DE PROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRONICA DE LA SUNAT ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - Julio, 2010
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DE PROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRONICA DE LA SUNAT ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Julio, 2010
ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRONICA DE LA SUNAT 1. Antecedentes Mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil –ANSC como organismo técnico especializado y rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, encargado de establecer, desarrollar y ejecutar la política de Estado respecto del Servicio Civil. Asimismo, la Gerencia de Políticas de Gestión de Recursos Humanos (GPGRRHH), tiene a su cargo efectuar las propuestas normativas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, incluyendo proponer un modelo de Servicio Civil para la reforma y una política remunerativa, que establezca incentivos monetarios y no monetarios, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas. Para dicho fin resulta importante contar con información sobre los servidores que se encuentran actualmente laborando para el Estado, así como de sus niveles remunerativos, cualesquiera sea su modalidad de contratación o forma de retribución. Si bien se cuenta con información de la planilla electrónica de la SUNAT, dicha información cuenta con problemas de registro, lo cual dificulta su aprovechamiento. Uno de los principales problemas de la planilla electrónica de la SUNAT es que se diseñó y desarrolló con un fuerte sesgo hacia la actividad privada, motivo por el cual presenta serias limitaciones para el registro y aprovechamiento de la información sobre el sector público. Por tanto, la SUNAT ha iniciado un proceso de optimización de la planilla electrónica, lo que incluye la adecuación de ésta a los requerimientos y especificidades de las entidades del sector público. Es en este contexto que SERVIR, en su calidad de autoridad del servicio civil, debe proponer los requerimientos de información y ajustes necesarios relativos al sector público. 2. Objetivo Proponer las modificaciones necesarias a la planilla electrónica de la SUNAT, con la finalidad que ésta recoja información pertinente, suficiente y confiable sobre las personas que laboran en las entidades públicas y sus ingresos. 3. Análisis de la Planilla Electrónica de la SUNAT La planilla electrónica de la SUNAT es un documento electrónico, actualizado mensualmente, en el que se encuentra registrada información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios de cuarta categoría, beneficiarios de modalidades formativas laborales, personal de terceros y derechohabientes. En la revisión y manejo de la información de la planilla electrónica se identificaron varios problemas, no sólo relativos al ingreso de la información, sino también a la estructura de la planilla electrónica. 1
3.1. Limitaciones A continuación se lista la síntesis de la identificación de las limitaciones en la planilla electrónica de la SUNAT: Falta de controles internos y externos al sistema - No existen suficientes controles internos que prevengan el registro de información incorrecta. No se han identificado y utilizado todas las preguntas que pueden funcionar como filtro, tanto para la habilitación, como la deshabilitación de campos y opciones de respuesta. - No existen interfaces con otros sistemas que ya existen en sector público para la validación de la información consignada en la planilla electrónica. Falta de adecuación a los requerimientos y especificidades de la administración publica - Faltan campos que son imprescindibles en la administración pública, como por ejemplo, la condición laboral (nombrado / contratado), tipo de entidad pública (ministerio / programas y proyectos / organismo regulador / organismo ejecutor / organismo técnico especializado / organismos constitucionalmente autónomos, entre otros) o nivel de gobierno (nacional / regional / local) u otros. Para el caso de la administración pública, la información se registra a nivel de unidad ejecutora, siendo complicada la agregación de la información a nivel de entidad pública. - Las tablas de referencia para el llenado de los campos presenta opciones para el sector privado y el sector público, simultáneamente, lo cual facilita que se consigne información incorrecta. El caso más saltante y de mayor relevancia para SERVIR es el campo “tipo de trabajador”: se muestran opciones para el sector privado al inicio de la tabla (“ejecutivo”, “empleado”, entre otros) y para el sector público al final de la tabla (“servidor público‐directivo superior”, “servidor público‐ejecutivo”, etc. – de acuerdo con la nomenclatura estipulada por la Ley Marco del Empleo Público); las opciones previstas para el sector privado son frecuentemente utilizadas por la mayor parte de las entidades públicas. - Las tablas con las opciones de respuesta no se ajustan a la realidad de la administración pública. Por ejemplo, como ya se mencionó, la tabla para el campo “tipo de trabajador” presenta como opciones para el sector público la nomenclatura estipulada por la Ley el Empleo Público, la cual no ha sido aplicada en la mayoría de entidades públicas, las cuales aun mantienen una división de sus trabajadores de acuerdo con la definición del D.Leg. 276 (“funcionario”, “profesionales”, “técnicos” y “auxiliares”). Adicionalmente, no existen todas las opciones pertinentes, pues no se está considerando, por ejemplo, las carreras especiales que existen en el sector público. Alto grado de error en el registro de la información por parte de los responsables en cada entidad - La autoayuda de los campos de la planilla electrónica contiene descripciones que no siempre se ajustan a la realidad de la administración pública, por cuanto algunas entidades pueden no visualizarse en la descripción y, por consiguiente, no consignar la información solicitada o la consignan incorrectamente. - Adicionalmente, también está presente un problema intrínseco a la administración pública, que es la rotación del personal y, por consiguiente, su falta de capacitación. Las limitaciones antes mencionadas originan que no se cuente con información confiable y suficiente sobre las personas que laboran en las entidades públicas y sus ingresos pues en ocasiones, o no se registra la información necesaria o se registra con errores. 2
3.2. Potencialidades La planilla electrónica de la SUNAT cuenta con un gran potencial, pues: Cuenta con información dinámica: la planilla electrónica es actualizada mensualmente Tiene carácter obligatorio: las entidades están obligadas a llenar la información de su planilla cada mes para el pago tanto de las planillas como de los tributos Existen sistemas informáticos en el sector público que ya tienen larga trayectoria, lo que ofrece una mayor confiabilidad a la información que contiene y por tanto pueden servir de fuentes de validación de la información que se consigna en la planilla electrónica de la SUNAT. 4. Recomendaciones para la Adecuación de la Planilla Electrónica de la SUNAT 4.1. Recomendaciones generales1 Adecuar la planilla electrónica a los requerimientos y especificidades del sector público: - Adecuar las autoayudas a la especificidad del sector público y utilizar un lenguaje sencillo que no se preste a confusiones. - Definir los campos necesarios y suficientes para el sector público. - Definir las opciones pertinentes para los campos relativos al sector público, particularmente en lo relativo a ‘tipo de trabajador’ y su ‘régimen laboral’. Introducir los controles internos y externos necesarios para asegurar una mayor confiabilidad de la información registrada: - Aprovechar los sistemas informáticos que ya existen en el sector público, como por ejemplo la RENIEC, para el control de la información de las personas de acuerdo con su DNI. Identificar otros sistemas relevantes y establecer contacto con los responsables de su administración. - Establecer todos los controles internos necesarios para minimizar la posibilidad de error en el registro de la información. Identificar las preguntas filtro y su efecto en el resto de preguntas. Capacitar al personal responsable del registro de la información en la planilla electrónica - Coordinar con la SUNAT la capacitación de los responsables del registro de la información en la planilla electrónica de la SUNAT, para el caso de la administración pública. 4.2. Recomendaciones específicas En el caso de las autoayudas, todas deben ser revisadas y ajustadas para adecuarse a la especificidad del sector público. A continuación se muestra la matriz de análisis de las variables que deben ser modificadas y, posteriormente, para mayor claridad de lo que se espera para el caso específico de la administración pública, se presentan las observaciones en las plantillas electrónicas. 1 Tomado de: Puga, Yesenia. Abril 2010. “Análisis y Propuesta de Mejora de Fuentes de Información Estadística”. SERVIR. 3
Adecuación de la planilla electrónica de la SUNAT: Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento DATOS DEL DECLARANTE Número de RUC Razón Social La implementación de la planilla Existen errores en el registro de la 1. Contar con información electrónica en línea permitiría información que podrían prevenirse confiable. aprovechar las bases de datos con el uso de controles externos, 2. Poder gestionar la información existentes (SUNAT). El número de validando la información con fuentes de la base de datos al poderse documento de identificación debiera de datos ya consolidadas. identificar fácilmente las permitir obtener la razón social de la entidades por su nombre formal. entidad, conforme a su norma de creación. Administración pública Esta pregunta debe ser filtro para el Existen entidades que son 1. La competencia de SERVIR se resto de preguntas, para evitar registradas erróneamente como extiende sobre las entidades errores en el registro de la privadas siendo públicas y viceversa. públicas, para lo que se requiere información. Asimismo, se debe que éstas estén identificadas modificar la autoayuda para que sea correctamente. más precisa y clara. 2. La información registrada para las entidades públicas debe adecuarse a las particularidades de éstas, lo que difiere de las entidades del sector privado. Pliego presupuestal Este campo debe ser habilitado para Por ejemplo, para el caso de los 1. Es precisa identificar las Los campos se definen de la administración pública, de forma gobiernos regionales, cada uno diferentes entidades de la acuerdo con la clasificación obligatoria, pues se requiere representa un pliego presupuestal, administración pública y poder del MEF (código y nombre) identificar las diferentes entidades el cual integra diferentes unidades agregar la información del Ver tabla en anexo. públicas, las cuales no ejecutoras declarantes. Del mismo personal que le presta servicios y necesariamente corresponden con modo ocurre, por ejemplo, con el sus ingresos. una unidad ejecutora declarante. MINSA, el cual representa un pliego presupuestal que integra diferentes unidades ejecutoras declarantes (la sede central, los hospitales, etc.). 4
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento REMYPE Estos campos deben ser 1. No corresponden a la Empresa de intermediación o deshabilitados pues no administración pública y pueden tercerización corresponden a la administración presentar confusión. SENATI pública. Agencia de empleos Régimen laboral del personal de La sumilla debe ser más precisa, de Existe mucha confusión para fines 2. Se requiere información la entidad modo que se establezca que el del registro del régimen laboral de la confiable conforme los establece Público régimen laboral corresponde al entidad. los documentos de gestión. Privado personal que labora en ésta. Privado/Público Se debe corregir la autoayuda. La pregunta del régimen laboral de la entidad es una pregunta que alude al régimen formal de la entidad, el cual se define en su norma de creación. DESPLAZAMIENTO DE PERSONAL Destaca o desplaza personal a Son preguntas filtro para la La autoayuda debe precisar la otros habilitación de las 3era y 4ta aplicación de la pregunta para el Terceros empleadores le pestañas. sector público, con la finalidad se destacan o desplazan personal a Se debe adecuar la autoayuda para puede reconocer la obligación o no su organización el caso de la administración pública, de registrar información en dichos pues las definiciones están sesgadas campos. a la visión del sector privado. DATOS PERSONALES DE TRABAJADOR, PENSIONISTA O PRESTADOR DE SERVICIO Documento de identificación La implementación de la planilla Existen errores en el registro de la 1. Contar con información Número de documento electrónica en línea permitiría información que podrían prevenirse confiable. Apellidos y nombres aprovechar las bases de datos con el uso de controles externos, 2. Mejor gestión de la data al Sexo existentes (RENIEC/SUNAT). El validando la información con fuentes poderse identificar con facilidad Fecha de nacimiento número de documento permitiría de datos ya consolidadas. y sin errores a las personas y sus Nacionalidad obtener demás datos personales. características. 5
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento CATEGORÍAS Contrato Administrativo de Se debe agregar la categoría CAS, Existen observaciones de Actualmente los CAS se registran en Servicios – CAS para quienes el registro de RUC debe trabajadores categorizados bajo el la planilla electrónica en doble RUC ser obligatorio. régimen CAS y simultáneamente, de condición: como trabajadores Adicionalmente, la categoría debe manera errónea, bajo el régimen (código 67) y como prestadores de ser un filtro para las ventanas que se público (D.Leg. 276) o privado servicio de 4ta categoría. Este doble habilitan posteriormente. (D.Leg. 728). registro genera duplicidad de información que podría ser superado creando un solo código. DATOS PRINCIPALES DEL TRABAJADOR Y CAS Tipo de trabajador Las únicas posiciones que deben de Aproximadamente el 70% de los Ley 28175 Ley Marco del Empleo Funcionario público aparecer son las correspondientes al trabajadores es registrado bajo las Público. Empleado de confianza sector público o, en su defecto, alternativas “Ejecutivo” o Servidor público ‐ directivo registrar a la persona como CAS. “Empleado” previstas para el sector superior privado. Servidor público ‐ ejecutivo Servidor público ‐ especialista Servidor público ‐ de apoyo Agrario dependiente – Ley 27360 Construcción civil Obrero Contrato Administrativo de Servicios 6
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento Régimen laboral y/o de El nombre del campo debe ser La planilla electrónica debe recoger, contratación: corregido para que sea más preciso. de manera específica, los regímenes D.Leg. 728 Las únicas opciones que deben de laborales o de carrera que existen en D.Leg. 276 aparecer habilitadas son las el sector público para que a cada Profesorado (Ley 24029) correspondientes a la administración trabajador le pueda ser atribuido el Magisterio (Ley 29062) pública. Si en el campo “Tipo de régimen que le corresponda. Docentes universitarios (Ley trabajador” se consignó CAS, ya no 23733) se requiere llenar este campo. Profesionales de la salud (Ley Este campo es filtro para el campo 23536) “categoría ocupacional” para Técnicos y Auxiliares aquellos trabajadores que se asistenciales de la salud (Ley marque cualquiera de las siguientes 28561) opciones, ya no se deberá consignar SERUM la categoría ocupacional: Jueces SERUM Fiscales Jueces Diplomáticos Fiscales Militares Diplomáticos Policías Militares Policías Categoría ocupacional Las alternativas de este campo Para la gestión de SERVIR se Funcionario deben ser ajustadas a las 4 opciones requiere establecer categorías Profesional que se muestran. análogas regímenes y modalidades Técnico Este campo debe ser obligatorio de contratación para el análisis de la Auxiliar para todos los trabajadores y información. personal CAS. La autoayuda debe ser ajustada para que haya mayor claridad en la definición de cada alternativa. 7
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento Ocupación Este campo se mantiene. Información relevante para los fines del Ministerio de Trabajo. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL TRABAJADOR Y CAS Condición laboral (Tipo de El nombre ‘Tipo de contrato’ no es Son muchas las opciones que se Es preciso simplificar la información contrato) preciso para la administración presentan como alternativa, de las estableciendo las únicas opciones de Nombrado (D.Leg 276) pública; para precisar mejor la cuales varias corresponden al sector condición laboral que podría tener Contrato indefinido (D.Leg variable debe llamarse ‘Condición privado, confundiendo al que un trabajador en la administración 728) laboral’. Las opciones habilitadas registra la información y afectando pública. Contrato a plazo fijo (D.Leg deben ser únicamente las que se la confiabilidad de la data que se 728) muestran en el recuadro. ingresa. Además, no se considera la Servicios Personales (aplicable Debe ser un campo obligatorio. opción nombrado relativa a los regímenes de carrera) Se debe ajustar la autoayuda para únicamente a la administración CAS (D.Leg 1057) ser más clara en la definición de pública. cada alternativa. 8
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento PERIODOS LABORALES DEL TRABAJADOR Y CAS Motivo del fin del vínculo La sumilla debe ser ajustada para La versión 1.6 de la planilla La planilla electrónica debe reflejar Adicionar alternativas: precisar mejor el tipo de información electrónica ya incluye la opción únicamente los motivos de fin de Renuncia que se quiere recoger. “reasignación” pero no ha vínculo aplicables a la administración Despido o destitución Las alternativas mostradas deben ser considerado las opciones “permuta” pública. Cese colectivo las únicas opciones habilitadas pues y “transferencia”, las cuales también Jubilación son las que corresponden a la concluyen el vínculo laboral de la Invalidez absoluta administración pública. persona con la entidad (aunque no permanente con el Estado). Terminación de la obra o servicio o vencimiento del plazo Mutuo disenso Fallecimiento Reasignación Permuta Transferencia DATOS LABORALES DEL PENSIONISTA TODOS LOS CAMPOS SE MANTIENEN Y LAS ALTERNATIVAS PARA CADA CAMPO SE AJUSTAN A LAS OPCIONES QUE CORRESPONDEN ÚNICAMENTE PARA LOS PENSIONISTAS. DATOS DE LA PERSONA BAJO MODALIDAD FORMATIVA Tipo de modalidad formativa: Se deben mostrar sólo las opciones Se requiere incluir la opción (agregar alternativa) relativas a la administración pública, “secigrista” que se aplica Secigrista para lo cual se debe agregar la únicamente al sector público. alternativa: secigrista. 9
Leyenda: Variable que queda Validación de información Variable descartada Nueva variable x Pgta. filtro para todo aclarar autoayuda Adicionar: ‘Pliego presupuestal’ Pgta. filtro para sección trabajador. Corregir autoayuda 10
Autoayuda debe ser ajustada a las definiciones de la administración pública. 11
Autoayuda debe ser ajustada a las definiciones de la administración pública. 12
SE MANTIENE 13
Controles: RENIEC y SUNAT. Pgta. filtro para resto de información, salvo telf. y correo electrónico. 14
Incluir la opción CAS 15
Presentar sólo opciones del SP (LMEP): • Funcionario público • Empleado de confianza • SP ‐ directivo superior • SP ‐ ejecutivo • SP ‐ especialista • SP ‐ de apoyo • Agrario dependiente – Ley 27360 • Construcción Pgta. obligatoria. Ajustar alternativas y mostrar sólo las del SP: CONADIS • Funcionario • Profesional • Técnico • Auxiliar IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS 16
Nombre: ‘Condición laboral’. Presentar sólo opciones del SP: • Nombrado • Contrato indefinido • Contrato a plazo fijo • CAS IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS 17
Motivo de fin de vínculo con la entidad: • Renuncia • Despido o destitución • Cese colectivo • Jubilación • Invalidez absoluta permanente • Terminación de la obra o servicio o vencimiento del plazo • Mutuo disenso • Fallecimiento • Reasignación • Permuta IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS 18
IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS PENSIONISTA 19
Se mantiene: asegurar que las opciones de los campos se limiten a las opciones relativas a los pensionistas 4TA CATEGORÍA 20
SE MANTIENE MODALIDAD FORMATIVA 21
SE MANTIENE 22
Agregar opción “Secigrista” Anexo: Tabla de Pliegos Presupuestales Código Nombre 00000 Sin Pliego ‐ Otros 00000 Sin Pliego ‐ Municipalidades provinciales y distritales 01001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 01002 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA 01006 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL 01010 DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA 01011 DESPACHO PRESIDENCIAL 01012 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS ‐ DEVIDA 01016 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO ‐ CEPLAN INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS AMAZONICOS Y AFROPERUANO ‐ 01017 INDEPA 01018 SIERRA EXPORTADORA 01019 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES 01020 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA 01021 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO 01022 PUBLICO 01023 AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL 01024 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE 01070 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU 01116 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU ‐ IRTP 23
Código Nombre INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD 01183 INTELECTUAL 04004 PODER JUDICIAL 04040 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA 05005 MINISTERIO DEL AMBIENTE 05050 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO ‐ SERNANP 05051 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL ‐ OEFA 05055 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA 05112 INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU 05331 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA 06006 MINISTERIO DE JUSTICIA 06060 ARCHIVO GENERAL DE LA NACION 06061 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 06067 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS 07007 MINISTERIO DEL INTERIOR 08008 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 08080 AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL ‐ APCI 09009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 09055 AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA 09057 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA 09058 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES 09059 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO 09095 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL‐ONP 10010 MINISTERIO DE EDUCACION 10110 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA 10111 CENTRO VACACIONAL HUAMPANI 10113 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU 10114 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA 10117 SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA 10342 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE 10510 U.N. MAYOR DE SAN MARCOS 10511 U.N. DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO 10512 U.N. DE TRUJILLO 10513 U.N. DE SAN AGUSTIN 10514 U.N. DE INGENIERIA 10515 U.N. SAN LUIS GONZAGA DE ICA 10516 U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA 10517 U.N. DEL CENTRO DEL PERU 10518 U.N. AGRARIA LA MOLINA 10519 U.N. DE LA AMAZONIA PERUANA 10520 U.N. DEL ALTIPLANO 10521 U.N. DE PIURA 10522 U.N. DE CAJAMARCA 10523 U.N. PEDRO RUIZ GALLO 10524 U.N. FEDERICO VILLARREAL 10525 U.N. HERMILIO VALDIZAN 10526 U.N. AGRARIA DE LA SELVA 10527 U.N. DANIEL ALCIDES CARRION 10528 U.N. DE EDUCACION ENRIQUE GUZMAN Y VALLE 10529 U.N. DEL CALLAO 10530 U.N. JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION 24
Código Nombre 10531 U.N. JORGE BASADRE GROHMANN 10532 U.N. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 10533 U.N. DE SAN MARTIN 10534 U.N. DE UCAYALI 10535 U.N. DE TUMBES 10536 U.N. DEL SANTA 10537 U.N. DE HUANCAVELICA 10538 U.N. AMAZONICA DE MADRE DE DIOS 10539 U.N. MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC 10540 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES 10541 U.N. TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS 10542 U.N. INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA 10543 U.N. TECNOLOGICA DEL CONO SUR DE LIMA 10544 U.N. JOSE MARIA ARGUEDAS 10545 U.N. DE MOQUEGUA 11011 MINISTERIO DE SALUD 11131 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD 11134 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD 11135 SEGURO INTEGRAL DE SALUD 11136 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS ‐ INEN 12012 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO 13013 MINISTERIO DE AGRICULTURA 13160 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA ‐ SENASA 13163 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA 13164 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA ‐ ANA 16016 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 16220 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR 16221 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO 19019 CONTRALORIA GENERAL 20020 DEFENSORIA DEL PUEBLO 21021 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA 22022 MINISTERIO PUBLICO 24024 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 26026 MINISTERIO DE DEFENSA 26332 INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL 27027 FUERO MILITAR POLICIAL 28028 CONGRESO DE LA REPUBLICA 31031 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES 32032 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES 33033 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL 35008 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO ‐ PROMPERU 35035 MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO 35180 CENTRO DE FORMACION EN TURISMO 36036 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 36202 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS ‐ SUTRAN 36214 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL 37037 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 37056 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES 37205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION 37211 ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL 38038 MINISTERIO DE LA PRODUCCION 25
Código Nombre 38059 FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO ‐ FONDEPES 38240 INSTITUTO DEL MAR DEL PERU ‐ IMARPE 38241 INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU ‐ ITP 39039 MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL 39345 CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD ‐ CONADIS 99440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 99441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH 99442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC 99443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA 99444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO 99445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 99446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 99447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 99448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANUCO 99449 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA 99450 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN 99451 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 99452 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE 99453 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO 99454 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 99455 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA 99456 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO 99457 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA 99458 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO 99459 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN 99460 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA 99461 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES 99462 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 99463 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA 99464 GOBIERNO REGIONAL DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 99465 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 26
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