ALERTA LABORAL CAMBIOS EN LA NORMATIVA LABORAL TRAS EL FIN DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN - PWC
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www.pwc.cl Alerta Laboral Cambios en la normativa laboral tras el fin del estado de excepción PwC Chile – Servicios Laborales Octubre 2021
El pasado 30 de septiembre de 2021 se dio fin En virtud de lo anterior, a continuación, al estado de excepción decretado a principios analizaremos brevemente la normativa y de marzo de 2020, en virtud de la pandemia beneficios que dejarán de ser aplicables por Covid-19. Este cambio no solo trajo un desde el mes de octubre de 2021 en adelante, nuevo Plan Paso a Paso y nuevas libertades además de hacer un breve listado de aquella de reunión y movilidad, sino que también normativa relacionada a la Pandemia que se afectó seriamente al ámbito laboral, en lo que mantendrá vigente hasta el fin de la alerta respecta a toda la normativa que entró en sanitaria, el próximo 31 de diciembre de 2021. vigencia para mantener la estabilidad de los empleos y proteger las relaciones laborales.
I. Normativa y beneficios que perdieron su vigencia Ley de Protección al Empleo La Ley N° 21.220, publicada el 6 de abril de 2020, vino Asimismo, la ley también extendía el fuero maternal a proteger a trabajadores y empleadores frente a los para las trabajadoras embarazadas mientras durase el efectos de la pandemia desde sus inicios y mientras su estado de excepción constitucional, sin embargo, con vigencia fuese renovada. el fin de este, se pone término a la extensión del fuero maternal en caso de que hubiese procedido. Esta ley, entregaba a las partes de la relación laboral prestaciones y beneficios asociados al Seguro de Ley de elecciones sindicales y mandatos de Cesantía personal o solidario de los trabajadores, ante directores las siguientes situaciones: Por su parte, la Ley N° 21.235 del 29 de mayo de • Suspensión del contrato de trabajo por acto de 2020 permitió suspender temporalmente los procesos autoridad electorales de directivas y delegados sindicales, y la prórroga de la vigencia de los mandatos de dichos • Suspensión del contrato de trabajo por mutuo directores y delegados sindicales. acuerdo Es decir, en caso de que se hubiese iniciado un • Reducción de la jornada de trabajo por mutuo proceso electoral antes de la declaración de estado acuerdo de excepción, o los que debían indicarse durante dicho estado, se permitía suspender las votaciones Es así, como el Decreto N° 1492 del Ministerio de y extender los mandatos de los correspondientes Hacienda, publicado el 24 de agosto de 2021, extendió representantes mientras estuviese vigente el estado de por última vez los beneficios asociados a la suspensión excepción. de contrato de trabajo hasta el día 6 de septiembre de 2021. Es decir, a partir de la fecha indicada, la Dado que el estado de excepción terminó el pasado 30 suspensión temporal del contrato (sea por acto de de septiembre de 2021, se entenderán por reanudados autoridad o mutuo acuerdo), perdió su vigencia, y los los procesos electorales pendientes, y extendida la trabajadores suspendidos deberán retornar al trabajo vigencia de los mandatos sindicales por el número presencial o remoto. de días que restaba para el término del plazo del mandato original, contado desde el cese del estado de Recordar que los efectos de los pactos de reducción de excepción. jornada de trabajo que se hubieren celebrado durante la vigencia de esta ley podrán tener efectos hasta el 31 de Elección de comités paritarios diciembre de 2021. La Dirección del Trabajo también se pronunció Ley de teletrabajo para trabajadoras embarazadas y respecto a estos temas, indicando en el Dictamen N° fueros 2590/021, que la situación de la pandemia no permitía el desarrollo normal de los procesos de votación al La Ley N° 21.260 modificó el Código del Trabajo para interior de la empresa, por lo que los procesos de otorgar beneficios a las trabajadoras embarazadas elección y constitución de comités paritarios de higiene mientras existiese un estado de excepción y seguridad podían suspenderse y mantenerse el actual constitucional de catástrofe por calamidad pública con comité (representantes de empleador y trabajador) en ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una funcionamiento hasta poder realizarse la elección de enfermedad contagiosa. nuevos miembros con normalidad. Hoy en día, habiéndose dado fin al estado de En este sentido, y siempre y cuando no se haya excepción, el nuevo inciso final del artículo 202 de realizado la votación por medios electrónicos, deberán Código del Trabajo no será aplicable, por lo que los reiniciarse estos procesos electorales, en virtud del empleadores no tendrán la obligación de ofrecer a la término del estado de excepción. trabajadora embarazada la modalidad de teletrabajo -o destinarla a funciones que no requieran contacto con público-, ni deberán mantener esta modalidad a partir de esta fecha.
Nueva Crianza Protegida Ejercicio de acciones judiciales Finalmente, las leyes N° 21.247 y Ley N° 21.351 La Ley N° 21.226 del 2 de abril de 2020, al igual conocidas como Crianza Protegida y Nueva Crianza que la Ley de Protección al Empleo, vino a dar una Protegida, otorgaron a padres, madres y cuidadores de solución rápida para proteger a los trabajadores ante menores de edad beneficios respecto a la extensión del el inicio de la pandemia. En esta, se indicaba que se permiso postnatal parental por medio de las licencias prorrogarían los plazos de prescripción y caducidad médicas preventivas parentales, y/o la suspensión de para el ejercicio de las acciones laborales, hasta 50 días los contratos de trabajo para el cuidado de menores. hábiles contados desde la fecha de cese del estado de excepción. En este sentido, la Nueva Crianza Protegida indicó que, durante la vigencia de estado de excepción, los En este sentido, dado que el estado de excepción trabajadores que hubiesen hecho uso de una o más dejó de tener efecto el pasado 30 de septiembre licencias médicas preventivas parentales, podrían de 2021, las acciones a las cuales se les habría suspender sus contratos de trabajo y acceder a una extendido el plazo de prescripción y caducidad para su prestación mensual por hasta tres meses, equivalente a interposición, vencerá el próximo 30 de noviembre de un porcentaje del subsidio por incapacidad laboral. 2021. Este beneficio solo podía solicitarse hasta el día IFE Laboral 30 de septiembre de 2021, sin embargo, aquellos trabajadores y trabajadoras que hubieren solicitado a El IFE Laboral es un incentivo para los trabajadores que la AFC este beneficio dentro de la vigencia de la ley se hayan empleado formalmente durante los últimos podrán obtenerlo por el máximo de 3 meses. meses. El beneficio se entrega directamente a los trabajadores, siempre y cuando su remuneración no exceda de 3 ingresos mínimos mensuales ($1.011.000 al día de hoy). II. Normativa y beneficios vigentes Este beneficio se mantiene vigente a la fecha, y podrá solicitarse entre el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2021. La cantidad de pagos a los que podrá acceder el trabajador, dependerán de la fecha de postulación Ley de retorno seguro (octubre 3 pagos, noviembre 2 pagos y diciembre 1 pago). La Ley N° 21.342, publicada en junio de 2021, vino a implementar nuevas medidas para la reapertura de Subsidio al Empleo – Línea Protege lugares de trabajo y seguridad de estos. Esta ley se divide en tres pilares principales: (1) ofrecimiento de la Las trabajadoras o trabajadores dependientes que modalidad de teletrabajo para trabajadores de riesgo; tengan a su cuidado a un menor de 2 años y no tengan (2) implementación de un Protocolo de Seguridad garantizado el derecho a sala cuna por parte de su Sanitaria Laboral Covid-19; y (3) contratación de un empleador, podrán continuar obteniendo el beneficio Seguro Individual Obligatorio de Salud para todos los de la línea protege hasta el 31 de diciembre de 2021. trabajadores contra el Covid-19. Este subsidio mensual se entregará por el plazo de 3 meses, siempre y cuando se cumpla con los requisitos Las normas de esta Ley, como bien indica su artículo indicados. primero, serán aplicables durante el tiempo en que esté vigente la alerta sanitaria. Es decir, desde el inicio de la ley y hasta –al menos– el día 31 de diciembre de 2021, los empleadores deberán seguir cumpliendo con esta normativa, lo que implica la protección de trabajadores de riesgo, la escrituración e implementación del protocolo de seguridad, y la contratación del seguro de salud obligatorio correspondiente.
Subsidios al Empleo - Empleador Finalmente, con el fin del estado de excepción El subsidio contrata podrá implicar un beneficio constitucional, el empleador solo podrá acceder a la monetario mensual de hasta $290.000 pesos por cada línea contrata dentro de los Subsidios al Empleo. Este nuevo trabajador contratado. subsidio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021. Cabe tener presente que, sin embargo, a partir del 16 de septiembre de 2021, solo podrán postular a estas Por su parte, el Subsidio Regresa dejó de ser líneas de subsidio las micro, pequeñas y medianas procedente tras el término de la Ley de Protección al empresas (hasta 199 trabajadores), por un máximo de 4 Empleo y la imposibilidad de suspender contratos de meses. trabajo. Contactos Roberto Carlos Rivas Francisca Álvarez Socio Abogado Tax and Legal, PwC Chile Servicios Laborales, PwC Chile roberto.carlos.rivas@pwc.com francisca.alvarez@pwc.com Cel: +56 9 9699 3379 Cel: +56 9 7976 9958 Gabriel Halpern Gloria Droguett Abogado Gerente Servicios Laborales, PwC Chile Servicios Laborales, PwC Chile gabriel.halpern@pwc.com gloria.droguett@pwc.com Cel: +56 9 8233 0790 Cel: +56 9 7539 0594 © 2021, PricewaterhouseCoopers Consultores Auditores SpA. Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial. “PwC” se refiere a la red de firmas miembros de PricewaterhouseCoopers International Limited, cada una de las cuales es una entidad legal separada e independiente.
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