FLASH IMPOSITIVO - Nº 18 JUNIO 2021 - PWC ARGENTINA
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Novedades nacionales Novedades provinciales Anticipos de legislación provincial
Flash
Impositivo
Nº 18
Junio 2021Novedades nacionales
Resolución General 4991/2021- Clave de Identificación (CDI) y su Clave controlada, controlante y/o vinculada, en
AFIP (B.O 17/05/2021) Solicitud Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 3 los términos de la Ley General de
de CUIT y modificación de datos o superior, obtenida conforme al Sociedades 19.550, T.O. 1984, y sus
de personas jurídicas. Alta en procedimiento dispuesto por la Resolución modificaciones.
impuestos y/o regímenes. Resolución General 3713/2015-AFIP, sus
General 2337/2007-AFIP y sus modificatorias y complementarias. En el k) En caso de que la participación
complementarias. Su sustitución. citado servicio informático se deberá corresponda a personas jurídicas, se
seleccionar la opción “Alta Nueva Persona deberá informar su representante legal.
Se establece que las sociedades,
Jurídica” y suministrar los datos que se
asociaciones y demás personas jurídicas y
indican seguidamente: l) Directores, gerentes, administradores,
sujetos indicados en los incisos b) y c) del
síndicos y miembros del consejo de
artículo 5º de la Ley 11.683, y sus
a) Razón social. vigilancia.
modificaciones, a los fines de solicitar la
inscripción y/o modificación de datos ante
b) Forma jurídica. Asimismo, a través de dicho servicio se
la Administración Federal, deberán
procederá a la constitución del Domicilio
observar las disposiciones que se
c) Fecha de constitución. Fiscal Electrónico del contribuyente con
establecen por la norma en comentario,
los alcances establecidos por la
siempre que no se encuentren alcanzados
d) Vigencia. Resolución General 4280/2018-AFIP y su
por las previsiones de otras normas de
modificatoria, y a la designación del
inscripción específicas.
e) Mes de cierre. Administrador de Relaciones en los
términos previstos en la Resolución
En tal sentido, la solicitud de inscripción de
f) Objeto social. General 3713/2015-AFIP, sus
las personas jurídicas y demás sujetos a
modificatorias y complementarias.
que se hace referencia, se realizará a
g) Domicilio legal/fiscal.
través del servicio denominado
A fin de interponer la solicitud de
“Inscripción y Modificación de Personas
h) Jurisdicción. inscripción y efectuar la denuncia del
Jurídicas” disponible en el sitio “web” de
domicilio fiscal, se deberá adjuntar la
este Organismo (https://www.afip.gob.ar),
i) Números telefónicos de contacto y documentación de respaldo indicada en el
a cuyo efecto el responsable
dirección de correo electrónico. artículo 3° de la Resolución General 10,
-representante legal o sujeto autorizado-
sus modificatorias y complementarias, la
accederá con su Clave Única de
j) Composición societaria, participación en que deberá presentarse en archivos
Identificación Tributaria (CUIT), Código
el capital suscripto y su integración y si la digitales legibles y certificada digitalmente
Único de Identificación Laboral (CUIL) o
nueva sociedad es parte de una sociedad por escribano público o, de corresponder,
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por el organismo de contralor competente. b) Asociaciones destinadas a la promoción por el órgano de contralor, en cuyo caso
y atención de cuestiones de género. deberán observarse las formas y
En caso de que la documentación condiciones establecidas en los artículos
presentada no se encuentre suscripta con c) Bibliotecas populares. 2° y 3° de la norma en comentario.
firma digital de conformidad con lo
establecido en el párrafo precedente, al d) Centros de jubilados. De existir causales que lo justifiquen,
momento de confirmar el trámite se podrá solicitarse -por única vez- una
otorgará la posibilidad de solicitar un e) Centros vecinales o barriales. ampliación de la vigencia para la
“Turno Web” para efectuar su presentación inscripción en calidad de sociedad en
en soporte papel ante la dependencia de f) Clubes barriales. formación, por un nuevo plazo de 90 días
esta Administración Federal que corridos. Dicha solicitud deberá realizarse
corresponda a la jurisdicción del domicilio g) Comunidades indígenas. a través del servicio con Clave Fiscal
de la persona jurídica que se pretende denominado “Inscripción y Modificación
inscribir, junto con la impresión del h) Cooperadoras de entidades de salud de Personas Jurídicas”, opción
formulario de declaración jurada Nº 420/E. pública. “Sociedades con Inscripción Pendiente”.
Las copias de la documentación deberán i) Cooperadoras escolares. Asimismo, transcurrido el plazo para la
ser claras, legibles y estar suscriptas por el tramitación y ante la ausencia de solicitud
responsable que realice el trámite y j) Institutos de vida consagrada, iglesias y de prórroga, dicho Organismo remitirá al
certificadas por escribano público o juez entidades religiosas. Domicilio Fiscal Electrónico una
de paz. comunicación intimando la presentación
k) Sociedades de fomento. de la documentación faltante.
En sustitución de la certificación a que se
refiere el párrafo anterior podrá exhibirse la l) Otras entidades civiles de asistencia En la situación detallada previamente,
documentación en soporte papel original social, salud pública, caridad, cuando no se verifique la presentación de
junto con sus respectivas copias para su beneficencia, educación, científicas y la documentación faltante en los plazos
cotejo y certificación por parte del artísticas que cumplan funciones de previstos, se procederá a la inactivación de
funcionario competente de la dependencia contención social. la Clave Única de Identificación Tributaria
en la que se formalice la presentación, (CUIT).
cuando se trate de solicitudes de Por otro lado, cuando se trate de
inscripción de las entidades que se indican sociedades en formación el responsable De esta manera, la Administración Federal
seguidamente: dispondrá de un plazo de 90 días corridos validará en línea la Clave Única de
para presentar la documentación que Identificación Tributaria (CUIT), el Código
a) Asociaciones de bomberos voluntarios. acredite su constitución definitiva e Único de Identificación Laboral (CUIL) o la
informar el número de inscripción otorgado Clave de Identificación (CDI) de todos los
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componentes, pudiendo bloquear la Borrador” mediante la cual el usuario de modificación de datos
continuación del trámite de obtención de la podrá continuar completando los datos de correspondientes a cooperativas y
identificación fiscal en caso de que las la respectiva solicitud, en tanto no haya mutuales.
mencionadas identificaciones -entre otras sido remitida electrónicamente a esta
causales- sean inexistentes, pertenezcan a Administración Federal, debiendo para ello Por otro lado, a fin de solicitar el alta en los
personas fallecidas, registren quiebra, se ingresar el número de trámite y seleccionar impuestos y/o regímenes
encuentren inactivas por conformar la aquel que desee consultar. correspondientes, el Administrador de
base de contribuyentes no confiables o Relaciones o persona debidamente
por suplantación de identidad u oficio Por otro lado, de superarse todas las autorizada, deberá ingresar a través del
judicial. validaciones, la Administración Federal sitio “web” institucional al servicio con
generará la Clave Única de Identificación Clave Fiscal denominado “Sistema
Sin perjuicio de lo establecido Tributaria (CUIT) de la persona jurídica o Registral”, menú “Registro Tributario” o
precedentemente, en el caso de contrato y remitirá el comprobante con el “Registro Único Tributario”, según
detectarse inconsistencias en la número de inscripción al Domicilio Fiscal corresponda.
documentación acompañada, dicho Electrónico del Administrador de
Organismo podrá requerir la Relaciones designado. Como constancia de recepción de la
documentación, elementos y/o información solicitud de alta en los impuestos o
complementaria que resulten necesarios De esta manera, asignada la Clave Única regímenes, el sistema emitirá un acuse de
para la evaluación de la solicitud de Identificación Tributaria (CUIT), las recibo.
efectuada, mediante comunicación al modificaciones de los datos registrados
Domicilio Fiscal Electrónico del -razón social, forma jurídica, objeto social, En tal sentido, los contribuyentes y
Administrador de Relaciones designado o autoridades competentes de la persona responsables podrán hasta el 31 de julio
del requirente, según corresponda. jurídica o contrato y vigencia-, deberán ser de 2021, inclusive, realizar la solicitud de la
efectuadas por el Administrador de Clave Única de Identificación Tributaria
Adicionalmente, el requirente podrá Relaciones o persona debidamente (CUIT) utilizando el programa aplicativo
realizar el seguimiento del trámite y autorizada, de acuerdo con el denominado “Modulo Inscripción de
consultar el estado de la solicitud, con el procedimiento y las condiciones Personas Jurídicas - F. 420/J - Versión 2.0”,
número de transacción asignado, a través establecidas en los artículos 2° y 3° de la en sustitución del servicio “Inscripción y
del servicio con Clave Fiscal denominado norma de referencia. Modificación de Personas Jurídicas”
“Inscripción y Modificación de Personas mencionado anteriormente.
Jurídicas”, opción “Consulta de Trámites”. La certificación de la documentación de
respaldo por parte del funcionario Asimismo, se deberá presentar el
En dicho servicio informático se encontrará competente, también resultará de formulario de declaración jurada Nº 420/J
disponible la opción “Trámites en aplicación cuando se trate de solicitudes generado por el citado programa
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aplicativo, el acuse de recibo de la jurídica que se pretende inscribir. condición establecida en el segundo
presentación efectuada, la impresión de la párrafo del inciso b) del artículo 11 de la
“aceptación del trámite” y la Las copias de la documentación deberán Resolución General 4268/2018-AFIP, sus
documentación y demás elementos ser claras, legibles y estar suscriptas por el modificatorias y su complementaria, para
requeridos por el artículo 3º de la responsable que realice el trámite y los contribuyentes que al 19 de abril de
Resolución General 10, sus modificatorias certificadas por escribano público. 2021 o a la fecha de la solicitud de
y complementarias, a través del servicio adhesión al plan de facilidades de pago,
denominado “Presentaciones Digitales” Adicionalmente, se suspenden las registraran como actividad principal
implementado por la Resolución General Resoluciones Generales 2337/2007-AFIP y -según el “Clasificador de Actividades
4503/2019-AFIP y su complementaria, 4810/2020-AFIP, sin perjuicio de su Económicas” (F. 883) aprobado por la
seleccionando el trámite “Inscripción o aplicación a los hechos y situaciones Resolución General 3537/2013-AFIP,-
modificación de datos de personas acaecidos durante sus respectivas alguna de las consignadas como “sectores
jurídicas”. vigencias. críticos”, en el Anexo I de la Resolución
938 del Ministerio de Trabajo, Empleo y
De esta manera, la referida documentación Toda cita efectuada en normas vigentes Seguridad Social, sus modificatorias y
deberá presentarse en archivos digitales respecto de las resoluciones generales complementarias.
legibles, y estar suscripta por el mencionadas deberá entenderse referida a
representante legal de la persona jurídica la norma en comentario, para lo cual Asimismo, la nómina de los “sectores
que solicita la inscripción y certificada por cuando corresponda, deberán críticos” a que se refiere la citada
escribano público o, de corresponder, por considerarse las adecuaciones normativas resolución ministerial podrá ser consultada
el organismo de contralor competente, en aplicables a cada caso. accediendo al micrositio denominado
ambos casos mediante la utilización de la “Medidas de Alivio” (www.afip.gob.ar/
firma digital. Vigencia: A partir del día hábil siguiente al medidas-de-alivio).
de su publicación en el Boletín Oficial.
En caso de que la documentación no En este sentido, se sustituye en los
cuente con firma digital de conformidad cuadros referidos a “Cantidad de planes,
Resolución General 4992/2021-
con lo establecido en el párrafo anterior, se cuotas y tasas de interés de financiación”
AFIP (B.O 17/05/2021) Régimen de
deberá solicitar un “Turno Web” a través del Anexo II, la expresión “Vigencia
facilidades de pago permanente.
del “Sistema de Gestión de Atención transitoria desde el 20/08/2019 al
Resolución General 4268/2018-
Institucional” disponible en el sitio “web” 30/06/2021”, por la expresión “Vigencia
AFIP, sus modificatorias y
de este Organismo (https://www.afip.gob. Transitoria desde el 20/08/2019 AL
su complementaria. Norma
ar), para efectuar su presentación en 31/08/2021”.
modificatoria y complementaria.
soporte papel ante la dependencia de esta
Administración Federal que corresponda a Se suspenden hasta el 31 de agosto de Adicionalmente, no se considerarán en los
la jurisdicción del domicilio de la persona 2021, inclusive, la aplicación de la puntos 1.2. y 2.2. de este inciso, los planes
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de facilidades de pago cuyas caducidades 1. Mayor de 18 años:
se hubieran registrado en el sistema “Mis
Importe de cada concepto
Facilidades” hasta el 30 de abril de 2021, Horas Cuota
Importe a que se paga
inclusive. trabajadas Riesgos
pagar
semanalmente Aportes Contribuciones del Trabajo
Vigencia: A partir del día de la fecha y las
adecuaciones en el sistema denominado
Menos de 12 $ 464,22 $ 114,32 $ 40,35 $ 309,55
“Mis Facilidades”, se encontrarán
disponibles desde el 21 de mayo de 2021.
Desde 12 a
$ 764,14 $ 211,83 $ 80,68 $ 471,63
Resolución General 4993/2021- menos de 16
AFIP (B.O 18/05/2021) Seguridad
Social. Régimen Especial de
16 o más $ 2.232,98 $ 1.408,87 $ 117,68 $ 706,43
Contrato de Trabajo para el Personal
de Casas Particulares. Aportes y
contribuciones con destino a la
2. Menor de 18 años pero mayor de
seguridad social. Nuevos importes.
16 años:
Se incrementa el monto de las
cotizaciones previsionales fijas del Importe de cada concepto
Horas Cuota
Régimen Especial de Seguridad Social Importe a que se paga
trabajadas Riesgos
instituido por el Título XVIII de la Ley pagar
semanalmente Aportes Contribuciones del Trabajo
25.239 -con excepción del importe
correspondiente a la Cuota de Riesgo del
Trabajo-, que deberán ingresar Menos de 12 $ 423,87 $ 114,32 ---- $ 309,55
mensualmente los empleadores del
personal de casas particulares por cada
Desde 12 a
uno de los empleados, de acuerdo con las $ 683,46 $ 211,83 ---- $ 471,63
menos de 16
horas semanales trabajadas y la condición
de los trabajadores, activo o jubilado,
conforme se indica a continuación: 16 o más $ 2.115,30 $ 1.408,87 ---- $ 706,43
a) Por cada trabajador activo:
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b) Por cada trabajador jubilado: Decreto 315 del 26 de marzo de 2020 y por
Importe de cada concepto el artículo 1º del Decreto 787 del 4 de
Horas Cuota octubre de 2020, por 3 períodos
Importe a que se paga
trabajadas Riesgos
pagar mensuales y consecutivos.
semanalmente Aportes Contribuciones del Trabajo
La misma será de carácter no
Menos de 12 $ 349,90 ---- $ 40,35 $ 309,55 remunerativo, alimentario y no podrá ser
pasible de deducciones o retenciones,
estando sujeta a las características,
Desde 12 a alcances y condiciones que se establecen
$ 552,31 ---- $ 80,68 $ 471,63
menos de 16 en el Decreto 315/20 y en el Decreto
787/20 y sus normas complementarias.
16 o más $ 824,11 ---- $ 117,68 $ 706,43
El monto de la asignación será de $6500 y
se faculta al Ministerio de Salud y al
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Las disposiciones de esta resolución por el artículo 4° de la Ley 27.609, para la Social, a dictar las medidas
general entran en vigencia el día de la actualización de las remuneraciones complementarias y aclaratorias que
fecha y resultarán de aplicación respecto mensuales percibidas por los trabajadores resulten necesarias para la
de los aportes y contribuciones que se en relación de dependencia que cesen implementación de la norma de referencia.
devenguen durante los períodos mayo a desde el 31 de mayo de 2021 o soliciten su
diciembre de 2021. beneficio desde el 1° de junio de 2021, de Vigencia: A partir del día siguiente de su
conformidad con la metodología publicación en el Boletín Oficial.
A partir del período devengado enero de establecida en el Anexo I de la Resolución
2022 resultará de aplicación lo establecido de la Secretaría de Seguridad Social
Resolución 105/2021-ANSES (B.O
en los artículos 2º y 3º de la Resolución 3/2021.
19/05/2021) Valor de la movilidad.
General 4180/2017-AFIP.
Se establece que el valor de la movilidad
Decreto 332/2021 (B.O 19/05/2021)
prevista en el artículo 32 de la Ley 24.241 y
Resolución 6/2021-MTESS (B.O Personal de la Salud. Asignación
sus modificatorias, correspondiente al mes
19/05/2021) Actualización de estímulo.
de junio de 2021, es de doce con doce
remuneraciones mensuales.
Se establece el pago de la asignación centésimos por ciento (12,12%).
Se establece el índice combinado previsto estímulo a la efectiva prestación de
en el artículo 2º de la Ley 26.417, sustituido servicios, otorgada por el artículo 1° del
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Resolución General 8/2021-MS y pago de la asignación estímulo serán b. Establecimientos de salud sin
MTESS (B.O 21/05/2021) Gestión y realizadas a través de la carga y internación de diagnóstico y tratamiento
pago de la asignación estímulo. actualización del plantel de trabajadores de (ESSIDT) del sector público.
los establecimientos de salud en el
Se aprueba el procedimiento para la
Registro Federal de Establecimientos c. Establecimientos de salud sin
gestión y el pago de la asignación estímulo
(REFES), y la determinación de éstos como internación de diagnósticos (ESSID) del
a los trabajadores de la salud expuestos
expuestos y/o abocados a COVID-19. sector público, privado y de la seguridad
y/o abocados al manejo de casos
social, cuya categorización esté
relacionados con la pandemia de
De esta manera, cada establecimiento de relacionada con el diagnóstico por
COVID-19, establecido en Anexo I, que
salud deberá actualizar la nómina de sus imágenes.
forma parte integrante de la norma en
trabajadores en el Registro Federal de
comentario.
Establecimientos (REFES), acorde el Incluye las siguientes categorías:
procedimiento que se establece en el Diagnóstico por Imágenes, Diagnóstico
Asimismo, el representante legal del
Anexo I de la norma de referencia. por Imágenes y Laboratorio de Análisis
establecimiento de salud, el responsable
clínicos, Diagnóstico por Imágenes y
del establecimiento ante la autoridad
Adicionalmente, se establece que son Laboratorio, Laboratorio de análisis
sanitaria o quienes estos designen, será
pasibles de percibir la asignación estímulo clínicos, análisis clínicos y Laboratorio de
responsable de determinar la nómina de
los trabajadores expuestos y/o abocados Anatomía Patológica, Laboratorio de
los trabajadores del establecimiento,
al manejo de casos relacionados con la Anatomía Patológica, Diagnóstico por
expuestos y/o afectados a COVID-19,
pandemia de COVID-19 que desarrollan Imágenes y Diagnóstico por Imágenes
beneficiarios de la asignación estímulo,
actividades en las siguientes tipologías odontológicas.
indicando el CUIL, la suma que le
incorporadas en la Resolución del
corresponda percibir y el número de CBU
Ministerio de Salud Nº 900/2017 y las No incluye: Diagnóstico por Imágenes
del trabajador, acorde al procedimiento
categorías del Registro Federal de odontológicas, medicina laboral y aquellos
que se establece en el Anexo I.
Establecimientos (REFES): categorizados como otros.
Para el caso de los establecimientos de
a. Establecimientos de Salud con d. Establecimientos de salud sin
salud del primer nivel de atención del
internación (ESCI) del sector público, internación de tratamiento (ESSIT) del
sector público, los responsables de la
privado y de la seguridad social: Incluye las sector público, privado y de la seguridad
determinación de la nómina de
siguientes categorías: internación general, social, categorizados como Centros de
beneficiarios serán designados por las
especializado en otras especialidades, Diálisis y Centros de Tratamiento
autoridades sanitarias jurisdiccionales
especializado en pediatría, especializado Oncológico.
correspondientes.
en maternidad/materno infantil,
especializado en salud mental, e. Establecimientos de salud
Por otro lado, se establece que las
especializado en tercera edad. complementarios (ESCL) del sector
declaraciones juradas requeridas para el
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público, privado y de la seguridad social, pertinentes. Medidas Aplicables a Lugares en Alto
categorizados como servicios de atención Riesgo Epidemiológico y Sanitario o en
extrahospitalaria, bancos de sangre, Finalmente, en caso de detectarse Situación de Alarma Epidemiológica y
vacunatorios, y aquellos categorizados falsedad o incongruencia en la información Sanitaria:
como internación domiciliaria. presentada como declaración jurada por
los establecimientos de salud, el 30. Personal de la Administración de la
Asimismo, el Ministerio de Salud establecimiento, sus autoridades y Seguridad Social -ANSES- en los términos
gestionará los pagos a los beneficiarios de representantes legales serán pasibles de de la Decisión Administrativa N° 810/20,
la asignación estímulo que se reglamenta las acciones penales, civiles y artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.
por la norma de referencia, en las administrativas correspondientes, así
condiciones que se establece en el como las tendientes al recupero de los 31. Personas que deban concurrir a
convenio suscripto entre ambos fondos erogados en su consecuencia. vacunarse con su acompañante, si fuere
organismos. necesario.
Decreto 334/2021 (B.O 24/05/2021)
La Administración Federal de Ingresos De esta manera, todas las personas
Medidas Generales de Prevención.
Públicos (AFIP) se encuentra facultada exceptuadas deberán portar el
Prórroga.
para realizar las verificaciones pertinentes “Certificado Único Habilitante para
respecto de la información presentada por Se prorroga el Decreto 287/21 y el plazo Circulación - Emergencia COVID-19” que
el representante legal del establecimiento establecido en su artículo 30, así como sus las habilite a circular y, en su caso, al uso
de salud acorde a las condiciones normas complementarias, hasta el día 11 de transporte público.
determinadas. de junio de 2021 inclusive, en los términos
de la norma de referencia. Asimismo, se Los desplazamientos de las personas
Las Unidades de Auditoría Interna del establece que los grandes aglomerados exceptuadas deberán limitarse al estricto
Ministerio de Salud y de la Administración urbanos, departamentos o partidos de cumplimiento de la actividad autorizada.
Nacional de la Seguridad Social (ANSES) más de 300.000 habitantes, serán
efectuarán, el control de los pagos de las considerados en situación de alarma Otras Excepciones para Circular, Sin Uso
asignaciones realizadas de acuerdo a la epidemiológica y sanitaria cuando la de Transporte Público:
norma en comentario Sin perjuicio de ello, incidencia definida como el número de
la Sindicatura General de la Nación casos confirmados acumulados de los Adicionalmente, quedan exceptuadas de
realizará el control del cumplimiento del últimos catorce días por cien mil las restricciones previstas en artículo 3°,
procedimiento y pagos efectuados habitantes sea igual o superior a quinientos sin autorización para el uso del transporte
mediante la Red Federal de Control o el porcentaje de ocupación de camas de público de pasajeros, las personas que
Público u otros mecanismos y terapia intensiva sea mayor al ochenta por realizan las siguientes actividades y
procedimientos de control que estime ciento (80 %). servicios, o se encuentran en las
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situaciones previstas en los siguientes prestaciones de salud y al personal con “Certificado Único Habilitante para
incisos: autorización para circular, conforme la Circulación - Emergencia COVID-19” que
normativa vigente. Talleres para las habilite a circular.
1. Industrias que se realicen bajo procesos mantenimiento y reparación de bicicletas.
continuos cuya interrupción implique Ventas de repuestos, partes y piezas para Los desplazamientos de las personas
daños estructurales en las líneas de automotores, motocicletas y bicicletas, exceptuadas deberán limitarse al estricto
producción y/o maquinarias. únicamente bajo la modalidad de entrega cumplimiento de la actividad autorizada.
puerta a puerta.
2. Retiro de alimentos en locales Por último, se dispone que la norma de
gastronómicos de cercanía. 8. Establecimientos que desarrollen referencia es de orden público.
actividades de cobranza de servicios e
3. Producción y distribución de impuestos. Vigencia: A partir del día 22 de mayo de
biocombustibles. 2021.
9. Personas que deban trasladarse para
4. Exploración, prospección, producción, realizar viajes al exterior.
Decisión Administrativa 512/2021
transformación y comercialización de
(B.O 24/05/2021) Cierre de Fronteras.
combustible nuclear, en los términos de la 10. Venta de mercadería ya elaborada de
Prórroga.
Decisión Administrativa 450/20. comercios minoristas a través de
plataformas de comercio electrónico, Se prorroga el plazo establecido en el
5. Servicios esenciales de sanitización, venta telefónica y otros mecanismos que artículo 1º de la Decisión Administrativa
mantenimiento, fumigaciones y manejo no requieran contacto personal con 2252/20, y sus prórrogas, hasta el 11 de
integrado de plagas. clientes y únicamente mediante la junio de 2021 inclusive, período durante el
modalidad de entrega a domicilio o retiro. cual se establece:
6. Actividades vinculadas con la En ningún caso podrán abrir sus puertas al
producción, distribución y público. Todo ello conforme la Decisión 1. La Administración Nacional de Aviación
comercialización forestal y minera. Administrativa 524/20. Civil, mantendrá la suspensión de las
Actividades vinculadas a la protección autorizaciones y permisos que se hubieran
ambiental minera. 11. Industrias que realicen producción para dispuesto relativas a las operaciones de
la exportación. transporte aéreo de pasajeros en vuelos
7. Talleres para mantenimiento y reparación directos que tengan como origen o destino
de automotores y motocicletas El Jefe de Gabinete de Ministros, podrá el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
exclusivamente para transporte público, ampliar o restringir las excepciones del Norte y como origen Brasil, Chile,
vehículos de las fuerzas de seguridad y dispuestas en este artículo. Todas las México e India, ante el nuevo linaje en la
FFAA, vehículos afectados a las personas exceptuadas, deberán portar el secuenciación de muestras locales,
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respecto al ingreso de personas. fijado, la vigencia de las disposiciones críticos, las siguientes condiciones
contenidas en los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de específicas:
De esta manera, el Ministerio de la Decisión Administrativa 2252/20, 3° y 6°
Transporte podrá ampliar o reducir la de la Decisión Administrativa 2/21, y en los a. El monto del beneficio alcanzará un
nómina de países o establecer artículos 2°, inciso 2, y tercero y cuarto máximo de $ 22.000. En el caso que la
excepciones, con el fin de atender párrafos, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° de la Decisión remuneración neta percibida por el
circunstancias de necesidad. Administrativa 268/21 y 3°, 4°, 6° y 7° de la trabajador sea inferior a dicho valor, el
Decisión Administrativa 342/21, y sus subsidio será igual a la remuneración neta
2. El Ministerio de Salud determinará los modificaciones. (que se determinará aplicando el ochenta y
puntos de entrada al país, trayectos y tres por ciento - 83%- a la remuneración
lugares, que reúnan las mejores Finalmente, se extienden los requisitos total declarada en el Formulario F.931 de la
capacidades básicas para responder a la establecidos en el apartado 1 del artículo AFIP).
emergencia sanitaria declarada 3° de la Decisión Administrativa 342/21, y
internacionalmente de COVID-19, los su modificación, con motivo del servicio de b. Los criterios para acceder al beneficio
cuales serán notificados a las autoridades practicaje prestado a buques son los siguientes:
competentes a los efectos de su internacionales.
implementación. I. La facturación para el período
Vigencia: A partir del día 22 de mayo de comprendido entre el 1° y el 24 de mayo
Excepcionalmente, la Dirección Nacional 2021. de 2021 y mayo de 2019 debe presentar
de Migraciones podrá autorizar el ingreso una reducción superior al veinte por ciento
de personas al territorio nacional por (20%) en términos reales.
Resolución 266/2021-MTESS (B.O
medio de otros pasos fronterizos, cuando
24/05/2021) REPRO II. Beneficios y
concurran especiales y acreditadas El Comité de Evaluación y Monitoreo del
condiciones.
razones humanitarias que así lo ameriten, Programa REPRO II expresará en términos
dando la correspondiente intervención a la Se sustituye el Anexo I de la Resolución del nominales la variación real definida en este
autoridad sanitaria y al Ministerio de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad apartado.
Relaciones Exteriores, Comercio Social 938/2020 por el Anexo I que forma
Internacional y Culto. parte integrante de la norma en II. El indicador de liquidez corriente (activo
comentario. corriente / pasivo corriente) para el mes de
En todos los casos, las personas deberán abril de 2021 deberá presentar un valor
cumplir con los requisitos migratorios y Por otro lado, para los salarios devengados máximo que será definido por el Comité de
sanitarios vigentes. del mes de mayo de 2021, el Programa Evaluación y Monitoreo del Programa
REPRO II establecerá, para los REPRO II.
Por otro lado, se mantiene durante el plazo empleadores encuadrados en los sectores
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Estos criterios reemplazan los Resolución Conjunta del Ministerio de El monto del beneficio aplicado a la
establecidos en el artículo 5° de la Turismo y Deportes y Ministerio de dotación de personal no caracterizada en
Resolución del Ministerio de Trabajo, Desarrollo Productivo y Ministerio de el párrafo precedente, se determinará de
Empleo y Seguridad Social 938/2020, con Trabajo, Empleo y Seguridad Social 1 acuerdo a lo establecido por la Resolución
la excepción de los dispuestos en los mientras dure la vigencia de lo dispuesto del Ministerio de Trabajo, Empleo y
apartados I, II y III del inciso a) de dicho en el artículo 2º de la norma en comentario Seguridad Social 938/20 y sus normas
artículo. modificatorias y complementarias.
De esta manera, en el caso de la suma
c. Se exime de la obligación de presentar dineraria establecida por la Resolución Se encuentran excluidos de lo dispuesto
el balance correspondiente al último Conjunta 1, la suspensión establecida en el en la norma en comentario, aquellos
ejercicio cerrado de acuerdo a la normativa párrafo precedente será de aplicación a la sujetos empleadores que se encuentran
vigente en la materia, certificado por el liquidación de aquellas sumas adicionales incluidos en el listado del Sector Salud
Colegio de Profesionales de Ciencias destinadas a cuenta del pago de aprobado en el marco del Programa
Económicas, establecido en el artículo 3° remuneraciones a cargo de los REPRO II.
de la Resolución 938/2020. empleadores pertenecientes a sectores
críticos en el marco del Programa REPRO Asimismo, la nómina de empleadores con
En caso de grave inconsistencia entre la II. los trabajadores dependientes que prestan
información de facturación declarada en el servicios en los centros de compra será
formulario REPRO II y la obrante en el En caso que un empleador cuente con remitida por los citados empleadores y/o
registro de la Administración Federal de trabajadores dependientes prestando por sus respectivas representaciones
Ingresos Públicos (AFIP), se exigirá la servicios en el ámbito de los centros de empresariales, a la Coordinación del
devolución de los montos de los beneficios compra afectados por el cierre total de sus Programa de Recuperación Productiva
otorgados, sin perjuicio de lo dispuesto en operaciones localizados en el Área (REPRO).
el artículo 18 de la Resolución 938/2020. Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el
mencionado sujeto empleador será Dicho envío deberá ser realizado con
En tal sentido, se actualiza el monto encuadrado como sector crítico de carácter de declaración jurada a la
correspondiente al Sector Salud en pesos acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2° de dirección de correo electrónico
veintidós mil ($ 22.000). la norma de referencia. centroscomercialesrepro@trabajo.gob.ar.
Adicionalmente, se suspende la liquidación El monto del beneficio dispuesto en el Dichas declaraciones y su aplicación al
de las sumas dinerarias establecidas inciso a. del citado artículo 2°, se aplicará Programa REPRO II, estará sujeta a control
mediante la Resolución Conjunta del exclusivamente a los trabajadores que posterior a cargo de este Ministerio y del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad presten servicios en el ámbito de los Ministerio de Desarrollo Productivo.
Social y Ministerio de Cultura 2 y por la centros de compras del AMBA.
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Por otro lado, se extiende al mes de mayo Dicho programa mantendrá las registrarse como mínimo un (1) pago.
de 2021 el Programa de Asistencia de características, alcances y condiciones
Emergencia al Sector Gastronómico establecidas para el “Programa de c. Presentar una reducción de la
Independiente, toda vez que se han Asistencia de Emergencia al Sector facturación superior al veinte por ciento
prorrogado las medidas de prevención Gastronómico Independiente” por la (20%) en términos reales, para el periodo
establecidas por el Decreto Nº 235 y Resolución 201/2021 y sus modificatorias, comprendido entre el 1° al 24 de mayo de
subsiguientes, en orden a lo dispuesto en sin perjuicio de las disposiciones que se 2021 y mayo de 2019.
el artículo 5º de la Resolución del establezcan por la norma en comentario
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad En caso que la fecha de inscripción al
Social 201/2021 y su modificatoria. Asimismo, el Programa consiste en el pago régimen de trabajo independiente
de una suma dineraria de hasta $ 22.000 a correspondiente sea posterior al 1° de
De esta manera, se amplía el alcance del trabajadores independientes en sectores enero de 2019, se excluye la presente
Programa de Asistencia de Emergencia al críticos, encuadrados en el Régimen condición para acceder al beneficio.
Sector Gastronómico Independiente, a Simplificado para Pequeños
trabajadores independientes que tengan Contribuyentes (Monotributo) o en el En tal sentido, El Comité de Evaluación y
declarado como actividad principal al 12 Régimen de Trabajo Autónomo, que Monitoreo del Programa REPRO II,
de marzo de 2020, ante la Administración reúnan las condiciones establecidas de la expresará, en términos nominales, la
Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las norma de referencia. variación real.
que se especifican en el Anexo II que
forma parte integrante de la norma en De esta manera, se actualizan los En caso de grave inconsistencia entre la
comentario. requisitos establecidos en los incisos b., c. información de facturación declarada y la
y d. del artículo 3º de la Resolución obrante en el registro de la Administración
Dicho Anexo - sustituye el Anexo I de la 201/2020 por el siguiente: Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se
Resolución del Ministerio de Trabajo, exigirá la devolución de los montos de los
Empleo y Seguridad Social 201/2021. b. Haber efectivizado al menos dos (2) beneficios otorgados y la suspensión de a
pagos al régimen de trabajo independiente la asignación del beneficio en meses
Por otro lado, se sustituye, a partir del correspondiente en los últimos seis (6) posteriores, sin perjuicio de lo dispuesto
dictado de la norma de referencia, la meses previos a realizar la solicitud para en el artículo 15 de la norma en
denominación de “Programa de Asistencia acceder al Programa. comentario.
de Emergencia al Sector Gastronómico
Independiente”, por la denominación En el caso de declarar una fecha de d. En caso de contar con trabajadores bajo
“Programa de Asistencia de Emergencia a inscripción al régimen correspondiente su dependencia, se deberán cumplir
Trabajadores y Trabajadoras posterior a los seis (6) meses previos a además las siguientes condiciones:
Independientes en sectores críticos”. realizar la solicitud al programa, deberá
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I. Contar con una dotación de personal no Disposición 1302/2021-DNM Por último, se dispone a extender por igual
superior a cinco (5) trabajadores en el mes (B.O 24/05/2021) Residencias término, la vigencia de todos aquellos
anterior a la solicitud del beneficio. otorgadas por la Dirección Nacional visados consulares otorgados en los
de Migraciones. Disposiciones términos de los artículos 22, 23 y 24, con
II. El indicador de liquidez corriente (activo 1714/2020. Prórroga. excepción del artículo 24 inciso a)
corriente / pasivo corriente) para el mes de subcategoría turista, cuyo plazo para
Se prorroga desde el 23 de mayo de 2021
abril de 2021 deberá presentar un valor ingresar al país hubiera vencido entre el 17
la vigencia de los arts. 1° y 2° de la
máximo que será definido por el Comité de de marzo de 2020 y la fecha de
Disposición 1714/2020 y sus sucesivas
Evaluación y Monitoreo del Programa publicación de la norma en comentario, sin
extensiones, por el término de treinta (30)
REPRO II. que se hubiera perfeccionado el mismo.
días corridos.
III. No figurar en el Registro Público de
En dichos apartados, la norma prorrogó la Decreto 336/2021 (B.O 25/05/2021)
Empleadores con Sanciones Laborales
vigencia de los certificados de residencias Ley de Impuesto a las Ganancias.
(REPSAL) en los supuestos previstos en el
otorgadas en el marco del art. 23 Reglamentación. Nuevas exenciones.
inciso h) del artículo 2º y en los artículos 3º
(residencias temporarias), art. 24
y 4º de la Ley 26.940, por el tiempo que A continuación, detallamos los puntos más
(residencias transitorias), art. 20 (trámites
permanezcan en el mismo. relevantes de la Reglamentación de la Ley
de radicación), art. 20 in fine (extranjeros
de Impuesto a las Ganancias:
judicializados) y art. 20 bis (trámites de
Finalmente, en el caso de que los
control de permanencia) de la Ley 25.871,
solicitantes del beneficio del “Programa de - Se incorpora en el artículo 26 de la ley del
así como la vigencia de las inscripciones
Asistencia de Emergencia a Trabajadores y tributo exenciones aplicables a las rentas
en el Registro Nacional Único de
Trabajadoras Independientes en sectores percibidas por ciertos trabajadores en
Requirentes de Extranjeros y en el Registro
críticos” cumplan con las condiciones relación de dependencia en concepto de
Nacional de Apoderados de Inmigrantes.
requeridas y sean a su vez beneficiarios bono por productividad, fallo de caja y
del subsidio “Apoyo Extraordinario Cultura otros conceptos de similar naturaleza.
Asimismo, se prorroga por el plazo de 30
Solidaria”, la suma a abonar será el
días corridos la vigencia de todos aquellos
resultado de la diferencia entre el monto En este sentido, la norma menciona:
permisos de ingreso otorgados en los
del beneficio de la medida antes
términos de los artículos 22, 23 y 24 de la
mencionada y el del subsidio “Apoyo a) Los rubros remuneratorios creados por
respectiva Ley, cuyo plazo para realizar el
Extraordinario Cultura Solidaria” que se convenciones colectivas o contrato
trámite de visado contemplado en los
abonará en el mes de junio de 2021. individual, y condicionados al
artículos 4°, 5° y 6° del Anexo II al Decreto
cumplimiento de pautas o metas objetivas
616/2010 hubiera vencido entre el 17 de
Vigencia: A partir del día Sábado 22 de de incremento de la producción. La
marzo de 2020 y la fecha de publicación
mayo de 2021. cláusula respectiva deberá contener una
de la norma en comentario.
clara explicación de dichas pautas,
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incluyendo metas y criterios de Ley para el Personal Militar 19.101 y sus del artículo 26 de la ley y en el último
comparación con períodos anteriores para normas modificatorias y complementarias, párrafo del inciso c) del artículo 30 de la
la determinación del incremento, que no como así también aquellos a los que hace ley, a la suma de todos los importes que se
podrá ser el resultante de la extensión de referencia su inciso 4°, en la medida en que perciban mensualmente, en dinero o en
la jornada laboral. estos hubieran sido establecidos con especie, cualquiera sea su denominación,
anterioridad a la entrada en vigencia de la tengan o no carácter remuneratorio, a los
No se considerarán comprendidos en este Ley 27.617. fines de la determinación de los aportes y
inciso, las sumas habitualmente percibidas contribuciones al Sistema Integrado
y calculadas con base en una pauta - Se modificó el alcance de las Previsional Argentino (SIPA) o regímenes
distinta de la sola puesta a disposición de deducciones por cargas de familia, provinciales o municipales análogos y
la fuerza de trabajo, como las vinculadas al incluyéndose en los términos de aquella estén gravados, no gravados o exentos por
destajo, a la cantidad de obras terminadas, contemplada en el apartado 1 del inciso b) el impuesto. El único concepto que no
viajes realizados o kilómetros recorridos del artículo 30 de la ley del gravamen, a los deberá considerarse, conforme lo
que no reúnan las condiciones integrantes de la unión basada en dispuesto en el último párrafo del inciso c)
precedentemente previstas. relaciones afectivas, de carácter singular, del artículo 30 de la ley, al efecto de lo
pública, notoria, estable y permanente de normado en dichos artículos e incisos, es
b) Aquellas sumas fijadas en dos (2) personas que conviven y el Sueldo Anual Complementario.
compensación del riesgo de reposición comparten un proyecto de vida común,
por faltantes de dinero o demás valores, sean del mismo o de diferente sexo, la que Lo dispuesto en el segundo párrafo del
abonado a cajeros, repartidores de deberá acreditarse en los términos de los inciso x) y en el inciso z), ambos del
efectivo o a cualquier otra persona que artículos 509 y siguientes del Capítulo I del artículo 26 de la ley, sólo resultará de
tenga como función la de cobrar y/o pagar Título III del Código Civil y Comercial de la aplicación en la medida en que el
dinero o demás valores. Nación, se acreditará a través de la promedio de la “remuneración bruta”
constancia o acta de inscripción en el mensual o “remuneración y/o haber bruto”
La Administración Federal de Ingresos registro pertinente. mensual, respectivamente, del período
Públicos podrá establecer la forma y fiscal anual no supere los montos
modalidades de acreditación de los Adicionalmente, el cómputo de la establecidos en dichos incisos.
conceptos mencionados en el párrafo deducción por hijo, hijastro incapacitado
precedente. para el trabajo se incrementará en una vez, La exención del Sueldo Anual
cualquiera sea su edad. Complementario no podrá exceder el
- Se consideran comprendidos en las importe que resulte de determinarlo de
disposiciones del inciso y) del artículo 26 - Se entenderá por “remuneración bruta” y conformidad con la remuneración indicada
de la ley los conceptos mencionados en por “remuneración y/o haber bruto”, a los en el inciso z) del artículo 26 de la ley del
los incisos 1°, 2° y 3° del artículo 57 de la fines de lo dispuesto en los incisos x) y z) impuesto.
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- En lo que respecta al incremento de la establecido en el penúltimo párrafo del inclusive, y cuyo desarrollo responda a
deducción establecido en la primera parte inciso c) del artículo 30 de la ley. tales planes.
del penúltimo párrafo del inciso c) del
artículo 30 de la ley, éste deberá La Administración Federal de Ingresos La exclusión prevista en el segundo
computarse en cada período mensual en Públicos deberá dictar las normas párrafo del citado artículo 111 resulta
el que la remuneración y/o haber bruto complementarias destinadas a aplicable con relación a los conceptos
mensual no exceda el importe allí implementar el beneficio de este artículo, indicados en los párrafos precedentes
establecido. instituyendo las pautas que deberá utilizar únicamente respecto de aquellos hijos,
el agente de retención para la liquidación hijastros menores de dieciocho (18) años o
La deducción indicada en la segunda parte del gravamen. incapacitados para el trabajo, del
del penúltimo párrafo del inciso c) del trabajador, en la medida en que revistan
artículo 30 de la ley se establecerá de - Por otro lado, se excluyen del alcance del para estos últimos la condición de cargas
manera progresiva en una magnitud que, impuesto al reintegro documentado con de familia en los términos del apartado 2
entre otras cuestiones, determine que la comprobantes de los gastos de guardería del inciso b) del artículo 30 de la ley.
inclusión del Sueldo Anual y/o de jardín materno infantil que utilicen
Complementario que perciban los sujetos los contribuyentes con hijos de hasta tres La Administración Federal de Ingresos
comprendidos en el tramo de (3) años de edad cuando la empresa no Públicos podrá exigir y establecer
remuneración y/o haber bruto allí contare con esas instalaciones, como así modalidades para la acreditación de los
mencionado, logre una adecuada también a la provisión de herramientas conceptos indicados en el precitado
aplicación de las disposiciones reseñadas, educativas para los hijos del trabajador y al segundo párrafo del artículo 111
evitando neutralizar los beneficios otorgamiento o pago debidamente incorporados a la ley del gravamen
derivados de la política económica y documentado de cursos o seminarios de mediante el artículo 10 de la Ley 27.617.
salarial previstos en la Ley 27.617. Esta capacitación o especialización, y para este
deberá computarse en cada período último caso, hasta el límite equivalente al - La Administración Federal de Ingresos
mensual en que el importe de la cuarenta por ciento (40 %) de la ganancia Públicos, adecuará las disposiciones
remuneración y/o haber bruto mensual no imponible. referidas al régimen de retención aplicable
esté comprendido en el citado tramo. a los sujetos que obtengan las rentas
Los cursos o seminarios de capacitación o mencionadas en los incisos a), b), c)
La deducción a la que se refieren también especialización a los que se alude en la -excepto las correspondientes a los
deberá considerarse en el supuesto en última parte del segundo párrafo del consejeros de las sociedades
que, en el período fiscal, el promedio de la artículo 111 de la ley deberán versar sobre cooperativas- y e) del primer párrafo, y en
remuneración y/o haber bruto mensual, materias incluidas en los planes de el segundo párrafo del artículo 82 de la Ley
arrojará un monto inferior o igual al tramo enseñanza oficial referidos a todos los de Impuesto a las Ganancias, en virtud de
que correspondiere de acuerdo con lo niveles y grados hasta el nivel secundario, las modificaciones introducidas a la ley del
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gravamen por la Ley 27.617 y por las Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. Se prorroga el plazo establecido en el
adecuaciones incorporadas por la medida 2017 y por otros procedimientos artículo 1º de la Decisión Administrativa
antes mencionada a su decreto especiales, desde el día 26 hasta el día 28 2252/20, sus prórrogas y sus
reglamentario. de mayo de 2021 inclusive, sin perjuicio de complementos, hasta el 11 de junio de
la validez de los actos cumplidos o que se 2021 inclusive, período durante el cual se
Se establece que, la suma en exceso que cumplan. establece:
pudiere resultar de comparar el importe
efectivamente retenido hasta la fecha de En tal sentido, se exceptúa de la 1. La Administración Nacional de Aviación,
entrada en vigencia de la norma en suspensión establecida a todos los mantendrá la suspensión de las
comentario con el que hubiera trámites administrativos relativos a la autorizaciones y permisos que se hubieran
correspondido retener considerando las emergencia declarada por la Ley 27.541, su dispuesto relativas a las operaciones de
modificaciones a las que se alude en el ampliación, sus normas modificatorias y transporte aéreo de pasajeros en vuelos
párrafo precedente, en su caso, se complementarias, y a todos los trámites directos que tengan como origen o destino
restituirá de acuerdo con las modalidades realizados al amparo del Régimen de el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
y plazos que establezca el mencionado Contrataciones de la Administración del Norte y como origen Brasil, Chile,
Organismo. Nacional establecido por el Decreto México e India, ante el nuevo linaje en la
1023/01 y sus normas modificatorias. secuenciación de muestras locales,
- Las disposiciones de la norma de respecto al ingreso de personas.
referencia entraron en vigencia el día De esta manera, se faculta a las
martes 25 de mayo de 2021 y resultarán de jurisdicciones, entidades y organismos En tal sentido, el Ministerio de Transporte,
aplicación a partir de los períodos fiscales contemplados en el artículo 8° de la Ley podrá ampliar o reducir la nómina de
iniciados el 1° de enero de 2021, inclusive, 24.156 de Administración Financiera y de países o establecer otras excepciones,
de conformidad con lo establecido en el los Sistemas de Control del Sector Público con el fin de atender circunstancias de
artículo 14 de la Ley 27.617. Nacional y sus modificatorias a disponer interés nacional, siempre que no se afecte
excepciones, a la suspensión prevista en la la capacidad básica de respuesta al
Decreto 335/2021 (B.O 25/05/2021) norma de referencia. COVID-19 prevista para el respectivo
Procedimientos Administrativos. corredor seguro.
Suspensión. Vigencia: A partir del día martes 25 de
mayo del 2021. 2. El Ministerio de Salud determinará los
Se suspende el curso de los plazos, dentro puntos de entrada al país, trayectos y
de los procedimientos administrativos Decisión Administrativa 513/2021 lugares, que reúnan las mejores
regulados por la Ley Nacional de (B.O 25/05/2021) Cierre de Fronteras. capacidades básicas para responder a la
Procedimientos Administrativos 19.549, Prórroga. emergencia sanitaria declarada
por el Reglamento de Procedimientos internacionalmente de COVID-19, los
Flash impositivo 18 | Junio 2021 PwC Argentina | 17También puede leer