DESARROLLO: derecho humano y desafío global

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DESARROLLO: derecho humano y desafío global

                                                                        Luis Miguel Sirumbal R.
                                                           Secretario Subregión Andina de ALOP

    1. “El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del
       cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar
       en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan
       realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades
       fundamentales, a contribuir y a disfrutar de él”. 1

    2. Se conforma también como un derecho que implica la plena realización del
       derecho a la libre determinación y plena soberanía de los Estados sobre
       sus riquezas y recursos naturales, que entra en el concierto de la
       interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos y libertades
       fundamentales, y que sienta sus bases sobre el principio de cooperación
       internacional consagrado en la Carta de las Naciones Unidas (artículos 1.3,
       55 y 56). 2

    3. “… el desarrollo es un proceso global económico, social, cultural y político,
       que tiende al mejoramiento constante del bienestar de toda la población y
       de todos los individuos sobre la base de su participación activa, libre y
       significativa en el desarrollo y en la distribución justa de los beneficios que
       de él se derivan” 3

    4. El Derecho al Desarrollo trae al escenario institucional nuevos valores y
       nuevas formas de interrelaciones que instauran una nueva dinámica entre
       el derecho y el desarrollo humano 4. En 1987 se inicia una nueva fase en
       sus deliberaciones a fin de estudiar las medidas necesarias para la
       promoción y aplicación de este derecho y las medidas para aplicarlo y
       promoverlo, se siguen discutiendo. Así en 1993 el SG, Boutrous Boutros-
       Ghali, presenta un informe en el que se identifican los obstáculos para la
       realización de este derecho, se destaca la relación entre derechos
       humanos y desarrollo y se recomienda a la CDH que pida la aceptación de
       las normas internacionales de derechos humanos como criterio y
       evaluación de las actividades para el desarrollo.

1
  NACIONES UNIDAS, “Declaración sobre el Derecho al Desarrollo”, 97° sesión plenaria, 4 diciembre
1986.
2
   JONGITUD, Jacqueline; “El derecho al desarrollo como derecho humano: entre el deber, el ser y la
necesidad”, Cuadernos Constitucionales de la Cátedra Fabrique Furiò Ceriol, nº 37-38, Universitat de València.
Valencia (España), 2002
3
 NACIONES UNIDAS, ob. cit.
4
 WOLKMER, Antonio C. y WOLKMER, María de Fátima; “Los Derechos Humanos y su efectivización
como derecho humano”,
Seminario AMERICA LATINA SIN TERROR NI MISERIA                                                              1
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5. El DD también ha sido examinado y enriquecido en Cumbres y
       Conferencias, lo cual ha permitido que su complejidad y estructura
       multidimensional se vaya perfilando con mayor claridad. 5

      o Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro 1992):
        afirma en su declaración final que este derecho “debe ejercerse en
        forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo
        y ambientales de las generaciones presentes y futuras”. El DD se ve
        ampliado de esta manera con la idea del necesario respeto al medio
        ambiente, ya que éste es parte integrante del proceso de desarrollo.
      o Conferencia sobre Derechos Humanos (Viena, 1993): reafirma la
        relación entre desarrollo y medio ambiente y confirma el carácter
        universal e inalienable del DD, tal como lo establece la DDD, así como
        su integración con el resto de los derechos humanos fundamentales. A
        partir de ella se entiende que el desarrollo, la democracia y el respeto
        de los derechos humanos y libertades fundamentales son conceptos
        interdependientes que se refuerzan mutuamente. (Esta Declaración de
        Viena, votada por el consenso de los 171 Estados representados, le da
        al DD el consenso tan anhelado y no alcanzado por la declaración
        correspondiente en 1986).
      o Conferencia sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994): afirma que el
        DD debe ejercerse de tal manera que se satisfagan equitativamente las
        necesidades ambientales, de desarrollo y demográficas. Así, a partir de
        esta Conferencia los objetivos y políticas de población son parte
        integrante del desarrollo social, económico y cultural, y deben tender al
        mejoramiento de la calidad de vida de todas las personas.
      o Conferencia sobre el Desarrollo sostenible de los Pequeños Estados
        Insulares (Bridgetown, 1994): reconoce que las necesidades en materia
        de desarrollo de los PEI exigen que los programas de desarrollo reflejen
        sus necesidades prioritarias y se encaminen a aumentar su capacidad
        para formular y aplicar políticas idóneas con miras a respaldar su
        desarrollo sostenible a largo plazo.
      o Conferencia sobre Reducción de Desastres (Yokohama, 1994):
        establece que la “prevención de desastres y la preparación para casos
        de desastre deben considerarse aspectos integrales de la política y la
        planificación del desarrollo en los planos nacional, regional, bilateral,
        multilateral e internacional” toda vez que los desastres naturales ponen
        en peligro el desarrollo económico sostenible en el mundo entero, y
        particularmente en los países en desarrollo que tienen grandes pérdidas
        en vidas humanas, reducción de recursos esenciales y pérdidas
        económicas.
      o Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995): expresa
        su convencimiento de que: a) la democracia, el buen gobierno y la
        administración transparente y responsable son indispensables para la
        consecución del desarrollo sostenible centrado en lo social y en el ser
        humano; b) el desarrollo y la justicia sociales son indispensables para el
        logro y conservación de la paz y seguridad de las propias naciones y

5
 JONGITUD, Jacqueline; ob. cit.
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entre ellas; c) el desarrollo y la justicia sociales no pueden alcanzarse
          si no hay paz y seguridad o si no se respetan todos los derechos
          humanos y las libertades fundamentales y d) el desarrollo económico y
          social, y la protección del medio ambiente son elementos
          interdependientes del desarrollo sostenible y constituyen el marco de
          acción para el logro una mejor calidad de vida para todas las personas.
      o   IV Conferencia sobre la Mujer (Beijing, 1995): se denuncia la continúa
          violación de los derechos humanos contra la mujer, incluido el DD, y en
          razón de ello se exige la participación plena e igual de ésta en el
          proceso de desarrollo. Ésta también subraya la dimensión social del
          desarrollo, y afirma que el crecimiento económico en sí mismo no
          mejora la calidad de vida de la población por lo que es preciso buscar
          alternativas que garanticen que todos los miembros de la sociedad
          reciban los beneficios de éste, siendo necesario un enfoque integral del
          desarrollo, que incluya los conceptos de crecimiento, igualdad, justicia
          social, conservación y protección del medio ambiente, sostenibilidad,
          solidaridad, participación, paz y respeto por los derechos humanos.
      o   Conferencia referente a los Asentamientos Humanos (Estambul, 1996):
          asume como temas centrales: la vivienda adecuada para todos y el
          desarrollo de asentamientos humanos sostenibles, y afirma su
          pretensión de lograr de manera equitativa la paz, la justicia y la
          democracia, sobre la base del desarrollo económico-social y la
          protección      del   medio      ambiente,     que     son   componentes
          interdependientes y complementarios del desarrollo sostenible. El
          programa Hábitat presentado en la misma combina el desarrollo
          económico, el desarrollo social y la protección del medio ambiente, con
          el pleno respeto de todos los derechos humanos y las libertades
          fundamentales, incluido el DD.
      o   Cumbre sobre Alimentación (Roma, 1996): reconoce que la seguridad
          alimentaria y la erradicación de la pobreza requieren de un entorno
          político, social y económico pacífico, estable y propicio, de un sistema
          democrático, de la promoción y protección de todos los derechos
          humanos y libertades fundamentales, incluido el DD y la participación
          plena y equitativa. En este sentido pide a la comunidad internacional
          apoyo mediante asistencia técnica y financiera para los países en
          desarrollo y con economía en transición para el fomento de la seguridad
          alimentaria, toda vez que ésta es uno de los objetivos del desarrollo
          socio-económico, ambiental y humano.
      o   Cumbre del Milenio (Nueva York, 2000): aunque no se refiere al DD sí
          se preocupa por los retos a los que ha de enfrentarse la humanidad. Así
          los problemas a resolver son: la pobreza, los conflictos armados, el
          crecimiento sostenido y sostenible, la cooperación y solidaridad
          internacional, la deuda externa y el acceso a los mercados; todos ellos
          temas que a lo largo de la evolución del DD se han ido entreverando
          con el mismo, por lo que la Cumbre del Milenio puede ser interpretada
          como una glosa más a este derecho.
      o   Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo
          (Monterrey, 2002): trata de hacer frente a los problemas de financiación
          para el desarrollo y señala nuevamente como metas del sistema de las
          NU y sus países miembros la erradicación de la pobreza, el crecimiento
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económico sostenido y promover un desarrollo sostenible al tiempo que
             se avance hacia un sistema económico mundial basado en la equidad y
             que incluya a todos.

   6. De este recorrido sobre el DD, su declaración y los diferentes instrumentos
      de las NU que de una u otra forma configuran este derecho, se extrae una
      serie de deberes que los Estados, de conformidad con el principio de
      cumplimiento de buena fe de las obligaciones contraídas, deben
      cumplimentar:

         i.     Formular sus políticas nacionales de desarrollo, basado en el
                derecho a la autodeterminación y en el principio de igualdad
                soberana entre los mismos, ambos consagrados en la CNU y en los
                principales instrumentos de derechos humanos.
        ii.     Crear las condiciones, nacionales e internacionales, favorables al
                ejercicio del DD, y que van desde las medidas legislativas, técnicas
                y de cooperación, hasta el establecimiento de un Nuevo Orden
                Económico Internacional.
        iii.    Respetar los principios generales de Derecho Internacional
                referentes a las Relaciones de Amistad y Cooperación entre los
                Estados, consagrados en la declaración del mismo título.
       iv.      Cooperar para el desarrollo y eliminar los obstáculos al mismo. El
                primero de ellos también forma parte de la propia CNU y de un buen
                número de los diferentes instrumentos de la misma; mientras el
                segundo hace referencia a cuestiones relativas a la inobservancia
                de los principios generales de la organización y a la falta de respeto
                de los derechos reconocidos a los Estados, así como la deuda, los
                aranceles comerciales, el acceso a los mercados, entre otras
                cuestiones.
        v.      Realizar sus derechos y deberes de modo que promuevan un Nuevo
                Orden Económico Internacional (NOEI) basado en la igualdad
                soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación.
                Este NOEI se define y establece sus principios mediante
                resoluciones correspondientes de la AG.
       vi.      Adoptar, individual y colectivamente, medidas para formular políticas
                adecuadas de desarrollo internacional.
       vii.     Cooperar para la promoción, fomento y refuerzo del respeto y
                observancia de todos los derechos humanos y libertades
                fundamentales, en el entendido de la interdependencia e
                indivisibilidad de los mismos y entre los que se incluye el DD. En el
                anterior sentido, todos los Estados deben adoptar las medidas
                necesarias para eliminar los obstáculos al desarrollo resultantes de
                la inobservancia de los derechos consagrados en los Pactos de
                1966.
      viii.     Promover el establecimiento, mantenimiento y fortalecimiento de la
                paz y la seguridad internacionales, mediante el cumplimiento de los
                deberes contraídos y deben adoptar las medidas necesarias para la
                realización del DD y garantizar la igualdad de oportunidades para
                todos en cuanto al acceso a los recursos básicos y adoptar medidas
                eficaces para la participación de la mujer en el proceso de
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desarrollo; en este sentido los Estados deben hacer las reformas
                 económicas y sociales necesarias para erradicar todas las injusticias
                 sociales, y alentar la participación popular en todas las esferas.

    7. A pesar que en el ámbito de las NU se ha reconocido el DD como tema
       central en su agenda se puede percibir un alejamiento entre el discurso y la
       realidad, así el Informe sobre Desarrollo Humano nos proporciona las
       siguientes cifras:

        o De los 4.600 millones de habitantes de los países en desarrollo:
          ??más de 850 millones son analfabetos
          ??casi 1.000 millones carecen de acceso a fuentes de agua
             mejoradas
          ??2.400 millones no tienen acceso a servicios sanitarios básicos
          ??cerca de 325 millones de niños y niñas no asisten a la escuela
          ??11 millones de niños menores de 5 años mueren cada año, es decir,
             más de 30.000 niños cada día, por causas que podrían evitarse
          ??alrededor de 1.200 millones de personas viven con menos de 1
             dólar al día y 2.800 millones con menos de 2 dólares al día
        o Esas privaciones no se limitan a los países en desarrollo. En los países
          miembros de la OCDE:
          ??más de 130 millones de personas padecen pobreza de ingreso
          ??6,34 millones se encuentran desempleados y
          ??la tasa media de analfabetismo funcional de adultos alcanza el 15%

    8. Después de una década de la DDD, en la que no sólo no se combatió las
       desigualdades sino que éstas se agudizaron, el mismo Informe sobre
       Desarrollo Humano nos confirma las grandes disparidades entre ricos y
       pobres. Así en 1997, mientras la participación en el PIB mundial del 20%
       más rico es del 86% y del 60% mediano es del 13%, al 20% más pobre
       sólo le corresponde un 1%. Esta desigualdad e inequidad no sólo son
       aplicables a la participación en el PIB mundial, sino también a las
       exportaciones, a la inversión extranjera directa y al acceso a la Internet, y
       mantienen su tendencia en lo que va del presente siglo. Por otra parte, las
       200 personas más ricas del mundo en 1998 contaban con un activo de más
       de un billón de dólares, activo superior al ingreso combinado del 41% de la
       población mundial y los activos de los tres principales multimillonarios eran
       superiores al PNB combinado de todos los PMA y sus seiscientos millones
       de habitantes. 6.

    9. A este ritmo ni las metas que se han establecido en la Declaración del
       Milenio, que no son nuevas en el sentido estricto, difícilmente serán
       alcanzadas si las reglas financieras, comerciales y tecnológicas no
       cambian a nivel mundial 7.

    10. Obstáculos actuales para la efectivización del DD8:

6
  PNUD, “Informe sobre Desarrollo Humano 1999”, pp. 20 y 55
7
  PNUD, “Informe sobre Desarrollo Humano 2001”, p. 27
8
  TERRE DES HOMMES, “El Derecho a la Equidad”, Icaria Ed., Barcelona, octubre 1997, pp. 83-116
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o El ajuste estructural (condicionalidades de las IFI, pérdida de soberanía
          de los Estados-Nación, reprimarización de la economía, crecimiento
          económico altamente concentrado, pérdida neta de empleo por apertura
          comercial, etc.
        o Reducción del ámbito y rol del Estado
        o Reestructuración del pago de la deuda externa
        o Programas focalizados de lucha contra la pobreza
        o Deterioro del medio ambiente
        o Gastos militares y conflictos armados
        o Dualidad de criterios respecto a los DD.HH.

    11. Las medidas a tomar y aplicar para superar los numerosos obstáculos al
    desarrollo en la actualidad deberían orientarse en un sentido muy diferente al
    propuesto por los citados “programas de ajuste estructural”, para lo cual
    resultan útiles las propuestas efectuadas por los sucesivos grupos de expertos
    sobre el derecho al desarrollo designados en el marco del sistema de las
    NN.UU., así como las formuladas por el PNUD en sus informes anuales sobre
    desarrollo humano, sin olvidar las estrategias diseñadas en las sucesivas
    proclamaciones de decenios para el desarrollo desde los años sesenta del
    pasado siglo.

    11. “La ciudadanía es una obra en construcción, un concepto y una realidad
        evolutiva y en expansión, un proceso de renegociación política acerca de
        quién puede decir qué en el proceso de definir problemas comunes y cómo
        deben ser enfrentados. Aunque es cierto que las naciones-Estado son los
        lugares primarios para la aplicación de los derechos, asistimos a una
        gradual expansión del área de la ciudadanía, con elementos creados a
        muchos niveles de la sociedad, desde lo más local hasta lo más global, y
        es cada vez más necesario considerar cómo estas diferentes capas de
        identidad y experiencia están relacionadas. El concepto moderno de
        ciudadanía implica la existencia de una comunidad civil y política y un
        conjunto de derechos y obligaciones y una ética de participación y
        solidaridad que es claramente necesitada en tiempos de globalización,
        incertidumbre y rápida polarización”.9

    12. En la perspectiva de avanzar en la efectivización del Derechos al
        Desarrollo es necesario modificar la actual relación entre el Estado, el
        Mercado y la Sociedad, para lo cual cabe rescatar tres viejas sugerencias:

           i.    incluir el desarrollo como tema central en las agendas de las
                 organizaciones de sociedad civil para “romper la tradición de que los
                 asuntos de la economía y la política social son competencia
                 exclusiva de un selecto grupo de especialistas”;
           ii.   promover la concertación del desarrollo en el que a partir de la
                 “deliberación y confrontación de enfoques y tesis, se deben buscar
                 acercamientos y acuerdos entre los distintos sectores de la sociedad

9
 GRANDI, Jorge, “Ciudadanía, entre la globalización y la integración”, en Ciudadanía y mundialización,
CEFIR / CIDEAL / INVESP, Madrid, septiembre 2000, pp. 47-61
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civil, y entre éstas y el Estado nacional y local acerca de … las
                   estrategias, …las metas … y los recursos que requiere un desarrollo
                   sostenible…”, entendido éste en sus dimensiones económica, social,
                   política, ambiental y cultural ; y
            iii.   la sociedad civil requiere “realizar un gran esfuerzo de investigación
                   y elaboración para formular propuestas concretas y bien
                   fundamentadas en cada uno de los temas del desarrollo …” que
                   luego tengan la viabilidad política de incorporarse en políticas,
                   programas y planes gubernamentales.10

     13. Así, por ejemplo, “Estados Unidos y Canadá invierten el 38% de su
         inversión global” en tecnología mientras que “Europa invierte el 28% y
         Japón el 14%, mientras América Latina invierte el 1,6% de lo que invierte el
         resto del mundo”, recalcando que ese índice representa tan sólo el 0,6%
         del Producto Bruto Interno. Tras ello se estima que “para poder igualarnos
         al primer mundo, no sólo deberíamos invertir del 6% de nuestro PBI sino
         también decir a los países de éste que dejasen de invertir durante 6 años
         en la materia”

     14. En esta perspectiva, los procesos de integración regional tienen ante sí una
         situación de enorme complejidad desde el punto de vista de su dimensión
         social. Necesitan de la participación de la sociedad civil para su
         afianzamiento y sustentabilidad pero no hay una agenda clara en torno a la
         cual relacionarla con las instancias supranacionales y los mecanismos
         intergubernamentales existentes. Es impostergable la definición de una
         agenda social pero no es sencillo delinearla.

     15. El entrampamiento de las negociaciones del TLC Global sin poder culminar
         la “Ronda de Doha” desde 1999, el detenimiento de las negociaciones del
         TLC Hemisférico desde 2003 en Miami, nos ha traído “un remedio peor que
         la enfermedad” con los TLC bilaterales y subregionales en los que nuestros
         países enfrentan una mayor asimetría, un menor poder de negociación y la
         pérdida de los márgenes de soberanía nacional indispensables para que
         nuestros Estados ejerzan “el derecho y el deber de formular políticas de
         desarrollo nacional adecuadas con el fin de mejorar constantemente el
         bienestar de la población entera” como enuncia el punto 3 del artículo 2 de
         la Declaración.

     16. Es indispensable y urgente la articulación de propuestas y acciones de
         sociedad civil hemisférica para producir un giro en las tendencias de las
         relaciones financieras (deuda externa y financiamiento para el desarrollo),
         comerciales (procesos de integración subregionales y TLCs), y
         tecnológicos (cooperación científica y tecnológica, patentes y
         biodiversidad).

     17.   Debemos insistir en la necesidad una mayor voluntad política por parte de
           los Estados, principales sujetos del derecho internacional, y sobre todo de

10
  BERNAL, Jorge; “Desarrollo Sostenible, Democracia y Política Social” en Integración y Equidad:
democracia, desarrollo y política social, Corporación Viva la Ciudadanía, Bogotá, Julio 1994, pp. 33-48
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Montevideo, Uruguay, noviembre 27 y 28 de 2006
los Estados de los países más desarrollados, para seguir adelante,
      convirtiendo estos compromisos en normas jurídicas y superando los
      muchos obstáculos que encuentran los derechos humanos, incluido el
      derecho al desarrollo

   18. En esta perspectiva es en la que ALOP inscribe la alianza estratégica que
       estamos impulsando conjuntamente con la PIDHDD y CEAAL, a partir de la
       Declaración “Otra Integración es posible, urgente y necesaria”, de Caracas,
       en enero 2006.

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