Subcomisión sobre Financiamientos Alternativos para el Hábitat - Consejo ...

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Subcomisión sobre Financiamientos Alternativos para el Hábitat

Herramientas de financiamiento alternativo aplicables a políticas de viviendas
          que facilitan el acceso a la vivienda y mejoran el hábitat urbano.

    1. Diagnóstico y análisis del déficit habitacional actual:

      El Déficit habitacional en el país es de 2,5 a 3 millones; y la provincia de Santa Fe es el
      segundo distrito del país con mayor déficit habitacional, con 309.567 viviendas necesarias
      para solucionar un problema que afecta casi al 10 por ciento de su población. En Rosario:
      entre 35 mil familias en asentamientos irregulares (SPV) y 49 mil de acuerdo a informe
      reciente de TECHO. Significaría que entre el 15 y 20 % de la población en Rosario sufre esta
      situación, teniendo en cuenta que cada núcleo familiar del cual hablamos lo componen
      entre 4 y 5 personas.
      Según un estudio de la fundación Apertura - junio de 2012 en base a datos de la Encuesta
      Permanente de Hogares, el Consejo Nacional de la Vivienda, el IERAL y el Censo 2010, se
      distinguen tres situaciones de carencia habitacional:
     viviendas irrecuperables,
     viviendas recuperables que sólo requieren mejoras, y
     viviendas en situaciones de hacinamiento en las que es preciso otra vivienda más, por la
      ampliación del grupo familiar.

      El problema del déficit habitacional en Argentina, sigue ampliándose, pues no llega a
      construirse las 120.000 nuevas viviendas por año requeridas por el crecimiento vegetativo
      de la población (55% de ellas destinadas para sectores que dependen de acciones públicas).
      Si analizamos al hábitat en forma integral, también debemos referirnos a otra deficiencias
      como: Insuficiencia en la construcción de infraestructuras urbanas adecuadas a los nuevos
      habitantes de las ciudades, grandes carencias de drenajes, pavimentos, alumbrado público,
      gas, agua y cloacas en zonas suburbanas .

      Según, el análisis de la Cámara Argentina de la Construcción, el déficit habitacional es
      crónico en la Argentina; incluyendo en él las viviendas de calidad irrecuperable, las
      hacinadas y las viviendas a recuperar, calculado al año 2009, era de 2.500.000 soluciones
      habitacionales (información del censo anual 2010).
      A ese déficit, se agregan, cada año, las necesidades adicionales que se generan por el
      crecimiento neto del número de hogares, por crecimiento vegetativo de la población,
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estimadas en unas 120.000 viviendas adicionales (65.000 de las cuales corresponden a los
    sectores más desprotegidos).
    Considera que las metas y desafíos, en materia de políticas de vivienda, para reducir el
    déficit habitacional, son:
    Apoyar e incrementar las políticas de viviendas sociales;
    Desarrollar políticas de viviendas para sectores medios que impliquen algún grado de
     subsidio a la demanda;
    Repotenciar el programa FONAVI, volviendo a darle la envergadura que tuvo en sus
     orígenes, como forma de llevar las acciones en vivienda social.
    Incluir cuota ajustable por CVS y hacer hincapié en el recupero de la mayor parte de la
     cartera para reinvertir (en la actualidad los índices de recupero son ínfimos y no se
     gestiona para ello). Se financia con el 5 % del impuesto a combustibles.
    Promoción y facilitación del acceso al crédito hipotecario para sectores medios y bajos
     con nuevos instrumentos.

2. Herramientas de financiamiento tradicionales

     2.1 Planes y Programas Nacionales:

    FO.NA.VI - Fondo Nacional de la Vivienda: Los recursos del FO.NA.VI. están destinados a
     financiar total o parcialmente los emprendimientos destinados a cumplir con el objetivo
     de la Ley y se ejecutan con la intervención de los Organismos Ejecutores de vivienda a
     nivel provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por acción directa o con la
     participación de municipios, comunas o entidades intermedias, siendo su responsabilidad
     las de programación, ejecución, control, adjudicación y recupero de las inversiones
     realizadas.
     El FONAVI en su inicio, tuvo un rol activo en la conformación y sostenimiento del modelo
     productivo fundamentado en empresas constructoras y la generación de empleo. Por otra
     parte ancló al organismo recaudador, el Banco Hipotecario Nacional, utilizando sus
     excedentes transitorios en cédulas hipotecarias y de este modo al sistema financiero
     habitacional relacionado. La aplicación de una política de asignación social con altos
     subsidios implícitos, escaso cumplimiento de los reintegros, contribuyeron a su erosión.

    Planes Federales: Estos buscan atender a los hogares de bajos recursos que necesitan
     una vivienda a través de la financiación con recursos presupuestarios nacionales de la
     construcción de viviendas nuevas en todas las jurisdicciones del país. El plan es
     instrumentado mediante un convenio marco entre el Ministerio de Planificación Federal.,
     Inversión Pública y Servicios y los Gobiernos Provinciales y convenios específicos para
     cada proyecto entre el Organismo Jurisdiccional de Vivienda y la Subsecretaria de
     Desarrollo Urbano y Vivienda.
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Plan Federal I ( 10.660 viviendas en Santa Fe – sólo 450 en Rosario (entre 2005 y 2009) -
     Plan Federal II ( 2.947 viviendas en Santa Fe – 1.447 en la Zona Cero de Rosario
     ejecutadas en diversos tramos)

    Programa Crédito Argentino del Bicentenario - PROCREAR: Programa financiado por
     fondos del Anses, para la construcción de viviendas única.
     PROCREAR I: 170.000 viviendas construidas en casi tres años. Modalidad con terreno, sin
     terreno y complejos de viviendas por proyecto.

    Programa PROMEBA: El Programa de Mejoramiento de Barrios PROMEBA (Contrato BID
     N°940 OC/AR) atiende las necesidades de la regularización dominial y la infraestructura
     externa e interna de la población con Necesidades Básicas Insatisfechas NBI en
     asentamientos irregulares urbanos. Se financia con aportes nacionales y del Banco
     Interamericano de Desarrollo BID y Programa de Asentamientos Irregulares. En Rosario
     ejecutándose por el SPV, la infraestructura social básica. Rosario Hábitat Contrato BID
     1307 OC/AR.

    Otros: Programa Fundación Madres de Plaza de Mayo (Sueños Compartidos): Parque
     Habitacional Travesía (256 viviendas); Programa Mejor Vivir (para Mejoramiento de
     Viviendas) sin datos, ejecutados por municipios.
     Nota importante: en octubre se firmaron los contratos para la construcción de 630
     viviendas en Rosario y 180 en la Ciudad de Santa Fe.
     Las de Rosario se construirán de acuerdo al siguiente detalle, según los grupos de
     licitación:

            86 viviendas en Ex Villa Olímpica
            140 Zona Cero
            148 Ex Villa Olímpica
            136 Zona Cero
            120 Zona Cero

     2.2 Planes Provinciales:

        Programa “Mi tierra, mi casa”
    Con la creación de la Secretaría de Estado del Hábitat, en el gobierno de Santa Fe:
    Consiste en loteos sobre tierras oficiales, con venta de lotes a precios inferiores a los de
    mercado, a inscriptos en el RUIP (Registro único de inscripción permanente) – se abre a
    medida que se van generando nuevos terrenos y se adjudica por sorteo público. En el
    origen se ofrecía además un crédito al beneficiario para la compra de materiales por el
    Banco Municipal.

    Se conocen los siguientes loteos en Rosario:
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1) Parque Habitacional Ibarlucea: Se trata de un predio ubicado en la zona norte de Rosario,
   donde existen un total de 1.033 lotes con servicios, de entre 200 y 350 metros cuadrados.
2) Loteo Avellaneda Oeste: predio ubicado en la zona sur de esa localidad, donde existen un
   total de 576 lotes con servicios, de entre 150 y 180 metros cuadrados.
3) Otros en: Ex. Villa Olímpica – Zona Cero – Cordero (viviendas Segunda etapa) y Pineda.

        Plan ABRE: Es un plan de coordinación interministerial e intergubernamental (
         provincia - Municipio), con un abordaje novedoso que se centra en el territorio
         favoreciendo la integralidad de las intervenciones a escala micro-barrial. Constituye
         una estrategia coordinada desde el 2014, y se ejecuta a través de dos ejes de trabajo:
         1- mejorar la infraestructura y el hábitat de los barrios (vial, en educación, salud,
         seguridad, justicia y energía) tanto en asentamientos irregulares como en complejos
         de vivienda social.; el saneamiento (cloacas y protección contra inundaciones) y
         brindar acceso a luz y agua segura; y 2- fortalecer la Convivencia y Participación
         mediante la inclusión socioeducativa y laboral.
         En Rosario: se está llevando adelante en 30 barrios, distribuidos en los 6 distritos.

 2.3 Programa Municipal de alquiler accesible

    Programa Hoy Alquilo: asesoramiento social en alquileres (2016) destinado a facilitar el
     acceso de las familias a un inmueble de alquiler para residencia. Aunque el Estado
     Municipal no puede regular el mercado de alquileres, puede crear herramientas, que
     ayudan, y acompañan al inquilino. (en Rosario, según varios estudios, un tercio de la
     población alquila)
     El Programa permitirá que familias, trabajadores y estudiantes que tengan dificultades
     económicas para afrontar los gastos de un nuevo contrato, renovación, mudanza, no
     cuenten con garantías propietarias, requieran orientación sobre trámites administrativos
     relacionados en general o por casos específicos, pueden acceder a un préstamo personal
     en el Banco Municipal de Rosario (a tasa preferencial); garantía bancaria y asesoramiento
     jurídico gratuito. El Centro de Asesoramiento en Alquileres funcionará bajo la órbita del
     Servicio Público de la Vivienda y el Hábitat (SPVyH). Además, se suma al Programa del
     Banco Municipal, que brindará créditos en 12 cuotas y con tasas subsidiadas para
     afrontar los gastos de un contrato de locación y mudanza.

     Entre otras propuestas, el Programa incluye:

     Préstamos personales Hoy Alquilo! Para gastos iniciales derivados de un contrato de
     alquiler. Beneficiarios: es un crédito personal que facilita a las personas que suscriben
     contratos de locación la financiación de los gastos de origen del mismo. Monto: hasta
     $25.000. Cuotas: hasta en 12 meses. Tasa: fija, subsidiada por la Municipalidad de
     Rosario.

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Garantía para alquiler de vivienda familiar Es una garantía-fianza bancaria que ofrece el
     Banco Municipal de Rosario que podrá ser utilizada en los contratos de locaciones de
     vivienda familiar radicados dentro del municipio de Rosario.

     Asesoramiento jurídico. Brindar asesoramiento gratuito, legal a inquilinos o futuros
     inquilinos a fin de orientar a los mismos en caso de eventuales conflictos que puedan
     surgir del contrato de alquiler o una vez que ya estén alquilando.

2.4 Gestión de organizaciones sociales:

    La organización TECHO, presente en Latinoamérica y el Caribe, busca superar la situación
    de pobreza en los asentamientos precarios, a través de la acción conjunta de vecinos y
    jóvenes voluntarios. El objetivo es la construcción de una vivienda de tipo modular
    prefabricada, es de fácil construcción y remodelación. De bajo costo, priorizando así la
    masividad. El financiamiento se busca de empresas, y el trabajo se realiza con voluntarios.
    Cada familia identificada como beneficiaria, se compromete a: pagar parte del costo, asistir
    a encuentros previos, y a participar del armado.

    Como ejemplo de este proyecto, se llevó a cabo la construcción masiva de viviendas de
    emergencia en octubre de 2014, construyendo 86 viviendas de emergencia en simultáneo
    en los asentamientos de San Martín Sur, La Cava, El Cañaveral, Cullen, Los Pumitas, La
    Cariñosa y Camino Muerto. De la construcción participaron alrededor de 400 voluntarios.

3. Anuncios recientes del Gobierno Nacional sobre herramientas de financiamiento

    En los últimos meses han surgido diversas iniciativas tendientes a incentivar el mercado de
    créditos hipotecarios:

    Unidades de Viviendas (UVIs): La primera de ellas es la implementación por parte del
     Banco Central de la República Argentina de una nueva unidad de denominación para
     créditos y depósitos llamada “Unidades de Vivienda” (UVIs). Su valor inicial fue fijado el
     31 de marzo de 2016 en $14,05311 y su actualización diaria se realiza mediante el
     Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). El capital residual y las cuotas de los
     créditos pactados en UVIs seguirán la trayectoria del CER, por lo que la tasa pactada será
     en los hechos una tasa real de interés que se mantendrá durante toda la vida del crédito.
     Esa tasa de interés variará entre 5% y 7% (costo financiero total, CFT), montos máximos
     que van de 1 a 2,5 millones de pesos y una relación cuota-ingreso inicial de 25%.

     Según el BCRA “El valor inicial de una UVI al 31 de marzo de 2016 equivaldrá a la milésima
     parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado testigo, basado en las
     cifras conocidas para inmuebles de diverso tipo en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba,
     Rosario, Salta y zona del Litoral (Santa Fe de la Vera Cruz-Paraná), ponderados por
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población. Ya que este metro cuadrado testigo se ubica en $14.053, el valor inicial de la
    UVI será de 14,053 pesos (14 pesos con 53 milésimos).” Al 5 de julio el valor de la UVI fue
    de $15,48

    Nota: este crédito tiene un modelo similar al presentado en 2011 por la Cámara Argentina
    de la Construcción, con la diferencia del método de ajuste: la Cámara propone ajuste por
    CVS, en el convencimiento que beneficiará a los tomadores en relación de dependencia
    ya que nunca aumentará un porcentaje mayor que su incremento salarial; las UVIs se
    ajustan por CER (inflación). Pueden ocurrir situaciones similares a la generada por la
    circular 1050.

   Crédito Hipotecario de Banco Nación:
    Una segunda iniciativa es la nueva línea de créditos para adquisición o cambio de vivienda
    única del Banco de la Nación Argentina, pactada en pesos con tasa fija los primeros tres
    años (14% TNA; 16% CFT) y luego variable en función de la tasa vigente para créditos
    hipotecarios, sin que los eventuales aumentos de la cuota puedan superar el porcentaje
    de variación del CVS (coeficiente de variación salarial)
    1. La línea que lanzará el Nación será a 20 años con una tasa fija del 14% los primeros
    tres.
    2. En el arranque, serán más altas que la de un préstamo con UVI (el sistema que anunció
    el Banco Central, que se ajusta por inflación). Pero brindará la tranquilidad de que no
    cambiará durante tres años.
    3. A partir del cuarto, se convertirá en variable y se ajustarán una vez al año.
    5. Para ello, se tomará como base la Tasa de Referencia para la Vivienda (es el promedio
    del costo de fondeo del banco, más 400 puntos básicos).
    6. Ese incremento tendrá un tope: la cuota no podrá aumentar más que el promedio de
    los salarios, que se mide con el Coeficiente de Variación Salarial (CVS).
    7. El valor de tasación máximo será de $2.500.000 al momento de la puesta en marcha de
    la nueva línea de crédito, monto que se actualizará trimestralmente en función de la
    evolución del denominado 'índice de la construcción' elaborado por la Cámara Argentina
    de la Construcción.
    8. El crédito no podrá superar el 80% de la valuación.
    9. Para facilitar el acceso, el titular podrá sumar a sus padres, hijos o hermanos como
    codeudores
    10. Esto último (punto 9) permitirá aumentar el ingreso familiar, elevando el monto del
    crédito que se podrá solicitar.
    11. En lo que respecta al sueldo requerido para acceder a los préstamos, el banco puso
    como ejemplo la necesidad de contar con un ingreso de $36.358 -individual o por grupo
    familiar- para acceder a un crédito de $800.000.
    12. La línea de crédito para desarrolladores y constructores será a 36 meses de plazo.
    Estará destinada a compañías constituidas de manera regular, con experiencia
    comprobable en el sector de construcción o en el desarrollo inmobiliario.
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13. La línea se denominará "Nación Tu Casa". Servirá para adquirir o bien cambiar la
    vivienda única, familiar y permanente. En este último caso (cambio), las operaciones de
    venta de la actual y la nueva vivienda deberán ser simultaneas.

    Diferencia de cuota inicial entre crédito UVI y crédito Nación:

    Crédito ajustable por UVI: Según simuladores de cuotas de las entidades, esto implica
    cuotas iniciales de entre $6.500 y $9.000 para un crédito de $1.000.000. Según el
    simulador de cuotas del Banco de la Nación Argentina, esto implica una cuota inicial de
    $14.600 para un crédito de igual monto.

    Nuevo PROCREAR:

    El relanzamiento del PRO.CRE.AR para este año se encuentra también enmarcado en el
    esquema del instrumento UVI, complementándolo. Para la modalidad individual del
    Programa, se presentó en Julio la línea “Solución Casa Propia”. Quienes resulten
    beneficiarios recibirán un aporte de capital (subsidio) por parte del Estado Nacional de
    entre $100.000 y $300.000 para la adquisición de vivienda que, a diferencia del esquema
    anterior, podrá ser nueva o usada. Este monto complementará al de un préstamo
    hipotecario denominado y pagadero en UVIs a solicitarse en cualquiera de las entidades
    bancarias que ofrezcan este tipo de financiamiento. Las condiciones serán iguales a las de
    mercado - con la diferencia del aporte de capital del Programa - por un monto de hasta
    $1.500.000. Para solicitar la bonificación de capital, los ingresos formales netos del grupo
    familiar deben encontrarse entre 2 y 4 salarios mínimos y el otorgamiento efectivo, que se
    realiza al momento de la escrituración, estará sujeto a un sistema de puntaje (es subjetivo,
    no es sorteo). Destinado a Vivienda única familiar de ocupación permanente.

    Condición: Puede tener un empleo en relación de dependencia o bien inscriptos en el
    régimen de Monotributo, en ambos casos acreditando antigüedad en la condición (del
    empleo o de categoría del monotributo).

4. Herramientas de Financiamientos Alternativos:

    4.1 Financiamiento por Asociación Público – Privada

    Reconversión del Batallón 121 en Rosario: “Plan Especial” Ordenanza Municipal
     9027/12. Construcción de viviendas para sectores medios y bajos

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Conclusiones sobre Asociaciones Públicas- Privadas (APP)

      En un difícil clima financiero global, en los próximos años será vital el aporte del
       esquema de APP para sostener el desarrollo y aliviar la pobreza.
      Existe suficiente experiencia -positiva y negativa acumulada en APP. Sería una
       herramienta eficiente.
      Es importante promover la participación privada y generar, en el ámbito público,
       capacidades para administrar los contratos

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   El Banco de Desarrollo para Asía AsDB (Banco Asiático de Desarrollo): para 2020 la
           mitad de su cartera de préstamos está afectada a proyectos de APP, apalancando
           los efectos de sus políticas.
          Los desafíos, para poder aprovecharse la oportunidad. Hay fondos disponibles en el
           mundo. 152 trillones u$ = 2,08 PBI mundial. Además, el Banco de Desarrollo para
           Asía AsDB (Banco Asiático de Desarrollo): para 2020 la mitad de su cartera de
           préstamos está afectada a proyectos de APP, apalancando los efectos de sus
           políticas.
          Nota: al 9 de noviembre de 2016, no fue aprobada la ley a nivel nacional que en
           general determina un marco legal más propicio para estas alternativas de
           financiamiento. El Senado la devolvió para realizar modificaciones.

    4.2 El Caso Uruguay: Financiamiento por Inversión Privada en Viviendas de Interés Social

    Modelo con Beneficios Tributarios a la Viivienda de Interés Social

    El modelo tiene su origen en la creación de una ley nacional, la Ley N° 18.125 de
    Promoción de Vivienda de Interés Social, que promueve la inversión privada en Viviendas
    de Interés Social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. Esta ley se
    enmarca en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a
    sectores de ingresos medios y medios bajos, a través de la compra o el alquiler. Este
    programa incluye además una serie de beneficios para los inversores privados
    (exoneraciones tributarias) y la creación de un nuevo Fondo de Garantía para Desarrollos
    Inmobiliarios (FOGADI).
    Promueve la inversión privada en construcción, refacción o ampliación de un mínimo de
    dos hasta cien viviendas por padrón las que podrán tener como destino tanto la venta
    como el alquiler. La Oficina del Inversor (de la Agencia Nacional de Vivienda) tiene como
    objetivo asesorar al inversionista en el proceso de presentación del proyecto.
    Las empresas constructoras interesadas presentan al estado un proyecto de construcción
    de “viviendas promovidas”, en un marco de desgravaciones tributarias referidas a
    impuesto a rentas y patrimonio, así como a IVA. Existe un Fondo de Garantía con recursos
    del estado y parte de las comisiones de los bancos que intervienen.
    Los beneficiarios acceden luego a un crédito del Banco Hipotecario de Uruguay, por hasta
    el 90 % del monto total y con un subsidio de hasta el 50 % de la cuota, de acuerdo a
    calificaciones.

    4.3 Otros Programas:
    Programa Blanqueo: Incorporación de Inversores que disponen de “ahorros fuera del
    sistema” formal local (“colchón”) e internacional mediante incentivos fiscales hacia títulos
    de fideicomisos de Infraestructura.

    Bancos Multilaterales de Crédito – Ejemplo: Deuda pública de Santa Fe: 500 millones de
    dólares recientemente autorizados por la legislatura, falta la autorización del gobierno
    nacional para la emisión de bonos internacionales. Son 7500 millones de pesos. Si se

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aplicara sólo a vivienda, se solucionarían 8000 viviendas, sin contar tierra ni
      infraestructura. Vemos así la magnitud de la necesidad, o el atraso que se verifica en la
      acumulación de stock en déficit.

      Instrumentos de ahorro público vinculados a activos reales. (cédulas hipotecarias con
      ajuste metro cuadrado, etc)

      Títulos de ahorro expresados en Salarios Medios de la Economía. (Coeficiente de Variación
      Salarial) para aplicar a acceso de créditos hipotecarios o compra de vivienda.

    5. Ampliación del análisis de la herramienta de financiamiento alternativo de la Nueva
       política pública de vivienda de Uruguay, que facilita la oferta de fondos a largo plazo
       para la actividad crediticia hipotecaria con destino a viviendas de interés social.

      5.1 Introducción:

      Mediante la Ley Nacional N° 18.795 se promueve la inversión privada en Viviendas de
      Interés Social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. Esta ley se enmarca
      en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a sectores de
      ingresos medios y medios bajos, a través de la compra o el alquiler; para ello se crea una
      nueva institucionalidad del sistema público de vivienda:
     Ministerio de vivienda (MVOTMA), es la entidad que define la política de vivienda
     Agencia Nacional de Vivienda (ANV) (creada por la nueva ley) es una empresa pública
      ejecutora de la política de vivienda y ordenamiento territorial.
     Banco Hipotecario del Uruguay: entidad bancaria estatal del mercado de financiamiento a
      la vivienda.

      La Agencia Nacional de Vivienda (ANV), se crea como organismo descentralizado, y tiene
      por finalidad promover y facilitar el acceso y permanencia en la vivienda, así como
      contribuir a la elaboración e implementación de las políticas públicas de vivienda,
      atendiendo los aspectos económicos, sociales y medioambientales.

      5.2 La ley a otorgar los siguientes beneficios a los proyectos y actividades promovidas:

A) Exoneración de los impuestos que gravan la renta originada en las actividades o proyectos
   declarados promovidos. Esta exoneración podrá comprender a la renta o al propio
   impuesto.

B) Deducción íntegra a efectos de la determinación de la renta gravada por el Impuesto a las
   Rentas de las Actividades Económicas, del costo de adquisición de los inmuebles en los que
   se construyan, refaccionen, amplíen o reciclen las viviendas comprendidas en las actividades
   o proyectos declarados promovidos. Dicho costo solo podrá deducirse en tanto sea
   necesario para obtener y conservar las rentas comprendidas en las actividades y proyectos

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promovidos que no hubieran sido exonerados en virtud de lo dispuesto en el literal anterior.

C) Exoneración del Impuesto al Patrimonio de los inmuebles cuya construcción, refacción,
   ampliación o reciclaje se haya declarado promovida. Dichos bienes se considerarán activo
   gravado a los efectos del cómputo de pasivo.

D) Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los ingresos derivados de las actividades
   de enajenación, construcción, refacción, ampliación y reciclaje de viviendas. Facúltase al
   Poder Ejecutivo a otorgar un crédito por el impuesto incluido en las adquisiciones de bienes
   y servicios destinados a integrar el costo de tales operaciones, así como por el impuesto
   correspondiente a las adquisiciones que realicen los fondos sociales y las cooperativas de
   vivienda con destino a su actividad de construcción.

E) Exoneración del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales, a la parte enajenante, a la parte
   adquirente o a ambas, en el caso de hechos generadores vinculados a la primera trasmisión
   patrimonial de inmuebles destinados a la vivienda cuya adquisición, construcción, refacción,
   ampliación o reciclaje hubiera sido declarada promovida.

F) Exoneración del IVA aplicable a los servicios de garantía vinculados al arrendamiento y
   adquisición de inmuebles destinados a la vivienda de interés social.

G) Exoneración del Impuesto al Patrimonio aplicable a los activos afectados a la prestación de
   los servicios de garantía a que refiere el literal anterior. Dichos activos se considerarán
   gravados a efectos del cómputo de pasivos.

    5.3 Mecanismo de presentación de propuestas:

    Los proyectos de inversión a promover son los vinculados a la construcción, refacción,
    ampliación o reciclaje de inmuebles con destino a la vivienda de interés social, sea para la
    venta como para el alquiler. Según la reglamentación, las propuestas pueden involucrar al
    menos dos viviendas, hasta un máximo de 100 viviendas.

    Las empresas constructoras interesadas presentan al estado un proyecto de construcción
    de “viviendas promovidas”, en un marco de desgravaciones tributarias referidas a
    impuesto a rentas y patrimonio, así como a IVA (Devolución de IVA compras y Exoneración
    IVA Importación). La propuesta tiene como etapas, que primero es evaluada por el equipo
    técnico de la ANV, el cual eleva un informe técnico a la Comisión Asesora de Inversiones en
    Vivienda de Interés Social (CAIVIS). La CAIVIS, que está integrada por un representante del
    MEF y uno del MVOTMA, tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles desde que recibe el
    informe de la ANV, que a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
    Medio Ambiente o en quien haga sus veces, podrá declarar la promoción de los proyectos.

    5.4 Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios:

    Los FGCH fueron creados para facilitar el acceso a la vivienda de aquellas familias que, aún
    con la capacidad de pagar una cuota mensual, no tienen el ahorro previo suficiente para
    acceder a la compra de un inmueble a través de un crédito hipotecario. Con el FGCH sólo

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será necesario un ahorro inicial de entre 10% y 15% y se puede financiar hasta el 90% del
valor de la vivienda en un plazo máximo de 25 años (a través de los bancos que operan con
el FGCH). Es el resultado de las políticas públicas de vivienda y el trabajo interinstitucional
entre actores públicos y privados, para facilitar el acceso a la vivienda nueva y usada.

5.5 Mecanismo de Acceso a Viviendas, con Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios
(FGCH):
Para la compra de vivienda nueva promovida en el marco de la nueva ley, el MVOTMA
abre el llamado, a través del programa de Subsidio a la Cuota del Crédito Hipotecario.

El programa está dirigido a personas solas, parejas con y sin menores a cargo. La
financiación del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) es del 90% del valor de la vivienda y
se otorga un subsidio a la cuota en el caso que la persona o la familia lo necesite. El ahorro
previo requerido varía de acuerdo a cada llamado y las características del proyecto.

En este programa el ministerio MVOTMA oficia como intermediario entre la parte
compradora y la parte vendedora no teniendo responsabilidad de las características de la
vivienda elegida siendo esto responsabilidad de la empresa constructora.

     Requisitos y características:
Para comprar, se debe elegir una vivienda y cumplir con los requisitos y valores máximos
establecidos. Ejemplo: el ingreso líquido del núcleo familiar no puede superar las UR 100
(ver valor UR)Estar libre de embargos, interdicciones y gravámenes de todo tipo. El crédito
se debe aplicar exclusivamente a la compra de un inmueble en el país destinado a vivienda
única. Contar con un ahorro previo de entre 10% y 15% del valor de la vivienda, y no del
30% como habitualmente lo exige la oferta hipotecaria actual.

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El valor máximo de la vivienda no puede superar estos topes fijados para vivienda nueva y
usada. El programa aplica para vivienda usada y a la vivienda nueva. Ésta última
correspondiente a las Viviendas de Interés Social (Ley Nº 18.795)El máximo monto avalado
a prestar es del 90% del valor de la vivienda (el mínimo es de 85%). El préstamo es en
Unidades Indexadas (UI) o en pesos. Plazo máximo de 25 años. La cuota debe ser inferior al
35% de los ingresos del núcleo familiar. Deben calificar como sujeto de crédito ante las
instituciones financieras adheridas.

      Características que debe cumplir el inmueble:

 Ser utilizado exclusivamente para vivienda, estar situado dentro del territorio nacional , el
 precio de compra no puede superar los topes previstos (ver topes), Destinado a la compra
 de Viviendas Promovidas en el marco de la Ley Nº 18.795 y Vivienda Usada con los topes
 de precio establecidos en la Reglamentación.

      Institución financiera:

Luego debe presentarse en una de las instituciones financieras adheridas, manifestar su
interés de recibir la cobertura del FGCH (suscribir el Formulario de Aceptación de la
Garantía) y calificar como sujeto de crédito (cumplir con el nivel mínimo de ingresos
formales requeridos por estas entidades como el BBVA, el BHU, Banco República, HSBC,
Santander y Scotiabank, no figurar en el Clearing, etc.).Con la información del banco debe
dirigirse a quien vende la vivienda.

Total de Viviendas Promovidas, con este programa al año 2016:

Viviendas ingresadas: 14364

Proyectos ingresados: 535

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