BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY MODIFICACIONES LEGALES LEY DE BANCOS CARTA ORGÁNICA DEL BCP - Superintendencia de Bancos - Noviembre 2014
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos MODIFICACIONES LEGALES LEY DE BANCOS CARTA ORGÁNICA DEL BCP Noviembre 2014
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos CONTENIDO Principales motivos para la modificación legal Porqué modernizar la legislación bancaria Porqué modificarla (sistema estable y solvente) Qué es y qué no es la modificación legal Pre condiciones para la consolidación del esquema de supervisión Supervisión Basada en Riesgo En qué consiste Beneficios
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos CONTENIDO … Programa de Evaluación del Sistema Financiero Qué es el FSAP Resultados de la Evaluación en el Paraguay Resultados esperados con las modificaciones legales Principios Básicos de Supervisión a ser mejorados con las modificaciones legales Comentarios sobre reforma Ley N° 489/95 Conclusiones
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRINCIPALES MOTIVOS QUE IMPULSAN LA MODIFICACION DE NUESTRO MARCO REGULATORIO Legislación que permita al regulador y supervisor adaptarse a la dinámica del negocio financiero y sus riesgos, que constantemente está proponiendo innovaciones y nuevos productos. Herramientas para consolidar una supervisión basada en riesgos. Mejores prácticas internacionales de supervisión financiera, aprovechando la situación de estabilidad financiera actual. Potestad de adecuar reglamentaciones prudenciales sin tener que cambiar la legislación. Mantener y fortalecer un sistema financiero estable y solvente.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos Financial Stability Institute - Basel Committee on Banking Supervision Documentos PRINCIPIOS DE MEJORES PRACTICAS DE SUPERVISIÓN BANCARIA SUPERVISION Objetivos de la Reforma Legal BASILEA I, II, II.5 Y III ACUERDOS QUE PERSIGUEN FORTALECER CAPITAL REGULATORIO CON UNA MEDICIÓN MÁS SENSIBLE AL RIESGO, GESTIÓN DE RIESGO Y DISCIPLINA DE MERCADO OTROS REGULACIONES VARIAS, GUIAS S/ PRODUCTOS ESPECIFICOS, ETC…
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PORQUÉ MODERNIZAR LA LEGISLACIÓN BANCARIA En 1996, en plena crisis financiera, legislación rigurosa y restrictiva que asegure cumplimiento irrestricto. Respuesta a coyuntura sin reglas para enfrentar proceso de liberalización. En los últimos años, migración hacia la supervisión basada en riesgos, con marco legal limitante. Legislación detallada y prescriptiva, con límites cuantitativos y ponderaciones de riesgo que constriñen facultades del BCP. BCP no ha introducido perfil de riesgo en exigencias capital (adecuación modelo de negocios).
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PORQUÉ MODERNIZAR … • El sistema financiero evoluciona exponencialmente; fundamental una legislación bancaria adaptable al dinamismo del sector y sus riesgos inherentes. • Supervisor con capacidad de reacción para adoptar medidas (PREVENTIVAS/OPORTUNAS) ante circunstancias cambiantes y escenarios adversos, • Herramientas apropiadas que contribuyen a consolidar sistema financiero estable, solvente e íntegro.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PORQUÉ MODIFICAR LEGISLACION BANCARIA Buena coyuntura económica para llevar adelante cambios de esta naturaleza (económico, financiero, entorno). Tiempos de tranquilidad y bonanza, sin apremios ni presiones. Robustez y estabilidad del sistema financiero, propicio para introducir mejores prácticas. Contribución a expansión de industria bancaria, fortalecimiento del rol supervisor y regulador del BCP. Cambio cultura regulatoria (HISTÓRICO); anteriormente, respuesta a crisis (cuerpos legales estructurados con premura impuesta).
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos QUÉ IMPLICA Y QUÉ NO IMPLICA LA MODIFICACIÓN Consolidar proceso de implementación de los principios de supervisión bancaria efectiva. Potenciar la calidad de la regulación (Regional-Mercosur/Internacional). Presionar incremento de niveles de capital.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRECONDICIONES PARA CONSOLIDAR ESQUEMA DE SUPERVISION Inflación Controlada Tipo de Cambio estable y predecible Disciplina Fiscal Créditos bancarios con crecimiento moderado y perspectivas favorables Reservas internacionales en aumento. Esquema de resolución bancaria efectivo
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos SUPERVISION BASADA EN RIESGOS Ejecutada conforme parámetros considerados en evaluación de la calidad de las prácticas de supervisión bancaria de un país
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos BENEFICIOS DE LAS MEJORES PRACTICAS DE SUPERVISION Estabilidad del Sistema Mejorar la calificación del Financiero Riesgo País Beneficio s Mercado atractivo para Supervisión bancaria los inversores extranjeros consolidada adecuada a y facilidad de obtener escala internacional créditos Cumplir con las mejores prácticas sirven a los países como referencia para evaluar la calidad de sus sistemas supervisores, ayudan a detectar y corregir deficiencias en el sector financiero e identificar las medidas necesarias para alcanzar niveles de calidad equiparables en las prácticas supervisoras, fortaleciendo de ese modo su capacidad de resistencia a shocks macroeconómicos y al contagio.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE MIGRACIÓN Actualmente, se impulsa la utilización Hasta mediados del ejercicio 2007, el del enfoque de supervisión basado en órgano supervisor del sistema financiero riesgos: utilizaba un esquema de supervisión -Confección de indicadores de alerta clásico, orientado principalmente temprana. en verificar cuestiones normativas y contables -Esquema de cuadrantes. -Peer Groups -Benchmarking.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE … ELEMENTOS DE LA TRANSICIÓN Incorporación de Nuevas Herramientas Adecuación de Regulación Prudencial Aspectos Institucionales
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE … INCORPORACIÓN DE NUEVAS HERRAMIENTAS Se aprueba Proceso de Supervisión, en la cual se establecen nuevos lineamientos con base en el perfil de riesgo de cada entidad. Se crean una serie de Indicadores de Alerta Temprana que contribuyeron a impulsar una supervisión de carácter preventivo, identificando debilidades y anticipando las medidas para corregirlas. Se elabora un esquema de cuadrantes que incorpora aspectos cualitativos y cuantitativos que permiten agrupar a las entidades financieras en categorías, con el fin de definir los esfuerzos de supervisión
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE … Se consideran aspectos comunes para conformar los Grupos Pares o Similares (Peer Groups) Se ha utilizado un nuevo software conocido como DISCOVERER, que permite fiscalizar el comportamiento de los créditos masificados. Se elaboró una Guía de Inspección consistente en un instructivo para dotar de mayor eficiencia al Supervisor. Se elaboró un modelo de Pruebas de Resistencia (Stress Test) que introduce una serie de variables, ante los resultados provenientes de simulaciones en la que se plantea la ocurrencia de algunos de estos hechos adversos, permitan adoptar decisiones que mitiguen su impacto.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE … ADECUACIÓN DE REGULACIÓN PRUDENCIAL Se han dictado normas que buscan consolidar una cultura con prioridad a la adecuada gestión integral de riesgos: Riesgo de Crédito Riesgos Financieros Riesgo Operacional Gobierno Corporativo Aumento de Capital Mínimo Distinción entre Capital Principal y Capital Complementario Reglamento de Apertura de Entidades
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PROCESO DE … MATRIZ DE SUPERVISIÓN II I O A (#) P L I T N A I O N C U A IV III L I T B A A T J I A (*) V A BAJA ALTA SOLVENCIA
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos ASPECTOS INSTITUCIONALES Reestructuración de la Superintendencia de Bancos para contar con áreas especializadas de los distintos riesgos y llevar a cabo una supervisión integral Creación de Comités de Supervisión y de Seguimiento de Intermediarios Financieros. Capacitación a los Supervisores a través de cursos y pasantías, con el fin de dotar a los mismos del conocimiento adecuado y a las tendencias de supervisión. Contacto y firma de MoU con Supervisores de la región a fin de aprender sobre la experiencia de otros en el proceso de Supervisión Consolidada. Adopción de Prácticas en base a una supervisión consolidada, a entidades que poseen inversiones en el extranjero y viceversa.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos QUÉ ES EL FSAP? PROGRAMA DE EVALUACION DEL SECTOR FINANCIERO (FSAP, por sus siglas en inglés) para revisar la implementación de las mejores prácticas y sistemas de supervisión con el fin de comprobar su eficacia en las distintas jurisdicciones.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos COMPONENTES DE LA EVALUACION El examen cuenta con tres componentes principales: evaluación de la estabilidad del sistema financiero, incluidos los factores macroeconómicos que podrían afectar el desempeño del sistema, y las condiciones del sistema que podrían afectar a la macroeconomía, evaluación del grado en que se observan las normas, los códigos y las buenas prácticas financieras pertinentes, y evaluación de las necesidades de desarrollo y reforma del sector financiero. El equipo señala las medidas que reforzarían el sistema financiero, junto con cualquier plan para hacer frente a situaciones imprevistas, y presenta una evaluación detallada de las repercusiones monetarias y fiscales de dichas medidas. Por lo tanto, como parte del FSAP fue realizada la evaluación detallada del cumplimiento de los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Efectiva
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRINCIPIOS EVALUADOS 1. Objetivos, independencia, potestades, etc. 11. Exposiciones a partes vinculadas 1.1 Responsabilidades y objetivos 12. Riesgo País y Riesgo de Transferencia 1.2 Responsabilidad y transparencia 13. Riesgo de Mercado 1.3 Marco Jurídico 14. Riesgo de Liquidez 1.4 Potestades Legales 15. Riesgo Operacional 1.5 Protección Legal 16. Riesgo de Tasas de Interés en la Cartera de 1.6 Cooperación inversión 2. Actividades Permitidas 17. Control y Auditoría Internos 3. Criterios para la concesión de licencias 18. Utilización abusiva de Servicios Financieros 4. Cambio de titularidad de participaciones 19. Enfoque Supervisor significativas 20. Técnicas de Supervisión 5. Adquisiciones sustanciales 21. Informes de Supervisión 6. Suficiencia de Capital 22. Contabilidad y Divulgación 7. Proceso para la Gestión del Riesgo 23. Potestades correctivas del Supervisor 8. Riesgo de Crédito 24. Supervisión Consolidada 9. Activos dudosos, provisiones y reservas 25. Relación entre el Supervisor de Origen y el de 10. Límites de exposición a grandes riesgos Destino
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos RESULTADOS EN PARAGUAY AÑO 2005 – Primera Evaluación AÑO 2010 – Actualización
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos RESULTADO 2005 C CM SNC NC NA 1 Objetivos, independencia, potestades, recursos X 1.1 Objetivos X 1.2 Independencia X 1.3 Marco Jurídico X 1.4 Potestades Legales X 1.5 Protección Legal X 1.6 Intercambio de Información X 2 Actividades Permitidas X 3 Criterios para la concesión de licencias X 4 Cambio de titularidad de participaciones significativas X 5 Adquisiciones sustanciales X 6 Suficiencia de capital X 7 Proceso para la gestión del riesgo X 8 Riesgo de Crédito X 9 Límites de exposición a grandes riesgos X 10 Prestamos Relacionados X 11 Riesgo Pais X 12 Riesgo de Mercado X 13 Otros Riesgos X 14 Control Interno y Auditoría X 15 Lavado de Dinero X 16 Supervisión In Situ y Extra Situ X 17 Relación del Supervisor con la Gerencia de la Entidad X 18 Supervisión Extra Situ X 19 Informes de Supervisión X 20 Supervisión Consolidada X 21 Normas Contables X 22 Potestades correctivas del Supervisor X 23 Supervisión Global Consolidada X 24 Supervisión del país anfitrión X 25 Relación entre el Supervisor de Origen y el de Destino X C: Conforme CM: Cumple Mayormente SNC: Sustancialmente No Conforme NC: No Conforme NA: No Aplicable
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos RESULTADO 2010 C CM SNC NC NA 1 Objetivos, independencia, potestades, etc. 1.1 Responsabilidades y objetivos x 1.2 Responsabilidad y transparencia x 1.3 Marco Jurídico x 1.4 Potestades Legales x 1.5 Protección Legal x 1.6 Cooperación x 2 Actividades Permitidas x 3 Criterios para la concesión de licencias x 4 Cambio de titularidad de participaciones significativas x 5 Adquisiciones sustanciales x 6 Suficiencia de capital x 7 Proceso para la gestión del riesgo x 8 Riesgo de Crédito x 9 Activos dudosos, provisiones y reservas x 10 Límites de exposición a grandes riesgos x 11 Exposiciones a partes vinculadas x 12 Riesgo País y riesgo de transferencia x 13 Riesgo de mercado x 14 Riesgo de liquidez x 15 Riesgo Operacional x 16 Riesgo de tasas de interés en la cartera de inversión x 17 Control y Auditoría Internos x 18 Utilización abusiva de servicios financieros x 19 Enfoque Supervisor x 20 Técnicas de Supervisión x 21 Informes de Supervisión x 22 Contabilidad y Divulgación x 23 Potestades correctivas del Supervisor x 24 Supervisión Consolidada x 25 Relación entre el Supervisor de Origen y el de destino x C: Conforme CM: Cumple Mayormente SNC: Sustancialmente No Conforme NC: No Conforme NA: No Aplicable
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos RESULTADOS OBTENIDOS
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos SITUACION CALIFICACION PRINCIPIOS EVALUADOS 2010 ARTICULOS A SER MODIFICADOS ACTUAL ESPERADA 1 Objetivos, independencia, potestades, etc. 1.1 Responsabilidades y objetivos CM CM CM 1.2 Responsabilidad y transparencia CM CM CM 1.3 Marco Jurídico SNC SNC Ley 861/96 - art 43° - 68° CM 1.4 Potestades Legales CM CM Ley 861/96 - art 35° - 38°; Ley 489/95 - art 19°, 106° C 1.5 Protección Legal CM CM Ley 861/96 - art 102°; Ley 489/95 - art 2° (nuevo) C 1.6 Cooperación CM CM Ley 489/95 - art 8° C 2 Actividades Permitidas C C C 3 Criterios para la concesión de licencias CM CM Ley 861/96 - art 14° C 4 Cambio de titularidad de participaciones significativas CM CM Ley 861/96 - art 21° C 5 Adquisiciones sustanciales CM CM CM 6 Suficiencia de capital SNC SNC Ley 861/96 - art 11° y 56° CM 7 Proceso para la gestión del riesgo SNC CM CM 8 Riesgo de Crédito CM CM CM 9 Activos dudosos, provisiones y reservas SNC SNC SNC 10 Límites de exposición a grandes riesgos SNC SNC Ley 861/96 - art 47° CM 11 Exposiciones a partes vinculadas CM CM Ley 861/96 - art 47° C 12 Riesgo País y riesgo de transferencia CM CM CM 13 Riesgo de mercado SNC SNC Ley 861/96 - art 56° CM 14 Riesgo de liquidez SNC SNC SNC 15 Riesgo Operacional NC CM CM 16 Riesgo de tasas de interés en la cartera de inversión NC NC Ley 861/96 - art 56° SNC 17 Control y Auditoría Internos CM CM CM 18 Utilización abusiva de servicios financieros CM CM CM 19 Enfoque Supervisor CM CM CM 20 Técnicas de Supervisión CM CM CM 21 Informes de Supervisión SNC CM CM 22 Contabilidad y Divulgación CM CM CM 23 Potestades correctivas del Supervisor SNC SNC Ley 861/96 - art 71°; Ley 489/95 - art 5° (nuevo), 83° - 90° CM 24 Supervisión Consolidada CM CM CM 25 Relación entre el Supervisor de Origen y el de destino CM CM CM
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRINCIPIOS A SER MEJORADOS CON LAS MODIFICACIONES LEGALES Potestades, atribuciones y funciones de los Supervisores • 1.3. Marco Jurídico • 1.4. Potestades Legales • 1.5. Protección Legal • 1.6. Cooperación • 3. Criterios para la Concesión de Licencias • 4. Cambio de titularidad de participaciones significativas • 23. Potestades Correctivas del Supervisor Regulaciones y requisitos prudenciales • 6. Suficiencia de Capital • 10. Límites de Exposición a Grandes Riesgos • 11. Exposiciones a Partes Vinculadas • 13. Riesgo de Mercado • 16. Riesgo de Tasas de Interés en la Cartera de Inversión
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos LEY N° 489/95 Deber de secreto Remisión de información a organismos extranjeros Directorio. Designaciones y duración en el cargo, nuevas atribuciones Nuevas funciones del Supervisor Designación de Superintendentes y nuevas atribuciones del Superintendente de Bancos Medidas correctivas a entidades supervisadas Otros
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRINCIPIO 1.5 - PROTECCION LEGAL Debe existir un marco jurídico apropiado para la supervisión bancaria, con protección legal para los supervisores. ARTICULOS RELACIONADOS AL PRINCIPIO - Nuevo artículo incorporado a la modificación de la Ley N° 489/95.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos REDACCION PROPUESTA Art. Los actos del Directorio, de los funcionarios de los órganos de supervisión y de aquellos funcionarios del Banco Central del Paraguay cuya labor guarde relación con tareas de supervisión y resolución de entidades supervisadas, gozaran de presunción de regularidad, salvo declaración judicial en contrario. Los abogados que ejerzan la representación de los directores y funcionarios, por las actuaciones realizadas en el marco de sus atribuciones legales, podrán ser seleccionados o contratados por el Banco Central del Paraguay. La irregularidad de la actuación administrativa deberá ser expresamente declarada por la jurisdicción contencioso-administrativa. No se dará trámite a la demanda por indemnización de daños y perjuicios sin la declaración previa de irregularidad declarada a través de resolución firme emanada de la jurisdicción contencioso-administrativa. El presente artículo regirá también en el caso de exdirectores y funcionarios del Banco Central del Paraguay.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos MOTIVACION Para contar con un esquema legal adecuado para la supervisión bancaria, es necesario contar con poderes que aseguren el cumplimiento de las leyes, así como aspectos de seguridad, solidez y protección legal para los supervisores. EFECTOS A CORTO PLAZO Se regirá a partir de la vigencia y conforme a lo establecido en la ley.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos PRINCIPIO 1.6 - COOPERACION Las leyes, regulaciones y otros procedimientos deberán proporcionar un marco de cooperación y colaboración con las pertinentes autoridades locales y supervisores extranjeros. Relacionado con el Artículo 8° de la Ley N° 489/95.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos REDACCION ACTUAL REDACCION PROPUESTA Artículo 8°. Informaciones a Organismos Artículo 8°. Informaciones a Organismos de Supervisión Extranjeras de Supervisión Extranjeras El Banco Central del Paraguay podrá El Banco Central del Paraguay podrá informar sobre la situación económica informar sobre la situación económica y y patrimonial de un banco o una patrimonial de una entidad supervisada entidad de crédito, con autorización a los organismos encargados de la expresa de la entidad involucrada, a las supervisión y resolución de entidades autoridades encargadas de la supervisión de la misma naturaleza en países de entidades de la misma naturaleza en extranjeros. países extranjeros. Para ello, se requiere que existan Para ello, se requiere que existan convenios internacionales o reciprocidad reciprocidad y que aquellas autoridades y que aquellos organismos estén estén sometidas al deber de secreto en sometidos a obligaciones de secreto condiciones que sean equiparables a las equiparables a las establecidas por las establecidas por las leyes paraguayas. leyes paraguayas.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos EXPOSICION DE MOTIVOS Se ajustó la redacción a efectos de que no existan restricciones o condiciones para firmar acuerdos con otros supervisores.
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos CONCLUSIONES El sector financiero canaliza ahorros hacia la inversión Estimular la actividad económica Afecta no solo a los vinculados al sector sino a toda la sociedad. Los depósitos que financian las actividades del sector son propiedad de terceros Bien jurídico protegido es la propia estabilidad del sistema financiero. Ente regulador debe supervisar actividades del sector para mitigar costos sociales y económicos, especialmente aquellas entidades que tienen relevancia (riesgo sistémico).
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos CONCLUSIONES … Crisis bancarias han dejado lecciones a supervisores. Enormes costos sociales, e impacto negativo sobre la actividad económica y el empleo. Afectan sistema de pagos y la concesión de créditos. Reduce credibilidad y la confianza del público en el sistema financiero. Costos fiscales enormes; medidas de estabilización y recapitalización incrementan deuda de gobiernos y, finalmente, costo pagan contribuyentes. En síntesis, una crisis financiera atrasa el proceso de desarrollo de los países por largo tiempo
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Superintendencia de Bancos CONCLUSIONES … Para FINALIZAR, modificación contribuye al fortalecimiento del sistema financiero Asegura un funcionamiento eficiente en buenos tiempos Otorga herramientas para enfrentar las volatilidades que surgen en las malas épocas. Logra estabilidad del sistema financiero a través de supervisión bancaria congruente con las mejores prácticas internacionales. Contribuye a la mejora de la calificación del riesgo país, creando un mercado más atractivo para inversores locales e internacionales. La economía seguirá en la senda de un crecimiento económico más elevado, sostenible e inclusivo.
Banco Central del Paraguay Superintendencia de Bancos GRACIAS POR SU ATENCION
También puede leer