CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP - Octubre 2009

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(Este texto no ha sido publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, a solicitud del Ministerio de Justicia, ha sido enviado por la
 Oficina de Normalización Previsional, mediante Oficio Nº 188-2009-JEFATURA/ONP, de fecha 30 de diciembre de 2009.)

               CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA
                 OFICINA DE NORMALIZACIÓN
                     PREVISIONAL – ONP

                                                    Octubre 2009
CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA OFICINA DE
             NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP

1. ANTECEDENTES

Mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de
Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº
28532, reglamentada a través del Decreto Supremo No 118-2006-EF, y definida como
un Organismo Público del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la
administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº
19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regímenes previsionales a cargo del
Estado, que le sean encargados, conforme a ley.

En aplicación de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, con Decreto Supremo N° 034-2008-PCM se ha
calificado a la ONP como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Sector
Economía.

La ONP cuenta con personería jurídica de derecho público interno, con recursos y
patrimonio propios, con plena autonomía funcional, administrativa, técnica, económica
y financiera dentro de la Ley, constituyendo un pliego presupuestal, cuya misión es
construir un sistema previsional justo y sostenible, a través de mejoras normativas,
promoción de cultura previsional y excelencia en el servicio.

Con Decreto Supremo N° 027-2008-EF se aprueba el nuevo ROF de la ONP, en el
que se incluyen cambios en las funciones y en la estructura organizacional de la
Entidad y mediante la Resolución Suprema N° 087-2008-EF se aprueba el Cuadro
para Asignación de Personal de la ONP.

2. OBJETIVOS DE LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS

2.1. Objetivo general

Describir el ordenamiento de los cargos estructurales de la ONP, teniendo en cuenta el
grado de responsabilidad y complejidad que demanda su desempeño.

2.2. Objetivos específicos

 a. Adecuar el ordenamiento de los cargos asignados a la ONP a la clasificación
    establecida en el Ley Marco del Servicio Civil.
 b. Establecer dentro de cada grupo ocupacional los niveles que promuevan la
    progresión en el Servicio Civil en función a capacidad, méritos, rendimiento,
    aptitudes y compromiso con el servicio.
 c. Implementar el ordenamiento racional de los cargos, en el marco del
    cumplimiento del rol de la ONP.

3. RESULTADOS ESPERADOS

La implantación del proceso de clasificación de cargos en la ONP persigue los
siguientes resultados:
a. Facilitar la ejecución de los procesos de reclutamiento y selección de personal así
   como los de evaluación, desplazamiento, capacitación y ascenso de personal,
   proporcionando la información correspondiente sobre las funciones, requisitos y
   responsabilidades de los cargos.
b. Convertirse en un elemento importante para la posterior ubicación del personal
   dentro de los niveles del servicio civil.

4. BASE LEGAL

a. Ley Marco del Servicio Civil del 28 de enero de 2004.
b. Decreto Ley N° 25967, norma de creación de la Oficina de Normalización
   Previsional de diciembre de 1992 y su modificatoria la Ley N° 26323 del 02 de
   junio de 1994.
c. Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y
   aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la
   Administración Pública del 17 de junio de 2004.
d. Decreto Supremo N° 092-99-EF, Escala Remunerativa de la Oficina de
   Normalización Previsional del 04 de Junio de 1999.
e. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del 07 de
   diciembre de 2004.
f. Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009 del
   11 de diciembre del 2008.
g. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública del 13 de agosto de
   2002.
h. Ley N° 27588, norma que establece las prohibiciones e incompatibilidades de
   funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios
   al Estado bajo cualquier modalidad contractual del 13 diciembre de 2001.
i. Decreto Supremo N° 027-2008-EF, Reglamento de Organización y Funciones de la
   Oficina de Normalización Previsional.
j. Resolución Suprema N° 087-2008-EF, Cuadro para Asignación de Personal de la
   Oficina de Normalización Previsional.
k. Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
l. Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, norma que aprueba la Clasificación de
   organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 29158.
m. Decreto Legislativo N° 1023, norma que crea la Autoridad Nacional del Servicio
   Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
n. Decreto Legislativo N° 1025, norma que aprueba normas de capacitación y
   rendimiento para el Sector Público.
o. Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
   General de la República.

5. DEFINICIONES

Para la elaboración del presente documento, se consideran las siguientes definiciones:
a. Cargo
   Es el elemento básico de una organización. Se deriva de la clasificación prevista
   en el CAP de acuerdo con la naturaleza de las funciones y nivel de responsabilidad
   que ameritan el cumplimiento de requisitos y calificaciones para su cobertura.

b. Cuadro para asignación de personal (CAP)
   Documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados
   de la Entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF.

c. Grupo ocupacional
   Son las categorías que permiten organizar a los servidores en razón a su
   formación, capacitación o experiencia reconocida, que pueden ser razonablemente
   consideradas como equivalentes en cuanto a su nivel remunerativo, pero no así,
   en cuanto a la naturaleza de las funciones. Esta conformado por ejecutivos,
   especialistas y de apoyo.

d. Nivel
   Son los escalones que se establecen dentro de cada cargo para la progresión del
   servidor en el Servicio Civil. Se establecen de modo progresivo y ascendente en
   relación a las atribuciones y complejidad de las funciones.

e. Órganos
   Son las unidades de organización que conforman la estructura orgánica de la
   Entidad (Decreto Supremo N° 043-2006-PCM).

f.   Reglamento de Organización y funciones (ROF)
     Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la
     estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de
     su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las
     funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus
     relaciones y responsabilidades.

g. Unidad orgánica
   Es la unidad de organización que conforma los órganos contenidos en la estructura
   orgánica de la Entidad.

6. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS

Los criterios básicos considerados para la elaboración del Clasificador de cargos y que
deben ser aplicados de manera integral son los siguientes:

a. Naturaleza de la función a desempeñar

     Se refiere a las actividades que caracterizan en forma permanente a cada puesto
     de trabajo, que le son asignadas de acuerdo a la finalidad, naturaleza, objetivos y
     funciones generales de la Institución. Es el conjunto de actividades relacionadas
     entre sí que se deben desarrollar en cada puesto de trabajo a efectos de asegurar
     resultados previstos.

b. Nivel de responsabilidad a asumir

     Define las atribuciones que se le asignan a cada cargo y pueden ser las siguientes:
Concepción y dirección
   Categoría relacionada con el estudio y formación de políticas, con la competitividad
   para la toma de decisiones al más alto nivel.

   Interpretación
   Categoría relacionada con el desarrollo de labores analíticas y la generación de
   directrices y lineamientos sobre la base de las políticas adoptadas.

   Aplicación
   Categoría relacionada con labores de ejecución que se realizan principalmente
   bajo supervisión y que no implican un alto grado de dificultad.

   Operación
   Categoría caracterizada preponderantemente por labores manuales que conllevan
   tareas elementales que en la mayoría de los casos se desempeñan bajo
   supervisión directa. Asimismo estos criterios, según el grado de complejidad y
   responsabilidad, generarán una diversidad de cargos.

c. Condiciones mínimas requeridas para desempeñar un cargo

   Se refiere a los requisitos mínimos que debe cubrir una persona para ocupar un
   cargo, definidas en términos de formación, experiencia, conocimientos y
   competencias.

   La determinación de los requisitos mínimos está dada en razón de la naturaleza de
   la función y el nivel de responsabilidad inherente al cargo.

d. Competencias genéricas de la ONP

   Comportamientos y conductas personales que deben poseer todos los
   trabajadores de la ONP para el logro de los objetivos Institucionales que describen
   comportamientos asociados con desempeños comunes a diversas ocupaciones:

      Vocación de Servicio: Integra adecuadamente su capacidad y esfuerzo,
       orientándolos permanentemente a brindar cada vez mejores servicios a los
       clientes internos y externos.

      Integridad y Sentido Ético: Integridad es la capacidad de actuar en
       consonancia con lo que se dice o se considera importante. El Sentido Ético es
       la interiorización de normas y principios que hacen responsable al individuo de
       su propio bienestar.

      Compromiso Institucional: Asume y transmite el conjunto el conjunto de
       valores organizacionales. En su comportamiento y actitudes demuestra sentido
       de pertenencia a la entidad.

      Trabajo en Equipo: Es la capacidad de trabajar con otros para conseguir
       metas comunes.

      Búsqueda de la Excelencia: Es el Compromiso con las cosas bien hechas y
       el afán por mejorar cada vez más.

      Responsabilidad: Compromiso con el que las personas realizan las diferentes
       tareas a su cargo.
El grado de posesión de dichas competencias, deberá estar establecido en los
   documentos de gestión, debiendo estar directamente relacionadas con el cargo
   específico a desempeñar.

e. Competencias específicas

   Conjunto identificable y evaluable de conocimientos, valores y habilidades
   relacionadas entre si que permitan el desempeño de un puesto conforme a las
   exigencias definidas para el mismo.

   Las competencias específicas requeridas para el desempeño de cada puesto de
   trabajo deberán establecerse en los documentos de gestión debiendo estar
   directamente relacionadas con el cargo específico a desempeñar, definiéndose el
   grado de posesión de las mismas.

7. ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO

a. Responsabilidad

      Corresponde a la Oficina de Administración a través de la Unidad de Recursos
       Humanos, definir los perfiles y competencias que corresponden a los cargos
       para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Reglamento de
       Organización y Funciones y definir las Escalas Remunerativas.
      Corresponde a Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Unidad
       de Planeamiento, Estadística y Racionalización elaborar el Clasificador de
       Cargos y proponer su aprobación en coordinación con la Unidad de Recursos
       Humanos en el ámbito de su competencia.
      Corresponde a la Gerencia General revisar y dar conformidad al Clasificador de
       Cargos preparado por los órganos competentes y elevar dicho documento a la
       Jefatura Institucional para su aprobación.
      Corresponde a la Oficina de Administración velar por el cumplimiento de lo
       dispuesto en el Clasificador de Cargos.
      Corresponde a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de
       Administración la difusión de lo dispuesto en el Clasificador de Cargos
       Institucional.
      Corresponde a la Jefatura Institucional la aprobación del Clasificador de
       Cargos y sus modificatorias.

b. Modificaciones del documento

   A iniciativa o a propuesta del órgano competente, la Oficina de Planeamiento y
   Presupuesto tomará conocimiento y reunirá la información concerniente a la
   modificación o actualización del presente documento, observando las causales
   arriba indicadas.

   El referido órgano conjuntamente con la Unidad de Recursos Humanos de la
   Oficina de Administración, analizará la información obtenida observando la
   regulación vigente, preparará y elevará el informe correspondiente a la Gerencia
   General a efectos de la aprobación de la modificación llevada a cabo.

8. CLASIFICACIÓN

Para la agrupación de los cargos de la Institución por niveles o Grupos Ocupacionales
se ha adecuado la clasificación del Servicio Civil establecida en el Capitulo II
Clasificación, artículo 4º de la Ley Nº Ley N° 28175, Ley Marco del Servicio Civil -
LMSC y se ha considerado el marco conceptual establecido en el Decreto Supremo Nº
043-2004-PCM, de acuerdo al detalle señalado en el Cuadro N° 01.

                                     Cuadro N° 01
           Clasificador de cargos de la Oficina de Normalización Previsional

                                                                                          Nº CLASES DE
     CLASIFICACIÓN                             CLASE DE CARGO
                                                                                             CARGOS
  Funcionario público               Jefe                                                           01
                                    Gerente General
  Empleado de                       Director
                                                                                                   04
  confianza                         Jefe de Oficina
                                    Asesor
                                    Jefe del Órgano de Control
  Servidor Público -                Institucional
                                    Subdirector                                                    03
  Directivo Superior
                                    Jefe de Unidad
  Servidor Público –                Supervisor
                                                                                                   02
  Ejecutivo                         Profesional 2
  Servidor Público –                Profesional 1
                                                                                                   02
  Especialista                      Asistente 2
                                    Asistente 1
                                    Asistente Ejecutiva
  Servidor Público -                Secretaria
                                                                                                   06
  Apoyo                             Auxiliar 2
                                    Auxiliar 1
                                    Chofer
                                                                            TOTAL                  18
 Fuente:   Unidad de Planeamiento, Racionalización y Estadística - Oficina de Normalización Previsional

a. Funcionario público
   En el contexto de la ONP, corresponde este cargo al Jefe de la Entidad por ser el
   encargado de dirigir la entidad.

b. Empleado de confianza
   Corresponde este cargo a aquel personal que desempeña cargo de confianza
   técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de
   quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los
   servidores públicos existentes en la ONP.

c. Servidor público
   Se subdivide en los siguientes grupos ocupacionales:
Directivo superior
   Es aquel personal que desarrolla funciones administrativas relativas a la dirección
   de una unidad orgánica de la ONP.

   A este grupo se ingresa por concurso de méritos y capacidades de los servidores
   ejecutivos y especialistas, su porcentaje no excederá del 10% del total de
   empleados de la entidad.

   Una quinta parte del porcentaje referido en el párrafo anterior puede ser designada
   o removida libremente por el titular de la entidad. No podrán ser contratados como
   servidores ejecutivos o especialistas salvo que cumplan las normas de acceso
   reguladas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Servicio Civil – LMSC.

   Ejecutivo
   Es aquel personal que desarrolla funciones administrativas, entiéndese por ellas al
   ejercicio de autoridad, de atribuciones resolutivas, las de fe pública, asesoría legal
   preceptiva, supervisión, fiscalización, auditoría y, en general, aquellas que
   requieren la garantía de actuación administrativa objetiva, imparcial e
   independiente a las personas.

   Especialista
   Corresponde a aquel personal que desempeña labores de ejecución de servicios
   públicos. No ejerce función administrativa.

   De apoyo
   Corresponde a aquel personal que desarrolla labores auxiliares de apoyo y/o
   complemento en la ONP.

9. DESCRIPCIÓN DE LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS

Los aspectos más relevantes de los cargos existentes en la ONP se detallan a
continuación, debiéndose tener en cuenta que estos son criterios genéricos mínimos
que serán complementados con los requerimientos específicos que cada unidad
orgánica señale para los puestos existentes en ella.
CARGO        FUNCIONARIO PÚBLICO DE LIBRE                                       JEFE                   01
             NOMBRAMIENTO    Y   REMOCIÓN
             TRABAJADOR DE DIRECCIÓN Y DE
             CONFIANZA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO
Ejercer las funciones ejecutivas y de dirección a través de la Gerencia General. Representar
oficialmente a la institución ante las entidades públicas y privadas sean nacionales o
extranjeras.
Supervisar la labor del Gerente General.
Asumir la responsabilidad por la marcha institucional.

ACTIVIDADES TÍPICAS

    a) Ejercer la titularidad del pliego presupuestal, cumpliendo con todas las obligaciones
       derivadas de esta función.
    b) Ejercer la representación oficial de la Oficina de Normalización Previsional y emitir la
       opinión institucional.
    c) Dictar políticas y lineamientos Institucionales.
    d) Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución.
    e) Aprobar el Presupuesto, los Estados Financieros, los Planes Institucionales y la
       Memoria Anual.
    f) Aprobar la designación y contratación de personal.
    g) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.
    h) Dictar normas y procedimiento del ámbito de competencia de la Institución.
    i) Aprobar y suscribir convenios de colaboración con otras instituciones.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO1

Los que establezca la ley.

REQUISITOS MÍNIMOS 1

Los que establezca la ley.

1
 Establecidos en la Ley N° Ley N° 28532, Ley que Establece la Reestructuración Integral de la Oficina de
Normalización Previsional –ONP.
EMPLEADO DE CONFIANZA DE
CARGO       LIBRE    DESIGNACIÓN      Y                                                    02
                                                          GERENTE GENERAL
            REMOCIÓN     TRABAJOR    DE
            DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades institucionales de carácter
técnico-normativo y administrativo de la institución.
Supervisar la labor del personal a cargo de los órganos de Apoyo, Asesoramiento y de
Línea.
Representar a la Institución en las coordinaciones interinstitucionales.
Asumir la responsabilidad por la marcha institucional.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de los diferentes órganos de
      Oficina de Normalización Previsional, en concordancia con las políticas, objetivos y
      metas aprobadas por la Jefatura Institucional.
   b) Proponer las políticas institucionales así como someter para la aprobación de la
      Jefatura los planes y/o proyectos de la Institución.
   c) Proponer el presupuesto anual y los estados financieros y la Memoria Anual, a la
      Jefatura Institucional, así como supervisar la administración el presupuesto.
   d) Ejecutar las directivas de la Jefatura Institucional.
   e) Emitir o refrendar los informes técnicos que se elevan a la Jefatura Institucional.
   f) Ejercer la representación legal y procesal de la Oficina de Normalización Previsional.
   g) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a)   Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b)   Haber sido declarado en quiebra.
   c)   Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   d)   Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a) Título profesional o Bachiller universitario en profesiones acordes con el órgano
      funcional.
   b) Preferentemente con Estudios de Maestría o Doctorado en áreas afines a la función.
   c) Experiencia no menor de cinco (05) años en cargos directivos.
COMPETENCIAS GENERICAS

  a)   Compromiso Institucional.
  b)   Búsqueda de la excelencia.
  c)   Vocación de servicio.
  d)   Trabajo en equipo
  e)   Integridad y sentido ético.
  f)   Responsabilidad.
CARGO         EMPLEADO DE CONFIANZA DE                 DIRECTOR / JEFE DE              03-04
                 LIBRE DESIGNACIÓN Y                        OFICINA
                      REMOCIÓN
              TRABAJOR DE DIRECCIÓN Y DE
                      CONFIANZA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades técnico-
operativas, técnico-normativas, técnico-administrativas y económico-financieras en los
órganos de línea, asesoramiento y apoyo, según corresponda.
Supervisar al personal directivo de las unidades orgánicas a su cargo o según corresponda.
Asumir la responsabilidad del ámbito de competencia del órgano a su cargo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de actividades técnico-
      operativas, técnico-normativas, técnico-administrativas y económico-financieras, que
      son de aplicación de normas y procedimientos del órgano a su cargo.
   b) Participar en la formulación de la política institucional, así como elaborar y proponer
      lineamientos, planes y proyectos inherentes al área funcional a su cargo.
   c) Asesorar en asuntos especializados de su competencia a la Alta Dirección y demás
      órganos de la institución.
   d) Administrar los recursos y bienes asignados al órgano de su competencia, aplicando
      criterios de eficiencia.
   e) Supervisar y evaluar al personal del órgano de su competencia.
   f) Disponer las medidas de supervisión, control y mejora que los casos ameriten.
   g) Emitir o refrendar los informes técnicos de competencia del órgano.
   h) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a)   Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b)   Haber sido declarado en quiebra.
   c)   Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   d)   Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a) Título profesional o Bachiller Universitario en profesiones acordes con el órgano
      funcional.
   b) Preferentemente con estudios de maestría, de postgrado o capacitación
      especializada afines al órgano funcional.
   c) Experiencia laboral no menor de tres (03) años.
   d) Preferentemente con experiencia en cargos directivos, en conducción de personal o
      cargos afines.
   e) Conocimientos de herramientas de ofimática.
COMPETENCIAS GENERICAS

  a) Compromiso Institucional.
  b) Búsqueda de la excelencia.
  c) Vocación de servicio.
  d) Trabajo en equipo
  d) Integridad y sentido ético.
  f) Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO -              JEFE DEL ÓRGANO DE CONTROL
CARGO                                                                                  05
             DIRECTIVO SUPERIOR                     INSTITUCIONAL

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades con sujeción a los
lineamientos y disposiciones que emita la Contraloría General de la República.
Supervisar la labor del personal profesional del Órgano de Control Institucional.
Asume la responsabilidad del ámbito de competencia del órgano a su cargo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de control interno
     posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y
     cumplimiento del Plan Anual de Control.
  b) Emitir o refrendar los informes técnicos de competencia del órgano.
  c) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Entidad, se adviertan
     indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al
     Titular de la Entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
  d) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicable a
     la entidad por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.
  e) Administrar los recursos y bienes asignados al órgano de su competencia, aplicando
     criterios de eficiencia.
  f) Supervisar y evaluar al personal del órgano de su competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

Todos aquellos impedimentos definidos por la Contraloría General de la República.

REQUISITOS MÍNIMOS

Los que establezca la Contraloría General de la República.
SERVIDOR PÚBLICO -                      SUBDIRECTOR / JEFE DE
CARGO                                                                                             06-07
               DIRECTIVO SUPERIOR2                            UNIDAD

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades, técnico-operativas, técnico-
normativas, técnico-administrativas y económico-financieras de las áreas funcionales de
línea, asesoramiento y apoyo, según corresponda.
Supervisar la labor del personal profesional y técnico a su cargo.
Asumir la responsabilidad del ámbito de competencia del órgano a su cargo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

    a) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo de actividades, técnico-
       operativas, técnico-normativas, técnico-administrativas y económico-financieras, que
       son de aplicación de normas y procedimientos del órgano a su cargo.
    b) Participar en la formulación de políticas, planes y proyectos inherentes al órgano
       correspondiente.
    c) Aplicar y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes relativas con el ámbito de
       su competencia, así como otros instrumentos administrativos que conlleven a un
       efectivo desarrollo del desempeño de las actividades del área.
    d) Asesorar y emitir opinión técnica en asuntos referidos al ámbito de su competencia.
    e) Administrar los recursos y bienes asignados al órgano de su competencia, aplicando
       criterios de eficiencia.
    f) Supervisar y evaluar al personal del órgano de su competencia.
    g) Disponer las medidas de control, supervisión y mejora que los casos ameriten.
    h) Emitir informes técnicos de competencia del órgano.
    i) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia, en los casos que corresponda.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO
    a)   Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
    b)   Haber sido declarado en quiebra.
    c)   Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
    d)   Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS
    a) Título profesional o Bachiller Universitario en profesiones acordes con el órgano
       funcional.
    b) Preferentemente con estudios de maestría, de postgrado o capacitación
       especializada afines al órgano funcional.
    c) Experiencia laboral no menor de dos (02) años.
    d) Preferentemente con experiencia en cargos directivos, en conducción de personal o
       cargos afines.
    e) Conocimientos de herramientas de ofimática.

2
 La clasificación como SERVIDOR PUBLICO: DIRECTIVO SUPERIOR, de libre designación y remoción y trabajador
de confianza, se encuentra establecida en norma especial.
COMPETENCIAS GENERICAS

  a) Compromiso Institucional.
  b) Búsqueda de la excelencia.
  c) Vocación de servicio.
  d) Trabajo en equipo
  e) Integridad y sentido ético.
  f) Responsabilidad.
EMPLEADO DE
              CONFIANZA DE LIBRE
                DESIGNACIÓN Y
CARGO                                                    ASESOR                     08
                  REMOCIÓN
                 TRABAJOR DE
                  CONFIANZA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Brindar asesoría a la Jefatura en asuntos técnicos, administrativos y/o de gestión que
permita efectuar el desarrollo de las funciones encomendadas a la Oficina de Normalización
Previsional.

No ejerce supervisión.

ACTIVIDADES TÍPICAS

a) Asesorar en la formulación de políticas, programas, planes y proyectos institucionales a
   solicitud del Jefe de la ONP.
b) Asesorar en el desarrollo de actividades vinculadas a la gestión.
c) Emitir informes y proponer los proyectos de normas que le solicite el Jefe de la ONP.
d) Liderar y/o participar en equipos y/o comisiones de trabajo que se le encomienden.
e) Participar en los eventos y/o reuniones de coordinación que se le asignen.
f) Intervenir en la mejora de la calidad de los procesos en los que participa.
g) Ejecutar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia, que le sean
   encomendadas por el Jefe de la ONP.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

a)   Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
b)   Haber sido declarado en quiebra.
c)   Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
d)   Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS
a) Título profesional o Bachiller Universitario en profesiones acorde con las funciones a
   desempeñar.
b) Preferentemente con estudios de maestría, de postgrado o capacitación especializada
   relacionada con la especialidad requerida.
c) Experiencia laboral no menor de dos (02) años.
d) Preferentemente con experiencia en cargos de asesoría o afines.
e) Conocimientos de herramientas de ofimática.
COMPETENCIAS GENERICAS
  a) Compromiso Institucional.
  b) Búsqueda de la excelencia.
  c) Vocación de servicio.
  d) Trabajo en equipo
  e) Integridad y sentido ético.
  f) Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                               SUPERVISOR                      09
                 EJECUTIVO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejercer labores de supervisión, coordinación, ejecución y verificación de actividades y/o
proyectos altamente especializados, inherentes al área funcional con alto grado de
complejidad.
Asumir la responsabilidad por encargo de las unidades orgánicas a la cual reporta.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Supervisar, coordinar, evaluar y ejecutar procesos, proyectos, informes y/o
     actividades altamente especializadas.
  b) Liderar equipos y/o comisiones de trabajo.
  c) Participar en la elaboración de metodologías, estrategias y criterios del ámbito de
     competencia del área funcional.
  d) Proponer normas y procedimientos en asuntos de la especialidad.
  e) Emitir opinión y suscribir informes técnicos, inherentes al campo de su especialidad y
     competencia, que impliquen un alto nivel de complejidad y capacidad de análisis y
     síntesis para la identificación de soluciones.
  f) Elaborar, revisar y/o dar conformidad a las Resoluciones en el ámbito de su
     competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a) Título profesional o Bachiller Universitario en profesiones acorde con el área
     funcional.
  b) Preferentemente con estudios de maestría, de postgrado o capacitación
     especializada relacionada con la especialidad requerida.
  c) Experiencia laboral no menor de dos (02) años.
  d) Preferentemente con experiencia en conducción de personal o cargos afines.
  e) Conocimientos de herramientas de ofimática.
COMPETENCIAS GENERICAS

  a)   Compromiso Institucional
  b)   Búsqueda de la excelencia.
  c)   Vocación de servicio.
  d)   Trabajo en equipo
  e)   Integridad y sentido ético.
  f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                             PROFESIONAL 2                  10
                  EJECUTIVO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejercer labores de coordinación y ejecución de actividades y/o proyectos especializados,
inherentes al área funcional con mayor grado de complejidad.
Ejercer alguna labor de supervisión a nivel de profesional especialista y/o de apoyo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Coordinar y ejecutar actividades técnicas, proyectos, informes y/o actividades
     especializadas.
  b) Formular informes técnicos inherentes al campo de su especialidad y competencia.
  c) Participar en la elaboración de normas y procedimientos del ámbito de competencia
     del área funcional.
  d) Elaborar, revisar y/o dar conformidad a las Resoluciones en el ámbito de su
     competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a) Título profesional o Bachiller Universitario en profesiones acorde con el área
     funcional.
  b) Preferentemente con estudios de maestría, de postgrado o capacitación
     especializada relacionada con la especialidad requerida.
  c) Experiencia laboral no menor de dieciocho (18) meses en funciones afines.
  d) Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a.   Compromiso Institucional.
   b.   Búsqueda de la excelencia.
   c.   Vocación de servicio.
   d.   Trabajo en equipo
   e.   Integridad y sentido ético.
   f.   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                              PROFESIONAL 1                    11
                 ESPECIALISTA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejecutar actividades especializadas con grado de complejidad medio, en el área funcional.
Ejercer alguna labor de supervisión a nivel de personal de apoyo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Ejecutar actividades especializadas inherentes al área funcional y de un nivel de
     complejidad medio.
  b) Elaborar informes técnicos inherentes al campo de su especialidad y competencia
     que impliquen un grado medio de complejidad.
  c) Participar en la elaboración de normas y procedimientos del ámbito de competencia
     del área funcional.
  d) Elaborar, revisar y/o dar conformidad a las Resoluciones en el ámbito de su
     competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a) Título Profesional o Bachiller Universitario en profesiones acorde con el área
     funcional.
  b) Preferentemente con capacitación especializada relacionada con la especialidad
     requerida.
  c) Experiencia laboral no menor de un (01) año en funciones afines.
  d) Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a.   Compromiso Institucional.
   b.   Búsqueda de la excelencia.
   c.   Vocación de servicio.
   d.   Trabajo en equipo
   e.   Integridad y sentido ético.
   f.   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                                ASISTENTE 2                     12
                 ESPECIALISTA

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejecutar actividades relativas a los procesos del ámbito de competencia del área funcional,
correspondiente con cierta complejidad.
Ejercer alguna labor de supervisión a nivel de personal de apoyo.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Ejecutar actividades operativas y de análisis de los procesos del ámbito de
      competencia del área funcional.
   b) Elaborar informes técnicos inherentes al campo de su competencia que impliquen un
      nivel de cierta complejidad.
   c) Participar en equipos de trabajo.
   d) Elaborar, revisar y/o dar conformidad a las Resoluciones en el ámbito de su
      competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a) Bachiller Universitario o Egresado en profesiones acordes con el área funcional.
   b) Experiencia no menor de un (01) año en funciones afines.
   c) Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   i.   Compromiso Institucional.
  ii.   Búsqueda de la excelencia.
 iii.   Vocación de servicio.
 iv.    Trabajo en equipo
  v.    Integridad y sentido ético.
 vi.    Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                              ASISTENTE 1                 13
                    APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejecutar actividades de baja complejidad y parcialmente estructuradas relativas a los
procesos del ámbito de competencia del área funcional correspondiente.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Ejecutar actividades operativas y de apoyo de los procesos del ámbito de
     competencia del área funcional.
  b) Elaborar cuadros, resúmenes, formatos, gráficos y otros documentos de trabajo.
  c) Administrar la información y documentación que se le encargue, asimismo, brindar
     asistencia administrativa.
  d) Elaborar documentos o Informes relacionados con las actividades de su
     competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a) Título Técnico o Formación Universitaria no menor a 6 semestres en carreras y/o
     profesiones acordes con el área funcional.
  b) Experiencia no menor de seis (06) meses.
  c) Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a)   Compromiso Institucional.
   b)   Búsqueda de la excelencia.
   c)   Vocación de servicio.
   d)   Trabajo en equipo
   e)   Integridad y sentido ético.
   f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                           ASISTENTE EJECUTIVA                  14
                   APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Coordinar y ejecutar actividades operativas-organizacionales de asistencia al área funcional
a primer y segundo nivel organizacional. Administrar y organizar la documentación y
correspondencia del área y velar por su confidencialidad y seguridad.
Atender y coordinar la agenda de trabajo de los responsables de las unidades funcionales
de primer y segundo nivel organizacional.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Administrar y canalizar la documentación clasificada remitida por instituciones e
      entidades externas que forman parte del Sector al cual pertenece la institución o que
      se relacionan con éste.
   b) Manejar y controlar el acervo documentario que ingrese o se genere en el órgano al
      cual pertenece, velando por su confidencialidad y seguridad correspondiente, para su
      distribución interna y externa.
   c) Organizar el registro de la documentación en medios físicos e informáticos velando
      por su integridad y confidencialidad, efectuando el seguimiento y control de los
      mismos.
   d) Ejecutar actividades de asistencia administrativa, tales como, administrar la caja
      chica, autenticar documentos, administrar el archivo de gestión, administrar los
      materiales y útiles de oficina, redactar y enumerar documentos, coordinar reuniones
      y eventos a nivel interinstitucional, concertar citas, así como efectuar y atender las
      comunicaciones y relaciones públicas.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a) Formación Universitaria no menor a 6 semestres o Título Técnico en Asistente de
      Gerencia o Asistente Ejecutiva o Diplomado de Asistente Administrativo.
   b) Preferentemente con cursos básicos en Relaciones Públicas y/o Administración.
   c) Experiencia en el cargo no menor de un (01) año en funciones afines,
      preferentemente en unidades orgánicas de primer o segundo nivel organizacional.
   d) Conocimientos de herramientas de ofimática.
   e) Conocimientos de Inglés en las unidades orgánicas que lo requieran.
COMPETENCIAS GENERICAS

  a)   Compromiso Institucional.
  b)   Búsqueda de la excelencia.
  c)   Vocación de servicio.
  d)   Trabajo en equipo
  e)   Integridad y sentido ético.
  f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                                SECRETARIA                       15
                    APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Coordinar y ejecutar actividades técnico-secretariales de apoyo al área funcional de tercer
nivel organizacional. Administrar y organizar la documentación y correspondencia del área y
velar por su confidencialidad y seguridad.
Atender y coordinar la agenda de trabajo de los responsables de las unidades funcionales
de tercer nivel organizacional.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Recibir, registrar, clasificar y tramitar los documentos que ingresen o genere la
     unidad orgánica a la cual pertenece, dando la seguridad correspondiente para su
     distribución interna y externa; asimismo verifica la foliación, efectúa el seguimiento y
     control de tales documentos hasta su archivo.
  b) Organizar el registro de la documentación en medios físicos e informáticos velando
     por su confidencialidad.
  c) Ejecutar actividades de apoyo administrativo tales como, administrar el archivo de
     gestión, administrar los materiales y útiles de oficina, redactar y enumerar
     documentos, coordinar reuniones, concertar citas, llevar la agenda de trabajo del
     personal, así como efectuar y atender las llamadas y visitas.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a)    Título de Secretariado.
  b)    Preferentemente con estudios de Secretariado Ejecutivo.
  c)    Experiencia en el cargo no menor de seis (06) meses.
  d)    Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a)   Compromiso Institucional.
   b)   Búsqueda de la excelencia.
   c)   Vocación de servicio.
   d)   Trabajo en equipo
   e)   Integridad y sentido ético.
   f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                                   AUXILIAR 2               16
                    APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Ejecutar actividades técnicas sencillas y administrativas variadas de oficina.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Apoyar en la labor técnica o auxiliar de mayor nivel.
   b) Ejecutar actividades operativas y de apoyo de los procesos del ámbito de
      competencia del área funcional.
   c) Apoyar en los aspectos técnicos y administrativos de su competencia.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a)   Instrucción secundaria completa.
   b)   Estudios relacionados con el área funcional.
   c)   Experiencia en el cargo no menor de seis (06) meses.
   d)   Conocimientos de herramientas de ofimática.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a)   Compromiso Institucional.
   b)   Búsqueda de la excelencia.
   c)   Vocación de servicio.
   d)   Trabajo en equipo
   e)   Integridad y sentido ético.
   f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                                 AUXILIAR 1                    17
                    APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Apoyar en actividades variadas de oficina. Ejecutar labores manuales sencillas.

ACTIVIDADES TÍPICAS

   a) Clasificar y efectuar la distribución de la documentación y materiales que se le
      encomiende y recabar el cargo de recepción correspondiente.
   b) Atender los requerimientos de servicios, del personal perteneciente a las unidades
      orgánicas según corresponda.
   c) Apoyar en la labor administrativa de las asistentes ejecutivas y/o secretarias de las
      unidades orgánicas según corresponda. Atender y derivar las llamadas entrantes y
      salientes.
   d) Realizar impresiones y reproducciones de documentos, a solicitud del personal
      perteneciente a las unidades orgánicas según corresponda.
   e) Comunicar al responsable respectivo todo desperfecto que se produzca en las
      instalaciones o artefactos pertenecientes a las unidades orgánicas según
      corresponda.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

   a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
   b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
   c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

   a) Instrucción secundaria completa, con conocimientos relativos a actividades de apoyo
      manual en oficina.
   b) Experiencia no menor de seis (06) meses realizando actividades similares.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a)   Compromiso Institucional.
   b)   Búsqueda de la excelencia.
   c)   Vocación de servicio.
   d)   Trabajo en equipo
   e)   Integridad y sentido ético.
   f)   Responsabilidad.
SERVIDOR PÚBLICO –
CARGO                                                  CHOFER                       18
                    APOYO

NATURALEZA DE LA CLASE DE CARGO

Realizar el traslado de documentos y personal, manteniendo en buenas condiciones el
vehículo asignado.

ACTIVIDADES TÍPICAS

  a) Conducir vehículos motorizados al servicio de la Oficina de Normalización
     Previsional, para transporte de personal y/o carga.
  b) Efectuar la distribución de la documentación que se le encomiende, a las distintas
     instituciones o personas con las que Oficina de Normalización Previsional mantiene
     relaciones y recabar el cargo de recepción correspondiente.
  c) Realizar las acciones conducentes vinculadas con el mantenimiento y reparación
     sencilla del vehículo a su cargo e informar periódicamente sobre su estado funcional.
  d) Verificar diariamente que el vehículo de la institución que se le haya asignado cuente
     con los insumos necesarios y mantenerlo en condiciones adecuadas para su
     operatividad..
  e) Registrar e informar a su inmediato superior los desplazamientos que realice durante
     el día, las comisiones de servicio realizadas y sus resultados.

IMPEDIMENTOS ASOCIADOS AL CARGO

  a) Haber sido condenado por comisión de actos dolosos.
  b) Tener algún impedimento legal para ejercer el cargo.
  c) Falta de probidad, conforme al Código de Ética de la Función Pública.

REQUISITOS MÍNIMOS

  a)    Instrucción secundaria completa.
  b)    Preferentemente con conocimientos de mecánica general.
  c)    Licencia de conducir.
  d)    Experiencia no menor de un (01) año en la conducción de vehículos.

COMPETENCIAS GENERICAS

   a)   Compromiso Institucional.
   b)   Búsqueda de la excelencia.
   c)   Vocación de servicio.
   d)   Trabajo en equipo
   e)   Integridad y sentido ético.
   f)   Responsabilidad.
10. RESUMEN DE CLASIFICADOR DE CARGO Y ESCALA REMUNERATIVA

                                                       REMUNERACION                 Conforme al
                                   CLASE DE              MENSUAL
   CLASIFICACIÓN                                                                  Decreto Supremo
                                    CARGO
                                                      MINIMA        MAXIMA          N° 092-99-EF
 Funcionario público        Jefe                       15 000        17 500      Jefe
                            Gerente General            15 000        15 000      Gerente General

 Empleado de                Director                   14 000        14 000
                                                                                 Gerente
 confianza                  Jefe de Oficina            14 000        14 000
                            Asesor                      8 163         9 480      Jefe de División
                            Jefe del Órgano de
                                                        8 400        14 000      Gerente
                            Control Institucional
 Servidor Público -
 Directivo Superior         Subdirector                 9 000         9 480
                            Jefe de Unidad              9 000         9 480      Jefe de División

 Servidor Público –         Supervisor                  8 163         9 480
 Ejecutivo                  Profesional 2               6 200         8 163
                                                                                 Profesional
 Servidor Público –         Profesional 1               4 200         6 200
 Especialista               Asistente 2                 3 300         3 950
                            Asistente 1                 2 400         3 300      Asistente
                            Asistente Ejecutiva         2 400         3 950

 Servidor Público -         Secretaria                  1 200         2 213      Secretaria
 Apoyo                      Auxiliar 2                   600          1 580
                            Auxiliar 1                   600          1 580      Auxiliar
                            Chofer                       600          1 580

  Nota:
          En aplicación de la Decreto Supremo 092-99-EF, que define la Escala Remunerativa de la Oficina de
           Normalización Previsional.
          Sujeto a las normas de austeridad señaladas por la Ley de Presupuesto Público.
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