ALERTA LABORAL CAMBIOS EN LA NORMATIVA LABORAL TRAS EL FIN DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN - PWC

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Alerta Laboral

Cambios en la normativa
laboral tras el fin del
estado de excepción

                      PwC Chile – Servicios Laborales

                                        Octubre 2021
ALERTA LABORAL CAMBIOS EN LA NORMATIVA LABORAL TRAS EL FIN DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN - PWC
El pasado 30 de septiembre de 2021 se dio fin    En virtud de lo anterior, a continuación,
al estado de excepción decretado a principios    analizaremos brevemente la normativa y
de marzo de 2020, en virtud de la pandemia       beneficios que dejarán de ser aplicables
por Covid-19. Este cambio no solo trajo un       desde el mes de octubre de 2021 en adelante,
nuevo Plan Paso a Paso y nuevas libertades       además de hacer un breve listado de aquella
de reunión y movilidad, sino que también         normativa relacionada a la Pandemia que se
afectó seriamente al ámbito laboral, en lo que   mantendrá vigente hasta el fin de la alerta
respecta a toda la normativa que entró en        sanitaria, el próximo 31 de diciembre de 2021.
vigencia para mantener la estabilidad de los
empleos y proteger las relaciones laborales.
I. Normativa y beneficios
que perdieron su vigencia

Ley de Protección al Empleo

La Ley N° 21.220, publicada el 6 de abril de 2020, vino    Asimismo, la ley también extendía el fuero maternal
a proteger a trabajadores y empleadores frente a los       para las trabajadoras embarazadas mientras durase el
efectos de la pandemia desde sus inicios y mientras su     estado de excepción constitucional, sin embargo, con
vigencia fuese renovada.                                   el fin de este, se pone término a la extensión del fuero
                                                           maternal en caso de que hubiese procedido.
Esta ley, entregaba a las partes de la relación laboral
prestaciones y beneficios asociados al Seguro de           Ley de elecciones sindicales y mandatos de
Cesantía personal o solidario de los trabajadores, ante    directores
las siguientes situaciones:
                                                           Por su parte, la Ley N° 21.235 del 29 de mayo de
•   Suspensión del contrato de trabajo por acto de         2020 permitió suspender temporalmente los procesos
    autoridad                                              electorales de directivas y delegados sindicales, y la
                                                           prórroga de la vigencia de los mandatos de dichos
•   Suspensión del contrato de trabajo por mutuo           directores y delegados sindicales.
    acuerdo
                                                           Es decir, en caso de que se hubiese iniciado un
•   Reducción de la jornada de trabajo por mutuo           proceso electoral antes de la declaración de estado
    acuerdo                                                de excepción, o los que debían indicarse durante
                                                           dicho estado, se permitía suspender las votaciones
Es así, como el Decreto N° 1492 del Ministerio de          y extender los mandatos de los correspondientes
Hacienda, publicado el 24 de agosto de 2021, extendió      representantes mientras estuviese vigente el estado de
por última vez los beneficios asociados a la suspensión    excepción.
de contrato de trabajo hasta el día 6 de septiembre
de 2021. Es decir, a partir de la fecha indicada, la       Dado que el estado de excepción terminó el pasado 30
suspensión temporal del contrato (sea por acto de          de septiembre de 2021, se entenderán por reanudados
autoridad o mutuo acuerdo), perdió su vigencia, y los      los procesos electorales pendientes, y extendida la
trabajadores suspendidos deberán retornar al trabajo       vigencia de los mandatos sindicales por el número
presencial o remoto.                                       de días que restaba para el término del plazo del
                                                           mandato original, contado desde el cese del estado de
Recordar que los efectos de los pactos de reducción de     excepción.
jornada de trabajo que se hubieren celebrado durante la
vigencia de esta ley podrán tener efectos hasta el 31 de   Elección de comités paritarios
diciembre de 2021.
                                                           La Dirección del Trabajo también se pronunció
Ley de teletrabajo para trabajadoras embarazadas y         respecto a estos temas, indicando en el Dictamen N°
fueros                                                     2590/021, que la situación de la pandemia no permitía
                                                           el desarrollo normal de los procesos de votación al
La Ley N° 21.260 modificó el Código del Trabajo para       interior de la empresa, por lo que los procesos de
otorgar beneficios a las trabajadoras embarazadas          elección y constitución de comités paritarios de higiene
mientras existiese un estado de excepción                  y seguridad podían suspenderse y mantenerse el actual
constitucional de catástrofe por calamidad pública con     comité (representantes de empleador y trabajador) en
ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una          funcionamiento hasta poder realizarse la elección de
enfermedad contagiosa.                                     nuevos miembros con normalidad.

Hoy en día, habiéndose dado fin al estado de               En este sentido, y siempre y cuando no se haya
excepción, el nuevo inciso final del artículo 202 de       realizado la votación por medios electrónicos, deberán
Código del Trabajo no será aplicable, por lo que los       reiniciarse estos procesos electorales, en virtud del
empleadores no tendrán la obligación de ofrecer a la       término del estado de excepción.
trabajadora embarazada la modalidad de teletrabajo -o
destinarla a funciones que no requieran contacto con
público-, ni deberán mantener esta modalidad a partir
de esta fecha.
Nueva Crianza Protegida                                        Ejercicio de acciones judiciales

Finalmente, las leyes N° 21.247 y Ley N° 21.351                La Ley N° 21.226 del 2 de abril de 2020, al igual
conocidas como Crianza Protegida y Nueva Crianza               que la Ley de Protección al Empleo, vino a dar una
Protegida, otorgaron a padres, madres y cuidadores de          solución rápida para proteger a los trabajadores ante
menores de edad beneficios respecto a la extensión del         el inicio de la pandemia. En esta, se indicaba que se
permiso postnatal parental por medio de las licencias          prorrogarían los plazos de prescripción y caducidad
médicas preventivas parentales, y/o la suspensión de           para el ejercicio de las acciones laborales, hasta 50 días
los contratos de trabajo para el cuidado de menores.           hábiles contados desde la fecha de cese del estado de
                                                               excepción.
En este sentido, la Nueva Crianza Protegida indicó
que, durante la vigencia de estado de excepción, los           En este sentido, dado que el estado de excepción
trabajadores que hubiesen hecho uso de una o más               dejó de tener efecto el pasado 30 de septiembre
licencias médicas preventivas parentales, podrían              de 2021, las acciones a las cuales se les habría
suspender sus contratos de trabajo y acceder a una             extendido el plazo de prescripción y caducidad para su
prestación mensual por hasta tres meses, equivalente a         interposición, vencerá el próximo 30 de noviembre de
un porcentaje del subsidio por incapacidad laboral.            2021.

Este beneficio solo podía solicitarse hasta el día             IFE Laboral
30 de septiembre de 2021, sin embargo, aquellos
trabajadores y trabajadoras que hubieren solicitado a          El IFE Laboral es un incentivo para los trabajadores que
la AFC este beneficio dentro de la vigencia de la ley          se hayan empleado formalmente durante los últimos
podrán obtenerlo por el máximo de 3 meses.                     meses. El beneficio se entrega directamente a los
                                                               trabajadores, siempre y cuando su remuneración no
                                                               exceda de 3 ingresos mínimos mensuales ($1.011.000
                                                               al día de hoy).
II. Normativa y beneficios
vigentes                                                       Este beneficio se mantiene vigente a la fecha, y podrá
                                                               solicitarse entre el 1 de agosto al 31 de diciembre de
                                                               2021. La cantidad de pagos a los que podrá acceder
                                                               el trabajador, dependerán de la fecha de postulación
Ley de retorno seguro                                          (octubre 3 pagos, noviembre 2 pagos y diciembre 1
                                                               pago).
La Ley N° 21.342, publicada en junio de 2021, vino
a implementar nuevas medidas para la reapertura de             Subsidio al Empleo – Línea Protege
lugares de trabajo y seguridad de estos. Esta ley se
divide en tres pilares principales: (1) ofrecimiento de la     Las trabajadoras o trabajadores dependientes que
modalidad de teletrabajo para trabajadores de riesgo;          tengan a su cuidado a un menor de 2 años y no tengan
(2) implementación de un Protocolo de Seguridad                garantizado el derecho a sala cuna por parte de su
Sanitaria Laboral Covid-19; y (3) contratación de un           empleador, podrán continuar obteniendo el beneficio
Seguro Individual Obligatorio de Salud para todos los          de la línea protege hasta el 31 de diciembre de 2021.
trabajadores contra el Covid-19.                               Este subsidio mensual se entregará por el plazo de 3
                                                               meses, siempre y cuando se cumpla con los requisitos
Las normas de esta Ley, como bien indica su artículo           indicados.
primero, serán aplicables durante el tiempo en que esté
vigente la alerta sanitaria. Es decir, desde el inicio de la
ley y hasta –al menos– el día 31 de diciembre de 2021,
los empleadores deberán seguir cumpliendo con esta
normativa, lo que implica la protección de trabajadores
de riesgo, la escrituración e implementación del
protocolo de seguridad, y la contratación del seguro de
salud obligatorio correspondiente.
Subsidios al Empleo - Empleador

Finalmente, con el fin del estado de excepción                 El subsidio contrata podrá implicar un beneficio
constitucional, el empleador solo podrá acceder a la           monetario mensual de hasta $290.000 pesos por cada
línea contrata dentro de los Subsidios al Empleo. Este         nuevo trabajador contratado.
subsidio se extenderá hasta el 31 de diciembre de
2021.                                                          Cabe tener presente que, sin embargo, a partir del 16
                                                               de septiembre de 2021, solo podrán postular a estas
Por su parte, el Subsidio Regresa dejó de ser                  líneas de subsidio las micro, pequeñas y medianas
procedente tras el término de la Ley de Protección al          empresas (hasta 199 trabajadores), por un máximo de 4
Empleo y la imposibilidad de suspender contratos de            meses.
trabajo.

        Contactos

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                                        Socio                                            Abogado
                                        Tax and Legal, PwC Chile                         Servicios Laborales, PwC Chile
                                        roberto.carlos.rivas@pwc.com                     francisca.alvarez@pwc.com
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                                        Gabriel Halpern                                  Gloria Droguett
                                        Abogado                                          Gerente
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