el SGSSS, y son beneficiarios de un Plan Obligatorio en Salud, ya sea en el régimen subsidiado, en el contributivo o como población vinculada. b) Asegurarse que todos los programas de Prevención de la Enfermedad y Promoción de la Salud incluyan dentro de su población beneficiaria a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás personas y de acuerdo al tipo de población atendida en cada programa, a saber: niños y niñas en crecimiento y desarrollo, salud sexual y reproductiva, mujeres en gestación y lactantes, vacunación, salud oral y demás programas de atención primaria en salud. c) Asegurarse que todas las personas con discapacidad del municipio y sus cuidadores sean beneficiarios del Programa de Intervenciones Colectivas en Salud Pública, sin discriminación en razón de su condición de discapacidad. d) Garantizar que las personas con discapacidad y sus cuidadores del sector rural reciban toda la atención y el cuidado en salud a que tienen derecho. e) Garantizar la atención integral y cobertura total de la población con discapacidad y sus cuidadores, cuando su estado de salud se vea afectado en cualquier grado de severidad, brindándoles prestación de servicios especializados, infraestructura física en cantidad y calidad suficientes y accesible, atención profesional, técnica y auxiliar suficiente, desde diferentes disciplinas, con calidad y calidez y brindando las garantías de traslado de las personas con mayor grado de discapacidad o movilidad. f) Proveer el suministro de medicamentos que requieran las personas con discapacidad en razón de su condición de salud. 7 SGSSS: Sisteam General de Seguridad Social en Salud. Ley 100 de 1993. 18
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