CENTRO DE JUBILADOS DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA

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CENTRO DE JUBILADOS DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA
        FUNDADA EL 13 DE JUNIO DE 1947 – CON PERSONERIA JURIDICA (R.2774 DE LA I.G.J.)
              BME. MITRE Nº 326 – 4º PISO – LOCAL 402 – (1036) – BUENOS AIRES
               TELEFAX 4347-8944 - E-MAIL: centrodejubiladosbna@bna.com.ar
 GUIA INFORMATIVA DESTINADA A JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL BANCO
                    DE LA NACION ARGENTINA,
      CONFECCIONADA CON DATOS ACTUALIZADOS A MARZO DE 2012

CAJA DE PREVISION SOCIAL – “CARLOS PELLEGRINI”
Corrientes 3302 Buenos Aires – C.P. 1193 Tel. (011) 4866-0103; 0080;
5672.
a) - SEGURO MUTUAL

Este seguro es para los jubilados que ya están adheridos al mismo.     El beneficiario
deberá designarse bajo sobre cerrado y lacrado con firma certificada por el Banco. La
prima se descuenta del Complemento Jubilatorio (Fondo Compensador) $ 5,40 mensual
Las pensionadas no están comprendidas.
Por fallecimiento:
Del titular ………………………………………………………………………… $ 6.000.-
De la esposa ……………………………………………………………………… $ 3.000.-
De los hijos menores o incapacitados ……………………………………… $ 3.000.-
(*) De existir deuda pendiente por crédito, se deduce del monto del beneficio y se
incrementa por los bonos con estímulo.

Documentación que se deberá presentar:

Original y fotocopia de la partida de defunción. (1)
En el interior se gestiona por intermedio de la sucursal del Banco de la Nación Argentina
donde se acredita el Complemento Jubilatorio (Fondo Compensador). En la Capital
Federal y Zona Suburbana, en la dirección arriba indicada.
NOTA: En casos de situaciones especiales, podrán requerir documentación adicional (Por
ejemplo: Libreta de casamiento o Acta de nacimiento de los hijos).

b)- COBERTURA DE SEPELIO - GRUPO FUNARG S.A. (COCHERIA PARANA)

Cubre a los jubilados que están adheridos al mismo desde cuando estaban en actividad.
La prima      $ 30.- se descuenta del Complemento Jubilatorio o directamente de la Cta. C.
Ahorro del titular. En Capital Federal y Zona Suburbana: requerir el servicio a los
Teléfonos 0800-888-4400 (sin cargo) y 4766-4444 / 4765-5100. Asimismo, se podrá optar
por realizar el servicio:
I - Con la Cochería o II - Percibir la suma de $ 4.350.-, mediante la simple presentación a
la Caja del título de la partida de defunción del familiar adherido al sistema. Se deja
aclarado que se tiene que escoger solamente una de las opciones.
 En el interior: el importe a reconocer es de $ 4.350.- y deberá presentarse original y
fotocopia de la partida de defunción. (1) por intermedio de la sucursal del Banco de la
Nación Argentina donde se acredita el Complemento Jubilatorio o tiene habilitada su Cta.
Caja de Ahorros, para su remisión a la citada Caja de Previsión Social.

(1) El original deberá ser verificado y devuelto en el momento

IMPORTANTE:

Además – a los adherentes a este servicio – la Caja de Previsión Social abonará un
beneficio en efectivo por titular $ 1.000.- ; esposa $ 500.- e hijos menores de 21 años y
discapacitados, cualquier edad, $ 500.-
Cuando se produce el deceso de un titular de este servicio, su cónyuge incorporada en la
nómina de la cochería, continúa amparada automáticamente por un período de 6 (seis)
meses a contar de la fecha del fallecimiento. Asimismo, si deseara continuar adherida al
sistema, tiene un plazo de 30 (treinta) días, también desde la fecha del fallecimiento, para
informar a la Caja de Previsión Social “Carlos Pellegrini” de esa decisión. Cabe señalar que no se pueden
realizar modificaciones ni incorporaciones a la nómina original informada en su momento por el titular.

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO Y ADICIONAL DE LA CAJA DE AHORRO Y SEGURO
S.A.

La prima se descuenta del haber jubilatorio - ANSES - (códigos 357 y 358) (si se continúa
adherido al mismo)

Documentación que se deberá presentar:

- Fotocopia del certificado de defunción legalizado.
- Fotocopia del último recibo del haber jubilatorio. Cuando se aporta a ambos seguros -
obligatorio y adicional
  se requiere recibos de jubilación de los últimos dos años. (Consultar en ANSES) RUB.
- Cuando corresponda – partida de casamiento emitida con posterioridad al fallecimiento del titular

                     OBLIGATORIO                                                     ADICIONAL
          PRIMA                         CAPITAL                         PRIMA                         CAPITAL
          $ 1,64                        $ 1.637.-                       $ 1,88                       $ 1.880.-
          $ 1,88                        $ 1.880.-                       $ 3,00                       $ 3.000.-
          $ 3,80                        $ 3.800.-                       $ 3,76                       $ 3.760.-
                                                                        $ 4,50                       $ 4.500.-
                                                                        $ 5,64                       $ 5.640.-

Este beneficio deberá gestionarse ante la Delegación local mas cercana de la Caja de Ahorro y
Seguro S.A. o en Capital Federal, en la calle Fitz Roy 957 (C.P. 1414) . Por teléfono consultar al
sector Liquidaciones Siniestros Seguro de Vida – Conmutador (011) 4857-8181 – int. 5855, de 10
a 17 Hs.Consultas personales de 10/15 hs.

SEGURO COLECTIVO OPTATIVO DE LA ex CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO

La prima se descuenta del Complemento Jubilatorio (Fondo Comp.) / o de la Caja de Ahorros del
titular según se indica en el detalle .
Este seguro es para los jubilados que estén adheridos al mismo.
A partir del 1-4-97 se hizo cargo de estos seguros, tanto anteriores como posteriores, Nación
Seguros S.A.

       CODIGOS                      SEGUROS PASIVOS                              PRIMA              CAPITAL
         5800              OPTATIVO UNICO                                         26,05             26.050,00
         5850              OPTATIVO CÓNYUGE                                       26,05             26.050,00
         5900              REMANENTE INCAPACIDAD                                  17,37             17.370,00
         5400              OPTATIVO TITULAR (HASTA 31-03-97)                    VARIABLE       1 X 1000 DEL CAP.
         5450              OPTATIVO CÓNYUGE                                     VARIABLE       1 X 1000 DEL CAP.
                           MINIMO                                                $ 26,05            26.050,00

La tasa se unificó en el 1 x 1000 para todos los seguros a partir del 01-01-2010

Documentación que se deberá presentar:

Una fotocopia del certificado de defunción, legalizado por el Registro Civil, Escribano Público o
Juez de Paz.
Form. de Denuncia de Siniestro (F. 057540) – En las sucursales del Banco se puede obtener por
el sistema INTRANET.
Este beneficio se gestiona en Capital Federal y Zona Suburbana en la Gerencia Departamental de
Recursos Humanos – Unidad Seguro y Afiliaciones – 3er. Piso local 329 . En el interior por
intermedio de la sucursal donde se acredita el Complemento, la cual debe remitir la
documentación a la citada Gerencia.
Si el titular abonaba la prima directamente a la Unidad Seguro y Afiliaciones mencionada o se le
descontaba de su cuenta Caja de Ahorros / Ctes, mediante débito inteligente, puede consultarse
a los teléfonos (011) 4347-7496/97.

SEGURO DE VIDA SOBRE CUENTAS DE AHORRO Y CORRIENTES DEL BANCO

A partir del 1ro. de enero de 1996, la firma NACION SEGUROS DE VIDA S.A., tomó a su cargo un
seguro de Vida Colectivo sobre las cuentas del título. El monto del seguro de vida es de $ 10.000
sobre cada cuenta, el que se divide por la cantidad de titulares (si son dos, cubre hasta $ 5.000
c/u).
Cubre hasta la edad de 69 años por muerte natural o accidente y después de esa edad, sólo por
accidente.
El cargo mensual es de $ 4.- que se debita directamente de las cuentas. Debe verificarse en el
extracto de cuenta respectivo si se realiza el descuento, ya que no fue generalizado.

NUEVO SEGURO DE LA ANSES POR FALLECIMIENTO

-   Subsidio por Contención Familiar (Decretos 599 y 1436/2006) – alcanza tanto a los que
    perciben haberes previsionales de la ANSES como de la AFJP.

                  La ANSES abonará un beneficio de $ 1.800.- por intermedio del Correo Oficial
de la Rep. Arg. , a la familia del jubilado o pensionado. Deberá presentarse ante dicho Correo la
documentación para acreditar el vínculo familiar y certificado extendido por el              médico
interviniente.
                  En caso de no presentarse derecho - habientes a la pensión, podrán requerir su
liquidación los herederos del fallecido. Además, por decreto 1436/2006, se incluye el pago a
terceros que hubieren abonado los gastos de sepelio, con la factura de la empresa funeraria
extendida a su nombre.
                   Esta tramitación deberá realizarse, dentro de los 30 días hábiles de haberse
producido el deceso. Vencido este plazo, la gestión puede efectuarse ante la ANSES.
                   El derecho al cobro de este beneficio prescribe al año del fallecimiento.

-   COBERTURA DE SEPELIO DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA

A los afiliados/as de la citada entidad gremial . se les ofrece una atención de cobertura en todo el
país, para lo cual deben comunicarse con los siguientes números telefónicos:
CAPITAL FEDERAL 0810 999 3441
TODAS LAS PROVINCIAS 0800 666 1575

-   COBERTURA DE SEPELIO DE LA ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERARQUICO ,
    PROFESIONAL Y TECNICO DEL B.N.A.

Los jubilados adheridos a esta Asociación, son beneficiarios de un subsidio por fallecimiento.
Por mayores detalles puede consultarse a los teléfonos (011) 4345-2240/41.

-   SUBSIDIOS POR SEPELIO

Aquellos socios/as que eventualmente pudieran contar con más de un subsidio, deberán tener
presente si son compatibles, considerando la documentación que en cada caso se requiere (por
ejemplo: la factura de la cochería ) . Por tal motivo se sugiere consultar, en su oportunidad, a cada
una de las entidades que los otorgan.

GESTIONES A REALIZAR PARA LA OBTENCION DE LA PENSION, AL PRODUCIRSE EL
FALLECIMIENTO DEL JUBILADO.

Documentación a presentar:

Partida de matrimonio – original y dos fotocopias legalizadas (tramitada con fecha posterior al
deceso).
Partida de defunción – original y dos fotocopias legalizadas.
Credencial de la ANSES del afiliado fallecido – (si lo tiene) donde consta nombre y Nº de
beneficio.
Ultimo comprobante de cobro de la jubilación que percibía el beneficiario (original y fotocopia).
Cuando el haber se acreditaba en una cuenta Caja de Ahorros o Corriente, debe
requerirse en la ANSES el form. PS. 6.76 , para que el Banco detalle los últimos pagos al
titular. En Capital Federal y Gran Bs. As. , pedir turno al teléfono 130 . Además puede hacerse
la gestión automática ingresándose por INTERNET (www.anses.gov.ar), a la solapa servicios en
línea y luego a pensión derivada automática , sin que el/la cónyuge, concubino/na tengan que
concurrir a la delegación de la ANSES o contratar a un gestor.
En el caso de nuevos vínculos familiares (nueva pareja) después de jubilado, es conveniente que
en su oportunidad se informe esta situación a la ANSES, para que luego no haya inconvenientes
o demoras en el otorgamiento de los beneficios.
Asimismo la interesada puede otorgar poder al Banco para el cobro de su pensión en una cuenta
Caja de Ahorros a su nombre, utilizando el formulario de la ANSES P.S. 6.4 por triplicado.
(Código del Banco como agente pagador: 011-009 en Casa Central y en Suc. 011 y código
de la filial respectiva).
Importante: esta cuenta también puede utilizarse para la acreditación del Complemento
Jubilatorio.

GESTIONES A REALIZAR PARA PERCIBIR EL REGIMEN COMPLEMENTARIO DE
JUBILACIONES

Documentación a presentar:

Original y fotocopia de la partida de matrimonio. (Tramitada con fecha posterior al deceso).
Original y fotocopia de la partida de defunción.
Se gestiona ante la sucursal del Banco de la Nación Argentina donde estaba la cuenta en la cual
se acreditaban los haberes.
Puede consultarse a la Gerencia Departamental de Recursos Humanos – 3er. Piso – local 331 –
Tel. 4347-7499 ó 7503.
Previamente, se procederá a la apertura de una Cuenta Caja de Ahorros a nombre exclusivo de
la pensionada.
Cuando la pensionada reciba de la ANSES la notificación del haber que percibirá mensualmente,
deberá hacer llegar fotocopia de la misma a la Gerencia de Recursos Humanos, para verificar la
correcta liquidación del Complemento.
IMPORTANTE: Posteriormente se requiere la presentación de un formulario de supervivencia en
los meses de abril y octubre de cada año, a cumplimentar en la sucursal donde se radique la
cuenta.

O.S.B.A. (Obra Social Bancaria Argentina “Solidaridad”)

– Afiliaciones 25 de Mayo 182 – C.P. 1002 Capital Federal – Tel. (011) 4340-7300

En oportunidad de gestionarse la jubilación o pensión ante las dependencias de la ANSES, debe
tramitarse igualmente la reafiliación – si lo desea – a la Obra Social del título. Caso contrario
puede ser automáticamente derivado a P.A.M.I. u otra, según lo establece la ley de Obras
Sociales.

NOTA:

Toda esta información la tienen LAS SUCURSALES DEL B.N.A. DONDE PUEDE SER REQUERIDA,
incorporadas en el proceso INTRANET del Banco. Figura como – E-COM – INFORMATIVA – OTRA
INFORMACION- CENTRO DE JUBILADOS DEL B.N.A.
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