Subcomisión sobre Financiamientos Alternativos para el Hábitat - Consejo ...
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Subcomisión sobre Financiamientos Alternativos para el Hábitat Herramientas de financiamiento alternativo aplicables a políticas de viviendas que facilitan el acceso a la vivienda y mejoran el hábitat urbano. 1. Diagnóstico y análisis del déficit habitacional actual: El Déficit habitacional en el país es de 2,5 a 3 millones; y la provincia de Santa Fe es el segundo distrito del país con mayor déficit habitacional, con 309.567 viviendas necesarias para solucionar un problema que afecta casi al 10 por ciento de su población. En Rosario: entre 35 mil familias en asentamientos irregulares (SPV) y 49 mil de acuerdo a informe reciente de TECHO. Significaría que entre el 15 y 20 % de la población en Rosario sufre esta situación, teniendo en cuenta que cada núcleo familiar del cual hablamos lo componen entre 4 y 5 personas. Según un estudio de la fundación Apertura - junio de 2012 en base a datos de la Encuesta Permanente de Hogares, el Consejo Nacional de la Vivienda, el IERAL y el Censo 2010, se distinguen tres situaciones de carencia habitacional: viviendas irrecuperables, viviendas recuperables que sólo requieren mejoras, y viviendas en situaciones de hacinamiento en las que es preciso otra vivienda más, por la ampliación del grupo familiar. El problema del déficit habitacional en Argentina, sigue ampliándose, pues no llega a construirse las 120.000 nuevas viviendas por año requeridas por el crecimiento vegetativo de la población (55% de ellas destinadas para sectores que dependen de acciones públicas). Si analizamos al hábitat en forma integral, también debemos referirnos a otra deficiencias como: Insuficiencia en la construcción de infraestructuras urbanas adecuadas a los nuevos habitantes de las ciudades, grandes carencias de drenajes, pavimentos, alumbrado público, gas, agua y cloacas en zonas suburbanas . Según, el análisis de la Cámara Argentina de la Construcción, el déficit habitacional es crónico en la Argentina; incluyendo en él las viviendas de calidad irrecuperable, las hacinadas y las viviendas a recuperar, calculado al año 2009, era de 2.500.000 soluciones habitacionales (información del censo anual 2010). A ese déficit, se agregan, cada año, las necesidades adicionales que se generan por el crecimiento neto del número de hogares, por crecimiento vegetativo de la población, 1
estimadas en unas 120.000 viviendas adicionales (65.000 de las cuales corresponden a los sectores más desprotegidos). Considera que las metas y desafíos, en materia de políticas de vivienda, para reducir el déficit habitacional, son: Apoyar e incrementar las políticas de viviendas sociales; Desarrollar políticas de viviendas para sectores medios que impliquen algún grado de subsidio a la demanda; Repotenciar el programa FONAVI, volviendo a darle la envergadura que tuvo en sus orígenes, como forma de llevar las acciones en vivienda social. Incluir cuota ajustable por CVS y hacer hincapié en el recupero de la mayor parte de la cartera para reinvertir (en la actualidad los índices de recupero son ínfimos y no se gestiona para ello). Se financia con el 5 % del impuesto a combustibles. Promoción y facilitación del acceso al crédito hipotecario para sectores medios y bajos con nuevos instrumentos. 2. Herramientas de financiamiento tradicionales 2.1 Planes y Programas Nacionales: FO.NA.VI - Fondo Nacional de la Vivienda: Los recursos del FO.NA.VI. están destinados a financiar total o parcialmente los emprendimientos destinados a cumplir con el objetivo de la Ley y se ejecutan con la intervención de los Organismos Ejecutores de vivienda a nivel provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por acción directa o con la participación de municipios, comunas o entidades intermedias, siendo su responsabilidad las de programación, ejecución, control, adjudicación y recupero de las inversiones realizadas. El FONAVI en su inicio, tuvo un rol activo en la conformación y sostenimiento del modelo productivo fundamentado en empresas constructoras y la generación de empleo. Por otra parte ancló al organismo recaudador, el Banco Hipotecario Nacional, utilizando sus excedentes transitorios en cédulas hipotecarias y de este modo al sistema financiero habitacional relacionado. La aplicación de una política de asignación social con altos subsidios implícitos, escaso cumplimiento de los reintegros, contribuyeron a su erosión. Planes Federales: Estos buscan atender a los hogares de bajos recursos que necesitan una vivienda a través de la financiación con recursos presupuestarios nacionales de la construcción de viviendas nuevas en todas las jurisdicciones del país. El plan es instrumentado mediante un convenio marco entre el Ministerio de Planificación Federal., Inversión Pública y Servicios y los Gobiernos Provinciales y convenios específicos para cada proyecto entre el Organismo Jurisdiccional de Vivienda y la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda. 2
Plan Federal I ( 10.660 viviendas en Santa Fe – sólo 450 en Rosario (entre 2005 y 2009) - Plan Federal II ( 2.947 viviendas en Santa Fe – 1.447 en la Zona Cero de Rosario ejecutadas en diversos tramos) Programa Crédito Argentino del Bicentenario - PROCREAR: Programa financiado por fondos del Anses, para la construcción de viviendas única. PROCREAR I: 170.000 viviendas construidas en casi tres años. Modalidad con terreno, sin terreno y complejos de viviendas por proyecto. Programa PROMEBA: El Programa de Mejoramiento de Barrios PROMEBA (Contrato BID N°940 OC/AR) atiende las necesidades de la regularización dominial y la infraestructura externa e interna de la población con Necesidades Básicas Insatisfechas NBI en asentamientos irregulares urbanos. Se financia con aportes nacionales y del Banco Interamericano de Desarrollo BID y Programa de Asentamientos Irregulares. En Rosario ejecutándose por el SPV, la infraestructura social básica. Rosario Hábitat Contrato BID 1307 OC/AR. Otros: Programa Fundación Madres de Plaza de Mayo (Sueños Compartidos): Parque Habitacional Travesía (256 viviendas); Programa Mejor Vivir (para Mejoramiento de Viviendas) sin datos, ejecutados por municipios. Nota importante: en octubre se firmaron los contratos para la construcción de 630 viviendas en Rosario y 180 en la Ciudad de Santa Fe. Las de Rosario se construirán de acuerdo al siguiente detalle, según los grupos de licitación: 86 viviendas en Ex Villa Olímpica 140 Zona Cero 148 Ex Villa Olímpica 136 Zona Cero 120 Zona Cero 2.2 Planes Provinciales: Programa “Mi tierra, mi casa” Con la creación de la Secretaría de Estado del Hábitat, en el gobierno de Santa Fe: Consiste en loteos sobre tierras oficiales, con venta de lotes a precios inferiores a los de mercado, a inscriptos en el RUIP (Registro único de inscripción permanente) – se abre a medida que se van generando nuevos terrenos y se adjudica por sorteo público. En el origen se ofrecía además un crédito al beneficiario para la compra de materiales por el Banco Municipal. Se conocen los siguientes loteos en Rosario: 3
1) Parque Habitacional Ibarlucea: Se trata de un predio ubicado en la zona norte de Rosario, donde existen un total de 1.033 lotes con servicios, de entre 200 y 350 metros cuadrados. 2) Loteo Avellaneda Oeste: predio ubicado en la zona sur de esa localidad, donde existen un total de 576 lotes con servicios, de entre 150 y 180 metros cuadrados. 3) Otros en: Ex. Villa Olímpica – Zona Cero – Cordero (viviendas Segunda etapa) y Pineda. Plan ABRE: Es un plan de coordinación interministerial e intergubernamental ( provincia - Municipio), con un abordaje novedoso que se centra en el territorio favoreciendo la integralidad de las intervenciones a escala micro-barrial. Constituye una estrategia coordinada desde el 2014, y se ejecuta a través de dos ejes de trabajo: 1- mejorar la infraestructura y el hábitat de los barrios (vial, en educación, salud, seguridad, justicia y energía) tanto en asentamientos irregulares como en complejos de vivienda social.; el saneamiento (cloacas y protección contra inundaciones) y brindar acceso a luz y agua segura; y 2- fortalecer la Convivencia y Participación mediante la inclusión socioeducativa y laboral. En Rosario: se está llevando adelante en 30 barrios, distribuidos en los 6 distritos. 2.3 Programa Municipal de alquiler accesible Programa Hoy Alquilo: asesoramiento social en alquileres (2016) destinado a facilitar el acceso de las familias a un inmueble de alquiler para residencia. Aunque el Estado Municipal no puede regular el mercado de alquileres, puede crear herramientas, que ayudan, y acompañan al inquilino. (en Rosario, según varios estudios, un tercio de la población alquila) El Programa permitirá que familias, trabajadores y estudiantes que tengan dificultades económicas para afrontar los gastos de un nuevo contrato, renovación, mudanza, no cuenten con garantías propietarias, requieran orientación sobre trámites administrativos relacionados en general o por casos específicos, pueden acceder a un préstamo personal en el Banco Municipal de Rosario (a tasa preferencial); garantía bancaria y asesoramiento jurídico gratuito. El Centro de Asesoramiento en Alquileres funcionará bajo la órbita del Servicio Público de la Vivienda y el Hábitat (SPVyH). Además, se suma al Programa del Banco Municipal, que brindará créditos en 12 cuotas y con tasas subsidiadas para afrontar los gastos de un contrato de locación y mudanza. Entre otras propuestas, el Programa incluye: Préstamos personales Hoy Alquilo! Para gastos iniciales derivados de un contrato de alquiler. Beneficiarios: es un crédito personal que facilita a las personas que suscriben contratos de locación la financiación de los gastos de origen del mismo. Monto: hasta $25.000. Cuotas: hasta en 12 meses. Tasa: fija, subsidiada por la Municipalidad de Rosario. 4
Garantía para alquiler de vivienda familiar Es una garantía-fianza bancaria que ofrece el Banco Municipal de Rosario que podrá ser utilizada en los contratos de locaciones de vivienda familiar radicados dentro del municipio de Rosario. Asesoramiento jurídico. Brindar asesoramiento gratuito, legal a inquilinos o futuros inquilinos a fin de orientar a los mismos en caso de eventuales conflictos que puedan surgir del contrato de alquiler o una vez que ya estén alquilando. 2.4 Gestión de organizaciones sociales: La organización TECHO, presente en Latinoamérica y el Caribe, busca superar la situación de pobreza en los asentamientos precarios, a través de la acción conjunta de vecinos y jóvenes voluntarios. El objetivo es la construcción de una vivienda de tipo modular prefabricada, es de fácil construcción y remodelación. De bajo costo, priorizando así la masividad. El financiamiento se busca de empresas, y el trabajo se realiza con voluntarios. Cada familia identificada como beneficiaria, se compromete a: pagar parte del costo, asistir a encuentros previos, y a participar del armado. Como ejemplo de este proyecto, se llevó a cabo la construcción masiva de viviendas de emergencia en octubre de 2014, construyendo 86 viviendas de emergencia en simultáneo en los asentamientos de San Martín Sur, La Cava, El Cañaveral, Cullen, Los Pumitas, La Cariñosa y Camino Muerto. De la construcción participaron alrededor de 400 voluntarios. 3. Anuncios recientes del Gobierno Nacional sobre herramientas de financiamiento En los últimos meses han surgido diversas iniciativas tendientes a incentivar el mercado de créditos hipotecarios: Unidades de Viviendas (UVIs): La primera de ellas es la implementación por parte del Banco Central de la República Argentina de una nueva unidad de denominación para créditos y depósitos llamada “Unidades de Vivienda” (UVIs). Su valor inicial fue fijado el 31 de marzo de 2016 en $14,05311 y su actualización diaria se realiza mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). El capital residual y las cuotas de los créditos pactados en UVIs seguirán la trayectoria del CER, por lo que la tasa pactada será en los hechos una tasa real de interés que se mantendrá durante toda la vida del crédito. Esa tasa de interés variará entre 5% y 7% (costo financiero total, CFT), montos máximos que van de 1 a 2,5 millones de pesos y una relación cuota-ingreso inicial de 25%. Según el BCRA “El valor inicial de una UVI al 31 de marzo de 2016 equivaldrá a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado testigo, basado en las cifras conocidas para inmuebles de diverso tipo en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, Rosario, Salta y zona del Litoral (Santa Fe de la Vera Cruz-Paraná), ponderados por 5
población. Ya que este metro cuadrado testigo se ubica en $14.053, el valor inicial de la UVI será de 14,053 pesos (14 pesos con 53 milésimos).” Al 5 de julio el valor de la UVI fue de $15,48 Nota: este crédito tiene un modelo similar al presentado en 2011 por la Cámara Argentina de la Construcción, con la diferencia del método de ajuste: la Cámara propone ajuste por CVS, en el convencimiento que beneficiará a los tomadores en relación de dependencia ya que nunca aumentará un porcentaje mayor que su incremento salarial; las UVIs se ajustan por CER (inflación). Pueden ocurrir situaciones similares a la generada por la circular 1050. Crédito Hipotecario de Banco Nación: Una segunda iniciativa es la nueva línea de créditos para adquisición o cambio de vivienda única del Banco de la Nación Argentina, pactada en pesos con tasa fija los primeros tres años (14% TNA; 16% CFT) y luego variable en función de la tasa vigente para créditos hipotecarios, sin que los eventuales aumentos de la cuota puedan superar el porcentaje de variación del CVS (coeficiente de variación salarial) 1. La línea que lanzará el Nación será a 20 años con una tasa fija del 14% los primeros tres. 2. En el arranque, serán más altas que la de un préstamo con UVI (el sistema que anunció el Banco Central, que se ajusta por inflación). Pero brindará la tranquilidad de que no cambiará durante tres años. 3. A partir del cuarto, se convertirá en variable y se ajustarán una vez al año. 5. Para ello, se tomará como base la Tasa de Referencia para la Vivienda (es el promedio del costo de fondeo del banco, más 400 puntos básicos). 6. Ese incremento tendrá un tope: la cuota no podrá aumentar más que el promedio de los salarios, que se mide con el Coeficiente de Variación Salarial (CVS). 7. El valor de tasación máximo será de $2.500.000 al momento de la puesta en marcha de la nueva línea de crédito, monto que se actualizará trimestralmente en función de la evolución del denominado 'índice de la construcción' elaborado por la Cámara Argentina de la Construcción. 8. El crédito no podrá superar el 80% de la valuación. 9. Para facilitar el acceso, el titular podrá sumar a sus padres, hijos o hermanos como codeudores 10. Esto último (punto 9) permitirá aumentar el ingreso familiar, elevando el monto del crédito que se podrá solicitar. 11. En lo que respecta al sueldo requerido para acceder a los préstamos, el banco puso como ejemplo la necesidad de contar con un ingreso de $36.358 -individual o por grupo familiar- para acceder a un crédito de $800.000. 12. La línea de crédito para desarrolladores y constructores será a 36 meses de plazo. Estará destinada a compañías constituidas de manera regular, con experiencia comprobable en el sector de construcción o en el desarrollo inmobiliario. 6
13. La línea se denominará "Nación Tu Casa". Servirá para adquirir o bien cambiar la vivienda única, familiar y permanente. En este último caso (cambio), las operaciones de venta de la actual y la nueva vivienda deberán ser simultaneas. Diferencia de cuota inicial entre crédito UVI y crédito Nación: Crédito ajustable por UVI: Según simuladores de cuotas de las entidades, esto implica cuotas iniciales de entre $6.500 y $9.000 para un crédito de $1.000.000. Según el simulador de cuotas del Banco de la Nación Argentina, esto implica una cuota inicial de $14.600 para un crédito de igual monto. Nuevo PROCREAR: El relanzamiento del PRO.CRE.AR para este año se encuentra también enmarcado en el esquema del instrumento UVI, complementándolo. Para la modalidad individual del Programa, se presentó en Julio la línea “Solución Casa Propia”. Quienes resulten beneficiarios recibirán un aporte de capital (subsidio) por parte del Estado Nacional de entre $100.000 y $300.000 para la adquisición de vivienda que, a diferencia del esquema anterior, podrá ser nueva o usada. Este monto complementará al de un préstamo hipotecario denominado y pagadero en UVIs a solicitarse en cualquiera de las entidades bancarias que ofrezcan este tipo de financiamiento. Las condiciones serán iguales a las de mercado - con la diferencia del aporte de capital del Programa - por un monto de hasta $1.500.000. Para solicitar la bonificación de capital, los ingresos formales netos del grupo familiar deben encontrarse entre 2 y 4 salarios mínimos y el otorgamiento efectivo, que se realiza al momento de la escrituración, estará sujeto a un sistema de puntaje (es subjetivo, no es sorteo). Destinado a Vivienda única familiar de ocupación permanente. Condición: Puede tener un empleo en relación de dependencia o bien inscriptos en el régimen de Monotributo, en ambos casos acreditando antigüedad en la condición (del empleo o de categoría del monotributo). 4. Herramientas de Financiamientos Alternativos: 4.1 Financiamiento por Asociación Público – Privada Reconversión del Batallón 121 en Rosario: “Plan Especial” Ordenanza Municipal 9027/12. Construcción de viviendas para sectores medios y bajos 7
Conclusiones sobre Asociaciones Públicas- Privadas (APP) En un difícil clima financiero global, en los próximos años será vital el aporte del esquema de APP para sostener el desarrollo y aliviar la pobreza. Existe suficiente experiencia -positiva y negativa acumulada en APP. Sería una herramienta eficiente. Es importante promover la participación privada y generar, en el ámbito público, capacidades para administrar los contratos 8
El Banco de Desarrollo para Asía AsDB (Banco Asiático de Desarrollo): para 2020 la mitad de su cartera de préstamos está afectada a proyectos de APP, apalancando los efectos de sus políticas. Los desafíos, para poder aprovecharse la oportunidad. Hay fondos disponibles en el mundo. 152 trillones u$ = 2,08 PBI mundial. Además, el Banco de Desarrollo para Asía AsDB (Banco Asiático de Desarrollo): para 2020 la mitad de su cartera de préstamos está afectada a proyectos de APP, apalancando los efectos de sus políticas. Nota: al 9 de noviembre de 2016, no fue aprobada la ley a nivel nacional que en general determina un marco legal más propicio para estas alternativas de financiamiento. El Senado la devolvió para realizar modificaciones. 4.2 El Caso Uruguay: Financiamiento por Inversión Privada en Viviendas de Interés Social Modelo con Beneficios Tributarios a la Viivienda de Interés Social El modelo tiene su origen en la creación de una ley nacional, la Ley N° 18.125 de Promoción de Vivienda de Interés Social, que promueve la inversión privada en Viviendas de Interés Social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. Esta ley se enmarca en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a sectores de ingresos medios y medios bajos, a través de la compra o el alquiler. Este programa incluye además una serie de beneficios para los inversores privados (exoneraciones tributarias) y la creación de un nuevo Fondo de Garantía para Desarrollos Inmobiliarios (FOGADI). Promueve la inversión privada en construcción, refacción o ampliación de un mínimo de dos hasta cien viviendas por padrón las que podrán tener como destino tanto la venta como el alquiler. La Oficina del Inversor (de la Agencia Nacional de Vivienda) tiene como objetivo asesorar al inversionista en el proceso de presentación del proyecto. Las empresas constructoras interesadas presentan al estado un proyecto de construcción de “viviendas promovidas”, en un marco de desgravaciones tributarias referidas a impuesto a rentas y patrimonio, así como a IVA. Existe un Fondo de Garantía con recursos del estado y parte de las comisiones de los bancos que intervienen. Los beneficiarios acceden luego a un crédito del Banco Hipotecario de Uruguay, por hasta el 90 % del monto total y con un subsidio de hasta el 50 % de la cuota, de acuerdo a calificaciones. 4.3 Otros Programas: Programa Blanqueo: Incorporación de Inversores que disponen de “ahorros fuera del sistema” formal local (“colchón”) e internacional mediante incentivos fiscales hacia títulos de fideicomisos de Infraestructura. Bancos Multilaterales de Crédito – Ejemplo: Deuda pública de Santa Fe: 500 millones de dólares recientemente autorizados por la legislatura, falta la autorización del gobierno nacional para la emisión de bonos internacionales. Son 7500 millones de pesos. Si se 9
aplicara sólo a vivienda, se solucionarían 8000 viviendas, sin contar tierra ni infraestructura. Vemos así la magnitud de la necesidad, o el atraso que se verifica en la acumulación de stock en déficit. Instrumentos de ahorro público vinculados a activos reales. (cédulas hipotecarias con ajuste metro cuadrado, etc) Títulos de ahorro expresados en Salarios Medios de la Economía. (Coeficiente de Variación Salarial) para aplicar a acceso de créditos hipotecarios o compra de vivienda. 5. Ampliación del análisis de la herramienta de financiamiento alternativo de la Nueva política pública de vivienda de Uruguay, que facilita la oferta de fondos a largo plazo para la actividad crediticia hipotecaria con destino a viviendas de interés social. 5.1 Introducción: Mediante la Ley Nacional N° 18.795 se promueve la inversión privada en Viviendas de Interés Social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. Esta ley se enmarca en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a sectores de ingresos medios y medios bajos, a través de la compra o el alquiler; para ello se crea una nueva institucionalidad del sistema público de vivienda: Ministerio de vivienda (MVOTMA), es la entidad que define la política de vivienda Agencia Nacional de Vivienda (ANV) (creada por la nueva ley) es una empresa pública ejecutora de la política de vivienda y ordenamiento territorial. Banco Hipotecario del Uruguay: entidad bancaria estatal del mercado de financiamiento a la vivienda. La Agencia Nacional de Vivienda (ANV), se crea como organismo descentralizado, y tiene por finalidad promover y facilitar el acceso y permanencia en la vivienda, así como contribuir a la elaboración e implementación de las políticas públicas de vivienda, atendiendo los aspectos económicos, sociales y medioambientales. 5.2 La ley a otorgar los siguientes beneficios a los proyectos y actividades promovidas: A) Exoneración de los impuestos que gravan la renta originada en las actividades o proyectos declarados promovidos. Esta exoneración podrá comprender a la renta o al propio impuesto. B) Deducción íntegra a efectos de la determinación de la renta gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, del costo de adquisición de los inmuebles en los que se construyan, refaccionen, amplíen o reciclen las viviendas comprendidas en las actividades o proyectos declarados promovidos. Dicho costo solo podrá deducirse en tanto sea necesario para obtener y conservar las rentas comprendidas en las actividades y proyectos 10
promovidos que no hubieran sido exonerados en virtud de lo dispuesto en el literal anterior. C) Exoneración del Impuesto al Patrimonio de los inmuebles cuya construcción, refacción, ampliación o reciclaje se haya declarado promovida. Dichos bienes se considerarán activo gravado a los efectos del cómputo de pasivo. D) Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los ingresos derivados de las actividades de enajenación, construcción, refacción, ampliación y reciclaje de viviendas. Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito por el impuesto incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a integrar el costo de tales operaciones, así como por el impuesto correspondiente a las adquisiciones que realicen los fondos sociales y las cooperativas de vivienda con destino a su actividad de construcción. E) Exoneración del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales, a la parte enajenante, a la parte adquirente o a ambas, en el caso de hechos generadores vinculados a la primera trasmisión patrimonial de inmuebles destinados a la vivienda cuya adquisición, construcción, refacción, ampliación o reciclaje hubiera sido declarada promovida. F) Exoneración del IVA aplicable a los servicios de garantía vinculados al arrendamiento y adquisición de inmuebles destinados a la vivienda de interés social. G) Exoneración del Impuesto al Patrimonio aplicable a los activos afectados a la prestación de los servicios de garantía a que refiere el literal anterior. Dichos activos se considerarán gravados a efectos del cómputo de pasivos. 5.3 Mecanismo de presentación de propuestas: Los proyectos de inversión a promover son los vinculados a la construcción, refacción, ampliación o reciclaje de inmuebles con destino a la vivienda de interés social, sea para la venta como para el alquiler. Según la reglamentación, las propuestas pueden involucrar al menos dos viviendas, hasta un máximo de 100 viviendas. Las empresas constructoras interesadas presentan al estado un proyecto de construcción de “viviendas promovidas”, en un marco de desgravaciones tributarias referidas a impuesto a rentas y patrimonio, así como a IVA (Devolución de IVA compras y Exoneración IVA Importación). La propuesta tiene como etapas, que primero es evaluada por el equipo técnico de la ANV, el cual eleva un informe técnico a la Comisión Asesora de Inversiones en Vivienda de Interés Social (CAIVIS). La CAIVIS, que está integrada por un representante del MEF y uno del MVOTMA, tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles desde que recibe el informe de la ANV, que a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o en quien haga sus veces, podrá declarar la promoción de los proyectos. 5.4 Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios: Los FGCH fueron creados para facilitar el acceso a la vivienda de aquellas familias que, aún con la capacidad de pagar una cuota mensual, no tienen el ahorro previo suficiente para acceder a la compra de un inmueble a través de un crédito hipotecario. Con el FGCH sólo 11
será necesario un ahorro inicial de entre 10% y 15% y se puede financiar hasta el 90% del valor de la vivienda en un plazo máximo de 25 años (a través de los bancos que operan con el FGCH). Es el resultado de las políticas públicas de vivienda y el trabajo interinstitucional entre actores públicos y privados, para facilitar el acceso a la vivienda nueva y usada. 5.5 Mecanismo de Acceso a Viviendas, con Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH): Para la compra de vivienda nueva promovida en el marco de la nueva ley, el MVOTMA abre el llamado, a través del programa de Subsidio a la Cuota del Crédito Hipotecario. El programa está dirigido a personas solas, parejas con y sin menores a cargo. La financiación del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) es del 90% del valor de la vivienda y se otorga un subsidio a la cuota en el caso que la persona o la familia lo necesite. El ahorro previo requerido varía de acuerdo a cada llamado y las características del proyecto. En este programa el ministerio MVOTMA oficia como intermediario entre la parte compradora y la parte vendedora no teniendo responsabilidad de las características de la vivienda elegida siendo esto responsabilidad de la empresa constructora. Requisitos y características: Para comprar, se debe elegir una vivienda y cumplir con los requisitos y valores máximos establecidos. Ejemplo: el ingreso líquido del núcleo familiar no puede superar las UR 100 (ver valor UR)Estar libre de embargos, interdicciones y gravámenes de todo tipo. El crédito se debe aplicar exclusivamente a la compra de un inmueble en el país destinado a vivienda única. Contar con un ahorro previo de entre 10% y 15% del valor de la vivienda, y no del 30% como habitualmente lo exige la oferta hipotecaria actual. 12
El valor máximo de la vivienda no puede superar estos topes fijados para vivienda nueva y usada. El programa aplica para vivienda usada y a la vivienda nueva. Ésta última correspondiente a las Viviendas de Interés Social (Ley Nº 18.795)El máximo monto avalado a prestar es del 90% del valor de la vivienda (el mínimo es de 85%). El préstamo es en Unidades Indexadas (UI) o en pesos. Plazo máximo de 25 años. La cuota debe ser inferior al 35% de los ingresos del núcleo familiar. Deben calificar como sujeto de crédito ante las instituciones financieras adheridas. Características que debe cumplir el inmueble: Ser utilizado exclusivamente para vivienda, estar situado dentro del territorio nacional , el precio de compra no puede superar los topes previstos (ver topes), Destinado a la compra de Viviendas Promovidas en el marco de la Ley Nº 18.795 y Vivienda Usada con los topes de precio establecidos en la Reglamentación. Institución financiera: Luego debe presentarse en una de las instituciones financieras adheridas, manifestar su interés de recibir la cobertura del FGCH (suscribir el Formulario de Aceptación de la Garantía) y calificar como sujeto de crédito (cumplir con el nivel mínimo de ingresos formales requeridos por estas entidades como el BBVA, el BHU, Banco República, HSBC, Santander y Scotiabank, no figurar en el Clearing, etc.).Con la información del banco debe dirigirse a quien vende la vivienda. Total de Viviendas Promovidas, con este programa al año 2016: Viviendas ingresadas: 14364 Proyectos ingresados: 535 13
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