POLÍTICA NACIONAL DE ESTUDIANTES EXTRANJEROS 2018-2022 - Ministerio de ...
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IMPORTANTE En el presente documento se utilizan de manera inclusiva términos como “el docente”, “el estudiante” y sus respectivos plurales (así como otras palabras equivalentes en el contexto educativo) para referirse a hombres y mujeres. Esta opción se basa en la convención idiomática de nuestra lengua y tiene por objetivo evitar las fórmulas para aludir a ambos géneros en el idioma español (“o/a”, “los/las” y otras similares), debido a que implican una saturación gráfica que puede dificultar la comprensión de lectura. Contenido 1. Introducción .......................................................................................................................... 4 2. Panorama de estudiantes extranjeros en el sistema educativo ......................................... 5 3. Necesidades y demandas al sistema educativo .................................................................. 9 4. Gestión Institucional para el diseño de la política ............................................................ 12 4.1. Reseña de políticas educativas orientadas a estudiantes extranjeros ....................... 12 4.2. Diagnóstico Institucional ............................................................................................. 13 4.3. Conformación de mesa de trabajo ministerial ............................................................ 15 5. Proceso de Construcción de la Política Nacional de Estudiantes Extranjeros .................. 16 6. Marco de Referencia Nacional e Internacional que sustenta el trabajo en este grupo de especial protección ..................................................................................................................... 18 6.1. Marco Normativo Nacional ......................................................................................... 18 6.2. Enfoques de la política educativa dirigida a estudiantes extranjeros .......................... 20 6.3. Referentes Internacionales ......................................................................................... 22 6.4. Compromisos firmados y ratificados por Chile a nivel internacional ......................... 24 7. Definiciones metodológicas para la gestión de la Política Nacional de Estudiantes Extranjeros en el sistema educativo .......................................................................................... 26 7.1. Articulación Institucional e Intersectorial ................................................................... 26 7.2. Fortalecimiento de la Gestión Educativa .................................................................... 27 7.3. Vinculación territorial para el diseño de política educativa........................................ 27 8. Desafíos de la política nacional de estudiantes extranjeros 2018 – 2022 ............................. 29 9. Reflexiones Finales ............................................................................................................. 31 ANEXOS ....................................................................................................................................... 33 PLANIFICACIÓN 2018 .............................................................................................................. 34 2
Presentación E l presente documento consolida el camino recorrido por el Ministerio de Educación para la construcción de la “Política Nacional de Estudiantes Extranjeros”, que tiene como objetivo garantizar el derecho a educación e inclusión de estudiantes extranjeros en el sistema educacional, contribuyendo a fortalecer la calidad educativa, respetando los principios de igualdad y no discriminación enmarcados en los compromisos internacionales firmados y ratificados por el Estado de Chile. En esta dirección y a través del sustento normativo, reforzado por distintos enfoques y un plan estratégico institucional, Mineduc pone a disposición el siguiente marco referencial que favorece el acceso, la permanencia y las trayectorias educativas de este grupo de especial protección dentro del sistema educacional chileno, generando dispositivos que den respuesta a necesidades particulares de las distintas comunidades educativas que lo integran, mediante la propia reflexión y análisis. Atravesamos un momento histórico de cambios culturales e institucionales, que invitan a comprender la necesidad de generar políticas de Estado que favorezcan la educación e inclusión de cada niña, niño, adolescente, joven y adulto que habite el territorio nacional, valorando con ello la diversidad cultural. Palabras clave: Estudiantes extranjeros, derecho a educación, inclusión educativa, diversidad cultural, interculturalidad. 3
1. Introducción E l Estado de Chile ha definido dentro de sus tareas inmediatas modernizar el sistema que regula la movilidad humana, en un contexto de consolidada apertura global y de alza sostenida de la tasa de inmigración. La tendencia es clara: el año 2001, 27 mil personas recibieron permiso para residir temporalmente en Chile, mientras que en 2016 la cifra alcanzó los 136 mil; 5 veces más. Y si nos detenemos en la cifra de permanencia definitiva (PD), que devela intenciones y proyectos de vida a mediano y largo plazo, encontramos que entre los años 2005 y 2016 se otorgaron 324 mil de estos permisos, con una tendencia de crecimiento relativamente estable, que bordea el 9% anual. En este contexto, el Ministerio de Educación se ha propuesto impulsar un proceso de transformación en el sistema educativo, que garantice a todos los niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas que habitan en territorio nacional acceder a una educación de calidad, en igualdad de oportunidades, independiente de su país de origen, condición migratoria, nivel socioeconómico o cualquier otra particularidad. Resulta urgente asumir el desafío de una realidad país que ha llegado para quedarse y que repercute en la formación de los ciudadanos que aspiramos sean los protagonistas de una sociedad más justa, democrática y solidaria. No obstante, las tensiones propias del diseño de una política pública de esta envergadura y la gran cantidad de urgencias retrasaron más de lo esperado su consolidación. La política nacional que en adelante se presenta, nace en respuesta a las demandas que por años han realizado distintos actores de las comunidades educativas al Mineduc. Sin embargo, advertimos que no se agota en este documento, sobre todo porque no busca ser una medida estática y simplemente formal. Al igual que la movilidad humana, el compromiso de mejorar la calidad de los aprendizajes debe ser asumido atendiendo – hoy más que nunca – a los flujos migratorios y los cambios sociales que ellos generan, considerando acomodos razonables que garanticen su pertinencia y eficiencia frente a las necesidades de los estudiantes, sus familias y la comunidad educativa en general. 4
2. Panorama de estudiantes extranjeros en el sistema educativo Antecedentes de contexto E n la actualidad, y en un mundo globalizado fruto de innumerables avances tecnológicos y científicos, informarse y trasladarse de un lugar a otro es cada vez más fácil. Las motivaciones de ese traslado pueden ser distintas, y van desde una decisión planificada hasta una acción forzada por condiciones políticas, sociales, naturales o de otra índole. Por tanto, emprender un proyecto de vida en el extranjero se presenta como un derecho humano de los ciudadanos del mundo. En nuestro país, es una realidad que durante los últimos 25 años se ha experimentado un aumento del fenómeno migratorio. Según el censo realizado el año 2017, 700 mil personas, declararon haber nacido en el extranjero y encontrarse residiendo habitualmente en Chile. Sin embargo, es importante señalar que el porcentaje de extranjeros en Chile – que representa un 4% de la población total – es menor que el promedio mundial y está muy por debajo del porcentaje de extranjeros residentes en países de la OCDE, donde alcanzan un 10%. En contraste con esta realidad, la población total estimada de chilenos que residen en el exterior es de más de un millón de personas1, por lo que se puede concluir que Chile es aún un país de emigrantes en términos concretos. Según el Anuario Estadístico Nacional de Migración realizado por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el aumento en la tasa de personas inmigrantes y refugiados en Chile se ha acelerado desde el último censo de 20022. 1 Censo de población, registros administrativos y segundo registro INE-DICOEX, 2016. 2 Ref. Estadísticas Migratorias, Departamento de Extranjería y Migración 2015. 5
La migración que ha llegado a nuestro territorio tiene distintas nacionalidades, y aunque no es un fenómeno reciente, se ha hecho más visible por la llegada de personas afro-descendientes, que en ningún caso son la mayoría, tal como lo indican los siguientes datos, proporcionados también por el DEM: Descripción de estudiantes extranjeros en el sistema educativo El sistema educacional chileno cuenta con distintos niveles y modalidades, tal como lo muestra el esquema más adelante, los cuales posibilitan diversas trayectorias educativas. Si a ello sumamos la variada realidad educativa con que cuentan las personas extranjeras, ya sea por modalidad y/o nivel educativo en sus países de origen, es posible dimensionar el complejo contexto sobre el cual se debe desarrollar esta política educativa, concebida para enlazar diferencias fundamentales con respuestas específicas, pertinentes y oportunas de acuerdo con la persona y su contexto. M o d a li d ad e s ed u cat i va s ESCUELAS LICEOS ED. PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS Ed. Ed. Exámenes libres Ed. Ed. Ed. Ed. Ed. Modalidad Modalidad Científico- Técnico- Exámenes para fines Parvularia Básica Rural Especial Artística Flexible Regular Humanista Profesional laborales A pesar de lo anterior, se constata la presencia de extranjeros en todas las modalidades y niveles educativos, y en las diferentes dependencias administrativas existentes, es decir, en establecimientos municipales, particulares subvencionados, particulares pagados y de administración delegada, a lo largo de todo el territorio nacional. 6
Los siguientes datos reportados por el Centro de Estudios del Mineduc, revelan la evolución y aumento de la matrícula escolar extranjera en los últimos tres años. Provienen del Sistema de Información General de Estudiantes, conocido como SIGE, a través del cual los propios establecimientos educacionales reportan sus antecedentes. Entre los años 2015 y 2016 se refleja una variación al alza de la matrícula extranjera del 99,6%, lo cual representó un punto de inflexión para las comunidades educativas que requirieron con mayor urgencia del Mineduc herramientas para su gestión con foco en inclusión y mejora continua. Las estadísticas también muestran que la mayor parte de los alumnos extranjeros (57,5%) estudia en establecimientos municipales, mientras que un 33,1% lo hace en particulares subvencionados, un 7,9% en particulares pagados y un 1,5% en Centros de Administración Delegada (CAD). La tasa de estudiantes extranjeros en establecimientos municipales aumentó del 1,5% el año 2015 al 3,5% el 2017, lo cual ha contribuido a la estabilización de la matrícula municipal, pero a su vez ha levantado la necesidad de observar y analizar con mayor profundidad el nuevo contexto de estas comunidades educativas, sobre todo si consideramos ciertas particularidades de los estudiantes extranjeros, como por ejemplo que de la totalidad un tercio se encuentra en situación migratoria irregular y no cuentan con visa ni RUN nacional. Por tanto, se constituyen en un grupo de especial atención, considerando que hoy no están accediendo al conjunto de beneficios educativos en igualdad de condiciones frente al estudiantado nacional. La tendencia de los datos se ha constituido en una realidad: la población escolar de jardines infantiles, escuelas y liceos es culturalmente cada vez más diversa, lo cual constituye un desafío y una oportunidad para desarrollar capacidades de trabajo en contextos multiculturales, y avanzar hacia la construcción y el fortalecimiento de relaciones de interculturalidad en las comunidades educativas. A continuación se presenta un desglose por región de estudiantes extranjeros sin RUN, que han requerido de un Identificador Provisorio Escolar (IPE) en su reemplazo. 7
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Si bien es cierto los datos expuestos son una buena fotografía de la realidad en educación escolar, reconocemos que la trayectoria educativa considera el ingreso a educación superior como parte del proyecto de vida que un estudiante se traza para su desarrollo integral. Desde aquí surgen enormes desafíos para nuestro ministerio, en un proceso de profundas reformas que ya se están implementando y que en su diseño deben considerar la provisión de condiciones y beneficios educativos en igualdad para este grupo de estudiantes. 9
3. Necesidades y demandas al sistema educativo Incidencia de la Sociedad Civil L a llegada de personas afro-descendientes, provenientes especialmente de Haití, visibilizó aún más el aumento de estudiantes extranjeros en el sistema educativo que se dio entre el año 2015 y 2016, sobre todo por las particularidades de su color de piel y la evidente barrera idiomática. En este contexto, Mineduc generó una herramienta tecnológica que permitía a un establecimiento educacional matricular a un estudiante sin RUN, por medio de la asignación de un número “100 millones” o “RUN provisorio” (como lo denominaron los usuarios), con el fin de garantizar su acceso al sistema. Esta solución, si bien disminuía las barreras de acceso, tenía una serie de falencias, entre las que destaca la multiplicidad de números asignados a un mismo estudiante a partir del cambio de colegio, lo cual dificultaba el seguimiento a su trayectoria educativa e imposibilitaba la certificación de estudios. En términos administrativos, este número le permitía a los establecimientos educacionales recibir los aportes que el Estado entrega por concepto de subvención escolar, mas no así recibir los aportes provenientes de la Subvención Escolar Preferencial (Ley SEP) y, en general, cualquiera que dependiera de la calificación asignada por el Ministerio de Desarrollo Social a través del Registro Social de Hogares (RSH), toda vez que se encuentran relacionados a un RUN. Lo anterior motivó la campaña “No Más RUN 100”3, liderada por el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM), que a nivel general denunciaba la discriminación sufrida por niños en razón de su país de origen, que admitidos en el sistema escolar, estaban condicionados a la adquisición de una visa para el goce de sus derechos en igualdad de condiciones. Ello representaba una clara vulneración y los transformaba en “personas de segunda categoría”. Los beneficios a los cuales no podía acceder este grupo de estudiantes eran: ➢ Apoyo escolar, útiles y becas de alimentación, entregados por Junaeb. ➢ Computador portátil en 7° básico (Programa "Me Conecto para Aprender"). ➢ Programas de apoyo pedagógico, tales como PACE, PIE y SEP. ➢ Reconocimiento de trayectoria escolar (SIGE) y certificación de estudios por parte de Mineduc. ➢ Ranking de notas y/o NEM para el ingreso a la educación superior. ➢ Inscripción para rendir la Prueba de Selección Universitaria (PSU). 3 www.sjmchile.org/sobre-eliminacion-rut-100/ 10
Necesidades de las comunidades educativas A través de diversos canales institucionales, por medio de sus directivos y sostenedores, las comunidades educativas manifestaron la necesidad de que Mineduc entregara lineamientos concretos que facilitaran la inclusión de estudiantes extranjeros y, particularmente, que resolvieran temas administrativos de acceso, evaluación, subvención y apoyos requeridos por este grupo de especial atención. 11
4. Gestión Institucional para el diseño de la política 4.1. Reseña de políticas educativas orientadas a estudiantes extranjeros E n 1995 se elaboró un sistema de reconocimiento y convalidación de estudios para los niveles de educación básica y educación media Humanístico-Científica y Técnico- Profesional, el cual se realiza presentando ante Mineduc la documentación requerida, siempre y cuando el país de origen cuente con un convenio vigente sobre la materia con Chile.4 La validación tiene lugar cuando el estudiante extranjero proviene de un país con el que Chile no ha celebrado convenio o en caso de que no posea la documentación que acredite su nivel educacional. En tales casos, se requerirá la rendición de un examen u otro proceso de validación. Mientras se lleva a cabo cualquiera de estos dos procesos, la persona debe matricularse provisoriamente en el curso al que se incorporaría con matrícula definitiva una vez que se validen sus estudios (Mineduc, 1995).5 En 2003, el DEM en conjunto con Mineduc inició la campaña “Por el Derecho de la Educación”, destinada a fomentar la incorporación de niños y jóvenes, hijos de extranjeros al sistema educativo. Consistió concretamente en la entrega de permisos de residencia en condición de “Estudiante Titular” a los estudiantes que se encontraran en condición migratoria irregular y que tuvieran matrícula provisoria o definitiva en un establecimiento reconocido por el Estado. Sin embargo, esto sólo aplicaba para el estudiante, y no modificaba la condición migratoria del resto del grupo familiar (Ministerio del Interior, 2003). En 2005, Mineduc da un importante paso hacia la inclusión de los estudiantes extranjeros, ordenando a las autoridades y establecimientos educacionales “otorgar todas las facilidades para que los alumnos extranjeros puedan ingresar, a la brevedad, al sistema escolar”6. Se estipuló que los estudiantes extranjeros matriculados de manera provisoria serían considerados alumnos regulares para todos los efectos académicos, curriculares y legales. Y se promovieron principios de integración y tolerancia, incentivando a los establecimientos a crear reglamentos de convivencia que fomentaran el respeto y las buenas prácticas, y amonestaran a quienes incurrieran en actos discriminatorios. En 2007, la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji) firmó un convenio de colaboración con el Ministerio del Interior, en el que se comprometía a “facilitar el ingreso a sus Programas de Educación Parvularia a hijos de familias de inmigrantes y/o refugiados, cualquiera sea la condición migratoria en que los niños se encuentren”7. 4 Los países que cuentan con este tipo de convenio son: Alemania, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Ecuador, España, Francia, Guatemala, Haití, Honduras, Israel, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela (MINEDUC, 2017). 5 En 2007 se emitió un nuevo documento oficial en el que se explicita un proceso de validación diferente para Educación Especial y de Adultos, entre otros cambios. 6 MINEDUC, 2005, p. 2. 7 Ministerio del Interior, 2007, p. 1. 12
El Ministerio del Interior, por su parte, regularizaría la situación migratoria de los niños matriculados en algún establecimiento Junji y que estuvieran en condición migratoria irregular. En junio de 2013, el gobierno del Presidente Sebastián Piñera presentó un proyecto de ley que actualizaba la legislación en materia de migración y extranjería, que rige desde 1975. Desde la sociedad civil fue criticada esta propuesta, por considerar que tenía un “foco utilitario de la migración para la economía nacional, dejando de lado la integración como norte”.8 En 2014, durante el segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, se creó el Consejo de Política Migratoria, cuya función es “elaborar la Política Nacional Migratoria y coordinar las acciones, planes y programas de los distintos actores institucionales en materia migratoria”9. En 2015 se publica el Instructivo Presidencial N°5, que contiene lineamientos para la nueva Política Nacional Migratoria. En abril del presente año 2018, y como parte de los compromisos del programa del segundo gobierno del Presidente Sebastián Piñera, se presentaron indicaciones al proyecto de ley enviado al Congreso en 2013, que abogan en general por una migración segura, ordenada y regular y, en particular, en materia de educación garantiza a los menores de edad extranjeros, con independencia de la condición migratoria de los padres, el acceso a educación parvularia, básica y media en las mismas condiciones que cualquier chileno. Además, estipula la modernización del sistema de revalidación y reconocimiento de títulos académicos y profesionales, con el objeto de mejorar la integración de los migrantes y connacionales que deseen regresar a Chile. 4.2. Diagnóstico Institucional En octubre de 2016, a propósito de las demandas por parte de la sociedad civil y la solicitud del Consejo Consultivo Migrante de dar cuenta acerca del “RUN 100”, se llevó a cabo en Mineduc un diagnóstico que pretendía el reporte de acciones, programas, orientaciones u otras actividades asociadas a migración, que estuviesen contempladas en distintas unidades, regiones y servicios asociados. Algunos de los elementos de aquella sistematización se destacan a continuación. Del Mineduc y sus servicios asociados: ➢ Las personas inmigrantes en Chile se ven desprovistas de una estructura normativa que las proteja, y la regulación vigente adolece de un enfoque de derechos humanos. ➢ No existe una visión institucional respecto de la migración. ➢ Una gran cantidad de estudiantes extranjeros no cuenta con RUN nacional, lo que les impide acceder a beneficios en igualdad de condiciones respecto de los nacionales. 8 Servicio Jesuita a Migrantes, 2013. 9 Ministerio del Interior, 2014. 13
➢ Existe desconocimiento por parte de funcionarios del Mineduc acerca de la normativa y los procedimientos de convalidación y reconocimiento de estudios, lo cual genera barreras que vulneran el derecho de la población extranjera. ➢ Existe desarticulación entre distintas unidades del Mineduc que interactúan con estudiantes extranjeros, sus familias y comunidades educativas, lo cual impide la entrega de respuestas eficientes y oportunas. ➢ Esta desarticulación afecta la información que llega a los territorios. ➢ Se desarrollan políticas, planes, programas e iniciativas dirigidas a estudiantes extranjeros, que no necesariamente responden a las demandas de los distintos actores de las comunidades educativas y de la sociedad civil. ➢ El concepto de Interculturalidad suele estar asociado al trabajo desarrollado con pueblos originarios. De las comunidades educativas: ➢ Emerge un sentimiento de soledad frente al desafío de trabajar con la diversidad (estudiantes prioritarios, con necesidades educativas especiales, diversidad sexual, migrantes, pertenecientes a pueblos originarios, entre otros). ➢ No se explicita en los proyectos educativos institucionales (PEI) ni en los planes de mejoramiento educativo (PME) la inclusión de diversos grupos históricamente vulnerados. ➢ Existen barreras idiomáticas para abordar el currículum, poca flexibilidad y falta de pertinencia de los contenidos. ➢ Recursos mal administrados por las corporaciones municipales o falta de ellos. Diagnóstico levantado desde Estudios A la fecha del diagnóstico, existían investigaciones enfocadas en estudiantes extranjeros, financiadas por Mineduc a través de los Fondos de Investigación y Desarrollo en Educación (FONIDE). Algunas recomendaciones para el sistema y las comunidades educativas, extraídas de estos trabajos son las siguientes: ➢ Entregar instrucción en el idioma rápidamente, pues se ha probado que combinar aprendizaje de idioma y de contenido, apenas sea posible, es lo más efectivo para integrar a los niños extranjeros en los sistemas educativos. ➢ Ofrecer educación temprana de alta calidad, adaptada al desarrollo de idioma. Si los niños ingresan a tales programas a la edad de 2 o 3 años tienen una oportunidad de empezar la escuela a casi el mismo nivel que aquellos no migrantes. ➢ Invitar a todos los profesores, no sólo a los especialistas, a prepararse para las salas de clases diversas. ➢ Evitar concentrar estudiantes migrantes en las mismas y desaventajadas escuelas. Los países que distribuyen a los estudiantes migrantes a lo largo de escuelas y salas de clases logran mejores resultados para esos estudiantes. 14
➢ Repensar las políticas de educación. Las dificultades de idioma y las diferencias culturales pueden ser mal interpretadas como una falta de habilidad y potencial, cuando este no es el caso. ➢ Trabajar con los padres migrantes. Si bien los profesores son fundamentales en el éxito de los estudiantes en las escuelas, también lo son los padres y madres. Los estudiantes logran mejores resultados cuando éstos entienden la importancia de la escolaridad, cómo funciona el sistema escolar y cómo apoyar mejor el progreso de sus hijos en la escuela. 4.3. Conformación de mesa de trabajo ministerial Los antecedentes ya mencionados fueron expuestos a la autoridad política para impulsar acciones que se hicieran cargo de resolver las urgencias y se tomaran las medidas necesarias para garantizar el derecho a la educación de estudiantes extranjeros, en igualdad de condiciones que los nacionales. En este contexto, en octubre de 2016, se solicita la creación de una coordinación interna que vele por el cumplimiento de estos objetivos, en línea con los principios de la reforma educacional y con la implementación de la Ley N°20.845 de Inclusión Escolar. En base a este requerimiento, se constituye una mesa de trabajo nominada “Coordinación Migrante Mineduc” (CMM) liderada por la Unidad de Inclusión y Participación Ciudadana dependiente del Gabinete Ministerial y conformada por distintos equipos del Mineduc y sus servicios asociados, entre los cuales están: Subsecretaría de Educación, Subsecretaría de Educación Parvularia, Oficina de Relaciones Internacionales, División de Educación General, División de Educación Superior, Oficina de Atención Ciudadana Ayuda Mineduc, Centro de Estudios, Unidad de Currículum y Evaluación, Coordinación Nacional de Tecnología, Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), Agencia de la Calidad de la Educación y Superintendencia de Educación. Se privilegia el uso del término “extranjero”, acogiendo la visión de Naciones Unidas para referirse a personas y estudiantes que no poseen nacionalidad chilena, independiente de su status migratorio. El término “migrante” no cuenta con una definición universalmente aceptada, con lo cual se arriesga la exclusión de trabajadores migratorios, migrantes en situación irregular, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas y del tráfico ilícito de migrantes10. 10 ACNUDH, 2013. 15
5. Proceso de Construcción de la Política Nacional de Estudiantes Extranjeros P or las características propias de los diversos territorios y comunidades educativas, así como la historia de la migración a lo largo de nuestro país, el proceso de construcción de la Política Nacional de Estudiantes Extranjeros tuvo un componente participativo con la intención de representar con pertinencia la realidad de las familias migrantes al interior de los establecimientos educacionales. A continuación se relevarán algunos de estos procesos y espacios en que participaron distintos actores educativos, con la finalidad de levantar necesidades contextualizadas, recibir aportes de comunidades que se han enfrentado a la migración de manera histórica y las soluciones que se han generado de manera pertinente a lo local, verificar el impacto y apropiación de la normativa diseñada para asegurar el acceso, promover la sensibilización y capacitación, recoger las vivencias y experiencias de expertos en la materia, entre otras. Jornadas de Contexto Son instancias organizadas por la Agencia de Calidad de la Educación, constituidas con la finalidad de identificar énfasis para la orientación del mejoramiento continuo de los establecimientos, a partir del reconocimiento de sus particularidades, mediante un diálogo directo con las comunidades educativas y actores del sistema. Estas jornadas permitieron conocer las gestiones que desarrollan establecimientos educacionales de Santiago y Antofagasta, con alta matrícula de estudiantes extranjeros, y las acciones y estrategias desplegadas para enfrentar sus desafíos educativos. Profesionales de la Agencia de Calidad de la Educación moderan mesas de conversación creadas a partir de temáticas específicas, según las dimensiones y sub-dimensiones que constituyen los “Estándares Indicativos de Desempeño para los Establecimientos Educacionales y sus Sostenedores”. Jornada funcionarios Mineduc Cumple con el objetivo de sensibilizar y difundir las necesidades de las comunidades educativas con alta concentración de estudiantes extranjeros. Asisten funcionarios de distintas unidades, y reflexionan acerca de la posibilidad de mejorar la normativa interna desde su propio espacio de trabajo, sobre todo de instrumentos como protocolos, orientaciones e instructivos. Encuentros con directores de establecimientos educacionales La División de Educación General convoca a equipos directivos de establecimientos educacionales con matrícula de estudiantes extranjeros, quienes dirigidos por el Jefe de División plantean distintas necesidades, dependiendo del contexto de cada institución. Esta 16
información dio cuerpo a la elaboración de las áreas de gestión que debía contemplar la política dirigida a estudiantes extranjeros. Jornadas Regionales: “Encuentros para la inclusión de estudiantes extranjeros” Estas jornadas se implementaron en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Metropolitana. En cada una se llevaron a cabo encuentros con distintos actores vinculados a educación: con funcionarios Mineduc de la región, servicios asociados y funcionarios públicos en general; otro dirigido a Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas con población migrante, y por último con diferentes actores de las comunidades educativas, pertenecientes a establecimientos de distintas dependencias administrativas. Diálogos para la inclusión de estudiantes extranjeros en el sistema educativo En las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Metropolitana, durante los meses de agosto y septiembre de 2017, se llevaron a cabo los “diálogos para la inclusión de estudiantes extranjeros en el sistema educativo: oportunidades y desafíos”, trabajo desarrollado en conjunto con UNICEF. Se diseñaron espacios participativos a los que fueron convocados distintos miembros de las comunidades educativas – estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación y familias tanto nacionales como extranjeras – junto con representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan la temática de migración desde una perspectiva más amplia, con el objetivo de identificar estrategias que apoyen la inclusión de estudiantes extranjeros desde el propio relato de los protagonistas en base al modelo de calidad educativa, en ámbitos como convivencia escolar, gestión pedagógica y liderazgo11. Encuentro de REDES EPJA Con representantes regionales de todo el país se trabajó en el VI Congreso Pedagógico sobre oportunidades que presenta la migración. Se llevó a cabo un taller que buscó evaluar la pertinencia de normativa actualizada respecto de garantizar el acceso a educación y recoger sugerencias y observaciones que permitan optimizarla, dado que en la modalidad EPJA es donde se observan una serie de complejidades administrativas por el desconocimiento de los usuarios, barreras idiomáticas, precariedad migratoria, entre otras12. 11 http://unicef.cl/web/dialogos-para-la-inclusion-de-estudiantes-extranjeros/ 12 https://epja.mineduc.cl/wp-content/uploads/sites/43/2017/12/Encuentros-para-la-inclusión-de- estudiantes-extranjeros.pdf 17
6. Marco de Referencia Nacional e Internacional que sustenta el trabajo en este grupo de especial protección 6.1. Marco Normativo Nacional Constitución Política de la República de Chile L a Constitución Política establece en su artículo 1° que “el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”. Una de aquellas garantías es el derecho a la Educación. Así, también, en su Artículo 5° establece que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.” De esta forma es que se consagra la obligación del Estado de Chile a respetar, promover y garantizar los estándares internacionales que emanan de los tratados internacionales. Ley General de Educación El Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°20.370 (Ley General de Educación), con las normas no derogadas del DFL N°1 de 2005, establece expresamente que: “La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país…”13. 13 Artículo 2 de la Ley General de Educación. 18
La norma también indica que “el sistema educativo se construye sobre la base de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”14, y que establece una serie de principios bajo los cuales se inspira el derecho a la educación, tales como: ▪ Diversidad15, que establece que el sistema educativo debe promover y respetar la diversidad de procesos y proyectos educativos institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las familias que han elegido un proyecto diverso y determinado, y que son atendidas por él, en conformidad a la Constitución y las leyes. ▪ Flexibilidad16, la cual debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades y asegurando la libertad de enseñanza y la posibilidad de existencia de proyectos educativos institucionales diversos. ▪ Integración e inclusión17, entendida como que el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes, además de propiciar que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, nacionalidad o religión. ▪ Dignidad del ser humano18. El sistema educativo debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto, protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales consagradas en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Chile. Ley de no Discriminación La Ley de no discriminación N°20.609 del 2012, instaura un mecanismo judicial que permite restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria. Lo que se explicita en su artículo N°2 como sigue: “Definición de discriminación arbitraria. Para los efectos de esta Ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuadas por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la república o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”. 14 Artículo 3 de la Ley General de Educación. 15 Artículo 3, letra f, de la Ley General de Educación. 16 Artículo 3, letra i, de la Ley General de Educación. 17 Artículo 3, letra k, de la Ley General de Educación. 18 Artículo 3, letra b, de la Ley General de Educación. 19
Ley de Inclusión En este marco, la Ley de Inclusión Escolar (Ley N°20.845/2015) incorpora en el sistema educativo los principios de Integración e inclusión, de acuerdo con los que se establece que “el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes. Asimismo, el sistema propiciará que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión".19 Ley de Subvención Se establece que todos los establecimientos deberán implementar “programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que presenten bajo rendimiento académico que afecte su proceso de aprendizaje, así como planes de apoyo a la inclusión, con el objeto de fomentar una buena convivencia escolar”.20 Ley de Formación Ciudadana Persigue la formación integral de los estudiantes, valorando los derechos humanos y las libertades individuales. Promueve la convivencia y la participación democrática, tolerante y solidaria con la comunidad, contribuyendo de esta manera al desarrollo del país. 6.2. Enfoques de la política educativa dirigida a estudiantes extranjeros Enfoque de Derechos Humanos Este enfoque es uno de los pilares que sustenta el diseño de política educativa dirigida a estudiantes extranjeros y sus familias. Bajo esta perspectiva resulta relevante comprender que los niños y adolescentes son considerados sujetos de derecho y, por tanto, resulta fundamental no solo garantizar el derecho a educación, sino también permitir su ejercicio, entendiéndolo como acceso, permanencia y avance en la trayectoria educativa, en cualquiera de las modalidades que ofrece el sistema. Bajo este enfoque, tanto el diseño de la política pública como todos los instrumentos normativos, orientaciones, disposiciones normativas y/o curriculares, deben abstenerse de todo sesgo discriminatorio que afecte de cualquier manera a este grupo de estudiantes, incluyendo la marginación de beneficios que provea el sistema educativo, con el objetivo de entregar una educación equitativa y de calidad, en igualdad de condiciones que los estudiantes nacionales. 19 LGE, Art.3, letra k. 20 Contenido en Ley de Subvenciones, Art 2º, numeral 5, letra l. 20
Enfoque Inclusivo Este enfoque contempla desarrollar el trabajo educativo reconociendo, valorando y acogiendo la diversidad de cada miembro de la comunidad. Se aspira a que cada espacio de encuentro, dentro o fuera del aula, promueva el diálogo y la expresión de intereses, habilidades, valores, saberes, características personales y socioculturales, sin jerarquías, estereotipos, ni discriminaciones. Enfoque Intercultural La interculturalidad es un horizonte social ético-político en construcción, que enfatiza relaciones horizontales entre las personas, grupos, pueblos, culturas, sociedades y con el Estado. Se sustenta, entre otros, en el diálogo desde la alteridad, facilitando una comprensión sistémica e histórica del presente de las personas, grupos y pueblos diversos que interactúan permanentemente en los distintos espacios territoriales. La interculturalidad favorece la creación de nuevas formas de convivencia ciudadana entre todos, sin distinción de nacionalidad u origen. Para ello, el diálogo simétrico es posible reconociendo y valorando la riqueza de la diversidad lingüístico-cultural, natural y espiritual. Enfoque de Gestión Territorial e Intersectorial Este enfoque es clave en el desarrollo de políticas que se ajusten a las demandas, necesidades e intereses de cada comunidad educativa. Para esto, es indispensable considerar el contexto y las necesidades propias de cada una de ellas. El trabajo que las comunidades educativas realicen para garantizar el acceso, permanencia y trayectoria educativa de estudiantes extranjeros, así como la inclusión de este grupo de estudiantes y sus familias es clave, para lo cual se requiere levantar, mediante procesos participativos, los diagnósticos que permitan visibilizar y priorizar áreas de desarrollo, para avanzar en la formulación de las mejores estrategias que aseguren el logro de los objetivos de aprendizaje. Este enfoque ha tenido un desarrollo significativo desde Aulas del Bien Estar (ABE) que consiste en un Modelo de Gestión Intersectorial que busca contribuir a la formación integral de los estudiantes en el marco de la Política Nacional de Convivencia Escolar, desarrollando una metodología de articulación de contenidos transversales en la escuela, con un soporte territorial de articulación intersectorial a nivel comunal, regional, provincial y nacional. Enfoque de Género Busca resguarda el derecho de toda persona a ser tratada con respeto y valoración, reconociendo la importancia de garantizar las mismas oportunidades de aprendizaje y la libertad para que cada cual desarrolle sus capacidades personales, sin limitaciones impuestas por roles tradicionales, diferencias físicas, identitarias o de cualquier otro tipo. 21
Enfoque Participativo Fomenta que las escuelas se organicen en equipos de trabajo y valoren la apertura a la comunidad como un atributo fundamental para la formación ciudadana de los estudiantes, fomentando en ellos su sentido de responsabilidad social y compromiso ciudadano, dentro de un marco democrático de respeto irrestricto de ls derechos humanos de todas las personas sin distinción. Enfoque Ético La ética del cuidado ofrece una mirada para enseñar y adquirir nuevos modos de convivir en la comunidad educativa, los que pasan por aprender a desarrollar prácticas de cuidado entre todos sus integrantes, constituyéndose los establecimientos educacionales en un espacio donde los estudiantes aprenden a cuidarse a sí mismos, a cuidar a los otros y a cuidar el planeta. 6.3. Referentes Internacionales Naciones Unidas: Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 La Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de Naciones Unidas (ONU) propone 17 objetivos para que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el que mejorar la vida de todos, sin dejar a nadie atrás. Este desafío busca proteger los derechos y dignidad de todas las personas, incluidas aquellas que migran de un país a otro. Se trata fundamentalmente de defender nuestra humanidad común poniendo en acción la solidaridad. El objetivo número 4 de esta Agenda, busca “garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”. Dentro de las metas planteadas para el cumplimiento de este objetivo, se encuentran: ▪ Meta 4.7 - De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible. El objetivo número 10 de esta Agenda, busca “reducir la desigualdad en y entre los países”, para lo cual se propone una serie de metas a lograr al año 2030, dentro de las cuales se indica: ▪ Meta 10.7 - Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas. 22
Por otro lado, desde la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la cultura (UNESCO) se declara que la migración es un fenómeno mundial motivado por numerosos factores, que tienen su origen en aspiraciones de dignidad, seguridad y paz. La decisión de abandonar el hogar propio es siempre extrema y, con demasiada frecuencia, supone el comienzo de un viaje peligroso, a veces funesto. Organización Internacional para las Migraciones (OIM) La niñez migrante, en especial aquella en estado migratorio irregular, tiene derecho a educación integral dirigida al pleno desarrollo de su personalidad, aptitudes y capacidades mentales y físicas, hasta su máximo potencial. Es responsabilidad del Estado, la familia y la sociedad garantizar educación integral de calidad y progresiva en condiciones de igualdad y equidad para todo niño y adolescente, procurando erradicar la deserción educativa. Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) Los países OCDE, particularmente aquellos más afectados por la reciente crisis de refugiados, enfrentan el nuevo desafío de desarrollar respuestas políticas que aborden necesidades inmediatas de un gran número de inmigrantes, mientras ponen en marcha o amplían políticas de mediano y largo plazo. En Chile, OCDE se encuentra implementando un estudio denominado “Fortaleciendo a través de la diversidad: la integración de los inmigrantes y refugiados en la Escuela y en los sistemas de formación”, el cual busca identificar un set de indicadores relevantes que expliquen cómo las sociedades han respondido y están respondiendo a los riesgos que enfrenta la cohesión social a partir de la migración internacional. El resultado de este ejercicio pretende: ▪ Crear mejores infraestructuras de datos que apoyen el desarrollo de evidencia robusta. ▪ Analizar las respuestas de las políticas existentes y las condiciones bajo las cuales alcanzan sus objetivos. ▪ Estimular la discusión entre los distintos actores clave acerca de las oportunidades para el aprendizaje entre pares y la colaboración e integración que tendrán implicancias de largo plazo. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) Junto con promover la protección de los derechos de niños y adolescentes sin distinción de ningún tipo, se ha propuesto problematizar en torno a la interculturalidad en educación, entendida como una fuente de derechos y recursos para el desarrollo y participación de niños, adolescentes pertenecientes al sistema educativo. 23
6.4. Compromisos firmados y ratificados por Chile a nivel internacional El progresivo desarrollo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) otorga un amplio campo de regulación y protección para los derechos humanos en nuestro país, dado que Chile ha firmado y ratificado una serie de instrumentos internacionales que consagran las normas de este tipo. Chile, al igual que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas (ONU), tiene obligaciones que emanan desde dichos tratados y Convenciones de derechos humanos, entre las cuales está la de respetar, garantizar y promover los derechos fundamentales de todas las personas que habitan el territorio, sin ningún tipo de distinción. Desde esta perspectiva son especialmente cuatro los pilares que sustentan el diseño y desarrollo de esta política educativa, los cuales se exponen brevemente a continuación. Declaración Universal de los Derechos Humanos Representa el principal marco de trabajo que se utiliza en torno a estudiantes extranjeros. Desde cada uno de sus artículos se desprende una multiplicidad de acciones que nos permiten garantizar el respeto a los derechos y libertades que se encuentran en la base del reconocimiento de la dignidad humana. En el artículo 1° se indica que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están en razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales En el artículo 13º de este Pacto se indica que los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen, asimismo, en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz. Un ejemplo de las recomendaciones que ha entregado a Chile el comité vigilante de este Pacto, particularmente en educación, es la siguiente: Adoptar medidas necesarias para prevenir y combatir la persistente discriminación contra pueblos indígenas, personas lesbianas, gays, bisexuales y trans-género, migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, y todas las personas o grupos desfavorecidos o marginados, inclusive mediante campañas de sensibilización, a fin de garantizarles pleno ejercicio de los derechos reconocidos por el Pacto, en particular el acceso al empleo, a la seguridad social, a la atención de salud y a la educación. 24
Convención Internacional de los derechos del niño La Convención reconoce que los niños y adolescentes (personas menores de 18 años), son individuos con el derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones, cambiando definitivamente la concepción de la infancia. La Convención se rige por cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, así como su participación en decisiones que le afecten. En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas o personas de origen indígena, no se negará a un niño que pertenezca a tales minorías, o que sea indígena, el derecho que le corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, o a emplear su propio idioma. Convención Internacional sobre la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares En su artículo N°30 indica lo siguiente: “Todos los hijos de trabajadores migratorios gozarán del derecho fundamental de acceso a la educación en condiciones de igualdad de trato con los nacionales del Estado de que se trate. El acceso de los hijos de trabajadores migratorios a las instituciones de enseñanza preescolar o las escuelas públicas no podrá denegarse ni limitarse a causa de la situación irregular en lo que respecta a la permanencia o al empleo de cualquiera de los padres, ni del carácter irregular de la permanencia del hijo en el Estado de empleo”. 25
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