Puntos finos a la reforma - en materia de subcontratación www.bhrmx.com

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Puntos finos a la reforma
     en materia de subcontratación

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Leyes y códigos que se reformarán

• Ley Federal del Trabajo
• Ley del Seguro Social
• Ley del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
• Código Fiscal de la Federación
• Ley del Impuesto Sobre la Renta
• Ley del Impuesto al Valor Agregado
• Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
  Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
• Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis Del Apartado B, Del
  Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
  Mexicanos

Aprobadas por ambas Cámaras el pasado martes 20 de abril de 2021.
Publicadas en el DOF el pasado 23 de abril de 2021.
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¿Qué la motivó?

• Violación a los derechos de los trabajadores.
• Daño al Fisco.
• Afectación al IMSS, INFONAVIT, ISSSTE.
• Competencia desleal entre empresarios (cumplidos vs no cumplidos).
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Puntos Finos

1
Se prohíbe la subcontratación de personal.

2
Se podrá subcontratar únicamente cuando se trate de servicios
especializados y ejecución de obras especializadas.

3
Registro obligatorio de empresas de subcontratación especializada
ante la STPS.

4
Responsabilidad solidaria de las empresas contratantes hacia con
los trabajadores de las contratistas en caso de incumplimiento.
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Puntos Finos

5
La PTU se topa a tres meses de salario, o bien el promedio de lo
recibido en los últimos tres años, aplicándose lo que mas beneficie
al trabajador.

6
Para evitar simulación y defraudación fiscal, se homologan los
criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley
Federal del Trabajo.

7
El gasto no será deducible y el IVA no será acreditable, en el pago
de servicios de subcontratación de personal o en el caso de no
cumplir los requisitos correspondientes en la subcontratación de
servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
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Puntos Finos

8
Los informes de subcontratación de servicios especializados o la
ejecución de obras especializadas ante el IMSS e INFONAVIT (PS1
y SIRESO) se deberán presentar cuatrimestralmente, en caso de
no presentarlo antes del día 17 del mes que corresponda no habrá
cumplimiento espontáneo, por lo que se impondrá la multa
correspondiente en caso de extemporaneidad.

9
Se endurecen las sanciones para el caso de incumplimiento, por
ejemplo, se considerará como delito de defraudación fiscal a quien
utilice esquemas simulados de servicios u obras especializadas o
quien realice subcontratación de personal. El cual se castigará con
3 y hasta 9 años de prisión dependiendo del monto defraudado.
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Puntos Finos

10
Se elimina el registro patronal por clase de riesgo ante el
IMSS.

11
Se elimina la obligación de retención del 6% de IVA.

12
También se aplicará la prohibición de subcontratación laboral
en el sector Público, con las mismas especificaciones.
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Plazos una vez publicada la reforma

• 30 días para que la STPS expida las disposiciones de carácter general, para el registro de prestadoras de
  servicios u obras especializadas.
• 90 días para que una vez publicados los lineamientos, las empresas comiencen a regularizarse y transferir a
  sus trabajadores, reconociéndolos como propios.
• 90 días para que las empresas prestadoras de dichos servicio obtengan su registro.
• 90 días para que las empresas den de baja registro patronales adicionales.
• Cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS.
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• Es importantísimo que las empresas ideen estrategias para definir qué clase de servicios constituyen servicios
  especializados y cuáles no, para de esa forma determinar lo que pueden subcontratar sin hacerse acreedores
  a sanciones por parte de la autoridad, que será la encargada de validar la especialidad de los servicios para
  poder registrar a las empresas en el padrón que creará para este fin.
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Algunos consejos

• Empieza por definir la actividad principal del
  negocio como aquella de la que se obtiene mayor
  ingreso o en la que el personal invierte la mayor
  cantidad de horas de trabajo.
• Clasifica los servicios contratados en el proceso
  productivo. ¿Estos son estratégicos, operativos o
  de soporte?
• Evalúa las funciones del personal subcontratado
  para determinar su nivel de participación
  operativo o decisivo.
• ¿Cuáles son las competencias y habilidades de
  estos trabajadores? Responder esto te será útil
  para definir la especialidad del servicio.
• Evalúa el nivel de cumplimiento fiscal y laboral del
  prestador de servicios.
L.C.C. Carlos Brito
                   Socio Director

            L.D. y M.D.F. Daniel Rojas
         Responsable del Área Legal-Fiscal

M.D.F.A, E.F.P. y L. D. Francisco David Vilchis Orea
            Responsable del Área Legal

                 dn@bhrmx.com
                 Tel:555447 7400

               ¡GRACIAS!

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