Servicio de Impuestos Internos - Marzo 2018 1/31

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Servicio de Impuestos Internos - Marzo 2018 1/31
•   Servicio de Impuestos
    Internos

                            Marzo 1/31
                                  2018
Servicio de Impuestos Internos - Marzo 2018 1/31
Operación Renta AT 2018

            Abril 2018

                          2
Servicio de Impuestos Internos - Marzo 2018 1/31
Asistencia al Contribuyente

Reforma Tributaria énfasis en Renta 2018

Cotizaciones Previsionales

Navegación Operación Renta

Cambios en el F22

                                           3
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Asistencia al Contribuyente

                              4
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Fechas

FECHAS IMPORTANTES

           Declaraciones con        Desde 1 abril
           Devolución               hasta 9 mayo

                                    Desde 7 abril
           Declaraciones con Pago
                                    hasta 30 abril

           Reemplazo de
                                    hasta 25 abril
           Declaraciones

                                                     5
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Asistencia al Contribuyente

Portal de Renta

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Asistencia al Contribuyente
Puntos de Asistencia en Lugares Públicos: Universidades, Mall,
Bibliotecas, Plazas, SII Móvil, entre otros

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Asistencia al Contribuyente

Buses de Renta

                                 Módulos de Autoatención dispuestos en
                                 algunas Municipalidades e Intendencias

                                                                          8
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Nueva Calculadora A.T. 2018

                              9
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Calculadoras A.T. 2018

                   Enajenación de Bienes Raíces

                                                  10
Suplemento Tributario

                        11
Suplemento

Suplemento Operación Renta AT 2018

                                     12
Reforma Tributaria énfasis en Renta 2018

                                           13
Reforma Tributaria

Cambio de Tasa

         Año Comercial      Año       Parcialmente    Renta
                         Tributario    Integrado     Atribuida
             2017          2018          25,5%         25%
             2018          2019           27%          25%
          en adelante

                                                                 14
Reforma Tributaria

Nuevos Regímenes de Tributación
Los referidos regímenes tributarios se establecen en el artículo 14 de la LIR son los
siguientes:

     Régimen de renta atribuida o Régimen de la Letra A) del artículo 14 de la LIR

     Es un régimen de tributación en el cual las rentas generadas por las empresas cumplen
     con su tributación total en el mismo año en que ellas se generan, es decir, las rentas
     que generó la empresa producto del desarrollo del giro de sus actividades pagarán el
     impuesto de primera categoría (impuesto que afecta a la empresa) y el impuestos global
     complementario (impuesto que afecta a los dueños) en el mismo año en que se generan,
     independientemente que dichas utilidades se retiren. En este régimen el impuesto de
     primera categoría se puede usar en un 100% como crédito en contra del impuesto global
     complementario.

     Régimen de Imputación parcial de crédito” o “Régimen de la Letra B) del artículo 14
   de la LIR”.

     Es un régimen de tributación en el cual las rentas generadas por las empresas tributan
     con el impuesto de primera categoría en el mismo año de su generación, sin
     embargo, completarán la tributación con el impuesto global complementario sólo en el
     caso que dichas rentas sean retiradas por los dueños. En este régimen sólo se puede
     usar como crédito en contra del impuesto global complementario el 65% del impuesto de
     primera categoría.
                                                                                        15
Reforma Tributaria

Artículo 14 Ter

Exención del Impuesto de Primera Categoría

Beneficia a empresas, sociedades o comunidades conformadas exclusivamente por
propietarios, socios, accionistas o comuneros contribuyentes del Impuesto Global
Complementario, afectándose la base imponible determinada solamente con el Impuesto
Global Complementario, sin derecho al Crédito por Impuesto de Primera Categoría.

Opción: En Declaración Jurada N° 1924.

Tasa Especial de Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios (PPMO)

Empresas 14 Ter con propietarios, comuneros, socios o accionistas que sean
exclusivamente personas naturales con domicilio o residencia en Chile, podrán optar por
aplicar una tasa de PPMO distinta al 0,25% sobre los ingresos percibidos y/o
devengados de la actividad.

                                                                                          16
Reforma Tributaria

  Tributación del Mayor Valor en la Venta de Acciones
                                                               Régimen Tributario

Tipo de operaciones                    Régimen General         Impuesto Global Complementario o Adicional
realizadas: enajenación de
acciones de S.A.                     (Impto. 1° Categoría y                                      Ingreso No
                                                                Rentas
                                             Global                               Opción           Renta 10
                                                              Percibidas o
                                     Complementario/Adic                       Reliquidación    UTA letra a),
                                                              devengadas
                                             ional)                                             c) y d) 17 N°8
a) Contribuyentes del Impuesto
de Primera Categoría (rentas                   X
efectivas)
b) Personas naturales con
domicilio o residencia en Chile,
                                                                   X                 X                X
no obligadas a declarar IDPC
sobre rentas efectivas

c) Contribuyentes sin domicilio ni
residencia en Chile, no obligados
                                                                   X                                  X
a declarar IDPC sobre rentas
efectivas

d) Enajenación a un relacionado                                    X

Desde este año tributario está la opción de tributar considerando la tasa de
impuesto correspondiente a los años de permanencia de las acciones o
derechos sociales, hasta un máximo de diez años.

                                                                                                                 17
Reforma Tributaria
                                                                                     Y enajenados a
Tributación en la Enajenación de Bienes Raíces                                          contar del
                                                                                       01.01.2017

 Bienes Raíces situados en Chile, adquiridos a contar del 01.01.2004
    Ingreso No Renta (INR) sólo para personas naturales que no determinen Impuesto de
    Primera Categoría sobre rentas efectivas.

    Hasta por un mayor valor equivalente a 8.000 U.F. totales, independiente del número de
    enajenaciones y el número de bienes raíces.

    Sobre 8.000 U.F. tributará en el año comercial en que la renta sea percibida o devengada, a
    elección del contribuyente.

    Opción de pagar impuesto sustitutivo del 10% sobre la renta percibida.

    Opción de pagar impuesto considerando la tasa promedio de los años en que tuviste la
    propiedad, con un máximo de 10 años.

 Requisitos INR hasta el límite de 8.000 U.F.
    No relacionados.

    Enajenación debe ser realizada transcurridos los plazos:
      -Superior a 4 años en subdivisión de terrenos urbanos o rurales, contado desde la
      fecha de adquisición;
      -Superior a 4 años en la venta de edificios por pisos o departamentos, contado desde
      su construcción
      -Superior a 1 año en los demás casos, contado desde la fecha de adquisición.
                                                                                                  18
Reforma Tributaria

  Tributación en la Enajenación de Bienes Raíces

   Costo Tributario / Norma Transitoria:

      Valor de Adquisición              Avalúo Fiscal            Valor de Mercado

Más    los    desembolsos    o   Vigente al 01 de enero de      Según    procedimiento
inversiones    incurridos   en   2017, reajustado en la forma   establecido         en
mejoras, todos debidamente       que establece la Ley.          Resoluciones    Exentas
reajustados.                                                    SII N° 29, de 2014 y
                                                                127, de 2014.

             Adquiridos a partir del 01.01.2004 y hasta el 28.09.2014
                                                                                     19
Reforma Tributaria

Tributación en la Enajenación de Bienes Raíces

Costo Tributario / Norma Permanente :

                          Valor de Adquisición

                        Más   los     desembolsos   o
                        inversiones    incurridos   en
                        mejoras, todos debidamente
                        reajustados.

         Adquiridos a partir del 29.09.2014 en adelante

                                                          20
Reforma Tributaria

Rebaja de tasas del IUSC e IGC, e incorporación del Artículo 52 Bis
Tabla de Impuesto Global Complementario Artículo 52 LIR
           RENTA IMPONIBLE ANUAL             FACTOR    CANTIDAD A REBAJAR

         DESDE                 HASTA

        DE $ 0,00           $ 7.609.464,00   EXENTO           $ 0,00

      7.609.464,01          16.909.920,00     0,04         304.378,56

      16.909.920,01         28.183.200,00     0,08         980.775,36

      28.183.200,01         39.456.480,00     0,135        2.530.851,36

      39.456.480,01         50.729.760,00     0,23         6.279.216,96

      50.729.760,01         67.639.680,00     0,304       10.033.219,20

      67.639.680,01              Y Más        0,35        13.144.644,48

Tabla de Impuesto Global Complementario Artículo 52 Bis LIR (Autoridades)
         RENTA IMPONIBLE ANUAL
                                              FACTOR     CANTIDAD A REBAJAR
       DESDE                HASTA

      DE $ 0,00          $ 7.609.464,00       EXENTO             $ 0,00

     7.609.464,01        16.909.920,00          0,04           304.378,56

     16.909.920,01       28.183.200,00          0,08           980.775,36

     28.183.200,01       39.456.480,00         0,135          2.530.851,36

     39.456.480,01       50.729.760,00          0,23          6.279.216,96

     50.729.760,01       67.639.680,00         0,304         10.033.219,20

     67.639.680,01       84.549.600,00          0,35         13.144.644,48

     84.549.600,01          Y Más               0,4          17.372.124,48
                                                                              21
Cotizaciones Previsionales

                             22
Cotizaciones Previsionales

Cotizaciones Previsionales

Quienes deben cotizar:

-   Los contribuyentes que tengan honorarios mayores a $337.500 ($270.000/0,8).
-   Tope Máximo Imponible Anual: $24.343.430 (75,7 UF *12).

Cotizaciones de AFP

-   10% Cotización obligatoria
-   1,41% Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
-   Comisión AFP

También se imputarán las retenciones a las deudas previsionales informadas por las AFP.

Renuncia a Cotizar

-   Vigente sólo hasta este año (Operación Renta 2018 / Rentas del Año Comercial 2017)

A partir del año 2018 (Operación Renta 2019), además de cotizaciones previsionales para pensiones,
se deberá cotizar para salud y accidentes y enfermedades profesionales.

                                                                                          23
Navegación Operación Renta

 Ingreso a la Declaración

 Propuesta de Declaración

 Llenado Parcial

 Formulario en Pantalla

 Software y Pantallas Comunes de Navegación

 App e-Renta

                                              24
Ingreso Declaración

                      25
Ingreso Declaración

Declarar Renta

                            26
Ingreso Declaración

                      27
Ingreso Declaración

                      28
Ingreso Declaración

Notificación Correo Electrónico

                                  29
Cálculo Previsional

                      30
Cálculo Previsional

Renuncia a Cotizar

                            31
Cálculo Previsional

                      32
Cálculo Previsional

                      33
Propuesta de Declaración

                           34
Propuesta de Declaración

Personas Naturales:

La Propuesta de Declaración de Impuesto a la Renta es una herramienta que el Servicio de
Impuestos Internos pone a disposición de las personas naturales que obtuvieron ingresos
afectos a Impuesto Único de Segunda Categoría e Impuesto Global Complementario en el
año a declarar, tales como:

   Sueldos
   Honorarios
   Retiros
   Dividendos

Es confeccionada con los antecedentes aportados por los Agentes Retenedores e Informantes
a través de las respectivas Declaraciones Juradas de Renta.

Es importante señalar que en algunos casos se le solicitará completar uno a más asistentes
de cálculo.

Empresarios Individuales y 14 Ter:

Este año, por primera vez, incluirá a los contribuyentes del régimen 14 Ter y empresarios
individuales, quienes una vez que verifiquen la información propia y de terceros que sirvió de
base para la confección de su declaración, podrán aceptarla en línea y cumplir de esta
manera con el trámite.

                                                                                                 35
Propuesta de Declaración

Esta página que se despliega
sólo si el contribuyente:

1. Requiere asistentes     para
   determinar la propuesta
   y/o

2. Es menor de edad con rentas
  y/o

3. Es padre de un menor de
   edad con rentas.

                                   36
Propuesta de Declaración

Información de Agentes Retenedores

                                     37
Propuesta de Declaración

                           38
Propuesta de Declaración

                           39
Sin Propuesta

Página     que    se
despliega a:

1. Contribuyentes
   que no cuentan
   con información
   para el cálculo de
   ningún código del
   F22.

2. Sólo       obtuvo
   sueldo y el IUSC
   Anual
   determinado    es
   mayor a la IUSC
   Mensual.

                        40
Llenado Parcial

                  41
Llenado Parcial

Página que      se
despliega si:

1. No es posible
   determinar en
   forma certera su
   declaración.

2. No completó el
   o los asistentes
   de cálculo.

                         42
Persona Jurídica

                   43
Formulario en Pantalla

                         44
Formulario en Pantalla

                         45
Formulario en Pantalla

                         46
Formulario en Pantalla

                         47
Software y Pantallas Comunes de Navegación

                                             48
Declaración a través de Software Comercial

                                             49
Pantallas Comunes de Navegación

Envío de Nueva Declaración

                                      Ingreso   nuevo.      No
                                      considera    información
                                      guardada o los intentos.

                                                             50
Pantallas Comunes de Navegación

Recuperar Declaración Guardada

                                      La navegación conduce al
                                      formulario en pantalla con
                                      los datos guardados

                                                            51
Pantallas Comunes de Navegación

Problemas de Envío

                                      La navegación conduce al
                                      formulario en pantalla con
                                      los datos con los que
                                      intento declarar.

                                                             52
Pantallas Comunes de Navegación

Declaración NO Reemplazable

                              Plazo Vencido para Reemplazar

                                                              38
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              54
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¿En qué Consiste?
• e-Renta es una aplicación móvil que permite:

    •   Aceptar o renunciar a cotizar.

    •   Ver y enviar tu propuesta de Declaración de Renta.

    •   Ingresar datos para recibir tu devolución vía transferencia
        electrónica.

    •   Pagar los impuestos determinados.

    •   Consultar estado de Declaraciones de Renta.

                                                                      41
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Despliegue

                 56
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Despliegue: Cálculo Previsional
Lo primero que ve:                                Resultado de cotizar o no cotizar e
                                                  Inscripción para ser notificado por
                                                  Correo Electrónico

                        Su devolución cambia
                        conforme renuncia o
                        no a cotizar (de
                        inmediato, se modifica
                        la devolución en
                        tiempo real)

                        Puede renunciar a
                        través de la aplicación
                        (la anulación se hace a
                        través del sitio).

                       No puede activar el
                       botón continuar hasta
                       que ingrese correo o
                       no acepte notificarse
                       por correo electrónico

                                                                                57
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Ingresa correo electrónico                       O no…

                             Contribuyente
                             puede aceptar
                             enrolarse e
                             ingresar correo
                             electrónico, o no
                             hacerlo.

                                                         58
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Datos bancarios automáticos                      El servicio recibe la declaración

                              Datos bancarios
                              se levantan
                              automáticamente.

                              Declaración
                              recibida…

                                                                            59
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Visualiza propuesta

                        Indica si se
                        reemplazara la
                        declaración

                                         60
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 Lo primero que ve:                        Puede consultar Estado en el menú

                        No puede ver su
                        propuesta ni
                        declararla.

                        Pero si puede
                        consultar estado
                        de declaraciones
                        de Renta.

                                                                     63
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Selecciona Año                              Puede consultar Estado en el menú

                        Selecciona año de
                        declaración

                        y consulta su
                        estado…

                                                                      64
Cambios en el Formulario 22

                              65
Cambios F22

BASE IMPONIBLE IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IMPUESTO ADICIONAL

                                                           CRÉDITO POR IMPUESTO DE PRIMERA
                                                                      CATEGORÍA
           TIPOS DE RENTAS Y REBAJAS                                                            RENTAS Y REBAJAS
                                                          CON OBLIGACIÓN DE   SIN OBLIGACIÓN
                                                             RESTITUCIÓN      DE RESTITUCIÓN

  Retiros o remesas afectos al IGC ó IA, según Arts. 14
1 letra A) ó 14 letra B).                                 1024                1025             104                 +

  Dividendos afectos al IGC ó IA, según Arts.14 letra
2 A) ó 14 letra B).                                       1026                1027             105                 +

  Gastos rechazados pagados y/o otras partidas a que
3 se refiere el Inc.3° Art. 21.                                                                106                 +

  Rentas presuntas propias o de terceros, atribuidas
4 según Art. 14 letra C) N° 2 y Art.34.                                       603              108                 +

                                                                                                                   66
Cambios F22

BASE IMPONIBLE IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IMPUESTO ADICIONAL

  Rentas    atribuidas  propias y/o    de  terceros,
  provenientes de empresas que determinan su renta
5                                                           1028   1029   +
  efectiva con contabilidad completa, según Art. 14
  letra A).

  Otras rentas propias y/o de terceros provenientes de
  empresas que declaren su renta efectiva y no la
6                                                           954    955    +
  declaren según contabilidad completa, atribuidas
  según Art. 14 letra C) N° 1.

  Rentas   atribuidas propias    y/o   de    terceros,
7 provenientes de empresas sujetas al Art. 14 ter letra     958    959    +
  A)

    Rentas percibidas de los Arts. 42 Nº 2 (Honorarios) y
8                                                                  110    +
    48 (Rem. Directores S.A.), según Recuadro N°1.

                                                                              67
Cambios F22

BASE IMPONIBLE IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IMPUESTO ADICIONAL

  Rentas de capitales mobiliarios (Art. 20 N°2), mayor
  valor en rescate de cuotas Fondos Mutuos y
9                                                                                    605    155    +
  enajenación de acciones y derechos sociales (Art. 17
  N° 8) y Retiros de ELD (Arts. 42 ter y quáter).
     Rentas exentas del Impuesto Global Complementario
10                                                     1105                          606    152    +
     (Art. 54 N°3).

11 Otras Rentas de fuente chilena afectas al IGC ó IA (según instrucciones).         1031   1032   +

12 Otras Rentas de fuente extranjera afectas al IGC ó IA (según instrucciones).      1103   1104   +

   Sueldos, pensiones y otras
                                                         Sueldos de fuente
13 rentas similares, según Art. 42 1098                                              1030   161    +
                                                         extranjera
   N° 1.
                                                         Incremento por
   Incremento por impuesto de
                                                         impuestos pagados o
14 Primera Categoría, según Arts. 159                                                748    749    +
                                                         retenidos en el exterior,
   54 N° 1 y 62.
                                                         según Arts. 41A y 41 C

                                                                                                       68
Cambios F22

BASE IMPONIBLE IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IMPUESTO ADICIONAL
   Impuesto Territorial pagado en                         Donaciones, según Art.
15 el año 2017, según Art.55      166                     7° Ley N° 16.282 y D.L.   907   764   -
   letra a).                                              N°45/73.
     Pérdida en operaciones de capitales mobiliarios y ganancias de capital según
16                                                                                        169   -
     líneas 2, 9, 10 y 11 (Arts. 54 N° 1 y 62).

17 SUB TOTAL (Si declara Impuesto Adicional trasladar a línea 62 o 63).                   158   =

     Cotizaciones previsionales correspondientes al empresario o socio (Art. 55
18                                                                                        111   -
     letra b).
                                                              Dividendos
                                                              Hipotecarios
   Intereses pagados por créditos                             pagados          por
19 con    garantía    hipotecaria, 750                        Viviendas     Nuevas 740    751   -
   según Art. 55 bis.                                         acogidas    al   DFL
                                                              Nº2/59, según Ley
                                                              N°19.622.
   20% Cuotas Fdos. Inversión
                                                              Ahorro     Previsional
   adquiridas antes del 04.06.93,
20                                822                         Voluntario      según 765   766   -
   según Art. 6 Tr. Ley N°
                                                              inciso 1° Art.42 bis.
   19.247.
     BASE IMPONIBLE ANUAL DE IUSC o IGC (Registre sólo si diferencia es
21                                                                                        170   =
     positiva).

                                                                                                69
Cambios F22

IMPUESTOS DETERMNINADOS

22 Impuesto Global Complementario o IUSC según tabla (Art 47 ó Art. 52 ó 52 bis).                       157    +

23 Impuesto Global Complementario sobre intereses y otros rendimientos (Art. 54 bis)                    1017   +

     Reliquidación Impuesto Global Complementario por ganancias de capital según Art. 17 N° 8
24                                                                                                      1033   +
     letras a) literal iv), b), c) y d).

     Reliquidación IGC por término de giro empresas Régimen Art. 14 letra A) ó 14 ter letra A),
25                                                                                                      1034   +
     según N° 3 Art. 38 bis.

     Débito Fiscal por Ahorro Neto Negativo según Recuadro N° 6, según Numeral VI) Art. 3°
26                                                                                                      201    +
     Transitorio Ley N° 20.780. (Ex. Art. 57 bis)

     Débito Fiscal por restitución crédito por Impuesto de Primera Categoría, según inciso final Art.
27                                                                                                      1035   +
     56.

     Tasa Adicional de 10% de Impuesto Global Complementario, sobre cantidades declaradas en
28                                                                                                      910    +
     línea 3 (Inc. 3°, Art. 21).

                                                                                                                   70
Cambios F22

CRÉDITO IMPUTABLE A IMPUESTOS DETERMINADOS

29 Crédito al IGC, según artículo 52 bis.                                                                           1036   -

     Crédito por asignaciones por causa de muerte Ley N° 16.271, según inciso 6° de la letra b) del N° 8 del Art.
30                                                                                                                  1101   -
     17

31 Crédito al IGC por Fomento Forestal, según D.L. N°701.                                                           135    -

32 Crédito proporcional al IGC por rentas exentas declaradas en línea 10, según Art. 56 N°2.                        136    -

33 Crédito al IGC por Impuesto Tasa Adicional, según ex. Art. 21.                                                   176    -

34 Crédito al IGC por donaciones para fines deportivos, según Art.62 y Sgtes. Ley N°19.712.                         752    -

     Crédito al IGC por Impuesto de Primera Categoría sin derecho a devolución, según Arts. 20 N°
35                                                                                                                  608    -
     1 letra a), 41 A letra E N°7 y 56 N°3.

36 Crédito al IGC o IUSC por Gasto en Educación, según Art.55 ter.                                                  895    -

37 Crédito al IGC o IUSC por donaciones para fines sociales, según Art. 1° bis Ley N° 19.885.                       867    -

     Crédito al IGC por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales, según Art.69 Ley
38                                                                                                                  609    -
     N°18.681.

     Crédito al IUSC por impuestos pagados o retenidos en el exterior, según Art. 41A Letra D y
39                                                                                                                  1018   -
     Art. 41 C N°3.

                                                                                                                               71
Cambios F22

CRÉDITO IMPUTABLE A IMPUESTOS DETERMINADOS

40 Crédito al IGC o IUSC por Impuesto Único de Segunda Categoría, según Art. 56 N° 2.                162   -

    Crédito al IGC o IUSC por Ahorro Neto Positivo según Recuadro N° 6, según Numeral VI) Art.
41 3° Transitorio Ley N° 20.780. (Ex. Art. 57 bis)                                                   174   -

    Crédito al IGC o IUSC por Impuesto de Primera Categoría con derecho a devolución, según
42 Art. 56 N° 3.                                                                                     610   -

    Crédito al IGC por impuestos pagados o retenidos en el exterior, según Arts. 41 A letras A y D
43 y 41 C.                                                                                           746   -

    Crédito al IGC por donaciones al Fondo Nacional de Reconstrucción, según Art. 5 y 9 Ley N°
44 20.444.                                                                                           866   -

45 Crédito al IGC o IUSC por donaciones para fines culturales, según Art.8 Ley N°18.985.             607   -

    IMPUESTO       GLOBAL   COMPLEMENTARIO           O   IUSC,   DÉBITO    FISCAL    Y/O    TASA
46 ADICIONAL DETERMINADO.                                                                            304   =

                                                                                                               72
Cambios F22

IMPUESTOS DETERMINADOS SOBRE RENTAS DE CAPITAL Y OTROS

                                                                 BASE             REBAJAS AL
47                    IMPUESTOS                                                                31     +
                                                               IMPONIBLE           IMPUESTO
   Impuesto Primera Categoría sobre rentas efectivas
48                                                       18                19                  20     +
   determinadas según contabilidad completa.
   Impuesto de Primera Categoría sobre rentas
49                                                      1037               1038                1039   +
   efectivas determinadas sin contabilidad completa.
   Impuesto de Primera Categoría contribuyentes
50                                                       963               964                 965    +
   acogidos al régimen de la letra A) del Art. 14 Ter.
   Pago Voluntario a título de Impuesto de Primera
51 Categoría, según Art. 14 letra A) N° 5 y letra B) N° 1040                                   1041   +
   3.
   Diferencia de créditos por Impuesto de Primera
52 Categoría otorgados en forma indebida o en exceso,                                          1042   +
   según Art. 14 letra F) N° 2.
   Impuesto Específico a la Actividad Minera, según Art.
53                                                       824                                   825    +
   64 bis.

                                                                                                      73
Cambios F22

 IMPUESTOS DETERMINADOS SOBRE RENTAS DE CAPITAL Y OTROS

     Impuesto Primera Categoría sobre rentas presuntas,
54                                                      187    188    189    +
     según Art.34
     Impuesto Único de 10% por enajenación de bienes
55                                                   1043      1102   1044   +
     raíces, según letra b) N° 8 del Art. 17.
     Impuesto de 40% Empresas del Estado según Art.2º
56                                                      77     74     79     +
     D.L. N° 2398/78.
   Impuesto Único de 40% sobre gastos rechazados y
57 otras partidas a que se refiere el inciso 1° del Art. 113   1007   114    +
   21.
   Impuesto Único de 40% del Inciso 1° Art.21 sobre
   retiros o dividendos y rentas atribuidas por
58 incumplimiento por composición societaria, según 1045       1046   1047   +
   (Art. 14 letra D N° 1 letra c) y 14 Ter letra A) N° 6
   letra b).
     Impuesto Único Activos Subyacentes según N°3 Art.
59                                                     908            909    +
     58.
60 Impuesto Único 10% según Art. 82 Ley N° 20.712.      951           952    +
   Impuesto Único por Exceso de Endeudamiento,
61                                             753             754    755    +
   según Art. 41F.
62 Impuesto Adicional según ex - D.L. N° 600/74.        133    138    134    +
   Impuesto Adicional Ley de la Renta, según Arts. 58
63                                                      32     76     34     +
   N° 1 y 2 y 60 inciso 1°.

                                                                             74
Cambios F22

 IMPUESTOS DETERMINADOS Y OTROS
   Diferencia de Impuesto Adicional
   por crédito indebido por Impuesto          Tasa Adicional de 10% Impuesto
   de Primera Categoría en el caso            Adicional,   sobre     cantidades
64                                   911                                              913    914    +
   de empresas acogidas al régimen            declaradas en línea 3, según Inc.
   de la letra B) del Art. 14, según          3°, Art. 21.
   Inc. 4° N°4 Art. 74.
   Retención de Impuesto sobre
                                              Retención de Impuesto sobre
   gastos    rechazados  y    otras
65                                  923       activos subyacentes (Tasa 20% y/o       924    925    +
   partidas (Tasa 45%) según inciso
                                              35%) según inciso 12 N° 4 Art. 74.
   11 N° 4 Art. 74.
   Retención de Impuesto Adicional            Retención Impuesto Adicional sobre
   sobre remesas al exterior por              rentas atribuidas por empresas
66 empresas acogidas al régimen del 1048      acogidas al régimen del artículo 14     1049   1050   +
   artículo 14 letra A), según inciso         letra A), según inciso 6° N° 4 Art.
   2° N° 4 Art. 74.                           74.
   Retención del Impuesto Adicional
   sobre    rentas    atribuidas   por
                                              Débito Fiscal por restitución crédito
   empresas acogidas al régimen del
67                                     1051   por Impuesto de Primera Categoría,      1052   1053   +
   artículo 14 letra C) N° 1 y/o 2 ó
                                              según inciso 3° Art. 63.
   14 ter letra A), según inciso 6° N°
   4 Art. 74.
     Impuesto       Único   Talleres          Impuesto       Único     Pescadores
68                                     21                                             43     756    +
     Artesanales.                             Artesanales.
   Impuesto Único por Retiros de              Restitución Crédito por Gastos de
69 Ahorro   Previsional    Voluntario 767     Capacitación Excesivo (Art. 6°, Ley     862    863    +
   (según N° 3 inciso 1° Art. 42 bis).        N° 20.326).

                                                                                                    75
Cambios F22

IMPUESTOS DE CRÉDITOS Y OTROS
   Reliquidación IGC por término de giro empresa
70 acogida al Régimen artículo 14 letra B), según N° 3 51                         63     71    -
   Art. 38 bis.

                                                            Crédito Fiscal AFP,
     Pagos Provisionales, según
71                                36                        según Art. 23 D.L.    848    849   -
     Art. 84.
                                                            N° 3.500.

72 Crédito por Gastos de Capacitación.                                                   82    -

                                                            Crédito         por
   Crédito Empresas                                         Reintegro    Peajes,
73                                83                                             173     612   -
   Constructoras.                                           según Art.1° Ley N°
                                                            19.764.

                                                            Mayor Retención por
   Retenciones por rentas
                                                            sueldos y pensiones
74 declaradas en línea 8          198                                           54       611   -
                                                            declaradas en línea
   (Recuadro N°1).
                                                            13 Código 1098.

                                                            Retenciones        por
   Retenciones por rentas
                                                            rentas declaradas en
75 declaradas en líneas 9 y/o     832                                              833   834   -
                                                            líneas 1, 3, 4, 5, 6,
   69 Código 767.
                                                            7, 9, 11, 59 y 60.

                                                                                               76
Cambios F22

 IMPUESTOS DE CRÉDITOS Y OTROS, LIQUIDACIÓN
   PPUA      sin    derecho     a
                                                            PPUA con derecho a
   devolución, según Art. 31 N°3
76                                912                       devolución,   según 167                  747   -
   (Arts. 20 N° 1 letra a) y 41 A
                                                            Art. 31 N° 3.
   letra E N°7).
   Remanente de crédito por
   Reliquidación del Impuesto                               Remanente         de
   Único de Segunda Categoría                               crédito por Impuesto
77 y/o por Ahorro Neto Positivo, 119                        de Primera Categoría 116                 757   -
   proveniente de líneas 40 y/o                             proveniente de línea
   41.                                                      42.

   Créditos puestos a disposición                           Crédito por Sistemas
   de los socios por la sociedad,                           Solares    Térmicos,
78                                58                                             870                 871   -
   con tope del total o saldo del                           según     Ley     N°
   impuesto adeudado.                                       20.365.

   Pago Provisional Exportadores,                           Retenciones    sobre
79 según ex-Art. 13 Ley N° 181                              intereses según Art. 881                 882   -
   18.768.                                                  74 N° 7.

80 Cargo por Cotizaciones Previsionales según Arts.89 y Sgtes. D.L. N° 3.500.                        900   +

     RESULTADO LIQUIDACIÓN ANUAL IMPUESTO RENTA               (Si el resultado es negativo o cero,
81                                                                                                   305   =
     deberá declarar por Internet).

                                                                                                               77
Cambios F22

SISTEMA DE TRIBUTACIÓN

                               Régimen sin contabilidad completa (Art. 14 letra C) N°
      Sistema de Tributación

                                                                                        1054
                                                       1 LIR
                                 agrícola simplificada
                                    según D.S. N°

                                                         Opción al régimen              805
                                     contabilidad

                                      344/2004
                                        Sistema

                                                         Retiro del régimen             813

                                                                                               78
Cambios F22

RECUADRO N° 1 HONORARIOS
                         Rentas de 2ª Categoría                            Renta Actualizada Impto. Retenido Actualizado

 Honorarios Anuales Con Retención                                          461                        492                         +
 Honorarios Anuales Sin Retención                                          545                                                    +

 Incremento por impuestos pagados o retenidos en el exterior.              856                                                    +

 Total Ingresos Brutos                                                     547                                                    =
 Participación en Soc. de Profes. de 2ª Categ.                             617                                                    +

 Monto Ahorro Previsional Voluntario, según inciso 1° Art. 42 bis          770                                                    -

 Gastos por donaciones para fines sociales, según Art. 1° bis Ley N°
                                                                           872                                                    -
 19.885
 Gastos Efectivos (sólo del Total Ingresos Brutos)                         465                                                    -

 Gastos Presuntos: 30% sobre el código 547, con tope 15 UTA                494                                                    -

 Rebaja por presunción de asignación de zona D.L. N° 889                   850                                                    -
 Total Honorarios                                                          467                                                    =
 Total Remuneraciones Directores S.A.                                      479                        491                         +

                    Total Rentas y Retenciones                             618                        619                         =
       Participaciones en ingresos brutos Soc. de Profes. de 2ª Categ.           (Trasladar a línea 8 sólo (Trasladar línea 74 código
             896                                                       -           Personas naturales)                198)

                                                                                                                                      79
Cambios F22

RECUADRO N° 2: DETERMINACIÓN MAYOR O MENOR VALOR OBTENIDO POR LAS ENAJENACIONES
DE BIENES RAÍCES SITUADOS EN CHILE EFECTUADAS POR PERSONAS NATURALES QUE NO
DETERMINEN EL IDPC SOBRE LA RENTA EFECTIVA

 Precios de enajenaciones del conjunto de los bienes raíces situados en Chile   1055   +

 Menos: Precios de adquisición de los bienes raíces reajustados                 1056   -

 Menos: Mejoras que hayan aumentado el valor de los bienes raíces reajustadas   1057   -

 Mayor o menor valor determinado sobre renta devengada                          1058   =
 Menos: Ingreso No Renta equivalente a 8.000 UF                                 1060   -
 Mayor valor afecto a impuesto, o                                               1061   =
 Saldo de Ingreso No Renta a utilizar en los ejercicios siguientes              1062   =
 Renta percibida, o                                                             1099
 Saldo renta devengada a declarar en los ejercicios siguientes                  1100
 Opción Régimen de Tributación
 Mayor valor percibido afecto al IGC o IA a trasladar a Línea 11                1063

 Mayor valor devengado afecto a IGC a Reliquidar según instrucciones Línea 24   1064

 Mayor valor percibido afecto al Impuesto Único y Sustitutivo con tasa 10% a
                                                                                1065
 trasladar a Línea 55

                                                                                           80
Cambios F22

RECUADRO Nº 3: DATOS CONTABLES BALANCE OCHO COLUMNAS

 Saldo de Caja (sólo dinero en efectivo y documentos al día según arqueo)   101

 Saldo cuenta corriente bancaria según conciliación                         784

 Existencia Final                                                           129

 Activo Inmovilizado                                                        647

 Bienes Adquiridos Contrato Leasing                                         648

 Total del Activo                                                           122

 Total del Pasivo                                                           123

 Total Capital pagado o enterado                                            844

                                                                                  81
Cambios F22

RECUADRO N° 4: DATOS INFORMATIVOS
 Préstamos efectuados a propietarios, socios o accionistas en el ejercicio         783
 Cantidades adeudadas a relacionados en el exterior, o pagadas cuyo
                                                                                   978
 Impuesto Adicional no ha sido enterado (Arts. 31 inciso 3 y 59 LIR)

 Monto Inversión Ley Arica                                                         815

 Monto inversión Ley Austral                                                       741
 Total Pasivos Contraídos en Chile                                                 1020
 Capital Efectivo                                                                  102
 Capital Propio Tributario Positivo                                                645
 Capital Propio Tributario Negativo                                                646
 Monto del capital directa o indirectamente financiado por partes relacionadas     1021
 Patrimonio Financiero                                                             843
 Activo Gasto Diferido Goodwill Tributario                                         1003
 Activo Intangible Goodwill Tributario (Ley N° 20.780)                             1004
 Utilidades Financieras Capitalizadas y Sobreprecio en Colocación de Acciones      1005

 Renta Neta de Fuente Extranjera (artículo 41 A letra E N° 6)                      974

 Gastos adeudados o pagados por cuotas de bienes en leasing                        975

 Total de cantidades adeudadas, pagadas o abonadas a relacionados en el exterior
                                                                                   976
 (Arts. 31 Inciso 3° y 59 LIR)

 Beneficio antes de Gastos Financieros (EBITDA)                                    1019
 Remanente FUR para el ejercicio siguiente                                         982

                                                                                          82
Cambios F22

RECUADRO N° 5: DEPRECIACIÓN

  Cantidad de Bienes del Activo Inmovilizado                                        940

  Depreciación tributaria acelerada en un 1/3 del ejercicio (Art. 31 N° 5)          938

                                                                                           +

  Depreciación acelerada en 1 año del ejercicio (Art. 31 N° 5 bis)                  942
                                                                                           +

  Depreciación acelerada en 1/10 del ejercicio (Art. 31 N° 5 bis)                   949
                                                                                           +

  Total depreciación normal de los bienes con depreciación acelerada informada en
                                                                                    950
  los códigos 938, 942 y/o 949
                                                                                           -

  Diferencia entre depreciación acelerada y normal del ejercicio                    1066
                                                                                           =

                                                                                               83
Cambios F22

RECUADRO N° 6: DATOS SOBRE INSTRUMENTOS DE AHORRO ACOGIDOS AL ART. 57 BIS (NUMERAL
VI) ART. 3° TR. LEY N° 20.780)

  Total A.N.P. Del Ejercicio                           701                      +

  A.N.P. utilizado en el Ejercicio                     702                      -

  Remanente A.N.P. Ejercicio Siguiente                 703                      =

  Total A.N.N. del Ejercicio                           704                      +

  Cuota Exenta 10 UTA                                  930                      -

  Base para Débito Fiscal del Ejercicio línea 26       705                      =

                                                                                    84
Cambios F22

RECUADRO N° 7: ENAJENACIÓN DE ACCIONES, DERECHOS SOCIALES; CUOTAS FFMM Y/O DE INVERSIÓN
CONTRIBUYENTES AFECTOS AL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO O IMPUESTO ADICIONAL

                                                                                                                    Costo de Venta
                                                                                               Monto Total Venta                         Mayor Valor
                                   Régimen Tributario de la LIR N° Acciones Vendidas                                     Total
                                                                                                 Actualizado                             Determinado
         ENAJENACIÓN DE ACCIONES

                                                                                                                     Actualizado
                                   Opción por IGC o IA sobre rentas
                                                                      1067                   1068                   1069                1070
                                   percibidas según Línea 9

                                   Opción por IGC a Reliquidar sobre
                                                                     1071                    1072                   1073                1074
                                   renta devengada según Línea 24

                                   Régimen Art. 107 LIR               798                    801
                                                                      N° de Operaciones de
    ENAJENACIÓN DE DERECHOS

                                                                                                Monto Total Venta    Costo de Venta      Mayor Valor
                                     Régimen Tributario de la LIR       Derechos Sociales
                                                                                                  Actualizado       Total Actualizado    Determinado
                                                                            Vendidos
           SOCIALES

                                   Opción por IGC o IA sobre rentas
                                                                      1076                   1077                   1078                1079
                                   percibidas según Línea 9

                                   Opción por IGC a Reliquidar sobre
                                                                     1080                    1081                   1082                1083
                                   renta devengada según Línea 24
                                                                      N° Cuota de Fondos
 RESCATE DE CUOTAS DE

 FONDOS DE INVERSIÓN

                                                                                                Monto Total Venta    Costo de Venta      Mayor Valor
 FONDOS MUTUOS Y/O

                                     Régimen Tributario de la LIR     Mutuos y/o Fondo de
                                                                                                  Actualizado       Total Actualizado    Determinado
                                                                       Inversión Vendidas
                                   IGC sobre rentas percibidas según
                                                                     1084                    1085                   1086                1087
                                   Línea 9
                                   Régimen Art. 107 LIR               1088                   1089

                                                                                                                                                 85
Cambios F22

RECUADRO N° 8: CRÉDITOS IMPUTABLES AL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA Y OTRAS REBAJAS
ESPECIALES

                                               Crédito por donaciones al FNR según Art. 4°, Ley N°20.444                                   898
IMPUTACIÓN EN LOS EJERCICIOS SIGUIENTES NI A

                                               Crédito por donaciones para fines culturales                                                373
 CRÉDITOS CUYOS REMANTES NO DAN DERECHO A

                                               Crédito por IDPC por retiros y dividendos afectos a los IGC ó IA percibidos por empresas
                                               acogidas al Régimen del artículo 14 letra A) de empresas acogidas al Régimen del artículo   1092
                                               14 letra A)
                                               Crédito por IDPC por retiros y dividendos afectos a los IGC ó IA percibidos por empresas
                                               acogidas al Régimen del artículo 14 letra A), de empresas acogidas al Régimen del           1093
                                               artículo 14 letra B), sin obligación de restitución
                                               Crédito por IDPC equivalente al 65% por retiros y dividendos afectos a los IGC ó IA
                DEVOLUCIÓN

                                               percibidos por empresas acogidas al Régimen del artículo 14 letra A), de empresas           1094
                                               acogidas al Régimen del artículo 14 letra B)
                                               Crédito por IDPC por pago voluntario por retiros y dividendos afectos a los IGC ó IA
                                               percibidos por empresas acogidas al Régimen del artículo 14 letra A), de empresas           1095
                                               acogidas al Régimen del artículo 14 letras A) ó B)
                                               Crédito por contribuciones de bienes raíces                                                 365
                                               Crédito por donaciones para fines educacionales                                             382
                                               Crédito por donaciones para fines deportivos                                                761
                                               Crédito por donaciones para fines sociales                                                  773
                                               Crédito por bienes físicos del activo inmovilizado del ejercicio                            366
                                               Crédito por rentas de zonas francas                                                         392
                                               Otras rebajas especiales                                                                    984

                                                                                                                                                  86
Cambios F22

RECUADRO N° 8: CRÉDITOS IMPUTABLES AL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA Y OTRAS
REBAJAS ESPECIALES

                                             Remanente de Crédito por bienes físicos del activo inmovilizado proveniente de
              CRÉDITO CUYOS REMANENTES DAN

                                                                                                                              839
REMANENTES DA SOLO DERECHO A IMPUTACIÓN EN

                                             inversiones A.T. 1999 - 2002
                LOS EJERCICIOS SIGUIENTES

                                             Crédito por donaciones a Univer. e Inst. Profesionales                           384

                                             Crédito por IDPC por retiros o dividendos percibidos e ingreso diferido de
                                                                                                                              1022
                                             empresas acogidas al régimen de la letra A) del Art. 14 ter

                                             Crédito por inversiones Ley Arica                                                390

                                             Crédito por inversiones Ley Austral                                              742

                                             Crédito por impuestos extranjeros, según Arts. 41 A letra A y 41 C               841
                                             Crédito por impuestos extranjeros, según Arts. 41 A letra B y C y 41 C           387
                                             Crédito por inversión privada en actividades de Investigación y Desarrollo Ley
                                                                                                                              855
                                             N°20.241/2008

                                                                                                                              828    +
 DEVOLUCIÓN
  DERECHO A

                                             Crédito IEAM ejercicio
  CRÉDITOS
    CUYOS

                                                                                                                              830    -
                                             Crédito IEAM utilizado en el ejercicio

                                                                                                                              829    =
                                             Remanente crédito IEAM a devolver a través de Línea 71 Código 36

                                                                                                                                         87
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RECUADRO N° 9: OTROS CRÉDITOS Y GASTOS

 Saldo crédito Impuesto Tasa Adicional ex-Art. 21                         238

 Remanente gasto por donaciones culturales según Art. 8° Ley N°
                                                                999              +
 18.985/1990, ejercicio anterior

 Gasto por donaciones culturales según Art. 8° Ley N° 18.985/1990,
                                                                   998           -
 imputado en el ejercicio

 Remanente gasto por donaciones culturales según Art. 8, Ley N°
                                                                953              =
 18.985/1990, ejercicio siguiente

 Crédito por gastos de Capacitación Mensual con derecho a devolución (Art.
                                                                           859
 6, Ley N° 20.326/2009)

                                                                                     88
Cambios F22

RECUADRO N° 10: ROYALTY MINERO

Agregados a la RLI (o Pérdida Tributaria) de Primera Categoría según Art. 64 ter      884

Deducciones a la RLI (o Pérdida Tributaria) de Primera Categoría según Art. 64 ter    885

Ventas expresadas en toneladas métricas de cobre fino según Art. 64 bis               886

Ventas de relacionados expresadas en toneladas métricas de cobre fino según Art. 64
                                                                                      985
bis

Margen Operacional Minero según Art. 64 bis                                           887

                                                                                            89
Cambios F22

RECUADRO N° 11: DONACIONES
                                                          Gastos por donaciones para fines culturales                                    986
                                      Total Gastos

                                                          Gastos por donaciones para fines educacionales                                 987
     DONACIONES AFECTAS AL LGA

                                                          Gastos   por donaciones para fines deportivos                                  988
                                                          Gastos   por donaciones para fines sociales                                    792
                                                          Gastos   por donaciones a universidades e instituciones profesionales          989
                                                          Gastos   por otras donaciones según Art. N° 10, Ley N° 19.885                  772
                                                          Gastos   rechazados por donaciones para fines culturales                       990
                                      Gastos Rechazados

                                                          Gastos   rechazados por donaciones para fines educacionales                    991
                                                          Gastos   rechazados por donaciones para fines deportivos                       1001
                                                          Gastos rechazados por donaciones para fines sociales                           794

                                                          Gastos rechazados por donaciones a universidades e instituciones
                                                                                                                                         993
                                                          profesionales

                                                          Gastos rechazados por otras donaciones según Art. N° 10, Ley N° 19.885         811
                                  Rechazados Gastos

                                                          Gastos por donaciones al FNR según Ley N° 20.444/2010                          994
                                              Total
  Donaciones no
  Afectas al LGA

                                                          Gastos por donaciones según Art. 7° Ley N° 16.282/1965                         873
                                                          Gastos rechazados por donaciones al FNR según (Arts. 4° y 9° Ley N°
                                                                                                                                         876
                                                          20.444/2010)
                                    Gastos

                                                          Gastos rechazados por donaciones        según   Art.   7° Ley   N° 16.282/65   1002

                                                                                                                                                90
Cambios F22

RECUADRO N° 12: INGRESO DIFERIDO CONTRIBUYENTES ACOGIDOS A LETRA A) DEL ART. 14 TER
DE LA LIR, SEGÚN LO DISPUESTO POR EL NUMERAL III) DEL ARTÍCULO 3° TRANSITORIO DE LA LEY
N° 20.780
                       Detalle                               Rentas tributables
                                                               acumuladas                Incremento          Crédito

 Saldo de ingreso diferido del año anterior
 reajustado o saldo de rentas pendientes de           1008                        1009                1010
 tributación al 31.12.2016

 Ingreso Diferido a imputar en el ejercicio           1011                        1012                1013

 Saldo ingreso diferido a imputar en los ejercicios
                                                      1096                        1097                1106
 siguientes

                                                                                                                       91
GRACIAS

          92
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