CASD COÓDIGO elemental de laCONDUCTA ST UDENT 2021-2022

Página creada Adrián Arteta
 
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CASD COÓDIGO elemental de laCONDUCTA ST UDENT 2021-2022
CASD COÓ DIGOelemental de laCONDUCTA ST UDENT

                  2021-2022
CASD COÓDIGO elemental de laCONDUCTA ST UDENT 2021-2022
Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN ..........................................................................................................................................4

DECLARACIÓN DE ........................................................................................................................................4

ADOPCIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA ESTUDIANTIL ..................................................................................5
1. AUTORIDAD ESTATUTARIA (POLÍTICA DEL CONSEJO ESCOLAR Nº 000) ......................................................................5
2. REGLAS DE CONSTRUCCIÓN. ..........................................................................................................................5

DERECHOS, EXPECTATIVAS Y RESPONSABILIDADES ......................................................................................6
1. EXPECTATIVAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES (CÓDIGO ESCOLAR §12.2) (POLÍTICA DE LA JUNTAESCOLAR NO.
235) ............................................................................................................................................................6
2. EXPECTATIVAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES/TUTORES ..............................................................................7
3. EXPECTATIVAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES........................................................................................8
4. EXPECTATIVAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ADMINISTRADORES ............................................................................8

DISCIPLINA ESTUDIANTIL.............................................................................................................................8
1.PROCEDIMIENTOS GENERALES DE DISCIPLINA ................................................. (POLÍTICADELCONSEJO ESCOLAR NO. 218)
     8
2.INTERVENCIONES Y APOYOS CONDUCTUALES POSITIVOS ................................................................................ (PBIS)
     9
3. CASTIGOS CORPORALES (CÓDIGO ESCOLAR NO. §12.5) ......................................................................................10
4. CONSECUENCIAS DISCIPLINARIAS Y EXCLUSIONES DE LA ESCUELA (LEY 1949 14 SECCIÓN 1318) ...................................10
5. BÚSQUEDAS ..........................................................................................................................................13
6. AUDIENCIAS ..........................................................................................................................................13
7.REGLAS DE CONDUCTA; INFRACCIONES ...............................................................................................................
     15
CONDUCTA PROHIBIDA EN LA ESCUELA: NIVELES DE INFRACCIÓN....................................................................................... 16

ASISTENCIA (POLÍTICA DEL CONSEJO ESCOLAR Nº 204) ...............................................................................19
1. EDUCACIÓN Y ASISTENCIA GRATUITAS (CÓDIGO ESCOLAR §12.1 & §11.11) ..........................................................19
2. ASISTENCIA OBLIGATORIA (CÓDIGO ESCOLAR §11.13) .......................................................................................20
3. EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA A LA ESCUELA PÚBLICA (CÓDIGO ESCOLAR §11.32) ..................................................20
4. RAZONES ACEPTABLES PARA AUSENCIAS, RETRASO O DESPIDO ANTICIPADO (CÓDIGO ESCOLAR §11.34)......................... 21
5. RAZONES INACEPTABLES PARA AUSENCIAS, RETRASO O DESPIDOS ANTICIPADOS ........................................................22
6. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR AUSENCIA, RETRASO O DESPIDO ANTICIPADO ......................................................22
7. EXPERIENCIA LABORAL PARA PERSONAS MAYORES (CÓDIGO ESCOLAR §11.28)¡ERROR! .... ERROR! BOOKMARK NOT DEFINED.
8. ABSENTISMO ESCOLAR (CÓDIGOESCOLAR ACT 14 SECCIÓN 1333) ........................................................................24

REGLAS Y PROCEDIMIENTOS .....................................................................................................................24
1. INTIMIDACIÓN (POLÍTICA DE LA JUNTA ESCOLAR NO. 249) ..................................................................................25
2. CONDUCTA EN AUTOBUSES Y EN PARADAS DE AUTOBÚS. .......................................................................................
      25
3. COMUNICACIONES CONFIDENCIALES (POLÍTICA DEL CONSEJO ESCOLAR NO. 207) ......................................................28
4. DISCRIMINACIÓN (CÓDIGO ESCOLAR NO. §12.4) ..............................................................................................28
5. LIBERTAD DE EXPRESIÓN (POLÍTICA DEL CONSEJO ESCOLAR Nº 220)& (CÓDIGO ESCOLAR NO. §12.9) ........................... 28
6. SALUDO DE BANDERA Y EL JURAMENTO DE LEALTAD (CÓDIGO ESCOLAR NO. §12.10) ................................................29
7. CABELLO Y VESTIMENTA (POLÍTICA DE LA JUNTA ESCOLAR NO. 221).......................................................................30
8.PASIVO .......................................................................................................................................................
      31
9. TECNOLOGÍA (P.L. 1556, NO. 197) (POLÍTICA 815 DEL CONSEJO ESCOLAR) ...........................................................31
CONDUCTA Y USO PROHIBIDOS DE LA TECNOLOGÍA PROPIEDAD DEL DISTRITO ...................................................................... 33
CONDUCTA PROHIBIDA EN LA ESCUELA PARA DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PROPIEDAD DE ESTUDIANTES .................................. 35

DEFINICIONES (CÓDIGO ESCOLAR NO. §10.2)..............................................................................................36

DECLARACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE PADRES/ESTUDIANTES .............................................................43

                                                                                                                          3|P á g i n a
Introducción
El propósito del Código de Disciplina Elemental es ayudar a los estudiantes a desarrollar una actitud
positiva hacia la autodisciplina, la asistencia regular y el comportamiento socialmente aceptado. El Código
de Disciplina Elemental tiene la intención de garantizar que cada estudiante tenga la oportunidad de
beneficiarse del mantenimiento de un entorno de aprendizaje que sea seguro, propicio para el aprendizaje y
esté libre de distracciones innecesarias.

Además, el Código de Disciplina sirve como una herramienta de comunicación entre el hogar y la escuela y
garantiza que los estudiantes y las familias sean conscientes de las expectativas del Distrito. El Distrito
Escolar del Área de Coatesville cree que un ambiente donde cada estudiante muestra respeto por la
autoridad y los compañeros, sigue las reglas y políticas del Distrito, y sigue las leyes estatales y federales
con respecto a la conducta en la escuela, es uno en el que todos los estudiantes pueden aprender. Los
padres/tutores y los estudiantes desempeñan un papel integral en el establecimiento de un entorno propicio
para el aprendizaje y el éxito académico. El desarrollo de comportamientos académicos a menudo requiere
momentos de auto-redirección /reflexión por parte de los estudiantes, junto con el apoyo y la redirección de
los adultos. Como tal, el apoyo de los padres, tutores, estudiantes y personal durante los momentos de
redirección y corrección es fundamental en el desarrollo de una comunidad de aprendizaje.

El aprendizaje es un derecho al que tienen derecho todos los estudiantes. No se debe permitir que una
persona interrumpa o distraiga del aprendizaje de los demás. Con este fin, los maestros utilizarán los
recursos disponibles para manejar los problemas de disciplina relacionados con la participación en el aula.
En los casos en que haya una interrupción en el aula, los maestros notificarán a los padres / tutores del
estudiante disruptivo. Si los esfuerzos del maestro no resultan en la eliminación apropiada del
comportamiento disruptivo y el re-compromiso académico del estudiante, se pedirá a los administradores de
nivel de construcción que proporcionen apoyo adicional.

                                   Declaración de objetivos
La misión del Distrito Escolar del Área de Coatesville, rico en diversidad y comprometido con la excelencia,
es crear experiencias educativas innovadoras que sean financiadas por los contribuyentes, apoyadas por la
comunidad, entregadas por maestros y administradores dedicados, para garantizar que todos los estudiantes
se conviertan en ciudadanos globales responsables y contribuyentes.

El Distrito espera que este documento sirva como un recurso para crear un ambiente propicio para el
                                                                                                       4|P á g i n a
aprendizaje y el éxito académico.

               Adopción del Código de Conducta estudiantil
1. Autoridad estatutaria (política Nº 000 del Consejo Escolar)

La Junta de Directores Escolares del Distrito Escolar del Área de Coatesville (CASD) adoptó este
Código de Conducta Estudiantil para detallar sus expectativas con respecto al clima escolar y la
conducta de los alumnos. Todo esto se sigue de acuerdo con el Reglamento de la Junta Estatal de
Educación; 22 Pa. Code §12.3(c), la Junta tiene la autoridad para hacer reglas necesarias y equitativas
que rijan la conducta de los estudiantes en la escuela que se pueden encontrar en la Sección 510 de
"Publicación de Reglas" del Código de Pennsylvania.

Esta autoridad general se extiende a los administradores y maestros en la Sección 1317 delCódigo.
Esta sección le da al personal de la escuela InLoco Parentis (en lugar de los padres) estado:

   "Todo maestro, subdirector y director de las escuelas públicas tendrá derecho a ejercer la
   misma autoridad que la conducta y el comportamiento de los alumnos que asistan a su escuela,
   durante el tiempo que asistan, incluido el tiempo necesario para ir y salir de sus hogares, como
   los padres, tutores o personas en relación parental con esos alumnos puedan ejercer sobre
   ellos. "

Además, los estudiantes deben entender que los administradores tendránautoridad para hacer
cumplir otras medidas disciplinarias razonables que consideren justificadas por situaciones no
cubiertas.

2. Reglas de Construcción.

    A. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en este documento, nada en este Código
       se interpretará de una manera que viole la Ley Aplicable.

    B. Si alguna disposición contenida en este Código de Conducta es ambigua, es decir, susceptible
       de recibir una o más interpretaciones razonables, y una o más interpretaciones razonables
       harían que la disposición fuera ilegal o inconstitucional, el Distrito Escolar solo tiene la
       intención de aquellas interpretaciones que sean legales y constitucionales.

    C. Conflicto con la política. Este Código y la Política y Regulaciones Administrativas de la
       Junta Escolar están destinados a ser complementarios y lo que se requiere por uno se
       considerará requerido por todos. Si hay conflictos irreconciliables entre estos términos y
       condiciones de este Código y cualquier disposición (s) contenida (s) en cualquier Política, los
       términos contenidos en la Política o la versión del Código adoptada por última vez por la
       Junta controlarán. Si hay conflictos irreconciliables entre cualquier Reglamento
       Administrativo o los términos de cualquier Política o este Código, los términos de la Política
       y este Código regirán. Para mayor claridad, los términos de cualquier Reglamento
       Administrativo nunca controlarán los términos en conflicto en la Política o en este Código.

                                                                                             5|P á g i n a
Derechos, expectativas y responsabilidades
Es la creencia de la Junta casd que como parte del proceso educativo de los estudiantes del Distrito
deben ser conscientes de sus derechos legales y también la autoridad legal de la Junta para hacer o
delegar autoridad a los empleados del Distrito para hacer reglas y regulaciones con respecto a la
operación ordenada de las escuelas.

1. Expectativas y responsabilidades de los estudiantes                    (Código escolar §12.2) (   Política
de laJunta Escolar No. 235)

La máxima prioridad de CASD es el logro educativo de sus estudiantes. CASD cree que si
alentamos a todos los estudiantes a presentar sus mejores esfuerzos en su educación con honestidad
e integridad, todos los estudiantes pueden y tendrán la capacidad de tener éxito académico,
dándoles la oportunidad de convertirse en miembros productivos, responsables y contribuyentes de
nuestra comunidad.

   A. Se espera que todos los estudiantes:
          • Apoyar el derecho de todos a aprender
           •   Choose formas de resolver conflictos sin luchar
           •   Unccept otros por lo que son y respetar las diferencias
           •   Scómo el respeto adecuado para:
                  1) Ellos mismos
                  2) Otros estudiantes
                  3) Adultos
                  4) Propiedad de la escuela
                  5) Bienes personales

   B. Las responsabilidades de los estudiantes incluyen la asistencia regular a la escuela, el
      esfuerzo concienzudo en el trabajo en el aula y la tarea, y la conformidad con las Reglas de
      la Escuela.

   C. Los estudiantes comparten con la administración y la facultad la responsabilidad de
      desarrollar un clima dentro de la escuela que sea propicio para el aprendizaje y la vida
      saludables.

   D. Ningún estudiante tiene derecho a interferir con la educación de sus compañeros. Es
      responsabilidad de cada estudiante respetar los derechos de los profesores, estudiantes,
      administradores y todos los demás que están involucrados en el proceso educativo.

   E. Los estudiantes deben expresar sus ideas y opiniones de una manera respetuosa.

   F. Es responsabilidad de cada estudiante en la escuela ajustarse a lo siguiente:

       •   Tenga en cuenta todas las reglas para el comportamiento de los estudiantes y se
           conduzca de acuerdo con estas reglas.
                                                                                                     6|P á g i n a
•   Los estudiantes deben asumir que, hasta que una regla sea renunciada, alterada o
         derogada por escrito, está en vigor.

     •   Información voluntaria en asuntos relacionados con la salud, la seguridad y el bienestar
         de la comunidad escolar y la protección de la propiedad escolar.

     •   Vestirse y acicalarse para cumplir con los estándares de seguridad y salud, y para no
         causar una interrupción sustancial en los procesos educativos.

     •   Asista al personal de la escuela en la operación de una escuela segura para los
         estudiantes alistados en ella.

     •   Cumplir con la ley aplicable.

     •   Tenga el cuidado adecuado al usar instalaciones y equipos públicos.

     •   Asista a la escuela diariamente y esté a tiempo en todas las clases y otras funciones de la
         escuela.

     •   Hacer el trabajo cuando se ausenta de la escuela.

     •   Perseguir e intentar completar satisfactoriamente los cursos de estudio prescritos por el
         Distrito.

    •    Informe con precisión en los medios de comunicación estudiantiles.

     •   No usar lenguaje obsceno en los medios de comunicación de los estudiantes o en las
         instalaciones de la escuela.

2. Expectativas y responsabilidades de los padres/tutores

  Los padres son miembros vitales del equipo académico de sus hijos y pueden tener un impacto
  positivo en la experiencia escolar de sus hijos al ser intencionales sobre estas tres (3)
  responsabilidades clave:

     •   Inicie y mantenga un papel activo en la vida académica de su estudiante.

     •   Valore y espere un comportamiento responsable de su hijo. Las lecciones de
         responsabilidad dominadas en el hogar fluyen directamente en el éxito académico,
         social y personal de un niño en la escuela.

     •   Abogar por su hijo y su educación. Apoye y persiga el mejor interés de su hijo en el
         hogar y en la escuela.

  Los padres están obligados a conocer y entender lo que el Código exige de nuestros estudiantes
  y deben familiarizarse con las medidas disciplinarias que pueden resultar de las violaciones del
  Código. Al apoyar y reforzar este Código, cultiva un entorno de aprendizaje positivo y seguro
  paratodos los seres.
                                                                                           7|P á g i n a
3. Expectativas y responsabilidades de los maestros

   Es la expectativa de la administración y la comunidad que los maestros ejerzan sus habilidades
   profesionales en el establecimiento y mantenimiento de un ambiente de aprendizaje respetuoso
   y digno que apoye el trabajo de los estudiantes individuales y la clase en su conjunto mediante:

   Abordar la disciplina académica y social en sus aulas. Se alienta a los maestros a ejercer su
   derecho fundamental de esperar que los estudiantes estén preparados para la clase y que sean
   aprendices activos durante el tiempo de clase.

   Instituir sus propias consecuencias disciplinarias por infracciones en el aula de acuerdo con el
   enfoque de su equipo o departamento y la política de la Junta. Esto debería ser suficiente para
   corregir el problema. Sin embargo, el mal comportamiento continuo en el aula puede requerir
   una discusión o conferencia con el Padre. Si la resolución del problema no se encuentra entre el
   maestro, el estudiante, el consejero de orientación, el padre, el equipo o el departamento,
   entonces la intervención administrativa puede ser necesaria. En este nivel de mala conducta, los
   maestros utilizan sus registros anecdóticos de las infracciones del estudiante, registros de sus
   propios intentos de corrección y la participación de los padres como información en la
   búsqueda de una mayor resolución.

4. Expectativas y responsabilidades de los administradores
   Los administradores tienen la responsabilidad de administrar un ambiente seguro y saludable
   para la comunidad de estudiantes del Distrito. Los administradores establecen altas expectativas
   para que todos los estudiantes alcancen su máximo potencial, se esfuerzan por reforzar el valor
   y la dignidad personal de cada persona, y supervisan la implementación del Código de
   Conducta Estudiantil.

   Si bien los administradores son defensores de los estudiantes y se asocian con los maestros y
   los padres, la autoridad final con respecto al comportamiento inapropiado, las violaciones y las
   acciones disciplinarias recae en la autoridad del director del edificio. En respuesta a ciertas
   acciones o comportamientos de los estudiantes según lo establecido en el Código de Conducta
   Estudiantil, los directores remitirán la acción disciplinaria a la administración central para que
   la Junta tome medidas adicionales.

                                 Disciplina estudiantil

1.Procedimientos Disciplinarios Generales (PolíticadelConsejo Escolar No. 218)

La disciplina debe, como mínimo, tener tres objetivos en mente:
 1. PRESERVAR el entorno óptimo en el que prestar servicios de instrucción.
 2. RESPONDA a las influencias disruptivas con medidas correctivas de una manera firme y
    consistente mientras intenta corregir el comportamiento desviado y mantener a los
    disruptores en la escuela.
 3. ELIMINAR, como último recurso, a los disruptores del entorno educativo para que la
    mayoría pueda perseguir sus objetivos educativos.
                                                                                            8|P á g i n a
La Junta considera que la conducta de los estudiantes está estrechamente relacionada con el
aprendizaje. Un programa educativo eficaz requiere un ambiente escolar seguro y ordenado.
La Junta establecerá reglas y regulaciones justas, razonables y no discriminatorias con respecto a la
conducta de todos los estudiantes en el distrito escolar durante el tiempo que estén bajo la
supervisión de la escuela o en cualquier momento mientras estén en la propiedad de la escuela,
mientras estén presentes en las actividades patrocinadas por la escuela, y mientras viajan hacia o
desde la escuela y las actividades patrocinadas por la escuela. La Junta adoptará un Código de
Conducta Estudiantil para regir la disciplina estudiantil, y los estudiantes no estarán sujetos a
acciones disciplinarias debido a raza, sexo, color, religión, orientación sexual, origen nacional o
discapacidad/ discapacidad. Cada estudiante debe adherirse a las políticas de la Junta y al Código
de Conducta Estudiantil que rige la disciplina estudiantil.
En la forma actual de la legislación vigente, es responsabilidad de la Junta continuar con la
educación del estudiante hasta los 18 años de edad, ya sea en el entorno educativo formal o en
un entorno fuera de ese entorno.

Las ofensas graves y los incidentes repetidos que interrumpen el aprendizaje de otros y requieren
grandes cantidades de tiempo del maestro para ser desviados de la clase en su conjunto pueden
significar la necesidad de un apoyo variado / mayor. Estos incidentes serán           remitidos a un
administrador del edificio y cualquier caso disciplinario grave en la escuela primaria será referido
a la orientación y otro personal administrativo en un esfuerzo por asegurar que los estudiantes
tengan el apoyo necesario para resolver los problemas que interfieren con el aprendizaje.

El Equipo de Apoyo a la Instrucción está disponible dentro de cada escuela primaria. El proceso
utilizado por el Equipo de Apoyo a la Instrucción extraesu experiencia para diseñar e implementar
estrategias de intervención. La consulta colaborativa ofrece un método sistemático para la
recopilación de datos y la resolución de problemas cuando se enfrentan a las necesidades
académicas y de comportamiento individuales de los niños. El Equipo de Apoyo a la Instrucción,
a través del liderazgo del director, tiene la responsabilidad de obtener ayuda consultiva de todo el
personal que ha recibido capacitación intensiva especializada.

Además del Equipo de Apoyo a la Instrucción, el Distrito emplea a un Visitador del Hogar y la
Escuela. El Visitador del Hogar y la Escuela proporciona consulta y seguimiento con las familias con
respecto a las necesidades educativas, sociales y emocionales de los estudiantes que están
experimentando graves problemas personales que impiden significativamente la asistencia y el
progreso de los estudiantes en la escuela. El papel del Visitador del Hogar y la Escuela abarca los
esfuerzos para servir como             defensor, enlace, administrador de casos y consultor para
estudiantes, padres, personal escolar y personal de agencias comunitarias. El Visitador del Hogar y
la Escuela está disponible para participar en varias conferencias escolares, hacer visitas domiciliarias
e iniciar contactos telefónicos con los padres y el personal de la agencia. El Visitador del Hogar y la
Escuela puede proporcionar información sobre temas de abuso / negligencia, falta de vivienda, ley
de asistencia obligatoria, políticas y procedimientos, participación de los padres, centros de recursos
familiares, problemas de crianza, utilización del programa de asistencia estudiantil, recursos
comunitarios, etc.

2.     Intervenciones y apoyos conductuales positivos (PBIS)

CASD aboga por la adopción e implementación del marco PBIS en la enseñanza de competencias
sociales y el desarrollo de entornos escolares seguros y efectivos.
                                                                                               9|P á g i n a
PBIS es una amplia gama de estrategias sistémicas e individualizadas para lograr resultados
sociales y de aprendizaje importantes en las comunidades escolares, al tiempo que se previene el
comportamiento problemático. Los atributos clave de PBS incluyen actividades preventivas,toma
de decisiones basada en datos y unaorientación de olving de problemas.

Habrá estrategias positivas de apoyo conductual disponibles en cada escuela. El personal de cada
escuela será responsable de conocer dichas estrategias y de implementarlas según corresponda y
dentro de la sana discreción del personal. Sin embargo, ningún estudiante puede usar el fracaso de
tener o implementar estrategias de apoyo positivas como una excusa o defensa para violar este
Código. Cualquier estudiante que viole este Código estará sujeto a disciplina de acuerdo con este
Código a pesar de la ausencia de estrategias de apoyo conductual o implementación de las mismas.

3. Desishment del cabo P (Código escolar    No. §12.5)

Los castigos corporales están prohibidos. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en este
Código, los maestros y las autoridades escolares podrán hacer un uso razonable de la fuerza en las
siguientes circunstancias:

    1. Para sofocar una perturbación;

    2. Para obtener la posesión de armas u otros objetos peligrosos;

    3. Por defensa propia; o

    4. Para la protección de personas o bienes.

4. Consecuencias disciplinarias y exclusiones de la escuela (Leyde 1949 14                      Sección
1318)

    A. Tipos de Disciplina. Cualquier estudiante que viole este Código o las reglas de clase
       establecidas por el profesor estará sujeto a disciplina. La disciplina puede adoptar la forma
       de:

         •   Disciplina de clase determinada por un maestro
         •   Suspensión de privilegios
         •   Detención antes o después de la escuela
         •   Restitución
         •   Conferencia estudiantil
         •   Servicio a la comunidad
         •   Asignación a la sala de suspensión en la escuela
         •   Suspensión de la escuela
         •   Asignación a una escuela alternativa
         •   Asignación reflexiva
         •   Expulsión
         •   Exclusión de actividades extracurriculares o cocurriculares
         •   Retiro de la Sociedad de Honor
         •   Confiscación del contrabando
         •   Eliminación o exclusión de una clase, programa o actividad en particular; o
                                                                                           10 | P á g i n a
•   Cualquier otra disciplina que sea apropiada. Las condiciones adicionales pueden
         ser evaluadas con cualquier disciplina que se imponga. En caso de exclusiones
         de la escuela o de las actividades, podrán imponerse condiciones para la
         readmisión en l a e s c u e l a .

B. Consecuencias adicionales. Además de la disciplina, el Distrito puede tomar las siguientes
   medidas:

     •   Contacto con los padres
     •   Referencia al equipo de SAP
     •   Mediación entre pares
     •   Remisión a las fuerzas del orden
     •   remisión al Tribunal de Menores
     •   Medida restauradora
     •   remisión a consejero de orientación u otro servicio de apoyo
     •   capacitación requerida y exitosa
     •   requisito de una evaluación para asegurar que el estudiante no presente una amenaza
         para sí mismo o para los demás; y
     •   Otras acciones que el Distrito considere necesarias.

C. Determinación de la disciplina y otras consecuencias. Sin perjuicio de lo dispuesto en
   contrario en este Código, la consecuencia disciplinaria se determinará en base a la
   consideración de factores relevantes, que pueden incluir uno o más de los siguientes:

             •La atroz conducta del estudiante;
             •El expediente académico del estudiante;
             •El historial disciplinario pasado del estudiante;
             •Factores atenuantes; y
             •Agravantes. La notoriedad de la conducta del estudiante puede determinarse in
              unaconcordancia with los niveles de ofensas como se describe posteriormente
              en este Código. Aunque se considerarán los niveles de ofensas, no son
              determinantes. En cambio, son solo uno de los factores que se considerarán.
D. Suspensión en la escuela, exclusión de la clasees
          • Un estudiante no puede recibir una suspensión en la escuela a menos que el
             estudiante haya sido informado de las razones de la suspensión y se le haya dado
             la oportunidad de responder antes de que la suspensión entre en vigencia.
          • La comunicación a los padres o tutores deberá seguir inmediatamente a la
             acción de suspensión tomada por la escuela.
          • Cuando la suspensión en la escuela exceda los diez (10) días escolares
             consecutivos, se ofrecerá una audiencia informal con el directoral estudiante y al
             padre o tutor del estudiante antes del undécimo (11º)día escolar de acuerdo con la ley
             aplicable.
          • El Distrito tiene la responsabilidad de hacer provisión para la educación del
             estudiante durante el período de la s us pensi ón en laescuela.
          • La suspensión dentro de la escuela depende de la disponibilidad de personal
             adecuado.

E. Las suspensiones o expulsiones que afecten a los estudiantes con discapacidades se
                                                                                         11 | P á g i n a
regirán por la Ley Aplicable, incluyendo 22 Pa. Code§ 14.143 (relativo a las colocaciones
    disciplinarias) y 34 CFR 300.519—300.529 (relativo a los procedimientos disciplinarios).

F. Suspensiones. (Código Escolar No. §12.6)

    •   "Suspensión" significa exclusión de la escuela por un período de uno (1) a diez (10) días
        escolares consecutivos.
    •   Las suspensiones pueden ser impuestas por el Director, el Asistente Principal, el
        Director de Servicios al Alumno, el Director de Escuelas Primarias y Secundarias o el
        Superintendente.
    •   Un estudiante no puede ser suspendido hasta que el estudiante haya sido informado de
        las razones de la suspensión y se le haya dado la oportunidad de responder; no obstante,
        no será necesario notificar previamente la suspensión prevista cuando esté claro que la
        salud, la seguridad o el bienestar de la comunidad escolar están amenazados.
    •   Los Padres y el Superintendente serán notificados inmediatamente por escrito cuando
        un estudiante sea suspendido.
    •   Cuando una suspensión excede de tres (3) días escolares, el estudiante y los padres
        tendrán la oportunidad de una audiencia informal consistente con laLey A pplicable.
    •   Las suspensiones no pueden correr consecutivamente más allá del período de diez (10)
        días escolares por cualquier infracción.
    •   Los estudiantes son responsables de compensar los exámenes y el trabajo perdido
        mientras son disciplinados por suspensión y se les permitirá completar estas tareas según
        lo determinen el Director, el Subdirector, el Director de Servicios estudiantiles, el
        Director de Escuelas Primarias y Secundarias o el Superintendente.

G. Expulsión (Código Escolar No. §14.143)

    •   "Expulsión" significa una exclusión de la escuela por un período superior a diez (10) días
        lecsios y puede ser una expulsión permanente.
    •   Las expulsiones sólo pueden ser impuestas por la Junta después de una audiencia de
        conformidad con la ley aplicable.
    •   Durante el período anterior a la audiencia y la decisión de la Junta en un caso de
        expulsión, el estudiante será colocado en su clase normal, excepto según lo permitido por
        la ley aplicable.
    •   Los estudiantes menores de dieciocho (18) años de edad están sujetos a la ley de asistencia
        obligatoria a la escuela aunque sean expulsados.

          – La responsabilidad inicial de proporcionar la educación requerida recae en los
            padres del estudiante, a través de la colocación en otra escuela, tutorial o estudio
            por correspondencia, u otro programa educativo aprobado por el Superintendente.
          – Dentro de los treinta (30) días de la acción de la Junta, los Padres presentarán al
            Superintendente evidencia escrita de que la educación requerida se está
            proporcionando de acuerdo con la ley aplicable o que no pueden hacerlo. Si el(los)
            Padre(s) no puede(n) proporcionar la educación requerida, el Distrito deberá, dentro
            de los diez (10) días posteriores a la recepción de la notificación, tomar
            disposiciones para la educación del estudiante.
          – A un estudiante con una discapacidad se le proporcionarán servicios educativos
            según lo requiera la Ley aplicable, incluida la Ley de Educación para Individuos con
                                                                                        12 | P á g i n a
Discapacidades (20 U.S.C.A. §§ 1400 a 1482).

5. Búsquedas
   Lasorejas S se llevarán a cabo de acuerdo con la ley aplicable. Los directores,
   subdirectores, los oficiales de recursos escolares, la policía escolar, el director de servicios
   estudiantiles, los supervisores de educación especial, el director de educación especial, el
   asistente del superintendente, el director de escuelas primarias y secundarias y el
   superintendente pueden realizar registros. Ningún otro funcionario del Distrito puede
   llevar a cabo una búsqueda, a menos que la búsqueda sea necesaria para proteger la salud
   y la seguridad de los estudiantes y otras personas, como cuando hay una búsqueda de un
   arma, y se cree razonablemente que esperar a que una persona autorizada para llevar a
   cabo una búsqueda puede conducir a lesiones.

   Los materiales ilegales o prohibidos incautados durante un registro de estudiantes pueden
   usarse como evidencia contra el estudiante.

   Antes de una búsqueda, el estudiante será notificado y se le dará la oportunidad de estar
   presente. Cuando las autoridades escolares tienen una sospecha razonable de que el artículo
   que se está registrando contiene materiales que representan una amenaza para la salud, el
   bienestar o la seguridad de los estudiantes en la escuela. Los artículos de los alumnos se
   pueden buscar sin previo aviso.

   Sospecha razonable de pruebas de drogas y alcohol. El Distrito puede requerir pruebas de
   drogas y alcohol si tiene sospechas razonables de que el estudiante está bajo la influencia.
   La sospecha razonable puede basarse en el comportamiento del estudiante, síntomas
   médicos, signos vitales u otros factores observables. Cuando haya sospechas razonables,
   las pruebas pueden incluir análisis de sangre, análisis de orina, análisis de saliva o la
   administración de una prueba de alcoholemia.

6. Audiencias

A. Generalidades. La educación es un derecho legal, y los estudiantes tendrán las debidas
   garantías procesales si van a ser excluidos de la escuela. En un caso que implique una posible
   expulsión, el estudiante tiene derecho a una audiencia formal.

B. Orejeras Hformales. Se requiere una audiencia formal en todas las acciones de expulsión.
   Esta audiencia puede celebrarse ante la junta de gobierno o un comité autorizado de la junta,
   o un examinador de audiencia calificado designado por la junta. Cuando un comité de la junta
   o un examinador de audiencias lleva a cabo la audiencia, se requiere un voto mayoritario de
   toda la junta de gobierno para expulsar a un estudiante. Se observarán los siguientes requisitos
   de debido proceso con respecto a la audiencia formal:

   •   La notificación de los cargos se enviará a los padres del estudiante por correo certificado.

   •   Se dará un preaviso de al menos tres (3) días de la hora y el lugar de la audiencia. Una
       copia del aviso de política de expulsión que el abogado puede representar al estudiante y
       los procedimientos de audiencia se incluirán con el aviso de audiencia. Un estudiante
       puede solicitar la reprogramación de la audiencia cuando el estudiante demuestra una
       buena causa para una extensión.
                                                                                         13 | P á g i n a
•   La audiencia se llevará a cabo en privado a menos que el estudiante o los padres solicite
       una audiencia pública.

   •   El estudiante puede ser representado por un abogado, a expensas de los padres, y puede
       hacer que uno de los padres asista a la audiencia.

   •   El estudiante tiene derecho a que se le presenten los nombres de los testigos contra el
       estudiante, y copias de las declaraciones y declaraciones juradas de esos testigos si los
       hay.

   •   El estudiante tiene derecho a solicitar que los testigos comparezcan en persona y
       respondan preguntas o sean interrogados.

   •   El estudiante tiene derecho a testificar y presentar testigos en su propio nombre.

   •   Se conservará un registro escrito o sondeo de la audiencia. El estudiante tiene derecho, a
       expensas del estudiante, a una copia. Se proporcionará una copia sin costo alguno a un
       estudiante que sea indigente.

   •   La audiencia se llevará a cabo dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la
       notificación de los cargos, a menos que ambas partes lo acuerden mutuamente. Una
       audiencia podrá retrasarse por cualquiera de las siguientes razones, en cuyo caso la
       audiencia se celebrará tan pronto como sea razonablemente posible:

             –   Se necesitan informes de laboratorio de los organismos encargados de hacer
                 cumplir laley,
             –   Las evaluaciones u otros procedimientos judiciales o administrativos están
                 pendientes debido a que un estudiante invoca sus derechos bajo la Ley de
                 Educación para Individuos con Discapacidades(20 U.S.C.A. §§ 1400—1482);
                 o
             –   En los casos en tribunales de menores o penales que involucran agresión sexual
                 o lesiones corporales graves, es necesario demorar debido a la condición o el
                 interés superior de la víctima.

       •    La decisión de expulsión notificará al estudiante el derecho a apelar los resultados de
           la audiencia.

C. Orejeras Hinformales. El propósito de la audiencia informal es permitir que el estudiante se
   reúna con el funcionario de la escuela correspondiente para explicar las circunstancias que
   rodean el evento por el cual el estudiante está siendo suspendido o para mostrar por qué el
   estudiante no debe ser suspendido.

   •   La audiencia informal se lleva a cabo para presentar toda la información relevante con
       respecto al evento por el cual el estudiante puede ser suspendido y para que los
       estudiantes, sus padres o tutores y funcionarios de la escuela discutan las formas en que
       se podrían evitar futuras ofensas.

   •   Se observarán los siguientes requisitos de debido proceso con respecto a la audiencia
       informal:
                                                                                        14 | P á g i n a
–   La notificación de los motivos de la suspensión se hará por escrito a los padres o
                tutores y al estudiante.
            –   Se notificará con suficiente antelación la hora y el lugar de la audiencia oficiosa.
            –   Un estudiante tiene el derecho de interrogar a cualquier testigo presente en la
                audiencia.
            –   Un estudiante tiene el derecho de hablar y presentar testigos en su propio nombre.
            –   La entidad escolar ofrecerá realizar la audiencia informal dentro de los primeros 5
                días de la suspensión.

7. Reglas de Conduct/Infractions

Además de utilizar el marco de Intervenciones y Apoyos conductuales positivos para guiar la
disciplina en nuestras aulas y escuelas, CASD apoya un enfoque de disciplina progresiva que
utiliza un continuo de programas de prevención, intervenciones, apoyos y consecuencias para
abordar el comportamiento inapropiado de los estudiantes y para construir sobre estrategias
que promueven y fomentan comportamientos positivos.

Cuando se produce un comportamiento inapropiado, se deben aplicar medidas disciplinarias
dentro de un
marco que cambia el enfoque de uno que es únicamente punitivo a uno que es a la vez
correctivo y de apoyo. El Distrito ha identificado infracciones específicas junto con un nivel
de designación de gravedad para que cada una sirva como pautas.

Las infracciones repetidas pueden pasar de un nivel a los siguientes niveles con consecuencias
más significativas para delitos repetidos o graves.

Lo siguiente no pretende ser inclusivo de todos los actos de mala conducta. Las
consecuencias enumeradas pueden estar sujetas a la discreción del administrador.

A. Niveles de Infracciones. Las infracciones se dividen en los siguientes cuatro (4) niveles:

   1) Infracciones de nivel 1. Las infracciones de nivel 1 son incidentes menores que
      generalmente no involucran ni afectan a otras personas. Incluye comportamientos de los
      estudiantes que impiden los procedimientos ordenados en el aula o interfieren con el
      funcionamiento de la escuela en una medida menor o insignificante. Excepto cuando
      hay casos repetidos de infracciones de Nivel 1 u otras circunstancias agravantes, las
      infracciones de Nivel 1 generalmente no resultan en suspensión, suspensión en la escuela
      o expulsión.

   2) Infracciones de nivel 2. Las infracciones de nivel 2 son infracciones que son más
      graves que las infracciones de nivel 1 y que pueden describirse como repetitivas o
      frecuentes o que causan una grave alteración del clima de aprendizaje de la escuela o
      afectan a otros problemas. Excepto cuando hay casos repetidos de infracciones de
      Nivel 1 o 2 u otras circunstancias agravantes, las infracciones de Nivel 2 generalmente
      no resultan en suspensión, suspensión en la escuela o expulsión.

   3) Infracciones de nivel 3. Las infracciones de nivel 3 son infracciones graves que resultan
      o podrían resultar en la violación de los derechos legales de otros, violencia a otra persona,
      daño o destrucción de la propiedad, conducta que representa una amenaza directa a la
                                                                                          15 | P á g i n a
seguridad de otros en la escuela, o conducta que puede constituir un delito penal donde la
         exclusión de school estaría justificada. Las infracciones de nivel 3 también pueden incluir
         infracciones repetidas de nivel 1 o nivel 2 donde la disciplina progresiva no parece estar
         funcionando.

     4) Infracciones de nivel 4. Las infracciones de nivel 4 son infracciones que son graves, tal
        vez de naturaleza criminal, donde la expulsión de la escuela está justificada o la
        intervención de la policía está justificada. Las infracciones de nivel 4 también pueden
        incluir infracciones repetidas de nivel 1, nivel 2 o nivel 3 donde la disciplina progresiva
        no parece estar funcionando.

     5) Infracciones específicas. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, ciertas
        infracciones, como con respecto a las violaciones del código de vestimenta, tienen
        consecuencias específicas, en ausencia de circunstancias agravantes.

  B. Conducta prohibida; Orientación en cuanto a niveles de infracciones. La conducta
     descrita en la siguiente tabla está prohibida en la escuela o, cuando se indique, fuera de la
     escuela. La conducta fuera de la escuela que está prohibida no consistirá en una suspensión,
     suspensión dentro de la escuela o expulsión, a menos que la ley aplicable lo permita. En la
     medida en que la conducta fuera de la escuela esté prohibida, y la ley aplicable no permita
     una suspensión, suspensión dentro de la escuela o expulsión, el estudiante puede estar sujeto
     a las otras formas de disciplina que puedan ser permitidas por la ley aplicable. Sin perjuicio
     de cualquier disposición en contrario, cualquier estudiante que viole cualquiera de las reglas
     está sujeto a disciplina, incluida la posible expulsión. Como guía, el siguiente gráfico
     establece el nivel mínimo de infracción que justificaría una violación, en ausencia de
     cualquier circunstancia atenuante o agravante relevante.

     Los siguientes ejemplos de conducta inadmisible no pretenden ser inclusivos. A discreción
     del Distrito, cualquier violación de las políticas del Distrito Escolar o cualquier conducta
     considerada inapropiada o insatisfactoria puede someter al estudiante a disciplina, incluida la
     expulsión.

     El Distrito se reserva la discreción exclusiva de aplicar disciplina progresiva en cualquier
     situación dada. El Administrador del Edificio se reserva el derecho de colocar a los
     estudiantes en disciplina progresiva por violaciones frecuentes y repetidas del código
     disciplinario. La disciplina progresiva puede incluir, pero no se limita a detenciones,
     suspensiones dentro de la escuela, suspensiones fuera de la escuela y referencias para la
     expulsión de la escuela. La notificación a los padres se realizará por teléfono y correo cuando
     se tome tal decisión.

 Los artículos con un asterisco (*) indican una remisión automática a la audiencia de la junta
 escolar.

Conducta prohibida at Escuela: Niveles de Infracción

                                      Level1 Infracciones
Participar en un acto(s) u omisión(es) inseguro(s)

                                                                                         16 | P á g i n a
No ser consciente de todas las reglas para el comportamiento de los estudiantes y conducirse a sí mismo
in unaconcordancia conellos
Uso de obscenidades o blasfemias

Ir en bicicleta a la escuela sin las aprobaciones requeridas (consulte la Política 223)

Uso del teléfono celular durante el horario escolar.

Participar en juegos de caballos/ bromas

Perturbación de las operaciones del school district o de las actividades educativas del school district

Incitar a cualquier person(s) a perturbar el funcionamiento del estado dela(s) trata de unproblema, siempre
que, no obstante, esto no se aplique a ninguna conducta que esté protegida por un law pplicable
Violación de los derechos de autor

Merodear en los pasillos u otras áreas

Violación de las reglas de vestimenta o aseo

Incumplimiento de una directiva

Salir de clase sin permiso

Contacto físico menor

                                      Infracciones de nivel 2:
Retaliating contra cualquier individuo

Mentir a school authorities y / o retención de información que podría afectar la seguridad de la escuela

Presentar o poseer medicación en violación de las reglas establecidas en el Código o en la policy aplicable
de la district, including Políticas 210 y 210.1.
Juegos de caballos / bromas que resultan en lesiones

Vioción de las normas o prácticas de seguridad

Posesión de tabaco o materiales de vapeo

Juego

No cooperar en ningunainvestigación o responder a preguntas

Traer un dron y operarlo sin la autoridad de un administrador. Operar un dron sin credenciales legalmente
requeridas como puede ser requerido por y in unaconcordancia with unpplicable law
Violación de la seguridad escolar

Intentar recaudar dinero para beneficio personal a través de la venta de bienes

Quitar un extintor de incendios de su accesorio sin justificación

                                                                                          17 | P á g i n a
Confrontación verbal con blasfemias
Abandono repetido de la clase sin permiso

Contactofísico repetido

Infracciones de nivel 3
Robar o intentar robar

Acosar sexualmente a cualquier person

Intimidar o acosar ilegalmente a cualquier person debido ala raza, etnia, nacionalidad, discapacidad,
sexualidad, religión, género o identidad de género
Lesionar a cualquier estudiante, empleado u otra persona ens chool a través de negligencia o mala
conducta intencional
Bullying

Participar o permitir la novatada de cualquier estudiante

Llevar a la escuela imágenes de pornografía o desnudos,en papel, en formato electrónico o de cualquier otra
forma; llevar a la escuela un dispositivo electrónico que tenga pornografía descargada; mostrar
pornografía
Uso de un lenguaje amenazante dirigido ala tutela de cualquier persona

Peleando

Participar en conductas o actividades sexuales

Uso de tobacco o materiales de vapeo

Grabación o difusión no autorizadas de audio o vídeo

Violación significativa o repetida de las normas o prácticas de seguridad

Uso repetido de blasfemias, obscenidades o lenguaje abusivo
Juegos de caballos / bromas que resultan en lesiones que requieren atención médica externa

Posesión de un arma de trabajo.

Contacto físico con intención de hacer daño

Destrucción o desfiguración de la propiedad de la escuela

Tener conocimiento y no reportar un arma/arma o parecerse a un arma/arma.
                                      Infracciones de nivel 4:
*Assault o batería

                                                                                          18 | P á g i n a
Terrorista threat en cualquier plataforma

  Cometer o intentar cometer un incendio provocado

  Indebidamente discharging o intentar descargar un extintor de incendiosr

  Activación de una falsa alarma o intento de activación de una falsa alarma

  Extorsión o intento de extorsión

  *Traer, poseer, vender, transferir o consumir sustancias tóxicas o controlled substances

  *Traer, poseer, vender o transferir dalfombra parafernalia

  Tergiversaciónde cualquier droga, píldora, droga similar o medicación

  *Asistir ala atención de la enfermedad durante la influencia de una enfermedad o de un alcohol

  Negarse a tomar una prueba de drogas o alcohol cuando se solicite o requiera
  Destrucción intencional o desfiguración de la escuela o de los bienes personales

  *Poseer armas de fuego deiones u otras armas

  *Poseyendo mirada-armas semejantes

  Uso repetido de tabaco y materiales de vapeo

  Contacto físico repetido con intención de hacer daño

                                       1
                                           El tabaco incluye "vapeo" y vapeo de jugos o líquidos. Ver Definiciones.
                                                             2
                                                               El tabaco incluye "vapeo" y vapeo de jugos o líquidos.
                                                                 3
                                                                     El tabaco incluye "vapeo" y vapeo de jugo o líquido.

                         Asistencia (política                    Nº 204    del    Consejo Escolar)

1. Educación y asistencia gratuitas                  (Código escolar §12.1 & §11.11)

Todas las personas que residan en este Distrito y cumplan con los requisitos de edad establecidos por el
Distrito en susprogramas seránelegibles para asistir a la escuela en el Distrito sujeto a los términos,
condiciones, limitaciones y excepciones en la Ley Aplicable.

A. Los padres de todos los niños entre las edades de 6 y 18 años están obligados por la ley de
   asistencia obligatoria a garantizar que sus hijos asistan a una institución educativa aprobada, a
   menos que estén legalmente excusados.

   B. B. Un estudiante no puede ser excluido de school o porque:

            (i)     el estudiante está casado
                                                                                                            19 | P á g i n a
(ii)    la estudiante está embarazada
            (iii)   el estudiante tiene una discapacidad identificada en el Capítulo 15 (relativo a los
                    estudiantes discapacitados protegidos)
            (iv)    El estudiante es un estudiante elegible identificado bajo el Capítulo 14 (relacionado
                    con los servicios y programas de educación especial).

2. Asistencia Obligatoria           (Código Escolar §11.13)

   A. La Sección 1326 del Código de Escuelas Públicas, 24 P.S. §13-1326, define la "edad de
      escuela obligatoria" como "el período de la vida de un niño desde el momento en que los
      padres del niño eligen que el niño ingrese a la escuela, que no será más tarde de la edad de
      seis (6) años, hasta la edad de dieciocho (18) años". Una vez que se hace la elección para
       matricular a un niño en la escuela, el niño está sujeto a los requisitos de asistencia obligatoria del
       Código de Escuelas Públicas.

   B. B. La Junta Escolar requiere que los alumnos en edad escolar matriculados en las escuelas
      públicas de este Distrito asistan regularmente de acuerdo con la Ley Aplicable. El
      programa educativo ofrecido por el Distrito se basa en la presencia del alumno y requiere
      continuidad de la instrucción y la participación en el aula.

3. Exclusiones de la asistencia a la escuela pública                      (Código escolar §11.32)

De acuerdo con el Código de Escuelas Públicas y las Regulaciones dela JuntaEstatal, el Distrito
excusará a los siguientes niños de asistir a las escuelas públicas:

   A. Estudiantes que asisten a una escuela no pública o privada aprobada que han cumplido con
      los requisitos de la Ley Aplicable.

   B. Estudiantes de dieciséis (16) o diecisiete (17) años de edad matriculados en una escuela
      privada de comercio o negocios aprobada.

   C. Los niños de por lo menos quince (15) años de edad y se dedican a trabajos agrícolas o
      domésticos privados de conformidad con un permiso aprobado por el Consejo Escolar de
      conformidad con las regulaciones prescritas por el Superintendente de Instrucción Pública.

   D. Niños de catorce (14) años de edad, que han terminado la escuela primaria y se dedican al
      trabajo agrícola o doméstico privado de conformidad con un permiso aprobado por el
      Consejo Escolar de conformidad con la ley aplicable.

   E. Los niños que tienen dieciséis (16) años de edad y participan regularmente en un empleo
      útil y legal durante la sesión escolar con un certificado de empleo válido. El empleo regular
      significa treinta y cinco (35) o más horas por semana de empleo.

   F. Estudiantes con la aprobación del Superintendente recibiendo instrucción privada de un
      tutor debidamente calificado.

   G. Estudiantes que reciben instrucción en casa, que temporalmente no pueden asistir a la
                                                                                                    20 | P á g i n a
escuela por razones médicas.

                  • Las solicitudes de instrucción confinada en casa deben tener la firma de un
                     médico y todos los solicitantes deben ser aprobados por la Junta Escolar y
                     recomendados por el Superintendente.

     H. Estudiantes que participan en un programa de estudio de trabajo o exploración de carrera
        aprobado por la Junta Escolar.

     I. Estudiantes que participan en un programa de liberación de trabajo, que incluye la asistencia
        a la escuela durante una parte del día escolar donde se ha obtenido el permiso del director.

     J. Estudiantes de último año que toman una combinación de cursos universitarios y de
        secundaria.

     K. Estudiantes de último año que asisten a una universidad bajo un acuerdo de entrada
        temprana con la aprobación del Director.

     L. Estudiantes que obtienen una entrada temprana al servicio militar con la aprobación del
        Director.

     M. Los estudiantes que se gradúan participan en la preparación supervisada para el comienzo
        siempre que dicha participación no dure más de tres (3) días.

     N. Estudiantes en un Programa de Educación en el Hogar que ha sido aprobado de acuerdo con
        la Ley Aplicable y que cumple con los estándares de la Ley Aplicable.

4. Razones aceptables para ausencias, retraso o despido anticipado                            (Código
Escolar §11.34)

     A. Observancia de las fiestas religiosas.

     B. Instrucción religiosa (máximo de 36 horas por año escolar).

     C. Los viajes a exposiciones, universidades, lugares de interés educativo constructivo y
        vacaciones planificadas pueden ser excusados, a un total de dos (2) semanas de duración
        por año, siempre que se reciba una notificación previa por escrito de los Padres, el estudiante
        esté en buen estado académico y la aprobación sea otorgada por el Director. Este período de
        dos (2) semanas puede extenderse o reducirse a discreción del Director o de su designado.

     D. Refugios domésticos, clínicas, citas médicas o dentales que no se pueden organizar después
        del horario escolar. Se requiere la verificación del proveedor o una nota dela(s) P(s) no(s).

     E. Trabajo tutorial en un campo no ofrecido por el Distrito.

     F. Enfermedad o recuperación de un accidente.

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