Legislación SOBRE app en Paraguay - Ley Nº 5102 de Promoción de la Inversión en Infraestructura Pública y Ampliación y Mejoramiento de los Bienes ...

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Legislación SOBRE app en Paraguay - Ley Nº 5102 de Promoción de la Inversión en Infraestructura Pública y Ampliación y Mejoramiento de los Bienes ...
Legislación SOBRE app en
Paraguay

Ley Nº 5102 de Promoción de la Inversión en Infraestructura
Pública y Ampliación y Mejoramiento de los Bienes y Servicios a
cargo del Estado y su proyecto de reglamentación.
Legislación SOBRE app en Paraguay - Ley Nº 5102 de Promoción de la Inversión en Infraestructura Pública y Ampliación y Mejoramiento de los Bienes ...
¿Por qué una ley app en paraguay?

 Déficit en infraestructura
           pública

   Baja capacidad de            Necesidad de recurrir a nuevos
    gerenciamiento                esquemas de contratación y
                               alternativas de financiamiento de
                                proyectos con participación del
                              sector privado conjuntamente con el
      Insuficiencia de                    sector público
         recursos

   Insuficiencia de marco
           jurídico
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Objeto de la ley
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Que contiene?
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PROYECTOS AUTORIZADOS
 A EJECUTARSE POR APP
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Hidrovías, dragado, señalización y mantenimiento de
la navegabilidad del Río Paraguay y otros ríos
navegables

                         Aeropuertos internacionales

   Construcción, rehabilitación y mantenimiento de
   rutas y autopistas nacionales

           Construcción, extensión y operación del
           servicio de líneas ferroviarias

  Construcción y mantenimiento de puentes nacionales e
  internacionales
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Provisión de agua potable y servicios de
saneamiento y tratamiento de efluentes

              Generación, trasmisión, distribución y
              comercialización de energía eléctrica

Infraestructura vial de la capital de la
República y su área metropolitana

          Infraestructura social: hospitales, centros de
          salud y centros educativos

Penitenciarias
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Mejoramiento, equipamiento y desarrollo urbano en los
cuales participen las Administraciones contratantes

   Producción y comercialización de cemento

 Acueductos, poliductos, oleoductos, alcoductos,
   gasoductos

            Producción de bienes y prestación de servicios
            que sean propios del objeto de empresas y
            sociedades en las que el Estado sea parte

 Servicios de telecomunicaciones

      Producción, refinamiento y comercialización de
      hidrocarburos, combustibles y lubricantes
MARCO INSTITUCIONAL

                                       Fondo de liquidez y garantía:
  Administración competente:             Creado para garantizar los
Institución contratante que tiene        compromisos del Estado.
 las competencias en la materia       Constituido como fondo fiduciario
          objeto de APP.                 administrado por la AFD.

    Unidad de Proyectos de
 Participación Público Privada:         Ministerio de Hacienda:
   Organismo técnico y asesor,        Evalúa la asignación de riesgos
 dependiente de la STP. Coordina          e impactos fiscales de
proyectos, asesora a instituciones,   evaluación de riesgos fiscales.
promueve los proyectos y lleva un
     Registro de Contratos.
INICIATIVA PÚBLICA                                                    INICIATIVA PRIVADA

   El Estado propone el proyecto.                                      El privado propone el proyecto (a nivel de prefactibilidad).

   El Estado se hace cargo de preparar y financiar los estudios        El privado se hace cargo de preparar y financiar los estudios
    previos de prefactibilidad y factibilidad.                           previos de prefactibilidad y factibilidad del proyecto.

   STP y MH evalúan los estudios preparados por la                     SP, MH y A. Contratante evalúan los estudios preparados por
    A.Contratante                                                        el proponente privado.
   Requiere que el Estado identifique los proyectos en los planes      Las iniciativas privadas solo pueden presentarse sobre
    y exprese su intención de hacerlo por iniciativa pública.            proyectos en los cuales el Estado:
                                                                          o    no se encuentre preparando estudios previos;
                                                                          o   No lo haya identificado en su planificación con la mención
                                                                              expresa de hacerlo por iniciativa pública.

   No se contemplan márgenes de preferencia                            Otorga un margen de preferencia de entre el 3% al 10% al
                                                                         iniciador privado.
                                                                        Si no sale adjudicado, el iniciador privado tiene el derecho al
                                                                         reembolso de los costos vinculados a la realización de los
                                                                         estudios. El reembolso lo realiza el oferente adjudicado.
TRÁMITE Y PLAZOS QUE SIGUE LA INICIATIVA PÚBLICA

1. Comunicación a       3.   Examen      de      5. Evaluac.   7. Evaluac. por la                9. Evaluac. Del    10. Aprob. por
la UPP del inicio       admisibilidad por la     del MH        UPP del estudio                   estudio de fact.   Decreto del
                        UPP.                                   de fact.                          por el MH          P.E.

            15 DÍAS          3 DÍAS    20 DÍAS                    20 DIAS                   3 DIAS      20 DÍAS

2.   Presentación     del   4.    Remisión      del      6. Present. del            8. Remisión al MH
Proyecto a la UPP a nivel   estudio             de       estudio de Fact
de prefactibilidad.         prefactibilidad al MH

OBS: Adviértase que el plazo dependerá mayormente de lo que se demore en realizar el estudio de factibilidad.
TRÁMITE Y PLAZOS QUE SIGUE LA INICIATIVA PRIVADA

1. Presentación del            3. Presentación de          5.Evaluación por     7. Presentación por el    9. Aprobación
proyecto a la UPP a            documentos adicionales      la UPP, la AC y el   Privado del estudio       del       Poder
nivel de                       si se requiere.             MH                   de Factibilidad           Ejecutivo
prefactibilidad.

5 DÍAS                5 DÍAS           5 DÍAS           60 DÍAS                     180 DÍAS              120 días

2. La UPP verifica que                4. Remisión del proyecto a       6. Declaración    de       8. Evaluación por la UPP,
el    proyecto     fue                la AC e inscripción en el        interés público            la AC y el MH del estudio
presentado con todos                  Registro de Proyectos                                       de factibilidad
los recaudos exigidos.

OBS: Adviértase que el plazo dependerá mayormente de lo que se demore en realizar el estudio de factibilidad.
Precalificación
                                          Trámite                                                      Plazo previsto o estimado

La Administración Contratante elabora y aprueba el pliego previo dictamen de la                    Depende del tiempo de elaboración
Unidad de PPP y del Ministerio de Hacienda.                                                        del pliego. Aprobación: estimada
                                                                                                   en 10 días..

Llamado a precalificación. Publicación y difusión. Comunicación a la DNCP.                         Publicación en dos diarios por dos veces.
                                                                                                   Difusión en el portal

Consultas                                                                                          15 días de antelación al plazo límite de
                                                                                                   presentación de solicitudes

Presentación de las solicitudes de precalificación.. Apertura de sobres a cargo de la              30 días entre la primera
Contratante                                                                                        publicación y el plazo límite para
                                                                                                   presentar sobres

Proceso de evaluación a cargo de Comisión de Evaluación. Presentación del dictamen de evaluación   A determinarse en el pliego

Resolución de precalificación.                                                                     A determinarse en el pliego
Licitación                            Trámite                                               Plazo previsto o estimado

La Administración Contratante elabora y aprueba el pliego previo dictamen de la Unidad   Depende del tiempo de
de PPP, del Ministerio de Hacienda y de la PGR.                                          elaboración del pliego.
                                                                                         Aprobación: estimada en 20 días.

Llamado a licitación. Publicación y difusión. Comunicación a la DNCP .                   Publicación en dos diarios por dos veces.
                                                                                         Difusión en el portal.

Consultas                                                                                Hasta 20 días de antelación a la apertura
                                                                                         de la oferta técnica.

Presentación de las ofertas y apertura de ofertas técnica a cargo de la Contratante      60 días desde la última
                                                                                         publicación. Plazo mínimo

Proceso de evaluación a cargo de Comisión de Evaluación. Presentación del dictamen de    A determinarse en el pliego
evaluación de la oferta técnica
Apertura de la oferta económica. Evaluación de la oferta económica. Recomendación de     A determinarse en el pliego
adjudicación.

Adjudicación.                                                                            10 días desde la comunicación de l
                                                                                         dictamen.
Constitución de la sociedad de objeto específico                                         60 días máximo.

Firma de contrato                                                                        Plazo a determinarse en el pliego.
Evaluación y adjudicación. Criterios.

▸   Sistema de puntuación establecido en el pliego. Evaluación combinada de la propuesta
    técnica y de la propuesta económica.

▸   Evaluación de ofertas técnicas. Puntuación.

▸   Evaluación de la oferta económica.

▸   Factores: (uno o más)
    ◦ Tarifa más baja,
    ◦ aportes requeridos del Estado,
    ◦ plazo del contrato,
    ◦ cánones o pagos ofrecidos por el oferente al Estado,
    ◦ Remuneración solicitada al Estado por servicios prestados.
Contrato
▸   Obligación de constituir una sociedad de objeto específico. Alternativa o complementariamente
    un fideicomiso para administrar todos los fondos del proyecto

▸   Modificación unilateral del contrato.
    ◦   No puede exceder el 15% del presupuesto final de inversión.
    ◦   Justificación técnica y dictamen previo de la Unidad de PPP, del Ministerio de Hacienda y de la PGR.
    ◦   Se establece un criterio de compensación.

▸   Modificación de común acuerdo
    ◦   Criterios similares. Techo de modificabilidad es del 20% del presupuesto final de inversión.

▸   Eventos de caso fortuito o fuerza mayor,
    ◦   Compensación sujeta a que se encuentre prevista en el contrato.
    ◦   Compensación puede implementarse a través de una extensión del plazo del contrato, variación del régimen de
        inversiones, modificación del régimen tarifario, pago de subsidios, todo de acuerdo a lo previsto en el contrato.
    ◦   Suspensión del contrato. Privado goza de un plazo igual al periodo de paralización. (máximo 60 días prorrogables
        por un periodo igual)
Solución de controversias
•   Primer nivel: Negociaciones directas con notificación necesaria al Panel Técnico;

•   Segundo nivel: Tratamiento del asunto ante el Panel Técnico, siempre que el desacuerdo gire en torno a
    cuestiones de índole técnica o económica; y

•   Tercer nivel: Sometimiento de la controversia a un Tribunal Arbitral.

•   Panel técnico:
    •   Compuesto por tres expertos
    •   Designados por las partes a la firma de cada contrato.
    •   Gastos de funcionamiento y honorarios soportados por las partes en igual proporción.
Mecanismos de Transparencia, Evaluación y
           Auditoría
•   Auditoría externa obligatoria de calidad de servicios y de pasivos.
    •   MH responsable de la contratación
    •   Coordinación del Programa de Auditorías con la AGPE y con la Unidad de PPP

•   Colaboración de la DNCP en la verificación de los contratos en coordinación con la Unidad de
    PPP.

•   Informes de la Administración Contratante a la Unidad de PPP cada 6 meses sobre el estado de
    cumplimiento de los contratos.

•   Informes de gestión de la Unidad de PPP .
    •   Periodicidad anual.
    •   Al Poder Ejecutivo, Legislativo y a la CGR.
Mecanismos de Transparencia, Evaluación y
Auditoría (cont.)

•   Transparencia y publicidad de la información sobre la gestión de los contratos y
    sobre todo el proceso.
    •   Registro Público de Proyectos de PPP administrado por la UPP con la DNCP
    •   Utilización del portal de la DNCP como sitio oficial de difusión.
    •   Todos los datos a disposición pública.

•   Controles de la CGR y de otras autoridades competentes conforme al marco
    legal.
FIDEICOMISOS
Muchas gracias
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