Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción 2020
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Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción 2020 Colegio El Sembrador
Índice Título 1: Evaluación ............................................................................................................................ 1 Artículo 1: Periodo Escolar Adoptado ............................................................................................ 1 Artículo 2: Evaluación, uso de la evaluación. ................................................................................. 1 Artículo 3: Formas de Evaluación. Criterios de Evaluación. Comunicación y comprensión de los criterios de Evaluación. ................................................................................................................... 2 Artículo 4: Calidad y pertinencia de las actividades de Evaluación ............................................... 3 Artículo 5: Espacios para el diseño y reflexión sobre la evaluación en aula que realizan las y los docentes en el EE. ........................................................................................................................... 4 Artículo 6: Fortalecimiento de la evaluación formativa .................................................................. 5 Artículo 7: Diversificación de la evaluación. .................................................................................. 6 Artículo 8: Procesos de aprendizaje. Progresos de aprendizaje. Logros de aprendizaje. Instancias de comunicación, reflexión y toma de decisiones sobre proceso, progreso y logros de aprendizaje. ......................................................................................................................................................... 7 Artículo 9: Espacios para la reflexión y toma de decisiones entre los integrantes de la comunidad educativa, centradas en el proceso, progreso y logro de aprendizaje de los Estudiantes. ............... 8 Título 2: Calificación .......................................................................................................................... 8 Artículo 10: Coherencia entre la planificación y la calificación final anual por asignatura o módulo............................................................................................................................................. 8 Artículo 11: Criterios sobre eximición de evaluaciones calificadas y evaluaciones recuperativas. 9 Artículo 12: Sistema de registro de calificaciones ........................................................................ 11 Artículo 13 Casos de plagio o copia.............................................................................................. 13 Título 3: Promoción y Repitencia ..................................................................................................... 15 Artículo 14: Promoción de estudiantes. Situaciones de incumplimiento de mínimo de asistencia. ....................................................................................................................................................... 15 Artículo 15: Casos especiales de evaluación y promoción ........................................................... 16 Artículo 16: Promoción y Repitencia de estudiantes que no cumplan los criterios para la promoción automática ................................................................................................................... 17 Artículo 17: Situación Final .......................................................................................................... 18 Artículo 18: Cantidad Repitencia .................................................................................................. 18 Artículo 19: Continuidad de Estudios ........................................................................................... 18 Artículo 20: Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar ....................................... 19 Artículo 21: Situaciones de Carácter Excepcional ........................................................................ 19 Artículo 23: Otras Consideraciones .............................................................................................. 19 Título 4: De La Diversificación De La Enseñanza Y Diversificación De La Evaluación ................ 20 Artículo 24: Definición de la Enseñanza Diversificada ................................................................ 20 Artículo 25: Estrategias de Implementar la Enseñanza Diversificada .......................................... 21
Artículo 26. Conceptualización Adecuación Curricular. .............................................................. 21 Artículo 27. Criterios de Adecuación Curricular. ......................................................................... 22 Artículo 28. Criterios para determinar el nivel o Intensidad de una adaptación curricular significativa: .................................................................................................................................. 24 Artículo 29. Elementos curriculares que se podrán modificar cuando se realiza una adaptación curricular significativa: ................................................................................................................. 24 Artículo 30. Criterios para determinar el nivel o Intensidad de una adaptación curricular no significativa: .................................................................................................................................. 25 Artículo 31: Responsabilidad de adecuaciones curriculares. ........................................................ 25 Artículo 32. Diversificación de la Evaluación .............................................................................. 26 TÍTULO 5. DISPOSICIONES FINALES ........................................................................................ 28 Artículo 33. Difusión .................................................................................................................... 28 Artículo 34. Responsabilidad ........................................................................................................ 28 Artículo 35. Actualización ............................................................................................................ 28 Anexo1 .............................................................................................................................................. 29 Plan de Adecuación Curricular Individual ........................................................................................ 29
Reglamento de Evaluación Colegio El Sembrador – Decreto 67 Articulo 1.- El presente decreto establece de las normas mínimas nacionales de evaluación, calificación y promoción para los estudiantes que cursen la modalidad tradicional de la enseñanza formal en los niveles de educación básica y media, en todas sus formaciones diferenciadas, en establecimiento educacional reconocidos oficialmente por el Estado, regulados en el párrafo 2°del Título II, del decreto con fuerza de Ley N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, en adelante ley. Título 1: Evaluación Artículo 1: Periodo Escolar Adoptado El periodo escolar que adoptará el Colegio El Sembrador será el Semestral, debido a que facilita el trabajo al mantener el lineamiento de las Bases Curriculares del Ministerio de Educación y lograr así de mejor forma la cobertura Curricular. Artículo 2: Evaluación, uso de la Evaluación. Evaluación en el aula: se refiere a una amplia gama de acciones lideradas por los y las docentes para que tanto ellos como sus estudiantes puedan obtener evidencia sobre el aprendizaje e interpretarla para tomar decisiones que permitan promover el progreso del mismo y mejorar los procesos de enseñanza. Evaluación Formativa: la evaluación cumple un propósito formativo cuando se utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Evaluación Sumativa: la evaluación cumple un propósito sumativo cuando entrega información acerca de hasta qué punto los estudiantes lograron determinados objetivos de aprendizaje luego de un determinado proceso de enseñanza. Se utiliza para certificar los aprendizajes logrados, comunicándose, generalmente, mediante una calificación. 1
Para que la evaluación, como herramienta pedagógica, pueda fortalecerse y sea apoyo para el aprendizaje de los estudiantes, se promueven los siguientes criterios de calidad mínimos: Alineamiento con los aprendizajes Evidencia evaluativa suficiente y variada Evaluar procesos, progresos y logros, y calificar solo aquellos logros de aprendizajes que los estudiantes han tenido oportunidades para aprender Situaciones evaluativas que muestren el sentido o relevancia del aprendizaje para los estudiantes Estrategias evaluativas diversificadas Calificación: Se entenderá por calificación la representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto. Artículo 3: Formas de Evaluación. Criterios de Evaluación. Comunicación y comprensión de los criterios de Evaluación. Formas y Criterios de Evaluación: En cuanto a las formas de evaluar, éstas serán: diagnósticas, formativa y Sumativa. Formas de Evaluar en cada Asignatura/módulo, como mínimo necesario: Los indicadores de evaluación estarán definidos por el profesor a cargo de la asignatura, a partir de los acuerdos tomados en la reflexión pedagógica, seleccionados del Plan Anual según el currículo y los Programas de Estudio. Cómo comunicar las formas y criterios de evaluación a los estudiantes: Las formas y criterios de evaluación se darán a conocer a todos los estudiantes al inicio de cada unidad, a través de una Ruta de Aprendizaje la cual deberá considerar: duración de la unidad, propósito, conceptos claves, qué van a aprender, para qué les va a ser útil en su vida, cuál es o son las actitudes que deben tener para desarrollar la unidad y el cómo serán evaluados. Estrategias que se promoverán para que los y las estudiantes comprendan los criterios con los que serán evaluados: Para promover que los estudiantes comprendan los criterios de evaluación, al inicio de cada unidad, así como también al inicio de cada clase, estos se analizaran de forma oral, ya 2
sea en una evaluación Formativa o Sumativa. Además, en cada clase deberá destacarse el concepto clave, objetivo de la clase o indicador de evaluación a desarrollar y qué se debe aprender. Estrategia de información a los Padres, Madres y Apoderados: Al inicio de cada unidad se dará a conocer a los padres y apoderados, los criterios de evaluación, objetivos y Evaluaciones (Proyectos, Rúbricas, Evaluaciones Sumativas, etc.) a trabajar en cada unidad, a través de un documento (Ruta de Aprendizaje) que presente el resumen de la Unidad, duración de ésta, propósito, palabras claves, habilidades, actitudes, objetivos de aprendizaje, formas e indicadores de evaluación. Este resumen se realizará en cada asignatura/nivel y será publicado por cada docente/educadora en la Webclass para visualización de estudiantes y apoderados. El apoderado deberá firmar en la primera reunión que toma conocimiento de la medida y que debe revisar la información de forma constante; sin perjuicio de aquello, lo puede solicitar en entrevista personal con el o la docente de asignatura. Artículo 4: Calidad y Pertinencia de las Actividades de Evaluación Lineamientos para cautelar que exista retroalimentación de las actividades de evaluación: la evaluación formativa se debe realizar durante todos los momentos de la clase, para así asegurar una retroalimentación efectiva de los aprendizajes no logrados, además al término de cada clase se desarrollará una bitácora de aprendizaje o ticket de salida en forma oral o escrita la cual debe servir de base para constatar el logro de aprendizajes profundos; de igual forma en la finalización de la misma clase o el inicio de la siguiente se debe realizar la retroalimentación de los aprendizajes no logrados. Estrategias para el seguimiento de la calidad y pertinencia de las actividades de evaluación. Para asegurar la pertinencia y calidad de las evaluaciones: Las evaluaciones sumativas de proceso y producto final deberán ser entregadas y visadas por la unidad técnico pedagógica. Posterior a una evaluación Sumativa de producto final en cada asignatura se destinará una hora pedagógica de clases, para retroalimentar, el instrumento de evaluación, abordando aquellos ítems de la evaluación que para los estudiantes fueron más complejos. 3
Formas en que se coordinarán los equipos para definir la frecuencia de las actividades evaluativas, en función de evitar la sobrecarga y resguardar los espacios de vida personal, social y familiar de los Estudiantes. Los docentes se reúnen por nivel o asignatura en reuniones planificadas y coordinadas por UTP, para definir la frecuencia de las actividades evaluadas. Para ello, se considera la cantidad de objetivos a tratar por asignatura y nivel. Completando Plantilla de Evaluación entregada en la Ruta de Aprendizaje. Artículo 5: Espacios para el Diseño y Reflexión sobre la Evaluación en aula que Realizan las y los Docentes en el EE. Se destinará parte del primer GPT de cada mes para que los y las docentes se reúnan por asignaturas/nivel y acuerden criterios de evaluación y las evidencias evaluativas centrales en cada asignatura o ámbito, favoreciendo la mejora continua de las prácticas docentes. Como resultado de dicha reunión, los y las docentes deberán crear documentos e instrumentos de evaluación sumativa donde se definan los criterios de evaluación. Se destinará parte del segundo GPT del mes para que los y las docentes puedan reflexionar y compartir experiencias en la implementación de los procesos evaluativos (pruebas, rúbricas, pautas de evaluación, etc.) en el aula, respecto de su pertinencia, variedad, diversificación, capacidad para motivar a los estudiantes, promover aprendizajes, y ajustarlos en función de esa reflexión. En las reuniones de reflexión pedagógica se establecerán instancias en que los docentes lleven evidencias evaluativas de los estudiantes para reflexionar sobre los niveles de aprendizaje que muestran; de modo de analizar tanto los resultados de la evidencia como generar propuestas de trabajo para la mejora de sus aprendizajes. 4
Artículo 6: Fortalecimiento de la Evaluación Formativa Estrategias para potenciar la evaluación formativa. La Evaluación Formativa se basa en un proceso deliberado de toma de decisiones pedagógicas, utilizadas por los profesores y estudiantes. Para lograr esto, los profesores llevarán a cabo el siguiente ciclo de procesos: a) Seleccionar metas de aprendizaje y aclarar la intención del aprendizaje: Consiste en aclarar a los estudiantes qué es lo que será aprendido durante la clase, para lo cual se seleccionan metas de aprendizaje que permitan desarrollar las habilidades, conocimientos y actitudes que el docente espera que logren sus estudiantes al finalizar la clase. Las metas deberán ser focalizadas y comunicadas claramente a los estudiantes, ayudándolos a realizar conexiones entre lo que están aprendiendo en una secuencia de clases para mantenerlos involucrados con su aprendizaje. b) Desarrollar y clarificar criterios de logro de las metas de aprendizaje: Los criterios de logro deben ser comunicados claramente a los estudiantes al momento de entregar la ruta de aprendizaje. Los focos principales para clarificar los criterios de logro son explicitando las expectativas de un trabajo de calidad (a través de mostrar ejemplos o contra ejemplos, entre otros métodos). c) Recolectar evidencia: El foco de este proceso está en aquellas tareas o actividades diseñadas por los docentes que permite que los estudiantes se involucren en el aprendizaje, produciendo evidencia acerca de su entendimiento o estado actual. Los docentes utilizarán una variedad de tareas y actividades para recolectar evidencia acerca de cómo los estudiantes están aprendiendo. La evidencia de los estudiantes podrá ser a través de actividades, tareas, preguntas efectivas, observación, respuestas escritas o verbales de los estudiantes, etc. d) Interpretar y analizar la evidencia a partir de la meta de aprendizaje y los criterios de logro: Permitirá determinar el avance del estudiante para decidir qué pasos debe seguir con el objetivo alcanzar la meta deseada: qué es lo que los estudiantes han comprendido, cuáles son sus errores comunes, qué conocimientos previos tienen o no tienen y qué habilidades están o no adquiridas. Esta evidencia se utilizará para ajustar posteriormente la enseñanza. e) Actuar sobre la evidencia identificando la brecha y retroalimentación de los aprendizajes: Tomar decisiones pedagógicas permite identificar brecha de aprendizaje para ajustar la enseñanza a las necesidades de los estudiantes de manera oportuna. El profesor deberá entregar una retroalimentación oral o escrita que describa al estudiante el estado actual de su aprendizaje en relación a los criterios de logro que le permiten alcanzar la meta, y entregar orientaciones para que el estudiante sepa qué es lo que puede hacer para mejorar y cerrar la brecha entre lo 5
que sabe y la meta que debe alcanzar. También se debe utilizar la autoevaluación y la coevaluación entre pares. f) Ajustar la enseñanza a las necesidades de aprendizajes de los estudiantes: Los profesores seleccionarán experiencias de aprendizaje que deberán responder a las necesidades de los estudiantes y que los llevarán a cerrar la brecha entre dónde se encuentran actualmente en el aprendizaje y hacia donde deben ir. Para fortalecer la Evaluación Formativa en el Aula, los profesores utilizarán estrategias como: a) Ficheros de metas de aprendizaje. b) Ficheros de criterios de logros de metas de aprendizaje. c) Bitácora de aprendizaje. d) Ticket de salida. e) Pausa reflexiva. f) Portafolio. g) Registro anecdótico. h) Mapas conceptuales. i) Organizadores gráficos. j) Mapas mentales. k) Autoevaluación. l) Coevaluación. m) Otras determinadas por el docente. Artículo 7: Diversificación de la evaluación. Diversidad en lo referido a instrumentos de evaluación, con la finalidad de poder abarcar a la totalidad de los estudiantes; en caso de estudiantes con necesidades educativas especiales, se realizarán instrumentos y formas de evaluación en conjunto con el o los especialistas del establecimiento y/ o especialistas externos. Además, las evaluaciones deben estar alineadas a los objetivos de aprendizaje, destacando lo formativo, eliminando el estigma de evaluación igual calificación. La evaluación diagnóstica debe ser entendida como la evaluación formativa que permita identificar las conductas de entrada de cada estudiante. En el caso de la evaluación sumativa, ésta debe ser equitativa, justa y flexible, permitiendo que todos los estudiantes puedan mostrar lo que han aprendido. Debido a lo anterior, se debe desvincular la práctica de definir las calificaciones a la relación de horas de la asignatura, y se debe 6
establecer una reflexión pedagógica sobre qué, cuándo y cuánto evaluar y calificar. Por último, debemos considerar que la cantidad de calificaciones no necesariamente debe ser rígida, por lo cual, puede dejarse espacio para remplazar o agregar calificaciones si se identifica la necesidad de recoger nueva evidencia del aprendizaje de cada estudiante. Se desarrollarán también autoevaluaciones y evaluaciones entre pares, con la finalidad de que los estudiantes reflexionen sobre su actuar y el desarrollo de su trabajo. Artículo 8: Procesos de aprendizaje. Progresos de aprendizaje. Logros de aprendizaje. Instancias de comunicación, reflexión y toma de decisiones sobre proceso, progreso y logros de aprendizaje. De acuerdo al criterio del objeto de la evaluación, es posible distinguir tres elementos a evaluar: a) El proceso del aprendizaje: aspectos que reflejan cómo los estudiantes van aprendiendo, por ejemplo, entregar productos a tiempo, participar en clases, etc. Se entenderá como proceso de aprendizaje a la sumatoria de experiencias, evaluaciones, autoevaluaciones, co-evaluaciones y la relación entre toda la comunidad educativa que logre generar y/o construir conocimiento en los estudiantes. Este proceso se reportará mediante entrevistas personales entre los estudiantes y sus padres. Y a su vez, se debe hacer un seguimiento entre los docentes, apoderados y directivos. b) El progreso del aprendizaje: corresponde al avance que tiene un estudiante en su propio aprendizaje. Este concepto, hace referencia a la organización de las unidades diseñadas en base a los lineamentos curriculares entregados por el MINEDUC, con la finalidad de que el aprendizaje de los estudiantes se desarrolle de manera progresiva (de menos a más), y así, a través del tiempo poder ir realizando un seguimiento. Los resultados se comunicarán periódicamente a los apoderados, a la Unidad Técnica Pedagógica, o al equipo de apoyo a fin de monitorear si el progreso se produce y si hay necesidades de adecuaciones curriculares. Se realizarán con docentes análisis bi-mensuales y los apoderados recibirán informes semestrales y citaciones en casos excepcionales. c) El producto del aprendizaje: los elementos que los estudiantes logran saber o hacer 7
Artículo 9: Espacios para la reflexión y toma de decisiones entre los integrantes de la comunidad educativa, centradas en el proceso, progreso y logro de aprendizaje de los Estudiantes. Se realizarán, aparte de los GPT y Jornadas PME, Consejos escolares (docentes y asistentes de la educación) por nivel de manera mensual, para atender y analizar las evidencias evaluativas, con la finalidad de reflexionar entre todos los agentes que componen y son partícipes del proceso educativo de los estudiantes; identificando los casos que requieran mayor atención y medidas, creando estrategias y soluciones en conjunto con todos los agentes de la comunidad educativa, desde los directivos hasta los paradocentes. Título 2: Calificación Artículo 10: Coherencia entre la planificación y la calificación final anual por asignatura o módulo. Al término del segundo semestre, el Colegio el Sembrador, aplicará una evaluación final SUMATIVA de carácter obligatoria, en los niveles de 1° Año Básico a 6°Año Básico, en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemática; y en los niveles de 7° Año Básico a IV° Año Medio en Lengua y Literatura y Matemática sólo a aquellos estudiantes que no logren un promedio final anual igual o superior a 6,0. El resultado de esta calificación tendrá una incidencia directa en el promedio final anual con una ponderación del 20%. El objetivo de dicha evaluación será evidenciar las competencias, habilidades y conocimientos de mayor relevancia obtenidos durante el año cursado, en coherencia con la planificación de unidades designadas en las Bases Curriculares por el Ministerio de Educación en Planes y Programas; por lo que, como base para la elaboración del evaluación Sumativa final se consideran los Desempeños Mínimos establecidos en los Objetivos de Aprendizaje (OA) por las Bases Curriculares en cada Asignatura y Nivel de Enseñanza. Las bases para rendir la evaluación Final, así como la ponderación y normas, serán comunicados a los padres y apoderados en canales formales de comunicación del establecimiento como Informativo escrito en Reunión de Apoderados, página web del colegio y a los estudiantes en las jefaturas correspondientes con al menos un mes de anticipación. Los estudiantes que no asistan a la evaluación sumativa final, consignado por cronograma anual oficial, deberá presentar un certificado médico o ser justificados personalmente por el 8
apoderado en el transcurso del día en que se administra, a los respectivos UTP, pudiendo ser evaluado sin perjuicio de su calificación. En el caso de no presentar dichas justificaciones, se calificará en la evaluación sumativa final con la nota mínima 1.0. Los estudiantes con necesidades educativas especiales, que presentan una evaluación diferenciada con diagnóstico claro, seguimiento y recomendaciones al docente, debidamente entregado durante el año, antes del 30 de mayo, como lo establece el Reglamento del Colegio, que les impida o dificulte cursar en forma regular una asignatura y que rindan evaluaciones diferenciadas durante el año escolar, podrán ser autorizados por UTP, en conjunto con el Profesor Jefe y Profesor Especialista de Asignatura a no rendir la evaluación Sumativa final, en las áreas estipuladas. Para esta eximición, debe adjuntar un documento oficial debidamente fundamentado por las razones ya definidas. Artículo 11: Criterios sobre eximición de evaluaciones calificadas y evaluaciones recuperativas. El decreto N° 67 del ministerio de educación en artículo N° 5 dice: “Los Estudiantes no podrán ser eximidos de ningún módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla.” Por esta razón, se debe considerar como evaluaciones de condiciones distintas y se implementan como el decreto lo pide en este artículo, “Diversificación” pertinente a la situación. Lo central de la diversificación de la evaluación es que los objetivos de aprendizaje y los criterios de logro se mantengan para todos cumpliendo con los formatos que para cada caso “especial” se recomienda: a) Todos los estudiantes con N.E.E., se debe aplicar decreto N° 83 / 2015. (Ver Anexo 1) b) Todos los estudiantes con ausencias prolongadas, serán eximidos de una evaluación con calificación, cuando: b.1. Tenga una licencia médica por más de dos semanas de clase (10 días) y en este periodo se haya concluido una evaluación sumativa de proceso de unidad, se podrá considerar esta última como coeficiente 2 o no considerar si cumple con el mínimo de evaluaciones determinadas por el docente para la unidad. b.2. Tenga una licencia médica que considera un periodo superior a dos semanas de clases (10 días) y en este se desarrollaron evaluaciones calificadas de cierre de unidad, siempre y cuando logre tener un registro de número de calificaciones que le permita obtener un promedio de semestre. En caso contrario; se enviará, a través de su apoderado, material 9
apropiado con especificaciones precisas para obtener una o más calificaciones que le permitan obtener un promedio semestral. b.3. Tenga una licencia por más de un mes de clases (20 días) que impide la obtención de un promedio semestral. En este caso se debe analizar, con todos los antecedentes, por Inspectoría, Dirección, U.T.P. ya que en estas condiciones puede ser causal de repitencia al tener un % menor al 85. Los casos b-1, b-2 deben ser aplicados cuando el estudiante este imposibilitado de desarrollar trabajos guiados por el docente, debido a: 1. Encontrarse hospitalizado. 2. Estar diagnosticado con reposo absoluto por un especialista adhoc al caso, sea este físico o psicológico. Al no ser posible la eximición de una o más calificaciones, por las causales antes descritas, se procederá con la evaluación calificada “Recuperativa”, en la que se debe aplicar: a) El instrumento que corresponda, es decir, del cual se ausentó el estudiante: - Si es prueba de unidad, una prueba de desarrollo con los mismos objetivos evaluados al curso correspondiente - Si es una evaluación sumativa de proceso puede ser cambiado por una evaluación oral, que comprenda lo indicadores de evaluación más relevantes de la unidad. - Si es un informe, este se puede mantener o acordar con el estudiante otra alternativa, esto en función particularmente si este instrumento corresponde a la etapa final de desarrollo de un laboratorio como es el caso de las ciencias ya que generalmente se trabaja en grupos y horas determinadas en sala de laboratorio. - Si es un producto físico como maqueta u otro debe tomar el acuerdo con el profesor fecha de entrega y también si estima necesario trabajarlo fuera de la jornada de clases. Al ser una evaluación recuperativa, queda entendido que la justificación médica o por parte del apoderado permite al estudiante mantener el porcentaje de exigencia de ésta. En caso contrario debe ser evaluado al 70 %. En el caso de que el estudiante no asista y/o no cumpla con una evaluación recuperativa, se citará a su apoderado para tomar conocimiento de la situación y se fijará una nueva fecha para rendir y/o entregar el instrumento de evaluación “recuperativa”. Si el estudiante no se presentara y/o no 10
entregará, en esta nueva oportunidad, el instrumento de evaluación se calificará con la nota mínima 1.0 Artículo 12: Sistema de registro de calificaciones Acerca de las evaluaciones finales. (REGISTRO DE CALIFICACIONES) Las calificaciones de resultados anuales son de gran importancia, ya que entregan una visión de lo adquirido durante el año por el estudiante y entrega una perspectiva de su preparación para el siguiente año. Esto permite al docente y estudiante manejar de forma adecuada la retroalimentación que deben efectuar al inicio del siguiente nivel. En específico: a) En las asignaturas de su plan de estudios la calificación final corresponderá al promedio aritmético de las evaluaciones con calificación del año escolar. El promedio debe ser aproximado, tanto los semestrales como anuales, se procede de la siguiente forma: Ejemplo, 3,84 aproximado es 3,8 3,85 aproximado es 3,9 b) Las asignaturas de Religión, consejo de curso y orientación no tendrán incidencia en la promoción del año cursado. Acerca del número de evaluaciones calificadas por asignatura. De acuerdo al plan de estudios de cada nivel todas las asignaturas tendrán que definir un mínimo y un máximo de calificaciones semestrales, dependiendo del número de las Unidades de Aprendizaje en las que esté estructurado el programa de la asignatura. Este número de calificaciones registradas quedará sujeto a modificaciones en casos eventuales, previo acuerdo de departamentos y autorización de la U.T.P. Como hemos establecido, la evaluación y calificación es un proceso continuo que propende al desarrollo de habilidades e integralidad de nuestros estudiantes se debe entender como prioridad que las calificaciones sumativas contarán con la preparación del estudiante a través de una diversidad de instrumentos. Pon tanto considerar y aplicar: 11
a) Calificación de Procesos: serán obtenidas de las calificaciones promedio de una serie de trabajos realizados en clases por el/la estudiante durante el semestre y / o por unidad; siendo todos parte de un registro de evidencias. Las evaluaciones de procesos deberán ser identificadas como parte de la programación de la asignatura y explicadas por el profesor a los estudiantes en la primera sesión de enseñanza. Es decir, el estudiante debe conocer desde el comienzo cuáles serán las evaluaciones de procesos que formarán parte de las evidencias que se promediarán. Entre estas evidencias pueden encontrarse, controles escritos u orales, exposiciones de investigaciones acotadas al tiempo registrado para la unidad, exposiciones al plenario del curso de tareas asignadas durante la jornada de aula, u otra informada por el docente con una semana de antelación dependiendo de la complejidad de dicha calificación. b) Las Calificaciones de Resultados de Unidad se obtendrán directamente de instrumentos de evaluación aplicados al estudiante al término de ella o bien de un conjunto de objetivos de aprendizaje. El docente determinará los objetivos de aprendizaje relevantes a considerar en este instrumento, teniendo en perspectiva el logro de las habilidades que los y las estudiantes requieren para avanzar y estar preparados para el siguiente nivel de aprendizaje sea este curso o la siguiente unidad. c) También se considera calificación para el registro: representaciones, informes de proyectos, exposición oral de proyectos y otros que se justifiquen en una globalización de contenidos, objetivos y/o habilidades. Estos instrumentos serán evaluados de acuerdo a criterios de rendimiento, se debe utilizar una rúbrica y tiene que estar en conocimiento de los y las estudiantes antes de ser aplicados. d) En cada uno de los casos descritos la evaluación calificada se llevará directamente al registro del libro de clases y a la base de datos utilizada por el colegio El Sembrador. Acerca del registro de evaluaciones por asignatura. La toma de decisiones y cambios en la programación de cada asignatura frente a los resultados de evaluaciones calificadas o no, son relevantes para el logro de los aprendizajes en nuestros estudiantes. Es pertinente seguir y resguardar el siguiente protocolo: a) Para disponer de información periódica para el mismo docente, para estudiantes y apoderados, al menos una calificación mensual en el libro de clases. b) El docente tendrá 10 días hábiles para informar y registrar el resultado de una evaluación sumativa final siempre que este no supere el 30% de calificaciones insuficientes. En esta última 12
situación debe informar a UTP para acordar medidas pedagógicas que permitan a los estudiantes retroalimentar y mejorar los resultados. c) El docente debe registrar las calificaciones en un plazo no superior a dos días hábiles, después de haberles informado a los estudiantes sus resultados. d) El registro de calificaciones en el libro de clases es de exclusiva responsabilidad del docente de asignatura. e) El registro de calificaciones en la base de datos que sirve a la plataforma web, es de exclusiva responsabilidad del docente designado por el Director del establecimiento como “Profesor Jefe”, sin embargo, en los casos que el docente de asignatura no tenga jefatura estos serán los responsables de ingresar sus calificaciones a la plataforma. f) Será responsabilidad del profesor jefe revisar que tanto su libro de clases como la plataforma web estén actualizadas de acuerdo a su calendario de evaluación. Acerca del tipo de instrumento de evaluación calificada. 1. Prueba escrita o ensayos. 2. Prueba escrita objetiva. 3. Prueba oral. 4. Informes escritos. 5. Productos. 6. Prueba especial, nota limítrofe (3,9) 7. Otros. Artículo 13 Casos de plagio o copia En el caso de que se descubra una copia o plagio del estudiante se procederá de la siguiente forma: 1. Registrar la falta en la hoja de observaciones, especificando que el estudiante incurrió en dicha falta, además de estipular que su apoderado debe asistir a firmar un compromiso que quede como respaldo para evitar futuras faltas del estudiante en la misma materia. 2. Citar al apoderado del estudiante por vía telefónica a través de inspectoría general, el cual debe acudir a tomar conocimiento de la falta incurrida por su pupilo en un plazo máximo de dos días. El apoderado debe acudir a firmar la toma de conocimiento con inspectoría general en presencia del profesor/a de la asignatura correspondiente. 13
3. Una vez que el apoderado acude al establecimiento y firma el compromiso –junto al estudiante, que también debe firmar dicho compromiso– se procederá a aplicar una evaluación en una segunda instancia, la cual contemplará los mismos indicadores que la evaluación inicial, no obstante, éste será evaluado bajo un nivel de exigencia del 80%. (aplicable para plagio o copia). En consecuencia, con lo anterior: 3.1 En caso de plagio: En presencia del apoderado y del estudiante, al momento de evidenciar la toma de conocimiento, el docente dará las indicaciones del trabajo que debe realizar el estudiante junto con la respectiva rúbrica o pauta de evaluación. Dicho trabajo deberá ser entregado al docente encargado de la asignatura al día siguiente de la firma del compromiso (especificar día y hora en el acuerdo). El profesor responsable dejará estipulada la hora de entrega del trabajo. *En caso de que el docente encargado no se encuentre en el establecimiento, el trabajo debe ser entregado a algún encargado de la Unidad Técnico Pedagógica (UTP) del establecimiento. 3.2 En caso de copia: En presencia del apoderado y del estudiante, al momento de evidenciar la toma de conocimiento, el docente dejará estipulado que el estudiante deberá rendir una evaluación nueva, ya sea oral o escrita, la cual deberá ser rendida al día siguiente de la cita en una hora especificada por el docente en función de su disponibilidad horaria. *En caso de que el instrumento evalúe de forma escrita y que el docente encargado no se encuentre en el establecimiento, el estudiante debe rendir la evaluación supervisado por algún encargado de la Unidad Técnico Pedagógica (UTP) del establecimiento. No obstante, lo anterior, en caso de que el apoderado no asista a firmar el compromiso al establecimiento dentro del plazo estipulado, el estudiante será calificado con la nota mínima (1,0), la cual será registrada en el libro de calificaciones. Para la aplicación de los puntos anteriores: a) Se define como plagio la acción de extraer información explícita total o parcial desde una fuente no especificada para ser presentada como propia. Lo anterior debe aplicarse en evaluaciones que impliquen realización de trabajos, ensayos, creaciones artísticas, musicales y/o científicas por parte de los estudiantes. b) Se define como copia la acción de replicar la información incluida por otro estudiante en una respuesta escrita en pruebas, trabajos y/o actividades que impliquen calificaciones Sumativa. En ambos casos se incluye la utilización de material anexo al permitido durante una evaluación, como material escrito en papel (torpedo), celulares y todo aquel elemento sospechoso que de indicios de la acción sancionable. 14
Título 3: Promoción y Repitencia Artículo 14: Promoción de estudiantes. Situaciones de incumplimiento de mínimo de asistencia. En la promoción de los Estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia a clases. 1. Respecto del logro de los objetivos, serán automáticamente promovidos los Estudiantes que: a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus respectivos planes de estudio. b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura o el módulo no aprobado. c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien una asignatura y un módulo, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas o módulos no aprobados. d) En el caso de que el o la estudiante obtenga una calificación final 3,9 en una o dos asignaturas y que esto sea causal de repitencia se le aplicará una evaluación Sumativa (Prueba) especial con un 70% de exigencia que contemple los objetivos que sirvan de conducta de entrada para el año siguiente para obtener la nota mínima de aprobación (4,0). En caso de no obtener el porcentaje de aprobación exigido se mantendrá el 3,9 e) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los Estudiantes que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual. (Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los estudiantes en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes. El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico- pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores a la asistencia requerida.) 15
Artículo 15: Casos especiales de evaluación y promoción a) Incorporación Tardía: Aquellos estudiantes que se incorporen después de iniciado el año escolar deberán rendir una evaluación formativa diagnóstica elaborada por UTP para conocer el nivel de conocimientos de los objetivos de aprendizaje que hasta ese momento se hayan tratado, en el caso de no traer evaluaciones oficiales del establecimiento de origen. Los resultados se darán a conocer al apoderado, él que deberá firmar la toma de conocimiento respecto al resultado de la evaluación y aceptando las medidas de apoyo que deberá entregar el establecimiento. b) Ausencias Prolongadas: En los casos debidamente justificados con certificados médicos o situaciones relevantes (salud, eventos catastróficos o traumáticos) y, previa socialización de la situación entre el/la profesor/a, apoderado, Jefe Técnico Pedagógico y Director; el estudiante podrá ser promovido con las evaluaciones de un semestre académico. c) Traslado y Retiro: El establecimiento hará entrega de la documentación completa al estudiante que se retire: Certificado de nacimiento, certificado anual de estudios del año anterior, certificado de traslado e informe de notas. En caso de estudiantes pertenecientes al Programa de Integración Escolar se les hará entrega copia completa del expediente personal. Cualquiera sea el caso, se deberá dejar registro en la hoja de observaciones personales del estudiante de los documentos entregados, registrando a lo menos: Nombre del apoderado, RUN, firma, fecha de entrega, detalle de los documentos y profesional que realiza el procedimiento. Medidas académicas sobre estudiantes embarazadas, madres y padres estudiantes, servicio militar, estudiantes que participan en certámenes nacionales e internacionales. Con el objetivo de mantener y dar facilidades a los estudiantes, el colegio flexibilizará los procesos de aprendizaje y asistencias de los y las estudiantes en esta situación. Para ello, se tomarán las siguientes medidas, en concordancia a la condición: a) Diseñar un programa de acompañamiento en el proceso de enseñanza y aprendizaje para estos estudiantes, que considere: - Calendario de evaluaciones flexible. - Ficha de seguimiento personal. b) El responsable del programa de acompañamiento será el profesor jefe. c) Cautelar que el cumplimiento efectivo del logro de los objetivos de aprendizaje esenciales para su promoción. 16
d) Brindar apoyo pedagógico en los horarios de atención de padres, apoderados y estudiantes, por parte de los profesores de asignatura y profesor jefe. e) Precaver que en las situaciones evaluativas las estudiantes embarazadas y madres no estén en contacto con materiales nocivos para la salud. f) Acompañamiento curricular, en el sentido de trabajar los objetivos de aprendizaje que refieren al embarazo, maternidad y paternidad, los cuidados necesarios que se deben tener y las responsabilidades que se deben asumir. g) Las estudiantes embarazadas podrán asistir a las clases de Educación Física, de acuerdo a las orientaciones del médico tratante, pudiendo ser evaluadas de forma diferenciada o eximirse de algunas calificaciones por razones de salud que así lo justifiquen. Artículo 16: Promoción y Repitencia de estudiantes que no cumplan los criterios para la promoción automática El Director y su equipo directivo analizarán deliberativamente las situaciones de los estudiantes que no son promovidos automáticamente considerando los siguientes criterios: a) El no cumplimiento de los requisitos establecidos en la disposición k del decreto 67/2018. b) Un informe del profesor jefe y/o jefe técnico sobre el desempeño académico y conductual del estudiante durante el año en curso y en comparación a los estudiantes de su mismo curso. c) Informe de Inspectoría General sobre el desempeño conductual del estudiante durante el año en curso. d) Informe de algún especialista en relación a sus necesidades educativas tratadas durante el año en curso. e) Informe de entrevistas realizadas por orientación, durante el año en curso, con el apoderado conocer sobre la situación socioemocional del estudiante. El Director junto al Equipo Técnico y el Consejo de Profesores al día siguiente del último examen final se reunirán para desarrollar el proceso de discusión, análisis y deliberación de los estudiantes que son promovidos y repetirán de curso, considerando los criterios descritos anteriormente. De manera escrita y/o presencial el director, jefe técnico pedagógico y/o profesor jefe comunicará la decisión final de promoción al estudiante, madre, padre o apoderado antes de que finalice el año escolar correspondiente. 17
Tres veces al año (marzo, julio y octubre) realizaran reuniones del equipo directivo y el consejo de profesores para ir fiscalizando el seguimiento de los estudiantes que fueron o no promovidos del año anterior e ir reafirmando y editando las estrategias de acompañamiento pedagógico. El Director y el Equipo Técnico coordinarán el acompañamiento pedagógico y los profesores jefes y de asignaturas monitorearán el desarrollo de las estrategias utilizadas en el acompañamiento pedagógico. Artículo 17: Situación Final La situación final de promoción de los estudiantes quedará resuelta al término de cada año escolar, entregando el colegio un certificado anual de estudios que en donde se indicarán las asignaturas del plan de estudios correspondientes al nivel de enseñanza, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. - El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por colegio en ninguna circunstancia. - El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880. Artículo 18: Cantidad Repitencia Los estudiantes del colegio tendrán derecho a repetir curso en a lo menos una oportunidad en la Educación Básica y en una oportunidad en la Educación Media. En una segunda ocasión tanto en Educación Básica o Educación Media, el colegio se reservará el derecho a renovar la matrícula. Artículo 19: Continuidad de Estudios La Licencia de Educación Media permitirá optar a la continuación de estudios en la Educación Superior, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por ley y por las instituciones de educación superior. 18
Artículo 20: Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar - Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso: la nómina completa de los estudiantes, matriculados y retirados durante el año, señalando el número de la cédula nacional de identidad o el número del identificador provisorio escolar, las calificaciones finales de las asignaturas o módulos del plan de estudios y el promedio final anual, el porcentaje de asistencia de cada estudiante y la situación final correspondiente. - Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del Ministerio de Educación disponible al efecto y firmadas por el director del establecimiento. - En casos excepcionales, en los que no sea factible generar el Acta a través del SIGE, el establecimiento las generará en forma manual, las que deberán ser visadas por el Departamento Provincial de Educación y luego enviadas a la Unidad de Registro Curricular de la región correspondiente. El establecimiento guardará copia de las Actas enviadas. Artículo 21: Situaciones de Carácter Excepcional Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas del caso fortuito o fuerza mayor, como desastres naturales y otros hechos que impidan al establecimiento dar continuidad a la prestación del servicio, o no pueda dar término adecuado al mismo, pudiendo ocasionar serios perjuicios a los estudiantes, el jefe del Departamento Provincial de Educación respectivo dentro de la esfera de su competencia, arbitrará todas las medidas que fueran necesarias con el objetivo de llevar a buen término el año escolar, entre otras: suscripción de actas de evaluación, certificados de estudios o concentraciones de notas, informes educacionales o de personalidad. - Las medidas que se adopten por parte del jefe del Departamento Provincial de Educación durarán sólo el tiempo necesario para lograr el objetivo perseguido con su aplicación y tendrán la misma validez que si hubieran sido adoptadas o ejecutadas por las personas competentes del respectivo establecimiento. Artículo 23: Otras Consideraciones Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no previstas en el presente decreto serán conocidas y resueltas por el jefe del Departamento Provincial de Educación. En contra de esta última se podrá presentar recurso de reposición y jerárquico en subsidio. 19
Título 4: De La Diversificación De La Enseñanza Y Diversificación De La Evaluación Artículo 24: Definición de la Enseñanza Diversificada La enseñanza diversificada hace referencia a ampliar para el conjunto de estudiantes sus posibilidades de acceder, participar y progresar en los aprendizajes del currículum, considerando desde el inicio, en la planificación educativa, que existen diversas formas y modalidades de aprender y por lo tanto de enseñar. Es decir, a partir de los objetivos de aprendizaje del currículo nacional, implica proporcionar relevancia y pertinencia a la enseñanza y al aprendizaje considerando las distintas necesidades y circunstancias de los niños, niñas y jóvenes que se educan en los diferentes contextos territoriales, comunitarios y socioculturales. Esto implica: - Diversificar el tipo de actividades de modo que se ajusten a las preferencias y características de aprendizaje de la totalidad de estudiantes. - Programar actividades, de diversa complejidad (concreta, simbólica y abstracta) para trabajar un mismo objetivo, que se puedan implementar de modo simultáneo en la clase. - Priorizar situaciones de aprendizaje auténticas y trabajo colaborativo entre los/as estudiantes, aprendizajes entre pares, tutoría entre estudiantes, dar a conocer el sentido y funcionalidad del aprendizaje, etc. - Secuenciar las actividades en pequeños pasos, favoreciendo la valoración de los progresos de todos. - Incorporar la evaluación de aprendizaje, en la planificación, de modo de tener claridad sobre lo que se espera lograr a través de la propuesta de estrategias y actividades que ofrecerán a las y los estudiantes. - Utilizar recursos didácticos bien diseñados y pertinentes a las necesidades educativas y a los objetivos que se esperan lograr (por ejemplo: enfoque COPISI en matemática; Lectura Accesible; Enfoque Global de Lectura (Palabras + Palabras); Matemática Funcional, entre otros posibles). - Hacer participar al estudiantado en las decisiones sobre el trabajo en el aula, que les permitan comprender y analizar su propio aprendizaje y asumir más responsabilidades en este proceso. - Considerar distintas formas de agrupamiento de estudiantes en el aula, como estrategia organizativa en un aula inclusiva, que permita interactuar de distintas maneras y con compañeros diversos, con variedad de roles y funciones en los tipos de agrupamientos. - Utilizar modelos como DUA (CAST), Enseñanza Multinivel, entre otros. 20
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