BASES GENERALES LICITACION-REMATE LIQUIDACION CONCURSAL "VELARDE HERMANOS S.A." - SANTIAGO, JUEVES 26 DE MARZO DEL 2020 - Gestion de Activos
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
BASES GENERALES LICITACION-REMATE LIQUIDACION CONCURSAL “VELARDE HERMANOS S.A.” SANTIAGO, JUEVES 26 DE MARZO DEL 2020
INDICE PAGINA Nº 1. OBJETO 3 2. PROCEDIMIENTO DE LICITACION – REMATE 3 3. PRESENTACION DE OFERTA 5 4. ACTA DE LICITACIÓN 6 5. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACION 6 6. CONDICIONES DE ESCRITURACIÓN 7 7. CIERRE DE NEGOCIO 8 8. GASTOS DE CARGO DEL ADJUDICATARIO 8 9. CONDICIONES ESENCIALES PARA ENAJENACIÓN 9 10. VISITA 11 11. ANEXO A (CARTA OFERTA Y DECLARACION) 12 12. BASES ESPECIALES 13 13. ANEXO APLICABLE POR 30 DIAS 18 2
BASES GENERALES LICITACION – REMATE LIQUIDACION CONCURSAL “VELARDE HERMANOS S.A.” SANTIAGO, EL DÍA JUEVES 26 DE MARZO DEL 2020 1. OBJETO. Liquidación Concursal de “ Velarde Hermanos S.A.” ordenado por el Liquidador don Francisco Javier Cuadrado S. , llama a Licitación - Remate pública para el día Jueves 26 de Marzo de 2020, con posibilidad de mejorar las ofertas, por los bienes descritos más adelante, conforme a las condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación – Remate que se realizará ante Notario Público. 2. PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN-REMATE La Licitación Remate se efectuará a las 12:00 horas del día Jueves 26 de Marzo del 2020, en Isidora Goyenechea Nº 3600 Piso 5 Las Condes, Santiago, ante el Notario Público. Se podrá participar de en la licitación remate, en forma presencial, en forma online a través del sitio www.tattersallgda.cl y telefónicamente. Para esta última opción el interesado deberá contactarse en forma previa con el personal de Tattersall Gestión de Activos S.A. para coordinar por quien de nuestros funcionarios lo representará en sala. 2.1 Precios Mínimos. Lote Propiedad Comuna o Ciudad Mínimo 15 Las Esteras Norte 2460 Quilicura $1.950.000.000 16 San Martin 50 Valparaíso $850.000.000 17 Blanco 86 Valparaíso $110.000.000 Se deja constancia que las ventas de las propiedades indicadas están exentas de IVA. 2.2 Garantía de Seriedad. Para participar en la Licitación - Remate y tener derecho a mejorar la oferta, será requisito haber constituido previamente una Garantía de Seriedad que se detalla a continuación: Lote Propiedad Comuna o Ciudad Garantía 15 Las Esteras Norte 2460 Quilicura $195.000.000 16 San Martin 50 Valparaíso $85.000.000 17 Blanco 86 Valparaíso $11.000.000 La Garantía podrá constituirse de las siguientes maneras: a) Vale Vista Endosable, tomado a nombre del oferente y endosado en blanco, entregado en las oficinas de Tattersall. 3
b) Depósito en la cuenta corriente de Tattersall (Banco de Chile, número de cuenta 11690-04), el que debe efectuarse al menos con 48 horas de anticipación a la fecha de la licitación-remate. c) Transferencia Electrónica efectuada a la misma cuenta indicada en la letra b), hasta 1 hora antes del inicio de la Licitación-Remate.(Rut Tattersall Gestión de Activos S.A.: 96.775.780-2) d) Mediante tarjetas de crédito asociadas a Transbank. Dicha transacción deberá ejecutarse previo al remate. Esta transacción tendrá un recargo, el cual se indica en el punto 8 siguiente En caso que la garantía se constituya acorde a lo indicado en la letra a) y d) precedente deberán ser entregada y/o realizada en Avda. Isidora Goyenechea N° 3600, 5° piso, Las Condes. Tratándose de los casos indicados en las letras b) y c) del señalado numeral, el interesado deberá informar oficialmente a Tattersall al mail kvial@tattersall.cl del depósito o transferencia efectuada, incluyendo en dicha comunicación la Oferta por escrito en el formato y condiciones señalados en el punto 2.4 siguiente, debidamente llena y firmada. De no presentarse dicha oferta por escrito, se tendrá por no presentada la garantía y el interesado no podrá participar en la Licitación-Remate. Las garantías constituidas acorde a la letra a) y d) precedente, acompañadas de las ofertas por escrito, deberán ser presentadas y/o realizadas a más tardar hasta el día Jueves 26 de Marzo de 2020 a más tardar hasta el inicio del Remate que será realizado en Avda. Isidora Goyenechea N° 3600, 5° piso, Las Condes. En el caso que se constituya acorde a la letra b) del señalado numeral deberá ser informada a Tattersall acorde lo indica el párrafo anterior a más tardar 48 horas antes de la Licitación-Remate. En el caso que se constituya acorde a la letra c) del señalado numeral deberá ser informada a Tattersall acorde lo indica el párrafo anterior a más tardar 30 minutos antes de la Licitación-Remate. 2.3 El referido bien raíz se individualizará y describirá en el anexo que forma parte integral de estas bases. En adelante se denominarán “bien”, para indicar el bien raíz que se ofrecen. 2.4 Los interesados en la Licitación - Remate, deberán presentar sus ofertas por escrito, en forma presencial, vía correo electrónico o mediante formulario online, de acuerdo al texto y formato incluido en el Anexo A, denominado Carta Oferta y Declaración, en conjunto con la garantía a la que se refiere el punto 2.2. Anterior, en las oficinas del MARTILLERO CONCURSAL, en la ciudad de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea Nº 3600, Piso 5, Las Condes, hasta el inicio de la Licitación-Remate. Se hace presente que la oferta no podrá ser condicionada bajo ningún punto de vista. 2.5 Las Garantías de Seriedad de Oferta de los postores que no hayan adjudicado el inmueble, serán devueltas una vez terminada la Licitación-Remate. La garantía dejada por el adjudicatario se abonará al precio de adjudicación, no obstante de mantener su carácter de garantía de cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario indicadas en estas Bases. 2.6 Los Valores entregados en Garantía de Seriedad de Oferta no devengarán reajustes ni intereses. 2.7 En caso que, en la misma fecha y oportunidad en la que se efectúe la subasta que rigen estas Bases, se ofrezcan otros bienes no incluidos en éstas, aquel postor que hubiere constituido garantía de seriedad de oferta por un lote específico y no se lo adjudicare, siempre y cuando la garantía exigida para ese lote sea igual o superior a la exigida para otro en el que se interese, podrá participar en la etapa de remate del nuevo lote, considerando dicha garantía como respaldo de una oferta formulada para el otro lote en que participe, entendiéndose al efecto modificada la carta oferta y de declaración (Anexo A) en este sentido, y haciéndola extensiva para este lote. 4
2.8 En caso que opere la hipótesis indicada en el número 2.7 anterior, se entenderá que el adjudicatario acepta toda y cada una de las bases de remate o licitación-remate que correspondan al nuevo lote en que desee participar. 3. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. 3.1 Esta se hará mediante la entrega de la Carta Oferta y Declaración (Anexo A), en conformidad con el texto y formato incluido en las presentes Bases, debidamente firmada por el oferente y en el mismo acto de la constitución de la Garantía, acorde a lo indicado en los puntos 2.2 y 2.4 precedentes. 3.2 En la Licitación - Remate las ofertas deberán formularse en Pesos (moneda nacional), y por una cantidad igual o superior al mínimo fijado para los bienes que constituyen cada propiedad. El precio de adjudicación quedará expresado en Unidades de Fomento al valor que ésta tenga al día de la Licitación – Remate, y en consecuencia, el saldo de precio se reajustará en la proporción que varíe dicho índice entre la fecha de adjudicación y la de firma de la escritura y pago del saldo de precio antes referido. En el caso eventual que la variación de la Unidad de Fomento fuera negativa entre la fecha de la adjudicación y la fecha efectiva del pago de saldo de precio indicado, se tomará como valor de referencia aquel que se haya determinado a la fecha del día de la adjudicación, no pudiendo ser el valor del pago efectivo menor al ya determinado el día de la adjudicación. 3.3 Sólo serán válidas las ofertas de aquellas personas que hubieren constituido la Garantía de Seriedad mediante alguna de las formas indicadas en el punto 2.2, dando cumplimiento a los términos indicados en el punto 2.2 y siguientes, de las presentes Bases. 3.4 Sólo podrán participar en la Licitación - Remate aquellos oferentes que hayan presentado ofertas iguales o superiores al mínimo fijado, y se hayan presentado en los términos y formatos del Anexo A ya mencionado, y habiendo dado cumplimiento a los términos indicados en los capítulos 2 y 3 de estas Bases Generales. 3.5 Las garantías presentadas por el interesado que adjudique el inmueble, será retenida por El Liquidador y sus valores en pesos se imputarán al precio de la adjudicación al momento de confeccionarse la compraventa, es decir una vez pagada la totalidad del precio de adjudicación y suscrita por las partes respectiva escritura pública de compraventa. 3.6 El acreedor hipotecario estará exceptuando de la obligación de presentar garantía de seriedad para participar en la subasta del inmueble hipotecado en su favor, y podrá adjudicárselo con cargo a su crédito, debiendo asegurar y pagar los créditos de mejor derecho señalados por la ley. 5
4. ACTO DE LA LICITACION – REMATE. 4.1 A continuación de la apertura de las ofertas, en el caso de recibirse sólo una oferta, el Remate será abierto con ésta, procediendo a su adjudicación; en el caso de recibirse dos o más ofertas sean iguales o diferentes, se abrirá el Remate con la oferta más alta y se iniciará la puja u opción de mejorarla, adjudicándose la propiedad a quien finalmente oferte el monto más alto por ella. 4.2 El notario asistente a la Licitación - Remate levantará un Acta General de Remate, la cual será firmada por él para dejar constancia de la adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, se procederá en forma posterior, al finalizar el remate a formalizar la adjudicación mediante el Acta de Adjudicación, la cual será suscrita únicamente por el adjudicatario, el Martillero Concursal y el funcionario de Tattersall Gestión de Activos S.A. que proceda a ejecutarla. 4.3 En la referida Acta de Adjudicación, se deberá dejar constancia del nombre del comprador o de su representante, el cual debió declarar en la carta de oferta en forma previa, que conoce cabalmente los bienes que se ha adjudicado y en las condiciones en las cuales se vende y las responsabilidades asociadas, así como sus antecedentes legales y las presentes bases de Licitación - Remate, las cuales se entiende que acepta en todas sus partes por el sólo hecho de participar en ella, obligándose a cumplirlas cabal y oportunamente. Se deja constancia que el adjudicatario podrá indicar a nombre de quien quedará la propiedad al momento de suscribir el Acta de Adjudicación o en forma posterior pero a más tardar al envío del contrato de compraventa por parte del adjudicatario. 5. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN. 5.1 El valor de adjudicación se expresará en Unidades de Fomento al valor que ésta tenga al día de la Licitación -Remate 5.2 El precio de la compraventa, expresado en U.F., deberá ser pagado en su totalidad al contado, en un plazo que no exceda de 32 días corridos a contar de la fecha de Licitación, esto es hasta el día Lunes 27 de Abril del 2020. 5.3 El saldo de precio reajustado en la forma indicada en el punto 3.2, precedente, deberá consignarse en las oficinas de Tattersall, en forma previa a la firma de la escritura de compraventa, el cual podrá ser mediante vale vistas bancarios extendidos a la orden de “Liquidación Concursal de Velarde Hermanos S.A.”, hasta completar el saldo de precio adjudicado. También existe la posibilidad que el pago sea materializado mediante tarjetas de crédito asociadas a Transbank o transferencia electrónica a las cuentas de Tattersall. Dichas documentos solo podrán ser retirados por el Liquidador o quien se encuentre mandato por él. EN CONSECUENCIA, COMO REGLA GENERAL NO SE ACEPTAN INSTRUCCIONES NOTARIALES PARA EL PAGO. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso en que el adjudicatario requiera financiamiento bancario – el cual deberá regirse por lo indicado en el punto 5.6 siguiente - el liquidador podrá permitir que el pago sea consignado a la firma de la compraventa, mediante instrucciones notariales al efecto, que se liberará una vez inscrito el inmueble a nombre del adjudicatario.. 6
5.4 Si el comprador no pagase el precio, en el plazo establecido, la adjudicación quedará sin efecto del pleno derecho, sin previa notificación de ninguna especie. En este caso, el adjudicatario perderá por vía de pena o multa, y sin más trámite judicial o extrajudicial alguno, la garantía presentada para participar en la Licitación - Remate, la que se hará efectiva en beneficio de la masa de acreedores de “Liquidación Concursal de Velarde Hermanos S.A.” previa deducción de los gastos, derechos e impuestos que haya demandado la Licitación - Remate y la comisión del Martillero Concursal que debe pagar el comprador, en caso que se encuentre impaga. 5.5 En caso de adjudicación, el acreedor hipotecario deberá afianzar a satisfacción del Liquidador el pago de los créditos de mejor derecho, según el monto que el Liquidador determine, el que no podrá ser superior al valor de los bienes adjudicados, todo lo anterior antes de otorgarse la respectiva escritura de compraventa y dentro del plazo que para su suscripción. 5.6 El pago del saldo de precio podrá realizarse con financiamiento de terceros – tal como indica el punto 5.3, quienes en ningún caso tendrán la calidad de parte ni partícipe del proceso de adjudicación y posterior venta. Por lo tanto, en caso que el adjudicatario instruya que un banco u otro tercero financien su compra, éste deberá respetar las condiciones de venta y demás obligaciones que le corresponden al comprador, de acuerdo a las bases y a los demás documentos de la licitación remate. Así, el tercero financista, en ningún caso podrá imponer condiciones distintas a las que aceptó el adjudicatario por el sólo hecho de participar en el Remate, sobre todo en materia de entrega y antecedentes adicionales a los que disponga la Liquidación – los cuales deberán ser obtenidos por el adjudicatario, como modificar los plazos establecidos en las presentes bases. 6. CONDICIONES DE ESCRITURACIÓN. 6.1 El texto de la escritura pública de compraventa será redactado por el abogado que designe el adjudicatario a su cargo y costo, el cual deberá ser enviado al liquidador y Martillero para sus respectivas revisiones y aprobación. Asimismo, las gestiones del alzamiento de los gravámenes que haya solicitado el Liquidador al Tribunal serán de cargo y costo del adjudicatario tal como se indica en el punto 9.3 siguiente. Lo anterior en conformidad al Instructivo Superir N°2 de fecha 20 de junio de 2018 de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. 6.2 La escritura pública de compraventa en Licitación - Remate la suscribirá el respectivo adjudicatario o a quien haya designado al efecto, una vez pagado, a satisfacción del Liquidador, el precio total de venta. Esta escritura pública será suscrita por el adjudicatario y por el Liquidador en representación legal de “Liquidación Concursal de Velarde Hermanos S.A. 6.3 La escritura se otorgará en la Notaría de don René Benavente Cash, que es la notaria que ha designado El Liquidador, a más tardar dentro del plazo de 32 días corridos contado desde la fecha de la Licitación - Remate. Dicho plazo podrá ser ampliado únicamente por el Liquidador, si por alguna razón justificada no pudiere suscribirse la escritura dentro del plazo y hasta por un plazo adicional de 30 días corridos. Esta ampliación de plazo para la firma de la escritura de compraventa, no retrasará en ningún caso el plazo establecido en la cláusula 5. 2 de estas bases referidas al pago del precio. 6.4 Si el o los adjudicatarios no suscribieren la escritura de compraventa, o si ésta no fuera autorizada por el Notario por no haberse pagado los derechos e impuestos que correspondan, o no se pagare los 7
gastos operacionales, la Licitación - Remate quedará sin efecto sin más trámite y se hará efectiva la garantía a título de multa, cantidad que quedará en beneficio de la masa de acreedores de “Liquidación Concursal de Velarde Hermanos S.A.”, previa deducción de gastos que correspondan. 7. CIERRE DE NEGOCIO. 7.1 Encontrándose perfecta la adjudicación por el solo hecho de bajar el martillo a la oferta más alta, el oferente ganador (adjudicatario) deberá suscribir el Acta Individual de Adjudicación, pagar la comisión al Martillero Concursal correspondiente a un 2%, más IVA, del valor de adjudicación, y los gastos asociados a la compra. 7.2 Se deja constancia, que para todos los efectos legales se encuentra perfecta la adjudicación con el hecho de bajar el martillo a la oferta más alta. En consecuencia, si a las 12:00 horas del día posterior a la Licitación - Remate, el adjudicatario no cumpliere con lo indicado en este capítulo, quedará sin efecto la adjudicación de pleno derecho, perdiendo por ello sin más trámite, la garantía presentada, la que quedara a beneficio de la masa de acreedores a título de indemnización (previa deducción de gastos de la Licitación - Remate que se encontraran impagos) y como avaluación convencional anticipada y parcial de perjuicios, sin perjuicio del derecho de esta última de ejercer las acciones pertinentes para exigir el cumplimiento forzado de la obligación, el pago de los honorarios o comisiones respectivas y/o solicitar indemnización de perjuicios. 7.3 Asimismo, en el cierre de negocio, el comprador deberá indicar y dejar expresa constancia de un domicilio legal, en la ciudad de Santiago, para los efectos de hacer llegar la correspondencia y coordinar todas las actividades que se generen por la adjudicación, único domicilio que se entenderá válido para esos efectos. 8. GASTOS DE CARGO DEL ADJUDICATARIO Los gastos de cargo del adjudicatario- sea este un tercero o el Acreedor hipotecario de los bienes que se rematarán, son los siguientes: a) Comisión de Martillero Concursal ascendente de un 2 % el valor de compraventa, más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). Esta comisión deberá ser pagada al momento en que el adjudicatario suscriba el Cierre de Negocio b) Fondo a rendir para la inscripción de la compraventa en el Conservador de Bienes Raíces respectivo ascendente a un 3 por mil del valor de la compraventa con un mínimo de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos). Dicho fondo será rendido una vez que se encuentre inscrita la compraventa en el Conservador y se liquiden los bienes que comprenden la unidad económica al comprador definitivo. Este fondo deberá ser pagado al momento en que el adjudicatario suscriba el Cierre de Negocio. c) Honorarios de confección de escritura de compraventa definitiva, los que deberán ser pagados directamente al profesional que designe el adjudicatario. 8
d) Derechos notariales que deberán ser pagados directamente por el adjudicatario o comprador en notaría al momento de la suscripción de la compraventa. e) Gastos eventuales de tramitación y alzamiento que correspondan ante los Conservadores de Bienes Raíces que correspondan. Este pago deberá efectuarse al momento que corresponda tramitar dichos alzamientos. Se deja constancia, en respecto a los gastos contemplados en las letras a) y b) podrán ser cancelados mediante Transbank, recargándose el valor con la comisión asociada a la transacción correspondiente al 1 %, como asimismo el pago de garantía y saldo de precio que se efectúe por este medio. 9. CONDICIONES ESENCIALES PARA LA ENAJENACIÓN Todos los antecedentes e informaciones técnicas y jurídicas relativas a los bienes que comprenden las presentes Bases Generales y Especiales, deben considerarse a titulo meramente ilustrativo e informativo. Consecuentemente, se establece lo siguiente: 9.1 La Liquidación Concursal de “Velarde Hermanos S.A.” vende el bien a título oneroso, como especie o cuerpo cierto, en el estado en que se encuentran. Por consiguiente, los interesados en la Licitación-Remate, deberán visitar personalmente la propiedad y revisar y constatar por sí mismos y en terreno la efectividad y autenticidad de los antecedentes técnicos y jurídicos entregados, como asimismo, gestionar a su cargo y costo los antecedentes legales adicionales que estimen necesarios para su estudio. Al efecto, será de su exclusiva responsabilidad el asesorarse por personas que tengan los conocimientos técnicos y jurídicos necesarios para constatar lo anterior y gestionar lo que estime pertinente... Al efecto, será de su exclusiva responsabilidad el asesorarse por personas que tengan los conocimientos técnicos y jurídicos necesarios para constatar lo anterior. Atendido lo anterior, el Martillero Concursal sólo entregará a los interesados los antecedentes indicados que la Liquidación y el Liquidador Concursal le hayan proporcionado al efecto. Asimismo, no será obstáculo para el pago del precio y la firma de la escritura de compraventa, el hecho que a juicio del adjudicatario o futuro comprador, faltaren antecedentes legales o de cualquier naturaleza para completar la documentación de las propiedades, siendo este un riesgo que asume a su entera y única responsabilidad. Atendido lo expuesto en el párrafo precedente, el adjudicatario del inmueble objeto de la presente licitación-remate libera desde ya de toda responsabilidad precontractual, contractual y extracontractual a la Liquidación, a la Junta de Acreedores, al Liquidador Concursal, al Martillero Concursal y al personal de Tattersall Gestión de Activos S.A., derivada de defectos en los títulos, superficies, deslindes, saneamiento por vicios ocultos o redhibitorios y evicción, y cualquier otro defecto técnico y/o jurídico, que exista a la época de otorgarse la escritura de compraventa o que sobrevenga en el futuro. De esta forma, el adjudicatario renuncia asimismo en forma expresa y anticipada al ejercicio de cualquier acción legal, judicial o administrativa en contra del Liquidador, de la masa de acreedores, la 9
Junta de Acreedores, del Martillero Concursal y el personal de Tattersall Gestión de Activos S.A., con motivo de la compra que efectúe, y en particular renuncia al ejercicio de acciones resolutorias, indemnizatorias, de evicción, redhibitorias, quantiminoris, de nulidad o rescisorias, de inoponibilidad y de cualquiera otra naturaleza. Estas renuncias de acciones serán expresamente incorporadas en el contrato de compraventa respectivo. 9.2 Se deja expresa constancia que el inmueble que se vende podría tener eventuales ocupantes no autorizados por el Liquidador, la Junta de Acreedores o el procedimiento de Liquidación de Velarde Hermanos S.A., por lo que el inmueble, se vende en el estado que se encuentra, el que es conocido por el adjudicatario. Dicha constancia, de ser efectiva la ocupación, será expresamente incorporada en el contrato de compraventa. 9.3 Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, el procedimiento de Liquidación venderá los bienes libre de gravámenes, hipotecas, prohibiciones, embargos y litigios. El adjudicatario podrá pagar las contribuciones y cuentas de servicios pendientes del inmueble voluntariamente y en forma directa, para efectos de agilizar la venta, subrogándose en la Liquidación, en los términos del número 5 del artículo 1610 del Código Civil, esto dado que estos gastos tienen una escala de prelación (preferencia) de pago inferior al pago de trabajadores y/o acreedores hipotecarios y no pueden ser cancelados en forma directa y previa con el resultado de la venta por parte del Liquidador. Si eventualmente el Sr. Notario se negare a autorizar la escritura y/o el respectivo Conservador de Bienes Raíces se negare a inscribir la transferencia de dominio del inmueble, por existir deuda de contribuciones, el liquidador solicitara al Tribunal, que se oficie al notario y/o al respectivo conservador, ordenándole la autorización de la escritura y/o la inscripción de la transferencia de dominio del inmueble, por tratarse de obligaciones (contribuciones) que se deben verificar y pagar en la Liquidación, de acuerdo a las normas de la Ley N.° 20.720, afectándole las resultas del concurso al Fisco de Chile, como a cualquier otro acreedor. Se deja constancia, que en el caso de cerrarse la escritura e inscribirse la propiedad manteniendo las deudas de contribuciones y de cuentas por servicios, será responsabilidad del adjudicatario dirigirse directamente al liquidador para resolver lo relativo a estas materias, sin que sea responsabilidad de Tattersall velar por dichos pagos. Asimismo, el Liquidador solicitará al Tribunal respectivo el alzamiento de los embargos, prohibiciones prendas, hipotecas y demás gravámenes que afecten al inmueble. Una vez resuelto por el tribunal respectivo los alzamientos solicitados, serán de cargo del adjudicatario el pago y tramitación de los alzamientos indicados antes los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, y Registro de vehículos motorizados en caso de proceder, todo acorde al artículo 37 del Instructivo Nº2 de fecha 20 de Junio de 2018 de la Superintendencia de Reorganización y Reemprendimiento. Los embargos y cualquier otro impedimento legal o administrativo sobreviniente que respecto del inmueble que impidan absolutamente el otorgamiento de la escritura de compraventa en Licitación Remate, o su inscripción en los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, no será responsabilidad 10
del Liquidador que interviene en la presente licitación remate. Ocurridos estos eventos la licitación - remate quedará sin efecto sin responsabilidad para las partes, y el adjudicatario sólo tendrá derecho a requerir del Liquidador la devolución de la garantía, comisión del martillero, fondo a rendir para inscripción conservatoria e impuestos pagados por dicha licitación remate, en contra de quien corresponda. Ninguna de estas restituciones o devoluciones devengará reajustes, intereses o indemnizaciones de ninguna especie, atendida la circunstancia de que se trate de acciones propias de la Liquidación, no imputables a la responsabilidad del Liquidador Titular ni de la Junta de Acreedores, ni la masa de acreedores, ni del Martillero Concursal o el personal de Tattersall Gestión de Activos S.A. 9.4 Todos los desembolsos por concepto de impuestos, derechos, inscripción, subinscripciones o anotaciones que deban practicarse en los Registros respectivos de los Conservadores de Bienes Raíces competentes, y en general aquellos gastos que fueran necesarios para obtener la total y completa aprehensión material y jurídica de los inmuebles que se licitan, serán de cargo único y exclusivo del respectivo comprador o adjudicatario, sin derecho a reembolso y fuera del precio de adjudicación. 9.5 La entrega material de los bienes adjudicados en la Licitación – Remate, será de cargo del adjudicatario, por lo que deberá tomar posesión material y jurídico de los inmuebles en forma directa y a su propio costo, como el desalojo de cualquier ocupante, liberando al Liquidador, la Liquidación, a su Junta de Acreedores, al Martillero Concursal y al personal de Tattersall Gestión de Activos S.A. de la entrega material de los inmuebles que se licitan. Sin perjuicio de lo anterior el poseedor, demandado, deudor, mero ocupante o por cualquier otro título que obtente de los inmuebles que se licitan deberá hacer entrega material de los inmuebles en el plazo de 15 días contados desde la fecha de inscripción de la escritura de remate, bajo apercibimiento de decretarse el lanzamiento de los ocupantes de los inmuebles rematados, con auxilio de la fuerza pública, con facultades para allanar y descerrajar. 9.6 Se deja constancia, para el conocimiento del adjudicatario, al tratarse de un Remate de un Proceso de Liquidación Concursal, la gestión de firmas (incluidas las de los acreedores) de la compraventa, la inscripción y alzamientos judiciales respectivos, podrían tomar un plazo de entre 3 a 6 meses desde su firma de la compraventa y pago de la totalidad del precio de adjudicación. 9.7 El Liquidador podrá suspender la Licitación-Remate de una o todas las propiedades, hasta el momento que se inicie, sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna. 10. VISITAS Los interesados se deberán contactar con las oficinas de Tattersall Gestión de Activos S.A., Av. Isidora Goyenechea N° 3600 piso 5, Las Condes, Santiago, a la Sra. Maria Carolina Marín C. teléfono 223623046, celular +56931972877, al Sr. Agustin de Tezanos C. Teléfono 223623007, al Sr. Javier Concha P. al teléfono 223623077 o el Sr. Víctor Ovalle teléfono 223623155 y al mail propiedades@tattersall.cl 11
ANEXO A / C A R T A O F E R T A Y DECLARACION Santiago, Jueves 26 de Marzo del 2020 REF: Licitación Remate Liquidación Concursal “Velarde Hermanos S.A.” Señor VICTOR OVALLE T. AT. MARTILLERO CONCURSAL S a n t i a g o. Ref.: OFERTA Y DECLARACION LICITACION REMATE LIQUIDACION CONCURSAL “VELARDE HERMANOS S.A.” De mí (nuestra) consideración: En cumplimiento de las Bases de la Licitación-Remate, para la venta de la unidad económica de la referencia, declaro (amos) conocer y aceptar en todas sus partes dichas Bases Generales y Especiales, y formulo (amos) la presente oferta: OFERTA: Asimismo declaro (amos) haber visitado los bienes objeto de esta Licitación - Remate, y haber revisado y analizado sus títulos de dominio, aceptando que los antecedentes entregados por la Liquidación Concursal tienen carácter meramente ilustrativo. En consecuencia, liberamos al Martillero Concursal, a la Liquidación, al Liquidador, a la masa de acreedores y al personal de Tattersall Gestión de Activos S.A., de cualquier responsabilidad por eventuales errores u omisiones que pudieran tener los referidos antecedentes y/o las Bases de Licitación - Remate. Declaro (amos) además, especialmente, que en el evento que sea aceptada mi (nuestra) oferta y no diera (amos) íntegro y oportuno cumplimiento a lo estipulado en las mencionadas Bases, el Liquidador podrá, sin más trámite, hacer efectiva la Garantía entregada según lo establecido en las Bases y perdiendo los valores entregados producto de la adjudicación. NOMBRE OFERENTE: ____________________________________________________________________ RUT: __________________________________ DOMICILIO: __________________________________________________________________________ TELÉFONO: e-mail: __________________________________________________ FIRMA DEL OFERENTE: ____________________________ 12
LOTE Nº 15/ BASES ESPECIALES PARA LICITACIÓN - REMATE DE LA PROPIEDAD UBICADA EN LAS ESTERAS NORTE 2460, QUILICURA A EFECTUARSE EN LA CIUDAD DE SANTIAGO EL DÍA JUEVES 26 DE MARZO DE 2020 1. PROPIEDAD : Propiedad Industrial 2. UBICACIÓN : Las Esteras Norte 2460 Región : Metropolitana Comuna : Quilicura 3. ROL DE AVALUO : 118-319 4. SUPERFICIE TERRENO : 9.292 m² SUPERFICIE COSTRUIDA : 5.597 m² 5. DESCRIPCIÓN : Propiedad industrial ubicada en la comuna de Quilicura, la cual está conformada por un terreno de gran superficie, 4 galpones de gran tamaño y 1 edificio administrativo en 2 pisos, ubicado en el acceso principal a la propiedad, con vista a los galpones. Cuenta con una muy buena ubicación y buenos accesos, a 1.200 metros de la Ruta 5 Norte. Pertenece a la área industrial valle grande 2. Programa: 1° Piso: Hall de recepción, casino, 2 oficinas, bodega. Además existen camarines de hombres y mujeres. 2° Piso: 2 oficinas, planta libre con módulos de trabajos, 2 salas de baño, sala de reunión, oficina de control. Se conecta con galpón de distribución, el cual contempla 2 oficinas, 1 sala de reuniones y una planta libre. 6. MÍNIMO OFERTA: $ 1.950.000.000 (Mil novecientos cincuenta millones de pesos) 7. GARANTIA: $ 195.000.000 (Ciento noventa y cinco millones de pesos) 8. COMISIÓN: 2 % + IVA. 9. FORMA DE PAGO: 100 % a la firma de la escritura. 13
LOTE Nº 16/ BASES ESPECIALES PARA LICITACIÓN - REMATE DE LA PROPIEDAD UBICADA EN SAN MARTIN 50, VALPARAÍSO A EFECTUARSE EN LA CIUDAD DE SANTIAGO EL DÍA JUEVES 26 DE MARZO DE 2020 1. PROPIEDAD : Propiedad Comercial 2. UBICACIÓN : San Martin 50 y Blanco 109 Región : Valparaíso Comuna : Valparaíso 3. ROL DE AVALUO : 4-1; 4-8; 4-90002 (4-2; 4-4; 4-5; 4-6; 4-7) 4. SUPERFICIE TERRENO : 1.594 m² SUPERFICIE COSTRUIDA : 3.869 m² 5. DESCRIPCIÓN: Este Lote está compuesto por un Edificio con destino comercial, el cual albergaba originalmente planta de distribución, envasado de productos secos, donde se pueden ver grandes construcciones de galpones y bodegas. Este se divide en 3 áreas, el sector galpón donde se emplaza la maquinaria, el sector del edificio de 5 pisos, donde se encuentran las oficinas, y el último sector seria de bodegaje, los cuales se venden en forma conjunta como un todo. Este se compone de la siguiente manera: CALLE BLANCO N°109 (GALPÓN): Propiedad corresponde al Lote N° 2 ubicado en calle Blanco entre las calles San Martín y Valdivia, hoy calle Blanco N° 109, sector Puerto, Valparaíso. Plano 825 del año 1968. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-01 de la comuna de Valparaíso. OFICINA N°101: Ubicado en el primer piso del edificio ex teatro Pacífico, calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz signado como Lote n°1 plano N° 844 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-04 de la comuna de Valparaíso. OFICINA N°102: Ubicado en el primer piso del edificio ex teatro Pacífico, calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz signado como Lote n°1 plano N° 844 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-05 de la comuna de Valparaíso. BODEGA N°103: del primer piso, del edificio y otras dependencias del ex teatro Pacífico, ubicado en calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz signado como Lote n°1 plano N° 844 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-08 de la comuna de Valparaíso. 14
OFICINA 104: que constituye el segundo piso, del edificio y otras dependencias del ex teatro Pacífico, ubicado en calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz signado como Lote n°1 plano N° 844 y 845 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-02 de la comuna de Valparaíso. OFICINA N° 301: que constituye el Tercer piso, del edificio y otras dependencias del ex teatro Pacífico, ubicado en calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz plano N° 846 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-06 de la comuna de Valparaíso. OFICINA N° 401 que corresponde al Cuarto y Quinto piso, del edificio y otras dependencias del ex teatro Pacífico, ubicado en calle San Martín n° 50, esquina Errazuriz plano N° 847 y 848 año 1977. El Rol de Avalúo Fiscal corresponde al número 04-07 de la comuna de Valparaíso. El inmueble no posee afectación alguna ni como inmueble de Conservación Histórica ni está comprendido dentro de la zona de conservación Histórica, ya que no figura en los registros correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior se recomienda solicitar en la Dirección de Obras de la respectiva Municipalidad, el Certificado de Informaciones previas el que contiene de forma detallada todas las condiciones aplicables al inmueble, de acuerdo a las normas urbanísticas derivadas del Plan Regulador Comunal, encontrándose entre ellas, la protección patrimonial. 6. MÍNIMO OFERTA: $ 850.000.000 (Ochocientos cincuenta millones de pesos) Dado que el precio final a pagar se debe determinar por cada unidad que se transfiere, este se determinara según el precio de adjudicación de la siguiente manera: Galpón - Oficina Dirección Rol % Bodega Blanco N° 109 Galpón 4 - 01 18,2% San Martín n° 50 Oficina 101 4 - 04 5,4% San Martín n° 50 Oficina 102 4 - 05 2,5% San Martín n° 50 Bodega 103 4 - 08 43,2% San Martín n° 50 Oficina 104 4 - 02 8,2% San Martín n° 50 Oficina 301 4 - 06 12,3% San Martín n° 50 Oficina 401 4 - 07 10,2% 7. GARANTIA: $ 85.000.000 (Ochenta y cinco millones de pesos) 8. COMISIÓN: 2 % + IVA. 9. FORMA DE PAGO: 100 % a la firma de la escritura. 15
LOTE Nº 17/ BASES ESPECIALES PARA LICITACIÓN - REMATE DE LA PROPIEDAD UBICADA EN CALLE BLANCO 86, VALPARAÍSO A EFECTUARSE EN LA CIUDAD DE SANTIAGO EL DÍA JUEVES 26 DE MARZO DE 2020 1. PROPIEDAD : Local Comercial 2. UBICACIÓN : Blanco 86 Región : Valparaíso Comuna : Valparaíso 3. ROL DE AVALUO : 26-3 4. SUPERFICIE TERRENO : 490 m² SUPERFICIE COSTRUIDA : 490 m² 5. DESCRIPCIÓN: Propiedad comercial ubicada en la calle Blanco, esquina calles Valdivia y Márquez, cuyos números corresponden a los siguientes: - Calle Blanco N° 86 al N° 98 - Calle Márquez N° 116 al N° 143 - Calle Valdivia N° 102 al N° 136 Actualmente esta propiedad tiene numeración sólo por calle Blanco N°86. Hoy en día es un local de comida a la carta. Programa: Planta libre, con una cocina tipo isla, galpón metálico, bodega y salas de baños para hombres y mujeres. 16
El inmueble no posee afectación alguna ni como inmueble de Conservación Histórica ni está comprendido dentro de la zona de conservación Histórica, ya que no figura en los registros correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior se recomienda solicitar en la Dirección de Obras de la respectiva Municipalidad, el Certificado de Informaciones previas el que contiene de forma detallada todas las condiciones aplicables al inmueble, de acuerdo a las normas urbanísticas derivadas del Plan Regulador Comunal, encontrándose entre ellas, la protección patrimonial. * Existe un contrato de arriendo respecto del inmueble suscrito con fecha 14 de diciembre de 2015 entre Lanchares, Gaggero y Bernardino, Rut 79.810.960-K, anterior dueño del inmueble, en calidad de arrendador y don Marco Antonio Sepúlveda Stuando en calidad de arrendatario. El giro corresponde a servicios de restaurante. El vencimiento corresponde al 1 de diciembre de 2016 con renovación automática, tacita y sucesiva de 1 año. El aviso de término debe realizarse con una anticipación de 60 días antes del vencimiento o de la renovación por medio de carta certificada. En caso de solicitar el término el arrendador, este debe comunicarlo con una anticipación de 60 días por medio de carta certificada. La renta asciende a la suma de $600.000 (seiscientos mil pesos) mensuales pagaderos dentro de los primeros 5 días de cada mes. La renta se encuentra cancelada hasta el mes de diciembre del 2018, adeudándose a la fecha todos los meses del año 2019 6. MÍNIMO OFERTA: $110.000.000 (Ciento diez millones de pesos) 7. GARANTIA: $11.000.000 (Once millones de pesos) 8. COMISIÓN: 2 % + IVA. 9. FORMA DE PAGO: 100 % a la firma de la escritura. 17
ANEXO BASES DE REMATES APLICABLES A LOS REMATES A EFECTUAR DENTRO DE LOS PROXIMOS 30 DÍAS. Dado la contingencia nacional, y el impacto del COVID-19, y a modo de resguardar la salud tanto de nuestro clientes como funcionarios, Tattersall Gestión de Activos S.A. a decidió que las subastas y/o remates que efectuarán, serán exclusivamente mediante de la modalidad On-line, por lo que el presente Anexo de Bases de Licitación - Remate se aplicará a la venta de todas las propiedades a subastarse a través de Tattersall Gestión de Activos S.A. dentro de los próximos 30 días – salvo comunicación expresa y por escrito a través de nuestra página web- anexo que se entiende formar parte integrante de todas aquellas Bases aplicables dentro del periodo indicado, para todos los efectos legales y contractuales. Ámbito de aplicación: 1. Modalidad de Remate: Solo se podrá participar en la Licitación Remate respectiva, bajo la modalidad Online, en la cual deberá cumplir con lo establecido en bases generales respecto a este tipo de participación. Sin perjuicio de lo anterior, se habilitaran teléfonos de consulta, mediante el cual, el personal de Tattersall podrá asesorar y resolver dudas respecto al proceso de venta bajo esta modalidad. 2. Constitución de Garantías: Solo podrán ser constituidas las garantías mediante las siguientes formas: a) Transferencia Electrónica o depósitos bancarios efectuados en la cuenta Banco de Chile, N°11690-04, hasta máximo 2 horas antes del inicio de la Licitación-Remate. (Rut Tattersall Gestión de Activos S.A.: 96.775.780-2) y los participantes deberán cargar el comprobante de transferencia o depósito, junto a su carta de oferta a través del sistema. Además deberán informar oficialmente a Tattersall al mail kvial@tattersall.cl de la transferencia o deposito efectuado. 18
b) Mediante tarjetas de crédito asociadas a Transbank o Web pay. Dicha transacción deberá ejecutarse previo al remate a través de nuestra página web. Se deja constancia que dicha transacción tendrá un recargo de 1% de cargo del interesado. Los participantes deberán cargar el comprobante de pago a través del sistema y deberán informar oficialmente a Tattersall al mail kvial@tattersall.cl del pago efectuado, anexando el comprante de pago. c) Adjudicación: Se entenderá que la propiedad ha sido adjudicada, al momento de que el sistema indique su adjudicación, aplicándose en consecuencia todo lo indicado en las bases respectivas respecto al adjudicatario. d) Cierre de Negocios: Una vez adjudicada la propiedad, a través del sistema On-line, el adjudicatario tendrá un plazo de 48 horas para depositar los gastos asociados a la cuenta de Tattersall Gestión de Activos S.A. N°25678-01 del Banco de Chile, y enviar el comprobante de pago al correo kvial@tattersall.cl. Una vez recibido los pagos de los gastos asociados, el personal de Tattersall le hará llegar al adjudicatario la respectiva Acta de Adjudicación. e) Plazos: Los plazos establecidos en las distintas bases de remate, de momento no serán modificados, por lo que el adjudicatario deberá respetarlos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de necesidad y con exclusivo consentimiento de nuestros mandantes podrán ser modificados. f) Vigencia de las estipulaciones: En todo lo modificado expresamente por el presente Anexo, regirán las estipulaciones y condiciones establecidas en cada una de las bases generales y especiales de las propiedades a rematarse dentro del periodo indicado. 19
También puede leer