VÍA RÁPIDA LEY SOBRE TRABAJO DECENTE JUVENIL Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO - OCTUBRE 2018 - PWC URUGUAY
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Vía Rápida – Ley sobre trabajo decente juvenil y promoción del empleo El pasado martes 23 de octubre de 2018 el Poder Legislativo sancionó la Ley por la cual se busca mejorar el trabajo decente juvenil y a su vez crea un régimen temporal de promoción del empleo. La norma se compone de dos capítulos, el primero establece disposiciones sobre el trabajo decente juvenil y el segundo refiere a la promoción del empleo mediante el programa temporal de subsidio al empleo. A continuación exponemos un resumen de los principales aspectos de la normativa recientemente aprobada. Antecedentes Conforme su exposición de motivos por medio de esta norma se ha 2. Flexibilización de plazos de contratación buscado hacer más atractivo el uso de Ley 19.133 (fomento del empleo juvenil) y por ende incentivar la contratación de jóvenes atendiendo En las modalidades primera experiencia laboral, práctica laboral para su formación educativa. egresados y trabajo protegido joven, el período de prueba se podrá fijar por un plazo de hasta treinta días corridos para las contrataciones de seis A su vez, se intenta contribuir a la generación de empleo dado que a once meses de duración y de hasta sesenta días corridos para las recientemente se ha constatado un enlentecimiento en la creación del contrataciones de doce a dieciocho meses de duración. mismo, con énfasis en trabajadores de más de 45 años de edad. 3. Estimulo para empresas Capitulo I - Trabajo decente juvenil Se aumenta el monto base de cálculo para los subsidios previstos para las 1. Condiciones empleadores modalidades primera experiencia laboral, práctica laboral para egresados y se establece un subsidio para la modalidad práctica formativa en No se obtendrán los beneficios de la Ley 19.133 si se contratan jóvenes empresas. que tengan parentesco con el titular o los titulares de las empresas, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de Para los empleadores que ofrezcan disminución en la carga horaria para afinidad. empleados jóvenes u otorguen licencia por estudio por hasta 8 días contarán con un subsidio del 80% de las horas en cuestión. Oct.-18 PwC 2
Vía Rápida – Ley sobre trabajo decente juvenil y promoción del empleo 4. Práctica formativa empresarial Los empleadores que contraten al amparo de lo previsto en la ley gozarán de un subsidio equivalente al 25% de las retribuciones Esta modalidad estará destinada a estudiantes de entre quince y mensuales del trabajador sujetas a montepío o del 40% en caso de veintinueve años de edad y será remunerada con el 75% del valor de la trabajadores mayores a cuarenta y cinco años de edad. categoría y actividad que corresponda con un monto mínimo de un Salario Mínimo Nacional (SMN), en proporción a las horas trabajadas. El monto máximo del subsidio será del 25% de 1,5 SMN y se otorgará por un plazo de dieciocho meses. El subsidio se aplicará únicamente La empresas que participen de esta modalidad deberán contar con un sobre nuevos empleos que tengan un sueldo máximo equivalente a 2,5 tutor que apoye el proceso formativo del o de la estudiante. SMN. Cabe destacar que las prácticas formativas no remuneradas pasan a ser Es importante destacar que el programa se aplicará desde la vigencia de excepcionales. la ley y funcionará hasta que se alcance el tope del financiamiento previsto para el mismo. 5. Programa de subsidios para empresas integradas por jóvenes El subsidio será implementado a través del Banco de Previsión Social (BPS) el cual deberá imputar un crédito a favor de la empresa por el 1. Se subsidiará el 50% de las contribuciones especiales de seguridad equivalente al monto correspondiente y con destino al pago de aportes y social correspondientes a los aportes patronales con tope máximo de 15 contribuciones a la seguridad social. BFC. 2. Requisitos de la empresa para la participación 2. Las empresas cuyos titulares o la mitad más uno de los mismos pertenezcan a mujeres jóvenes, jóvenes con vulnerabilidad socio a. Estar al día con sus pagos ante el BPS, DGI y MTSS. económica o joven con discapacidad, recibirán un subsidio adicional de 5 b. No haber efectuado despidos, ni enviado trabajadores al Seguro de BFC mensuales, por un plazo de dieciocho meses. Desempleo en los 90 días previos a la contratación del trabajador y en los 90 días posteriores. El despido por notoria mala conducta no Capítulo II - Promoción del empleo es incumplimiento de este requisito. c. No pueden participar las empresas registradas ante el BPS en 1. Programa Temporal de Subsidio al Empleo calidad de "Usuario de Servicios" ni las empresas suministradoras Se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio temporal al empleo de personal. para los empleadores privados que incorporen nuevos trabajadores a su d. La empresa no puede ser beneficiaria de otros incentivos tributarios, plantilla. o subsidios, vigentes al momento de promulgación de la ley. Oct.-18 PwC 3
Vía Rápida – Ley sobre trabajo decente juvenil y promoción del empleo 3. Tasa de aportación al Fondo de Reconversión Laboral A partir del 1º de enero de 2019, se establece para empleadores, trabajadores y Estado en un 0,10%, calculado sobre las asignaciones computables gravadas por contribuciones especiales de seguridad social. No obstante, el Poder Ejecutivo, previa consulta a las organizaciones profesionales más representativas de empleadores y trabajadores, podrá elevar dicha tasa hasta el 0,125% Vigencia La ley entrará en vigencia el 1º de enero de 2019. Queda pendiente su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo la cual deberá realizarse dentro del término de sesenta días a partir de su promulgación. Oct.-18 PwC 4
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